Licitación ID: 552975-13-LQ24
SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD SALUD PROVI.
Responsable de esta licitación: CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA, CDSP
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Guardias de seguridad 1 Global
Cod: 92121504
“SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA LOS CENTROS DE SALUD DE LA CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”. por un periodo de 24 meses.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD SALUD PROVI.
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El objeto de la presente licitación es disponer del servicio de Guardias de Seguridad para resguardar, prevenir agresiones y malos tratos a los funcionarios y usuarios, como también de las instalaciones de los centros de salud pertenecientes a la Corporación de Desarrollo Social de Providencia.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 2.000 UTM e inferior a 5.000 UTM (LQ)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA
Unidad de compra:
CDSP
R.U.T.:
69.070.301-7
Dirección:
Av. Eliodoro Yáñez 1947
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-03-2024 14:30:00
Fecha de Publicación: 23-02-2024 17:59:46
Fecha inicio de preguntas: 23-02-2024 18:30:00
Fecha final de preguntas: 29-02-2024 10:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 04-03-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-03-2024 14:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-03-2024 14:31:00
Fecha de Adjudicación: 15-04-2024 16:56:15
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases e Inhabilidades”.
2.- Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.
3.- Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”.
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°4 “Condiciones laborales y de Remuneraciones”.
 
2.- Anexo N°5 “Experiencia del Oferente” y documentos que acrediten experiencia.
 
3.- Autorización o Certificado vigente emitido por la Autoridad Fiscalizadora O.S.10 que la acredite a la empresa de “Prestación de servicios de recursos humanos en materias inherentes a seguridad privada”.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°3 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluación Económica. Para la evaluación económica se considerará la suma de dos subcriterios en base a las siguientes fórmulas: TOTAL, COSTO DEL SERVICIO POR 24 MESES= (Menor valor “TOTAL, COSTO DEL SERVICIO POR 24 MESES” / Valor “TOTAL, COSTO DEL SERVICIO POR 24 MESES” Evaluado) * 100 El puntaje obtenido se ponderará por el 80%. 80%
2 Experiencia del proveedor Este criterio se evaluará en función de la experiencia del proveedor en cantidad de contratos de servicios de similares características sobre los $50.000.000.- en los últimos 3 años desde publicado el presente proceso en Mercado público. Servicios similares durante los últimos 3 años (Sólo se considerarán contratos sobre $50.000.000) Puntos 15 o más contratos 100 10 a 14 contratos 50 1 a 9 contratos 10 Sin experiencia comprobable. 0 No se considerarán para efectos de evaluación aquellas experiencias que no tengan relación con lo solicitado en la presente licitación. Para efectos de evaluación, solo se considerarán contratos que se encuentren finalizados o con más de un 50% de ejecución a la fecha de cierre de recepción de ofertas. No se considerarán como válidas facturas u otros instrumentos distintos a los señalados precedentemente, para acreditar Experiencia, solo documentos que CERTIFIQUEN una RECEPCION CONFORME del servicio prestado, todo otro documento se considerará complem 12%
3 Condiciones Laborales y de Remuneraciones otorgada La evaluación de este criterio se realizará a partir de la información entregada por el proponente conforme a lo informado por el oferente en el Anexo Nº4debidamente firmada por el representante legal de la empresa y por un representante de los trabajadores, lo cual debe ser acreditado por el oferente adjudicado adjuntando los contratos de trabajo de los trabajadores que prestarán servicios en los Centros de Salud de la CORPORACIÓN, evaluándose de la siguiente forma: 3.1 Sueldo líquido mensual ofrecido (4%): Mejores Remuneraciones Puntaje Sueldo líquido mensual Guardias (4%) Sueldo liquido mensual Guardias= (“Sueldo liquido mensual Guardias” Evaluado / Mayor “Sueldo liquido mensual Guardias”) * 100 Nota: Se declararán inadmisibles todas las ofertas que contengan un sueldo mínimo menor al establecido por ley, en cualquier momento de la Evaluación de ofertas, desde el acto de Apertura en adelante. 3.2 Condición contractual (1%): Mejores Condiciones Contractuales Puntaje 5%
4 Cumplimiento de requisitos formales Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla: FACTOR A EVALUAR PUNTAJE La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 100 La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 0 El puntaje obtenido se ponderará por el 1%. 1%
5 Programa de integridad y Compliance Este criterio de evaluación considera que el proveedor deberá señalar en el Anexo N°6“Declaración Jurada Programa de Integridad y Compliance” si cuenta con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio y posteriormente, la ejecución del servicio. Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0. DESCRIPCIÓN PUNTAJE Cuenta con Programa de integridad 100 No cuenta con Programa de Integridad 0 El puntaje se ponderará por el 2%. 2%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: CDS - SALUD
Monto Total Estimado: 180650618
Justificación del monto estimado Valores contrato actual
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Sonia Vera
e-mail de responsable de pago: ctorres@cdsprovidencia.cl
Nombre de responsable de contrato: Sonia Vera
e-mail de responsable de contrato: svera@cdsprovidencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-27067085-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: Corp. de Desarrollo Social de Providencia
Fecha de vencimiento: 12-07-2024
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje Pagadera A la vista Tipo Irrevocable
Glosa: “Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación pública por la contratación del “SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA LOS CENTROS DE SALUD DE LA CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”
Forma y oportunidad de restitución: a) Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio. b) Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro de los 5 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución aprobatoria del respectivo contrato y en todo caso una vez vencida la vigencia de dichas garantías. En caso de que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverán las garantías de seriedad de la oferta a los oferentes a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución fundada que declara desierta la licitación.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corp. de Desarrollo Social de Providencia
Fecha de vencimiento: 23-05-2026
Monto: 10 %
Descripción: En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje
Glosa: “Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato del Servicio de Guardias de Seguridad para los Centros de Salud de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia y para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones sociales y laborales con los trabajadores de los contratantes”.
Forma y oportunidad de restitución: Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases: i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en el artículo 22° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas según lo establecido en ese mismo artículo; ii. Si el adjudicatario no suscribe el contrato conforme con lo exigido en el artículo 23° en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción; iii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 15° y 21º. En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia yo necesidad de persistir en la adjudicación readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN. El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 21º de estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases. La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl
Bases técnicas y Administrativas.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA

 

“SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA LOS CENTROS DE SALUD DE LA CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”

I.- GENERALIDADES

ARTÍCULO N° 1  LLAMADO A LICITACIÓN

La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación pública denominada: “SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA LOS CENTROS DE SALUD DE LA CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”.

ARTÍCULO N° 2  OBJETO

El objeto de la presente licitación es disponer del servicio de Guardias de Seguridad para resguardar, prevenir agresiones y malos tratos a los funcionarios y usuarios, como también de las instalaciones de los centros de salud pertenecientes a la Corporación de Desarrollo Social de Providencia.

ARTÍCULO N° 3  CONDICIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución del servicio.

Nombre de Licitación

“SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA LOS CENTROS DE SALUD DE LA CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”.

Tipo de Licitación

Licitación Pública entre 2.000 y 5.000 UTM. (LQ)

Moneda 

Pesos Chilenos (CLP).

Monto disponible.

$180.650.618.- (ciento ochenta millones seiscientos cincuenta mil seiscientos dieciocho pesos) impuestos incluidos.

Garantía seriedad de la oferta

$500.000.- (quinientos mil pesos).  

Garantía fiel cumplimiento

10% del monto total adjudicado.

Duración del Contrato

24 meses.

Documentos que rigen la Licitación

Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

I.- Bases Administrativas

II.- Bases Económicas

III.- Bases Técnicas

IV.- Anexos:

Documentos Administrativos:

  • “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases e Inhabilidades”.
  • “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.
  • “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”.

Documentos Económicos:

  • “Oferta Económica”. (OBLIGATORIO)

Documentos Técnicos:

  • Condiciones laborales y de Remuneraciones”.
  • Experiencia del Oferente” y documentos que acrediten experiencia.
  • Autoridad Fiscalizadora O.S.10 que la acredite como empresa de Prestación de servicios de recursos humanos en materias inherentes a seguridad privada”.
  • “Declaración Jurada Programa de Integridad y Compliance”.

Las ofertas que no presenten u omitan en sus ofertas los antecedentes requeridos como OBLIGATORIOS, serán declaradas “Fuera de Bases” por la CORPORACIÓN, sea en el acto mismo de apertura o durante la evaluación posterior de las ofertas.

