Licitación ID: 5504-1-LE23
CONTRATAR LA RENOVACION DE 451 LICENCIAS ADOBE
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE CHILE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1599
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Productos o servicios
1
Software de gestión de licencias 451 Unidad
Cod: 43231512
FCEI requiere contratar la renovación de 451 licencias Adobe Creative Cloud For Enterprise All Apps o equivalente por los plazos que se indican en el objetivo de la propuesta. Dichas licencias dan acceso a la utilización de diversos softwares como, por  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CONTRATAR LA RENOVACION DE 451 LICENCIAS ADOBE
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Por el presente instrumento, FCEI licita la renovación de 451 Licencias Adobe Creative Cloud ForEnterprise All Apps o su equivalente, que contengan necesariamente todos los programas profesionales de edición de audio y video, Post producción, fotografía y diseño en la misma oferta, para ser utilizadas tanto por académicos como estudiantes de la Facultad de Comunicación e Imagen de la Universidad.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
UCHILE Facultad de Comunicación e Imagen
R.U.T.:
60.910.000-1
Dirección:
Avda. Capitán Ignacio Carrera P. 1045
Comuna:
Ñuñoa
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 07-12-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 22-11-2023 15:00:00
Fecha inicio de preguntas: 22-11-2023 15:40:00
Fecha final de preguntas: 24-11-2023 23:59:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-11-2023 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-12-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-12-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 19-01-2024 13:00:25
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- LICITACIÓN “Adquisición de Licencias Adobe Creative Cloud For Enterprise All Apps o equivalente para la Facultad de Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile.” INTRODUCCIÓN FCEI requiere contratar la renovación de 451 licencias Adobe Creative Cloud For Enterprise All Apps o equivalente por los plazos que se indican en el objetivo de la propuesta. Dichas licencias dan acceso a la utilización de diversos softwares como, por ejemplo, Adobe Premiere, Adobe Photoshop y Adobe Audition, que permiten realizar la edición de videos, herramienta utilizada en las clases que imparte la carrera de Cine y Televisión. Asimismo, permiten la edición de fotos y audios, herramienta utilizada en la carrera de Periodismo. Es decir, son softwares frecuentemente utilizados tanto por académicos como estudiantes y que les permiten desarrollar correctamente los cursos que se imparten en FCEI en sus distintas carreras. 1. PROCESO DE LICITACIÓN En el presente proceso de licitación, los oferentes deberán presentar su propuesta administrativa, económica y técnica, a través del portal www.mercadopublico.cl, las que estarán sujetas a un proceso de evaluación, a partir del cual se determinará al proveedor adjudicado. 1.01 Objetivo de la propuesta Por el presente instrumento, FCEI licita la renovación de 451 Licencias Adobe Creative Cloud For Enterprise All Apps o su equivalente, que contengan necesariamente todos los programas profesionales de edición de audio y video, Post producción, fotografía y diseño en la misma oferta, para ser utilizadas tanto por académicos como estudiantes de la Facultad de Comunicación e Imagen de la Universidad. Es esencial que se oferten todos los softwares indicados (audio, video y fotografía) y que éstos funciones de manera compatible entre ellos y en los diferentes sistemas operativos, especialmente en equipos que utilicen MacOs, Windows, Android e Ios. Específicamente se requiere: A contar de enero 2024 con duración de 12 meses Renovación Acrobat Pro DC for enterpriseALLMultiple PlatformsMulti Latin American LanguagesSubscription NewNamedLevel 4 100+ 30 Renovación Creative Cloud for enterprise All AppsALLMultiple PlatformsMulti Latin American LanguagesSubscription RenewalDeviceLevel 4 100+ 142 Renovación Adobe Audition for enterpriseALLMultiple PlatformsMulti Latin American LanguagesSubscription RenewalNamedLevel 4 100+ 14 Renovación Acrobat Sing 250 A contar de agosto 2024 con duración de 6 meses Renovación Creative Cloud for enterprise All AppsALLMultiple PlatformsMulti Latin American LanguagesSubscription NewNamedLevel 4 100+ 15 La oferta que no cumpla con dichos requerimientos será declarada inadmisible. La contratación detallada anteriormente se considera como de simple y objetiva especificación, ya que las licencias a licitar son bienes estándar, cuya oferta no reviste necesidad de fijar otras condiciones más que las ya indicadas, situación que no tiene mayor complejidad y no requiere de un estudio, análisis complejo ni detallado por parte del proveedor al momento de elaborar su oferta. Asimismo, su entrega no reviste complejidad toda vez que se realiza de manera electrónica. 1.02. DEFINICIONES Para la correcta interpretación de las presentes Bases, de los documentos de la licitación y del contrato, se convienen las siguientes abreviaciones y definiciones: a) Facultad: Facultad de Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile. b) Decana: Decana de la Facultad de Comunicación e Imagen de la Universidad de Chile. c) Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual la Facultad realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente. d) Sistema de Información: Plataforma electrónica consistente en un sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración (ChileCompra), a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. (Portal web de Chilecompra, sitio http://www.mercadopublico.cl.) e) Registro de Proveedores: Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.mercadopublico.cl), a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública. f) Bases: Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas, que regulan los requisitos, condiciones y especificaciones, establecidos por la Facultad, describen los bienes y/o servicios a contratar y regulan el proceso de licitación y el contrato definitivo. g) Bases Administrativas: Cuerpo o apartado de las Bases que regula, de manera general y/o particular, las etapas, plazos, mecanismos de consulta y/o aclaraciones, criterios de evaluación, mecanismo de adjudicación, cláusulas y/o condiciones del contrato definitivo, y demás aspectos administrativos del proceso de licitación. h) Bases Económicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que establecen las condiciones económicas de la licitación y del contrato a que dé