Licitación ID: 552975-36-LE23
ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS
Responsable de esta licitación: CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA, CDSP
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 5
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Tienda de deporte 1 Global
Cod: 49211806
Adquisición de implementos deportivos para establecimiento educacionales Municipales de Providencia  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente licitación tiene por objeto adquirir implementos deportivos para los establecimientos educacionales Municipales de Providencia que son administrados por la Corporación de Desarrollo Social de Providencia
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA
Unidad de compra:
CDSP
R.U.T.:
69.070.301-7
Dirección:
Av. Eliodoro Yáñez 1947
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 10-10-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 28-09-2023 17:18:04
Fecha inicio de preguntas: 28-09-2023 17:26:00
Fecha final de preguntas: 03-10-2023 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 05-10-2023 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 10-10-2023 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 10-10-2023 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 10-11-2023 15:57:26
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N°1 “IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE Y DECLARACIÓN JURADA DE ACEPTACIÓN DE BASES E INHABILIDADES PARA CONTRATAR CON EN EL ESTADO”
2.- ANEXO N°2 “DECLARACIÓN JURADA SIMPLE: SOCIOS Y REPRESENTANTES Y CONFLICTO DE INTERESES”
3.- ANEXO N°2.1 “DECLARACIÓN JURADA DE CONFLICTOS DE INTERESES”
Documentos Técnicos
1.- ANEXO Nº3 "OFERTA TÉCNICA"
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO Nº3 "OFERTA ECONÓMICA"
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Plazo de Cambio y Reposición de Productos De acuerdo a Artículo N°17 de Bases de Licitación 4%
2 Plazo de Entrega De acuerdo a Artículo N°17 de Bases de Licitación 10%
3 Precio De acuerdo a Artículo N°17 de Bases de Licitación 85%
4 Cumplimiento de requisitos formales De acuerdo a Artículo N°17 de Bases de Licitación 1%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: CDS - EDUCACION
Monto Total Estimado: 20000000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Camila Torres
e-mail de responsable de pago: ctorres@cdsprovidencia.cl
Nombre de responsable de contrato: Estefania Trujillo Campos
e-mail de responsable de contrato: etrujillo@cdsprovidencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-27067029-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Según artículo Número 19 de las bases de licitación.
Cláusula de Readjudicación
Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases: i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en el artículo 21° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas según lo establecido en ese mismo artículo; ii. Si el adjudicatario no suscribe el contrato conforme con lo exigido en el artículo 22° en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción; iii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 14° y 20º. En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN. El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 20º de estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases. La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl
Bases Administrativas y Técnicas

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA

“ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”

 

I.- GENERALIDADES

 

ARTÍCULO N° 1  LLAMADO A LICITACIÓN

La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación pública denominada: “ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”.

 

ARTÍCULO N° 2  OBJETIVO

La presente licitación tiene por objeto adquirir implementos deportivos para los establecimientos educacionales Municipales de Providencia que son administrados por la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, los que se detallan a continuación:

 

1.     Colegio El Vergel, ubicado en Av. Los Leones N°1758.

2.     Liceo Carmela Carvajal, ubicado en Av. Italia N°980.

3.     Liceo Juan Pablo Duarte, ubicado en Av. Santa Isabel N°735.

4.     Liceo José Victorino Lastarria, ubicado en Av. Miguel Claro N°32.

5.     Liceo 7 Luisa Saavedra de González, ubicado en Monseñor Nuncio Sótero Sanz N°60.

6.     Liceo Tajamar, ubicado en Av. Los Leones N°238.

 

ARTÍCULO N° 3  CONDICIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución del servicio.

 

Nombre de Licitación

“ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”

Tipo de Licitación

Licitación Pública entre 100 y 1.000 UTM (LE)

Moneda 

Pesos Chilenos (CLP).

Monto referencial.

$20.000.000.- (veinte millones de pesos) impuestos incluidos. -

Garantía seriedad de la oferta

No aplica.

Garantía fiel cumplimiento

No aplica.

Duración del Contrato

Ejecución Inmediata (máximo 15 días hábiles).

Documentos que rigen la Licitación

Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

 

I.- Bases Administrativas

II.- Bases Económicas

III.- Bases Técnicas

IV.- Anexos:

Documentos Administrativos:

·      Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases”.

·      Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.

·      Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”.

 

Documentos Económicos:

·      Anexo N°3 “Oferta Económica”. (OBLIGATORIO)

 

Documentos Técnicos:

·         Anexo N°4 “Plazo de entrega y reposición de productos” (OBLIGATORIO).

 

Las ofertas que no presenten u omitan en sus ofertas los antecedentes requeridos como OBLIGATORIOS, serán declaradas “Fuera de Bases” por la CORPORACIÓN, sea en el acto mismo de apertura o durante la evaluación posterior de las ofertas.

 

Con todo, los proponentes podrán presentar siempre y cuando la CORPORACIÓN lo solicite y dentro del plazo de las 48 horas siguientes a aquel en que se efectuare el requerimiento, las certificaciones o antecedentes que no hayan podido acompañar en la forma y dentro del plazo previsto en esta disposición.

 

En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos requeridos inclusive hasta el plazo fatal del foro inverso y, resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la suscripción del contrato respectivo según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso no presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes.

 

Los documentos señalados anteriormente podrán ser descargados accediendo al portal Mercado Público.

 

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

 

·      Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas.

·      Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores.

·      Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CORPORACIÓN.

·      La Propuesta, con todos sus documentos anexos.

·      El contrato u orden de compra respectiva, según corresponda.

 

Todos los documentos relativos a esta licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del objeto de la licitación con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular, esto es, atendiendo a la naturaleza de los servicios o suministro de productos materia de la presente licitación y considerando lo dispuesto en las Bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

 

Las Bases, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia.

 

Las presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a las mismas, se considerarán incorporadas al respectivo contrato que se celebre con el adjudicatario.

 

Los anexos señalados como OBLIGATORIOS serán requisitos para la admisibilidad de las ofertas.

 

 

ARTÍCULO N° 4  SERVICIO REQUERIDO

 

No de Línea

Nombre del Servicio

Cantidad

Presupuesto Referencial impuestos incluidos

1

“ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”.

