Licitación ID: 552975-12-LR24
SEGURO VIDA COMPLEMENTARIO SALUD Y CATASTRÓFICO
Responsable de esta licitación: CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA, CDSP
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
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Productos o servicios
1
Seguros de vida 1 Global
Cod: 84131601
SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SEGURO VIDA COMPLEMENTARIO SALUD Y CATASTRÓFICO
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La presente licitación, tiene como objeto disponer de un servicio de seguro complementario para los funcionarios y funcionarias de la CORPORACIÓN, el cual debe contener: a Seguro de vida Su objeto es proteger a la familia, o a quien el beneficiario haya declarado beneficiario, antes un eventual fallecimiento del asegurado, aportando estabilidad económica a quienes reciban este beneficio. b Seguro catastrófico y complementario de salud Su objeto es cubrir todos los gastos médicos que FONASA o las ISAPRES no cubren. Se trata de un seguro que sirve para gastos más altos como una enfermedad que requiera tratamientos costosos o un accidente en el que los gastos sean muy elevados.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Unidad de Fomento
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA
Unidad de compra:
CDSP
R.U.T.:
69.070.301-7
Dirección:
Av. Eliodoro Yáñez 1947
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-03-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 16-02-2024 15:21:09
Fecha inicio de preguntas: 16-02-2024 16:30:00
Fecha final de preguntas: 26-02-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 07-03-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-03-2024 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-03-2024 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 01-04-2024 9:09:17
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1
2.- ANEXO N°2
3.- ANEXO N°2.1
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N°4
 
2.- ANEXO N°5
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N°3
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Económica. De acuerdo a lo indicado en Artículo 18 de bases de licitación. 85%
2 Plazos del servicio y Deducible De acuerdo a lo indicado en Artículo 18 de bases de licitación. 13%
3 Programa de Integridad De acuerdo a lo indicado en Artículo 18 de bases de licitación. 1%
4 Cumplimiento de requisitos formales. De acuerdo a lo indicado en Artículo 18 de bases de licitación. 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Camila Torres
e-mail de responsable de pago: ctorres@cdsprovidencia.cl
Nombre de responsable de contrato: LUIS SALINAS INOSTROZA
e-mail de responsable de contrato: lsalinas@cdsprovidencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-2-27067000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Corp. De Desarrollo Social de Providencia, RUT 69.070.301-7
Fecha de vencimiento: 16-07-2024
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: La propuesta de cada oferente deberá ser garantizada mediante una caución o garantía la cual podrá otorgarse física o electrónicamente y ser entregada conforme con lo siguiente: i. La garantía de seriedad física deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas y en todo caso antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. La falta de entrega, o entrega fuera del plazo señalado, de la garantía será causal de exclusión de la propuesta conforme a lo establecido en el artículo 14º de estas Bases. ii. En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, aquella deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía deberá adjuntarse a la propuesta al momento de ser ingresada ésta al Sistema de Información. Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el presente artículo.
Glosa: Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación pública por la contratación del servicio “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES”, ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente).
Forma y oportunidad de restitución: a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro de los 5 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución aprobatoria del respectivo contrato y en todo caso una vez vencida la vigencia de dichas garantías. En caso de que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverán las garantías de seriedad de la oferta a los oferentes a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución fundada que declara desierta la licitación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corp. De Desarrollo Social de Providencia, RUT 69.070.301-7
Fecha de vencimiento: 28-09-2026
Monto: 5 %
Descripción: Irrevocable, sin ningún condicionamiento, debiendo también permitir su ejecución para el cobro de las eventuales multas
Glosa: Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato del servicio “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES”, ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente).
Forma y oportunidad de restitución: Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases: i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en el artículo 22° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas según lo establecido en ese mismo artículo; ii. Si el adjudicatario no suscribe el contrato conforme con lo exigido en el artículo 23° en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción; iii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 15° y 21º. En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia yo necesidad de persistir en la adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN. El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 21º de estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases. La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl
I.- GENERALIDADES
ARTÍCULO N° 1 LLAMADO A LICITACIÓN La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación pública el servicio denominado: “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES”. ARTÍCULO N° 2 OBJETIVO La presente licitación, tiene como objeto disponer de un servicio de seguro complementario para los funcionarios y funcionarias de la CORPORACIÓN, el cual debe contener: a) Seguro de vida Su objeto es proteger a la familia, o a quien el beneficiario haya declarado beneficiario, antes un eventual fallecimiento del asegurado, aportando estabilidad económica a quienes reciban este beneficio. b) Seguro catastrófico y complementario de salud Su objeto es cubrir todos los gastos médicos que FONASA o las ISAPRES no cubren. Se trata de un seguro que sirve para gastos más altos como una enfermedad que requiera tratamientos costosos o un accidente en el que los gastos sean muy elevados. ARTÍCULO N° 3 CONDICIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución del servicio. Nombre de Licitación “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES” Tipo de Licitación Licitación Pública Mayor a 5.000 UTM (LR) Moneda Unidad de Fomento (UF). Monto total referencial (UF). 14.986 UF. - (catorce mil novecientos ochenta y seis Unidades de Fomento) impuestos incluidos. Garantía seriedad de la oferta $500.000 (quinientos mil pesos). Garantía fiel cumplimiento 5% del monto total adjudicado. Duración del Contrato 24 meses. Documentos que rigen la Licitación Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos: I.- Bases Administrativas II.- Bases Económicas III.- Bases Técnicas IV.- Anexos: Documentos Administrativos: • Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases”. • Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”. • Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”. Documentos Económicos: • Anexo N°3 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO). Documentos Técnicos: • Anexo N°4 “Plazos del servicio y Deducible”. • Anexo N°5 “Declaración Jurada Programa de Integridad”. • Certificado de registro de la Comisión para el Mercado Financiero. Las ofertas que no presenten u omitan los antecedentes requeridos como OBLIGATORIOS, serán declaradas “inadmisibles” por la CORPORACIÓN, sea en el acto mismo de apertura o durante la evaluación posterior de las ofertas. Con todo, los proponentes podrán presentar siempre y cuando la CORPORACIÓN lo solicite y dentro del plazo de las 48 horas siguientes a aquel en que se efectuare el requerimiento, las certificaciones o antecedentes que no hayan podido acompañar en la forma y dentro del plazo previsto en esta disposición. En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos requeridos inclusive hasta el plazo fatal del foro inverso y, resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la suscripción del contrato respectivo según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso de no presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes. Los documentos señalados anteriormente podrán ser descargados accediendo al portal Mercado Público. Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica: • Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas. • Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores. • Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CORPORACIÓN. • La Propuesta, con todos sus documentos anexos. • El contrato u orden de compra respectiva, según corresponda. Todos los documentos relativos a esta licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del objeto de la licitación con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular, esto es, atendiendo a la naturaleza de los servicios o suministro de productos materia de la presente licitación y considerando lo dispuesto en las Bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario. Las Bases, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia. Las presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a las mismas, se considerarán incorporadas al respectivo contrato que se celebre con el adjudicatario. Los anexos señalados como OBLIGATORIOS serán requisitos para la admisibilidad de las ofertas. ARTÍCULO N° 4 SERVICIO REQUERIDO No de Línea Nombre del servicio Cantidad Presupuesto referencial en UF impuestos incluidos 1 “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES”. 