lugar. i) Bases Técnicas: Cuerpo o apartado normativo de las Bases que contiene de manera general y/o particular las especificaciones, descripciones, requisitos y demás características del bien o servicio a contratar. j) Proponente u Oferente: Proveedor que participa en el proceso de licitación mediante la presentación de una propuesta, en la forma y condiciones establecidas en estas Bases. k) Propuesta: La propuesta se encuentra conformada por la siguiente documentación: I. Los Antecedentes Generales del Oferente: que corresponden a aquellos que se encuentran establecidos en las presentes Bases. II. La Oferta Técnica: que es elaborada y presentada por el proponente cumpliendo con los contenidos establecidos en estas Bases. III. La Oferta Económica: que es elaborada y presentada por el proponente conforme con lo establecido en estas Bases. l) Contraparte Técnica: Funcionario/a o Unidad de la Facultad encargada de coordinar el proceso de licitación y de actuar como interlocutor con los licitantes y el ejecutor, en todo lo relacionado con materias técnicas y administrativas propias de la licitación y del contrato que regula la relación entre las partes. m)Adjudicatario: Oferente cuya propuesta, presentada dentro del marco del proceso de licitación, es seleccionada y aceptada para la suscripción del respectivo contrato. n) Ejecutor o Contratista: Adjudicatario que, en virtud del respectivo contrato, contrae la obligación de suministrar los bienes y/o prestar los servicios materia de la presente licitación de acuerdo a las presentes Bases y demás documentos que determine la Facultad. o) Encargado o Contraparte Técnica: Profesional o especialista designado por el Adjudicatario para actuar como interlocutor válido del mismo ante la Facultad, en todos los asuntos técnicos relativos a la prestación de los servicios contratados. p) Unión Temporal de Proveedores: Asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta en caso de licitaciones, o para la suscripción de un contrato, en caso de un trato directo, conformada de acuerdo al artículo 67 bis del Decreto Supremo N° 250/2014, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N°19.886. 1.03. NORMATIVA E INTERPRETACIÓN La presente licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y de las presentes Bases, que se encuentran conformadas por Bases Administrativas y Técnicas, además de sus Anexos, junto a los siguientes antecedentes: ● Las correspondientes ofertas técnicas y económicas de los proponentes. ● Los antecedentes solicitados a cada postulante. ● Las consultas a las bases formuladas por los oferentes y las respectivas respuestas emitidas por la Facultad de Comunicación e Imagen . ● Las aclaraciones que se efectúen a las Bases a iniciativa de la Facultad de Comunicación e Imagen. ● Las aclaraciones a las ofertas que solicite la Facultad de Comunicación e Imagen . ● La Resolución de adjudicación del presente proceso licitatorio. Las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas y sus anexos se interpretarán en forma armónica, de manera que exista entre todos ellos la debida correspondencia. Todos los documentos relativos a la licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución de la propuesta, de acuerdo con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular de que se trate. En caso de discrepancia en la interpretación primará lo dispuesto en las Bases Técnicas o Administrativas por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario 1.04. MODIFICACIÓN A LAS BASES Se podrán modificar las presentes Bases y sus anexos, ya sea por iniciativa de la propia Facultad o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, hasta antes del vencimiento del plazo para el cierre de recepción de ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del portal de compras públicas www.mercadopublico.cl, deberán ser aprobadas mediante Resolución fundada y estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. De existir modificaciones a las bases, deberá establecerse un plazo prudencial para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a tales modificaciones. 1.05. Requisitos para contratar Podrán participar personas naturales y jurídicas o Uniones Temporales de Proveedores (UTP). En caso de UTP, para la presentación de oferta y suscripción del contrato, se deberá considerar lo dispuesto por el artículo 67 bis del reglamento de la Ley N° 19.886. No obstante, no podrán participar en esta licitación, y quedarán excluidos por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, inciso 1º y 6º, de la ley Nº19.886; - Quienes, dentro de los 2 años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. - Los funcionarios directivos de la Universidad de Chile, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley Nº18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o es de cualquiera de las sociedades antedichas. - Asimismo, en aplicación de lo dispuesto en el Art. 26 letra d) del Decreto Ley N° 211 de 1973, no podrán contratar con la Administración quienes hayan sido condenados por el Tribunal de la Libre Competencia por haber incurrido en las conductas previstas en la letra a) del artículo 3° del mismo cuerpo normativo, y se les haya impuesto la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. - Por otra parte, no podrán contratar con la Administración quienes hayan sido sancionados con la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, de acuerdo a los artículos 8° y 10° de la Ley N°20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho. - Tampoco podrán contratar aquellos que hayan sido condenados en virtud de la Ley N°21.595, de Delitos Económicos conforme a la inhabilitación regulada en su artículo 33. 1.06. Inhabilidades El oferente afectado por las inhabilidades o prohibiciones indicadas en el punto anterior quedará excluido de este proceso licitatorio y, consecuencialmente, su oferta no tendrá validez. En lo que respecta a las UTP, las causales de inhabilidad para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, afectarán a cada integrante de la Unión, individualmente considerado. Así es como, en caso de afectar una causal de inhabilidad a algún integrante de la Unión Temporal, ésta deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o se desiste de su participación en el respectivo proceso. El oferente adjudicado deberá, adicionalmente, y previo a la firma del contrato, entregar una Declaración Jurada simple en la que indique no haber sido condenado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, conforme a lo dispuesto en la Ley N°20.393, de 2009, que “Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que Indica”.