1

$20.000.000.- (veinte millones de pesos) impuestos incluidos.

 

ARTÍCULO N° 5  ETAPAS Y PLAZOS

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl.

Etapa

Plazo

Publicación de las Bases de Licitación

Dentro de los 3 días hábiles desde aprobada la Resolución que autoriza las presentes bases.

Inicio Período de Consultas

Inmediatamente después de publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl

Cierre Período de Consultas

Hasta el día 5 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 12:00 horas.

Publicación de Respuestas

Hasta el día 7 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl hasta las 23:59 horas.

Recepción de las Ofertas

Hasta el día 10 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:00 horas.

Acto de Apertura de las Ofertas (Técnicas y Económicas)

Desde el día 10 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:01 horas.

Período de Evaluación de las Ofertas

Hasta el día 30 desde el acto de apertura

Adjudicación

Hasta el día 40 desde el acto de apertura.

Suscripción del Contrato

Se formalizará con el envío de la orden de compra.

 

Se establece para esta licitación que, si a la fecha de recepción de ofertas sólo se han recibido dos o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente y por una sola vez, en dos días hábiles.

 

Respecto al plazo de “Publicación de Respuestas” la Corporación podrá ampliar dicho plazo hasta en 48 horas corridas sin afectar el cronograma de las demás fechas indicadas, pero siempre antes del cierre de recepción de ofertas y, solo si en relación a las preguntas o la cantidad de estas así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público.

 

Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente.  Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.

 

En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 62º del Decreto Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

 

ARTÍCULO N° 6  NOTIFICACIONES, DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la CORPORACIÓN publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

 

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

 

ARTÍCULO N° 7  LLAMADO A LICITACIÓN, ENTREGA DE BASES Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN

El llamado a Licitación Pública se publicará en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

 

Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.

Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas durante el proceso licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.

 

Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no existiendo para la CORPORACIÓN responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.

 

ARTÍCULO N° 8  PARTICIPANTES Y REQUISITOS

Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, así como también las uniones temporales de proveedores, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener constituido domicilio en Chile.

 

En el evento de presentarse una Unión Temporal de Proveedores (en adelante también UTP) ésta deberá sujetarse, en todo, a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

 

Podrán suscribir contratos con la CORPORACIÓN, todas las personas naturales y/o jurídicas que no se encuentren inhabilitadas para contratar con la Administración del Estado, según lo establecido en las leyes 19.886 y 20.393 y D.F.L. N°1/2004 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y no se encuentren afectas a las inhabilidades contempladas en el artículo 92 del Reglamento de Compras Públicas aprobado por Decreto Supremo Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda.

 

Conforme con lo anterior, no podrán participar en esta licitación, y quedarán excluidos:

 

a)       Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal (artículo 4º, inciso 1º, ley Nº19.886).

 

b)      Los funcionarios directivos de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia,  ni  personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54° de la ley Nº18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas (artículo 4º, inciso 6º, ley Nº19.886).

 

c)       Aquellos condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de contratar con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el artículo 20° letra d) del D.F.L. N° 1/2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la Libre Competencia.

 

d)      Aquellos que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º Nº 2) y 10° de la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica.

 

ARTÍCULO N° 9        CONSULTAS, COMUNICACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

 

Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación.

 

Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que la Corporación de Desarrollo Social de Providencia pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

 

La CORPORACIÓN realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas. Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

 

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, la CORPORACIÓN podrá realizar modificaciones a las Bases que estime pertinentes y/o necesarias para el correcto desarrollo de la licitación o comprensión de los términos y condiciones de las Bases sin que ello pueda importar, en caso alguno, una modificación a las mismas. Dichas aclaraciones y/o modificaciones serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y serán consideradas como parte integrante de las Bases de licitación.

 

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la CORPORACIÓN podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio.  No obstante, las modificaciones a la comisión de evaluación requeridas en razón de ausencia o falta de alguno de sus integrantes que impide realizar el proceso de evaluación podrán realizarse aún después del cierre de recepción de ofertas y siempre que no se haya iniciado el proceso de evaluación respectivo.  Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

 

En caso de que se determine necesario, la CORPORACIÓN podrá modificar la contratación, aumentando o disminuyendo hasta un 30% del valor total del contrato, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases.

 

II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

 

ARTÍCULO N° 10                   PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

 

a) Medio de entrega de la oferta y contenido.

La entrega de las ofertas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras 11.1, 11.2 y 11.3 del artículo 11º, deberá efectuarse electrónicamente a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases.

 

No será recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que la determinada por estas Bases.

 

Los Oferentes deben presentar la oferta por la totalidad de los servicios requeridos en la presente licitación.

 

Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, o condiciones para su adjudicación de cualquier tipo o montos mínimos de despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes, que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la CORPORACIÓN, y los oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas aceptan tal condición. 

 

b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes.

Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos, así como también el contenido de éstos y la veracidad de lo que en ellos conste.

 

c) Verificación de los antecedentes.

La CORPORACIÓN tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.

 

ARTÍCULO N° 11                  CONTENIDO DE LAS OFERTAS

Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl y serán de carácter irrevocable.

 

Los costos en que incurra el oferente, derivado de la formulación de la propuesta, serán de su exclusivo cargo, y en caso de no seleccionarse su oferta, no dará origen a reembolso o indemnización alguna.

 

Cada oferente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada, lo cual estará determinado por lo siguiente:

 

a)                   Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital.

 

b)                  Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo.

 

c)                   Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases.

 

d)                  Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes formatos: pdf, Word, jpg, Excel, power point, winrar, winzip y/o sus equivalentes en código libre.

 

Los oferentes deberán presentar en “Anexo Administrativo”, “Anexo Técnico” o “Anexo Económico”, a través del Portal Mercado Público, los siguientes documentos:

 

11.1     Documentos Administrativos

11.1.1   Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases”.

11.1.2   Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.

11.1.3   Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”.

11.1.4  Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda).

