Licitación ID: 552975-28-LE23
SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS PROVIDENCIA
Responsable de esta licitación: CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
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Productos o servicios
1
Servicios integrados de gestión de plagas 1 Global
Cod: 70141605
“SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS EN DEPENDENCIAS ADMINISTRADAS POR LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS PROVIDENCIA
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente licitación, tiene como objetivo contratar los siguientes servicios: 1. Desratización: control de roedores 2. Desinsectación: control de insectos voladores, rastreros, plagas, etc. 3. Sanitización: control de bacterias, virus y hongos. Por un periodo de 24 meses.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CDSP
R.U.T.:
69.070.301-7
Dirección:
Av. Eliodoro Yáñez 1947
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 02-10-2023 15:01:00
Fecha de Publicación: 08-09-2023 17:28:00
Fecha inicio de preguntas: 08-09-2023 17:31:00
Fecha final de preguntas: 22-09-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-09-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura técnica: 02-10-2023 15:02:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 02-10-2023 15:02:00
Fecha de Adjudicación: 24-11-2023 17:46:23
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases e Inhabilidades”.
2.- Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.
3.- Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”.
4.- Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda).
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°4 “Declaración de Experiencia del oferente” y documentos que acrediten experiencia.
 
2.- Autorización Sanitaria que acredita a la empresa como aplicador de plaguicidas de uso doméstico de acuerdo al DS 157/05 MINSAL.
 
3.- Antecedentes del responsable técnico a cargo de los equipos de trabajo (CV, Título, Certificado curso de aplicación de pesticidas de uso doméstico).
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°3 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Experiencia del proveedor 2.- Experiencia del proveedor (10%): Este criterio se evaluará en función de la experiencia del proveedor en contratos de servicios de similares características de control de plagas en los últimos 3 años desde publicado el presente proceso en Mercado público. Para acreditar dicha experiencia, el oferente deberá acompañar: - ID de Licitación Pública, en caso de que corresponda. - ID Orden de compra u OC en PDF. - Copia simple digital del Contrato suscrito por ambas, en el caso que corresponda. - Contacto institucional de donde ejecutó las obras para verificar información. - Certificado(s) o documento(s) que acrediten por contraparte valida la recepción conforme de cada uno de los contratos indicados en el Anexo N°4 (este documento podrá ser supletorio a la OC con recepción conforme, sin desmedro que igual deberá indicar la OC). Lo anterior, mediante el Anexo N°4, es importante señalar que sólo se considerarán para la evaluación aquellos contratos debidamente respaldados y que correspondan a control de plagas y vectores. Servicios similares durante los últimos 3 años Puntos Sumatoria de contratos sobre $150.000.001 100 Sumatoria de contratos sobre $100.000.001 y $150.000.000 50 Sumatoria de contratos iguales o menores a $100.000.000 10 Sin experiencia comprobable. 0 El puntaje obtenido se ponderará por el 10%. 10%
2 Cumplimiento de requisitos formales Cumplimiento de requisitos formales (5%): Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla: FACTOR A EVALUAR PUNTAJE La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 100 La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 0 El puntaje obtenido se ponderará por el 5%. 5%
3 Evaluación Económica Evaluación Económica (85%): Para la evaluación económica se considerará el valor “TOTAL COSTO MENSUAL DEL SERVICIO” según lo informado en el Anexo N°3: El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula: Puntaje Criterio = (Menor valor “TOTAL COSTO MENSUAL DEL SERVICIO” / Valor “TOTAL COSTO MENSUAL DEL SERVICIO” Evaluado) * 100 El puntaje obtenido se ponderará por el 85%. 85%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: CDS
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Camila Torres
e-mail de responsable de pago: ctorres@cdsprovidencia.cl
Nombre de responsable de contrato: Mariana Ortiz
e-mail de responsable de contrato: mortiz@cdsprovidencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-27067085-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Corp. De Desarrollo Social de Providencia
Fecha de vencimiento: 03-01-2025
Monto: 10 %
Descripción: Irrevocable, sin ningún condicionamiento, debiendo también permitir su ejecución para el cobro de las eventuales multas. La vigencia de la garantía deberá exceder a lo menos en sesenta (60) días corridos al plazo desde el término del contrato.
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de “SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS EN DEPENDENCIAS ADMINISTRADAS POR LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA” y para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones sociales y laborales con los trabajadores de los contratantes”.
Forma y oportunidad de restitución: Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo 19 anterior y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá dicha validación, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles
    Otras Garantías
Beneficiario: Corp. De Desarrollo Social de Providencia
Fecha de vencimiento: 03-01-2025
Monto: 100 Unidad de Fomento
Descripción: para responder por las eventuales indemnizaciones que convencional y/o judicialmente se vea obligada a pagar la Corporación como consecuencia de accidentes del trabajo que sufran dependientes del contratista y/o subcontratista o terceros.
Glosa: GARANTÍA POR RESPONSABILIDAD CIVIL del contrato de “SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS EN DEPENDENCIAS ADMINISTRADAS POR LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”
Forma y oportunidad de restitución: Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo 19 anterior y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá dicha validación, para tales efectos, que
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
ARTÍCULO N° 19 READJUDICACIÓN Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases: i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en el artículo 21° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas según lo establecido en ese mismo artículo; ii. Si el adjudicatario no suscribe el contrato conforme con lo exigido en el artículo 22° en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción; iii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 14° y 20º. En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia yo necesidad de persistir en la adjudicación readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN. El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 20º de estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases. La confirmación definitiva de la
BASES TECNICA ECONOMICAS Y ADM.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA

 

“SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS EN DEPENDENCIAS ADMINISTRADAS POR LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”

 

I.- GENERALIDADES

ARTÍCULO N° 1  LLAMADO A LICITACIÓN

La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación pública denominada: “SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS EN DEPENDENCIAS ADMINISTRADAS POR LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”.

ARTÍCULO N° 2  OBJETO

La presente licitación, tiene como objetivo contratar los siguientes servicios:

  1. Desratización: control de roedores
  2. Desinsectación: control de insectos voladores, rastreros, plagas, etc.
  3. Sanitización: control de bacterias, virus y hongos.

ARTÍCULO N° 3  CONDICIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución del servicio.

Nombre de Licitación

SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS EN DEPENDENCIAS ADMINISTRADAS POR LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”

Tipo de Licitación

Licitación Pública entre 100 y 1.000 UTM (LE)

Moneda 

Pesos Chilenos (CLP).

Monto referencial.

$63.000.000 (sesenta y tres millones de pesos) impuestos incluidos. -

Garantía seriedad de la oferta

No.  

Garantía fiel cumplimiento

10% del monto total adjudicado.

Duración del Contrato

24 meses.

Documentos que rigen la Licitación

Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

I.- Bases Administrativas

II.- Bases Económicas

III.- Bases Técnicas

IV.- Anexos:

Documentos Administrativos:

  • “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases e Inhabilidades”.
  • “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.
  • “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”.

Documentos Económicos:

  • “Oferta Económica”. (OBLIGATORIO)

Documentos Técnicos:

  • “Declaración de Experiencia del oferente”.

Las ofertas que no presenten u omitan en sus ofertas los antecedentes requeridos como OBLIGATORIOS, serán declaradas “Fuera de Bases” por la CORPORACIÓN, sea en el acto mismo de apertura o durante la evaluación posterior de las ofertas.

Con todo, los proponentes podrán presentar siempre y cuando la CORPORACIÓN lo solicite y dentro del plazo de las 48 horas siguientes a aquel en que se efectuare el requerimiento, las certificaciones o antecedentes que no hayan podido acompañar en la forma y dentro del plazo previsto en esta disposición.