Documentos Técnicos
1.- Especificaciones Técnicas FCEI proporcionará, junto a la presente Bases Administrativas, un documento denominado Bases Técnicas, que contiene la descripción de los productos requeridos por la Entidad, documento que se entenderá parte integrante del proceso licitatorio. 1.08. CRONOGRAMA PROCESO DE CONTRATACIÓN A continuación, se establece el cronograma del presente proceso licitatorio, el cual se desarrolla de conformidad con lo dispuesto en el artículo 25 del Reglamento de la Ley N° 19.886, en cuanto a los plazos mínimos que debe respetar el proceso, y cuyos plazos son los siguientes: Actividad Plazo Publicación de la licitación Dentro de los 30 días hábiles siguientes a la total tramitación de la presente resolución. Recepción de Consultas y/o aclaraciones Dentro de los 2 días hábiles siguientes a la publicación del llamado a Licitación y hasta las 23.59 hrs. del tercer día. Las consultas y/o aclaraciones sólo se efectuarán y recibirán a través del portal www.mercadopublico.cl. Respuesta a Consultas a Oferentes Dentro de los 2 días hábiles siguientes al cierre del plazo de recepción de consultas, hasta las 23.59 hrs. Plazo de recepción de ofertas Hasta las 15:00 horas del 10° día hábil, siguiente a la fecha de la publicación. Solicitud de aclaraciones por parte de la Universidad hacia los oferentes Dentro de los 5 días hábiles siguientes a la fecha de apertura de las ofertas. Apertura electrónica de las ofertas A partir de las 15:01 horas del mismo día del cierre de recepción de ofertas. Evaluación de ofertas La Comisión de Evaluación de ofertas se constituirá, a más tardar, al 5° día hábil de realizada la apertura electrónica, conforme lo establecen las presentes Bases, para comenzar el proceso de evaluación. Adjudicación de Licitación Dentro de los 60 días hábiles siguientes desde la fecha de la apertura de las ofertas. Celebración contrato En razón del monto de la licitación, ésta se perfeccionará con la emisión de la orden de compra en los plazos indicados. Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se estipule el plazo en días hábiles. Solo en caso que un plazo expire en días sábados, domingos o festivos, se entenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente, hasta las 15:30 horas. La Facultad podrá modificar los plazos de cierre de recepción de ofertas, siempre que se efectúe antes de la apertura de las ofertas, el plazo de adjudicación u otra fecha del calendario publicado en el portal www.mercadopublico.cl, siempre que se efectúe antes del vencimiento del plazo de que se trate, ante la ocurrencia de las siguientes causales: ● Restricciones presupuestarias que requieran gestiones de aprobación de presupuestos. ● Solicitud de mayor plazo de estudio de parte de los oferentes por razones justificadas planteadas a través del foro de consultas, durante el transcurso de la licitación (consultas, respuestas y/o cierre de recepción de ofertas). ● A solicitud de la Comisión Evaluadora cuando aún se encuentre en proceso de evaluación de las ofertas. ● Demora en la tramitación de los actos administrativos correspondientes (modificación de bases, aprobación del contrato u otros). ● Impedimentos para cumplir los plazos establecidos en el cuadro precedente por razones de fuerza mayor. Cualquier modificación de plazos del proceso se informará mediante notificación en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl, debiendo tramitarse el acto administrativo respectivo, con excepción de lo dispuesto en el artículo 41 del reglamento de la ley N°19.886. 2.01 Consultas, aclaraciones y contacto con los proveedores Los oferentes podrán formular consultas a las Bases, a través del foro habilitado en el portal www.mercadopublico.cl, conforme a los plazos establecidos en el Cronograma del numeral anterior. No se aceptarán ni responderán, consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o realizadas una vez vencido el plazo dispuesto al efecto. Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal antes referido, FCEI, dentro de los 2 días hábiles siguientes a la publicación del llamado, podrá efectuar, a iniciativa propia, aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas, antes de la fecha de presentación de éstas. Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de lo cual podrán complementarlas y se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas. Las aclaraciones no podrán modificar las Bases de Licitación en aquello que pudiese alterar los principios de libre concurrencia de los oferentes al llamado administrativo y de igualdad antes las bases que regirán la licitación, y por contrapartida, éstas deberán realizarse en virtud de los principios aludidos. 2.02 Modificaciones de las bases FCEI, mediante el acto administrativo respectivo, podrá modificar las Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la Licitación, hasta la fecha de cierre de recepción de las ofertas, informando de ello a través del portal de www.mercadopublico.cl. En este caso, los proveedores deberán efectuar las modificaciones que sean necesarias. En todos los casos será obligación del oferente, revisar periódicamente el proceso de licitación por medio del portal de compras públicas y atender toda modificación solicitada por FCEI. En caso de realizarse modificaciones a las bases, el plazo de cierre de la licitación podrá extenderse prudencialmente, con el objeto de que los oferentes puedan corregir su oferta conforme a las modificaciones. 3. PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl y serán de carácter irrevocable. Los costos en que incurra el oferente derivado de la formulación de la propuesta, serán de su exclusivo cargo, y en caso de no seleccionarse su oferta, no dará origen a reembolso o indemnización alguna. 3.1 Documentos administrativos a) Completar Anexo N° 1 adjunto, en el que se entregan datos del oferente, como contacto para la licitación. Ante la omisión de este documento, FCEI podrá verificar su inscripción en el portal de Mercado Publico. Si la empresa no estuviese inscrita en aquella plataforma, se procederá a solicitar el documento omitido mediante el procedimiento descrito en la Cláusula N°6: “Presentación de antecedentes y certificados posterior al cierre de ofertas” de las Bases Administrativas. En caso de no subsanarse la omisión, la oferta será rechazada. En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, éstas deberán adjuntar a su oferta el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de aquella forma, estableciendo a lo menos la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con FCEI, además del nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. A las Uniones les es aplicable lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886. b) Completar el Anexo N° 2A adjunto, correspondiente a una declaración jurada simple, Persona Natural, donde se informa el cumplimiento de las obligaciones relativas a remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, de acuerdo a lo prescrito en el inciso segundo del artículo 4, de la Ley N° 19.886, y el no haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia. Además, deberá acompañar al anexo señalado una fotocopia de la cédula nacional de identidad. c) Completar el Anexo N° 2B adjunto, correspondiente a una declaración jurada simple, Persona Jurídica, donde se manifiesta no estar afecto a las inhabilidades para contratar con el Estado al momento de presentar la oferta, así como no haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia. El oferente que constituya Unión Temporal de Proveedores deberá presentar los anexos por cada integrante de la misma, suscritos por el representante legal del respectivo integrante. Además, en el caso de ser el oferente persona jurídica o UTP, deberá acompañar los siguientes antecedentes: 1. Documento que señale o contenga la Razón Social. 2. Fotocopia del Rol Único Tributario. 3. Copia de la cédula de identidad del representante legal. 4. Fotocopia legalizada de la escritura de constitución y/o escrituras de modificación si la hubiere, junto a sus respectivas publicaciones e inscripciones con vigencia no superior a 6 meses desde la presentación de la oferta. 5. Respecto de la UTP, acompañar instrumento que formalice la unión y de cuenta del acuerdo para participar de esta forma, según lo indicado en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886. En el caso de las UTP compuestas por más de una persona jurídica, éstas deberán acompañar la documentación solicitada en los numerales 1 al 4, respecto de la persona jurídica integrante que ella misma haya determinado para los efectos de presentación de antecedentes. No será necesario acompañar los documentos indicados si éstos se encuentran debidamente acompañados en el portal y cumplen con los requisitos que se indican, siempre que estuvieren disponibles en forma electrónica al momento de la apertura, y cumplan con lo señalado en estas bases. En caso de omisión de alguno de los dos Anexos, se solicitará al oferente correspondiente el documento a través del procedimiento establecido en la Cláusula N°6. de las Bases Administrativas. De no subsanarse la omisión dentro del plazo que se le indique por FCEI, la oferta será rechazada. Aplicará el mismo procedimiento anterior, cuando la respectiva declaración jurada simple antes indicada no se encuentre con la firma del representante legal de la empresa participante. Sin perjuicio de lo señalado, FCEI podrá, antes de la celebración del contrato, requerir toda la información legal adicional a que haya lugar en protección de sus intereses.De acuerdo a lo establecido en el artículo 31, del Decreto Supremo N° 250 de 2004, la Universidad de Chile, habiendo ponderado el riesgo involucrado en la presente contratación, ha determinado no solicitar la presentación de una garantía de seriedad de la oferta.