 

11.2     Documentos Económicos

11.2.1  Anexo N°3 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO).

 

11.3     Documentos Técnicos

11.3.1  Anexo N°4 “Plazo de Entrega y Reposición de Productos” (OBLIGATORIO).

 

Los anexos estarán disponibles en formato Word o Excel, como anexo en la ficha de licitación respectiva en el Portal Electrónico www.mercadopublico.cl

 

a) Antecedentes del Oferente y Otros Documentos.

 

Los proponentes inscritos en el Registro de Proveedores que no cuenten con la documentación cargada en la “Ficha de proveedores”, respecto a la documentación legal de su Empresa (o en el caso de UTP, de todas las que participen), la Corporación, podrá solicitar que se incluya cualquier documento faltante de los solicitados en dicho apartado, directamente en el portal de www.mercadopublico.cl y deberá entregar, cualquier otro documento que solicite la Corporación para verificar cualquier información que requiera ésta para su evaluación y/o verificación.  

 

Respecto a los antecedentes señalados como obligatorios serán requisitos de admisibilidad para la evaluación de ofertas.

 

b) Oferta Técnica (OBLIGATORIA)

Los oferentes deberán presentar en el Anexo N° 4 su oferta técnica:

 

·         El plazo de entrega de los productos deberá ser ofertado en “días” enteros, indicando una oferta no superior a los 15 días hábiles, en caso de presentar una oferta superior al límite indicado, su oferta será declarada técnicamente inadmisible en el proceso de Evaluación de ofertas o en cualquier momento que se detecte dicha situación.

·         El plazo de cambio y/o reposición de productos, cuando estos presenten problemas del fabricante, en su envoltorio original que afecte la integridad del producto, el producto no corresponda a la solicitado, el producto no cumpla con la normativa chilena para su comercialización y demás situaciones que afecten el correcto suministro de lo solicitado por la Corporación; La oferta debe presentarse en horas hábiles, con tope máximo de 72 horas hábiles, en caso de presentar una oferta superior al límite indicado, su oferta será declarada técnicamente inadmisible en el proceso de Evaluación de ofertas o en cualquier momento que se detecte dicha situación.  

 

Es importante considerar que la presentación de la información exigida en el anexo es obligatoria, por tanto, su omisión constituye causal de inadmisibilidad conforme a lo indicado en el artículo 13° de estas Bases.

 

c) Oferta Económica

 

Oferta Económica. (OBLIGATORIO)

Los oferentes deberán presentar su oferta económica por la canasta completa de artículos requeridos, en pesos chilenos, indicando marca ofertada (la misma mencionada o su equivalente en otras marcas) y sin considerar reajustes y/o variación de precio alguno mientras dure la contratación, de forma obligatoria, a través del Anexo N°3 adjunto.

 

La no presentación de la oferta es causal de inadmisibilidad. 

 

ARTÍCULO N° 12                  GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

En esta licitación no se exigirá garantía de seriedad de la oferta.

 

ARTÍCULO N° 13                  ADMISIBILIDAD Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS

Es requisito para participar en esta licitación, para la aceptación y validez de la oferta deberá cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 8º de estas Bases y presentar los antecedentes exigidos en las presentes Bases, con especial énfasis en aquellos declarados como OBLIGATORIOS, considerando que aquellos OBLIGATORIOS son causal de inadmisibilidad.

 

Conforme con lo anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes:

 

1.       Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas en el párrafo cuarto del artículo 8º, letras a), b), c) y d), de las presentes Bases.

2.       Que la propuesta no presente alguno de los antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS.

3.       Si los servicios ofertados no corresponden o no cumplen con lo requerido en la presente licitación conforme a lo previsto a tal efecto en las respectivas bases técnicas.

4.       Que la propuesta esté sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en el artículo 10º de estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso.

5.       En el caso que corresponda, que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta y/o que la garantía de seriedad de la oferta no sea presentada en la forma y contenido, y/o que la garantía de seriedad de la oferta no cumpla con lo establecido en las presentes bases antes del cierre de las ofertas. ­­

6.       Si el servicio ofertado no cumple con la totalidad de las especificaciones Técnico-Económicas definidas y exigidas como esenciales u obligatorias en las Bases Técnicas, o si alguno de estos requerimientos se encuentra afecto a un cobro adicional.

7.       Que en el caso que las bases contengan visita(s) a terreno obligatoria(s), que el oferente no haya asistido a tales visitas.

8.       Que en el caso que corresponda, el oferente no entregase la(s) garantía(s) solicitadas en el proceso de postulación de ofertas.  

 

Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14º de estas Bases.

 

ARTÍCULO N° 14     ACLARACIONES A LAS OFERTAS

La CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que adjunten documentos no esenciales o salven errores de referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud de documentación atingente al proceso, por parte del CORPORACIÓN como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información.

 

El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración.

 

En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos solicitados por foro inverso de la plataforma de Mercado Público al término del plazo fatal y, resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la suscripción del contrato respectivo según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso de no presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes.

 

ARTÍCULO N° 15     VALIDEZ DE LAS OFERTAS

Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CORPORACIÓN podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las cauciones de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en el artículo 12° de estas Bases. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la CORPORACIÓN devolverá las cauciones respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento.

 

ARTÍCULO N° 16                   COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el Secretario General, o quien tenga delegada la facultad.

 

Los miembros de la Comisión Evaluadora, al momento de conocer los nombres de los oferentes, deberán declarar en el Acta de la Comisión Evaluadora no tener conflicto de intereses con ninguno de los oferentes, de forma directa o indirecta, así como su compromiso irrestricto de no aceptar ni en un tiempo pasado, presente o futuro, donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no) mientras integre ésta la Comisión Evaluadora.

 

En el evento de que los miembros de la Comisión Evaluadora declarasen o detectaran en el acto mismo que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el Acta suspendiéndose la Evaluación para proceder al inmediato reemplazo del integrante de la Comisión Evaluadora inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente.

 

En caso de que alguno de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por fuerza mayor, caso fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo 37 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

 

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros.

 

Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a terceros sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación.

 

Corresponderá a la Comisión Evaluadora:

 

1.- Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en los artículos 13º y 14º de las presentes Bases.

2.- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes. 

3.- Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas:

1)      Modificación del plazo de adjudicación en el caso previsto en el artículo 18° de las presentes Bases.