1 14.986 UF. - (catorce mil novecientos ochenta y seis Unidades de Fomento) impuestos incluidos. ARTÍCULO N° 5 ETAPAS Y PLAZOS La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl. Etapa Plazo (Días Corridos) Publicación de las Bases de Licitación Dentro de los tres días hábiles desde aprobada la Resolución que autoriza las presentes bases. Inicio Período de Consultas Inmediatamente después de publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl. Cierre Período de Consultas Hasta el décimo día corrido desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 12:00 horas. Publicación de Respuestas Hasta el vigésimo día corrido desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 23:59 horas. Si el vigésimo día corrido fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente. Recepción de las Ofertas Hasta el trigésimo día corrido desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:00 horas. Si el trigésimo día corrido fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente. Acto de Apertura de las Ofertas (Técnicas y Económicas) Hasta el trigésimo día corrido desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:01 horas. Período de Evaluación de las Ofertas Hasta el día 30 desde el acto de apertura Adjudicación Hasta el día 40 desde el acto de apertura. Suscripción de la contratación De conformidad con los plazos establecidos en el artículo 23º de estas Bases. Respecto al plazo de “Publicación de Respuestas” la Corporación podrá ampliar dicho plazo hasta en 48 horas corridas sin afectar el cronograma de las demás fechas indicadas, pero siempre antes del cierre de recepción de ofertas y, solo si en relación a las preguntas o la cantidad de estas así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público. Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente. Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas. En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 62º del Decreto Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. ARTÍCULO N° 6 NOTIFICACIONES, DOMICILIO Y JURISDICCIÓN Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la CORPORACIÓN publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación. Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia. ARTÍCULO N° 7 LLAMADO A LICITACIÓN, ENTREGA DE BASES Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN El llamado a Licitación Pública se publicará en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación. Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas durante el proceso licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no existiendo para la CORPORACIÓN responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. ARTÍCULO N° 8 PARTICIPANTES Y REQUISITOS Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, así como también las uniones temporales de proveedores, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener constituido domicilio en Chile. En el evento de presentarse una Unión Temporal de Proveedores (en adelante también UTP) ésta deberá sujetarse, en todo, a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. Podrán suscribir contratos con la CORPORACIÓN, todas las personas naturales y/o jurídicas que no se encuentren inhabilitadas para contratar con la Administración del Estado, según lo establecido en las leyes 19.886 y 20.393 y D.F.L. N°1/2004 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y no se encuentren afectas a las inhabilidades contempladas en el artículo 92 del Reglamento de Compras Públicas aprobado por Decreto Supremo Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda. Conforme con lo anterior, no podrán participar en esta licitación, y quedarán excluidos: a) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal (artículo 4º, inciso 1º, ley Nº19.886). b) Los funcionarios directivos de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54° de la ley Nº18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas (artículo 4º, inciso 6º, ley Nº19.886). c) Aquellos condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de contratar con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el artículo 20° letra d) del D.F.L. N° 1/2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la Libre Competencia. d) Aquellos que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º Nº 2) y 10° de la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica. ARTÍCULO N° 9 CONSULTAS, COMUNICACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado. Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación. Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que la Corporación de Desarrollo Social de Providencia pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. La CORPORACIÓN realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas. Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas. Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, la CORPORACIÓN podrá realizar modificaciones a las Bases que estime pertinentes y/o necesarias para el correcto desarrollo de la licitación o comprensión de los términos y condiciones de las Bases sin que ello pueda importar, en caso alguno, una modificación a las mismas. Dichas aclaraciones y/o modificaciones serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y serán consideradas como parte integrante de las Bases de licitación. Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la CORPORACIÓN podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. No obstante, las modificaciones a la comisión de evaluación requeridas en razón de ausencia o falta de alguno de sus integrantes que impide realizar el proceso de evaluación podrán realizarse aún después del cierre de recepción de ofertas y siempre que no se haya iniciado el proceso de evaluación respectivo. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl. En caso de que se determine necesario, la CORPORACIÓN podrá modificar la contratación, aumentando o disminuyendo hasta un 30% del valor total del contrato, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases. ARTÍCULO N° 10 PACTO DE INTEGRIDAD El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: • El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas. • El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de él o los contratos que de ello se deriven. • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas. • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma. • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público. • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma. • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas. • El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes. • Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.
II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS a) Medio de entrega de la oferta y contenido. La entrega de las ofertas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras 12.1, 12.2 y 12.3 del artículo 12º, deberá efectuarse electrónicamente a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. No se recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que la determinada por estas Bases. Los Oferentes deben presentar la oferta por la totalidad del servicio requerido en la presente licitación. Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, o condiciones para su adjudicación de cualquier tipo o montos mínimos de despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes, que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la CORPORACIÓN, y los oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas aceptan tal condición. b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes. Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos, así como también el contenido de éstos y la veracidad de lo que en ellos conste. c) Verificación de los antecedentes. La CORPORACIÓN tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas. ARTÍCULO N° 12 CONTENIDO DE LAS OFERTAS Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal y serán de carácter irrevocable. Los costos en que incurra el oferente, derivado de la formulación de la propuesta, serán de su exclusivo cargo, y en caso de no seleccionarse su oferta, no dará origen a reembolso o indemnización alguna. Cada oferente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada, lo cual estará determinado por lo siguiente: a) Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital. b) Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo. c) Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases. d) Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes formatos: pdf, Word, jpg, Excel, power point, winrar, winzip y/o sus equivalentes en código libre. Los oferentes deberán presentar en “Anexo Administrativo”, “Anexo Técnico” o “Anexo Económico”, a través del Portal Mercado Público, los siguientes documentos: 12.1 Documentos Administrativos 12.1.1 Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases”. 12.1.2 Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”. 12.1.3 Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”. 12.1.4 Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda). 12.2 Documentos Económicos 12.2.1 Anexo N°3 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO). 12.3 Documentos Técnicos 12.3.1 Anexo N°4 “Plazos del servicio y Deducible” (OBLIGATORIO). 12.3.2 Anexo N°5 “Declaración Jurada Programa de Integridad”. 12.3.3 Certificado de registro de la Comisión para el Mercado Financiero Los anexos estarán disponibles en formato Word o Excel, como anexo en la ficha de licitación respectiva en el Portal Electrónico www.mercadopublico.cl. a) Antecedentes del Oferente y Otros Documentos. Los proponentes inscritos en el Registro de Proveedores que no cuenten con la documentación cargada en la “Ficha de proveedores”, respecto a la documentación legal de su Empresa (o en el caso de UTP, de todas las que participen), la Corporación, podrá solicitar que se incluya cualquier documento faltante de los solicitados en dicho apartado, directamente en el portal de www.mercadopublico.cl y deberá entregar, cualquier otro documento que solicite la Corporación para verificar cualquier información que requiera ésta para su evaluación y/o verificación. Respecto a los antecedentes señalados como obligatorios serán requisitos de admisibilidad para la evaluación de ofertas. b) Oferta Económica. (OBLIGATORIA) Los oferentes deberán presentar su oferta económica, representada por el valor unitario de los tramos correspondientes y monto total del servicio requerido, en pesos chilenos, en su valor neto más impuestos, según corresponda rellenar en el cuadro de la oferta económica, de forma obligatoria a través del Anexo N°3 adjunto. Los oferentes deberán considerar en la oferta económica que publiquen, para la presente licitación, todos los gastos, incluidos los de permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. En el caso de que no coincida o existan errores aritméticos en la presentación de la oferta total, se establece que la entidad licitante pagará los valores unitarios indicados en el o los formatos de las ofertas económicas respectivas. Cuando existan discrepancias o errores aritméticos entre los precios unitarios ofrecidos en la oferta económica y los valores totales ofertados, prevalecerán siempre los primeros. Es importante considerar que la presentación de la información exigida en el Anexo N°3 es obligatoria, por tanto, su omisión constituye causal de inadmisibilidad conforme a lo indicado en el artículo 14° de estas Bases. c) Oferta Técnica i. Plazos del servicio y Deducible (OBLIGATORIO). A. Plazos de aceptación o