 
Documentos Económicos
1.- Oferta técnica Los Oferentes deberán completar el formulario de Oferta técnica con el número y tipo de licencias requeridas, según indican las presentes Bases. La Oferta Técnica deberá presentarse electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexos técnicos, debiendo completar el Anexo N° 3 adjunto, además de las especificaciones técnicas del producto. La presentación de este anexo es obligatoria, por tanto, las ofertas que no lo contengan, serán rechazadas en la etapa de apertura. Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren su propuesta técnica, sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del producto requerido por FCEI, en atención a lo establecido en las Bases Técnicas. Si el oferente presenta documentos en un idioma distinto al español, la comisión evaluadora podrá exigir su traducción al idioma español, en caso que lo considere indispensable para su evaluación. 3.3 Oferta económica Los oferentes deberán presentar su oferta económica en pesos chilenos, con impuestos incluidos y sin considerar reajustes y/o variación de precio alguno, de forma obligatoria a través del Anexo N° 4 adjunto. La presentación de este anexo es obligatoria, por lo tanto, las ofertas que no adjunten serán rechazadas en la etapa de apertura. En el portal la oferta será presentada con valor neto. Los proveedores deberán considerar en la oferta económica que publiquen para la presente licitación, todos los gastos, incluidos los de traslado, fletes, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Cuando existan ofertas con precios anormales o desproporcionados, en atención a un valor excesivamente bajo, entendiendo por éste un valor inferior al 50% del valor promedio de las demás ofertas recibidas, la Comisión Evaluadora podrá exigir los antecedentes que se estimen pertinente para validar la oferta cuestionada, pudiendo desestimar la oferta en cuestión en caso que el oferente no demuestre su solvencia. En el mismo contexto, y para el caso de presentarse una única propuesta cuyo valor sea excesivamente bajo, la Comisión Evaluadora podrá cotejar la oferta al precio unitario anteriormente contratado, o bien, realizar un análisis del mercado actual mediante cotizaciones públicas, y en caso de verificarse una inconsistencia, podrá desestimar la oferta en cuestión, cuando el proponente no presente el respaldo suficiente para justificar dicho valor. Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión del contrato, tales como, gastos notariales de celebración del contrato, y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según el contrato o las bases, ha contraído el oferente adjudicado, será de exclusivo cargo de este último y no tendrá derecho a reembolso alguno por ellos. En el Anexo N° 4 se permitirá salvar errores, vicios u omisiones formales, siempre y cuando no se altere el contenido sustancial del Precio, pudiendo solicitarse aclaraciones según lo dispuesto en la Cláusula N°6, de las presentes Bases Administrativas. 4. ACEPTACIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN Se entiende que por el solo hecho de presentar su oferta, el proponente acepta la totalidad de las condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, ha analizado y aceptado sin reservas toda la documentación y las respuestas otorgadas a consultas y pedidos de aclaración, efectuadas durante el periodo de la licitación, previo a la presentación de las ofertas y se obliga a respetar dichas condiciones cabalmente 5. APERTURA Y PLAZO DE VIGENCIA DE LA OFERTA La apertura de las propuestas se realizará de manera electrónica una vez concluido el cierre de la recepción de ofertas. Esta apertura no será pública. Las ofertas tendrán una validez de 90 días hábiles contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas en el Portal de Mercado Público, contemplando los plazos establecidos para la adjudicación y formalización del contrato, sin perjuicio de que, por razones fundadas, la Universidad pueda solicitar la ampliación del mismo en caso de requerirlo en etapas posteriores. 6. PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES Y CERTIFICADOS POSTERIOR AL CIERRE DE OFERTAS A partir de la apertura de las ofertas, y dentro de un plazo de 5 días hábiles siguientes a la fecha de apertura, a través del denominado foro inverso disponible en el portal www.mercadopublico.cl, FCEI podrá solicitar a los proponentes aclaraciones o que salven errores y omisiones formales, siempre y cuando dichas rectificaciones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Asimismo, FCEI podrá solicitar, dentro del mismo plazo, la presentación de certificados o antecedentes que hubiesen omitidos, de acuerdo al análisis preliminar del cumplimiento de los requisitos mínimos y la evaluación de las ofertas, siempre y cuando se hayan obtenido o producido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Para la entrega, El plazo para entregar los antecedentes faltantes será de 2 días hábiles. La presentación de documentación omitida se evaluará conforme a lo establecido en el Criterio Nº 1 “Cumplimiento de requisitos formales “de las presentes Bases Administrativas. 7. REQUISITOS MÍNIMOS PARA LA EVALUACIÓN Luego de la apertura de las ofertas y previo al proceso de evaluación, se validará si las ofertas presentan, en tiempo y forma, los siguientes documentos, que se consideran como requisitos mínimos para la presente licitación, determinando la admisibilidad de las mismas: a. Anexo N° 1 “Datos del Representante Legal del Oferente” b. Anexo N° 2A y 2B “Declaración Jurada conflicto de interés” c. Anexo N° 3 “Oferta técnica” d. Anexo N° 4 “Oferta Económica” Podrán solicitarse aclaraciones y la posibilidad de salvar errores u omisiones formales, según lo indicado en las presentes Bases. 8. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Las ofertas presentadas por los proponentes serán calificadas exclusivamente por la Comisión Evaluadora, responsable de evaluar la oferta, además de seleccionar y efectuar la proposición de adjudicación a la autoridad competente. Dicho análisis podrá ser complementado en virtud de lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, mediante la suscripción del Informe de Evaluación por los integrantes de la respectiva Comisión. Las ofertas serán calificadas con puntajes que fluctúan entre 0 y 100, por aplicación de las fórmulas establecidas para la evaluación de las ofertas. Cada oferente obtendrá una puntuación final que se multiplicará por el ponderador respectivo, obteniendo la ponderación definitiva de la propuesta en la licitación. La evaluación final a obtener en los aspectos calificados, se calcula a partir de la sumatoria de los puntajes obtenidos en cada uno de los criterios de evaluación detallados en el informe de la comisión evaluadora. Para efectos de cálculo de puntaje de evaluación, será considerado solamente un número decimal, sin hacer uso de aproximaciones matemáticas. Aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos mínimos establecidos en las bases del proceso, que no sean susceptibles de ser corregidos por el proveedor en virtud de los establecido en el inciso segundo del artículo 40 del Reglamento de la ley N° 19.886, serán indicadas por la Comisión Evaluadora en el informe de Evaluación. 