En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos requeridos inclusive hasta el plazo fatal del foro inverso y, resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la suscripción del contrato respectivo según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso no presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes.

Los documentos señalados anteriormente podrán ser descargados accediendo al portal Mercado Público.

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

  • Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas.
  • Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores.
  • Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CORPORACIÓN.
  • La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
  • El contrato respectivo.

Todos los documentos relativos a esta licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del objeto de la licitación con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular, esto es, atendiendo a la naturaleza de los servicios o suministro de productos materia de la presente licitación y considerando lo dispuesto en las Bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Las Bases y el contrato respectivo, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia.

Las presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a las mismas, se considerarán incorporadas al respectivo contrato que se celebre con el adjudicatario.

Los anexos señalados como OBLIGATORIOS serán requisitos para la admisibilidad de las ofertas.

ARTÍCULO N° 4  SERVICIO REQUERIDO

No de Línea

Nombre del Servicio

Cantidad

Presupuesto impuestos incluidos

1

SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS EN DEPENDENCIAS ADMINISTRADAS POR LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”.

1

$63.000.000 (sesenta y tres millones de pesos) impuestos incluidos. -

ARTÍCULO N° 5  ETAPAS Y PLAZOS

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl

Etapa

Plazo (Días Corridos)

1

Publicación de las Bases de Licitación

Dentro de los 3 días hábiles desde aprobada

la Resolución que autoriza las presentes

bases.

2

Inicio Período de Consultas

Inmediatamente después de publicadas las

bases en la plataforma de Mercadopublico.cl

3

Cierre Período de Consultas

Hasta el día 7 desde publicadas las bases

en la plataforma de Mercadopublico.cl a las

10:30 horas.

4

Publicación de Respuestas

Día 9 desde publicadas las bases en la

plataforma de Mercadopublico.cl a las 23:59

horas.

5

Recepción de las Ofertas

Hasta el día 12 desde publicadas las bases

en la plataforma de Mercadopublico.cl a las

16:00 horas.

6

Acto de Apertura de las Ofertas (Técnicas y Económicas)

Hasta el día 12 desde publicadas las bases

en la plataforma de Mercadopublico.cl a las

16:01 horas.

7

Período de Evaluación de las Ofertas

Hasta el día 30 desde el acto de apertura.

8

Adjudicación

Hasta el día 40 desde el acto de apertura.

9

Suscripción del Contrato

De conformidad con los plazos establecidos en el artículo 22º de estas Bases, el cual se da por reproducido

Se establece para esta licitación que, si a la fecha de recepción de ofertas sólo se han recibido dos o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente y por una sola vez, en dos días hábiles.

Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente.  Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.

En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 62º del Decreto Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

 

ARTÍCULO N° 6  NOTIFICACIONES, DOMICILIO Y JURISDICCIÓN. -

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la CORPORACIÓN publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

 

ARTÍCULO N° 7  LLAMADO A LICITACIÓN, ENTREGA DE BASES Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN. -

El llamado a Licitación Pública se publicará en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.

Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas durante el proceso licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.

Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no existiendo para la CORPORACIÓN responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.

ARTÍCULO N° 8  PARTICIPANTES Y REQUISITOS

Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, así como también las uniones temporales de proveedores, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener constituido domicilio en Chile.

En el evento de presentarse una Unión Temporal de Proveedores (en adelante también UTP) ésta deberá sujetarse, en todo, a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios

Podrán suscribir contratos con la CORPORACIÓN, todas las personas naturales y/o jurídicas que no se encuentren inhabilitadas para contratar con la Administración del Estado, según lo establecido en las leyes 19.886 y 20.393 y D.F.L. N°1/2004 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y no se encuentren afectas a las inhabilidades contempladas en el artículo 92 del Reglamento de Compras Públicas aprobado por Decreto Supremo Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda.

Conforme con lo anterior, no podrán participar en esta licitación, y quedarán excluidos:

a)       Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal (artículo 4º, inciso 1º, ley Nº19.886).

b)      Los funcionarios directivos de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia,  ni  personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54° de la ley Nº18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas (artículo 4º, inciso 6º, ley Nº19.886).

c)       Aquellos condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de contratar con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el artículo 20° letra d) del D.F.L. N° 1/2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la Libre Competencia.

d)      Aquellos que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º Nº 2) y 10° de la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica.

ARTÍCULO N° 9        CONSULTAS, COMUNICACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación.

Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que la Corporación de Desarrollo Social de Providencia pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

La CORPORACIÓN realizará las aclaraciones y/o modificaciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas. Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

 Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, la CORPORACIÓN podrá realizar las aclaraciones y/o modificaciones a las Bases que estime pertinentes y/o necesarias para el correcto desarrollo de la licitación o comprensión de los términos y condiciones de las Bases sin que ello pueda importar, en caso alguno, una modificación a las mismas. Dichas aclaraciones y/o modificaciones serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y serán consideradas como parte integrante de las Bases de licitación.

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la CORPORACIÓN podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio.  No obstante, las modificaciones a la comisión de evaluación requeridas en razón de ausencia o falta de alguno de sus integrantes que impide realizar el proceso de evaluación podrán realizarse aún después del cierre de recepción de ofertas y siempre que no se haya iniciado el proceso de evaluación respectivo.  Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

En caso de que se determine necesario, la CORPORACIÓN podrá modificar la contratación, aumentando o disminuyendo hasta un 30% del valor total del contrato, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases.

II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

ARTÍCULO N° 10                   PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

a) Medio de entrega de la oferta y contenido.

La entrega de las ofertas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras 11.1, 11.2 y 11.3 del artículo 11º, deberá efectuarse electrónicamente a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases.

No será recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que la determinada por estas Bases.

Los Oferentes deben presentar la oferta por la totalidad de los servicios requeridos en la presente licitación.

Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, o condiciones para su adjudicación de cualquier tipo o montos mínimos de despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes, que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la CORPORACIÓN, y los oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas aceptan tal condición. 

b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes.

Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos, así como también el contenido de éstos y la veracidad de lo que en ellos conste.

c) Verificación de los antecedentes.

La CORPORACIÓN tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.

ARTÍCULO N° 11                  CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl y serán de carácter irrevocable.

Los costos en que incurra el oferente, derivado de la formulación de la propuesta, serán de su exclusivo cargo, y en caso de no seleccionarse su oferta, no dará origen a reembolso o indemnización alguna.

Cada oferente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada, lo cual estará determinado por lo siguiente:

a)                   Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital.

b)                  Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo.

c)                   Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases.

d)                  Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes formatos: pdf, Word, jpg, Excel, power point, winrar, winzip y/o sus equivalentes en código libre.

Los oferentes deberán presentar en “Anexo Administrativo”, “Anexo Técnico” o “Anexo Económico”, a través del Portal Mercado Público, los siguientes documentos:

11.1     Documentos Administrativos

11.1.1   Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases e Inhabilidades”.

11.1.2  Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.

11.1.3   Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”.

11.1.4 Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda).

11.2     Documentos Técnicos

11.2.1  Anexo N°4 “Declaración de Experiencia del oferente” y documentos que acrediten experiencia.

  • 11.2.2 Autorización Sanitaria que acredita a la empresa como aplicador de plaguicidas de uso doméstico de acuerdo al DS 157/05 MINSAL.
  • 11.2.3 Antecedentes del responsable técnico a cargo de los equipos de trabajo (CV, Título, Certificado curso de aplicación de pesticidas de uso doméstico).