Con todo, los proponentes podrán presentar siempre y cuando la CORPORACIÓN lo solicite y dentro del plazo de las 48 horas siguientes a aquel en que se efectuare el requerimiento, las certificaciones o antecedentes que no hayan podido acompañar en la forma y dentro del plazo previsto en esta disposición.

En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos requeridos inclusive hasta el plazo fatal del foro inverso y, resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la suscripción del contrato respectivo según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso no presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes.

Los documentos señalados anteriormente podrán ser descargados accediendo al portal Mercado Público.

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

  • Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas.
  • Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores.
  • Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CORPORACIÓN.
  • La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
  • El contrato respectivo si procediese.
  • Las órdenes de compra.

Todos los documentos relativos a esta licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del objeto de la licitación con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular, esto es, atendiendo a la naturaleza de los servicios o suministro de productos materia de la presente licitación y considerando lo dispuesto en las Bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Las Bases y el contrato respectivo, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia.

Las presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a las mismas, se considerarán incorporadas al respectivo contrato que se celebre con el adjudicatario.

Los anexos señalados como OBLIGATORIOS serán requisitos para la admisibilidad de las ofertas.

ARTÍCULO N° 4  SERVICIO REQUERIDO

No de Línea

Nombre del Servicio

Cantidad

Presupuesto impuestos incluidos

1

“SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA LOS CENTROS DE SALUD DE LA CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”

1

$180.650.618.- (ciento ochenta millones seiscientos cincuenta mil seiscientos dieciocho pesos) impuestos incluidos.

ARTÍCULO N° 5  ETAPAS Y PLAZOS

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl

Etapa

Plazos

1

Publicación de las Bases de Licitación

Dentro de los 3 días hábiles desde aprobada

la Resolución que autoriza las presentes

bases.

2

Inicio Período de Consultas

Inmediatamente después de publicadas las

bases en la plataforma de Mercadopublico.cl

3

Cierre Período de Consultas

Hasta el día 6 desde publicadas las bases

en la plataforma de Mercadopublico.cl a las

10:30 horas.

4

Publicación de Respuestas

Día 8 desde publicadas las bases en la

plataforma de Mercadopublico.cl a las 23:59

horas.

5

Recepción de las Ofertas

Hasta el día 20 desde publicadas las bases

en la plataforma de Mercadopublico.cl a las

14:30 horas.

6

Acto de Apertura de las Ofertas (Técnicas y Económicas)

Hasta el día 20 desde publicadas las bases

en la plataforma de Mercadopublico.cl a las

14:31 horas.

7

Período de Evaluación de las Ofertas

Hasta el día 30 desde el acto de apertura.

8

Adjudicación

Hasta el día 40 desde el acto de apertura.

9

Suscripción del Contrato

De conformidad con los plazos establecidos en el artículo 23º de estas Bases, el cual se da por reproducido

Se establece para esta licitación que, si a la fecha de recepción de ofertas sólo se han recibido dos o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente y por una sola vez, en dos días hábiles.

Respecto al plazo de Publicación de Respuestas” la Corporación podrá ampliar dicho plazo hasta en 48 horas corridas sin afectar el cronograma de las demás fechas indicadas, pero siempre antes del cierre de recepción de ofertas y, solo si en relación a las preguntas o la cantidad de estas así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público.

Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente. Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.

En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 62º del Decreto Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

 

ARTÍCULO N° 6  NOTIFICACIONES, DOMICILIO Y JURISDICCIÓN. -

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la CORPORACIÓN publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

 

ARTÍCULO N° 7  LLAMADO A LICITACIÓN, ENTREGA DE BASES Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN. -

El llamado a Licitación Pública se publicará en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.

Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas durante el proceso licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.

Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no existiendo para la CORPORACIÓN responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.

ARTÍCULO N° 8  PARTICIPANTES Y REQUISITOS

Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, así como también las uniones temporales de proveedores, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener constituido domicilio en Chile.

En el evento de presentarse una Unión Temporal de Proveedores (en adelante también UTP) ésta deberá sujetarse, en todo, a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios

Podrán suscribir contratos con la CORPORACIÓN, todas las personas naturales y/o jurídicas que no se encuentren inhabilitadas para contratar con la Administración del Estado, según lo establecido en las leyes 19.886 y 20.393 y D.F.L. N°1/2004 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y no se encuentren afectas a las inhabilidades contempladas en el artículo 92 del Reglamento de Compras Públicas aprobado por Decreto Supremo Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda.

Conforme con lo anterior, no podrán participar en esta licitación, y quedarán excluidos:

a)       Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal (artículo 4º, inciso 1º, ley Nº19.886).

b)      Los funcionarios directivos de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia,  ni  personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54° de la ley Nº18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas (artículo 4º, inciso 6º, ley Nº19.886).

c)       Aquellos condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de contratar con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el artículo 20° letra d) del D.F.L. N° 1/2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la Libre Competencia.

d)      Aquellos que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º N.º 2) y 10° de la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica.

ARTÍCULO N° 9        CONSULTAS, COMUNICACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación.

Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que la Corporación de Desarrollo Social de Providencia pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

La CORPORACIÓN realizará las aclaraciones y/o modificaciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas. Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, la CORPORACIÓN podrá realizar las aclaraciones y/o modificaciones a las Bases que estime pertinentes y/o necesarias para el correcto desarrollo de la licitación o comprensión de los términos y condiciones de las Bases sin que ello pueda importar, en caso alguno, una modificación a las mismas. Dichas aclaraciones y/o modificaciones serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y serán consideradas como parte integrante de las Bases de licitación.

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la CORPORACIÓN podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. No obstante, las modificaciones a la comisión de evaluación requeridas en razón de ausencia o falta de alguno de sus integrantes que impide realizar el proceso de evaluación podrán realizarse aún después del cierre de recepción de ofertas y siempre que no se haya iniciado el proceso de evaluación respectivo.  Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

En caso de que se determine necesario, la CORPORACIÓN podrá modificar la contratación, aumentando o disminuyendo hasta un 30% del valor total del contrato, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases.

ARTÍCULO N° 10                   PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

•       El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.

•       El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de él o los contratos que de ello se deriven.

•       El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.

•       El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.

•       El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público.

•       El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

•       El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.

•       El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.

•       El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

•       Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.

II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

ARTÍCULO N° 11                   PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

a) Medio de entrega de la oferta y contenido.

La entrega de las ofertas, esto es, de la documentación correspondiente a los números 12.1, 12.2 y 12.3 del artículo 12º, deberá efectuarse electrónicamente a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases.

No será recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que la determinada por estas Bases.

Los Oferentes deben presentar la oferta por la totalidad de los servicios requeridos en la presente licitación.

Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, o condiciones para su adjudicación de cualquier tipo o montos mínimos de despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes, que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la CORPORACIÓN, y los oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas aceptan tal condición. 

b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes.

Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos, así como también el contenido de éstos y la veracidad de lo que en ellos conste.

c) Verificación de los antecedentes.

La CORPORACIÓN tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.

ARTÍCULO N° 12                  CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl y serán de carácter irrevocable.

Los costos en que incurra el oferente, derivado de la formulación de la propuesta, serán de su exclusivo cargo, y en caso de no seleccionarse su oferta, no dará origen a reembolso o indemnización alguna.

Cada oferente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada, lo cual estará determinado por lo siguiente:

a)                   Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital.

b)                  Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo.

c)                   Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases.

d)                  Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes formatos: pdf, Word, jpg, Excel, power point, winrar, winzip y/o sus equivalentes en código libre.

Los oferentes deberán presentar en “Anexo Administrativo”, “Anexo Técnico” o “Anexo Económico”, a través del Portal Mercado Público, los siguientes documentos:

12.1     Documentos Administrativos

12.1.1   Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases e Inhabilidades”.

12.1.2  Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.

12.1.3   Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”.

12.1.4 Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda).

12.2     Documentos Técnicos

  • Condiciones laborales y de Remuneraciones”.
  • Experiencia del Oferente” y documentos que acrediten experiencia.
  • Autorización o Certificado vigente emitido por la Autoridad Fiscalizadora O.S.10 que la acredite a la empresa de “Prestación de servicios de recursos humanos en materias inherentes a seguridad privada”.
  • “Declaración Jurada Programa de Integridad y Compliance”.

12.3     Documentos Económicos

12.3.1   Anexo N°3 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO).

Los anexos estarán disponibles en formato Word o Excel, como anexo en la ficha de licitación respectiva en el Portal Electrónico www.mercadopublico.cl

a) Antecedentes del Oferente y Otros Documentos.