8.1 Comisión evaluadora e informe La aplicación de los criterios de evaluación se registrará en el “Informe de la Comisión Evaluadora”, documento que registra el puntaje final obtenido por cada una de las ofertas en función de la nota y ponderación asignada a los criterios de evaluación. La comisión evaluadora, que podrá ser asesorada por expertos en las materias técnicas, estará compuesta por: 1. Un funcionario Coordinador Área Informática FCEI. 2. Un funcionario o funcionaria de la Dirección Económica de FCEI. 3. Un funcionario o Coordinadora Área Pañol (Audiovisual) de FCEI. Los miembros de la Comisión Evaluadora declararán, en el Informe Técnico de Propuestas de la Comisión Evaluadora, la ausencia de conflicto de interés, conforme a lo señalado en el artículo 37 inciso tercero del Reglamento de la Ley N° 19.886. En el evento que alguno de sus miembros esté sujeto a esta clase de conflicto respecto de uno o más oferentes, deberá manifestarlo y abstenerse de participar en el proceso de evaluación, poniendo en conocimiento del superior jerárquico correspondiente, la implicancia que le afecte. Tal situación será informada en el respectivo informe de la comisión evaluadora donde se señalará el reemplazo del funcionario inhabilitado, por un profesional que le suceda a su cargo, en la misma área de desempeño del miembro inhabilitado y que no presente conflicto de interés respecto de las propuestas presentadas ni de los oferentes, con objeto de garantizar la imparcialidad y probidad en el proceso. La información y justificación referente a dicho cambio será informada a través del portal www.mercadopublico.cl Tales conflictos de interés y el deber de abstención, o de ausencia de algún integrante, serán informados y publicados en el acto administrativo que adjudique o declare desierto el proceso licitatorio que se encuentre evaluando el o los integrantes de la Comisión. 8.2 Criterios de evaluación de ofertas N° Criterio Ponderación 1 Cumplimiento de requisitos formales 5% 2 Oferente cuenta con Programa de Integridad, conocido por su personal. 3% 3 Oferta Económica: Precio. 62% 4 Oferta Técnica: 30% 4.1 Plazo adicional de uso desde el término de la licencia 10% 4.1. 1 menos de un mes (entre 1 y 30 días) 3% 4.1. 2 mas de un mes (más de 30 días) 7% 4.2 Plazo de entrega 20% El cumplimiento de las características técnicas, indicadas en las bases técnicas, es obligatorio, aquellas propuestas que no cumplan con el ofertar el tipo, número de licencia y valor máximo presupuestado indicado se declarará inadmisible. Criterio Nº 1 “Cumplimiento de requisitos formales”: Se aplicará según lo establecido en el inicio segundo del artículo 40, del Reglamento de la Ley Nº 19.886, de Compras Públicas. El plazo definido para adjuntar certificaciones o antecedentes omitidos, conforme cláusula Nº 6, del presente pliego de condiciones, por los oferentes es de 2 días hábiles, desde realizada la solicitud. La nota de este criterio se asignará en base a la siguiente escala: CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES PUNTAJE Acompaña todos los documentos antes del cierre de recepción de las ofertas, según la Cláusula N° 3 de las Bases. 100 Acompaña documentos requeridos, fuera del plazo para la recepción de las ofertas, pero dentro del nuevo plazo otorgado, de acuerdo a la Cláusula N° 6 de las Bases. 50 Puntaje total= Puntaje obtenido * 0,05 Criterio N° 2 Cumplimiento Programa de Integridad: Los oferentes deberán completar el Anexo N° 2D, indicando si cuenta o no con programas de pacto de integridad. En caso de que el oferente cuenta con dichos programas, deberá acompañar el medio verificable de cómo este fue dado a conocer a su personal. En caso de no acompañar los verificadores, será evaluado con 50 puntos, entendiéndose que se adhiere al pacto de integridad detallado en el punto 11 de las presentes bases administrativas. Por el contrario, si el oferente declara que no cuenta con programas de integridad, deberá declararlo en el anexo respectivo, y se entenderá que se adhiere al punto 11 de las presentes bases, apartado “Pacto de Integridad”, siendo evaluado con 50 puntos." Programa de Integridad PUNTAJE Oferente cuenta con Programas de Integridad, dado a conocer a su personal, debidamente acreditados 100 Oferente NO acompaña verificadores o declara NO contar con Programas de Integridad. 50 Puntaje total= Puntaje obtenido * 0,03 Criterio N° 3 “Precio”: Los oferentes deberán presentar la información requerida de forma obligatoria en el Anexo N° 4, indicando, el “precio” total Neto del producto y precio total con impuestos, requerido en pesos chilenos. OFERTA ECONÓMICA: Puntaj e Menor costo 100 Otros precios 50 Mayor costo, dentro del presupuesto disponible 0 Puntaje total= Puntaje obtenido * 0,62 Oferta Técnica: Criterio N° 4 3.1 “Plazo adicional de uso desde el término de la licencia” Los oferentes deberán indicar en el Anexo N° 3, en días corridos, el “Plazo adicional de uso desde el término de la licencia”, entendiendo éste como disponibilidad de las licencias para su uso una vez expirado el tiempo de 12 y 6 meses respectivamente desde su activación. PLAZO Adicional Puntaje menos de un mes 30 más de un mes 70 Sin período adicional 0 “Plazo de Entrega”: Los oferentes deberán indicar en el Anexo N° 3, en días corridos, el “Plazo de Entrega”, entendiendo éste como disponibilidad de las licencias para su uso, de los productos requeridos. El plazo comenzará a regir al día siguiente a la aceptación de la orden de compra y no podrá exceder de 10 días corridos. PLAZO DE ENTREGA Puntaje Menor a 7 días 100 Igual a 7 días 50 Mayor a 7 días y hasta 10 días 0 Puntaje total= Puntaje obtenido * 0,02 8.3. Mecanismo para resolver empates En caso de empate, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje según los siguientes criterios: ● La primera variable a considerar es “Plazo de entrega” ● La segunda variable a considerar es “Precio” 9. ADJUDICACIÓN DE LA PROPUESTA Y MECANISMO PARA RESOLUCIÓN DE CONSULTAS. FCEI adjudicará la licitación a la oferta que obtenga mayor puntaje, resulte más conveniente a sus intereses, y cumpla con todos los requisitos establecidos en las Bases del proceso. Sin embargo, cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el cronograma, FCEI podrá modificar aquella fecha, para lo cual deberá informar en el Portal de Compras Públicas las razones que justifiquen dicho cambio, y consecuentemente con ello, deberá indicar un nuevo plazo para la adjudicación. 