2)      En caso de que se encuentren contempladas en las Bases una visita a terreno o la demostración de productos y/o equipos en comodato: constancia de la efectiva realización de la actividad, forma como se desarrollaron y pronunciamiento de la Comisión en caso de observaciones a los mismos.

3)      Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

4)      Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

5)      La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

6)      Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido.

7)      La proposición fundada de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

 

El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación.

 

La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.

 

Durante el proceso de evaluación la CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Con excepción de la situación precedentemente descrita, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la CORPORACIÓN.

 

La Comisión de Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura o de evaluación de las ofertas pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases. 

 

III.- EVALUACIÓN

 

ARTÍCULO N° 17                   CRITERIOS DE EVALUACIÓN

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos solicitados en las Bases, continuará con el proceso de evaluación de la presente licitación, debiendo detallar los servicios en su propuesta. El oferente que no cumpla con los requisitos mínimos solicitados no continuará con el proceso de evaluación. La CORPORACIÓN declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones en las presentes bases.

 

La evaluación de la oferta se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes criterios:

 

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1.- Evaluación Económica.

85%

2.- Plazo de entrega.

10%

3.- Plazo de cambio y/o reposición de productos.

4%

4.-Cumplimiento de requisitos formales.

1%

 

Definición de criterios y asignación de puntajes:

A continuación, se analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes bases:

 

1.- Evaluación Económica (85%):

Los oferentes deberán presentar la información requerida de forma obligatoria en el Anexo N°3, indicando, en pesos chileno, el precio y la marca ofertada del producto.

 

Para efectos de la Evaluación se considerará el precio total de canasta de los productos requeridos.

El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:

 

 

Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.

El puntaje se ponderará por el 85%.

 

2.- Plazo de entrega total de los productos (10%): El puntaje estará determinado por el tiempo (medido en días hábiles), posterior a la aceptación de la Orden de Compra (entendiéndose aceptada trascurridas 24 horas desde su emisión), que demore la entrega de los productos e instalación en el caso que corresponda de la totalidad de éstos.

 

El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:

 

 

Sin perjuicio de lo anterior no se aceptarán ofertas que presenten un plazo superior a 15 días hábiles, en el caso de presentarse, serán consideradas inadmisibles en cualquier etapa donde se detecte dicha situación.

 

Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.

El puntaje se ponderará por el 10%.

 

3.- Plazo de cambio y/o reposición de productos (4%): Será evaluado el plazo de cambio y/o reposición  de productos en caso que los productos no cumplan con la normativa vigente para su comercialización, si se encuentran dañados en su empaquetado, con problemas que afecten la integridad material del producto como, sellado deficiente, daño evidente, alteraciones físicas producto del almacenaje o traslado  y por cualquier defecto o circunstancia que afecte su uso adecuado atribuible a fallas del fabricante o almacenamiento del proveedor, cualquier sea el caso en el cual el o los productos rechazados se considerarán no entregados. El puntaje estará determinado por el tiempo, en horas hábiles desde el aviso del Encargado del establecimiento al proveedor mediante correo electrónico, según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°3, de acuerdo con los siguientes puntajes:

 

Plazo

Puntaje

Igual o < 24 horas hábiles

100 puntos

25 a 48 horas hábiles

50 puntos

49 a 72 horas hábiles

0 puntos

 

Sin perjuicio de lo anterior no se aceptarán ofertas que presenten un plazo superior a 72 horas hábiles, en el caso de presentarse, serán consideradas inadmisibles en cualquier etapa donde se detecte dicha situación.

 

Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.

El puntaje se ponderará por el 4%.

 

 

4.- Cumplimiento de requisitos formales (1%):

Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla:

 

FACTOR A EVALUAR

PUNTAJE

La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.

100

La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.

0

El puntaje obtenido se ponderará por el 1%.

 

Comportamiento contractual anterior:

La evaluación al comportamiento contractual tiene por OBJETO DESCONTAR PUNTAJE, respecto del total obtenido, aplicando la pauta de evaluación, considerado la información proporcionada por el "Historial de comportamiento contractual" de la plataforma Chile Proveedores.

 

TIPO SANCIÓN

PUNTAJE PARA DISMINUIR

1

Termino anticipado unilateral de contrato por causas imputables al contratista

-5 PUNTOS POR CONTRATO.

 

Cada puntaje indicado en la tabla precedente se deberá considerar por cada "término anticipado unilateral del contrato", que presente el proveedor, EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 15 PUNTOS.

 

C) Resolución de empates.

 

Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.

 

·         En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”.

 

·         En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Plazo de entrega de los productos”.

 

Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.

 

IV.- ADJUDICACIÓN

 

ARTÍCULO N° 18                   ADJUDICACIÓN

La presente licitación podrá ser adjudicada a un solo oferente por la línea de servicio licitado. En ningún caso se podrá adjudicar una misma línea a dos o más oferentes

 

De las propuestas seleccionadas la CORPORACIÓN, adjudicará a la oferta que haya obtenido el mayor puntaje ponderado final.

 

La CORPORACIÓN, resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el cronograma contenido en el artículo 5º de estas Bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

 

Para tales efectos, la CORPORACIÓN, informará los motivos de la ampliación y modificará las fechas en el sistema de información sitio www.mercadopublico.cl

 

La CORPORACIÓN, rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

 

Se revocará la licitación en el caso de que existan errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Base, o cuando no pueda continuar con el procedimiento administrativo que conduce a la adjudicación.

 

Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en los siguientes casos:

 

1.       Si no se presentan ofertas.

2.       Si todas las ofertas son inadmisibles en conformidad al artículo 13º de estas Bases.

3.       Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora.

4.       Si el servicio ofertado no es conveniente para los intereses de la CORPORACIÓN:

·         Por no cumplir con las características técnicas requeridas;

·         En razón de que los precios ofertados no son favorables en relación con el presupuesto disponible para la licitación.

·         Por otras razones que deberán ser debidamente justificadas y fundamentadas por la Comisión Evaluadora.

 

El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte de la CORPORACIÓN de una propuesta presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato, según sea el caso.

                                                                                                                              

Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases.

 

Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información.