Los proponentes inscritos en el Registro de Proveedores que no cuenten con la documentación cargada en la “Ficha de proveedores”, respecto a la documentación legal de su Empresa (o en el caso de UTP, de todas las que participen), la Corporación, podrá solicitar que se incluya cualquier documento faltante de los solicitados en dicho apartado, directamente en el portal de www.mercadopublico.cl y deberá entregar, cualquier otro documento que solicite la Corporación para verificar cualquier información que requiera ésta para su evaluación y/o verificación.   

Respecto a los antecedentes señalados como obligatorios serán requisitos de admisibilidad para la evaluación de ofertas.

b) Oferta Económica, Declaración de Experiencia y Pacto de Integridad.

 i.    Oferta Económica. OBLIGATORIO

Se deberá presentar electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexo Económico, Anexo N°3 debidamente firmado.

  1. Declaración de Experiencia.

Se deberá presentar electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexos técnicos, el Anexo N°5 declarando la experiencia del proveedor en función de lo requerido en el artículo 18°. Es importante señalar que se considerarán para la evaluación aquellos documentos debidamente respaldados.  

Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren declaración de experiencia del proveedor sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del servicio requerido por CORPORACIÓN, en atención a lo establecido en las Bases Técnicas.

  1. Pacto de Integridad.

Se deberá presentar el Anexo N°6 “Declaración Jurada Programa de Integridad y Compliance” como parte de su oferta.

En caso de recibirse documentos ambiguos o que adolezcan de información, la CORPORACIÓN podrá solicitar la realización de aclaraciones conforme al artículo 15, del presente pliego de condiciones, siempre y cuando no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Lo anterior, se realizará siempre y cuando la comisión evaluadora lo considere oportuno para su análisis y decisión final.

Si el oferente presenta documentos en un idioma distinto al español, la comisión evaluadora podrá exigir su traducción al idioma español, en caso de que    lo considere indispensable para su evaluación.

La Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad contemplada en el artículo 40 del Decreto N.º 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 19.886, esto es, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando ello no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.

c)     Además, en su oferta técnica deberá presentar:

• Autorización o Certificado vigente emitido por la Autoridad Fiscalizadora O.S.10 que la acredite a la empresa de “Prestación de servicios de recursos humanos en materias inherentes a seguridad privada”.

ARTÍCULO N° 13                  GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

La propuesta de cada oferente deberá ser garantizada mediante una caución o garantía la cual podrá otorgarse física o electrónicamente y ser entregada conforme con lo siguiente:

  1. La garantía de seriedad física deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas y en todo caso antes del vencimiento del plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. La falta de entrega, o entrega fuera del plazo señalado, de la garantía será causal de exclusión de la propuesta conforme a lo establecido en el artículo 14º de estas Bases.

  1. En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, aquella deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía deberá adjuntarse a la propuesta al momento de ser ingresada ésta al Sistema de Información.

Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro de esta de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con las condiciones dispuestas en el presente artículo.

Beneficiario

Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7

Pagadera

A la vista

Tipo

Irrevocable

Vigencia mínima

Con fecha de vencimiento a los menos 120 días contados desde la fecha original de apertura de la licitación.

Expresada en

Pesos chilenos 

Monto

$500.000.-.

Glosa

“Para garantizar la seriedad de la oferta en la licitación pública por la contratación del “SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA LOS CENTROS DE SALUD DE LA CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”

Otros requisitos

En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje

Forma y oportunidad de su restitución

a)       Los oferentes que hayan quedado fuera del proceso de evaluación de ofertas y aquellos que no hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación, podrán retirar su garantía de seriedad a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl del acto administrativo que resuelve el proceso licitatorio.

b)      Los oferentes que hayan obtenido alguno de los tres primeros lugares en el proceso de evaluación podrán retirar su garantía de seriedad dentro de los 5 días siguientes a la publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución aprobatoria del respectivo contrato y en todo caso una vez vencida la vigencia de dichas garantías.

En caso de que la licitación pública sea declarada desierta, se devolverán las garantías de seriedad de la oferta a los oferentes a contar del segundo día hábil siguiente a la fecha de publicación en el portal www.mercadopublico.cl de la resolución fundada que declara desierta la licitación. 

La garantía de seriedad de la oferta podrá ser ejecutada sin notificación ni forma de juicio, en los siguientes casos:

  1. Si el participante retira su oferta durante el período de validez establecido en el artículo 16º de las presentes Bases.
  2. Si el adjudicatario se desiste expresamente y por escrito de la adjudicación efectuada.
  3. Si el adjudicatario, a pesar de no desistirse de la adjudicación efectuada conforme a lo señalado en el Nº2 precedente incurre en alguno de los casos descritos en el artículo 21° de las Bases.

ARTÍCULO N° 14                  ADMISIBILIDAD Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS

Es requisito para participar en esta licitación, para la aceptación y validez de la oferta deberá cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 8º de estas Bases y presentar los antecedentes exigidos en las presentes Bases, con especial énfasis en aquellos declarados como OBLIGATORIOS, considerando que aquellos OBLIGATORIOS son causal de inadmisibilidad.

Conforme con lo anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes:

  1. Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas en el párrafo cuarto del artículo 8º, letras a), b), c) y d), de las presentes Bases.
  2. Que la propuesta no contenga alguno de los antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS.
  3. Si los servicios ofertados no corresponden o no cumplen con lo requerido en la presente licitación conforme a lo previsto a tal efecto en las respectivas bases técnicas.
  4. Que la propuesta esté sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en el artículo 10º de estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso.
  5. En el caso que corresponda, que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta y/o que la garantía de seriedad de la oferta no sea presentada en la forma y contenido, y/o que la garantía de seriedad de la oferta no cumpla con lo establecido en las presentes bases antes del cierre de las ofertas. ­­
  6. Si el servicio ofertado no cumple con la totalidad de las especificaciones Económicas definidas y exigidas como esenciales u obligatorias en las Bases Técnicas, o si alguno de estos requerimientos se encuentra afecto a un cobro adicional.
  7. Que en el caso que las bases contengan visita(s) a terreno obligatoria(s), que el oferente no haya asistido a tales visitas.
  8. Que en el caso que corresponda, el oferente no entregase la(s) garantía(s) solicitadas en el proceso de postulación de ofertas.  

Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º de estas Bases.

ARTÍCULO N° 15                   ACLARACIONES A LAS OFERTAS

La CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que adjunten documentos no esenciales o salven errores de referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud de documentación atingente al proceso, por parte del CORPORACIÓN como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información.

El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración.

En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos solicitados por foro inverso de la plataforma de Mercado Público al término del plazo fatal y, resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la suscripción del contrato respectivo según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso de no presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes.

ARTÍCULO N° 16                   VALIDEZ DE LAS OFERTAS

Las ofertas tendrán una validez de 120 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CORPORACIÓN podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las cauciones de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en el artículo 13° de estas Bases. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la CORPORACIÓN devolverá las cauciones respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento.

 

ARTÍCULO N° 17                   COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUCACIÓN DE LAS OFERTAS

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el Secretario General, o quien tenga delegada la facultad.

Al momento de conocer los nombres de los oferentes, cada integrante de la Comisión Evaluadora deberá declarar no tener conflicto de intereses con ninguno de los oferentes participantes, de forma directa o indirecta, así como su compromiso de no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros mientras integre esta Comisión Evaluadora. Para ello, cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá firmar una Declaración Jurada, que será publicada conjuntamente con la respectiva Resolución de adjudicación o deserción.

En el evento que en el tiempo intermedio entre la declaración jurada y el acto de evaluación alguno de los miembros de la Comisión detectara que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el Acta suspendiéndose la evaluación para procederse al inmediato reemplazo del funcionario inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente.

En caso de que alguno de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por fuerza mayor, caso fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo 37 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros.

Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a terceros sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación.

Corresponderá a la Comisión Evaluadora:

1.- Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en los artículos 14º y 15º de las presentes Bases.

2.- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes. 

3.- Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas:

1)      Modificación del plazo de adjudicación en el caso previsto en el artículo 19° de las presentes Bases.

2)      En caso de que se encuentren contempladas en las Bases una visita a terreno o la demostración de productos y/o equipos en comodato: constancia de la efectiva realización de la actividad, forma como se desarrollaron y pronunciamiento de la Comisión en caso de observaciones a los mismos.

3)      Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

4)      Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

5)      La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

6)      Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido.

7)      La proposición fundada de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación.

La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.

Durante el proceso de evaluación la CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Con excepción de la situación precedentemente descrita, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la CORPORACIÓN.