11.3     Documentos Económicos

11.3.1   Anexo N°3 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO).

Los anexos estarán disponibles en formato Word o Excel, como anexo en la ficha de licitación respectiva en el Portal Electrónico www.mercadopublico.cl

a) Antecedentes del Oferente y Otros Documentos.

Los proponentes inscritos en el Registro de Proveedores que no cuenten con la documentación cargada en la “Ficha de proveedores”, respecto a la documentación legal de su Empresa (o en el caso de UTP, de todas las que participen), la Corporación, podrá solicitar que se incluya cualquier documento faltante de los solicitados en dicho apartado, directamente en el portal de www.mercadopublico.cl y deberá entregar, cualquier otro documento que solicite la Corporación para verificar cualquier información que requiera ésta para su evaluación y/o verificación.   

Respecto a los antecedentes señalados como obligatorios serán requisitos de admisibilidad para la evaluación de ofertas.

b) Oferta Económica y Declaración de Experiencia

 i.    Oferta Económica. OBLIGATORIO

Se deberá presentar electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexo Económico, Anexo N°3 debidamente firmado.

En caso de omisión de dicho documento, se solicitará al oferente correspondiente el documento a través del procedimiento establecido en el artículo 14° de las Bases Administrativas.  

  1. Declaración de Experiencia.

Se deberá presentar electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexos técnicos, el Anexo N°4 declarando la experiencia del proveedor en función de lo requerido en el artículo 17° acreditación de la experiencia n°2. Es importante señalar que se considerarán para la evaluación aquellos documentos debidamente respaldados.  

Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren declaración de experiencia del proveedor sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del servicio requerido por CORPORACIÓN, en atención a lo establecido en las Bases Técnicas.

En caso de recibirse documentos ambiguos o que adolezcan de información, la CORPORACIÓN podrá solicitar la realización de aclaraciones conforme al artículo 14, del presente pliego de condiciones, siempre y cuando no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Lo anterior, se realizará siempre y cuando la comisión evaluadora lo considere oportuno para su análisis y decisión final.

Si el oferente presenta documentos en un idioma distinto al español, la comisión evaluadora podrá exigir su traducción al idioma español, en caso de que    lo considere indispensable para su evaluación.

La Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad contemplada en el artículo 40 del Decreto Nº 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886, esto es, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando ello no le confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.

c) Oferta Económica (OBLIGATORIA)

Los oferentes deberán presentar su oferta económica, por cada uno de los establecimientos indicados en el artículo 2° y 31° de las presentes bases, en pesos chilenos, con y sin impuestos incluidos según corresponda rellenar en el cuadro de la Oferta Económica y sin considerar reajustes y/o variación de precio alguno, de forma obligatoria a través del Anexo N°3 adjunto.

Los oferentes deberán considerar en la oferta económica que publiquen, para la presente licitación, todos los gastos, incluidos los de traslado, fletes, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él.

En el Anexo N°3 se permitirá salvar errores, vicios u omisiones formales, siempre y cuando no se altere el contenido sustancial del Precio, pudiendo solicitarse aclaraciones según lo dispuesto en artículo 14 de las presentes       Bases Administrativas.

Es importante considerar que la presentación del presente anexo es obligatoria, por tanto, su omisión constituye causal de inadmisibilidad conforme a lo indicado en el artículo 13° de estas Bases.

ARTÍCULO N° 12                  GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

En esta licitación no se exigirá garantía de seriedad de la oferta.

ARTÍCULO N° 13                  ADMISIBILIDAD Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS

Es requisito para participar en esta licitación, para la aceptación y validez de la oferta deberá cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 8º de estas Bases y presentar los antecedentes exigidos en las presentes Bases, con especial énfasis en aquellos declarados como OBLIGATORIOS, considerando que aquellos OBLIGATORIOS son causal de inadmisibilidad.

Conforme con lo anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes:

  1. Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas en el párrafo cuarto del artículo 8º, letras a), b), c) y d), de las presentes Bases.
  2. Que la propuesta alguno de los antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS.
  3. Si los servicios ofertados no corresponden o no cumplen con lo requerido en la presente licitación conforme a lo previsto a tal efecto en las respectivas bases técnicas.
  4. Que la propuesta esté sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en el artículo 10º de estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso.
  5. En el caso que corresponda, que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta y/o que la garantía de seriedad de la oferta no sea presentada en la forma y contenido, y/o que la garantía de seriedad de la oferta no cumpla con lo establecido en las presentes bases antes del cierre de las ofertas. ­­
  6. Si el servicio ofertado no cumple con la totalidad de las especificaciones Económicas definidas y exigidas como esenciales u obligatorias en las Bases Técnicas, o si alguno de estos requerimientos se encuentra afecto a un cobro adicional.
  7. Que en el caso que las bases contengan visita(s) a terreno obligatoria(s), que el oferente no haya asistido a tales visitas.
  8. Que en el caso que corresponda, el oferente no entregase la(s) garantía(s) solicitadas en el proceso de postulación de ofertas.  

Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14º de estas Bases.

ARTÍCULO N° 14                   ACLARACIONES A LAS OFERTAS

La CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que adjunten documentos no esenciales o salven errores de referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud de documentación atingente al proceso, por parte del CORPORACIÓN como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información.

El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración.

En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos solicitados por foro inverso de la plataforma de Mercado Público al término del plazo fatal y, resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la suscripción del contrato respectivo según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso no presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes.

ARTÍCULO N° 15                   VALIDEZ DE LAS OFERTAS

Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CORPORACIÓN podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las cauciones de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en el artículo 12° de estas Bases. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la CORPORACIÓN devolverá las cauciones respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento.

 

ARTÍCULO N° 16                   COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUCACIÓN DE LAS OFERTAS

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el Secretario General, o quien tenga delegada la facultad.

Cada miembro de esta Comisión Evaluadora deberá entregar por escrito al Secretario General de la Corporación, una declaración jurada por la cual manifieste no tener conflicto de intereses con los proveedores del rubro de esta licitación, así como su compromiso a no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no) mientras integre ésta la Comisión Evaluadora.

No obstante, lo anterior, en el evento que en el tiempo intermedio entre la declaración jurada y el acto de evaluación alguno de los miembros de la Comisión detectara que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el Acta suspendiéndose la evaluación para procederse al inmediato reemplazo del funcionario inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente.

En caso de que alguno de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por fuerza mayor, caso fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo 37 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros.

Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a terceros sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación.

Corresponderá a la Comisión Evaluadora:

1.- Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en los artículos 13º y 14º de las presentes Bases.

2.- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes. 

3.- Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas:

1)      Modificación del plazo de adjudicación en el caso previsto en el artículo 18° de las presentes Bases.

2)      En caso de que se encuentren contempladas en las Bases una visita a terreno o la demostración de productos y/o equipos en comodato: constancia de la efectiva realización de la actividad, forma como se desarrollaron y pronunciamiento de la Comisión en caso de observaciones a los mismos.

3)      Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

4)      Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

5)      La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

6)      Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido.

7)      La proposición fundada de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación.

La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.

Durante el proceso de evaluación la CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Con excepción de la situación precedentemente descrita, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la CORPORACIÓN.

La Comisión de Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura o de evaluación de las ofertas pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases. 

III.- EVALUACIÓN

ARTÍCULO N° 17                   CRITERIOS DE EVALUACIÓN

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos solicitados en las Bases, continuará con el proceso de evaluación de la presente licitación, debiendo detallar los servicios en su propuesta. El oferente que no cumpla con los requisitos mínimos solicitados no continuará con el proceso de evaluación. La CORPORACIÓN declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones en las presentes bases.