 

ARTÍCULO N° 19                   READJUDICACIÓN

Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases:

 

  1. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en el artículo 21° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas según lo establecido en ese mismo artículo;

 

  1. Si el adjudicatario no suscribe el contrato conforme con lo exigido en el artículo 22° en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción; 

 

  1. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 14° y 20º.

 

En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN.

 

El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 20º de estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.

 

La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl

 

 

V.- CONTRATACIÓN

 

ARTÍCULO N° 20                   CONTRATACIÓN

Resuelta la adjudicación de la licitación, y al momento de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos:

 

a)       Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. El Proveedor adjudicado tendrá 5 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio www.mercadopublico.cl, para habilitarse en el registro indicado.  En el caso de la Unión Temporal de Proveedores cada proveedor de dicha unión deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

b)      Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 21º de estas Bases, si así fuera exigible conforme a lo previsto en estas Bases.

c)       Entregar todos los documentos que solicite la CORPORACIÓN o quien esté a cargo para la elaboración del contrato, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso.  

d)      En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá acreditar que el acuerdo consta por escritura pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o escritura pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM.

e)      Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, acreditando que no registra reclamo ni denuncia en relación a sus obligaciones laborales a través del certificado F30.

f)        Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo.

 

La documentación requerida en las letras c) y d) de este artículo deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación o de la solicitud de documentación.

 

Sin perjuicio de la declaración jurada señalada en la letra b), al momento de la contratación la CORPORACIÓN verificará si el proveedor se encuentra afectado por alguna inhabilidad prevista en los artículos 8º y 10º de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo 1º de la ley 20.393. Lo anterior de conformidad con el listado de proveedores inhabilitados para contratar publicado por la Dirección de Compras y Contratación Pública en su sitio www.mercadopublico.cl.

 

ARTÍCULO N° 21                  GARANTÍAS REQUERIDAS

 

1.   GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO

No se requerirá garantía de fiel cumplimiento de contrato.

 

ARTÍCULO N° 22                  DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES

Una vez dictada la resolución de adjudicación y publicada en el Portal Mercado Público, y, habiéndose enviado la/las orden/es de compra a través del mismo, siendo esta última aceptada por el proveedor en un plazo no superior a 7 días corridos, para todos los efectos de las presentes bases de licitación, se darán por suscritas las obligaciones contractuales entre el adjudicatario y la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, rigiéndose estrictamente por las presentes bases de licitación y la oferta del adjudicado y quedando pactadas las obligaciones entre las partes desde la aceptación de dicha orden de compra.

 

ARTÍCULO N° 23                  MODALIDAD DEL CONTRATO Y PAGOS

La adquisición a que dará origen la presente licitación será un contrato de ejecución inmediata entendiéndose por tal aquel por el cual el proveedor se obliga a cumplir con la entrega total de los productos adjudicados a la CORPORACIÓN en el tiempo, precio, cantidad, calidad y lugar acordados según los requerimientos de la CORPORACION y hasta por el monto adjudicado.

 

Los precios que se pagarán serán conforme a lo establecido en las Bases Económicas y según los valores del Anexo N°3 “Oferta Económica” declarados por el adjudicado

 

ARTÍCULO N° 24                   VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN

La contratación comenzará a regir desde la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicado y hasta extintas las obligaciones contractuales entre las partes, esto quiere decir, hasta la recepción conforme de la totalidad de los productos y la extinción de las garantías legales correspondientes de los mismos.

 

El oferente adjudicado se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de estas Bases. En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio del contrato en el Sistema de Información, la CORPORACIÓN deberá remitir al oferente adjudicado copia de aquel mediante carta certificada dirigida al adjudicatario, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente a la recepción de dicha carta en la oficina de correos que corresponda.

 

En caso de que no tenga lugar la celebración de un contrato, la contratación empezará a regir a contar de la fecha de aceptación de la respectiva orden de compra por parte del proveedor adjudicado, la cual sólo será emitida una vez totalmente tramitado el acto administrativo de adjudicación y siempre que aquel haya dado cumplimiento a las exigencias del artículo 20° de estas Bases según corresponda.

 

ARTÍCULO N° 25                  CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN

Durante la ejecución del contrato, y previa autorización de la CORPORACIÓN, el Proveedor podrá efectuar las subcontrataciones que sean necesarias para el cumplimiento del suministro contratado. No obstante, la subcontratación deberá ser parcial, conforme con lo dispuesto en el artículo 76 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La CORPORACIÓN tendrá la facultad de requerir información de acerca de los servicios subcontratados.

 

El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución del suministro materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la CORPORACIÓN, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la CORPORACIÓN.

 

Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que CORPORACIÓN así lo requiera, el Proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.

 

El incumplimiento reiterado del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, en los términos previstos en el artículo 27º de las Bases, será estimado como incumplimiento grave y facultará a la CORPORACIÓN para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 27° de estas Bases y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato pertinente. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.

 

VI.- MULTAS

 

ARTÍCULO N° 26                  CONDICIONES DE MULTA

La Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que éste haya incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato o que le impone la Ley.

 

El monto de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la magnitud de la infracción pudiendo llegar hasta un 10% del total del contrato. En tal caso, la Corporación podrá poner término anticipado del contrato en virtud de lo indicado en el artículo de 27° de estas Bases de Licitación, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.

 

El proveedor adjudicado podrá ser sancionado por la CORPORACIÓN con la aplicación de multas a través de descuentos en los pagos de las facturas respectivas.

 

El monto de las multas está dado de acuerdo a la siguiente tabla:

 

Multa

Monto de Multa

Atraso en el plazo ofertado para la entrega total de los productos.

1 UF por día corrido de atraso, con tope máximo de 15 días.

Atraso en el cambio y/o la reposición de productos defectuosos o que no cumplan características técnicas.

10% del valor total del producto por día corrido de atraso, con tope de 15 días.

Cambio de producto ofertado sin previa autorización.

2 UF por cambio de producto y la reposición del producto original ofertado.

 

·         Procedimiento de aplicación de multa

Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases, la CORPORACIÓN aplica multas, termina anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas contempladas en las bases y contrato respectivo, tendrá lugar el procedimiento para la aplicación de medidas previsto en este artículo.