rechazo, desde la fecha de presentación de documentos al proveedor. Se refiere al ingreso de gastos, por parte del beneficiario o beneficiaria, que no fueron reembolsados automáticamente por IMED y que solicite a través de los medios de reembolso de la compañía de seguros. B. Plazo de reembolso en cuenta bancaria del beneficiario, desde la aceptación del gasto. Se refiere a los días en que la compañía de seguros contempla para realizar el reembolso en la cuenta bancaria que fuera informada por la CORPORACIÓN, una vez que se liquida el gasto. C. Plazo proceso de apelación, desde que se ingresa el reembolso hasta el cierre del caso. Se refiere a la cantidad de días que tarda la compañía de seguros en dar respuesta de las apelaciones. D. Deducible Es el valor en UF que se debe pagar antes de recibir los reembolsos en su totalidad, que se descuenta de las primeras prestaciones que se realizan, hasta completar el monto, y se paga 1 vez por período. ii. Declaración Jurada Programa de Integridad. Anexo donde los oferentes deberán señalar si cuentan con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio y posteriormente, a la ejecución del servicio, adjuntando el documento asociado al programa de integridad y compliance. Debe adjuntarse en la oferta técnica con el nombre: Anexo N°6 Programa de Integridad. iii. Certificado de registro de la Comisión para el Mercado Financiero El oferente deberá estar inscrito, de forma obligatoria, en el registro de la Comisión para el Mercado Financiero (antes Superintendencia de Valores y Seguros), por lo que deberá adjuntar en su oferta el Certificado de registro de la Comisión para el Mercado Financiero vigente a la fecha del cierre de ofertas. En el caso de no adjuntar el certificado, la CORPORACIÓN, podrá validar la vigencia, directamente, en la CFM, en los medios que estén disponible para este efecto; en el caso de que no se encuentre vigente, la oferta será declarada inadmisible. ARTÍCULO N° 13 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA La propuesta de cada oferente deberá ser garantizada mediante una caución o garantía la cual podrá otorgarse física o electrónicamente y ser entregada conforme con lo siguiente: i. La garantía de seriedad física deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas y en todo caso antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. La falta de entrega, o entrega fuera del plazo señalado, de la garantía será causal de exclusión de la propuesta conforme a lo establecido en el artículo 14º de estas Bases. ii. En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, aquella deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía deberá adjuntarse a la propuesta al momento de ser ingresada ésta al Sistema de Información. Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el presente artículo. Beneficiario Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7 Pagadera A la vista Tipo Irrevocable Vigencia mínima Con fecha de vencimiento a lo menos 120 días corridos contados desde la fecha original de apertura de la licitación. Expresada en Pesos chilenos, UF o UTM. Monto mínimo $500.000 (Quinientos mil pesos). Glosa Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación pública por la contratación del servicio “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES”, ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente). Otros requisitos En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje Forma y oportunidad de su restitución a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro de los 5 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución aprobatoria del respectivo contrato y en todo caso una vez vencida la vigencia de dichas garantías. En caso de que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverán las garantías de seriedad de la oferta a los oferentes a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución fundada que declara desierta la licitación. La garantía de seriedad de la oferta podrá ser ejecutada sin notificación ni forma de juicio, en los siguientes casos: 1. Si el participante retira su oferta durante el período de validez establecido en el artículo 16º de las presentes Bases. 2. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada. 3. Si el adjudicatario, a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en el Nº2 precedente incurre en alguno de los casos descritos en el artículo 21° de las Bases. En conformidad con lo previsto en el artículo 14° de estas Bases, la falta de entrega de la garantía o el incumplimiento de ésta de alguna de las exigencias establecidas en este artículo será causal de inadmisibilidad de la oferta. ARTÍCULO N° 14 ADMISIBILIDAD Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS Es requisito para participar en esta licitación y para la aceptación y validez de la oferta, cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 8º de estas Bases y presentar los antecedentes exigidos en las presentes Bases, con especial énfasis en aquellos declarados como OBLIGATORIOS, considerando que aquellos OBLIGATORIOS son causal de inadmisibilidad. Conforme con lo anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes: 1. Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas en el párrafo cuarto del artículo 8º, letras a), b), c) y d), de las presentes Bases. 2. Que la propuesta no presente alguno de los antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS. 3. Si los servicios ofertados no corresponden o no cumplen con lo requerido en la presente licitación conforme a lo previsto a tal efecto en las respectivas bases técnicas. 4. Que la propuesta esté sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en el artículo 11º de estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso. 5. En el caso que corresponda, que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta y/o que la garantía de seriedad de la oferta no sea presentada en la forma y contenido, y/o que la garantía de seriedad de la oferta no cumpla con lo establecido en las presentes bases antes del cierre de las ofertas. ¬¬ 6. Si el servicio ofertado no cumple con la totalidad de las especificaciones Técnico-Económicas definidas y exigidas como esenciales u obligatorias en las Bases Técnicas, o si alguno de estos requerimientos se encuentra afecto a un cobro adicional. 7. Que en el caso que las bases contengan visita(s) a terreno obligatoria(s), que el oferente no haya asistido a tales visitas. 8. Que en el caso que corresponda, el oferente no entregase la(s) garantía(s) solicitadas en el proceso de postulación de ofertas. 9. Que el proveedor no cuente con el giro relacionado a la actividad o naturaleza de la presente licitación. Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º de estas Bases. ARTÍCULO N° 15 ACLARACIONES A LAS OFERTAS La CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que adjunten documentos no esenciales o salven errores de referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud de documentación atingente al proceso, por parte de la CORPORACIÓN como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información. El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración. En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos solicitados por foro inverso de la plataforma de Mercado Público al término del plazo fatal y, resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la suscripción del contrato respectivo según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso no presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes. ARTÍCULO N° 16 VALIDEZ DE LAS OFERTAS Las ofertas tendrán una validez de 120 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CORPORACIÓN podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las cauciones de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en el artículo 13° de estas Bases. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la CORPORACIÓN devolverá las cauciones respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento. ARTÍCULO N° 17 COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el Secretario General, o quien tenga delegada la facultad. Al momento de conocer los nombres de los oferentes, cada integrante de la Comisión Evaluadora deberá declarar no tener conflicto de intereses con ninguno de los oferentes participantes, de forma directa o indirecta, así como su compromiso de no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros mientras integre esta Comisión Evaluadora. Para ello, cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá firmar una Declaración Jurada, que será publicada conjuntamente con la respectiva Resolución de adjudicación o deserción. En el evento de que los miembros de la Comisión Evaluadora declarasen o detectaran en el acto mismo que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el Acta suspendiéndose la Evaluación para proceder al inmediato reemplazo del integrante de la Comisión Evaluadora inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente. En caso de que alguno de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por fuerza mayor, caso fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo 37 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros. Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a terceros sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación. Corresponderá a la Comisión Evaluadora: 1.- Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en los artículos 14º y 15º de las presentes Bases. 2.- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes. 3.- Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas: 1) Modificación del plazo de adjudicación en el caso previsto en el artículo 19° de las presentes Bases. 2) En caso de que se encuentren contempladas en las Bases una visita a terreno o la demostración de productos y/o equipos en comodato: constancia de la efectiva realización de la actividad, forma como se desarrollaron y pronunciamiento de la Comisión en caso de observaciones a los mismos. 3) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. 4) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos. 5) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. 6) Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido. 7) La proposición fundada de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final. El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación. La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles. La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros. Durante el proceso de evaluación la CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Con excepción de la situación precedentemente descrita, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la CORPORACIÓN. La Comisión de Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura o de evaluación de las ofertas pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases.