10. INSCRIPCIÓN DEL OFERENTE EN EL REGISTRO DE PROVEEDORES DEL ESTADO Para la formalización del contrato, el adjudicatario deberá estar inscrito y habilitado como proveedor del Estado en el Registro de Proveedores, dispuesto en el portal de Mercado Publico. En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en Mercado Público al momento de la adjudicación, se le otorgará un plazo máximo de 15 días hábiles para realizar la correspondiente inscripción, contados desde la notificación de la adjudicación del presente proceso. En el caso que el adjudicatario no se inscriba en el plazo indicado en el párrafo precedente, FCEI podrá dejar sin efecto la adjudicación de origen y adjudicar el segundo proveedor mejor evaluado, en términos indicados en las presentes bases, o podrá declarar desierta la licitación, según corresponda. La exigencia descrita aplica en los mismos términos para cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores. 11. CONTRAPARTE TÉCNICA DE FCEI La contraparte técnica de FCEI será un funcionario o funcionaria designado por la Decana. Su contacto será informado al contratista una vez formalizado el contrato y realizará, a lo menos, las siguientes funciones: a) Supervisar, coordinar y controlar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las Bases de Licitación. b) Fiscalizar el correcto desarrollo de la propuesta comprometida por el proveedor, informando en caso de incumplimiento para la aplicación de la multa correspondiente. c) Dar visto bueno y recepción conforme del producto adquirido. d) Las demás que le encomienden en el presente pliego de condiciones. 12. OBLIGACIONES Y PROHIBICIONES PARA EL PROVEEDOR ADJUDICADO El adjudicatario deberá cumplir con las siguientes obligaciones: a) Cumplir con las obligaciones que le imponga la normativa vigente, las bases administrativas, sus anexos y bases técnicas. b) Mantener durante toda la vigencia del contrato las condiciones establecidas en su oferta. c) Mantener reserva de la información a la que tenga acceso en virtud del contrato 13. ADJUDICACIÓN DEJADA SIN EFECTO FCEI podrá dejar sin efecto la adjudicación a la oferta mejor evaluada y readjudicar al oferente que le siga en puntaje, en un plazo máximo de 60 días hábiles con posterioridad a la notificación de la resolución de adjudicación original, o realizar un nuevo de contratación que se ajuste al marco regulatorio vigente, en los casos que se indican a continuación: a) Si el oferente rechaza expresamente la adjudicación. b) Si el adjudicatario no formaliza el contrato. En tal caso, el plazo de 60 días se contará desde que se haya vencido el plazo para la formalización del contrato. c) Si el oferente adjudicado tiene o adquiere un conflicto de intereses con la Universidad, de aquellos establecidos en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886. d) En el caso que el adjudicado sea una Unión Temporal de Proveedores y alguno de sus miembros adquiera alguna inhabilidad citada en el artículo 4 de la Ley de Compras Públicas, se deberá informar a nuestra institución vía correo electrónico y ha la dirección compras.sti@u.uchile.cl, dentro de un plazo de 48 horas, si desiste de su participación o ejecutará el contrato con los restantes integrantes hábiles. e) Si el oferente no acepta la orden de compra en el plazo de 48 horas. De no ser aceptada la Orden de Compra, dentro del plazo estipulado en el presente numeral, la Universidad quedará facultada para solicitar la cancelación al proveedor acorde a lo estipulado en el artículo Nº 63 del Reglamento de la ley Nº 19.886. f) Si el adjudicatario (incluyendo a cada integrante de la Unión Temporal de Proveedores) no se inscribe en el registro de proveedores en el plazo máximo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación en el Portal de Compras Públicas. En tal caso, el plazo de 60 días, se contará desde que se haya vencido el plazo respectivo. 14. LICITACIÓN DECLARADA DESIERTA E INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS FCEI podrá declarar desierta la licitación cuando concurra, al menos, una de las siguientes circunstancias: a) No se presente oferente alguno a la licitación. b) Las ofertas presentadas hayan sido declaradas inadmisibles, por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, sin perjuicio del mecanismo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº 19.886. c) Exceder el presupuesto máximo disponible indicado en las bases. d) Cuando, presentándose uno o más candidatos, ninguna de las propuestas resulte conveniente a los intereses de la institución, en consideración a que la calidad de la oferta no permita lograr una contratación eficaz y eficiente, en los términos requeridos por FCEI. En caso que las propuestas no cuenten con la totalidad de los antecedentes necesarios para ponderar las mismas, o si, en el evento de solicitarse aclaraciones o complementos a las ofertas, a través del mecanismo establecido en el artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, no existiere respuesta por parte de los oferentes o si la aclaración o el complemento entregado no satisface las exigencias de las bases de licitación, la oferta podrá ser declarada inadmisible. De las situaciones descritas en las letras anteriores, deberá dejarse constancia, de manera justificada, en el informe de la Comisión Evaluadora y en la resolución que resuelva sobre el proceso de contratación administrativa. El oferente que desee efectuar algún reclamo u observación, deberá hacerlo a través del portal, de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 33, del Reglamento de la Ley Nº 19.886. 14. 15. PRESUPUESTO El presupuesto máximo para la presente contratación es de $44.000.000 (cuarenta y cuatro millones de pesos chilenos.