 

En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, la CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante el envío de un correo electrónico indicándole los hechos que configuren el(los) incumplimiento(s) y la(s) sanción(es) que resulta(n) aplicable(s).

 

A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.

 

La CORPORACIÓN acogerá total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, luego de ello dictará el respectivo acto administrativo aplicando la multa.

 

Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CORPORACIÓN tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, personalmente, vía correo electrónico.

 

·         Pago de las Multas

Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente:

 

1.       Las multas aprobadas deberán ser pagadas por el proveedor en el plazo de 10 días hábiles.

2.       El proveedor deberá pagar la respectiva multa mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la Corporación, conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa.

3.       Vencido el plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya efectuado, se pondrá término anticipado de la contratación conforme a lo previsto en el artículo 27° de las presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales que le pudieren corresponder a la CORPORACIÓN en contra del Proveedor y de informar a la Dirección de ChileCompra a efectos que su mal comportamiento quede registrado en su ficha histórica cuando se realice la evaluación anual de los proveedores del Estado.

 

 

 

VII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

 

ARTÍCULO N° 27                  TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO

 

Mediante Resolución fundada la CORPORACIÓN podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:

 

a)       Si el PROVEEDOR se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.

 

b)      Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.

 

c)       En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

 

d)      Si los servicios, materia de esta licitación, no cumplen con las características exigidas en las Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado.

 

e)      Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor máximo de multas establecido en el artículo 26° de estas Bases; incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado; en todos los casos previstos en el artículo 26° de estas Bases en que la aplicación de multas o incumplimiento conlleva el término anticipado del contrato; y en todos los casos en que conforme a lo previsto en las presentes Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado del contrato.

 

f)        La no renovación de la garantía en los casos previstos en las presentes Bases.

 

g)       El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123.

 

h)      Si los productos/ o servicios licitados son objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración del contrato y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor o contratante iguale el precio.

 

i)        Por caso fortuito o fuerza mayor.

 

j)        Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.

 

k)       Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al contrato.

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras h), i), j, y k), en el evento de haberse entregado garantía de fiel cumplimiento atendido el monto de la contratación, la CORPORACIÓN podrá cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza.  Sin perjuicio de lo anterior, la CORPORACIÓN ejercerá todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor por su incumplimiento.

 

La CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada adjuntando copia de la resolución que dispone el término anticipado. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en el Registro de Proveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.

 

ARTÍCULO N° 28                  SUSPENSIÓN DEL CONTRATO

Por la naturaleza del contrato este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia.

 

BASES ECONÓMICAS

 

ARTÍCULO N° 29                  PRESUPUESTO Y OFERTA ECONÓMICA

El presupuesto referencial disponible para la presente licitación asciende a la suma total de $20.000.000.- (veinte millones de pesos) impuestos incluidos.

 

La propuesta económica por la compra de productos de: “ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”, deberá ser expresada en pesos chilenos y deberá ser declarado debidamente en el Anexo N°3, cuyo valor será considerado para la evaluación deberá incluir cualquier otro costo asociado a otro rubro. Lo anterior será evaluado según lo estipulado en el artículo 17° de las presentes Bases. Los valores deben ser expresados en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro costo asociado a otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo. El valor unitario neto ofertado para cada unidad de servicio licitado permanecerá fijo durante la toda vigencia del contrato

 

El Oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 11º, y presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº3.

 

ARTÍCULO N° 30                  CONDICIONES DE PAGO

El Proveedor facturará por todos los productos efectivamente despachados y “recepcionados conformes” por la CORPORACIÓN, previa emisión de orden de compra, y estará afecto a los impuestos que correspondan indicando el detalle de entrega de los productos en cada establecimiento.

 

Para los efectos del pago el Proveedor deberá entregar a cada establecimiento solicitante de la CORPORACIÓN la factura correspondiente al monto a pagar, según lo indicado en el Anexo N°3, la cual deberá indicar, además de las menciones tributarias, razón social, Rut, y dirección indicando la comuna y ciudad el N° de la Orden de Compra, y en formato digital vía correo electrónico al requirente de la compra o a la dirección de correo electrónico que se indique en la orden de compra respectiva.

 

El pago se efectuará en el plazo de 30 días corridos contados desde la entrega de la documentación señalada.

Sin perjuicio de lo anterior, no se aprobará el pago de las facturas, si a partir de la documentación solicitada, por la CORPORACIÓN, en virtud de lo preceptuado en el artículo 25°, se advierte que el proveedor está en estado de incumplimiento respecto de sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o subcontratistas con sus trabajadores.

 

Para todos los efectos, no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente recepcionada la canasta completa de productos en los establecimientos.

 

En el evento que el Proveedor registre saldos insolutos relativos a remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, en las primeras facturas del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones debiendo el contratante acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Dicha situación será acreditada mediante la documentación prevista en el artículo 25° de estas Bases.

 

BASES TÉCNICAS

 

ARTÍCULO N° 31                  ADQUISICIÓN REQUERIDA

La Corporación de Desarrollo Social de Providencia requiere adquirir del "ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA " para 6 establecimientos educacionales de la comuna.

 

No de Línea

Nombre del Servicio

Cantidad

Presupuesto Referencial impuestos incluidos

1

“ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”.

1

$20.000.000.- (veinte millones de pesos) impuestos incluidos.

 

 

ARTÍCULO N° 32      ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS PRODUCTOS

 

a)            Lugar y plazo de entrega de los productos:

El Proveedor deberá entregar los artículos requeridos en los establecimientos dependientes de la CORPORACIÓN en el horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, en la forma, cantidad, y plazo aceptado en las Bases y dentro del plazo ofertado respectivo para tales efectos, adjuntando la correspondiente orden de compra con el detalle de los productos a entregar. 

 

Las direcciones de despacho serán según el siguiente detalle:

 

1.- Colegio El Vergel, ubicado en Av. Los Leones N°1758.

2.- Liceo Carmela Carvajal, ubicado en Av. Italia N°980.

3.- Liceo Juan Pablo Duarte, ubicado en Av. Santa Isabel N°735.

4.- Liceo José Victorino Lastarria, ubicado en Av. Miguel Claro N°32.