La evaluación de la oferta se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes criterios:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

  1. Evaluación Económica.

85%

  1. Experiencia del proveedor.

10%

  1. Cumplimiento de requisitos formales.

5%

 

Definición de criterios y asignación de puntajes:

A continuación, se analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes bases:

1.- Evaluación Económica (85%): Para la evaluación económica se considerará el valor “TOTAL COSTO MENSUAL DEL SERVICIO” según lo informado en el Anexo N°3:

El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:

Puntaje Criterio = (Menor valor TOTAL COSTO MENSUAL DEL SERVICIO / Valor TOTAL COSTO MENSUAL DEL SERVICIO Evaluado) * 100

El puntaje obtenido se ponderará por el 85%.

2.- Experiencia del proveedor (10%): Este criterio se evaluará en función de la experiencia del proveedor en contratos de servicios de similares características de control de plagas en los últimos 3 años desde publicado el presente proceso en Mercado público.

Para acreditar dicha experiencia, el oferente deberá acompañar:

-          ID de Licitación Pública, en caso de que corresponda.

-          ID Orden de compra u OC en PDF.

-          Copia simple digital del Contrato suscrito por ambas, en el caso que corresponda.

-          Contacto institucional de donde ejecutó las obras para verificar información.

-          Certificado(s) o documento(s) que acrediten por contraparte valida la recepción conforme de cada uno de los contratos indicados en el Anexo N°4 (este documento podrá ser supletorio a la OC con recepción conforme, sin desmedro que igual deberá indicar la OC).

 Lo anterior, mediante el Anexo N°4, es importante señalar que sólo se considerarán para la evaluación aquellos contratos debidamente respaldados y que correspondan a control de plagas y vectores.

 

Servicios similares durante los últimos 3 años

Puntos

Sumatoria de contratos sobre $150.000.001

100

Sumatoria de contratos sobre $100.000.001 y $150.000.000

50

Sumatoria de contratos iguales o menores a $100.000.000

10

Sin experiencia comprobable.

0

El puntaje obtenido se ponderará por el 10%.

La Corporación se reservará el derecho de consultar con el mandante la veracidad de los servicios prestados y/o verificar su veracidad o validez a través de cualquier otro mecanismo, como por ejemplo descargar la orden de compra o ID de la Licitación, u otros antecedentes de Mercado Público. La documentación en donde no sea posible verificar la experiencia, porque no ha sido acreditada, no será considerada en la respectiva evaluación.

3.- Cumplimiento de requisitos formales (5%):

Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla:

FACTOR A EVALUAR

PUNTAJE

La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.

100

La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.

0

El puntaje obtenido se ponderará por el 5%.

Consideraciones adicionales respecto al puntaje final.

Comportamiento contractual anterior:

La evaluación al comportamiento contractual tiene por OBJETO DESCONTAR PUNTAJE, respecto del total obtenido, aplicando la pauta de evaluación, considerado la información proporcionada por el "Historial de comportamiento contractual" de la plataforma Chile Proveedores.

TIPO SANCIÓN

PUNTAJE PARA DISMINUIR

1

Termino anticipado unilateral de contrato por causas imputables al contratista u oferente

-5 PUNTOS POR CONTRATO.

Cada puntaje indicado en la tabla precedente se deberá considerar por cada "término anticipado unilateral del contrato", que presente el proveedor, EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 15 PUNTOS.

Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes finales con dos decimales.

 

En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación Experiencia del Proveedor”, y si aún persistiera el empate, a quién tenga mayor puntuación en “Plazo Inicio del Servicio”.

Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.

IV.- ADJUDICACIÓN

ARTÍCULO N° 18                   ADJUDICACIÓN

La presente licitación podrá ser adjudicada a un solo oferente. En ningún caso se podrá adjudicar un mismo servicio a dos o más oferentes una misma línea de licitación.

De las propuestas seleccionadas la CORPORACIÓN, adjudicará a la propuesta que haya obtenido el mayor puntaje ponderado.

La CORPORACIÓN, resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el cronograma contenido en el artículo 5º de estas Bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

La CORPORACIÓN, rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

Se revocará la licitación en el caso de que existan errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases.

Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en los siguientes casos:

  1. Si no se presentan ofertas.
  2. Si todas las ofertas son inadmisibles en conformidad al artículo 13º de estas Bases.
  3. Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora.
  4. Si el servicio ofertado no es conveniente para los intereses de la CORPORACIÓN:
  • Por no cumplir con las características técnicas requeridas;
  • En razón de que los precios ofertados no son favorables en relación con el presupuesto disponible para la licitación.
  • Por otras razones que deberán ser debidamente justificadas y fundamentadas por la Comisión Evaluadora.

El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte de la CORPORACIÓN de una propuesta presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato, según sea el caso.

Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases.

Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información.

ARTÍCULO N° 19                   READJUDICACIÓN

Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases:

  1. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en el artículo 21° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas según lo establecido en ese mismo artículo;
  2. Si el adjudicatario no suscribe el contrato conforme con lo exigido en el artículo 22° en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción; 
  3. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 14° y 20º.

En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la adjudicación readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN.

El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 20º de estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.

La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl

 

V.- CONTRATO

ARTÍCULO N° 20                   CONTRATO

Resuelta la adjudicación de la licitación, y al momento de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a)       Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. El Proveedor adjudicado tendrá 5 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio www.mercadopublico.cl, para habilitarse en el registro indicado.  En el caso de la Unión Temporal de Proveedores cada proveedor de dicha unión deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

b)      Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 21º de estas Bases, si así fuera exigible conforme a lo previsto en estas Bases.

c)       Entregar todos los documentos que solicite la CORPORACIÓN o quien esté a cargo para la elaboración del contrato, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso.  

d)      En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá:

e.2) Acreditar que el acuerdo consta por escritura pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o escritura pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM

e)      Documento vigente emitido por una institución (por ejemplo, la Dirección del Trabajo) o empresa, que acredite fehacientemente que el adjudicado no registra reclamos ni denuncias por incumplimiento de obligaciones laborales ni previsionales pendientes.

f)        Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo.

La documentación requerida en las letras c) y d) de este artículo deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación o de la solicitud de documentación.

Sin perjuicio de la declaración jurada señalada en la letra b), al momento de la contratación la CORPORACIÓN verificará si el proveedor se encuentra afectado por alguna inhabilidad prevista en los artículos 8º y 10º de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo 1º de la ley 20.393. Lo anterior de conformidad con el listado de proveedores inhabilitados para contratar publicado por la Dirección de Compras y Contratación Pública en su sitio www.mercadopublico.cl.

ARTÍCULO N° 21                  GARANTÍA REQUERIDAS

1.   GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

El proveedor adjudicado deberá garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones que impone el contrato mediante una caución o garantía. Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:

Beneficiario

Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. Nº 69.070.301-7

Pagadera

A la vista

Tipo

Irrevocable, sin ningún condicionamiento, debiendo también permitir su ejecución para el cobro de las eventuales multas

Vigencia mínima

La vigencia de la garantía deberá exceder a lo menos en sesenta (60) días corridos al plazo desde el término del contrato.

Expresada en

Pesos chilenos 

Monto

10% del monto total adjudicado

Glosa

“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato de SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS EN DEPENDENCIAS ADMINISTRADAS POR LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA” y para garantizar el fiel cumplimiento de las obligaciones sociales y laborales con los trabajadores de los contratantes”

Otros requisitos

En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje.