La Comisión de Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura o de evaluación de las ofertas pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases. 

III.- EVALUACIÓN

ARTÍCULO N° 18                   CRITERIOS DE EVALUACIÓN

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos solicitados en las Bases, continuará con el proceso de evaluación de la presente licitación, debiendo detallar los servicios en su propuesta. El oferente que no cumpla con los requisitos mínimos solicitados no continuará con el proceso de evaluación. La CORPORACIÓN declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones en las presentes bases.

La evaluación de la oferta se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes criterios:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

  1. Evaluación Económica.

80%

  1. Experiencia del proveedor.

12%

  1. Condiciones Laborales y Remuneraciones Otorgadas por el Oferente a sus Trabajadores.

5%

  1. Cumplimiento de requisitos formales.

1%

  1. Programa de Integridad.

2%

 

Definición de criterios y asignación de puntajes:

A continuación, se analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes bases:

1.- Evaluación Económica (80%): Para la evaluación económica se considerará la suma de dos subcriterios en base a las siguientes fórmulas:

TOTAL, COSTO DEL SERVICIO POR 24 MESES= (Menor valor TOTAL, COSTO DEL SERVICIO POR 24 MESES / Valor TOTAL, COSTO DEL SERVICIO POR 24 MESES Evaluado) * 100

El puntaje obtenido se ponderará por el 80%.

2.- Experiencia del proveedor (12%): Este criterio se evaluará en función de la experiencia del proveedor en cantidad de contratos de servicios de similares características sobre los $50.000.000.- en los últimos 3 años desde publicado el presente proceso en Mercado público.

 

Servicios similares durante los últimos 3 años

(Sólo se considerarán contratos sobre $50.000.000)

Puntos

15 o más contratos

100

10 a 14 contratos

50

1 a 9 contratos

10

Sin experiencia comprobable.

0

No se considerarán para efectos de evaluación aquellas experiencias que no tengan relación con lo solicitado en la presente licitación.

Para efectos de evaluación, solo se considerarán contratos que se encuentren finalizados o con más de un 50% de ejecución a la fecha de cierre de recepción de ofertas.

No se considerarán como válidas facturas u otros instrumentos distintos a los señalados precedentemente, para acreditar Experiencia, solo documentos que CERTIFIQUEN una RECEPCION CONFORME del servicio prestado, todo otro documento se considerará complementario para validar la prestación del servicio “Similar”.

La Corporación se reservará el derecho de consultar con el mandante la veracidad de los servicios prestados y/o verificar su veracidad o validez a través de cualquier otro mecanismo, como por ejemplo descargar la orden de compra o ID de la Licitación, u otros antecedentes de Mercado Público. La documentación en donde no sea posible verificar la experiencia, porque no ha sido acreditada, no será considerada en la respectiva evaluación.

El puntaje obtenido se ponderará por el 12%.

3.- Condiciones Laborales y de Remuneraciones otorgadas por el oferente a sus trabajadores (5%): La evaluación de este criterio se realizará a partir de la información entregada por el proponente conforme a lo informado por el oferente en el Anexo Nº4debidamente firmada por el representante legal de la empresa y por un representante de los trabajadores, lo cual debe ser acreditado por el oferente adjudicado adjuntando los contratos de trabajo de los trabajadores que prestarán servicios en los Centros de Salud de la CORPORACIÓN, evaluándose de la siguiente forma:

3.1        Sueldo líquido mensual ofrecido (4%):

Mejores Remuneraciones

Puntaje

Sueldo líquido mensual Guardias (4%)

Sueldo liquido mensual Guardias=

(“Sueldo liquido mensual GuardiasEvaluado / Mayor “Sueldo liquido mensual Guardias) * 100

Nota: Se declararán inadmisibles todas las ofertas que contengan un sueldo mínimo menor al establecido por ley, en cualquier momento de la Evaluación de ofertas, desde el acto de Apertura en adelante.

3.2      Condición contractual (1%):

Mejores Condiciones Contractuales

Puntaje

Más del 75% de los guardias con contrato indefinido

100

Entre un 50% y un 75% de los guardias con contrato indefinido

75

Entre un 25% y un 49% de los guardias con contrato indefinido

50

Igual o Menor de un 24% de los guardias con contrato indefinido

0

 

Puntaje Final: (Sueldo líquido mensual ofrecido (4%) + Condición contractual (1%))

4.- Cumplimiento de requisitos formales (1%):

Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla:

FACTOR A EVALUAR

PUNTAJE

La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.

100

La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.

0

El puntaje obtenido se ponderará por el 1%.

5.- Programa de integridad y Compliance (2%)

Este criterio de evaluación considera que el proveedor deberá señalar en el Anexo N°6“Declaración Jurada Programa de Integridad y Compliance” si cuenta con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio y posteriormente, la ejecución del servicio.

Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0.

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Cuenta con Programa de integridad

100

No cuenta con Programa de Integridad

0

El puntaje se ponderará por el 2%.

Consideraciones adicionales respecto al puntaje final.

Comportamiento contractual anterior:

La evaluación al comportamiento contractual tiene por OBJETO DESCONTAR PUNTAJE, respecto del total obtenido, aplicando la pauta de evaluación, considerado la información proporcionada por el "Historial de comportamiento contractual" de la plataforma Chile Proveedores.

TIPO SANCIÓN

PUNTAJE PARA DISMINUIR

1

Termino anticipado unilateral de contrato por causas imputables al contratista u oferente

-5 PUNTOS POR CONTRATO.

Cada puntaje indicado en la tabla precedente se deberá considerar por cada "término anticipado unilateral del contrato", que presente el proveedor, EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 15 PUNTOS.

Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.

 

En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación Experiencia del Proveedor”, y si aún persistiera el empate, a quién tenga mayor puntuación en “Condiciones Laborales y de Remuneraciones otorgadas por el oferente a sus trabajadores”.

Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.

IV.- ADJUDICACIÓN

ARTÍCULO N° 19                   ADJUDICACIÓN

La presente licitación podrá ser adjudicada a un solo oferente. En ningún caso se podrá adjudicar un mismo servicio a dos o más oferentes una misma línea de licitación.

De las propuestas seleccionadas la CORPORACIÓN, adjudicará a la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje ponderado.

La CORPORACIÓN, resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el cronograma contenido en el artículo 5º de estas Bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

La CORPORACIÓN, rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

Se revocará la licitación en el caso de que existan errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases.

Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en los siguientes casos:

  1. Si no se presentan ofertas.
  2. Si todas las ofertas son inadmisibles en conformidad al artículo 14º de estas Bases.
  3. Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora.
  4. Si el servicio ofertado no es conveniente para los intereses de la CORPORACIÓN:
  • Por no cumplir con las características técnicas requeridas;
  • En razón de que los precios ofertados no son favorables en relación con el presupuesto disponible para la licitación.
  • Por otras razones que deberán ser debidamente justificadas y fundamentadas por la Comisión Evaluadora.

El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte de la CORPORACIÓN de una propuesta presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato, según sea el caso.

Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases.

Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información.

ARTÍCULO N° 20                   READJUDICACIÓN

Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases:

  1. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en el artículo 22° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas según lo establecido en ese mismo artículo;
  2. Si el adjudicatario no suscribe el contrato conforme con lo exigido en el artículo 23° en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción; 
  3. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 15° y 21º.

En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la adjudicación readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN.

El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 21º de estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.

La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl

V.- CONTRATO

ARTÍCULO N° 21                   CONTRATO

Resuelta la adjudicación de la licitación, y al momento de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a)       Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. El Proveedor adjudicado tendrá 5 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio www.mercadopublico.cl, para habilitarse en el registro indicado.  En el caso de la Unión Temporal de Proveedores cada proveedor de dicha unión deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

b)      Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 22º de estas Bases, si así fuera exigible conforme a lo previsto en estas Bases.

c)       Entregar todos los documentos que solicite la CORPORACIÓN o quien esté a cargo para la elaboración del contrato, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso.  

d)      En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá:

1) Acreditar que la vigencia de dicha unión no es inferior a la del contrato adjudicado.

2) Acreditar que el acuerdo consta por escritura pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o escritura pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM.

e)      Documento vigente emitido por una institución (por ejemplo, la Dirección del Trabajo) o empresa, que acredite fehacientemente que el adjudicado no registra reclamos ni denuncias por incumplimiento de obligaciones laborales ni previsionales pendientes.

f)        Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo.

