APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS
CORRESPONDIENTES A LA LICITACIÓN PÚBLICA DENOMINADA “SERVICIO DE ANÁLISIS DE LABORATORIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA
CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E INSTALACIÓN DE SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA
INOCUIDAD CÓDIGO BIP: 40062085-0,
EJECUTADO POR LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA, REGIÓN DE
TARAPACÁ”.
Se deja constancia, asimismo, que estas Bases están conformadas por los
contenidos que se listan a continuación:
I.- BASES ADMINISTRATIVAS
II.- BASES TÉCNICAS
III.- ANEXOS
I.- BASES
ADMINISTRATIVAS
1. LICITANTE:
Razón Social : Subsecretaría del Ministerio de
Agricultura.
Unidad de Compra
: SEREMI I Región
RUT :
61.301.000-9.
Dirección :
Playa Blanca N° 2328.
Comuna :
Iquique
Región :
Tarapacá.
2.
ENCARGADO
DEL PROCESO EN EL PORTAL Y CARACTERÍSTICAS DEL PROCESO:
Nombre :
Héctor Rojas Contreras.
Cargo :
Encargado Administrativo Regional
E-mail :
hector.rojas@minagri.gob.cl.
Tipo de Adquisición :
Licitación Pública mayor a 100 UTM y menor a 1.000 UTM (LE)
Tipo de Convocatoria :
Abierta.
Tipo de Adjudicación : Simple.
Líneas de producto : Una línea.
Moneda :Peso
chileno.
Etapas :
Una Etapa.
Publicidad de las Ofertas :
La Seremi de Agricultura dispone en este acto que las propuestas técnicas de
los proponentes que participen del presente proceso de licitación pública
quedarán disponibles en el portal, una vez adjudicado el proceso.
3. SERVICIOS
SOLICITADOS:
3.1 Nombre de la adquisición:
“SERVICIO DE ANÁLISIS
DE LABORATORIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA “CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E
INSTALACIÓN DE SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA INOCUIDAD” CÓDIGO BIP: 40062085-0,
EJECUTADO POR LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULTURA, REGIÓN DE
TARAPACÁ.
3.2 Objetivo de la Contratación: Convenir un servicio con
laboratorio acreditado y especializado, para la toma de muestras en alimentos
procesados artesanales, materias primas y productos gastronómicos, a los cuales
les sean aplicados análisis químicos, microbiológicos, físicos, parasitarios, y
evaluaciones de riesgos, en el marco del programa denominado; “Capacitación,
formalización, e instalación del sistema de aseguramiento de la inocuidad”,
asimismo implementar un plan de mejoras para productores/as, beneficiarios/as
del programa, a partir de los análisis, garantizando que tanto la inocuidad, la
composición química y calidad de los productos cumplan con el Reglamento
Sanitario de los Alimentos (RSA) y normativa vigente.
3.3 Metodología de
Muestreo y Control
La metodología de control y análisis se ejecutará en dos (2) etapas
obligatorias, según se detalla a continuación:
1.Análisis Inicial (Base): Se realizará el primer
set de análisis (Riesgo, Químico, Físico, Parasitario y Microbiológico) de cada
muestra, identificada por rubro.
2.Análisis de Verificación (Corrección): En caso de detectarse
desviaciones o incumplimientos en el análisis inicial (base), se deberá
proceder con un segundo set de análisis. Lo anterior será realizado a posterior
de la implementación por parte del o la productor/a de medidas correctivas
(Cuya elaboración y ejecución recae en la SEREMI de Agricultura), y con el fin
de enmendar dichas desviaciones.
4.
NORMATIVA
La presente licitación pública se rige por las
siguientes normas:
La presente
licitación pública se rige por la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos
Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, su Reglamento, y estas
Bases, que se encuentran conformadas por bases técnicas, bases administrativas,
además de sus correspondientes anexos.
Las presentes bases son
obligatorias para los que participen en la licitación, entendiéndose que son
aceptadas por el sólo hecho de presentar una oferta.
La normativa y
documentos señalados anteriormente forman parte integrante de la presente
licitación, junto a lo siguiente:
·
Las correspondientes
ofertas técnicas y ofertas económicas de los proponentes.
·
Los antecedentes
administrativos y legales solicitados a cada postulante.
·
Las consultas a las
bases formuladas por los participantes y las respectivas respuestas evacuadas
por la SEREMI de Agricultura.
·
Las aclaraciones y
modificaciones que se efectúen a las bases por iniciativa de la SEREMI de
Agricultura o por ser necesario a partir de algún requerimiento.
·
Las aclaraciones a las
ofertas que solicite la SEREMI de Agricultura, durante el proceso de evaluación
de ofertas.
·
La normativa legal
aplicable, teniendo presente en la ejecución lo dispuesto en el artículo 1546
del Código Civil.
5. ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS PARA OFERTAR
5.1.
Antecedentes Legales.
Los siguientes documentos, si ellos no se
encontraren publicados electrónicamente en el sistema de información deberán
adjuntarse, en formato electrónico o digital, a la propuesta que se formule,
como documento adjunto:
a)
Persona Jurídica
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante
Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa.
iii. Copia de Escritura Pública de Constitución de la Empresa, con vigencia.
iv. Certificados de vigencia de la sociedad y de su representante y
documentos legales en que conste la personería de la representación, con una
antigüedad no superior a 60 días corridos).
v.
Nueva Declaración
Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de
compras y contrataciones).
b)
Persona Natural
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del postulante.
ii. Fotocopia simple de iniciación de actividades del SII.
iii. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el
sistema de información de compras y contrataciones).
c)
Personas Jurídicas
Régimen simplificado:
Las
personas jurídicas que se hayan constituido al amparo del régimen simplificado
de la ley N° 20.659 y de su Reglamento, establecido por D.S. 45 de 2013, de la
Subsecretaría de Economía, acreditarán su existencia legal con los siguientes
documentos emitidos por el Administrador del Registro de Empresas y Sociedades,
suscritos mediante firma electrónica avanzada por el Subsecretario de Economía
y Empresas de Menor Tamaño, o por aquel a quien éste delegue dicha facultad:
i. Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del Representante
Legal, vigente.
ii. Fotocopia simple de RUT de la Empresa
iii. Certificado de Estatuto Actualizado.
iv. Certificado de Vigencia.
v. Certificado de Anotaciones.
vi. Nueva declaración Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el
sistema de información de compras y contrataciones).
Los oferentes que oferten
deben encontrarse hábiles en el sistema de información y podrán exceptuarse de
adjuntar en la propuesta que formulen, los documentos señalados en los
numerales i y ii, de las letras a), b) y c) precedentes.
Sin perjuicio de lo
anterior, y luego de producida la adjudicación, los documentos excluidos en
este párrafo deben encontrarse publicados electrónicamente en el sistema de
información o ser prestados formalmente en las oficinas de la SEREMI en los
términos y condiciones que establezca el Servicio.
d)
Unión Temporal de
Proveedores (UTP):
La Unión Temporal de Proveedores deberá dar
cumplimiento a lo siguiente:
a)
La
UTP deberá estar integrada por una o más empresas de menor tamaño.
b)
Su
objetivo es unirse para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o
convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de una
contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
c)
Se
constituye exclusivamente para un proceso de compra en particular. Su vigencia
no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o
prórroga.
d)
Debe
materializarse por escritura pública.
e)
Los
proveedores deben establecer en el instrumento que formaliza la unión la
solidaridad entre los integrantes respecto de todas las obligaciones que se
generen con la Entidad licitante, y el nombramiento de un representante o
apoderado común con poderes suficientes para representarlos en conjunto.
En caso de tratarse de una
UTP, se debe presentar obligatoriamente el Anexo N° 6 dispuesto para ello, en
el que consta la formalización de la Unión Temporal de Proveedores y la
solidaridad entre las partes, el nombramiento de un representante o apoderado
común con poderes suficientes y que la vigencia de esta Unión no sea inferior a
la vigencia del contrato que se suscriba; siempre que el adjudicatario esté
integrado por dos o más personas, naturales o jurídicas.
Se hace presente que la
UTP debe ser declarada expresamente al monto de ofertar en la ficha del sistema
de información, marcando la opción que corresponde y, en dicha funcionalidad
incluir las razones sociales que la componen.
Ante cualquier
incumplimiento formal y si fuera preciso ser solicitado por la comisión
evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente quedará
afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de evaluación:
“Cumplimiento de requisitos formales”.
Quien
oferte bajo la modalidad de UTP, debe indicar que lo realiza bajo dicha
modalidad (utilizando adecuadamente los campos previstos en la plataforma para
dichos efectos), y adjuntar a su propuesta el documento de formalización de la
Unión en el Portal de Mercado Público, teniendo en consideración lo previsto en
el artículo N° 180 letra d) del Reglamento que señala: “Deberá
materializarse por escritura pública. Sin embargo, cuando se trate de
adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el acuerdo en que conste la unión podrá
materializarse por instrumento público o privado”:
Es
necesario tener presente, que, en el caso de las UTP, éstas tienen la
obligación de informar inmediatamente a la Seremi el retiro de uno o más de sus
integrantes. Si el retiro se produce durante la evaluación de las ofertas, la
UTP debe informar además en forma inmediata, si producto de ese retiro se
continuará participando en la licitación, o bien, si se desistirá de ésta.
En
caso de disolverse una UTP, durante la evaluación de la licitación, sin que se
hubiere dado aviso en los términos señalados en el párrafo precedente, dicha
oferta deberá ser rechazada.
La
UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Una vez iniciado el
proceso de evaluación de las ofertas, resulta improcedente que el integrante
que se retira de una UTP sea reemplazado por otro integrante, aun cuando el
reemplazante reúna características iguales o superiores al integrante retirado.
Si
durante la evaluación de las ofertas se retira alguno de los integrantes de una
UTP, que hubiese aportado a tal Unión, una o más características objeto de la
evaluación de la oferta, tal circunstancia será causal de rechazo de la
propuesta.
Las
UTP deben presentar: una declaración jurada simple, conforme al formato que se
adjunta como Anexo N° 6, debidamente firmada por el representante legal del
proponente, al momento de ofertar.
Se
requiere que los representantes legales de las empresas que constituyan la UTP
y/o las personas naturales deben acompañar copia simple de las cédulas de
identidad de cada uno de ellos o ellas.
Debe
tenerse presente, respecto de las Uniones Temporales de Proveedores que:
-El Anexo N° 6 debe incluir la descripción e
individualización de los proponentes, debiendo ser debidamente firmada por el
representante de la Unión Temporal de Proveedores. La declaración jurada simple
de la UTP debe dar cuenta de su duración, la cual no podrá ser inferior al
tiempo que durará la ejecución del contrato que adjudiquen, incluida su
eventual renovación.
-
Se recomienda que en la declaración jurada simple de la UTP se mencione la
modalidad de pago, es decir, individualizar quien de los integrantes emitirá la
factura y recibirá el pago; en caso de omisión en su designación la Seremi entenderá
que él o la integrante de dicha obligación es quien represente a la UTP.
-
Debe constar la inscripción en el registro de proveedores de forma individual,
al momento de la suscripción del contrato.
Quienes
oferten que integren una UTP y que experimenten una modificación, deben
informarla de inmediato a la Seremi debiendo acompañar el respectivo
instrumento modificatorio, el cual deberá materializarse a través de las mismas
formalidades necesarias para su constitución.
La
Seremi podrá exigir la responsabilidad a cualquiera de los integrantes de la
UTP, a su arbitrio, sin perjuicio de que quienes suscriban el contrato de
constitución de la UTP regulen la facultad de repetir uno contra el otro, en
casos derivados de culpa de alguno de los componentes de esta.
En
caso de verificarse la existencia de alguna inhabilidad se declarará la
postulación como contraria a las bases e inadmisibles. Si se comprobase
falsedad en la información contenida en cualquier oferta que se presente aún
después de la adjudicación, ésta perderá todas sus garantías, además de hacerse
responsable por los daños y perjuicios que se deriven de la situación,
reservándose la Seremi el derecho poner término al contrato.
Todos
quienes oferten deben firmar la Declaración Jurada Electrónica disponible en el
sistema de información, en los términos previstos en los artículos 35 qúater y
35 septies de la ley 21.634, que moderniza la ley 19.886.
5.2.
Presentación
de Anexos:
Quienes oferten debe suscribir la Declaración
Jurada de requisitos para ofertar (disponible en el sistema de información de
compras y contrataciones) según corresponda. Además, deben presentar sus
ofertas técnicas y económicas a través de los formatos establecidos en los
Anexos N° 1, 2, 3, 4, 5 ,6, 7 y 8, según la naturaleza de quien oferte.
Ante cualquier
incumplimiento formal de esta naturaleza y si fuera preciso ser solicitado por
la comisión evaluadora una vez realizada la apertura del proceso, el proponente
quedará afecto al respectivo descuento del puntaje en el criterio de
evaluación: “Cumplimiento de requisitos formales”.
6. PACTO DE INTEGRIDAD
Quien oferte declara que, por el sólo hecho de participar en la presente
licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a
cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin
perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás
documentos integrantes.
Especialmente, quien oferte acepta suministrar
toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de
acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los
siguientes compromisos:
1.
Quien oferte se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus
trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución
Política de la República en su artículo N°19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y
16º, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, el
oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que
debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos
mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando
se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y
Empresas de Naciones Unidas.
2. Quien oferte se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o
conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su
tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su
oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del contrato
que se derive de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras
personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso
licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y
ejecución del contrato, si los hubiere.