5.- Liceo 7 Luisa Saavedra de González, ubicado en Monseñor Nuncio Sótero Sanz N°60.

6.- Liceo Tajamar, ubicado en Av. Los Leones N°238.

 

 

ARTÍCULO N° 33      DESCRIPCION DE LOS PRODUCTOS

 

1.- CARACTERISTICAS DE LOS PRODUCTOS REQUERIDOS:

La Corporación de Desarrollo Social de Providencia requiere adquirir "ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA".

 

Los artículos requeridos son los que se indican a continuación:

 

ESTABLECIMIENTO

DESCRIPCIÓN: ESPECIFICACIONES TECNICAS

Colegio El Vergel

TESTIMONIO de atletismo de aluminio Certificado WA (Ex IAAF): 2 paquetes de 16 unidades, no se requiere marca específica

Colegio El Vergel

CUERDAS PARA SALTAR 1.8 mts – ajustable con cabeza giratoria de acción. Color al azar Material Madera / Textil : 40 unidades

Colegio El Vergel

PELOTA - BALON DE ESPONJA 8" (20 cm.): 20 unidades

Liceo Carmela Carvajal

COLCHONETAS GRANDES 2X1,8 MT, Densidad 100, alto 6 cm: 10 unidades

Liceo Carmela Carvajal

CUERDAS PARA SALTAR TRENZADAS 2M SIN MANILLA: 90 unidades

Liceo Carmela Carvajal

AROS GIMNASIA RÍTMICA: 75 cm diámetro 20 unidades

Liceo Carmela Carvajal

BALONES BÁSQUETBOL N°6: 15 unidades

Liceo Carmela Carvajal

BALONES DE FUTBOLITO Talla N°4: 5 unidades

Liceo Carmela Carvajal

BALONES DE VÓLEIBOL INICIACIÓN N°1500: 25 unidades

Liceo Carmela Carvajal

PELOTA TENIS SUFIX PRO (o equivalente) 3 UNIDADES: Cantidad 25 paquetes

Liceo Carmela Carvajal

ARO OFICIAL VINEX (o equivalente)  GIMNASIA RITMICA 18MM: 25 unidades

Liceo Carmela Carvajal

SET 50 CONO LENTEJA: 25 unidades

Liceo Carmela Carvajal

CONO 18" (45CM) NARANJO: 25 unidades

Liceo Carmela Carvajal

CUERDA PARA SALTO 10MM / 3 MTS CUERDA: 25 unidades

Liceo Carmela Carvajal

BALONES MULTIPROPÓSITO 6" DRB (o equivalente) CLASICO GOMA: 20 unidades

Liceo Carmela Carvajal

BANDAS DE RESISTENCIA ALTA PARA (CROSSFIT) Largo circunferencia: 200cm Ancho: 44mm

Espesor: 32mm: 5 unidades

Liceo Carmela Carvajal

BANDAS DE RESISTENCIA DE TENSIÓN BAJA UNIDAD. Largo circunferencia: 200cm   Ancho: 44mm   Espesor: 4 mm: 5 unidades

Liceo Carmela Carvajal

BANDAS DE RESISTENCIA DE TENSIÓN MEDIA UNIDAD. Largo circunferencia: 200cm Ancho: 44mm Espesor: 64 mm: 5 unidades

Liceo Carmela Carvajal

SET DE 5 BANDAS ELÁSTICAS CIRCULARES (50 unidades en total)

MEDIDAS BANDAS DE REFERENCIA (colores cualesquiera): 600x50x1,1 milímetros. Extra light 5-10 Lbs Light 10-15 Lbs Medium 15-25Lbs Heavy 25-30 Lbs Extra heavy 30-40Lbs Mini: 10 unidades

Liceo Carmela Carvajal

BOLSOS PORTABALONES MITRE (o equivalente)  Capacidad 12-15 balones: 4 unidades

Liceo Carmela Carvajal

CAJÓN DE SALTO PIRAMIDAL DE 5 CUERPOS.

Tamaño aproximado es de 130cm largo x 40cm ancho superior x 68cm ancho inferior o base x 100cm de alto.: 1 unidad

Liceo Carmela Carvajal

MINITRAMPOLIN ESTRUCTURA METALICA DE 2MM CON 4 RESORTES DE

ACERO Y CUERDA ELASTICA, COBERTURA NAUTICA DOBLE, COSTURA QUINTUPLE.

DIMENSIONES: LARGO: 1,10MT., ANCHO: 1,10MT., ALTO: 38CM. ALTURA MINIMA Y REGULABLE CADA 10CM.: 1 unidad

Liceo Carmela Carvajal

SET DE 6 UNIDADES DE PETOS NUMERADOS  DEL 1 a 6: Cantidad 3

Liceo Carmela Carvajal

STEPS PLÁSTICOS AJUSTABLES EN ALTURA (entre 20 cm y 35 cm de altura, de al menos 2 niveles): 15 unidades

Liceo Carmela Carvajal

VALLAS TRAINING AJUSTABLES ETO’O (o equivalente) BASIC NJ 6" (15CM): 20 unidades

Liceo Juan Pablo Duarte

RAQUETA BADMINTON 2 RAQUET. MAS 1 PLUMILLA JIELING: Cantidad 10

Liceo Juan Pablo Duarte

PLUMILLA BADMINTON FLOTT (o equivalente) PLUMA 6 UNIDADES, COLOR BLANCO: Cantidad 48

Liceo Juan Pablo Duarte

ARO HULA HULA GIMNASIA RITMICA 18MM 30" 75 CM, TALLA 24: Cantidad 50

Liceo Juan Pablo Duarte

VALLA SALTO ATLETISMO GOLD AJUSTABLE, TALLA SUPER 200, COLOR AZUL: Cantidad 4

Liceo Juan Pablo Duarte

PALETA PING PONG XSF (o equivalente) RACKET 2 PALETAS 3 PELOTAS, COLOR ROJO: Cantidad 15

Liceo Juan Pablo Duarte

PELOTA PING PONG DHS (o equivalente) ABS OUTDOOR TT BALL, TALA 40 MM, COLOR BLANCO: Cantidad 6