ARTÍCULO N° 22                  

GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El proveedor adjudicado deberá garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato mediante una caución o garantía. Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:

Beneficiario

Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7

Pagadera

A la vista

Tipo

Irrevocable, sin ningún condicionamiento, debiendo también permitir su ejecución para el cobro de las eventuales multas

Vigencia mínima

La vigencia de la garantía deberá exceder en sesenta (60) días corridos al plazo de duración del contrato. La extensión o reemplazo deberá ser efectuado por el Proveedor con a lo menos 30 días corridos de anticipación al plazo de vencimiento previsto en el documento. El incumplimiento de esta obligación será estimado como incumplimiento grave y dará lugar a la ejecución inmediata de la garantía de fiel cumplimiento. Corresponderá a la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN verificar el efectivo cumplimiento de esta obligación por parte del Proveedor

Expresada en

Pesos chilenos, UF o UTM.

Monto

10% del monto total adjudicado

Glosa

“Para garantizar el fiel cumplimiento del contrato del Servicio de Guardias de Seguridad para los Centros de Salud de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia y para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones sociales y laborales con los trabajadores de los contratantes”

Otros requisitos

En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje

Forma y oportunidad de su restitución

Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá el respectivo informe de cumplimiento entendiendo, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles

La garantía de fiel cumplimiento del contrato en el caso de ser un documento físico deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas en la Unidad de Tesorería. En el caso de ser un documento digital, este deberá ser enviado a tesoreria@cdsprovidencia.cl, con copia a ctorres@cdsprovidencia.cl y el correo de la persona que la solicito.

La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 7 días hábiles siguientes a la adjudicación. En caso de que la garantía adolezca de algún error u omisión, la entrega podrá extenderse por 3 días hábiles.

La falta de entrega de esta garantía será causal para dejar sin efecto la adjudicación y proceder a la readjudicación o declaración de desierta, según el caso.

ARTÍCULO N° 23                  SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Se deberá celebrar el respectivo contrato dentro del plazo señalado en este artículo, el cual contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la CORPORACIÓN y será suscrito por éste y la persona natural adjudicada o el representante legal de la entidad adjudicataria, según corresponda, debiendo ésta informar el nombre del o los representantes legales que comparecerán a la suscripción del contrato. Para todos los efectos del contrato, la CORPORACIÓN fijará su domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago.

Para tales efectos la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días hábiles contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información y previa verificación en dicho Sistema del efectivo cumplimiento del requisito previsto en la letra a) del artículo 21º de estas Bases, enviará al Proveedor adjudicado un aviso vía correo electrónico a la dirección de correo electrónico informado por éste último en su oferta, para que retire el contrato en la CORPORACIÓN, ubicado en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Contado desde la fecha de envío del referido correo electrónico el proveedor dispondrá del plazo de 3 días hábiles para efectuar el retiro del contrato y ulterior devolución del mismo debidamente suscrito.  Cabe destacar que el proveedor deberá entregar las garantías exigidas al menos 1 día antes de la firma del contrato, ya que, en su defecto, éste no podrá ser firmado hasta contar con la recepción de las garantías por parte de la corporación.

Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria serán publicados en el Sistema de Información. Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.

El contrato podrá ser modificado de común acuerdo por las partes y en el caso que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades de la Corporación lo cual deberá ser justificado.

En ningún caso la modificación podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado. Si en la contratación original el Proveedor debió entregar garantía de fiel y cabal cumplimiento y la modificación del contrato consiste en un aumento en el monto del mismo, entonces el Proveedor deberá cumplir con la entrega de una garantía de fiel y cabal cumplimiento que caucione dicho aumento en los mismos términos y condiciones previstos en el artículo 22° de estas Bases.

Toda modificación al contrato deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo.

ARTÍCULO N° 24                  MODALIDAD DEL CONTRATO Y PAGOS

El contrato a que dará origen la presente licitación será un contrato de servicio, entendiéndose por tal aquel por el cual el Proveedor se obliga a cumplir la prestación a la CORPORACIÓN del “SERVICIO DE GUARDIAS DE SEGURIDAD PARA LOS CENTROS DE SALUD DE LA CORPORACION DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA” en precio, calidad y lugar acordados según los requerimientos de la CORPORACIÓN,  hasta por el monto máximo adjudicado y según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°3 Presentación de la Oferta Económica, de las presentes Bases.

El precio se pagará conforme a lo establecido en las Bases Económicas y acorde a lo ofertado por el proveedor en el Anexo N°3.

ARTÍCULO N° 25                   VIGENCIA DEL CONTRATO E INICIO DE LOS SERVICIOS

El contrato comenzará a regir a contar de la fecha indicada como inicio del servicio en el contrato y hasta por un periodo de 24 meses.  

El oferente adjudicado se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de estas Bases. En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio del contrato en el Sistema de Información, la CORPORACIÓN deberá remitir al oferente adjudicado copia de aquel mediante carta certificada dirigida al adjudicatario, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente a la recepción de dicha carta en la oficina de correos que corresponda.

En caso de que no tenga lugar la celebración de un contrato, la contratación empezará a regir a contar de la fecha de aceptación de la respectiva orden de compra por parte del proveedor adjudicado, la cual sólo será emitida una vez totalmente tramitado el acto administrativo de adjudicación y siempre que aquel haya dado cumplimiento a las exigencias del artículo 21° de estas Bases según corresponda.

ARTÍCULO N° 26                  CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización de la CORPORACIÓN, el Proveedor podrá efectuar las subcontrataciones que sean necesarias para el cumplimiento del suministro contratado. No obstante, la subcontratación deberá ser parcial, conforme con lo dispuesto en el artículo 76 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La CORPORACIÓN tendrá la facultad de requerir información de acerca de los servicios subcontratados.

El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución del suministro materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la CORPORACIÓN, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la CORPORACIÓN.

Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que CORPORACIÓN así lo requiera, el Proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.

El incumplimiento reiterado del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, en los términos previstos en el artículo 28º de las Bases, será estimado como incumplimiento grave y facultará a la CORPORACIÓN para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 28° de estas Bases y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato pertinente. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.

VI.- MULTAS

ARTÍCULO N° 27                  CONDICIONES DE MULTA

La Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que éste haya incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato o que le impone la Ley.

El monto de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la magnitud de la infracción pudiendo llegar hasta un 20% del total del contrato. En tal caso, la Corporación podrá poner término anticipado del contrato en virtud de lo indicado en el artículo de 28° de estas Bases de Licitación, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Estas multas se fijarán en UTM.  El valor de la UTM será establecido de acuerdo a la fecha de notificación de la infracción correspondiente.

Causales y montos de multa:

  1. Multa muy grave: la que será sancionada con 10 UTM, con un tope de 100 UTM en un período de un año

a)       Acción u omisión por parte del personal de guardias que facilite la comisión de ilícitos que signifiquen daños, pérdidas y deterioros a:

  • Personal de la CORPORACIÓN, o a sus bienes muebles
  • Bienes muebles e inmuebles pertenecientes a la CORPORACIÓN.
  • Terceros que se encuentren bajo custodia de la CORPORACIÓN.

b)      Falsificación o adulteración de las firmas del personal de turno.

c)       Desarrollar los servicios de seguridad sin haber presentado la directiva de funcionamiento ante la Prefectura de Seguridad Privada de Carabineros de Chile y estar aprobada por esta Entidad.

  1. Multa grave: la que será sancionada con: 5 UTM (por cada vez que se detecte la infracción), con un tope de 50 UTM en un período de un año.

a)       Mantener trabajando en las instalaciones de la CORPORACIÓN, personal de seguridad sin poseer registro como guardia de seguridad privada acreditado en la Dirección de Seguridad Privada de Carabineros de Chile o Entidad a fin.

b)      Dos o más puestos no cubiertos y/o no reemplazados con personal nuevo al cabo de 4 hrs. de ausencia del personal correspondiente, que se considera día de ausencia completo.

c)       Trato impropio par parte de un guardia al público o a un funcionario de la CORPORACIÓN (Hechos comprobados).

d)      Sorprender a un guardia de turno durmiendo o no estando debidamente atento a la vigilancia del lugar que le fue encomendado (Hechos comprobados con declaración de dos testigos o cámara de vigilancia).

e)      Abandono de un guardia de su lugar de trabajo.

f)        incumplimiento Grave de los instructivos y Procedimientos internos.

g)       No prestar auxilio o protección a quien lo solicita y que sea justificado, coma así mismo, mantener una actitud pasiva ante un requerimiento de seguridad que le sea observado o solicitado.

h)      No informar en forma oficial a la CORPORACIÓN de aquellos hechos observados por el personal de la empresa y que constituyan delitos o situaciones que afectan la seguridad de los inmuebles.