-). La oferta que exceda el presupuesto antes indicado será declarada inadmisible. El monto total ofertado para la presente licitación, deberá contemplar todos los gastos y riesgos necesarios para que se cumpla el objetivo del llamado a licitación de la contratación. Sin perjuicio de lo señalado, las ofertas podrán ser declaradas inadmisibles en conformidad a lo establecido en la cláusula Nº 14. “Licitación declarada desierta e inadmisibilidad de las ofertas”, de las Bases Administrativas de licitación. 15. 16. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y VIGENCIA. La formalización de la presente prestación se realizará mediante la emisión de la orden de compra por parte de la Universidad, toda vez que, como se indica en las presentes bases, los bienes son estándar, de simple y objetiva especificación. La aceptación por parte del proveedor deberá realizarse dentro del plazo de 48 (cuarenta y ocho) horas de notificada la emisión de la respectiva orden de compra. De no ser aceptada la Orden de Compra, dentro del plazo estipulado en el presente numeral, la Universidad quedará facultada para solicitar la cancelación al proveedor acorde a lo estipulado en el artículo Nº 63 del Reglamento de la ley Nº 19.886. Sin perjuicio de lo anterior, el oferente que se adjudique esta Licitación, será responsable por las obligaciones laborales, previsionales e impositivas que correspondan al personal asignado por ella, para el cumplimiento del objetivo de la presente contratación. Asimismo, el oferente no podrá ceder, transferir o traspasar, en forma alguna, ya sea en forma total o parcial el contrato ni tampoco constituir prenda u otras garantías o gravámenes que lo afecten, ni afectar cualquier derecho derivado de este, como pagos o cobros provenientes del contrato, salvo expresa autorización escrita de la Universidad. El incumplimiento de estas cláusulas por parte del adjudicatario será causal suficiente para que la Universidad ponga término anticipado la contratación, sin que el oferente tenga derecho a indemnización de ninguna especie, lo cual es conocido y aceptado por éste. En este caso la Universidad, hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. 16.1 CONDICIONES DE PAGO Y FACTURACIÓN El pago se realizará en una única cuota, dentro de los 30 días corridos siguientes a la recepción conforme de la correspondiente factura o documento tributario de cobro no objetado. La facturación deberá indicar a lo menos y en el formato indicado, los siguientes datos: ● Razón Social: Universidad de Chile ● R.U. T : 60.910.000-1 ● Giro : Universidad o Educación. ● Domicilio : Avda. Capitán Ignacio Carrera Pinto N°1045, comuna de Ñuñoa ● Copia de Guía de Despacho (si corresponde) ● Nº de Orden de Compra asociada. Ante el incumplimiento de alguno de los puntos señalados, FCEI podrá rechazar la recepción, siendo motivo suficiente para devolver el documento a la dirección de facturación, sin ser responsable, de los costos tributarios asociados. La factura electrónica, deberá ser remitida al correo dte.cl@einvocing.signature- cloud.com. 16.2 GARANTÍAS Conforme al artículo 68 inciso final del Reglamento de la Ley N°19.886, no se estima necesaria, por tratarse de una contratación inferior a 1.000 UTM y por considerarse debidamente cubiertos los intereses de la Universidad al contemplarse un plazo de entrega inferior al establecido legalmente para el pago, por lo que la obligación debería encontrarse cumplida al momento de hacerse éste exigible. 16.3 Cesión de derechos y obligaciones El proveedor no podrá ceder o transferir, total o parcialmente, los derechos y obligaciones que a su respecto emanen de la presente contratación. Sin perjuicio de ello, el oferente adjudicado podrá ceder créditos contenidos en sus facturas ajustándose siempre al procedimiento previsto en la Ley Nº 19.983, a fin de efectuar el pago al cesionario o ejercer los derechos que la Ley establece, en su caso. Si el proveedor decide hacer uso de este derecho, informará de ello a FCEI, indicando el nombre de la empresa de factoring a la cual cederá el crédito, con una antelación no inferior a 15 días hábiles antes del vencimiento del plazo para efectuar el pago respectivo. Si la Universidad de Chile fuese objeto de cualquier tipo de reclamo, demanda o sufriere daños y/o perjuicios, a consecuencia del incumplimiento por parte del proveedor adjudicado de lo establecido en ésta cláusula, FCEI podrá poner término anticipadamente al contrato, conforme lo señalado en la cláusula Nº 18 del presente instrumento, sin derecho a indemnización alguna para la empresa seleccionada, sin perjuicio de las acciones legales que decida emprender en contra ésta última. 16. 17. MULTAS En caso que el proveedor no de cumplimiento de manera diligente al plazo de entrega ofertado, en forma oportuna, correcta y satisfactoria, FCEI aplicará las siguientes multas: ● 3% del valor total del contrato: correspondiente a la entrega del producto requerido, por cada día hábil de atraso sin justificación de causa en la entrega del producto, fijando como tiempo máximo de aplicación 10 días hábiles posteriores al plazo de entrega comprometido. Excedido el plazo, la Universidad podrá poner término anticipado al contrato, previa tramitación del procedimiento correspondiente. Con todo, el valor de las multas no podrá exceder un monto equivalente al 30% del valor total del contrato. Si ello ocurriese, la Universidad podrá ponerle término anticipado al contrato de conformidad con lo dispuesto en la cláusula N° 18 de las presentes Bases. 17.1 Procedimiento para aplicación de multas Para aplicar las medidas por incumplimiento que se contemplan en estas bases, se seguirá el procedimiento indicado a continuación: Cuando FCEI verifique la ocurrencia de uno o más incumplimientos, comunicará dicha circunstancia a la adjudicataria, mediante el envío de un correo electrónico indicándole los hechos que configuren el(los) incumplimiento(s) y la(s) sanción(es) que resulta(n) aplicable(s). El proveedor podrá presentar sus descargos, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde la fecha del mencionado correo electrónico, debiendo acompañar todos los antecedentes que sean necesarios. Si el contratista no formula reparos o se allana expresamente a la aplicación de la medida respectiva, se dictará resolución fundada dando cuenta de esta situación y aplicando la respectiva medida. FCEI resolverá los descargos mediante resolución fundada de la Decana la que será notificada al proveedor por carta certificada enviada al domicilio indicado en el Anexo N°1. En contra de esta resolución, el proveedor podrá presentar recurso de reposición dentro del plazo de 5 días hábiles contados desde la fecha de la notificación de la Resolución, debiendo acompañar todos los antecedentes que fundan el recurso, si los hubiere. Lo anterior, es sin perjuicio de los demás recursos administrativos que le concede la Ley 19.880. FCEI resolverá el recurso de reposición a través de resolución fundada en la que podrá acoger totalmente el Recurso, dejando sin efecto la multa aplicada; acoger parcialmente el recurso; o bien, rechazar el Recurso, ratificando el monto de la multa aplicada. Esta resolución será notificada al contratista mediante el envío de la copia de la misma por carta certificada al domicilio indicado en el contrato. Además de lo señalado, la Universidad quedará autorizada para iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del contratista responsable del incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados que excedan el monto de las garantías otorgadas. 