III.- EVALUACIÓN
CRITERIOS DE EVALUACIÓN El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos solicitados en las Bases, continuará con el proceso de evaluación de la presente licitación, debiendo detallar los servicios en su propuesta. El oferente que no cumpla con los requisitos mínimos solicitados no continuará con el proceso de evaluación. La CORPORACIÓN declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones en las presentes bases. La evaluación de la oferta se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes criterios: CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN CRITERIO FACTORES PONDERACIÓN FACTORES Evaluación Económica. 85% Plazos del servicio y Deducible 13% Deducible 6% Plazos de aceptación o rechazo 3% Plazo de reembolso 2% Plazo proceso de apelación 2% Programa de Integridad 1% Cumplimiento de requisitos formales. 1% Definición de criterios y asignación de puntajes: A continuación, se analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes bases: 1.- Evaluación Económica (85%): Los oferentes deberán presentar la información requerida de forma obligatoria en el Anexo N°3, indicando, en pesos chileno, el precio ofertado del servicio. Para efectos de la Evaluación se considerará el valor total bruto del servicio requerido por 24 meses. El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula: Puntaje=⌈(Menor "VALOR TOTAL BRUTO DEL SERVICIO" ofertado)/("VALOR TOTAL BRUTO DEL SERVICIO " a evaluar )⌉∙100 Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel. El puntaje se ponderará por el 85%. 2.- Plazos del servicio y Deducible (12%): La evaluación de este criterio considera 4 factores; Deducible 5%, Plazos de aceptación o rechazo 3%, Plazo de reembolso 2% y Plazo proceso de apelación 2%. 2.1. Deducible (6%) Es el valor en UF que se debe pagar antes de recibir los reembolsos en su totalidad, que se descuenta de las primeras prestaciones que se realizan, hasta completar el monto, y se paga 1 vez por período. El puntaje estará determinado por el “deducible” indicado por el proveedor en el Anexo N°04. Puntaje=⌈(Menor ""Deducible\" " ofertado )/( ""Deducible\" " a evaluar )⌉∙100 Los proveedores deberán ofertar de acuerdo al rango establecido en el artículo N°33, numeral 2.4 punto 10 “deducible”, de las bases técnicas, de lo contrario, serán declaradas inadmisibles. Para la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel. 2.2. Plazos de aceptación o rechazo (3%) Plazos de aceptación o rechazo, desde la fecha de presentación de documentos al oferente. Se refiere al ingreso de gastos, por parte del beneficiario o beneficiaria, que no fueron reembolsados automáticamente por IMED y que solicite a través de los medios de reembolso de la compañía de seguros. El puntaje estará determinado por el tiempo (medido en días corridos), desde la fecha de presentación de documentos al oferente por parte de la Unidad Técnica, según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°04. El puntaje del factor se definirá en base a la siguiente fórmula: Puntaje=⌈(Menor plazo de aceptación o rechazo ofertado )/( Plazo de aceptación o rechazo a evaluar )⌉∙100 En caso de ofertar un rango, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo señalado por el oferente (a modo de ejemplo: si la oferta señala un plazo de entre 2 a 3 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 3 días de entrega). Para la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel. 2.3. Plazo de reembolso (2%) Se refiere a los días en que la compañía de seguros contempla para realizar el reembolso en la cuenta bancaria que fuera informada por la CORPORACIÓN, una vez que se liquida el gasto. El puntaje estará determinado por el tiempo (medido en días corridos), desde la aceptación del gasto, según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°04. El puntaje del factor se definirá en base a la siguiente fórmula: Puntaje=⌈(Menor plazo de reeembolso ofertado )/( Plazo de reeembolso a evaluar )⌉∙100 En caso de ofertar un rango, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo señalado por el oferente (a modo de ejemplo: si la oferta señala un plazo de entre 2 a 3 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 3 días de entrega). Para la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel. 2.4. Plazo proceso de apelación (2%) Plazo proceso de apelación, desde que se ingresa el reembolso hasta el cierre del caso. Se refiere a la cantidad de días que tarda la compañía de seguros en dar respuesta de las apelaciones. El puntaje estará determinado por el tiempo (medido en días corridos), desde que se ingresa el reembolso hasta el cierre del caso, según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°04. El puntaje del factor se definirá en base a la siguiente fórmula: Puntaje=⌈(Menor plazo de proceso de apelación ofertado )/( Plazo de proceso de apelación a evaluar )⌉∙100 En caso de ofertar un rango, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo señalado por el oferente (a modo de ejemplo: si la oferta señala un plazo de entre 2 a 3 días, se evaluará como si se hubiera ofertado 3 días de entrega). Para la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel. Puntaje Final: (Deducible (6%) + Plazos de aceptación o rechazo (3%) + Plazo de reembolso (2%) + Plazo proceso de apelación (2%)) 3.- Programa de integridad (1%) Este criterio de evaluación considera que el proveedor deberá señalar en el Anexo N°5 “Declaración Jurada Programa de Integridad” si cuenta con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio y posteriormente, la ejecución del servicio. Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0. DESCRIPCIÓN PUNTAJE Cuenta con Programa de integridad 100 No cuenta con Programa de Integridad 0 El puntaje se ponderará por el 1%. 4.- Cumplimiento de requisitos formales (1%): Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla: FACTOR A EVALUAR PUNTAJE La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 100 La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 0 El puntaje obtenido se ponderará por el 1%. Comportamiento contractual anterior: La evaluación al comportamiento contractual tiene por OBJETO DESCONTAR PUNTAJE, respecto del total obtenido, aplicando la pauta de evaluación, considerado la información proporcionada por el "Historial de comportamiento contractual" de la plataforma Chile Proveedores. N° TIPO SANCIÓN PUNTAJE PARA DISMINUIR 1 Termino anticipado unilateral de contrato por causas imputables al contratista -5 Puntos por contrato. Cada puntaje indicado en la tabla precedente se deberá considerar por cada "término anticipado unilateral del contrato", que presente el proveedor, EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 15 PUNTOS. Resolución de empates. Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel. En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”. En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Plazos del servicio y Deducible”. Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
IV.- ADJUDICACIÓN
ADJUDICACIÓN La presente licitación deberá ser adjudicada a un solo oferente. En ningún caso se podrá adjudicar el mismo servicio a dos o más oferentes. De las propuestas seleccionadas la CORPORACIÓN, adjudicará a la oferta que haya obtenido el mayor puntaje ponderado final. La CORPORACIÓN, resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el cronograma contenido en el artículo 5º de estas Bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación. Para tales efectos, la CORPORACIÓN, informará los motivos de la ampliación y modificará las fechas en el sistema de información sitio www.mercadopublico.cl La CORPORACIÓN, rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva. Se revocará la licitación en el caso de que existan errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases, o cuando no pueda continuar con el procedimiento administrativo que conduce a la adjudicación. Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en los siguientes casos: 1. Si no se presentan ofertas. 2. Si todas las ofertas son inadmisibles en conformidad al artículo 14º de estas Bases. 3. Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora. 4. Si el servicio ofertado no es conveniente para los intereses de la CORPORACIÓN: • Por no cumplir con las características técnicas requeridas; • En razón de que los precios ofertados no son favorables en relación con el presupuesto disponible para la licitación. • Por otras razones que deberán ser debidamente justificadas y fundamentadas por la Comisión Evaluadora. El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte de la CORPORACIÓN de una propuesta presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato, según sea el caso. Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases. Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información. ARTÍCULO N° 20 READJUDICACIÓN Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases: i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en el artículo 22° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas según lo establecido en ese mismo artículo; ii. Si el adjudicatario no suscribe el contrato conforme con lo exigido en el artículo 23° en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción; iii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 15° y 21º. En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN. El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 21º de estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases. La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl
V.- CONTRATACIÓN
CONTRATO Resuelta la adjudicación de la licitación, y al momento de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos: a) Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. El Proveedor adjudicado tendrá 5 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio www.mercadopublico.cl, para habilitarse en el registro indicado. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores cada proveedor de dicha unión deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. b) Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 22° de estas Bases, si así fuera exigible conforme a lo previsto en estas Bases. c) Entregar todos los documentos que solicite la CORPORACIÓN o quien esté a cargo para la elaboración del contrato, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso. d) En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá acreditar que el acuerdo consta por escritura pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o escritura pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM e) Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, acreditando que no registra reclamo ni denuncia en relación a sus obligaciones laborales a través del certificado F30. f) Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo. La documentación requerida en las letras c) y d) de este artículo deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación o de la solicitud de documentación. Al momento de la contratación la CORPORACIÓN verificará si el proveedor se encuentra afectado por alguna inhabilidad prevista en los artículos 8º y 10º de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo 1º de la ley 20.393. Lo anterior de conformidad con el listado de proveedores inhabilitados para contratar publicado por la Dirección de Compras y Contratación Pública en su sitio www.mercadopublico.cl. ARTÍCULO N° 22 GARANTÍAS REQUERIDAS GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO El proveedor adjudicado deberá garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato mediante una caución o garantía. Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con los siguientes requisitos: Beneficiario Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7 Pagadera A la vista Tipo Irrevocable, sin ningún condicionamiento, debiendo también permitir su ejecución para el cobro de las eventuales multas Vigencia mínima 24 meses más 90 días hábiles, a contar de la adjudicación. La extensión o reemplazo deberá ser efectuado por el Proveedor con a lo menos 30 días corridos de anticipación al plazo de vencimiento previsto en el documento. El incumplimiento de esta obligación será estimado como incumplimiento grave y dará lugar a la ejecución inmediata de la garantía de fiel cumplimiento. Corresponderá a la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN verificar el efectivo cumplimiento de esta obligación por parte del Proveedor Expresada en Pesos chilenos, UF o UTM. Monto 5% del monto total adjudicado Glosa Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato del servicio “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES”, ID 552975-XX-LR24. (Se deberá indicar el ID de la licitación, por ello donde se señala XX, el oferente deberá reemplazarlo por el número correspondiente). Otros requisitos En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje Forma y oportunidad de su restitución Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles La garantía de fiel cumplimiento del contrato en el caso de ser un documento físico deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas en la Unidad de Tesorería. En el caso de ser un documento digital, este deberá ser enviado a tesoreria@cdsprovidencia.cl, con copia a adqusiciones@cdsprovidencia.cl y el correo de la persona que la solicito. La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 7 días hábiles siguientes a la adjudicación. En caso de que la garantía adolezca de algún error u omisión, la entrega podrá extenderse por 3 días hábiles. La falta de entrega de esta garantía será causal para dejar sin efecto la adjudicación y proceder a la readjudicación o declaración de desierta, según el caso. En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, y en particular en los casos contemplados en los artículos 26°, 27° y 28° de estas Bases, la CORPORCIÓN queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle a la CORPORACIÓN. ARTÍCULO N° 23 SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO Se deberá celebrar el respectivo contrato dentro del plazo señalado en este artículo, el cual contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la CORPORACIÓN y será suscrito por éste y la persona natural adjudicada o el representante legal de la entidad adjudicataria, según corresponda, debiendo ésta informar el nombre del o los representantes legales que comparecerán a la suscripción del contrato. Para todos los efectos del contrato, la CORPORACIÓN fijará su domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago. De esta manera, la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información y previa verificación en dicho Sistema del efectivo cumplimiento del requisito previsto en la letra a) del artículo 21º de estas Bases, enviará el documento de contrato respectivo al Proveedor adjudicado vía correo electrónico a la dirección de correo informado por éste en su oferta. En este sentido, el oferente adjudicado estará obligado a firmar el contrato, ya sea con firma electrónica (En el caso de que el adjudicatario cuente con esta opción) o de manera presencial en las dependencias de la CORPORACIÓN, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. En el caso de contar con firma electrónica, el proveedor deberá remitir el contrato vía correo electrónico. En ambos casos, el proveedor dispondrá de un plazo máximo de 10 días hábiles para efectuar la entrega del contrato debidamente suscrito (mediante correo electrónico o presencial, según corresponda), contados desde la fecha de envío del correo electrónico con el documento contrato por parte de la CORPORACIÓN al proveedor. Es requisito obligatorio que el proveedor entregue las garantías exigidas antes de la firma del contrato, ya que, en su defecto, éste no podrá ser firmado hasta contar con la recepción de las respectivas garantías, si aplica, por parte de la corporación. Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria serán publicados en el Sistema de Información. Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario. ARTÍCULO N° 24 MODALIDAD DEL CONTRATO Y PAGOS La contratación a que dará origen la presente licitación será un contrato de servicio en el cual el Proveedor se obliga a cumplir la prestación a la CORPORACIÓN del servicio de “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES”, en precios y calidad según los requerimientos de la CORPORACIÓN, hasta por el monto máximo adjudicado y según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°3 de las presentes Bases. Los precios que se pagarán serán conforme a lo establecido en las Bases Económicas y según los valores del Anexo N°3 “Oferta Económica” declarados por el adjudicado. El pago de los servicios se efectuará a 30 días corridos posterior a la recepción conforme de la documentación anteriormente detallada. La factura debe ser en UF y emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7. La CORPORACIÓN es quien realizará el pago total al proveedor adjudicado, por lo que éste deberá emitir la factura a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7. Sin perjuicio de lo anterior, las cargas declaradas voluntariamente por el trabajador serán pagadas internamente por cada titular a la CORPORACIÓN. ARTÍCULO N° 25 VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN El contrato comenzará a regir desde el 1 de mayo del 2024 hasta el 30 de abril del 2026. El oferente adjudicado se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de estas Bases. En caso de no poder realizarse la publicación del contrato en el Sistema de Información, la CORPORACIÓN deberá remitir al oferente adjudicado copia de aquel mediante carta certificada dirigida al adjudicatario, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente a la recepción de dicha carta en la oficina de correos que corresponda. La vigencia del contrato se extenderá por el período establecido en el artículo 3° de estas Bases, sin posibilidad de ser renovado, o hasta que se consuma la totalidad del monto del contrato, según lo que primero ocurra. Todo lo anterior, siempre que el proveedor adjudicado haya dado cumplimiento a las exigencias del artículo 21° de estas Bases, según corresponda. ARTÍCULO N° 26 CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. En caso de ser requerido, durante la ejecución de la contratación, y previa autorización de la CORPORACIÓN, el Proveedor podrá efectuar las subcontrataciones que sean necesarias para el cumplimiento del suministro contratado. No obstante, la subcontratación deberá ser parcial, conforme con lo dispuesto en el artículo 76 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La CORPORACIÓN tendrá la facultad de requerir información de acerca de los servicios subcontratados. El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución del servicio, materia de la presente licitación, no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la CORPORACIÓN, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la CORPORACIÓN. Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que CORPORACIÓN así lo requiera, el Proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento. El incumplimiento reiterado del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, en los términos previstos en el artículo 28º de las Bases, será estimado como incumplimiento grave y facultará a la CORPORACIÓN para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 28° de estas Bases y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato pertinente. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
VI.- MULTAS
CONDICIONES DE MULTA La Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que éste haya incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato o que le impone la Ley. El monto de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la magnitud de la infracción pudiendo llegar hasta un 20% del total del contrato. En tal caso, la Corporación podrá poner término anticipado del contrato en virtud de lo indicado en el artículo 28° de estas Bases de Licitación, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 22º de estas Bases. El proveedor adjudicado podrá ser sancionado por la CORPORACIÓN con la aplicación de multas a través de descuentos en los pagos de las facturas respectivas. Estas multas se fijarán en UTM. El valor de la UTM será establecido de acuerdo al mes en que se haya incurrido la infracción correspondiente. El monto de las multas está dado de acuerdo a la siguiente tabla: Causales de multas Monto y aplicación No incorporar a un beneficiario por error atribuible del adjudicatario. UF100 por cada caso No pago de seguro de vida al beneficiario o beneficiaria del funcionario o funcionaria fallecido o fallecida, habiendo cumplido los requisitos exigidos por la Compañía. UF 100 No pago de reembolso de las prestaciones que cubre el seguro, habiendo cumplido los requisitos exigidos por la Compañía. UF 10 Pago fuera de plazo definidos en propuesta técnico-económica del seguro de vida al beneficiario o beneficiaria del funcionario o funcionaria fallecido o fallecida, habiendo cumplido los requisitos exigidos por la Compañía. UF 5 Pago sobre 30 días del plazo acordado en propuesta técnico-económica de las prestaciones que cubre el seguro complementario de salud. UF 10 No dar respuesta a un reclamo de una funcionaria o funcionaria, canalizada a través de la UT, en 10 días corridos. UF10 • Procedimiento de aplicación de multa Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases, la CORPORACIÓN aplica multas, termina anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas contempladas en las bases y contrato respectivo, tendrá lugar el procedimiento para la aplicación de medidas previsto en este artículo. En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, la CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante el envío de un correo electrónico indicándole los hechos que configuren el(los) incumplimiento(s) y la(s) sanción(es) que resulta(n) aplicable(s), adjuntando un informe elaborado por la UT, el que indicara los incumplimientos acaecidos. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. La CORPORACIÓN acogerá total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, luego de ello dictará el respectivo acto administrativo aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CORPORACIÓN tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente, vía correo electrónico. • Pago de las Multas Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente: 1. Las multas aprobadas deberán ser pagadas por el proveedor en el plazo de 10 días hábiles. 2. El proveedor deberá pagar la respectiva multa mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la Corporación, conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa. 3. Vencido el plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya efectuado, se pondrá término anticipado de la contratación conforme a lo previsto en el artículo 28° de las presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales que le pudieren corresponder a la CORPORACIÓN en contra del Proveedor y de informar a la Dirección de ChileCompra a efectos que su mal comportamiento quede registrado en su ficha histórica cuando se realice la evaluación anual de los proveedores del Estado. Si este fuese el caso, se procederá con el cobro de garantía de fiel cumplimiento de contrato en su totalidad.