  1. Multa leve: la que será sancionada con 2 UTM (por cada vez que se detecte la infracción), con un tope de 20 UTM en un período de un año.

a)       Retiro de un guardia de su lugar de trabajo sin hacer entrega del turno a su cargo

b)      Presentación de un guardia:

  • Sin uniforme.
  • Sin equipamiento correspondiente a sus labores.
  • Con uniforme y/o equipamiento incompleto.
  • Con inadecuada presentación personal.

c)       Abandono de una facción de seguridad.

d)      incumplimiento Leve de los instructivos y Procedimientos de la CORPORACIÓN.

e)      Un puesto no cubierto y/o no reemplazado con personal nuevo al cabo de 4 hrs. de ausencia del personal correspondiente, que se considera día de ausencia completo.

f)        La no entrega al Administrador del Contrato de la CORPORACIÓN, par parte de la empresa contratista, el día antes al inicio de la prestación del servicio, de una nómina del personal que trabajara en los recintos de la CORPORACIÓN, que incluya su nombre, dirección actualizada, cédula nacional de identidad.

g)       Dar orientación médica a las pacientes y sus acompañantes.

h)      Emitir juicios respecto de la calidad de la atención de los establecimientos, en cualquier circunstancia o condición.

i)        Registrar, manipular o dar información al público, de los registros llevados por los funcionarios de la CORPORACIÓN, sea de tipo médico o administrativo.

j)        Efectuar acciones como leer, comer, fumar, beber alcohol, escuchar música o ver T.V., en horario de trabajo.

k)       Permanecer o realizar sus labores en sectores, recintos o mesones de atención de funcionarios, salvo previa autorización de los directores de los recintos.

l)        Instalarse en las secretarias, recepciones de pacientes u oficinas de funcionarios descuidando sus labores.

m)    Sostener conversaciones con el público, que no correspondan con labores habituales de orientación o con los funcionarios del establecimiento que no se refieran específicamente a situaciones puntuales relacionadas con la seguridad y vigilancia del sector a cargo para resguardar.

n)      Abandonar sus puestos de trabajo para sostener conversaciones entre los mismos guardias de seguridad

  • o)      Discutir con personal de la CORPORACIÓN (de modo grosero y con actitudes agresivas), quedando la solución de los problemas al jefe de turno de la empresa.

p)      Ocultar información respecto de irregularidades que atenten contra los bienes de la CORPORACIÓN y sus funcionarios o el servicio prestado por la institución.

q)      Tener una conducta poco decorosa que empañe la imagen de la CORPORACIÓN.

r)        Agredir verbal o físicamente al público, pacientes o funcionarios, en situaciones conflictivas, para ello deberán remitirse a los procedimientos internos para este tipo de situaciones, amparados par la Ley.

s)       Hacer caso omiso a órdenes dadas por los directores de los centros.

t)        Realizar cualquier tipo de actividades o acciones personales par parte de los guardias de seguridad que no tengan relación expresa con la labor de seguridad y vigilancia encomendada a la empresa, dentro de los recintos, cualquiera que sea el horario.

u)      Realizar cualquier tipo de cobro en el ingreso de pacientes, de vehículos, entre otros, o lucrar a costa de las pacientes en cualquier circunstancia.

v)       Permitir el ingreso de vehículos no autorizados al interior de los recintos.

w)     Permitir el estacionamiento de otros vehículos en lugares reservados para las funcionarios o directivos de la CORPORACIÓN.

x)       Alimentar o cobijar perros o cualquier tipo de animal.

y)       Utilizar o instalarse en las salas de descanso del personal del establecimiento, para sí mismo u otras personas utilizando los recursos de la CORPORACIÓN sin la debida autorización: fotocopiadora, computadores, teléfonos, materiales de escritorio, entre otros, salvo aquellos dispuestos para la entrega del servicio contratado.

z)       Solicitar móviles de ambulancias u otros servicios sin que exista una petición dada par personal responsable de los recintos, a excepción de emergencias evidentes.

aa)   Desproteger la zona de trabajo en los cambios de turnos (relevos) o para colaciones, retirándose de sus funciones antes de que se presente un relevo o en el caso de colaciones antes de que se cubran las zonas para el personal programado.

bb)  Desproteger las zonas de trabajo en cualquier situación, condición o circunstancia.

cc)    No usar los elementos de seguridad y de comunicaciones establecidos.

dd)  Facilitar las llaves a su cargo a personal de la CORPORACIÓN u otros, sin la autorización correspondiente, o a funcionarios de otras áreas. En todos los casos, estas entregas deben quedar registradas en el Libro de novedades con la firma de quien recibe y de quien entrega.

ee)   Entregar cualquier tipo de información. De ningún modo la Empresa y sus empleados pueden realizar declaraciones a los medios de comunicación, entregar información clasificada respecto del funcionamiento o ubicación de sectores sensibles de los recintos; o entregar información de siniestros cometidos en su interior; mostrar sin autorización las cintas de videos de registro, si las hubiere. Esta información solo podrá ser manejada par el Administrador del Contrato o en su defecto, los directores de cada centro, si se trata de horarios no hábiles, quien autorizará la entrega de la información a quien corresponda.

ff)      Cambio del personal sin previo aviso por escrito al Administrador del Contrato con todos los antecedentes requeridos.

Nota: En caso de llegar a los topes indicados en cada multa, la Corporación podrá poner término anticipado a la contratación.

  • Procedimiento de aplicación de multa

Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases, la CORPORACIÓN aplica multas, termina anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas contempladas en las bases y contrato respectivo, tendrá lugar el procedimiento para la aplicación de medidas previsto en este artículo.

En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, la CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante el envío de un correo electrónico indicándole los hechos que configuren el(los) incumplimiento(s) y la(s) sanción(es) que resulta(n) aplicable(s).

A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

La CORPORACIÓN acogerá total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, luego de ello dictará el respectivo acto administrativo aplicando la multa.

Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CORPORACIÓN tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente, vía correo electrónico.

  • Pago de las Multas

Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente:

  1. Las multas aprobadas deberán ser pagadas por el proveedor en el plazo de 10 días hábiles.

  1. El proveedor deberá pagar la respectiva multa mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la Corporación, conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa.

  1. Vencido el plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya efectuado, se pondrá término anticipado de la contratación conforme a lo previsto en el artículo 28° de las presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales que le pudieren corresponder a la CORPORACIÓN en contra del Proveedor y de informar a la Dirección de Chile Compras a efectos que su mal comportamiento quede registrado en su ficha histórica cuando se realice la evaluación anual de los proveedores del Estado. Si este fuese el caso, se procederá con el cobro de garantía de fiel cumplimiento de contrato en su totalidad.

VII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

ARTÍCULO N° 28                  TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

Mediante Resolución fundada la CORPORACIÓN podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:

a)       Si el PROVEEDOR se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.

b)      Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

c)       En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

d)      Si los servicios, materia de esta licitación, no cumplen con las características exigidas en las Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado.

e)      Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor máximo de multas establecido en el artículo 27° de estas Bases; incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado; en todos los casos previstos en el artículo 27° de estas Bases en que la aplicación de multas o incumplimiento conlleva el término anticipado del contrato; y en todos los casos en que conforme a lo previsto en las presentes Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado del contrato.

f)        La no renovación de la garantía en los casos previstos en las presentes Bases.

g)       El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123.

h)      Si el servicio licitado en caso de corresponder son objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración del contrato y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor o contratante iguale el precio.

i)        Por caso fortuito o fuerza mayor.

j)        Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.

k)       Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al contrato.

l)        En caso de llegar a los topes indicados en cada multa, la Corporación podrá poner término anticipado a la contratación.

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras h), i), j, y k), en el evento de haberse entregado garantía de fiel cumplimiento atendido el monto de la contratación, la CORPORACIÓN podrá cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza.  Sin perjuicio de lo anterior, la CORPORACIÓN ejercerá todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor por su incumplimiento.

La CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada adjuntando copia de la resolución que dispone el término anticipado. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en el Registro de Proveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.

ARTÍCULO N° 29                  SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

Por la naturaleza del contrato este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia.

BASES ECONÓMICAS

ARTÍCULO N° 30                  PRESUPUESTO Y OFERTA ECONÓMICA

El presupuesto referencial disponible para la presente licitación asciende a la suma total de                   $180.650.618.- (ciento ochenta millones seiscientos cincuenta mil seiscientos dieciocho pesos) impuestos incluidos.