3. Quien oferte se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar
negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de
cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o
conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4. Quien oferte se obliga a revisar y verificar toda la información y
documentación que deba presentar durante el proceso licitatorio y en la
ejecución del contrato, si lo hubiere, tomando todas las medidas que sean
necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia,
precisión y vigencia de esta.
5. Quien oferte se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los
principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente proceso
licitatorio y en la ejecución del contrato, si lo hubiere.
6. Quien oferte manifiesta que conoce y respetará las reglas y
condiciones establecidas en las bases de licitación y en el contrato
respectivo, si lo hubiere.
7. Quien oferte reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso
licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos
técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de
cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
8. Quien oferte se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias
para que las obligaciones anteriormente señaladas sean cabalmente cumplidas por
sus empleados, asesores, agentes y, en general, por todas las personas con que
aquél se relacione directa o indirectamente en virtud de la presente
licitación, incluidos sus subcontratistas, si corresponde, haciéndose
plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de
las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen
determinadas por los organismos correspondientes.
7. PLAZOS DE LA LICITACIÓN PÚBLICA.
Cronograma:
a) Recepción de Ofertas y cierre de postulaciones: hasta las
15:00 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de
las presentes bases de licitación.
b) Acto de Apertura Electrónica: a las
15:01 horas del décimo día corrido, contado desde la fecha de publicación de
las presentes bases de licitación.
Excepcionalmente podrán
efectuarse aperturas en las dependencias de la Entidad Licitante en los casos
previstos en el artículo 115 del Reglamento de la ley 19.886. A las aperturas
de ofertas en soporte papel podrán asistir los representantes de los Oferentes.
Quienes oferten podrán
efectuar observaciones dentro de las 24 horas siguientes a la apertura de las
ofertas. Estas observaciones deberán efectuarse a través del Sistema de
Información. En el caso de aperturas de ofertas en Soporte Papel podrán
solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta
que se levantará especialmente al efecto.
c) Preguntas sobre las Bases: éstas se
podrán realizar hasta las 17:00 horas del quinto día corrido contados desde la
fecha de publicación de las bases de licitación.
d) Publicación de las respuestas a las preguntas
sobre las bases: serán publicadas hasta las 17:00 horas del primer
día hábil contado desde la fecha de cierre del periodo para hacer consultas.
e) Aclaraciones y/o Consultas a las Bases de
Licitación: Los
proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación con las presente Bases
de Licitación Pública, únicamente mediante la funcionalidad de foro otorgada
por el portal www.mercadopublico.cl
La
SEREMI dará respuesta por escrito a todas las consultas que sean realizadas a
través de la funcionalidad antes señalada en el mismo sitio web:,
dando a conocer también el texto de consulta de que se trate.
f)
Plazo de
Evaluación: diez días hábiles, a partir de la apertura electrónica de las ofertas.
g) Fecha máxima de Adjudicación: La
adjudicación se realizará en el plazo máximo que vence el décimo día hábil
contado desde la fecha definida para el cierre de presentación de ofertas a las
19:00 horas.
h) Cambio en la fecha de Adjudicación: si por
causas no imputables a la entidad licitante, las que serán oportunamente
informadas, no se puede cumplir con la fecha indicada en las bases para
adjudicar se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl, la cual no podrá exceder los cinco días
hábiles adicionales al plazo ya establecido, excepto en el caso que se
califique una situación de fuerza mayor o caso fortuito, lo que será
debidamente determinado en el acto administrativo de adjudicación.
i)
Fecha de
firma del contrato: La SEREMI, formalizará con quien haya sido
adjudicado/a su respectivo contrato en el plazo máximo de los 10 días corridos
contados desde la adjudicación.
j)
Contabilización
de los días: En caso de que alguna o más de las fechas establecidas en los párrafos
que anteceden, recayere en un día festivo o inhábil, la o las fechas de que se
trate, se considerarán traspasadas al día hábil siguiente.
k) Modificaciones a las bases
de licitación: La SEREMI podrá modificar las presentes bases de
licitación pública, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración
solicitada por algunos de los oferentes, durante el proceso de la propuesta,
otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas
a los nuevos requerimientos.
l) Vigencia de las ofertas: las propuestas tendrán una validez mínima de 60 días corridos contados
desde la fecha de presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí,
alterar cualquiera de sus términos.
8. VIGENCIA DE LAS OFERTAS:
Las propuestas deben
tener una validez mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de
presentación de éstas, no pudiendo el proponente por sí, alterar cualquiera de
sus términos.
9. EVALUACIÓN DE LAS PROPUESTAS:
9.1 COMISIÓN
EVALUADORA.
Las propuestas serán evaluadas por una Comisión Evaluadora integrada por
tres funcionarios/as públicos de la SEREMI de Agricultura de la Región de
Tarapacá y/o Subsecretaría de Agricultura.
La Comisión Evaluadora, emitirá un informe fundado en los criterios de
evaluación, y ponderación de estos mismos, de acuerdo con lo establecido en el
numeral 9.2 de las Bases de Licitación.
La SEREMI informará a través del portal www.mercadopublico.cl, el
resultado del llamado a licitación.
La Comisión Evaluadora declarará en la oportunidad que
se requiera que no presenta conflictos de interés para participar como equipo
evaluador en el presente proceso de licitación, y al mismo tiempo guardarán
confidencialidad del proceso de evaluación mediante las debidas declaraciones
juradas serán publicadas en el Sistema de Información de Compras y
Contrataciones Públicas al momento de la publicación del proceso. Lo anterior
de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 35 nonies del Capítulo VII de la Ley
de Compras y artículo 54 del reglamento de la misma ley N° 19.886.
Los motivos por los cuales puede suscitarse conflicto de interés y
es razón de abstenerse de ser parte de una comisión evaluadora, son los
señalados en el artículo 35° quinquies de la Ley.
En el marco de la Ley N° 20.730 los funcionarios de planta o
contrata que formarán parte de la Comisión Evaluadora serán sujetos pasivos de
la mencionada Ley de Lobby.
Quedará prohibido que los integrantes de la Comisión
concedan reuniones a terceros, sobre materias vinculadas a la evaluación.
Finalmente, desde el momento de la apertura de las
propuestas hasta el momento de la adjudicación del contrato, quienes oferten
sólo podrán mantener contacto con la Entidad Licitante para los efectos de esta
en aquellas instancias previstas en las Bases de Licitación, quedando prohibido
cualquier otro tipo de contacto.
La Comisión Evaluadora podrá apoyarse técnicamente en los
profesionales que estime pertinentes para salvaguardar las condiciones técnicas
de la compra.
Asimismo, en caso de ser necesario la comisión evaluadora
podrá sesionar vía remota, mediante un soporte de video conferencia que permita
la expedita reunión de sus miembros.
De lo anterior, debe dejarse constancia en el acta de
evaluación de la comisión, documento que será aprobado por los medios
electrónicos que correspondan.
9.2 CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Los criterios que se utilizarán para la evaluación de las
ofertas y sus ponderaciones son los que se indican a continuación:
|
Criterio de
Evaluación
|
Porcentaje
|
|
a. Oferta
Técnica
|
40%
|
|
b. Precio
|
40%
|
|
c. Proveedor
Local
|
5%
|
|
d. Política de Inclusión Laboral y/o Género
|
5%
|
|
e. Programa
de integridad
|
5%
|
|
f. Cumplimiento
Requisitos Formales
|
5%
|
|
Total
|
100%
|
9.3 METODOLOGÍA DE CÁLCULO DE LOS CRITERIOS DE EVALUACIÓN.
Para calcular los porcentajes obtenidos
por los oferentes en cada uno de los criterios de evaluación, se utilizará la
siguiente metodología:
a.
Oferta Técnica
(40%):
La asignación
de puntajes para la propuesta técnica será de acuerdo con los siguientes subcriterios
y puntajes que se ponderarán con el porcentaje de cada subcriterio.
|
Subcriterios
|
Ponderación
|
|
i.
Acreditación en técnicas de análisis
microbiológicos, físicos y parasitarios para alimentos.
|
25%
|
|
ii. Acreditación en técnicas de análisis químico para matriz de alimentos.
|
25%
|
|
iii. Acreditación en metodologías rápidas.
|
25%
|
|
iv. Acreditación en evaluaciones de Riesgos.
|
25%
|
i.Acreditación
en técnicas de análisis microbiológicos, físicos y parasitarios para alimentos
procesados y productos alimentarios servidos (25%)
La SEREMI de AGRICULTURA
requiere que los oferentes presenten certificados de acreditación bajo NCh ISO
17025 y 17020. Esta puede ser otorgada por el Instituto Nacional de
Normalización (INN) o por otra entidad acreditadora. En este último caso, la
entidad debe ser miembro signatario de los Acuerdos de Reconocimiento mutuo de
la Cooperación Internacional de Acreditación de Laboratorios (MRA de ILAC) y
tener en su alcance la respectiva norma ISO.
Para la evaluación de este
factor, el oferente debe completar el Anexo N°4, “Acreditación de análisis”,
adjuntando copia de certificados de acreditación de un organismo acreditador en
la norma ISO 17025 vigente, ya sea del oferente, ya del tercero acreditado.
Para efectos de la
evaluación de cada oferente, se contarán como propios los exámenes para los que
presente acreditación, ya sea que los efectúe el mismo oferente o un tercero.
Asignación del puntaje:
|
Factor ponderador
|
Puntaje
|
|
Oferente cuenta con alcance de acreditación en técnicas de análisis
microbiológicos, físicos y parasitarios para al menos 16 análisis.
|
100
|
|
Oferente cuenta con alcance de acreditación en técnicas de análisis
microbiológicos, físicos y parasitarios para al menos entre 10 y 15 análisis.
|
50
|
|
Oferente cuenta con alcance de acreditación en técnicas de análisis
microbiológicos, físicos y parasitarios para al menos entre 5 y 9 análisis.
|
25
|
|
Oferente cuenta con alcance de acreditación en técnicas de análisis
microbiológicos, físicos y parasitarios para al menos 4 o menos análisis.
|
10
|
|
Oferte no cuenta con alcances de acreditación en técnicas de análisis
microbiológicos, físicos y parasitarios
|
0
|
ii. Acreditación
en técnicas de análisis químico para alimentos procesados y productos alimentarios
servidos (25%)
La
Seremi de Agricultura requiere que los oferentes presenten certificados de
acreditación bajo NCh ISO 17025 y 17020. Esta puede ser otorgada por el
Instituto Nacional de Normalización (INN) o por otra entidad acreditadora. En
este último caso, la entidad debe ser miembro signatario de los Acuerdos de
Reconocimiento mutuo de la Cooperación Internacional de Acreditación de
Laboratorios (MRA de ILAC) y tener en su alcance la respectiva norma ISO.
Para
la evaluación de este factor, el oferente deberá completar el anexo N°4,
adjuntando copia de certificados de acreditación de un organismo acreditador en
la norma ISO 17025 vigente, ya sea del oferente ya del tercero acreditado.
Para
efectos de la evaluación de cada oferente, se contarán como propios los
exámenes para los que presente acreditación, ya sea que los efectúe el mismo
oferente o un tercero.
Asignación del puntaje:
|
Factor ponderador
|
Puntaje
|
|
Oferente cuenta con alcance de acreditación
en técnicas de análisis químico para alimentos procesados y productos
alimentarios servidos, para al menos 16 análisis que se indican.
|
100
|
|
Oferente cuenta con alcance de acreditación
en técnicas de análisis químico para alimentos procesados y productos
alimentarios servidos, para al menos 10 y 15 de los análisis que se indican.
|
50
|
|
Oferente cuenta con alcance de acreditación
en técnicas de análisis químico para alimentos procesados y productos
alimentarios servidos, para al menos 5 y 9 de los análisis que se indican.
|
25
|
|
Oferente cuenta con alcance de acreditación
en técnicas de análisis químico para alimentos procesados y productos
alimentarios servidos, para al menos 4 o menos de los análisis que se indican.
|
10
|
|
Oferente no cuenta con alcance de
acreditación en técnicas de análisis químico para alimentos procesados y
productos alimentarios servidos.
|
0
|
iii.Acreditación en
metodologías rápidas (25%).
Se valorará a
quien oferte una mayor cantidad de metodologías rápidas o complementarias. Para
que el servicio sea considerado válido y obtenga puntaje, el oferente deberá
listarlo en el Anexo N° 7 y adjuntar el medio de verificación correspondiente
(Ej: Ficha técnica del kit rápido, procedimiento interno vigente, certificado
de validación o acreditación si la tuviera). No se asignará puntaje a servicios
listados que no adjunten su respaldo técnico.
|
Metodologías
Rápidas
|
Puntaje
|
|
Oferta más de una Metodología Rápida
|
100
|
|
Oferta una Metodología Rápida
|
50
|
|
No oferta Metodologías Rápidas
|
0
|
La acreditación en metodologías rápidas en Chile se basa en la
norma NCh-ISO 17025 (para laboratorios de ensayo/calibración)
ante el Instituto Nacional de Normalización (INN), garantizando la competencia
técnica en métodos modernos, como los moleculares (PCR) o inmunológicos,
reduciendo tiempos de espera comparado con métodos tradicionales.
Ejemplo: Implementación de detección de Salmonella spp. mediante
PCR en tiempo real (qPCR) en 24 horas, en lugar de métodos microbiológicos
tradicionales de 5-7 días.
iv.