VII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO Mediante Resolución fundada la CORPORACIÓN podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación: a) Si el PROVEEDOR se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo. b) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. c) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo. d) Si el servicio, materia de esta licitación, no cumple con las características exigidas en las Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado. e) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor máximo de multas establecido en el artículo 27 de estas Bases; incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado; en todos los casos previstos en el artículo 27° de estas Bases en que la aplicación de multas o incumplimiento conlleva el término anticipado del contrato; y en todos los casos en que conforme a lo previsto en las presentes Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado del contrato. f) La no renovación de la garantía en los casos previstos en las presentes Bases. g) El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123. h) Si el adjudicatario subcontrata total o parcialmente el contrato, sin previa autorización de la CORPORACIÓN, de acuerdo a lo estipulado en el Articulo N°26 de estas bases. i) Si el servicio licitado es objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración del contrato y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor contratante iguale el precio. j) Por caso fortuito o fuerza mayor. k) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional. l) Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al contrato. Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras i), j), k), y l), en el evento de haberse entregado garantía de fiel cumplimiento atendido el monto de la contratación, la CORPORACIÓN podrá cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Sin perjuicio de lo anterior, la CORPORACIÓN ejercerá todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor por su incumplimiento. La CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada adjuntando copia de la resolución que dispone el término anticipado. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en el Registro de Proveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda. ARTÍCULO N° 29 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO Por la naturaleza del contrato este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia.
BASES ECONÓMICAS
PRESUPUESTO Y OFERTA ECONÓMICA El presupuesto referencial para la presente licitación asciende a la suma total de 14.986 UF. - (catorce mil novecientos ochenta y seis Unidades de Fomento) impuestos incluidos. La propuesta económica por la contratación del servicio “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES”, deberá ser expresada en pesos chilenos y deberá ser declarado debidamente en el Anexo N°3, cuyo valor será considerado para la evaluación, incluyendo cualquier otro costo asociado al rubro. Lo anterior será evaluado según lo estipulado en el artículo 18° de las presentes Bases. Los valores deben ser expresados en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro costo asociado, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo. El Oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 12º, y presentar su oferta económica de acuerdo con el formato contenido en el Anexo Nº3. En caso de no existir concordancia entre el valor ingresado en Portal de Mercado Público y lo declarado en el Anexo N°3, se considerará lo declarado en este último documento. Los valores se mantendrán fijos durante toda la ejecución del contrato, sin considerar ningún tipo de reajuste. ARTÍCULO N° 31 CONDICIONES DE PAGO El precio de las primas de los seguros contratados, se pagarán mensualmente dentro de 30 días corridos, contados desde que el prestador haya entregado la correspondiente factura (en UF) y documentos asociados por el servicio realizado, remitida a la Unidad Técnica. mediante correo electrónico acompañada de los siguientes documentos: 1. Factura mensual en UF. 2. Archivo Excel con, al menos, los siguientes datos: nombre y RUT de los asegurados y aseguradas, período de cobro, inicio y término de la vigencia por asegurado y asegurada, capital, prima, neta, IVA y bruta por asegurado y asegurada, exclusión/inclusión, cuando aplique. 3. Contrato vigente firmado. 4. Certificado F30, con una antigüedad no superior a 10 días desde la fecha de factura. 5. Certificado F30-1, según corresponda o sea solicitado. La unidad técnica podrá solicitar cualquier antecedente técnico pertinente para el estado de pago final. El pago se realizará sólo por los servicios efectivamente entregados a los beneficiarios, según detalle mensual, debidamente registrado, de acuerdo a los valores indicados en la oferta adjudicada y la entrega de los antecedentes previamente detallados. El pago de los servicios se efectuará a 30 días corridos posterior a la recepción conforme de la documentación anteriormente detallada. La factura debe ser emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7. En el evento que el Proveedor registre saldos insolutos relativos a remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, en las primeras facturas del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones debiendo el contratante acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Dicha situación será acreditada mediante la documentación prevista en estas Bases.