Forma y oportunidad de su restitución

Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en el respectivo contrato y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía. Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo anterior y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá dicha validación, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor revisten el carácter de indivisibles

La garantía de fiel cumplimiento del contrato en el caso de ser un documento físico deberá ser entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas en la Unidad de Tesorería.

La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 10 días corridos siguientes a la adjudicación. La falta de entrega de esta garantía será causal para dejar sin efecto la adjudicación y proceder a la readjudicación o declaración de desierta, según el caso.

En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o el contrato, y en particular en los casos contemplados en los artículos 25º, 26° y 27° de estas Bases, la CORPORCIÓN queda autorizado desde ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle a la CORPORACIÓN.

  1. GARANTÍA POR RESPONSABILIDAD CIVIL

El contratista tiene la obligación de suscribir un seguro por responsabilidad civil, vale vista o boleta de garantía en beneficio de la Corporación por un monto de 100 Unidades de Fomento, para responder por las eventuales indemnizaciones que convencional y/o judicialmente se vea obligada a pagar la Corporación como consecuencia de accidentes del trabajo que sufran dependientes del contratista y/o subcontratista o terceros.

El seguro de responsabilidad civil deberá mantenerse vigente por el plazo del contrato.

Este plazo podrá modificarse a voluntad de la Corporación y en el evento que no se hayan producido accidentes durante la ejecución del servicio.

La no emisión de este documento dentro de los 10 días corridos desde la notificación de adjudicación facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar este proceso. 

ARTÍCULO N° 22                  SUSCRIPCIÓN DEL CONTRATO

Se deberá celebrar el respectivo contrato dentro del plazo señalado en este artículo,  el cual contendrá las cláusulas necesarias para el resguardo de los intereses de la CORPORACIÓN y será suscrito por éste y la persona natural adjudicada o el representante legal de la entidad adjudicataria, según corresponda, debiendo ésta informar el nombre del o los representantes legales que comparecerán a la suscripción del contrato acompañando la documentación exigida en la letra d) del artículo 20° de estas Bases. Para todos los efectos del contrato, el Proveedor fijará su domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago.

Para tales efectos la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días corridos contados desde la publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información y previa verificación en dicho Sistema del efectivo cumplimiento del requisito previsto en la letra a) del artículo 20º de estas Bases, enviará al Proveedor adjudicado un aviso vía correo electrónico a la dirección de correo electrónico informado por éste último en su oferta, para que retire el contrato en la CORPORACIÓN, ubicado en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Contado desde la fecha de envío del referido correo electrónico el proveedor dispondrá del plazo de 3 días hábiles para efectuar el retiro del contrato y ulterior devolución del mismo debidamente suscrito.  Cabe destacar que el proveedor deberá entregar las garantías exigidas al menos 1 día antes de la firma del contrato, ya que, en su defecto, éste no podrá ser firmado hasta contar con la recepción de las garantías por parte de la corporación.

Una vez firmado el contrato por las partes, éste y su resolución aprobatoria serán publicados en el Sistema de Información. Todos los costos, gastos e impuestos que irrogue la formalización del contrato, serán de cargo del adjudicatario.

El contrato podrá ser modificado de común acuerdo por las partes y en el caso que ello sea indispensable para adecuarlo a la correcta satisfacción de las necesidades de la Corporación lo cual deberá ser justificado.

En ningún caso la modificación podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado. Si en la contratación original el Proveedor debió entregar garantía de fiel y cabal cumplimiento y la modificación del contrato consiste en un aumento en el monto del mismo, entonces el Proveedor deberá cumplir con la entrega de una garantía de fiel y cabal cumplimiento que caucione dicho aumento en los mismos términos y condiciones previstos en el artículo 21° de estas Bases.

Toda modificación al contrato deberá ser efectuada mediante acuerdo suscrito a tal efecto y entrará en vigencia una vez totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del mismo.

ARTÍCULO N° 23                  MODALIDAD DEL CONTRATO Y PAGOS

El contrato a que dará origen la presente licitación será un contrato de servicio, entendiéndose por tal aquel por el cual el Proveedor se obliga a cumplir la prestación a la CORPORACIÓN del “SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS EN DEPENDENCIAS ADMINISTRADAS POR LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”  en precio, calidad y lugar acordados según los requerimientos de la CORPORACIÓN,  hasta por el monto máximo adjudicado y según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°3 Presentación de la Oferta Económica, de las presentes Bases.

El precio se pagará conforme a lo establecido en las Bases Económicas y acorde a lo ofertado por el proveedor en el Anexo N°3.

ARTÍCULO N° 24                   VIGENCIA DEL CONTRATO E INICIO DE LOS SERVICIOS

El contrato comenzará a regir a contar de la fecha indicada como inicio del servicio en el contrato.

El oferente adjudicado se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de estas Bases. En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio del contrato en el Sistema de Información, la CORPORACIÓN deberá remitir al oferente adjudicado copia de aquel mediante carta certificada dirigida al adjudicatario, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente a la recepción de dicha carta en la oficina de correos que corresponda.

En caso de que no tenga lugar la celebración de un contrato, la contratación empezará a regir a contar de la fecha de aceptación de la respectiva orden de compra por parte del proveedor adjudicado, la cual sólo será emitida una vez totalmente tramitado el acto administrativo de adjudicación y siempre que aquel haya dado cumplimiento a las exigencias del artículo 20° de estas Bases según corresponda.

ARTÍCULO N° 25                  CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización de la CORPORACIÓN, el Proveedor podrá efectuar las subcontrataciones que sean necesarias para el cumplimiento del suministro contratado. No obstante, la subcontratación deberá ser parcial, conforme con lo dispuesto en el artículo 76 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La CORPORACIÓN tendrá la facultad de requerir información de acerca de los servicios subcontratados.

El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución del suministro materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la CORPORACIÓN, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la CORPORACIÓN.

Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que CORPORACIÓN así lo requiera, el Proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último les corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.

El incumplimiento reiterado del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, en los términos previstos en el artículo 27º de las Bases, será estimado como incumplimiento grave y facultará a la CORPORACIÓN para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 27° de estas Bases y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato pertinente. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.

VI.- MULTAS

ARTÍCULO N° 26                  CONDICIONES DE MULTA

La Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que éste haya incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato o que le impone la Ley.

El monto de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la magnitud de la infracción pudiendo llegar hasta un 20% del total del contrato. En tal caso, la Corporación podrá poner término anticipado del contrato en virtud de lo indicado en el artículo de 27° de estas Bases de Licitación, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

Estas multas se fijarán en base a un porcentaje de la orden de compra correspondiente a los trabajos solicitados, de acuerdo a la siguiente tabla:

Causales de multas

Monto y aplicación

Plazo de Inicio del Servicio o retraso en la ejecución del servicio por motivos de coordinación de la empresa o motivos imputables a esta misma,

10 % del valor mensual por dependencia en la que incumple.

No dejar registro físico y documentado a través de formulario foliado con recepción conforme del establecimiento, de acuerdo a lo establecido en las bases.

10 % del valor mensual por dependencia en la que incumple.

No proporcionar la documentación completa de facturación reiterada en más de dos facturas seguidas, de acuerdo a los antecedentes exigidos en las bases de licitación

5% del monto total facturado posterior al incumplimiento.

Daños a los bienes o inmuebles de la Corporación.

Valor total de la reparación o sustitución de los bienes o inmuebles dañados

  • Procedimiento de aplicación de multa

Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases, la CORPORACIÓN aplica multas, termina anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas contempladas en las bases y contrato respectivo, tendrá lugar el procedimiento para la aplicación de medidas previsto en este artículo.