Acreditación en Evaluaciones de Riesgo (25%)
Este criterio
se evaluará tomando como base la cantidad de contratos de similar naturaleza y
envergadura a la licitada dentro de los últimos 5 años (contados desde la fecha
de cierre de recepción de ofertas), de acuerdo con lo informado en el Anexo N° 8
y con lo siguiente:
|
CRITERIO DE
EVALUACIÓN
|
SUBCRITERIO
|
FACTORES
|
PUNTAJE
|
|
Experiencia de quien oferta
|
Experiencia, a través de contratos en
servicios de similar naturaleza y envergadura a la licitada en los últimos 5
años, acreditados por el o los mandantes.
Se entenderá por servicios de similar
naturaleza aquellos que impliquen la evaluación de riesgos, inocuidad
alimentaria, asesorías HACCP o implementación de normativas similares.
|
4 o más contratos en servicios de
similar naturaleza y envergadura a la licitada.
|
100
|
|
Entre 2 y 3 contratos en servicios de
similar naturaleza y envergadura a la licitada.
|
70
|
|
Al menos un contrato de similar
naturaleza y envergadura a la licitada.
|
30
|
|
Sin contratos en servicios de similar
naturaleza y envergadura, no informa o no acredita debidamente los contratos
que declara.
|
0
|
Las
acreditaciones podrán ser cualquiera de los siguientes documentos:
1.
Certificados de
los mandantes emitidos para esta licitación.
2.
Facturas
3.
Ordenes de
compras aceptadas y recibidas conformes
4.
Contratos
El certificado
antes mencionado debe indicar expresamente:
·
Mandante.
·
Monto.
·
Fecha.
·
Servicio
prestado.
b. Precio (40%):
Se valorará el precio ofertado en el
Anexo N° 2. El precio para evaluar se compone de la suma de los tres conceptos
descritos, de acuerdo con lo siguiente:
1.Valores por tipo de análisis microbiológicos por rubro
alimentario.
2.Valores por tipo de análisis químico por rubro
alimentario.
3.Valor por Evaluación análisis de Riesgo.
Debe ofertarse
en moneda nacional indicando el valor con I.V.A. incluido. La asignación de
puntaje se realizará de acuerdo con lo siguiente, para cada uno de los ítems:
Oferta de menor
monto :
100 puntos
Segunda oferta
con menor monto : 90 puntos
Tercera oferta
con menor monto : 70
puntos
Siguientes
ofertas :
50 puntos
El puntaje
obtenido se ponderará al porcentaje de cada subcriterio.
El oferente
debe cotizar obligatoriamente el valor para todos y cada uno de los
análisis detallados en el Anexo N° 2. La omisión de cualquier tarifa impedirá
la comparación equitativa de las ofertas y será causal de inadmisibilidad de
acuerdo al numeral 12 de las presentes bases administrativas.
c.
Proveedor Local
(5%):
Este criterio
valorará la presencia regional y proximidad operativa de los oferentes, con el
propósito de asegurar la oportunidad y calidad técnica en la toma de muestras
(garantizando tiempos óptimos de transporte y cadena de frío), a la vez que se
promueve el desarrollo económico local y la generación de empleo en la Región
de Tarapacá, fortaleciendo el ecosistema de proveedores regionales.
La asignación
de puntaje se realizará de acuerdo con lo siguiente:
|
Criterios
|
Puntaje
|
|
Quien oferta
tiene domicilio en la Región de Tarapacá.
|
100
|
|
Quien oferta
tiene domicilio Regiones adyacentes a Tarapacá: Arica y Parinacota o
Antofagasta.
|
50
|
|
Quien oferta
tiene domicilio en otra región no señalada en los criterios anteriores
|
20
|
La acreditación del domicilio se
realizará de acuerdo con la dirección consignada en la ficha de proveedor disponible
en el Sistema de Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl, por lo que no es necesario acompañar documentación
adicional.
Este criterio aplicará tanto para
quienes oferten contando con su sede central o una sucursal en las regiones
mencionadas.
d.
Política de
Inclusión Laboral y/o Género (5%):
Se entenderá
por inclusión, para efectos de la asignación de puntaje en este criterio de
evaluación, lo siguiente: elementos que promuevan o permitan generar mejoras
en la forma y oportunidad de incorporar en los ambientes laborales a personas
en desventaja por alguna de las situaciones descritas (etnia, discapacidad o
género), según se indica en el cuadro que más adelante se presenta.
Adicionalmente de acuerdo con lo
previsto en el art. 55 del Reglamento de la Ley de Compra:
- Se entenderá que una empresa promueve la
igualdad de género cuando incluye políticas o prácticas del lugar de
trabajo para reducir brechas salariales; fomentar contrataciones
equitativas, la corresponsabilidad en los cuidados, y reducir la
desigualdad de género.
- Se entenderá que una empresa promueve los
liderazgos de mujeres dentro de la estructura organizacional, cuando sea
acorde al artículo 4, numeral 15, del reglamento de la ley 19.886.
- Se entenderá que una empresa impulsa la
participación de grupos subrepresentados cuando incluye políticas y
prácticas para la inclusión y contratación significativa de personas que
enfrentan barreras estructurales y desventajas en su acceso, permanencia y
desarrollo en el mercado laboral.
El criterio se calculará a partir
de los siguientes factores de inclusión. Completar Anexo N° 3:
|
Factores de inclusión
|
Materias y contenidos
|
Medio de verificación
|
|
Trabajadores
pertenecientes a pueblos Indígenas/originarios (**)
|
Quien
oferta dispone de políticas de inclusión laboral de trabajadores
pertenecientes a pueblos indígenas a partir de políticas no discriminatorias.
|
1.
Contrato (*) de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores
perteneciente a pueblos indígenas, con antigüedad igual o mayor a 3 meses; y
2.
Documento que acredite la calidad de persona perteneciente a pueblo indígena
otorgado por CONADI.
Para
extranjeros, documentos oficiales entregados por las autoridades de dicho
país, debidamente legalizados.
|
|
Trabajadores en situación
de discapacidad (Sólo para empresas con menos de 100 trabajadores/as,
empresas con 100 o más trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal
del 1%). (**)
|
Quien
oferta dispone de políticas de inclusión laboral de personas en situación de
discapacidad a partir de políticas no discriminatorias.
|
1.
Contrato de trabajo de carácter indefinido del/de los trabajadores en
situación de discapacidad, con antigüedad igual o mayor a 3 meses;
2.
Inscripción en el Registro Nacional de Discapacidad, certificación del COMPIN
o certificado del Registro Civil en que se indique la condición.
3.
Empresas con 100 o más
trabajadores/as deben cumplir con el requisito legal del 1%, acompañar
certificado.
|
|
Mujeres
trabajadoras (**)
|
1-Quien
oferta es una persona natural de género femenino.
2-Quien
oferta es una empresa liderada por mujer/es, la Representante Legal o Gerente
General es mujer, debidamente acreditado con los documentos que correspondan.
3-Quien
oferte demuestra tener una política de inclusión de género a través de la
paridad de género en sus contrataciones, con al menos un 50% de mujeres
contratadas respecto al total de trabajadores contratados.
4.-Quien
oferte declara Jefa de proyecto a una mujer.
|
Se
comprobará de acuerdo con lo siguiente, según cada caso:
1.
Registro de proveedores (Sello Empresa Mujer).
2.
Constitución de la sociedad o sus modificaciones o declaración de poderes
vigente.
3.
Certificado de cotizaciones previsionales (F-30-1), dicho certificado debe
dar cuenta de la nómina completa y total del personal contratado por la
empresa.
4.
Propuesta técnica, presentación y/u organigrama del equipo de trabajo.
|
*Podrá acreditarse el
cumplimiento si se acompañan las extensiones o prórrogas de contrato de
trabajos siempre que se encuentren vigentes y tengan el carácter de
indefinidas.
**Se
entenderá cumplido el requisito si quien oferta al menos acredita contar con
una persona contratada bajo cualquiera de los factores que se indica.
En caso de que las acreditaciones se presenten con otros documentos que
validen efectivamente el espíritu del criterio y den cuenta de una política de
inclusión, la comisión podrá aceptarlas, fundando dicha aceptación.
Cálculo del puntaje:
|
Subcriterio
|
Factores
|
Puntaje
|
|
Política de
inclusión laboral y/o Género
|
Cuenta y
acredita 2 o más factores de Inclusión Laboral y/o género.
|
100
|
|
Cuenta y
acredita 1 factores de Inclusión Laboral y/o género.
|
80
|
|
No cuenta o
no acredita factores de Inclusión Laboral y/o género.
|
20
|
e.
Programa de
Integridad (5%):
Quienes
contraten con la Administración del Estado deben demostrar que han tenido un
comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajan para
el/a proveedor/a y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo
durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con
la debida integridad.
Lo
anterior significa que el oferente y su personal deben dar cumplimiento a los
principios éticos, morales y de transparencia que rigen el proceso de
contratación pública, y deben actuar con transparencia, legalidad y veracidad
en el proceso, y en la entrega de información y antecedentes presentados en su
propuesta.
Con
ese fin, el oferente debe presentar junto con su oferta, lo siguiente:
- Declarar en Anexo N° 5 si cuenta o no con el
Programa de integridad.
- Acompañar, con su oferta, el programa de
integridad, de contar con él (artículo 17 Reglamento);
- Acompañar los antecedentes que den cuenta de
que éste es conocido y aplicado por su personal (artículo 17 Reglamento).
Sólo
se asignará puntaje a quienes acrediten contar con un programa de integridad
que se encuentre difundido en su empresa y con sus colaboradores, cumpliendo
los N°s 1, 2 y 3 precedentes).
Cálculo del puntaje:
Cuenta
con programa de integridad 100 puntos
No
cuenta con programa de integridad 20
puntos.
En caso de tratarse de personas naturales que participen del proceso,
recibirán el puntaje íntegro para este criterio.
En caso de tratarse de una UTP todos los integrantes de ésta deben
contar con su programa de integridad debidamente difundido en su empresa para
obtener el máximo puntaje.
f.
Cumplimiento de
Requisitos Formales (5%):
Corresponde al
cumplimiento en la correcta presentación de su oferta en términos formales
respecto de la presentación de anexos técnicos, así como en la mención al
cumplimiento de las especificaciones del proceso.
Los requisitos
formales son aquellos solicitados en las bases de licitación que dan
cumplimiento a la correcta presentación de la oferta, lo que corresponde a:
·
Presentación de
los anexos de la oferta técnica, que acompañan al Anexo N°1.
·
Consistencia de
la información presentada en la ficha del portal y documentos anexos.
·
Anexos y
documentos solicitados se encuentran debidamente firmados y llenados, según se
solicita.
La omisión,
rectificación o aclaración de antecedentes, serán consultadas a través del foro
inverso (aclaración de ofertas) en la etapa de evaluación, teniendo un tiempo
de espera de respuesta de 48 horas desde que esta ha sido realizada y siempre
que se trate de materias de forma que no alteren ni modifiquen la naturaleza
del llamado, la no respuesta por los oferentes en el plazo establecido
incurrirá en la obtención del puntaje mínimo establecido para este criterio y
si el requerimiento fuera necesario para ser evaluado quien oferte quedará
desestimado/a del proceso de evaluación.
|
Servicio
|
Puntaje
|
|
Cumple con los requisitos formales establecidos en las bases.
|
100
|
|
Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las
bases y es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento
adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas, y quien
oferta responde en el plazo que se indica.
|
50
|
|
Cumple parcialmente con los requisitos formales establecidos en las
bases, pero no es necesario aclarar, rectificar o acompañar algún documento
adicionalmente a través de la funcionalidad de aclaración de ofertas.
|
50
|
|
No cumple con los requisitos formales establecidos en las bases y no
responde dentro de los plazos establecidos para ello.
|
0
|
9.4
MECANISMO PARA DIRIMIR EMPATES.
En el caso de
verificarse un empate en la calificación final obtenida entre dos o más
oferentes, se aplicarán los siguientes criterios para los efectos de
dirimirlos, en el orden de prelación que a continuación se indica:
1.
En caso de
existir algún empate en la evaluación final obtenida entre dos o más oferentes,
primeramente, se resolverá el empate a favor de aquel oferente que hubiere
obtenido el máximo puntaje ponderado en el criterio de evaluación “Oferta
Técnica”.
2.
Si luego de
aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate
a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la
evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Precio”.
3.
Si luego de
aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate
a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación en la
evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Proveedor Local”.
4.
Si luego de
aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate
a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación
(calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio
“Política de Inclusión Laboral y/o Género”.
5.
Si luego de
aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate
a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación
(calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio “Programa
de integridad”.
6.
Si luego de
aplicar el criterio precedente se mantuviese el empate, se resolverá el empate
a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta ponderación
(calificación) en la evaluación de la propuesta técnica en el criterio
“Cumplimiento de Requisitos Formales”.
7.
Si el empate
persiste, se resolverá entre las ofertas empatadas, por la oferta con la
primera fecha de ingreso en el Sistema de Compras.
9.5 PUNTAJE
MÍNIMO DE ADJUDICACIÓN.
Para
efectos de evaluación, serán consideradas las propuestas que acrediten mediante
copia de documentos, la formación profesional y experiencia que señalen en sus
propuestas. Quienes no adjunten dicha información, obtendrán el puntaje mínimo
asignado a cada criterio de evaluación, según corresponda. Adicionalmente, la SEREMI
no adjudicará a ninguna oferta que obtenga menos del 65%
del puntaje ponderado total.
En caso de que ningún proponte
alcance dicha puntuación ponderada la licitación será declarada desierta, en
los términos previstos en la letra d) el numeral 14 de las presentes bases
administrativas.
9.6 ACLARACIONES Y/O CONSULTAS A LAS BASES DE
LICITACIÓN.