La propuesta económica por la contratación del Servicio de Guardias de Seguridad para los Centros de Salud de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia”, deberá ser expresada en pesos chilenos y deberá ser declarado debidamente en el Anexo N°3, cuyo valor será considerado para la evaluación deberá incluir cualquier otro costo asociado a otro rubro. Lo anterior será evaluado según lo estipulado en el artículo 18° de las presentes Bases de Licitación.  

La oferta económica se ingresará a través del Sistema de Información por la contratación delServicio de Guardias de Seguridad para los Centros de Salud de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia” expresado en moneda nacional y según valores solicitados. En caso de no existir concordancia entre el valor ingresado en Portal de Mercado Público y lo declarado en el Anexo N°3, se considerará lo declarado en este último documento.

El valor mensual se modificará proporcionalmente cada vez que exista un reajuste del salario mínimo fijado por ley. Adicionalmente, se ajustará transcurridos 12 meses de contrato, un reajuste proporcional al acumulativo de los últimos 12 IPC mensuales declarados por el INE, que se comenzará a aplicar para el pago N°13 correspondiente al mes 13 de la ejecución del servicio.

Respecto a la solicitud de horas extras o adicionales en los centros contratados, estas se deberán solicitar por el Director/a del Centro de Salud respectivo (previa autorización por correo electrónico del Administrador del Contrato) al coordinador de la empresa adjudicada mediante correo electrónico.

La solicitud mínima será de media hora y podrá ir aumentando en tramos de 15 minutos, es decir, 30 minutos, 45 minutos, una hora y así sucesivamente. 

Respecto al pago de horas extras o adicionales en los centros contratados, se deberá cobrar y facturar en relación al sueldo declarado y respecto al mínimo legal por el concepto de pago de “hora extra” determinado por la Dirección del Trabajo. 

 

ARTÍCULO N° 31                  CONDICIONES DE PAGO

Se procederá a realizar el pago mensual conforme a los servicios otorgados por el adjudicatario, de acuerdo al valor indicado en la oferta adjudicada, considerando lo siguiente:

  1. Deberá emitir una factura por cada centro y establecimiento por separado, las facturas deberán ser enviadas por correo electrónico, según indique la unidad técnica, en un plazo máximo de 10 días corridos posterior a la realización del servicio y se deberán adjuntar:

  • Certificado de la Inspección del Trabajo acreditando que no registra reclamo ni denuncia en relación a sus obligaciones correspondientes a los trabajadores que prestan servicio en este contrato, Certificado F30.
  • Certificado F30-1, según corresponda o sea solicitado.

  1. El pago de los servicios se efectuará a 30 días corridos posterior a la recepción conforme de la documentación anteriormente detallada. La factura debe ser emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7.

 

  1. Por cada establecimiento deberá presentar 1 factura, facturar de manera independiente los 5 establecimientos, indicando claramente el nombre y dirección de la dependencia.

BASES TÉCNICAS

ARTÍCULO N° 32                  SERVICIO REQUERIDO

El servicio a contratar mediante la presente licitación considera a los siguientes centros y establecimientos administrados por la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, los cuales corresponden a:

ESTABLECIMIENTO

CANTIDAD DE GUARDIAS EN LAS JORNADAS

DIRECCIÓN

HORARIO

Farmacia Comunitaria

1

Avda. Salvador 1029, Providencia

Lunes a viernes de 09:00 a 19:30 horas.

Sábado de 09:00 a 13:30 horas.

SAPU El Aguilucho

1

Av. El Aguilucho 3235, Providencia

Lunes a jueves de 17:00 a 00:00 horas.

Viernes de 16:00 a 00:00 horas.

Sábado, domingo y festivos de 08:00 a 00:00 horas.

CESFAM El Aguilucho

1

Av. El Aguilucho 3292, Providencia.

Lunes a viernes de 11:00 a 20:00 horas.

CESFAM Dr. Alfonso Leng

1

Av. Manuel Montt 303, Providencia

Lunes a viernes de 11:00 a 20:00 horas.

CESFAM Dr. Hernán Alessandri

1

Av. Los Jesuitas 857, Providencia

Lunes a viernes de 11:00 a 20:00 horas.

Deberán mantenerse siempre un guardia por turno. Los turnos deberán respectar la legislación vigente. La CORPORACIÓN podrá solicitar guardias de seguridad en horarios distintos a los informados precedentemente, como también incluir nuevos centros, para lo cual se pagará en relación a los valores ofertados.

Será responsabilidad de la empresa tener siempre un guardia presente en los horarios indicados en cada establecimiento.

ARTÍCULO N° 33      DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.

1.     DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS

Se requiere Servicio de Guardias de Seguridad para resguardar, prevenir agresiones y malos tratos a los funcionarios y usuarios, como también de las instalaciones de los centros de salud pertenecientes a la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, con la finalidad de generar medidas de seguridad que eviten incidentes (robos, sustracciones, entre otros).

1.1 OBJETIVOS

Dar cumplimiento a los requerimientos del centro de salud y mantener permanentemente el servicio de atención, sin sufrir interrupciones, tanto en el control de ingreso de pacientes, personal autorizado, cierres perimetrales, salida de artefactos o instrumentos, control de vehículos y otros que tengan relación a la seguridad de las instalaciones. Toda esto observando estrictamente la legalidad vigente.

1.2 RESPONSABILIDAD DE LA EMPRESA

El proveedor adjudicatario es la encargada de la vigilancia y seguridad integral de las instalaciones (la seguridad privada se encarga solo del perímetro interior de las instalaciones, el exterior es responsabilidad de la seguridad pública) de los centros de salud.

Por tanto, ante incidentes en el interior de los centros en los cuales se demuestre que existió responsabilidad o negligencia de la empresa, ésta deberá responder con multas de acuerdo a lo estipulado en las presentes bases.

El proveedor adjudicatario deberá presentar un "Manual de Procedimientos de Seguridad", orientado a la implementación de mecanismos precautorios que eviten posibles incidentes en las dependencias dentro del primer mes de la ejecución del servicio. Este procedimiento deberá ser evaluado con anterioridad a su puesta en marcha por el Administrador del Contrato de esta CORPORACIÓN o a quien designe en su representación.

Además, la empresa adjudicataria deberá considerar el disponer de un punto de marcación que respalde que se realizan las tareas de vigilancia en cada uno de los centros de salud, lo cual se corroborará a través de informes semanales detallados en donde se notifiquen las novedades en cada uno de los centros.

La empresa adjudicataria deberá debe contar con la Directiva de Funcionamiento aprobada y tramitada ante la Prefectura de Seguridad Privada respectiva, además de realizar todas las modificaciones que sean necesarias durante la vigencia del contrato para dar continuidad a la aprobación de dicha Directiva.

La empresa adjudicataria deberá procurar mantener actualizadas las capacitaciones de su personal, especialmente la que dice relación con el curso de formación de guardia de seguridad privada y curso de reentrenamiento.  A ello, se deben acompañar las credenciales que autorizan al personal a trabajar coma guardias de seguridad privada.

 

1.3 REQUERIMIENTOS BÁSICOS

Los oferentes deberán contar con la autorización vigente para desempeñarse como Empresa de Recursos Humanos en materias inherentes a la Seguridad Privada. Toda lo anterior conforme al Decreto Ley N°3.607 de 1981, D/S N° 93 de 1985, DS N° 867 de 2018 y Manual Operativo en Materias de Seguridad Privada y otras normativas aplicables.

Aquellos oferentes que no cuenten con esta autorización vigente o que no adjunten el respectivo documento de respaldo para el periodo contemplado en este proceso licitatorio, su oferta será considerada inadmisible en el proceso licitatorio.

1.4 FUNCION DE LOS GUARDIAS

Los oferentes deberán asegurar el cumplimiento de las siguientes funciones por parte de los Guardias:

  • Controlar el ingreso y salida de personas al recinto, durante los horarios establecidos.
  • Vigilar constantemente la circulación de personas y vehículos al interior del recinto para impedir incidentes que atenten contra los funcionarios y usuarios.
  • Revisar y controlar en forma permanente los cierres perimetrales del establecimiento.
  • No permitir el ingreso al establecimiento de personas ajenas al quehacer de los centros (vendedores u otros), a excepción de personas expresamente autorizadas por los directores de cada recinto.
  • El servicio deberá contemplar la realización de las tareas definidas previamente en su procedimiento de trabajo elaborado y acordado entre las partes.
  • Controlar la salida de cualquier equipo, artefacto o instrumentos desde el establecimiento, permitiendo su salida solo con la autorización del director del centro y dejándolo expresamente indicado un libro de novedades, las cuales serán informadas semanalmente como se indicó anteriormente.