En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, la CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante el envío de un correo electrónico indicándole los hechos que configuren el(los) incumplimiento(s) y la(s) sanción(es) que resulta(n) aplicable(s).

A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

La CORPORACIÓN acogerá total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, luego de ello dictará el respectivo acto administrativo aplicando la multa.

Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CORPORACIÓN tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente, vía correo electrónico.

  • Pago de las Multas

Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente:

  1. Las multas aprobadas deberán ser pagadas por el proveedor en el plazo de 10 días hábiles.
  2. El proveedor deberá pagar la respectiva multa mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la Corporación, conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa.
  3. Vencido el plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya efectuado, se pondrá término anticipado de la contratación conforme a lo previsto en el artículo 27° de las presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales que le pudieren corresponder a la CORPORACIÓN en contra del Proveedor y de informar a la Dirección de Chile Compras a efectos que su mal comportamiento quede registrado en su ficha histórica cuando se realice la evaluación anual de los proveedores del Estado.

VII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

ARTÍCULO N° 27                  TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

Mediante Resolución fundada la CORPORACIÓN podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:

a)       Si el PROVEEDOR se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.

b)      Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

c)       En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

d)      Si los servicios, materia de esta licitación, no cumplen con las características exigidas en las Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado.

e)      Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor máximo de multas establecido en el artículo 26° de estas Bases; incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado; en todos los casos previstos en el artículo 26° de estas Bases en que la aplicación de multas o incumplimiento conlleva el término anticipado del contrato; y en todos los casos en que conforme a lo previsto en las presentes Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado del contrato.

f)        La no renovación de la garantía en los casos previstos en las presentes Bases.

g)       El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123.

h)      Si los productos licitados en caso de corresponder son objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración del contrato y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor o contratante iguale el precio.

i)        Por caso fortuito o fuerza mayor.

j)        Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.

k)       Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al contrato.

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras h), i), j, y k), en el evento de haberse entregado garantía de fiel cumplimiento atendido el monto de la contratación, la CORPORACIÓN podrá cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza.  Sin perjuicio de lo anterior, la CORPORACIÓN ejercerá todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor por su incumplimiento.

La CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada adjuntando copia de la resolución que dispone el término anticipado. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en el Registro de Proveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.

ARTÍCULO N° 28                  SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

Por la naturaleza del contrato este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia.

BASES ECONÓMICAS

ARTÍCULO N° 29                  PRESUPUESTO Y OFERTA ECONÓMICA

El presupuesto referencial disponible para la presente licitación asciende a la suma total de $63.000.000.- (sesenta y tres millones) impuestos incluidos. -.

La propuesta económica por la contratación delSERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS EN DEPENDENCIAS ADMINISTRADAS POR LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”, deberá ser expresada en pesos chilenos y deberá ser declarado debidamente en el Anexo N°3, cuyo valor será considerado para la evaluación deberá incluir cualquier otro costo asociado a otro rubro. Lo anterior será evaluado según lo estipulado en el artículo 17° de las presentes Bases de Licitación.  

La oferta económica se ingresará a través del Sistema de Información por la contratación del SERVICIO DE MANEJO INTEGRADO DE PLAGAS EN DEPENDENCIAS ADMINISTRADAS POR LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA expresado en moneda nacional y según valores solicitados. En caso de no existir concordancia entre el valor ingresado en Portal de Mercado Público y lo declarado en el Anexo N°3, se considerará lo declarado en este último documento.

Los valores ofertados para el servicio licitado permanecerán fijos durante la toda vigencia del contrato.

El Oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 11º, y presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº3.

 

ARTÍCULO N° 30                  CONDICIONES DE PAGO

Se procederá a realizar el pago mensual conforme a los servicios otorgados por el adjudicatario, de acuerdo al valor indicado en la oferta adjudicada, considerando lo siguiente:

  1. Deberá emitir una factura por cada centro y establecimiento por separado, las facturas deberán ser enviadas por correo electrónico, según indique la unidad técnica, en un plazo máximo de 10 días corridos posterior a la realización del servicio y se deberán adjuntar:

  • Certificado de La Inspección Del Trabajo acreditando que no registra reclamo ni denuncia en relación a sus obligaciones correspondientes a los trabajadores que prestan servicio en este contrato, Certificado F30.
  • Certificado F30-1, según corresponda.
  • Certificado indicado en Art. 101 y 102, decreto N°157, MINSAL.
  • Copia de la guía del servicio, firmada por el establecimiento.
  • Copia del informe en el cual se detallen los servicios realizados, productos aplicados, observaciones, indicaciones, etc.

  1. El pago de los servicios se efectuará a 30 días corridos posterior a la recepción conforme de la documentación anteriormente detallada. La factura debe ser emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de providencia, R.U.T. Nº 69.070.301-7.

 

  1. Por cada establecimiento deberá presentar 1 factura, facturar de manera independiente los 25 establecimientos, indicando claramente el nombre y dirección de la dependencia.

BASES TÉCNICAS

ARTÍCULO N° 31                  SERVICIO REQUERIDO

El servicio a contratar mediante la presente licitación considera el servicio en los siguientes centros y establecimientos administrados por la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, los cuales corresponden a:

ESTABLECIMIENTO

DIRECCIÓN

SUP. APROX. CONSTRUIDA

SUP. TOTAL TERRENO

CANT. PISOS

1

CORPORACION CENTRAL

AV. PEDRO DE VALDIVIA 963

888,07 M2

950 M2

3

2

TALLER DE MANTENCIÓN

ROMÁN DIAZ N°1410

120 M2

600 M2

1

3

ANEXO CESFAM EL AGUILUCHO

EL AGUILUCHO N°3515

355,44 M2

453,10 M2

1

4

CESFAM DR ALFONSO LENG

MANUEL MONTT N°303

957,13 M2

448 M2

2

5

CESFAM DR HERNAN ALESSANDRI

LOS JESUITAS N°857

1289,85 M2

1900 M2

1

6

CESFAM EL AGUILUCHO

EL AGUILUCHO N°3292

700,15 M2

900,00 M2

2

7

FARMACIA COMUNITARIA

SALVADOR N°1029

250,00 M2

720 M2

2

8

CENTRO DE ESPECIALIDADES ODONTOLOGICAS

ELEODORO YAÑEZ N°1261

278,62 M2

378 M2

2

9

CENTRO DE SALUD PROVISAM

MANUEL MONTT N°2051

161,60 M2

650 M2

1

10

CECOSF MARIN

MARIN N°520

359,18 M2

616,77 M2

2

11

SAPU BAHAMONDES

EL AGUILUCHO N°3235

187,83 M2

200 M2

1

12

CECOSF ANDACOLLO

ANDACOLLO N°1661

251,10 M2

280 M2

2

13

VACUNATORIO MANUEL MONTT

MANUEL MONTT N°101

1740 M2

1200 M2

3

14

COLEGIO EL VERGEL

LOS LEONES N°1758

965,45 M2

1026,25 M2

3

15

COLEGIO PROVIDENCIA

MANUEL MONTT N°485

3431,65 M2

4193,43 M2

3

16

COLEGIO PROVIDENCIA SEDE CAUPOLICÁN

CAUPOLICÁN N°1161

589,11 M2

987,64 M2

2

17

LICEO JUAN PABLO DUARTE

SANTA ISABEL N°0735

4580,47 M2

5042,00 M2

3

18

COLEGIO MERCEDES MARIN DEL SOLAR

LOS LEONES N°262

1439,22 M2

1240,95 M2

3

19

LICEO ARTURO ALESSANDRI PALMA

GENERAL BUSTAMANTE N°443

4650,05 M2

5363,00 M2

3

20

LICEO TAJAMAR

LOS LEONES N°238

2742,71 M2

1454,54 M2

3

21

LICEO 7 DE PROVIDENCIA LUISA SAAVEDRA

MONSEÑOS SOTERO SANZ N°60

4987,52 M2

6824,00 M2

3

22

LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT

ITALIA N°980

7070, 75 M2

6485,25 M2

4

23

LICEO JOSE VICTORINO LASTARRIA

MIGUEL CLARO N°32

6971,95 M2

10194,00 M2

3

24

ESCUELA ABELARDO ITURRIAGA

VALENZUELA CASTILLO N°1793

583,44 M2

850,00 M2

2

25

JARDÍN INFANTIL EL AGUILUCHO

HOLANDA N°2027

564,40 M2

1141,00 M2

2

La corporación podrá incorporar nuevos establecimientos, si así lo requiere, para lo cual solicitará una cotización al proveedor adjudicado, y ésta deberá ajustarse a los valores presentados en la presente licitación.

ARTÍCULO N° 32      DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.

  1. SERVICIOS GENERALES A CONTRATAR

El servicio a contratar deberá considerar como mínimo los siguientes ítems y condiciones en todos los establecimientos indicados anteriormente:

SERVICIO

DESCRIPCIÓN

PERIORICIDAD

RECINTOS

Desratización

Control de roedores

Mensual (1)

Establecimiento completo, áreas exteriores y espacios cerrados.

Desinsectación

Control de insectos voladores, rastreros, plagas específicas.

Mensual

Establecimiento completo, áreas exteriores y espacios cerrados.

Sanitización

Control de bacterias, virus y hongos.

Mensual

Todos los recintos de servicios higiénicos, comedores y cocinas.

(1)    Cuando exista presencia de vectores sanitarios o insectos molestos, se activará protocolo especial y de seguimiento en el cual se requerirá realizar un control de éstos de manera inmediata, tomando en consideración el manejo integrado de todas las variables que puedan incidir en la presencia de estos al interior de los recintos, además se deberá emitir un informe que dé cuenta la presencia de la plaga, los factores de su aparición y las medidas correctivas a tomar para su control o erradicación (incluido el manejo químico), como así también, realizar visitas semanales o quincenales según sea el caso.

El informe indicado en párrafo anterior deberá ser remitido mediante correo electrónico a la unidad técnica en un plazo máximo de 24 horas.

Los productos a utilizar deberán contar con su debido registro ISP, priorizando aquellos de menor toxicidad para la salud humana, en especial aquellos aplicados mediante aspersión en recintos interiores.

Desratización: utilización de raticidas de segunda o última generación en formato de bloque, pasta, pellets, molienda, etc., de acuerdo con las circunstancias que se presenten, con el objeto de controlar eficazmente las poblaciones de roedores.

Se deberá tener especial cuidado con la disposición estratégica, cautelando que éstos queden fuera del alcance de los niños, pacientes, personal, etc. En cada una de las dependencias a intervenir.

En los exteriores y donde el proveedor técnicamente considere, deberá instalar puntos de cebo siembre protegidos en tubos o cajas cebaderos con su respectiva rotulación e información de acuerdo al DS 157/05 MINSAL. El proveedor entregará una planimetría de la ubicación de los cebos distribuidos en cada recinto y deberá actualizar según los cambios que se realicen.

Desinsectación: para el control de artrópodos de importancia sanitaria, se deberá utilizar productos de baja toxicidad para los humanos, procurando realizar su aplicación en espacios cerrados con control de acceso con maquinaria ULV para una mayor y mejor dispersión, en aquellos puntos donde por su naturaleza no es posible cubrir todos los espacios, se deberá realizar barreras químicas que impida que vectores ingresen al interior, se deberá informar siempre al encargado del recinto el producto a utilizar y los tiempos de reingreso a estos lugares, lo que deberá quedar además registrado en las guías de servicio.

Sanitización: El proceso de sanitización deberá contemplar el uso de maquinaria ULV para mejorar la dispersión del sanitizante, procurando la utilización de productos químicos que sean menos irritantes para las vías respiratorias y que sean efectivos en espacios con mayor carga de materia orgánica en sus superficies, de preferencia se solicita ofertar el uso de ácido hipocloroso o en su defecto amonio cuaternario. En aquellos lugares donde no sea posible llegar con maquinaria ULV se deberá utilizar máquinas de aspersión manual. Se deberá informar previamente los tiempos de reingreso a los lugares sanitizados.

Para todos los servicios, el proveedor adjudicado, deberá proveer de los mecanismos que sean necesarios (físicos y/o químicos), para asegurar y mantener un óptimo manejo integrado de plagas. Al mismo tiempo deberá considerar dentro del contrato a firmar, las acciones correctivas de carácter urgente cuando exista la presencia de vectores sanitarios más allá del umbral de la tolerancia.

La propuesta técnica que el oferente presente deberá considerar a lo menos:

  1. Las estrategias de control: Los productos utilizados, deberán encontrarse registrados en el Instituto de Salud Pública, debiendo ser utilizados con las formulaciones, concentraciones y dosis de aplicación determinados técnicamente para ellos.

  1. Descripción de las técnicas de control: El Oferente deberá considerar en sus informes, la descripción técnica resumida de la plaga presente, nivel de infestación, técnica de control, tipo control químico utilizado, entre otros.

  1. Equipos Vehículos y maquinas a utilizar: Los equipos y elementos auxiliares para la preparación y aplicación de los pesticidas utilizados por la Empresa, deberán mantenerse en condiciones satisfactorias de funcionamiento y uso, con el fin de asegurar la salud de las personas, a su vez el personal aplicador de pesticidas deberá contar con todos los elementos de protección personal para la correcta aplicación de los productos químicos.

El proveedor adjudicado, deberá emitir (y remitir vía correo electrónico a la unidad técnica) informes en cuanto a propuestas de mejoras tanto en aspectos físicos, de procesos, de uso, etc. Que complementen y sean de apoyo a la correcta prestación del servicio de manejo de las plagas. Este informe tendrá una periodicidad semestral como mínimo y ante una eventualidad de avistamiento podrá solicitarse anticipadamente.

2.  CRONOGRAMA DEL SERVICIO.

La periodicidad del servicio será mensual (1 vez cada 30 días), como mínimo. El proveedor adjudicado establecerá con cada centro el día y el horario para realizar el servicio, dentro de una disponibilidad de lunes a viernes de 8:30 a 18:00 hrs. en establecimientos educacionales y dependencias de administración central, y de lunes a sábado de 8.30 a 20.00 horas en los centros de salud, una vez acordado el cronograma con cada centro, entregará (vía correo electrónico), a la unidad técnica (Depto. De Arquitectura), la programación completa mensual.

  1. SERVICIOS DE EMERGENCIA

El proveedor adjudicado deberá considerar, visitas de emergencias si es que se presentasen situaciones de esta índole.

El proveedor adjudicado está obligado a atender emergencias durante todo el período de vigencia del contrato. Para esto, deberá entregar un teléfono de contacto, el cual deberá estar disponible las 24 horas del día los 7 días de la semana.