Los proponentes podrán solicitar aclaraciones, en relación
con las presente Bases de Licitación Pública, únicamente mediante la
funcionalidad de foro otorgada por el portal www.mercadopublico.cl.
La SEREMI, dará respuesta por escrito a todas las consultas
que sean realizadas, a través de la funcionalidad antes señalada en el mismo
sitio web: www.mercadopublico.cl, dando a conocer también el texto de
consulta de que se trate.
10. ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA
EVALUACIÓN.
La Seremi exigirá que todos
los antecedentes solicitados en la presente licitación pública sean ingresados
digitalmente en la oferta del proveedor/a como archivos adjuntos.
Solamente en el periodo
de evaluación y en los casos que la Seremi lo estime necesario, podrá:
1. Salvar los errores u omisiones formales
en que ha incurrido. No se considerará error formal errores en el precio de la
oferta.
2. La presentación de certificaciones o
antecedentes que hayan omitido presentar al momento de efectuarla la oferta,
siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido
con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas; y,
3. La presentación de certificaciones o
antecedentes que se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del
plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación de éstas.
Las rectificaciones de los
errores u omisiones detectados por la Entidad licitante y que se solicitan y
permiten salvar o subsanar a los oferentes, no podrán conferir una situación de
privilegio respecto de los demás competidores, dado que se afectará el
principio de igualdad de los oferentes.
Existiendo la posibilidad
de rectificar los errores u omisiones por parte de los/as proveedores/as, esta
se encuentra contemplada en las presentes bases.
Las
consultas y/o aclaraciones se realizarán mediante la funcionalidad de
“Aclaración de Ofertas” - “foro inverso”, disponible en el Sistema de
Información de Compras y Contrataciones Públicas, sitio web: www.mercadopublico.cl. Los antecedentes formales solicitados
deberán ser publicados bajo la misma funcionalidad, en un plazo máximo de dos
días hábiles.
Cabe
señalar que lo anterior se enmarca en lo establecido en el artículo 56, del
reglamento de la ley N° 19.886.
La
Seremi no se responsabiliza por el uso incorrecto de las plataformas digitales,
los aplicativos o la página web de ChileCompra www.mercadopublico.cl,
siendo de responsabilidad de cada proveedor/a, proporcionar la información
requerida por el sistema electrónico de contratación y por las presentes bases,
para la correcta y completa presentación de ofertas. El uso incorrecto de los
recursos electrónicos necesarios para este proceso de contratación facultará a
la Seremi para rechazar las ofertas.
11.
PRESENTACIÓN
DE LAS OFERTAS.
El oferente debe ingresar su oferta, a través de
los Anexo Adjuntos, así como toda la información que la respalde en formato
digital legible al portal www.mercadopublico.cl, en los
plazos ahí señalados, indicando con detalle, las características y descripción
de lo ofertado, debiendo entregar, como mínimo, la información ahí solicitada.
12.
INADMISIBILIDAD
DE LAS OFERTAS.
La SEREMI se reserva el derecho a declarar
inadmisibles y, en consecuencia, para rechazar una o más de las ofertas
presentadas, en la etapa de apertura de la licitación, cuando éstas no
cumplieren cualquiera de los requisitos o exigencias establecidos en las presentes
Bases de Licitación Pública, sin que ello otorgue derecho alguno a los
oferentes a reclamar indemnización alguna por este motivo.
Serán rechazadas en el acto de apertura de la
licitación, las ofertas que:
1.
No presentar el
Anexo N° 1 y la información requerida, metodología,
presentación y Carta Gantt.
2.
No presentar
Anexo N° 2, o bien, presentarlo incompleto (con celdas vacías, sin cotizar la
totalidad de los análisis solicitados)
3.
No presentar
el Anexo N° 6, para UTP, si procede.
Con
toda la comisión evaluadora podrá rechazar las ofertas que encontrándose en
evaluación se evidencien inconsistencias o incumplimientos técnicos y/o
administrativos específicos respecto de lo requerido en las bases técnicas de
la licitación, motivo que será debidamente declarado y fundado en el acta de
evaluación de ofertas.
13.
COSTOS.
Los costos derivados de la formulación de la oferta en que incurrirá el
proponente serán de su cargo, no dando origen a indemnización alguna en caso de
ser rechazada, desestimada o no considerada su oferta por la SEREMI de
Agricultura.
14.
DE LA
NOTIFICACIÓN DE LA ADJUDICACIÓN CONSULTAS SOBRE LA MISMA Y RE-ADJUDICACIÓN.
a) Adjudicación: Se adjudicará
la oferta que obtenga el mayor puntaje ponderado, el que se obtendrá luego de
la aplicación de los puntajes de cada uno de los criterios de evaluación y sus
respectivos ponderadores.
b) Notificación: La
SEREMI, informará a todos los oferentes del resultado de la licitación y la
adjudicación de esta, a través del portal de Mercado Público.
c) Re-adjudicación: Si el
respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes
legales para contratar, no acepta la orden de compra o pierda la habilidad para
contratar con el Estado en los plazos que se establecen en las presentes bases,
la entidad licitante dejará sin efecto la adjudicación y seleccionará al
oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y
así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se
estime conveniente declarar desierta la licitación.
En consecuencia, cualquier incumplimiento de quien sea adjudicado/a,
facultará a la SEREMI de Agricultura para dejar sin efecto la adjudicación y
re-adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido la segunda mejor
puntuación de acuerdo con la evaluación efectuada por la Comisión Evaluadora.
d) Declaración de Desierta: La SEREMI
podrá declarar desierta la licitación de acuerdo con lo establecido en el
artículo N° 9 de la ley 19.886.
e) Consultas: en caso de que quienes
oferten tengan consultas respecto de la adjudicación o de su proceso, podrán
realizar formalmente sus consultas a través del encargado de la presente
licitación a la casilla de correo electrónico: compras@minagri.gob.cl, quien
debe responder en un plazo no superior a 48 horas y podrán presentar sus
reclamos a través de la plataforma de probidad activa dispuesta en el sistema
de información de compras y contrataciones públicas www.mercadopublico.cl.
15.
MODIFICACIONES
A LAS BASES DE LICITACIÓN.
La SEREMI podrá modificar las presentes Bases de Licitación Pública, ya
sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algunos
de los oferentes, durante el proceso de consultas de la licitación, otorgando
un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los
nuevos requerimientos.
Asimismo, podrá ampliar los plazos establecidos en las presentes bases
si tiene lugar situaciones determinadas como caso fortuito o fuerza mayor, lo
que será calificado formalmente por esta entidad, siempre previo al cierre del
proceso de licitación y otorgando un plazo prudencial para ofertar.
16.
CONTRATACIÓN.
La SEREMI
suscribirá el respectivo contrato con quien se adjudique la licitación, previa
acreditación de su estado de habilidad en el portal www.mercadopublico.cl y de
haber incorporado la versión digital de todos sus antecedentes que acrediten
existencia, vigencia y personería en dicho portal o haberlos presentado formal
y físicamente ante la SEREMI.
La
validez del contrato estará sujeta a la total tramitación del acto
administrativo que lo apruebe.
No podrán contratar con la SEREMI quienes tengan:
·
Condenas por delitos de cohecho o financiamiento
del terrorismo.
·
Condenas por lavado de activos.
·
Delitos concursales establecidos en el Código
Penal y delitos establecidos en el Código Tributario.
·
Condenas por incumplimiento contractual derivado
de culpa o falta de diligencia.
·
Registre condenas por prácticas antisindicales o
infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
·
Registre deudas previsionales o de salud con sus
trabajadores dependientes en los últimos dos años.
·
Tenga deudas tributarias por más de 500 UTM en
el último año o entre 200 y 500 UTM en los últimos dos años.
Previa suscripción del
contrato quien se adjudique debe acreditar, además, el cumplimiento de las
normas laborales y previsionales del equipo que se desempeñará en las labores
de la citada prestación de servicios.
Posterior a la suscripción
del contrato, quien se adjudique debe hacerse cargo de cualquier gasto que
eventualmente deba efectuarse como producto de demandas de carácter laboral del
personal que se desempeñe en el desarrollo de la mencionada prestación de
servicios, conflictos en los cuales la SEREMI de Agricultura no tendrá
participación alguna.
Para el caso de que la
empresa o persona natural que celebre el contrato, registre saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
o con trabajadores contratados en los últimos dos años, la SEREMI de Agricultura
establecerá en el contrato que los primeros estados de pago producto del
servicio licitado, deben ser destinados al pago de dichas obligaciones,
debiendo quien preste el servicio acreditar, mediante comprobantes y planillas,
que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la
mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Se
requerirá, también, la presentación mensual de un certificado especial de la
Dirección del Trabajo, sobre esta materia.
En caso de incumplimiento de
estas obligaciones por parte de la empresa o persona natural contratada, la
SEREMI de Agricultura podrá dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo
llamarse a una nueva licitación en la que la empresa o persona natural referida
no podrá participar.
Si quien se adjudique no firmare el contrato por causa imputable a él,
en el plazo máximo de 10 días corridos, contados desde la comunicación de la
adjudicación de la presente Licitación Pública, su oferta podrá dejarse sin
efecto, pudiendo la SEREMI, en ese caso, aceptar la oferta del proponente que
sigue en el orden de precedencia, o declarar desierta la licitación.
La Justicia Ordinaria resolverá los problemas o divergencias que se
pudieren suscitar entre las partes con motivo de la prestación del servicio,
para lo cual, las partes fijan domicilio en la comuna de Santiago, de la ciudad
del mismo nombre, Chile, sin perjuicio de las facultades de la SEREMI de
Agricultura y las atribuciones de la Contraloría General de la República.
Antecedentes legales para ser contratado:
Quien
se adjudique debe reunir y acompañar los antecedentes legales señalados a
continuación para ser contratado, ya sea en soporte en papel, o bien, mediante
su incorporación en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas, www.mercadopublico.cl, en los plazos señalados en el párrafo
anterior. En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, los antecedentes
requeridos, deben ser presentados por cada uno de sus integrantes, además de la
escritura pública en que conste su constitución.
A.- Persona jurídica:
- Certificado de Vigencia de la personería de sus representantes
legales, extendido por el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces
respectivo, con una antigüedad no superior a 60 días desde su emisión o
Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades, en el
caso de las sociedades acogidas a la Ley 20.659 o, bien, copias de estos,
debidamente autorizadas por un Notario Público.
- Fotocopia de la escritura pública de constitución de la sociedad
o certificado de estatuto actualizado emitido por el Registro de Empresas y
Sociedades, en el caso de sociedades acogidas a la Ley 20.659.
- Fotocopia simple de la cédula nacional de identidad del
Representante Legal.
- Fotocopia simple de RUT de la Empresa.
B.- Persona Natural:
- Fotocopia simple de la cédula nacional
de identidad del/la adjudicatario/a.
- Fotocopia simple de iniciación de
actividades del SII.
C.- Unión Temporal de Proveedores (UTP):
En caso de adjudicarse una
UTP, debe presentar:
-
Fotocopia
de la escritura pública en que conste la formalización de la Unión Temporal de
Proveedores y se establezca, a lo menos, la solidaridad entre las partes, el
nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes y
que la vigencia de esta Unión no sea inferior a la vigencia del contrato que se
suscriba; siempre que el/la adjudicatario/a sea dos o más proveedores/as.
16.1
Vigencia
del contrato
El contrato entrará en vigor una vez tramitado completamente el acto
administrativo que lo apruebe.
Sin perjuicio de lo anterior el plazo máximo del contrato no podrá
superar los 150 días corridos, contados desde la aprobación del contrato
y emisión de la orden de compra a través del sistema de información.
Asimismo, la vigencia del contrato podrá ser modificada por motivos de
fuerza mayor y las condiciones establecidas en las presentes bases de
licitación.
16.2 Multas:
El
incumplimiento de las obligaciones motivo de la presente contratación será
materia de aplicación de multas, de acuerdo con los siguiente:
|
N°
|
Incumplimiento
|
Multa
|
|
1
|
No respetar los plazos para cualquiera de las entregas de informes,
actividades o productos comprometidos.
|
UF 3 por cada día hábil de atraso, con un
máximo de 15 días hábiles.
|
|
2
|
Entrega de informes con observaciones por más de dos veces, es decir,
la tercera entrega con observaciones
quedará afecta a multa.
|
UF 3 por evento, con un máximo de tres eventos.
|
|
3
|
Reemplazo de un profesional del equipo técnico sin respetar el plazo de
aviso previo de 5 días hábiles para la aprobación por parte de la contraparte
técnica, o sin contar con dicha aprobación.
|
UF 5 por evento, con máximo de dos eventos.
|
La multa
será cobrada en pesos chilenos, considerando para la conversión el valor de
equivalencia de la Unidad de Fomento al día de la notificación de aplicación de
ésta.
Las multas
se descontarán del pago de la factura correspondiente y en caso de existir
estados de pago pendientes podrá descontarse del próximo estado de pago,
mientras se tramita completamente la aplicación de la multa. Del mismo modo
la multa podrá cobrarse, en caso de que ya no existan facturas o estados de
pago pendientes en los términos que indique expresamente el acto administrativo
que aplique la multa, lo que se notificará formalmente.
En cualquiera de los casos, la sumatoria de las
multas aplicadas no deberá exceder el tope máximo del 30% del total del
contrato, de acuerdo con lo señalado en el artículo 136 del reglamento vigente
de la Ley de Compras N° 19.886, o cuando se apliquen más de tres multas
totalmente tramitadas en el periodo de vigencia del contrato. Cualquiera sea la
situación, podrá ser causal de término anticipado del contrato, según lo
estipulado en numeral 17 de las presentes bases de licitación.