Liceo Juan Pablo Duarte

SOPORTE+RED PING PONG X-24 XSF (o equivalente), COLOR NEGRO-AZUL-MARINO: CANTIDAD 10

Liceo Juan Pablo Duarte

PELOTA TACA TACA BLANCA: CANTIDAD 50

Liceo Juan Pablo Duarte

RED BABY 60H PP CHIPREZ, TALLA 60, COLOR BLANCO: CANTIDAD 3

Liceo Juan Pablo Duarte

PELOTA TENIS TARRO 3 UN.INSUM (o equivalente), TALLA 3, COLOR NARANJO: CANTIDAD 34

Liceo Juan Pablo Duarte

BALON ESPONJA PU 7" VOLEY AMARILLO/AZUL, TALLA 7: CANTIDAD 30

Liceo Juan Pablo Duarte

PALO HOCKEY SIMBRA (o equivalente) 37" AZUL: CANTIDAD 10

Liceo Juan Pablo Duarte

PALO HOCKEY SIMBRA (o equivalente) 32" AZUL: CANTIDAD 10

Liceo Juan Pablo Duarte

TABLERO ACRILICO 10 MM MED. OF. 180X120 MT UNIDAD, TRANSPARENTE: CANTIDAD 2

Liceo Juan Pablo Duarte

ARO BASQUETBOL TORPEDO (o equivalente) DOBLE PRIME NJ18, COLOR NARANJO: CANTIDAD 2

Liceo Lastarria

MESA DE TENIS DE MESA (PING-PONG) EXTERIOR: 10 UNIDADES

Liceo Lastarria

MALLA DE MESA DE PING PONG: 11 UNIDADES

Liceo Lastarria

PELOTAS DE TENIS DE MESA MARCA DOUBLE FISH 40 (o equivalente): 100 UNIDADES

Liceo Lastarria

PALETAS DE TENIS DE MESA: 20 UNIDADES

Liceo Lastarria

TACA-TACA USO ESCOLAR- MATERIALES DE ALTA RESISTENCIA - VENTA CON GARANTIA- PORTATILES

*Uso escolar a la intemperie

*Para 6 Personas

*Resistentes en madera sólida y Metal

* Medidas : largo 180 x ancho 74 x alto 87 cm

* Cancha reforzada

*Arcos y jugadores metálicos

*Barras zincadas y telescópicas

*7 pelotas.: CANTIDAD 10

Liceo N°7

BALÓN DE BASQUETBOL 2000/gr molten (o equivalente): CANTIDAD 5

Liceo N°7

BALÓN DE FÚTBOL n°5: CANTIDAD 10

Liceo N°7

BALÓN DE VOLEIBOL molten serve (o equivalente): CANTIDAD 15

Liceo Tajamar

CRONOMETROS MARCA TORPEDO (o equivalente), Alto (cm) 3.0, Ancho (cm) 11.0, Largo (cm) 16,0 : CANTIDAD 4

Liceo Tajamar

SILBATO PROFESIONAL 50 DRB (o equivalente)

•Incluye cordón para más comodidad

•Material Plástico UNIDAD.: CANTIDAD 4

 

a)            Rechazo y reposición de productos:

La CORPORACIÓN se reserva el derecho de rechazar total o parcialmente la recepción de productos al momento de su entrega, o dentro de los 3 días hábiles siguientes a dicha recepción, si los productos no cumplen con los requerimientos técnicos exigidos en estas Bases y/o se encuentran dañados o defectuosos, con problemas de calidad como cambio color, excesiva humedad, sellado deficiente, u otros; que presenten defectos de fabricación o deterioros; y en general por cualquier defecto o circunstancia que afecte su uso adecuado, caso en el cual el o los productos rechazados se considerarán no entregados.

 

En tales casos el cambio de los productos se efectuará conforme al siguiente procedimiento:

1.    El Encargado del establecimiento, o quien lo reemplace, enviará un correo electrónico al Proveedor, indicando él o los productos que han sido rechazados, sus cantidades y el motivo del rechazo.

2.    El Proveedor deberá realizar el cambio o reposición del producto en los plazos ofertados según Anexo N°4, asumiendo, además, los costos inherentes al retiro, traslado y reposición.

3.    El retiro de los productos rechazados, así como la entrega de los nuevos productos, se efectuará en el establecimiento que corresponda y en los horarios acordados previamente.

4.    Si el Proveedor no realiza el cambio dentro del plazo señalado en el Nº2 precedente, el Encargado del establecimiento avisará a la Unidad Técnica para que éste emita un informe que dé cuenta del incumplimiento del proveedor y el monto total del cambio no realizado, el que será descontado de la factura pendiente para pago, solicitando la nota de crédito respectiva, sin perjuicio de la aplicación de las multas previstas en el artículo 26º de estas Bases.

 

 

 

b)            Cambio de productos: 

El proveedor deberá realizar aviso mediante correo electrónico a requirente de la compra para solicitar autorización de cambio de producto en el caso que el producto ofertado tenga quiebre de stock o se encuentre discontinuado desde el fabricante, es importante señalar que el producto de reemplazo debe ser de similares características que el ofertado y estará sujeto a la aprobación de la CORPORACIÓN su reemplazo.

 

En el caso que el proveedor no avise del cambio y lo realice sin previa autorización, se aplicarán las multas correspondientes, según el artículo N°26 de las presentes Bases de Licitación.

 

ARTÍCULO N° 34       CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA.

La contraparte técnica de la CORPORACIÓN, (“UNIDAD TECNICA") será representada por el área de Educación de la Corporación y se designará una o más personas del área a la supervigilancia de la presente contratación.

 

Para fines de seguimiento de los productos adquiridos, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica:

 

1.         Informar a la Directora de Administración y Finanzas de la Corporación de Desarrollo Social De Providencia respecto de cualquier incumplimiento del Proveedor a las obligaciones asumidas por este en virtud del contrato.

2.         Convocar al Proveedor a reunión(es) para coordinar la ejecución de la presente contratación.

3.         Proporcionar al Proveedor la información disponible y asistencia que requiera para el desarrollo de su trabajo.

4.         Dar aprobación respecto a los cambios de producto conforme a lo señalado en la letra b) del artículo 33° de las Bases.