El proveedor adjudicado tendrá un plazo máximo de 24 hrs. contados desde la notificación (vía telefónica y/o correo electrónico), para asistir al establecimiento/centro donde se detectó la emergencia. En detalle, esta asistencia deberá responder durante el mismo día en la tarde, antes de las 17:30 o hasta el agotamiento de la luminosidad, si la notificación se realiza antes de las 12 horas del día; en el caso de notificación después de las 12 horas, deberá acudir el día inmediatamente siguiente antes de las 10:00 am, sea día hábil o inhábil.

Cada una de estas emergencias deberá quedar registrado en “guía de servicio” u otro similar que se establezca para estos fines, en este documento se dejará registro de las acciones realizadas (si corresponde), y/o sugerencias de acciones por realizar, programación de trabajos, observaciones pertinentes.

Este tipo de visitas está incluido dentro del contrato, es decir no generará ningún cobro específico, ya que involucran acciones ligadas directamente con el control y manejo del servicio contratado.

  1. SERVICIOS COMPLEMENTARIOS

El proveedor adjudicado, podrá presentar cotizaciones por servicios complementarios, que no formen parte del control preventivo y correctivo de plagas, y que resulten de visitas específicas solicitadas por los establecimientos y/o por el mandante. Sin embargo, no podrá realizar ninguna acción que no esté contenida en el respectivo contrato, sin contar con la orden de compra correspondiente.

5.     INSUMOS, MANO DE OBRA Y MATERIALES

Todos los servicios contratados, deben incluir, insumos, mano de obra, materiales, implementos, etc., que sean necesarios para la correcta ejecución del servicio, los cuales serán de cargo del proveedor adjudicado, así también el retiro y eliminación de los residuos que serán considerados como peligrosos.

La Empresa deberá disponer de a lo menos un vehículo de transporte, destinado exclusivamente a la actividad y que deberá contar con cabina de conducción separada del área de carga, la cual, a su vez, deberá contar con ventilación adecuada y contenedores para el almacenamiento de los productos, de acuerdo a lo establecido en el DS 157/05 MINSAL.

6.     RECEPCION CONFORME DEL SERVICIO

El proveedor deberá entregar una guía de servicio, por cada servicio realizado, la cual deberá ser firmada por el director/a, de cada establecimiento (o a quien designe para tales fines), con lo cual se entenderá por recibido conforme el servicio cada vez que éste se realice.

Al mismo tiempo deberá emitir un certificado otorgado en conformidad a las disposiciones sanitarias vigentes y normas del servicio de salud. Identificando el nombre de la empresa, fecha de ejecución, tipo, marca y principio activo de los productos utilizados por cada uno de los servicios aplicados o las medidas realizadas ante cada servicio.

El proveedor adjudicado deberá registrar en todos los baños, casinos, cocinas, etc. Por medio de una etiqueta adhesiva, el servicio realizado indicando en ésta, la fecha en que se prestó el servicio y el tipo de servicio realizado. Dicha etiqueta deberá cumplir con las exigencias contenidas en el mencionado reglamento.

7.     EQUIPAMIENTO DE SEGURIDAD

El proveedor adjudicado, deberá velar por el cumplimiento de las normativas atingentes en cuanto a la seguridad de sus trabajadores, en cuanto a la utilización de los EPP que sean necesarios.

Todo EPP, deberá ser entregado por el proveedor adjudicado.

Será responsabilidad del proveedor adjudicado, determinar todos los mecanismos necesarios para la prevención de accidentes y proveer todos los implementos de seguridad necesarios a sus trabajadores para la realización de los trabajos o servicios solicitados por la Corporación. En caso de no existir las condiciones mínimas de seguridad, deberá detener la ejecución de los servicios y tomar las medidas de prevención y seguridad necesarias.

8.     PERSONAL

El proveedor adjudicado deberá contar con personal técnico calificado, de acuerdo con la complejidad del servicio.

El personal deberá asumir la plena responsabilidad y representación del proveedor adjudicado en terreno para hacer efectiva las instrucciones impartidas por la UT y/o proporcionar los antecedentes e informes que se requieran.

La Corporación podrá solicitar el cambio de este(os) Profesional(es) o técnico(s) por razones fundadas. Esta medida podrá hacerla extensiva a cualquier trabajador y/o subcontratista.

Deberá designar al inicio del contrato, a la persona encargada de la gestión y comunicación del servicio, quien deberá estar disponible para cualquier requerimiento, cuando así lo requiera la UT y/o el establecimiento.

Todo personal que ingrese a un establecimiento/centro, deberá exhibir en todo momento una credencial que lo identifique como servicio externo.

ARTÍCUILO 32° RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR ADJUDICADO

1.   DAÑOS O ACCIDENTES

Será responsable de todo accidente o daño que, durante la vigencia del contrato, le pudiera ocurrir a su personal y/o a terceros.

El contratista asume todos los riesgos e imponderables que signifiquen mayores costos, como también asume daños y perjuicios que producto de sus servicios, pueda ocasionar al propio equipo, o a las instalaciones existentes dentro del local donde se ejecute el servicio, incluyendo los daños y perjuicios producto de incendio.

Se entenderá por daños de bienes muebles e inmuebles, todo aquel acto que se produce durante el servicio o posterior a éste, que sea imputable al contratista o sus trabajadores, que provoque algún detrimento. El daño será determinado por la Unidad Técnica, mediante un informe.

El profesional mencionado con anterioridad informará por escrito el daño sufrido al bien mueble o inmueble, debiendo aplicar una multa, de acuerdo a lo establecido en el artículo 26°.

 

La reposición del bien mueble o inmueble se deberá realizar independiente de la aplicación de la multa en un plazo acordado entre la Unidad Técnica el que deberá ser devuelto o reparado por el proveedor adjudicado en un plazo de 10 días hábiles.

2.     CUMPLIMIENTOS LABORALES

Deberá cumplir con las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, alimentación u otros. Asimismo, el contratista deberá cumplir con la normativa vigente, relativa al artículo 66 bis, de la Ley N° 16.744, sobre seguridad y salud de sus trabajadores, debiendo proveer a su personal, del equipo de seguridad que establezca las normas de seguridad para los distintos tipos de trabajo.

Conforme a lo dispuesto en el art. 183-C del código del trabajo, el contratista deberá presentar junto con el estado de pago correspondiente, a la UT, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o bien por otros documentos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, respecto a los trabajadores del contratista, por ejemplo: Boletín de la Dirección del Trabajo que se obtiene de su página web. Asimismo, se exigirá la referida documentación respecto de las obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. Ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a la Corporación de ser informada y de retención consagrados en los incisos 2° y 3° de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a la que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.

Será exclusivo empleador del personal que destine al cumplimiento de las obligaciones del contrato, el que deberá ser contratado de acuerdo con las normas del Código del Trabajo, de manera tal que la Corporación, no tiene ni tendrá vínculo laboral ni jurídico con ese personal. Sin perjuicio de lo anterior, la Corporación tendrá la facultad de exigir al contratista documentación que acredite contratos y pagos al día de su personal.

ARTICULO N°33 CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA

La contraparte técnica o la Unidad Técnica de la CORPORACIÓN será representada por el Departamento de Arquitectura y Mantención.

Para fines de seguimiento del servicio contratado, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica:

  1. Informar al Secretario General Corporación De Desarrollo Social de Providencia respecto de cualquier incumplimiento del Proveedor a las obligaciones asumidas por este en virtud del contrato.
  2. Convocar, de ser necesario, al Proveedor a reuniones periódicas para evaluar el avance y calidad del suministro contratado, las cuales podrán realizarse vía online o presencial.
  3. Proporcionar al Proveedor la información disponible y asistencia que requiera para el desarrollo de su trabajo.
  4. Aprobar servicios de emergencia y/o adicionales.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.