Las multas se regirán y aplicarán en los términos
previstos en los artículos 135, 136, 137, 138, 139 y 140, del reglamento de la
ley N° 19.886.
16.2.1 Procedimiento
de cobro de multas:
Una vez producido el incumplimiento la SEREMI lo notificará por escrito,
mediante el acto administrativo correspondiente a quien preste el servicio,
otorgando un plazo de cinco días hábiles a partir de su notificación, para que
quien preste al servicio formule sus descargos en el plazo mencionado.
Las
notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del
tercer día siguiente a su recepción.
Sin perjuicio
de lo anterior, también podrá notificarse a través de los otros medios
establecidos en la ley N°19.880 y sus modificaciones.
Las multas y el comportamiento general de quien preste el servicio serán
informados en el Sistema de Información de Compras, de acuerdo con lo
establecido en el artículo 108 del reglamento de la ley N° 19.886.
16.3 Supervisión y propiedad de los productos a
contratar:
La SEREMI de Agricultura ejercerá la supervisión integral del contrato,
en sus aspectos técnicos y administrativos, y designará una contraparte técnica
para que la represente, la que estará integrada por un/a funcionario/a de la
misma SEREMI.
Entre las funciones que tendrá la contraparte técnica, se mencionan y
detallan las siguientes:
a)
Supervisar y controlar la entrega y
especificaciones de los servicios que por este acto se adquieren.
b)
Otorgar
la recepción conforme y autorizar los pagos, según se haya acordado en el
presente instrumento.
c)
Autorizar
adecuaciones menores relativas al servicio, que no impliquen modificar las
prestaciones, y en general atender y resolver situaciones técnicas que se
produzcan en el presente contrato.
d)
Revisar,
y aprobar o rechazar, las solicitudes de reemplazo de integrantes del equipo de
trabajo presentadas por el adjudicatario, verificando que los nuevos
profesionales cumplan con la idoneidad técnica, experiencia y perfil exigido en
las bases, y que se respeten los plazos de aviso previo establecidos.
e)
Informar al encargado/a administrativo/a
regional, mediante memorándum o correo electrónico sobre la procedencia de la
aplicación de multas ante eventuales incumplimientos.
f)
Coordinar las reuniones que estime necesarias
para dar debido seguimiento a la entrega.
La
referida contraparte tendrá acceso en todo momento a las tareas ejecutadas por
el adjudicatario, quien debe facilitar el cumplimiento de dicha prerrogativa.
La misma
contraparte convocará a las reuniones que estime necesario sostener con el
adjudicatario o con determinados profesionales del equipo técnico de esta
última. El adjudicatario deberá facilitar la oportuna asistencia y realización
de dichas reuniones. Sin perjuicio de lo anterior, las reuniones mencionadas
podrán realizarse, también, a requerimiento de la empresa.
16.4
Metodología del contrato
Órdenes de
Exámenes
Para el correcto uso de los
servicios del contrato de análisis de laboratorio y de evaluaciones riesgos, la
contraparte técnica será el encargado de solicitar los presupuestos por los
servicios que se requieran, de acuerdo con el cotejo de la oferta presentada
por el adjudicatario.
En caso de no encontrar los
servicios (exámenes o técnicas) requeridos en la tabla de valores informada por
quien se adjudique, la Seremi solicitará una cotización o presupuesto el que
evaluará para su debida autorización, en caso de que proceda de acuerdo con un
análisis de precio de mercado y oportunidad de ejecución.
Una vez aprobado el
presupuesto se procederá a emitir la respectiva orden de compra, la que podrá
ser proveniente de la licitación.
El contrato no tendrá
carácter de exclusivo para estos efectos, pudiendo la Seremi contratar con
otros proveedores, en caso de encontrar condiciones más ventajosas para aquello
que no se encuentre en los itemizados adjudicados. Del mismo modo podrá
ejecutar total o parcialmente el presupuesto máximo de la licitación.
16.5 Facturación:
Una vez recibido conforme los servicios por
parte de la SEREMI de Agricultura Región de Tarapacá, a través
de su contraparte técnica, quien preste el servicio debe emitir la factura, de
acuerdo con el detalle de cada orden de compra parcial enviada a través del
Sistema de Información de Compras y Contratación Pública, la que hará
referencia a cada hito (inicial y de verificación). Las facturas deben ser
emitidas de la siguiente forma:
Razón Social :
Subsecretaría del Ministerio de Agricultura
RUT :
61.301.000-9
Dirección :
Playa Blanca N° 2328, Iquique
Giro :
Servicio Público
Detalle : Hito inicial o de verificación, por servicios de
análisis de laboratorio de alimentos
La(s)
factura(s) serán pagadas en el plazo máximo de 30 días corridos, contados desde
su emisión y publicación en el SII.
El archivo XML de las facturas debe ser ingresado
electrónicamente a la siguiente casilla: subagriculturarecepcion@custodium.com. La factura debe contener en el campo folio (801) el ID de la orden de
compra y consignar la opción de pago “crédito”. Adicionalmente debe enviar
copia del PDF de la factura al correo electrónico:
facturasagricultura@minagri.gob.cl, donde debe acompañar otros antecedentes, si
así corresponde.
La
SEREMI de Agricultura, en el marco de lo
dispuesto en el N° 2 del artículo 3° de la ley N° 19.983, tendrá un plazo de
ocho días corridos siguientes a la recepción de la factura para reclamar de su
contenido o tenerse por irrevocablemente aceptada. Dicho reclamo se entenderá
practicado en la fecha de envío de la comunicación, mediante la plataforma
electrónica dispuesta por el SII, para dichos efectos.
Es responsabilidad de quien preste el servicio
incorporar como documentos adjuntos los antecedentes que se requieran como
parte del contrato o acuerdo con la SEREMI para materializar el pago (guías de
despacho, informes, certificado de leyes sociales, etc.).
Por lo anterior y a fin de mitigar errores o descoordinaciones al momento
del pago, será obligación que el o los proveedores informen, mediante correo
electrónico o directamente consignándolo en su factura o documento tributario,
los siguientes datos: razón social, RUT, banco, N° cuenta corriente y correo
electrónico para la notificación.
Quien
se adjudique debe mantener su habilidad para contratar con el Estado durante
toda la vigencia del contrato, como también actualizar sus datos en la
plataforma electrónica: Domicilio, Representantes legales, datos de contacto.
a. Factoring:
En caso de que quien preste el servicio ceda a un factoring la(s)
factura(s) asociada(s) a esta contratación, deberá asegurarse de confirmar que
la notificación de dicho factoring, se realice oportunamente en la debida
dirección de este Servicio, individualizada en el segundo párrafo del presente
numeral, de tal forma que el pago sea realizado de acuerdo con el contrato
suscrito por el proveedor.
Cabe señalar que el factoring no se hará efectivo en caso de existir
obligaciones o multas pendientes, de acuerdo con lo establecido en el artículo
N° 127 del Reglamento de la Ley N° 19.886 de Bases, sobre contratos
administrativos de suministro y prestación de servicios. La SEREMI no se
responsabilizará de los intereses que eventualmente cobrará el factoring.
Tratándose de cesión electrónica el proveedor
debe notificar a la contraparte administrativa sobre la decisión de cesión.
17 TÉRMINO
ANTICIPADO DEL CONTRATO.
La SEREMI podrá poner término anticipado al contrato
o modificarlo, sin indemnización de perjuicios, por cualquiera de las causales
establecidas en el artículo 13 de la Ley N° 19.886, en el artículo 130 de su
reglamento, contenido en el D.S. N° 661, de 2024 del Ministerio de Hacienda y
en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de hacer efectiva las
multas, en aquellos casos en que ello procediere, de acuerdo con las siguientes
causales:
-
Resciliación o mutuo acuerdo entre los
contratantes.
-
Unilateralmente, cuando quien preste el
servicio incurra en incumplimiento grave de los servicios establecidos en el
contrato, lo que se establecen las bases de licitación, sus anexos, consultas y
aclaraciones, y si requerido para cumplirlas no lo hiciera dentro del plazo que
se le señale, sin perjuicio, además, de cobrar la garantía y hacer efectivas
las multas que procedieren. Adicionalmente se entenderá por incumplimiento
grave, lo siguiente:
a) La negativa, sin causa justificada, de entregar el servicio comprometido.
b) En caso de que las multas cursadas, en total, superen el 3% del valor
total contratado o cuando se aplique más de dos 2 multas durante la vigencia
del contrato.
c) Las demás causales establecidas por el Reglamento de la ley N° 19.886.
d) La inejecución por parte de quien preste el servicio de una o
más de las actividades previstas en las presentes bases, en términos que
repercuta negativamente en la figura de la SEREMI.
e) No presentar los informes en los plazos establecidos en el
presente instrumento y cuyo retraso supere los 10 días hábiles.
f) Cuando
un informe sea observado por tercera vez, y las demás que ha establecido el
presente instrumento, de acuerdo con lo previsto en las presentes bases.
-
Unilateralmente, quien preste el
servicio registre incumplimiento del pago de remuneraciones y/u obligaciones
sociales (laborales) de sus trabajadores, sin ofrecer un acuerdo de pago con
sus trabajadores. En dicho caso la SEREMI activará el procedimiento de cobro de
la garantía para pagar las deudas que corresponda.
-
Unilateralmente, en caso de estado de
notoria insolvencia de quien preste el servicio, a menos que se mejoren las
cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el
cumplimiento del contrato.
-
Unilateralmente, si quien preste el
servicio perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para
funcionar en el giro de su actividad.
-
Unilateralmente, si quien preste el
servicio supera la aplicación de las multas establecidas en las presentes bases
de licitación.
-
No dar cumplimiento con lo establecido
en la cláusula de las subcontrataciones, en el sentido de no informar en la
oportunidad que corresponde sobre la subcontratación, impidiendo validar la
calidad técnica del subcontratado. La SEREMI en cuanto tome conocimiento de que
ha ocurrido esta situación notificará el término anticipado del contrato.
-
Y todas las otras causales previstas en
el artículo 130 del mencionado Reglamento de la ley de compras.
En este caso, la SEREMI debe comunicar el
término anticipado por escrito, fijándose un plazo de 30 días hábiles, contados
desde la fecha de su recepción por parte de quien preste el servicio, para
liquidar los saldos que se devenguen en favor del Fisco o abonar los gastos
eventuales, siempre que éstos tengan directa relación con el servicio, lo cual
se acreditará mediante la presentación de las boletas o facturas
correspondientes.
18
ESTADOS DE PAGO E INFORMES
El contrato a celebrar motivo de la presente licitación considera la entrega de un informe para la entrega de
resultados de análisis de Laboratorio (Análisis Inicial), un informe para la
entrega de resultados de análisis de Laboratorio (Análisis de verificación), y
un informe de las evaluaciones o análisis de Riesgos, previos a la emisión de
las respectivas facturas, los que deben contener al menos los siguientes
antecedentes:
1.Para los resultados de
análisis de Laboratorio:
los informes deberán ser entregado en formato no editable (PDF). Y un
consolidado de resultados en formato digital editable (.xlsx o .csv) que debe
incluir los campos para Parámetro, Resultado Numérico, Unidad de Medida, Límite
de Detección (LOD), Límite de Cuantificación (LOQ) e Incertidumbre.
2.Elaborar el Informe de
las Evaluaciones de Riesgo:
deben contener la identificación de, los riesgos de inocuidad (con énfasis en
la probabilidad de ETAs en base a la normativa y los flujos de proceso) sumado
a sugerencias de medidas preventivas o correctivas inmediatas.
i.
Aprobación de Informes.
La aprobación del informe por parte
de la Contraparte Técnica debe hacerse por
escrito, vía física o correo electrónico. Una vez
efectuada su revisión, se pueden producir las siguientes situaciones:
a)
El Informe es Aprobado:
En este caso la Contraparte Técnica del Contrato debe enviar por escrito o
digital, la aprobación del informe correspondiente.
b)
El Informe presenta
observaciones a ser incorporadas en el informe siguiente. La Contraparte
Técnica del Contrato debe enviar por escrito o digital la aprobación
del informe correspondiente, indicando que las observaciones deben ser
resueltas en el próximo informe, aprobándose por parte de la Contraparte
Técnica.
c)
El Informe es observado o
rechazado. En este caso quien preste el servicio tendrá 5 días
hábiles para corregir los puntos observados.
Se entenderá por observación cualquier comentario de la
Contraparte Técnica del contrato, respecto del no cumplimiento de objetivos,
tareas o actividades especificadas en el presente Contrato que, a su juicio,
impida aprobar el informe y que, por tanto, implique la calificación de
“Insuficiente”.
Si ocurre lo indicado anteriormente, se podrán producir
las siguientes situaciones:
i.
Quien preste el servicio entregará
las correcciones dentro de los plazos estipulados y serán aprobadas por la
Contraparte Técnica, por lo cual éste deberá enviar por escrito o en digital la
aprobación del Informe y la fecha de recepción prevista para el siguiente.
ii.
Quien preste el servicio entregará
las correcciones dentro de los plazos estipulados, pero la Contraparte Técnica
estimará que aún no se ajustan a lo solicitado. En este caso, se remitirán las
nuevas observaciones para su re-corrección por medio de una comunicación
escrita, disponiendo de 5 días hábiles para corregir los puntos observados.
Este proceso podrá repetirse hasta un máximo de dos (2)
veces. La tercera vez que un mismo informe sea observado por la Contraparte
Técnica del Contrato éste último podrá ser terminado anticipadamente por parte
de la SEREMI, además de proceder al cobro de las multas que procedan.