17. 18. CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO La contratación podrá terminarse anticipadamente conforme las causales establecidas en el artículo 13, de la Ley Nº 19.886, y el artículo 77, de su Reglamento, aprobado mediante Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, y especialmente en los siguientes casos: a) Mutuo acuerdo entre los contratantes. b) Ante cualquier incumplimiento grave del Proveedor respecto de las obligaciones contractuales contraídas, entendiéndose por tal, cualquier conducta(s) de relevancia, realizada negligentemente, cuyas consecuencias sean serias, ya sea que produzcan algún detrimento o perjuicio a la Universidad o amenacen la estabilidad del contrato, como por ejemplo no dar cumplimiento a las obligaciones y condiciones contenidas en las bases o contrato, o no acatar en 2 o más oportunidades las órdenes o instrucciones informadas por la contraparte técnica de la Universidad. c) Si el adjudicatario estuviese sujeto a Procedimiento Concursal de Liquidación o perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente. d) Si durante la vigencia del Contrato, el proveedor o algún integrante de la unión temporal de proveedores incurriera en alguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado o con esta entidad licitante, según lo establecido en el artículo 4 de la Ley Nº 19.886. e) Por registrar, saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con contratados en los últimos dos años, a mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f) Por causa de interés público o cuando la Universidad lo determine necesario, por motivos justificados. g) Si durante el transcurso del contrato, se cursan multas que excedan el 30% del monto total del contrato. h) Haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia en conformidad con lo dispuesto en el artículo 26, inciso segundo, letra d), del DFL N° 1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del DL N° 211, de 1973, que fijó normas para la defensa de la libre competencia. i) En los demás casos establecidos en la ley y en las presentes bases. La resolución que disponga el término anticipado del contrato definitivo o su modificación, deberá ser fundada y publicarse en el portal de Mercado Público a más tardar 24 horas de dictada y seguirá el procedimiento indicado en la cláusula siguiente. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Universidad de Chile pueda exigir, con la correspondiente indemnización de perjuicios, así como su derecho a hacer efectivas las garantías constituidas por el adjudicatario. 18.1 Procedimiento para el término anticipado y Jurisdicción El término anticipado de contrato se realizará según las causales indicadas en la cláusula anterior, previa tramitación del procedimiento establecido en la Cláusula Nº 17.1 (Procedimiento para aplicación de multas), de las presentes Bases Administrativas de Licitación, y mediante una resolución fundada, la cual deberá publicarse en el Sistema de Información de Compras Públicas, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada. Además, deberá notificarse al proveedor mediante carta certificada. La resolución que disponga el término anticipado del contrato definido se publicará en el sistema de información y contra ésta, procederán los recursos establecidos en la Ley Nº 19.880, que establece Bases de los procedimientos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado. Toda controversia que se suscite entre la aprobación de las Bases de Licitación y su adjudicación, será sometida a conocimiento del Tribunal de Contratación Pública, sin perjuicio de las atribuciones de la Contraloría General de la República. Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia del contrato que no puedan ser resueltas de común acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago 19. PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: i. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. ii. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven. iii. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas. iv. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. v. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso licitatorio. vi. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase. vii. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. viii. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluídos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Contratación de Personas Discapacitadas Oferente cuenta con Programa de Integridad, conocido por su personal. 3% 3%
2 Cumplimiento de los requisitos Cumplimiento de requisitos formales 5% 5%
3 Precio X= Precio mínimo ofertado * 100 /Precio Oferta X 62%
4 Servicio o Asistencia Técnica Oferta Técnica 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: UNIVERSIDAD DE CHILE
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Claudia Neira
e-mail de responsable de pago: cneira@uchile.cl
Nombre de responsable de contrato: David Huerta
e-mail de responsable de contrato: dhuertao@u.uchile.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-29787922-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolución de Empates
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación
FCEI adjudicará la licitación a la oferta que obtenga mayor puntaje, resulte más conveniente a sus intereses, y cumpla con todos los requisitos establecidos en las Bases del proceso. Sin embargo, cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en el cronograma, FCEI podrá modificar aquella fecha, para lo cual deberá informar en el Portal de Compras Públicas las razones que justifiquen dicho cambio, y consecuentemente con ello, deberá indicar un nuevo plazo para la adjudicación.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.