BASES TÉCNICAS
SERVICIO REQUERIDO La Corporación de Desarrollo Social de Providencia requiere del servicio de "SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES” de acuerdo al siguiente detalle: N° de Línea Nombre del servicio Cantidad Presupuesto total referencial en UF impuestos incluidos 1 “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES”. 1 14.986 UF. - (catorce mil novecientos ochenta y seis Unidades de Fomento) impuestos incluidos. ARTÍCULO N° 33 CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO Las presentes Bases Técnicas tienen como propósito proporcionar información de carácter técnico referente al proceso de licitación pública para la contratación del servicio “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES”. El Oferente se obliga a cubrir a todos los beneficiarios que serán traspasados, independiente de su riesgo, aceptando preexistencias para dar continuidad al beneficio vigente, incluidas las cargas familiares. Se entenderá como cargas familiares: Cualquier omisión, error o doble interpretación que pueda existir en la redacción de las especificaciones y documentos complementarios, se resolverá considerando el interés de la CORPORACIÓN y el desarrollo del servicio a contratar. 1. TIPO DE CONTRATACIÓN La presente licitación tiene como objetivo realizar la contratación por la prestación del servicio “SEGURO DE VIDA, SEGURO COMPLEMENTARIO DE SALUD Y SEGURO CATASTRÓFICO PARA FUNCIONARIOS Y FUNCIONARIAS DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA Y SUS CARGAS FAMILIARES”, basado en los antecedentes que forman parte de la presente licitación. Por ende, el oferente deberá considerar todos aquellos gastos asociados y necesarios para la correcta ejecución del servicio, según lo solicitado por la normativa legal y las especificaciones detalladas en las presentes bases. 2. DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO La presente licitación, tiene como objeto contar con protección adicional y complementario al sistema de salud que posean los funcionarios y funcionarias de la CORPORACIÓN, con vigencia de 24 meses a partir desde el 01-05-2024 hasta el 30-04-2026, inclusive ambas fechas, a través de: a. Seguro de vida Su objetivo es proteger a la familia o a quien el titular haya declarado como beneficiario o beneficiaria ante un eventual fallecimiento del asegurado, aportando estabilidad económica a quienes reciban este beneficio. b. Seguro catastrófico y complementario de salud Su objeto es cubrir todos los gastos médicos que FONASA o las ISAPRES no cubren en las prestaciones que se realicen. El Proveedor deberá entregar detalle de la cobertura de su propuesta, de acuerdo con prestaciones mínimas requeridas, características técnicas, en cuanto a la forma que se procede con el reembolso y bonificaciones de gastos médicos. Asimismo, debe indicar claramente exclusiones, condiciones especiales y servicios incluidos en la propuesta, entre otros. 2.1 Implementación y ejecución del servicio El Proveedor deberá: - Incorporar a su sistema, los antecedentes de los beneficiarios, de acuerdo con la información entregada por la Unidad Técnica de la CORPORACIÓN. - Capacitar al personal de la Unidad Técnica en el uso y administración del seguro en convenio, al inicio del servicio y cuando la Unidad Técnica lo requiera. - Deberá contar con un ejecutivo asignado, que gestione y resuelva los requerimientos de la CORPORACIÓN, en forma permanente. - Deberá entregar un documento digital informativo a los beneficiarios y beneficiarias, acerca de farmacias, centros médicos u otras instituciones en convenio, además de la oferta de valor que pueda tener. - Deberá emitir las correspondientes pólizas, incorporando expresamente en cada una de ellas, la totalidad de condiciones especiales. - Entregar, a la Unidad Técnica, un informe anual que dé cuenta de la gestión del período, con las tendencias y recomendaciones de mejora, con el objeto de mejorar la siniestralidad del servicio, junto con esto, deberá entregar la base de datos completa, respecto de los titulares y sus cargas. 2.2 Ingresos y exclusiones Durante la vigencia de la póliza, la CORPORACIÓN podrá efectuar prórrogas, modificaciones, incorporaciones o disminuciones, propias de los movimientos de personal y sus cargas, que le afecten, a todas y cada una de las pólizas de seguros, manteniéndose las condiciones originalmente cotizadas, con las excepciones del caso indicadas en cada póliza. 2.3 Requisitos y procedimientos para efectuar reembolsos Los beneficiarios podrán realizar sus reembolsos de las siguientes maneras: 1. Bonificación automática a través del servicio de huella digital (IMED). 2. Bonificación en línea para compras de medicamentos en cada de farmacias en convenio. 3. Plataformas digitales del Proveedor. El Proveedor, una vez realizado el reembolso, deberá enviar las liquidaciones a cada beneficiario, al correo electrónico entregado por la Unidad Técnica, para estos fines. El Proveedor deberá contar con una plataforma que permita que la Unidad Técnica revise las solicitudes de cada beneficiario, en forma autónoma. 2.4 COBERTURAS OBLIGATORIAS MÍNIMAS EN SALUD COBERTURA DE SALUD PLAN DE BENEFICIOS % REEMBOLSO TOPES 1. GASTOS AMBULATORIOS CONSULTA DE URGENCIA 70 UF 0,6 POR CONSULTA CONSULTAS MÉDICAS 70 UF 0,6 POR CONSULTA CONSULTA MÉDICA A DOMICILIO 70 UF 0,6 POR CONSULTA CONSULTA ESPECIALISTA 70 UF 0,6 POR CONSULTA EXÁMENES DE LABORATORIO 60 SIN TOPE EXÁMENES RADIOLÓGICOS 60 SIN TOPE PROCEDIMIENTOS DE DIAGNÓSTICOS Y TERAPÉUTICOS 60 SIN TOPE MATERIAL DE YESO 70 SIN TOPE CIRUGÍA AMBULATORIA E INSUMOS 70 SIN TOPE TRATAMIENTOS DE KINESIOLOGÍA 70 SIN TOPE TRATAMIENTOS DE FONOAUDIOLOGÍA 70 SIN TOPE CAEC AMBULATORIO 100 SIN TOPE GES AMBULATORIO (COPAGOS POST-SISTEMA SALUD PREVISIONAL) 100 SIN TOPE 2. MEDICAMENTOS MEDICAMENTO REFERENTE O INNOVADOR 50 UF 15 ANUAL MEDICAMENTO BIOEQUIVALENTES DE MARCA 50 MEDICAMENTOS DE MARCA 50 MEDICAMENTO BIOEQUIVALENTES GENÉRICO 100 MEDICAMENTOS GENÉRICOS 100 3. GASTOS HOSPITALARIOS Día cama, sin tope de días (se incluye en tope de día cama hospitalización domiciliaria, enfermera profesional y gastos de acompañantes de hijos menores de 14 años, siempre y cuando sea prescrito por el médico tratante) 100 UF 3 POR DÍA Servicios Hospitalarios (Derecho pabellón, insumos y materiales clínicos, procedimientos, medicamentos hospitalarios, día cama UTI/UCI, día cama incubadora y día cama sala cuna, día cama recuperación, honorarios médicos quirúrgicos, exámenes de laboratorio y radiológicos). 