Tanto en la recepción de los informes como en la recepción
de las correcciones a los mismos, si las hubiere, pueden producirse atrasos,
los que deberán ser debidamente fundados por parte de quien presta el servicio.
Para efectos del cómputo de los plazos a que se refiere el
presente punto, las notificaciones se entenderán practicadas desde el día
siguiente de recepción de la comunicación o carta respectiva en la oficina
correspondiente.
20. SUBCONTRATACIÓN
La persona o empresa
adjudicada podrá subcontratar con terceros la prestación parcial de los
servicios contratados hasta un 30% de la totalidad del contrato, siempre que
ello sea informado por escrito a la SEREMI, con la debida antelación, esto es,
con a lo menos cinco días hábiles anteriores a la fecha de la subcontratación.
La SEREMI se pronunciará por escrito, en orden a la aceptación o rechazo de la
propuesta de subcontratación efectuada.
El incumplimiento de la
notificación antes mencionada generará el cobro de multas pertinentes. Del
mismo modo, el subcontratista debe dar debido cumplimiento a las condiciones
del contrato, siendo el titular el responsable final de las acciones.
La persona del
subcontratista o sus socios o administradores, no pueden estar afectos a las
inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el artículo 154, de
conformidad con lo que se dispone en la letra d), del inciso tercero, del
artículo 128, ambos del reglamento de la ley N° 19.886.
21. FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO.
Ni quien preste el servicio, ni la SEREMI serán
responsable en caso de demora o tardanza en la ejecución de sus obligaciones
contractuales debido a hechos calificados como fuerza mayor o caso fortuito,
conforme lo dispuesto el artículo N°45 del Código Civil.
Quien preste el servicio se vea afectado por una situación
de fuerza mayor o caso fortuito, notificará, por escrito a la SEREMI, dentro de
los cinco primeros días de ocurrido el hecho; además, la solicitud de prórroga
que se requiera al efecto deberá contener los fundamentos y antecedentes en que
consten los hechos que constituyen la situación señalada acompañando los
documentos necesarios para mejor resolver.
La calificación de fuerza mayor o caso fortuito,
corresponderá resolverla a la SEREMI mediante resolución fundada, sobre la base
de los antecedentes que le proporcione quien preste el servicio y/o aquellos
que obtenga de terceros o sean de conocimiento público.
En caso de que la situación descrita implique una
ampliación de la vigencia del contrato, dicha situación también será
formalizada mediante el respectivo acto administrativo, debiendo quien preste
el servicio extender las garantías vigentes, hasta cumplir con los términos y
condiciones de las presentes bases.
22. CESIÓN DEL
CONTRATO:
Quien oferte no podrá ceder ni transferir en forma
alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nacen del
desarrollo de una licitación, de acuerdo con lo consignado en el artículo 126
del Reglamento de la Ley 19.886, y en especial los establecidos en el contrato
definitivo, salvo que una norma legal especial permita la cesión de derechos y
obligaciones. Lo anterior, es sin perjuicio que los documentos justificativos
de los créditos que emanen de estos contratos podrán transferirse de acuerdo
con las normas del derecho común.
23.PRÓRROGA Y/O MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y
SERVICIOS CONEXOS
El contrato podrá ser modificado y/o prorrogado por
una única vez, previo acuerdo escrito entre ambas partes, por un plazo máximo
que no podrá superar los 15 días corridos adicionales a la vigencia
original y no podrá superar el 20% del monto total presupuestado para la
contratación.
La prórroga y/o modificación estará sujeta a la
evaluación del desempeño de quien preste el servicio durante el período
contractual y, debe ser solicitada con una antelación mínima de 15 días a la
fecha de vencimiento del contrato original. Cualquier modificación adicional,
que no vulnere los principios de la contratación, debe ser acordada y suscrita
por las partes formalmente y aprobada por el acto administrativo que
corresponde.
Del mismo modo, la SEREMI podrá eventualmente contratar servicios
conexos al contrato no contemplados en él. Dichas contrataciones no serán de
exclusividad para quien se adjudique. Toda contratación adicional a los
términos del contrato, serán cotizadas en términos de precio, plazos y
especificaciones técnicas, con quien preste el servicio y se establecerán las
condiciones contractuales singulares para dichos efectos.
23.
CONFIDENCIALIDAD
Si en la ejecución del contrato, se identifica
información, material y/o equipo que requieran ser protegidos y clasificados,
quien se adjudique guardará confidencialidad respecto de la información que en
el cumplimiento del contrato conociera de la Seremi. Toda información que sea
revelada o haya sido revelada por la Seremi quien se adjudique, sus asesores/as
o empleados/as, sean dependientes o no, de manera verbal, escrita, gráfica,
electrónica o de cualquier otra forma, sea que dicha información le pertenezca
o no a la Subsecretaría, y toda la información que el adjudicatario, sus
asesores/as, empleados/as dependientes o no, tomen conocimiento, en cualquier
forma, en relación con la Seremi, tendrá carácter de confidencial. La
información que se revele verbalmente será considerada confidencial desde el
momento de su revelación, con el objeto de mantener la reserva y
confidencialidad de la información que reciba quien se adjudique de parte de la
Seremi. Con todo, esta confidencialidad se referirá a:
- No usar en el momento de la ejecución del
contrato ni en el futuro, total o parcialmente la información, para ningún
propósito distinto a la prestación de los servicios a la Subsecretaría.
- Mantener dicha información en secreto y
reserva, y no dar acceso a ninguna persona, sea natural o jurídica, a la
misma, restringiendo su divulgación únicamente a sus asesores o empleados,
sean dependientes o no, que necesiten saber tal información en relación
con la provisión o posible provisión de servicios a la Subsecretaría.
- No hacer copias, ni permitir que otros hagan
copias o reproduzcan, antecedentes o documentos que contengan información,
salvo que la Seremi lo autorice en forma previa y por escrito.
- La Subsecretaría tendrá el derecho para exigir
en cualquier momento, la devolución de todo o parte del material,
documentos u otros, que pueda haberle entregado o facilitado al
adjudicatario que contenga información confidencial, debiendo esta última
en dicho caso proceder a la devolución inmediata de lo solicitado.
- Quien se adjudique adoptará todas las medidas
conducentes a resguardar la confidencialidad de la información por parte
de su personal, incluyendo profesionales, consultores, contratistas o
demás personas que deban tomar, hayan tomado o tengan conocimiento de la
Información Confidencial del órgano contratante.
Las obligaciones de reserva y confidencialidad que emanen del contrato se
mantendrán por todo el tiempo en que el adjudicatario preste servicios a la Seremi
y se extenderá en el futuro permanentemente, salvo autorización expresa de la Seremi,
que permita revelar total o parcialmente la información entregada.
II.- BASES TÉCNICAS
“SERVICIO DE ANÁLISIS DE
LABORATORIO EN EL MARCO DEL PROGRAMA CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E INSTALACIÓN
DE SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA INOCUIDAD CÓDIGO BIP: 40062085-0, EJECUTADO POR LA SECRETARIA REGIONAL MINISTERIAL DE
AGRICULURA, REGIÓN DE TARAPACÁ”
La Secretaría Regional Ministerial de
Agricultura de la Región de Tarapacá, llama a los/as proveedores/as del rubro,
personas naturales, jurídicas, Unión Temporal de Proveedores, chilenas o
extranjeras constituidas en Chile, a presentar sus ofertas para el proceso de
Licitación Pública denominado “SERVICIO DE ANÁLISIS DE LABORATORIO EN
EL MARCO DEL PROGRAMA CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E INSTALACIÓN DE SISTEMA DE
ASEGURAMIENTO DE LA INOCUIDAD CÓDIGO BIP: 40062085-0, EJECUTADO POR LA SECRETARIA
REGIONAL MINISTERIAL DE AGRICULURA, REGIÓN DE TARAPACÁ”
1.
Antecedentes
Generales
El Ministerio de Agricultura basa su acción en
“encaminar fundamentalmente, a obtener el aumento de la producción nacional, la
conservación, protección y acrecentamiento de los recursos naturales renovables
y el mejoramiento de las condiciones de nutrición del pueblo”, esto según el
Decreto Ley N° 294 de 1960.
Su misión es “avanzar
hacia un sector agroalimentario y forestal competitivo, sustentable, innovador
y moderno, comprometido socialmente con el desarrollo regional y rural, en este
contexto la SEREMI de Agricultura de la región de Tarapacá ha promovido el
desarrollo del programa antes mencionado, basándose en antecedentes como: la
informalidad, que es uno de los principales problemas revelados a nivel
nacional en las distintas Comisiones Asesoras Regionales de Inocuidad y Calidad
Alimentaria del país (CARs), las que son Presididas actualmente por Gobernador
y Delegado Presidencial Regional. A nivel Regional y tomado como base la
información entregada por algunos organismos públicos, en cuanto a los
registros de formalización sanitaria que presentan sus usuarios, se puede
advertir la existencia de un número importante de emprendimientos y productores
alimenticios que no cumple con las normativas sanitarias, ni mucho menos
aseguramiento de inocuidad basado en riesgo.
En base a esta
problemática de informalidad sanitaria, se hace difícil estimar el número de
emprendimientos que comercializan productos de manera informal, ya que no se
encuentran en registros oficiales. La aproximación posible es a través de
usuarios apoyados por entidades como INDAP, FOSIS, SERNATUR y CONADI, en los
que un gran porcentaje carece de formalización e implementación de BPM.
Por tanto, se plantea la
ejecución de un programa que apunta ampliar y mejorar las condiciones de los
productores de alimentos rurales a los mercados locales, regionales, nacionales
promoviendo productos tradicionales y diferenciados por asegurar la salud de
los consumidores permitiendo cumplir un primer paso en el progreso de sus
emprendimientos al acercarse a mercados de mejores oportunidades.
Los análisis y
evaluaciones para desarrollar consideran a 40 productores/as o “referentes” de
alimentos procesados, a quienes es necesario realizar análisis de sus productos
clasificados por rubros y posteriormente elaborar Evaluaciones de Riesgos
alimentarios, con el propósito final de generar un Plan de disminución brechas que
permitirá realizar acciones tendientes a la mitigación de riesgos y el cuidado
de la salud de los consumidores finales.
La ejecución de este
programa se desarrolla en la Región de Tarapacá, la cual presenta una geografía
diversa que abarca zonas de costa, pampa y cordillera. Si bien la mayoría de
los puntos de muestreo se encuentran en zonas urbanas o de fácil acceso, los
oferentes deben considerar la eventualidad de que algunos servicios requieran
el desplazamiento a localidades de la Provincia del Tamarugal con accesibilidad
más compleja, altitudes variables o condiciones climáticas particulares.
En consecuencia, el
proponente debe garantizar la autonomía logística necesaria para asegurar la
toma de muestras en terreno, su integridad y el estricto cumplimiento de la
cadena de frío, independientemente de la ubicación del punto de recolección. La
propuesta técnica debe ser capaz de dar respuesta operativa a estas posibles
variaciones en la logística regional.
Los diferentes productos
procesados se han agrupado por rubros productivos tradicionales de la región de
Tarapacá, tales como: mermeladas de frutas u hortalizas, derivados de quinua
(inflada, harina, hojuelas etc.), quesos de cabra, charqui, deshidratados
(hierbas medicinales, aromáticas, polvo de fruta, fruta, té de zanahoria,
otros), alcoholes, alimentos preelaborados, derivados del algarrobo (mermelada,
café, bombones, harina), pulpas de frutas congeladas, productos de apicultura,
pastas de hortalizas, conservas y encurtidos, así mismo productos
agroalimentarios y productos alimentarios servidos (derivados de la gastronomía
local).
Los análisis de
laboratorio para las Evaluaciones de Riesgo deben cubrir todas las áreas que
regula el Reglamento Sanitario de los Alimentos (DS N°977/96) y sus
modificaciones vigentes, incluyendo: Microbiológicos (con énfasis en recuentos
cuantitativos), Fisicoquímicos (incluyendo Actividad de Agua (aw), pH,
Alérgenos, Micotoxinas y Residuos de Plaguicidas. El Laboratorio debe proponer
el detalle de los análisis específicos por rubro, detallados en el Tabla N° 1
del numeral 4 de las presentes Bases Técnicas.
2.
Objetivos
de la licitación
2.1.
Objetivo
general
Contratar un servicio de laboratorio,
acreditado y especializado, para el análisis de alimentos procesados
artesanales, materias primas, y productos gastronómicos elaborados por
productores/as rurales de la región de Tarapacá y que forman parte del Programa
denominado “Capacitación, formalización, e instalación del sistema de
aseguramiento de la inocuidad”. Proporcionando así, insumos técnicos de alta
calidad (análisis químico, microbiológico, físico y parasitario), y
Evaluaciones de Riesgos, que permitan a la SEREMI de Agricultura generar un Plan
de Mejoras, para garantizar que la inocuidad la composición química y calidad
de los productos locales analizados cumplen estrictamente con el Reglamento
Sanitario de los Alimentos (RSA) y la normativa vigente.
2.2.
Objetivos
específicos
2.2.1.
Garantizar la Recolección de Datos de Alta Calidad y Acreditación (Muestreo e
Higiene).
2.2.2.
Determinar los Riesgos de Inocuidad y Puntos Críticos de Control.
2.2.3.
Verificar el Cumplimiento de la Composición Química y Normativa RSA.
2.2.4.
Generar Datos Estructurados para la Evaluación de Riesgos (ER) y
Retroalimentación.
3.