1.5 ACREDITACIÓN DEL PERSONAL

La empresa adjudicada debe presentar la siguiente documentación del personal que prestará servicios:

a)       Copia cédula de identidad o similar.

b)      Curriculum vitae.

c)       Copia de credencial de guardia de seguridad y/o certificado de aprobación del curso de formación o reentrenamiento.

d)      Certificado de estar realizando el curso de formación o reentrenamiento (válido por el período de vigencia del curso).

e)      Todos las antecedentes que deban ser acreditados según lo requerido en las presentes bases.

La CORPORACIÓN, se reserva el derecho de rechazar la prestación de aquellas personas que no cumplan los requisitos requeridos para prestar el servicio, de acuerdo a los requerimientos de las bases técnicas del presente llamado a licitación.

Así mismo, cualquier cambio de personal deberá ser previamente informado por escrito a la CORPORACIÓN con todos las antecedentes requeridos anteriormente. Lo contrario será considerado un incumplimiento y estará afecto a una sanción, cada vez que esto suceda.

Es importante mencionar, que será responsabilidad de la empresa adjudicataria mantener actualizados toda la documentación solicitada para cada uno de sus empleados que presten servicio dentro de la CORPORACIÓN.

1.6 ORGANIZACIÓN DEL PERSONAL

La empresa adjudicataria, deberá cautelar que los servicios prestados se realicen conforme a lo establecido en el contrato y en las bases administrativas y técnicas, para ello deberá designar un supervisor de contrato, quien deberá realizar visitas presenciales mínima 1 vez cada quince días y/o cuando se requiera.

La CORPORACIÓN, podrá exigir el cambio de alguno de los guardias de seguridad y/o del supervisor sin expresión de causa, estando la empresa obligada a reemplazarlo a la brevedad.

La empresa adjudicataria deberá comunicar con una antelación de 48 horas cuando realice reemplazo de personal, el cual debe cumplir con los mismos requisitos solicitados en las presentes bases.

La empresa adjudicataria deberá garantizar la presencia del personal de vigilancia en los puestos de trabajo y en los horarios definidos en la presente licitación. Sera responsabilidad de la empresa adjudicataria, reemplazar a los ausentes en un plazo de 4 horas hábiles.

El personal de Seguridad y Vigilancia deberá estar preparado para efectuar su trabajo en la hora señalada por cada servicio, por esto deberá estar presente en su lugar de trabajo con la debida antelación para cumplir con el horario correspondiente al turno, siendo obligatorio el registro en los libros de asistencia dispuestos por la empresa para registrar su llegada y salida.

En caso de solicitarse servicios adicionales, éstos deben cumplir con los mismos estándares indicados precedentemente.

Sera obligación esencial y permanente de la empresa, mantenerse en funcionamiento con sujeción estricta a la normativa vigente aplicable a los servicios de vigilancia, protección y/o seguridad, durante el período de vigencia del contrato, para tales efectos siempre deberá proporcionar sin más trámite a la CORPORACIÓN los antecedentes que al respecto esta le requiera.

1.7 SEGURIDAD DE LOS TRABAJADORES

La empresa adjudicataria será responsable de entregar los elementos de protección personal a su personal para cumplir con la normativa vigente de acuerdo a la naturaleza de sus funciones.

Cualquier incumplimiento de lo establecido, será sancionado por la CORPORACIÓN, sin perjuicio de las sanciones impuestas por organismos fiscalizadores, siendo de cargo del contratista el pago de las multas impuestas por el no uso (o uso indebido) por parte de sus trabajadores de los elementos de protección personal, así como de las acciones legales que estos hagan efectivas por esta materia. En forma mensual, la empresa deberá entregar un informe detallado de los accidentes de sus trabajadores, si es que los hubiere, indicando la causa de la lesión y otras situaciones que sean necesarias informar.

Por otra parte, la empresa adjudicada deberá contratar un seguro de vida en favor de cada uno de los trabajadores que presten servicio en la CORPORACIÓN, cuyo monto no podrá ser inferior al equivalente de 75 Unidades Tributarias Mensuales, según lo indica el D/S 93, de 1985.

1.8 EXPERIENCIA DEL PERSONAL

La empresa adjudicataria deberá disponer de personal capacitado según lo indicado en las presentes bases, en caso contrario, si llegasen a detectarse deficiencias en el servicio prestado, por causa de déficit de personal, baja calidad de la gestión, falta de profesionalismo, frecuentes distracciones en la ejecución del servicio, entre otros, la CORPORACIÓN podrá exigir los cambios o rotaciones de personal necesarios o solicitar el reemplazo del personal.

1.9 CARACTERISTICAS DEL PERSONAL DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA

Se deberán considerar los siguientes aspectos:

  • Experiencia del personal, mínima de un año en labores de guardia de seguridad, lo cual debe ser respaldado con la documentación correspondiente.
  • El personal debe contar con el curso de formación aprobado ante el OS-10 de Carabineros de Chile al día.
  • El personal de seguridad deberá permanecer uniformado durante todo su turno y portará en todo momento a la vista, su credencial vigente otorgada par la Dirección de Seguridad Privada de Carabineros Chile.
  • El uniforme deberá ser acorde a la estación del año y cumplir con las señalado en el DS N° 867 en estas materias.
  • El personal de seguridad no podrá portar armas de fuego, de aire comprimido, hechizas, réplicas de armas de fuego, armas de fantasías, armas blancas o de cualquier otro tipo para ejecutar su trabajo.
  • La empresa adjudicataria deberá proveer a su personal de todos los elementos necesarios para realizar labores de vigilancia.

1.10 PROHIBICIONES EXPRESAS

La empresa de seguridad y su personal no podrán realizar lo siguiente:

  • Efectuar acciones como leer, comer, ingerir alcohol, fumar, escuchar música o ver T.V., en horario de trabajo como guardia de seguridad y vigilancia.
  • Instalarse en las secretarías, recepciones de pacientes u oficinas de funcionarios descuidando sus labores.
  • Abandonar sus puestos de trabajo para sostener conversaciones entre los mismos guardias de seguridad.
  • Discutir con personal de la CORPORACIÓN.
  • Ocultar información respecto de irregularidades que atente contra los bienes de la CORPORACIÓN y sus funcionarios.
  • Tener una conducta poco decorosa que empañe la imagen de la CORPORACIÓN.
  • Hacer caso omiso a órdenes dadas por los directores de los centros de salud o a quien éstos designen en su reemplazo.
  • Realizar cualquier tipo de actividad o acciones personales por parte de los guardias de seguridad que no tengan relación expresa con la labor de seguridad y vigilancia encomendada a la empresa, dentro de los recintos de la CORPORACIÓN.
  • Alimentar o cobijar animales en los recintos de la CORPORACIÓN.
  • Utilizar o instalarse en las salas de descanso del personal de los centros de salud, para sí mismo u otras personas.
  • Retirarse de sus funciones antes de que se presente un relevo antes de que se cubran las zonas por el personal programado.
  • Desproteger las zonas de trabajo en cualquier situación, condición o circunstancia.
  • No usar los elementos de protección personal, de seguridad y de comunicaciones establecidos.
  • Facilitar las llaves a cargo, sin la autorización correspondiente. Es importante señalar, que en todos los casos debe quedar registrado en el libro de novedades con la firma de quien recibe.

Nota: En el caso de incumplimientos por parte del personal de seguridad la Corporación podrá solicitar su sustitución, debiendo incorporarse el nuevo guardia al siguiente día laboral.

1.10 CONDICIONES FISICAS PARA LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO

Cada centro dispondrá para la ejecución del servicio:

  • Silla y mesa, según corresponda para la prestación del servicio
  • Casillero o lugar seguro para guardar las pertenencias personales del guardia.
  • El personal de guardia podrá utilizar los casinos de los establecimientos para almorzar, así como también microondas en el caso de ser necesario.

ARTICULO N°34 CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA

La contraparte técnica de la CDS será la Jefa del (de acuerdo a la licitación) o quien éste designe, el que realizará, a lo menos, las siguientes funciones:

  1. Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones.
  2. Fiscalizar que la ejecución del servicio/ adquisición del producto se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.
  3. Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante oficio al Departamento de Adquisiciones en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.
  4. Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas.
  5. Las demás que le encomienden el presente pliego de condiciones.