80 SIN TOPE OBESIDAD MÓRBIDA IMC>40 100 UF 20 ANUAL CIRUGÍA MÁXILO FACIAL POR ACCIDENTE 80 UF 15 ANUAL CIRUGÍA MÁXILO FACIAL POR ENFERMEDAD 80 UF 15 ANUAL GASTOS DONANTE VIVO 80 UF 20 ANUAL GASTOS DONANTE POST MORTEM 80 UF 20 ANUAL GES HOSPITALARIO (COPAGOS POST-SISTEMA SALUD PREVISIONAL) 100 SIN TOPE 4. GASTOS DE MATERNIDAD (DEL PARTO) ABORTO ESPONTÁNEO (INCLUYE ABORTO EN LAS TRES CAUSALES DESPENALIZADAS POR LEY) 100 UF 10 ANUAL CESÁREA 100 UF 30 ANUAL PARTO NORMAL 100 UF 20 ANUAL TRATAMIENTOS DE FERTILIDAD/INFERTILIDAD 80 UF 10 ANUAL PARTOS MÚLTIPLES SEGÚN % MATERNIDAD AMPLIACIÓN TOPE 50% POR CADA HIJO ADICIONAL NACIDO VIVO COMPLICACIONES DEL EMBARAZO 80 UF 20 ANUAL COMPLICACIONES DEL PARTO 80 UF 20 ANUAL 5. SALUD MENTAL (PSIQUIATRÍA, PSICOLOGÍA, PSICOPEDAGOGÍA CONSULTAS O SESIONES PSIQUIÁTRICAS/PSICOLÓGICAS/PSICOPEDAGÓGICAS 50 UF 0,5 POR SESIÓN CON UF 10 ANUAL HOSPITALIZACIÓN PSIQUIÁTRICA 50 UF 10 ANUAL 6. PRESTACIONES VARIAS PRÓTESIS, ORTESIS Y PLANTILLAS (EXCLUYE SILLA DE RUEDAS Y PRÓTESIS DENTALES) 60 UF 10 ANUAL AMBULANCIA TERRESTRE (HASTA 50 KM) 80 UF 5 POR EVENTO AUDÍFONOS 80 UF 10 ANUAL MARCOS Y CRISTALES ÓPTICOS, LENTES DE CONTACTO Y CIRUGÍA OCULAR (INCLUYE LASIK) 60 UF 3 ANUAL IMPLANTE COCLEAR 80 UF 50 PAD FONASA 100 UF 55 CIRUGÍA REDUCCIÓN MAMARIA 80 UF 25 CIRUGÍA RINOLARINGOLÓGICA 80 UF 25 HORMONAS DEL CRECIMIENTO Y RELACIONADAS 50 UF 10 DEDUCIBLES GES/CAEC 100% DE LOS DEDUCIBLES DE LAS PRESTACIONES ASOCIADAS A LA ACTIVACIÓN GES/CAEC UF 126 7. COBERTURA EN EL EXTRANJERO PRESTACIONES DE URGENCIA, TRATAMIENTOS Y HOSPITALIZACIONES REALIZADAS EN EL EXTRANJERO POR DERIVACIÓN MÉDICA, SIEMPRE Y CUANDO ÉSTAS NO SE PUEDAN REALIZAR EN EL PAÍS Y SÓLO DESPUÉS DE CUBIERTOS LOS GASTOS POR LA INSTITUCIÓN DE SALUD PREVISIONAL (ISAPRE/FONASA), DEL ASEGURADO. MISMOS BENEFICIOS DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD MISMOS BENEFICIOS DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD 8. PRESTACIONES NO CUBIERTAS POR ISAPRE/FONASA GASTOS INCURRIDOS QUE NO SE ENCUENTREN CUBIERTOS POR LA INSTITUCIÓN DE SALUD PREVISIONAL, A EXCEPCIÓN DE MEDICAMENTOS AMBULATORIOS, SALUD MENTAL, ÓPTICA Y DEDUCIBLES GES/CAEC. 50% DEL GASTO TOTAL CON LOS TOPES ESTABLECIDOS EN EL PLAN. 50% DEL GASTO TOTAL CON LOS TOPES ESTABLECIDOS EN EL PLAN. 9. BMI LA COBERTURA CONSIDERA QUE EN AQUELLOS CASOS EN QUE LAS PRESTACIONES EFECTUADAS POR LOS ASEGURADOS TENGAN UN REEMBOLSO POR LA INSTITUCIÓN DE SALUD PREVISIONAL INFERIOR AL CINCUENTA POR CIENTO [50%], SE CONSIDERARÁ COMO GASTOS EFECTIVAMENTE INCURRIDOS POR EL ASEGURADO, EL CINCUENTA POR CIENTO [50%] DEL COSTO TOTAL DE LA PRESTACIÓN, MONTO SOBRE EL CUAL SE APLICARÁ EL PORCENTAJE DE COBERTURA ESTIPULADO EN EL CUADRO DE BENEFICIOS SEÑALADO ANTERIORMENTE. LO ANTERIOR NO SERÁ VÁLIDO PARA REEMBOLSOS DE MEDICAMENTOS AMBULATORIOS, SALUD MENTAL, ÓPTICA Y DEDUCIBLE GES/CAEC Y CIRUGÍA PAD. 10. DEDUCIBLES ASEGURADO SIN CARGA UF 1,00 (MONTO MÁXIMO, PUEDE OFERTAR MENOR VALOR) ASEGURADO CON 1 CARGA UF 1,5 (MONTO MÁXIMO, PUEDE OFERTAR MENOR VALOR) ASEGURADO CON 2 O MÁS CARGAS UF 2,0 (MONTO MÁXIMO, PUEDE OFERTAR MENOR VALOR) 11. MONTO MÁXIMO DE REEMBOLSO HASTA 69 AÑOS UF 300 ANUAL POR ASEGURADO DESDE 70 HASTA LOS 75 AÑOS UF 50 ANUAL POR ASEGURADO DESDE 76 HASTA LOS 85 AÑOS UF 20 ANUAL POR ASEGURADO 12. COBERTURA DE VIDA Fallecimiento Titular UF 100.- Fallecimiento Cónyuge UF 50.- Fallecimiento Hijos UF 25.- COBERTURA CATASTRÓFICA 1. GASTOS AMBULATORIOS CONSULTAS MÉDICAS 100 SIN TOPE EXÁMENES Y PROCEDIMIENTOS (INCLUYE MATERIAL DE YESO) 100 SIN TOPE CIRUGÍA AMBULATORIA 100 SIN TOPE TRATAMIENTOS DE KINESIOLOGÍA 100 SIN TOPE MEDICAMENTOS 50 SIN TOPE MEDICAMENTOS GENÉRICOS 50 SIN TOPE 2. GASTOS HOSPITALARIOS DÍA CAMA 100 SIN TOPE SERVICIOS HOSPITALARIOS Y HONORARIOS MÉDICOS. INCLUYE DÍA CAMA UTI/UCI 100 SIN TOPE 3. PRESTACIONES VARIAS DEDUCIBLES GES/CAEC 100 DE LOS DEDUCIBLES DE LAS PRESTACIONES ASOCIADAS A LA ACTIVACIÓN DE GES/CAEC AMBULANCIA TERRESTRE (HASTA 50 KM) 100 SIN TOPE PRÓTESIS Y ORTESIS (EXCLUYE PRÓTESIS DENTALES E INCLUYE PLANTILLAS RECETADOS POR UN ESPECIALISTA) 100 SIN TOPE 4. COBERTURA EN EL EXTRANJERO PRESTACIONES DE URGENCIA, TRATAMIENTOS Y HOSPITALIZACIONES REALIZADAS EN EL EXTRANJERO POR DERIVACIÓN MÉDICA, SIEMPRE Y CUANDO ÉSTAS NO SE PUEDAN REALIZAR EN EL PAÍS Y SÓLO DESPUÉS DE CUBIERTOS LOS GASTOS POR LA INSTITUCIÓN DE SALUD PREVISIONAL (ISAPRE/FONASA), DEL ASEGURADO. MISMOS BENEFICIOS DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD MISMOS BENEFICIOS DEL PLAN COMPLEMENTARIO DE SALUD REEMBOLSO ANUAL POR ASEGURADO MONTO MÁXIMO DE REEMBOLSO UF 1000 El proveedor declara conocer y aceptar desde ya las coberturas obligatorias mínimas en salud, detalladas en el cuadro anterior, por lo que, en el caso de que indique no cumplirlas, su oferta será declarada inadmisible. 2.5 De la inscripción en la Comisión para el Mercado Financiero (antes Superintendencia de Valores y Seguros). El oferente deberá estar inscrito, de forma obligatoria, en el registro de la Comisión para el Mercado Financiero (antes Superintendencia de Valores y Seguros), por lo que deberá adjuntar en su oferta el Certificado de registro de la Comisión para el Mercado Financiero vigente a la fecha del cierre de ofertas. En el caso de no adjuntar el certificado, la CORPORACIÓN, podrá validar la vigencia, directamente, en la CFM, en los medios que estén disponible para este efecto; en el caso de que no se encuentre vigente, la oferta será declarada inadmisible. 3. PRESTACIÓN DEL SERVICIO. El adjudicado, deberá prestar el servicio según las condiciones de las presentes bases y la oferta presentada. Adicionalmente, la CORPORACIÓN podrá agregar nuevos titulares y/o cargas familiares, bajo las mismas condiciones pactadas para los demás beneficiarios y beneficiarias. El proveedor adjudicado deberá entregar en un plazo de 10 días corridos contados desde el inicio de la vigencia de la póliza, un instructivo detallado con el procedimiento para declarar un siniestro, el cual deberá incluir información acerca del número de teléfono para las denuncias, protocolo de acción y tiempos estimados de atención. 4. CAPACITACIONES La Unidad Técnica podrá solicitar capacitaciones online o in situ al proveedor adjudicado en el uso y administración del seguro en convenio y sobre los protocolos a seguir en caso de siniestro. ARTICULO N°33 CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA La contraparte técnica de la CORPORACIÓN será el Jefe del Departamento de Recursos Humanos o quien éste designe, el que realizará, a lo menos, las siguientes funciones: 1. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones. 2. Fiscalizar que la ejecución del servicio/ adquisición del producto se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios. 3. Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante oficio al Departamento de Adquisiciones en caso de incumplimiento para la aplicación de multas. 4. Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas 5. Las demás que le encomienden el presente pliego de condiciones.