Características
El servicio de análisis
de laboratorio comprende la aplicación de técnicas de muestreo y realización de
control analítico de los alimentos procesados y de los productos alimenticios
servidos considerados en el programa denominado “CAPACITACIÓN, FORMALIZACIÓN, E
INSTALACIÓN DEL SISTEMA DE ASEGURAMIENTO DE LA INOCUIDAD”, perteneciente a la
Seremi de Agricultura de Tarapacá, los que se detallan a continuación:
1.Realizar el muestreo
(acreditado bajo ISO 17020) de todos los alimentos procesados, pudiendo
incluirse materias primas, productos servidos, y el monitoreo de higiene
(superficies, utensilios y manos de manipuladores). Esta acción debe ser
realizada por el equipo de muestreo proporcionado por el oferente.
2.Analizar los peligros
biológicos (patógenos) y toxicológicos (químicos y micotoxinas) de las matrices
alimentarias priorizadas, y verificar el cumplimiento de los Puntos Críticos de
Control (PCC) basados en el riesgo (ej. medición de pH y aw, etc.).
3.Analizar los parámetros
de composición química y calidad (ej. Sólidos Solubles, Grasa, Humedad,
Diastasa, etc.) para contrastarlos con los límites legales establecidos en el
Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA) y la declaración del rotulado,
identificando posibles adulteraciones o incumplimientos de calidad.
3.1 Tipos de productos
para analizar:
3.1.1 Alimentos
procesados de productores rurales de la Provincia del Tamarugal
Solicitud y ejecución
muestreo de control a alimentos
procesados, siendo los rubros
productivos tales como: mermeladas de frutas u hortalizas, derivados de quinua
(inflada, harina, hojuelas etc.), quesos de cabra, charqui de camélidos,
deshidratados (hierbas medicinales, aromáticas, polvo de fruta, fruta, té de
zanahoria, otros), alcoholes, alimentos preelaborados, derivados del algarrobo
(mermelada, café, bombones, harina), pulpas de frutas congeladas, productos de
apicultura, pastas de hortalizas, conservas y encurtidos, entre otros. Así como
podrían ser las materias primas de estos alimentos procesados.
Los primeros análisis denominados
“Análisis Iniciales” a un mismo producto serán uno de los insumos para
la elaboración de Evaluaciones de Riesgo, una vez construidas estas, se generan
los planes de mejora para acortar brechas, capacitando, implementado con
equipos menores para controlar puntos críticos etc. Una vez aplicado todo lo
anterior se volverán a tomar los mismos exámenes, denominados “Análisis de
Verificación”, para comparar y concluir acerca del plan de mejoras, y
generar los informes técnicos pertinentes del programa, esto último por parte
de la SEREMI de Agricultura.
3.1.2 Producto
Alimenticio Servido de la Provincia del Tamarugal
Consiste en la toma de
muestra de algún producto del área gastronómica local, preparación de la
muestra y la posterior determinación del análisis químico proximal, junto con
el control microbiológico de indicadores y patógenos en la preparación, y el
monitoreo de higiene de superficies, utensilios y manos de manipuladores (ej. mediante
ATP o hisopado microbiológico), con el fin de establecer Puntos Críticos de
Control (PCC). Estos productos podrían ser ensaladas, platos de fondo,
colaciones, jugos de fruta, helados artesanales, postres típicos, productos de
catering o servicio de Banquetería entre otros.
Para ambos tipos de
alimentos se requiere, si corresponde:
a. Análisis proximales, químicos,
microbiológicos, físicos, o parasitarios, de acuerdo con la metodología la
acreditada por el laboratorio.
b.
Realización
de metodologías rápidas de detección o cuantificación de microorganismos
patógenos para el control de alimentos y metodologías rápidas de monitoreo de
limpieza, higiene y sanitización, en superficies y manipuladores de alimentos.
c. Resultados que contengan la incertidumbre del
ensayo, el Límite de Detección (LOD) y el Límite de Cuantificación (LOQ) para
todos los análisis, especialmente los contaminantes y patógenos.
Para el cumplimiento de
esta obligación, deberá tener en cuenta el Decreto Supremo 977/96.
4. Tipos de análisis
Esta seremi busca
asesorar a los productores rurales de alimentos en la región para que sus
productos sean inocuos y su composición química acorde a la normativa sanitaria
vigente. Se busca no solo evaluar la inocuidad (riesgo microbiológico y
toxinas), sino también el cumplimiento legal de la composición química y la
calidad, según lo exige el Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA) de
Chile.
Para esto, los análisis
se han agrupado por definición de rubros (Tabla N°1), se han clasificado por parámetro de obligatorios y condicionales,
según rubro, incluyendo el agua (Tabla N°2). Y se han seleccionado por Composición química según cumplimiento del RSA
(Tabla N°3).
Tabla 1: Definición de Rubros
de análisis.
|
NUMERO
|
RUBRO
|
ALIMENTOS
|
|
I
|
Conservas de hortalizas
|
Mermeladas o pastas de
ajo, morrón, cebolla, otras similares
|
|
II
|
Derivados de la quinua
|
Hojuelas, harina,
barritas, quinua para granear, etc.
|
|
III
|
Productos cárnicos
secos
|
Charqui de camélidos
|
|
IV
|
Lácteos procesados
|
Quesos frescos, maduros
(cabra)
|
|
V
|
Productos Vegetales:
secos, encapsulados y frescos
|
Subgrupo I: frutas
deshidratadas, polvo de fruta saborizante y derivados del algarrobo (harina,
café)
Subgrupo II: hierbas
medicinales, aromáticas, té de zanahoria.
Subgrupo III: Polvos
Encapsulados (Aloe Vera, Matico, u otras plantas)
Subgrupo IV: Productos
frescos y envasados o a granel (lechugas, arándanos, otros)
|
|
VI
|
Pulpa congelada y
productos preelaborados
|
Pulpa de fruta,
alimentos de cuarta gama: zanahoria, lechuga, otras.
|
|
VII
|
Apicultura comestible
|
Miel, propóleo, jalea
real
|
|
VIII
|
Bebidas alcohólicas
|
Licor de membrillo,
cerveza, espumantes, vinos
|
|
IX
|
Mermeladas de frutas
(acidas)
|
Fruta de la región
(cítricos de Pica, otras frutas)
|
|
X
|
Análisis de agua
|
De riego, de sistemas
particulares, de pozo u otras
|
|
XI
|
Productos alimentarios
servidos
|
Alimentos para consumo
inmediato derivados de catering, de servicios gastrónomos hoteleros, food
trucks etc.
|
4.1 Definición
de análisis obligatorio y condicionales
Se ha clasificado
el tipo de análisis en “obligatorio y condicionales” para cada grupo mencionado
en punto anterior. El laboratorio adjudicado debe realizar los análisis
obligatorios para cada rubro, y tener la disponibilidad inmediata para aplicar
los condicionales cuando corresponda. Los ensayos marcados como “Condicionales”
solo serán activados por la SEREMI si el resultado del Filtro Obligatorio
asociado indica un riesgo potencial, según los criterios especificados.
Tabla 2:
Definición de análisis obligatorios y condicionales clasificados por rubro de
alimentos
|
Rubro
|
Sub-Rubro/Matriz
|
Parámetro de Análisis Requerido
|
Tipo de Riesgo
|
Nota de Riesgo
|
|
I. Conservas de Hortalizas
|
Mermeladas , Pastas, Encurtidos (Ajo, Morrón)
|
pH
|
Filtro de Botulismo
|
Obligatorio
|
|
Actividad de Agua (aw)
|
Estabilidad.
|
Obligatorio
|
|
Clostridium botulinum
|
Riesgo biológico
|
Condicional
Se activa si pH > 4.6
|
|
II. Derivados de Quinua
|
Harina, Hojuelas, Inflada
|
Saponinas
|
Calidad Nutricional
|
Obligatorio
|
|
Salmonella spp.
|
Patógeno
|
Obligatorio
|
|
III. Productos Cárnicos Secos
|
Charqui de camélidos
|
Actividad de Agua (aw)
|
Control Físico de Inocuidad Bacteriana
|
Obligatorio
|
|
TBARS (Rancidez Lipídica)
|
Calidad Química
|
Obligatorio
|
|
Staphylococcus aureus (Coag. Pos.)
|
Indicador de Manipulación
|
Obligatorio
|
|
IV. Lácteos Procesados
|
Quesos de Cabra
|
Recuento de Coliformes Fecales
|
Filtro de Higiene
|
Obligatorio
|
|
Listeria monocytogenes
|
Patógeno Crítico
|
Obligatorio
|
|
Fosfatasa Alcalina
|
Control de pasteurización
|
Condicional
Se activa si Coliformes > 10^3 NMP/g.
|
|
V. Productos Vegetales: secos, encapsulados y frescos
|
Harina, Fruta Deshidratado, Polvo de Fruta, Algarrobo
|
Actividad de Agua (aw)
|
Filtro de Micotoxinas
|
Obligatorio
|
|
Micotoxinas Totales
|
Riesgo Químico (Toxicológico Crónico)
|
Condicional (Riesgo ALTO)
Se activa si aw ≥ 0.70.
|
|
|
Salmonella spp.
|
Patógeno
|
Obligatorio
|
|
Hierbas Aromáticas/Medicinales, Té de zanahoria
|
Metales Pesados (Plomo y Cadmio)
|
Riesgo por Suelo / RSA
|
Obligatorio
|
|
Salmonella spp.
|
Patógeno
|
Obligatorio
|
|
Polvos Encapsulados (Aloe Vera, Matico, u otras plantas)
|
Metales Pesados (Plomo y Cadmio)
|
Riesgo por Suelo / RSA
|
Obligatorio
|
|
Actividad de Agua (aw)
|
Filtro micotoxinas
|
Obligatorio
|
|
Micotoxinas Totales (Aflatoxinas, Ocratoxinas)
|
Se activa si
aw ≥0.70.
|
Condicional (Riesgo ALTO)
|
|
Salmonella
|
Patógeno
|
Obligatorio
|
|
Recuento de Mesófilos Aerobios (RMA)
|
Indicador de Carga Microbiana Total
|
Obligatorio(Por ser polvo encapsulado/suplemento)
|
|
|
Productos frescos (lechugas I Gama,
arándanos a granel o I gama)
|
Coliformes Fecales
|
Filtro de Higiene de Campo/Riego
|
Obligatorio
|
|
Salmonella spp.
|
Patógeno
|
Obligatorio
|
|
Listeria monocytogenes
|
Patógeno Crítico (Refrigerado/Crudo)
|
Obligatorio
|
|
VI. Pulpa Congelada / Preelaborados
|
Pulpa, Zanahoria cortada, Lechuga IV Gama
|
Listeria monocytogenes
|
Patógeno Crítico
|
Obligatorio
|
|
Coliformes Fecales
|
Higiene
|
Obligatorio
|
|
VII. Apicultura Comestible
|
Miel, Jalea Real
|
Hidroximetilfurfural (HMF)
|
Calidad (Sobrecalentamiento)
|
Obligatorio
|
|
Recuento de Levaduras
|
Estabilidad
|
Obligatorio
|
|
VIII. Bebidas Alcohólicas
|
Licores, Vinos, Espumantes
|
Metanol
|
Riesgo Crítico de Salud Pública
|
Obligatorio
|
|
Grado Alcohólico (%)
|
Control de Calidad
|
Obligatorio
|
|
IX. Mermeladas y Dulces
|
Mermeladas de Fruta y Algarrobo
|
pH
|
PCC de Acidez
|
Obligatorio
|
|
Actividad de Agua (aw)
|
Estabilidad
|
Obligatorio
|
|
Recuento de Mohos y Levaduras
|
Deterioro
|
Obligatorio
|
|
X. Análisis de agua
|
Agua de Riego / Pozo Propio / Aljibe
|
Boro (B), Arsénico (As), Plomo (Pb) y Cadmio (Cd)
|
Riesgo Toxicológico (Geológico – Tarapacá)
|
Obligatorio
|
|
Agua de Proceso (Higiene Operacional)
|
Coliformes Totales
|
Indicador de Higiene
|
Obligatorio
|
|
Cloro Residual Libre
|
Control de Desinfección (Si es clorada)
|
Obligatorio
|
|
XI. Productos Alimentarios Servidos
|
Alimentos Listos para Consumo (LPC)
(Catering, Food Trucks, Servicios Hoteleros)
|
Listeria monocytogenes
|
Patógeno Crítico (Refrigerado y LPC)
|
Obligatorio
|
|
|
Salmonella spp.
|
Patógeno (Contaminación Cruzada)
|
Obligatorio
|
|
Staphylococcus aureus (Coag. Pos.)
|
Indicador de Manipulación Térmica
|
Obligatorio
|
|
Recuento de Mesófilos Aerobios (RMA)
|
Carga Microbiana Total / Vida Útil
|
Obligatorio
|
Para el análisis de
Composición Química y Calidad para cada uno de los 11 rubros, estos deben estar
enfocado en el cumplimiento del Reglamento Sanitario de los Alimentos (RSA). A
continuación se detalla referencia en Tabla N°3:
Tabla 3.
Composición química según cumplimiento del RSA por grupo de alimentos
|
Rubro del alimento
|
Parámetro de Composición (RSA/Calidad)
|
Unidad / Método de Reporte
|
Criterio de Cumplimiento Requerido (Referencia
RSA)
|
|
I. Conservas de Hortalizas (Pastas, Encurtidos)
|
Sólidos Solubles
|
Grados Brix (Refractometría a 20 C)
|
≥60 Grados Brix (Si se rotula como mermelada o
dulce, según Art. 382 RSA).
|
|
II. Derivados de Quinua (Harina, Hojuelas)
|
Proteínas
|
% Peso/Peso (Método Kjeldahl)
|
Debe cumplir el valor declarado en el rótulo
(tolerancia ±20% según RSA).
|
|
III. Productos Cárnicos Secos (Charqui)
|
Contenido de Cloruro de Sodio (NaCl)
|
% Peso/Peso (Volumetría/Método de Mohr)
|
Debe cumplir con la Declaración Nutricional y no
exceder los límites máximos establecidos.
|
|
IV. Lácteos Procesados (Quesos de Cabra)
|
Grasa
|
% Peso/Peso (Método
Gerber o Soxhlet)
|
Debe coincidir con la clasificación y rotulación
(ej. "Semigraso" ≥25% y <45% de grasa).
|
|
IV. Lácteos Procesados (Quesos de Cabra)
|
Extracto Seco
|
% Peso/Peso (Gravimetría)
|
Debe coincidir con la clasificación (ej.
"Semiduro").
|
|
V. Productos Vegetales
|
Subgrupo V.1 (Secos, Harinas): Humedad
|
% Peso/Peso (Método de Estufa o IR)
|
Debe cumplir el máximo legal del RSA para esa
matriz (ej. Granos/Harinas ≤14%).
|
|
|
Subgrupo V.2 (Secos, Harinas): Cenizas
|
% Peso/Peso (Método de Incineración)
|
Máximo Legal (Indicador de pureza y material
mineral, debe ser bajo).
|
|
|
Subgrupo V.3 (Hierbas/Té): Contenido de tallos,
palos y restos
|
% Peso/Peso (Análisis Macroscópico)
|
Cumplir con los límites de impureza o material
extraño permitidos en el RSA para la matriz.
|
|
|
Subgrupo V. 4 (Encapsulados): Rotulación de
nutrientes
|
Valor declarado en el rótulo (Revisión
Documental)
|
Control de calidad: Debe cumplir el valor
declarado en el rótulo (tolerancia ±20%).
|
|
|
Subgrupo V. 5 (Frescos): Ausencia de daños
físicos o deterioro
|
Inspección Visual (Conforme Norma NCh)
|
Cumplimiento de la norma de calidad (ej. NCh 2596
para arándanos) o normas específicas.
|
|
VI. Pulpa Congelada / Preelaborados
|
Sólidos Solubles
|
Grados Brix (Refractometría)
|
Control de calidad: Debe cumplir el valor
nutricional declarado en el rótulo.
|
|
|
Fibra Bruta
|
% Peso/Peso (Método de Digestión Ácida)
|
Debe cumplir el valor declarado en la Tabla de
Composición Química y el rotulado.
|
|
VII. Apicultura Comestible (Miel)
|
Sacarosa
|
% Peso/Peso (Método Químico Específico)
|
≤5% (Cumplimiento de la norma de miel, Art. 488
RSA).
|
|
|
Diastasa
|
Número de Diastasa
(Método Phadebas)
|
≥8 (Indicador de frescura y ausencia de
sobrecalentamiento, Art. 491 RSA).
|
|
VIII. Bebidas Alcohólicas
|
Acidez Volátil
|
Gramos Ácido Acético/Litro (Titulación)
|
Límite máximo establecido en el RSA para la
matriz específica.
|
|
|
Azúcares Reductores (en vinos)
|
Gramos/Litro (Método Lane-Eynon o NIR)
|
Debe coincidir con la clasificación (ej.
"Seco", "Semidulce").
|
|
IX. Mermeladas y Dulces
|
Sólidos Solubles
|
Grados Brix (Refractometría a 20 C)
|
≥60 Grados Brix (Mínimo
legal para mermeladas, Art. 382 RSA).
|
|
X. Análisis de Agua
|
Dureza Total
|
Miligramos/Litro (mg/L) de CaCO3 (Titulación con
EDTA)
|
De referencia. Se evalúa según el uso (riego,
industrial, potable).
|
|
XI. Productos Alimentarios Servidos
|
Peso Neto / Porción
|
Gramos (g) o Mililitros (mL) (Pesaje en balanza
calibrada)
|
Debe cumplir con la rotulación o ficha técnica
interna de porción servida.
|
4.1 Toma de
muestras
4.1.1. EQUIPO
MUESTREADOR
La actividad de
muestreo será de responsabilidad del Laboratorio oferente, para lo cual deberá
conformar con un mínimo de 2 muestreadores el señalado “Equipo
muestreador”, asimismo el traslado y desplazamiento del equipo muestreador será de responsabilidad
exclusiva del oferente. Quien además debe considerar el acompañamiento por
parte de al menos un profesional de la SEREMI de Agricultura.
Se elaborará una
programación logística para la toma de muestras, según clasificación descrita
en las tablas N°1, N°2 y N°3, que deberá será consensuada por ambos equipos
técnicos (SEREMI y Oferente) en la primera reunión de trabajo, la cual es
obligatoria.
El extravío o
pérdida de las muestras, de acuerdo con lo solicitado por la Seremi de
Agricultura de Tarapacá activará la generación de multas según lo establecido en
las bases presentes administrativas.
No se contempla
pagos extra por costo de transporte u otro asociado. En los productos que
requieren conservar la cadena de frio, será de responsabilidad del
adjudicatario.
4.2
Requerimientos operacionales del prestador.
4.2.1. LOGISTICA
Y OPERACIÓN OPORTUNA
El Laboratorio adjudicado
debe disponer de una cadena logística que permita la operación oportuna en cada
una de las localidades establecidas en reunión de programación, permitiendo el
resguardo e integridad de las muestras recolectadas, hasta el arribo al
laboratorio para su análisis, en los plazos requeridos, obtención y entrega de
resultados.
Adicionalmente,
debe implementar un sistema para la recolección y mantención de las muestras,
incluido un sistema de frío, que permita asegurar las temperaturas de muestreo
de los alimentos y raciones controladas y muestreadas de acuerdo con la
normativa vigente.
Durante el
servicio, el adjudicatario deberá mantener un sistema de trazabilidad, que
permita tener toda la información de los controles realizados de manera clara,
completa y oportuna, según lo requerido por la Institución.
5. Antecedentes
de acreditación
Los oferentes
deben presentar, junto con su oferta, los certificados de acreditación emitidos
por un organismo acreditador nacional o internacional, certificado por la MLA
(Multilateral Agreement) en las siguientes normas:
ISO 17.025
vigente: como laboratorio de ensayo y muestreo y, ISO 17.020 vigente: como
organismo de inspección en el área de muestreo.
En caso de que el
oferente no cuente con la acreditación bajo la norma ISO 17.020 vigente podrá
concertar con un tercero acreditado y presentar en su oferta los antecedentes
del laboratorio que contratará. Las acreditaciones del oferente y/o del tercero
acreditado deben permanecer vigentes durante toda la duración del contrato.
Los laboratorios
oferentes deben presentar acreditación vigente como laboratorio de ensayo y
para muestreo. Por lo tanto, si un laboratorio presenta su acreditación en ISO
17.020 vigente como organismo de inspección en el área de muestreo, debe
presentar también acreditación en ISO 17.025 vigente como laboratorio de
ensayo.
El oferente
deberá declarar, en el Anexo N°4, los certificados de acreditación, detallando
el N°, alcance, área, vigencia de la acreditación del laboratorio, metodología
propia o de tercero acreditado y organismo acreditador, y adjuntar los
correspondientes certificados de acreditación.
6. Del equipo de trabajo:
6.1. ESTRUCTURA
EQUIPO DE TRABAJO
A continuación,
se indican las especificaciones que debe cumplir el proveedor adjudicado en
relación a los profesionales para la ejecución de la prestación del servicio de
muestreo, control analítico de los alimentos y/o productos alimentarios
servidos.
6.1.1 Jefe del Proyecto
El proponente
debe considerar en su oferta un Jefe de Proyecto, el cual estará a cargo de la
coordinación general del servicio. Este profesional será el responsable directo
del cumplimiento de las presentes bases de licitación, del contrato y de los
procedimientos técnicos. Adicionalmente, será responsable de supervisar el
desempeño de los equipos de trabajo y de la entrega final de los productos y
servicios. A su vez, deberá estar disponible para cualquier consulta por parte
de la Institución a partir del día de la reunión de inicio y hasta el término
del contrato.
Perfil del Jefe de Proyecto:
- Formación académica (Obligatorio): Posesión de título profesional o
técnico nivel superior, chileno o extranjero, del área de Alimentación,
Ciencias Químicas, Ciencias Biológicas, Ciencias Agrarias y/o Pecuarias,
Ciencias Veterinarias o Microbiología.
- Experiencia profesional (Deseable): Haber liderado proyectos o trabajos de
similar naturaleza al servicio licitado. Se entiende por similar
naturaleza el liderar proyectos que impliquen el muestreo y análisis
de alimentos y/o ración servida, o la gestión en laboratorios de ensayos
nutricionales, químicos, microbiológicos, sensoriales, organolépticos o
parasitarios.
6.1.2. Equipo
muestreador:
El equipo
muestreador será responsable de ejecutar la toma de muestras en cada una de las
localidades de la Provincia del Tamarugal que la Seremi indique, según la
programación acordada. El Oferente debe conformar este equipo con al
menos 2 muestreadores para asegurar la continuidad del servicio ante
eventualidades. Para la ejecución de las salidas a terreno, será obligatoria la
concurrencia de al menos uno (1) de los integrantes de este equipo, quien será
el responsable técnico de la toma de muestra.
Perfil del Equipo
muestreador:
·
Formación académica (Deseable): Es deseable que quienes
conforme dicho equipo presente un Perfil de Formación académica, con título
profesional o técnico de nivel superior en las áreas de Alimentación, de
Ciencias Químicas, de Ciencias Biológicas, de Ciencias Agrarias y/o Pecuarias,
Ciencias Veterinarias, de Microbiología, de Salud, de Ciencias del Mar o Pesca
o Acuicultura y/o de Ciencias Ambientales.
·
Experiencia profesional (Deseable): Experiencia
Profesional de, al menos 08 meses como muestreador en el área de alimentos,
requisito NO excluyente.
6.1.3. Analista
de Evaluación de Riesgos:
El proponente
debe considerar en su oferta un profesional responsable de elaborar las
Evaluaciones de Riesgo y el análisis de peligros de los alimentos. Para este
perfil se establecen los siguientes requisitos:
·
Formación académica (deseable): Formación académica
como Título profesional o técnico en áreas de Alimentos, Química, Biología,
Veterinaria o afines.
·
Capacitación y Experiencia (Obligatorio): El profesional deberá
acreditar contar con capacitación formal en sistema HACCP (Análisis de Peligros
y Puntos Críticos de Control) y además poseer experiencia demostrable en la
ejecución de proyectos de evaluación de riesgos o inocuidad alimentaria.
6.1.4. Acreditación
de formación académica y experiencia:
Para la correcta
evaluación de los perfiles señalados, el Oferente deberá adjuntar en su oferta
técnica los siguientes documentos para cada profesional propuesto (Jefe de
Proyecto, Muestreadores y Analista de Riesgos):
- Currículum Vitae
(CV) actualizado e individualizado.
- Copia simple de Certificado de Título y/o Diploma.
- Certificados de Experiencia: Copias de contratos, certificados de
antigüedad laboral, órdenes de servicio o boletas de honorarios que
permitan verificar el tiempo de experiencia declarado.
- Certificado de Capacitación HACCP o normativa similar (Exclusivo y OBLIGATORIO para el
Analista de Evaluación de Riesgos - Punto 6.1.3).
6.2 Cambios en
el equipo de trabajo
El adjudicatario
deberá asegurar la continuidad del equipo profesional y técnico ofertado y
evaluado durante la licitación, dado que su idoneidad y experiencia fueron
determinantes para la adjudicación del contrato.
En casos
excepcionales y debidamente justificados (como licencia médica prolongada,
renuncia o fuerza mayor), el adjudicatario podrá solicitar el reemplazo de un
integrante del equipo. Para ello, deberá cumplir con el siguiente procedimiento
obligatorio:
1)
Solicitud Formal: Informar por escrito
(correo electrónico o carta) a la Contraparte Técnica de la SEREMI con una
antelación mínima de cinco (5) días hábiles previos a la incorporación del
nuevo profesional.
2) Acreditación de
Idoneidad:
Adjuntar a la solicitud el Currículum Vitae y los certificados de título y
experiencia del profesional propuesto como reemplazo.
3) Equivalencia del
Perfil:
El profesional reemplazante deberá cumplir íntegramente con el mismo perfil (o
superior) en cuanto a formación académica y experiencia que el profesional
originalmente ofertado y aprobado. No se aceptarán perfiles de menor
cualificación técnica.
4)
Aprobación: La Contraparte Técnica revisará los antecedentes y
aprobará o rechazará el reemplazo. El nuevo profesional no podrá iniciar
funciones sin esta aprobación expresa.
El incumplimiento
de este procedimiento ya sea por realizar cambios sin aviso, fuera de plazo, o
sin la aprobación de la Contraparte Técnica, facultará a la SEREMI para aplicar
la Multa N° 3 establecida en las Bases Administrativas (Sección
"Multas"), correspondiente a " Reemplazo de un profesional del equipo técnico sin
respetar el plazo de aviso previo de 5 días hábiles para la aprobación por
parte de la contraparte técnica, o sin contar con dicha aprobación".
7. PRESUPUESTO MÁXIMO DISPONIBLE:
El presupuesto máximo disponible para la contratación asciende a la
suma de $59.817.880 (cincuenta y nueve millones ochocientos diecisiete mil ochocientos
ochenta pesos), valor con todos los impuestos incluidos, sin reajustes.
El
presupuesto del contrato para un plazo máximo de 150 días podrá ejecutarse
total o parcialmente por parte de la seremi.