BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA
“ADQUISICIÓN DE
IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”
I.- GENERALIDADES
ARTÍCULO N° 1
LLAMADO A LICITACIÓN
La
Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”,
llama a licitación pública denominada: “ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”.
ARTÍCULO
N° 2 OBJETIVO
La presente licitación tiene por objeto adquirir
implementos deportivos para los establecimientos educacionales Municipales de
Providencia que son administrados por la Corporación de Desarrollo Social de
Providencia, los que se detallan a continuación:
1.
Colegio El Vergel, ubicado en Av. Los Leones
N°1758.
2.
Liceo Carmela Carvajal, ubicado en Av. Italia
N°980.
3.
Liceo Juan Pablo Duarte, ubicado en Av. Santa
Isabel N°735.
4.
Liceo José Victorino Lastarria, ubicado en Av.
Miguel Claro N°32.
5.
Liceo 7 Luisa Saavedra de González, ubicado en
Monseñor Nuncio Sótero Sanz N°60.
6.
Liceo Tajamar, ubicado en Av. Los Leones
N°238.
ARTÍCULO
N° 3 CONDICIÓN DE LAS BASES
DE LICITACIÓN
Las presentes bases establecen las condiciones y
procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y
ejecución del servicio.
Nombre de Licitación
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“ADQUISICIÓN DE
IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE
PROVIDENCIA”
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Tipo de Licitación
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Licitación
Pública entre 100 y 1.000 UTM (LE)
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Moneda
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Pesos
Chilenos (CLP).
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Monto referencial.
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$20.000.000.- (veinte
millones de pesos) impuestos incluidos. -
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Garantía seriedad de la oferta
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No
aplica.
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Garantía fiel cumplimiento
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No
aplica.
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Duración del Contrato
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Ejecución
Inmediata (máximo 15 días hábiles).
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Documentos que rigen la Licitación
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Estas
Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados
normativos:
I.- Bases Administrativas
II.- Bases Económicas
III.- Bases Técnicas
IV.- Anexos:
Documentos
Administrativos:
·
Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y
Declaración Jurada Aceptación de Bases”.
·
Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y
representantes”.
·
Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de
intereses”.
Documentos
Económicos:
·
Anexo N°3 “Oferta Económica”. (OBLIGATORIO)
Documentos Técnicos:
·
Anexo N°4 “Plazo de entrega y reposición de productos”
(OBLIGATORIO).
Las
ofertas que no presenten u omitan en sus ofertas los antecedentes requeridos
como OBLIGATORIOS, serán declaradas “Fuera de Bases” por la
CORPORACIÓN, sea en el acto mismo de apertura o durante la evaluación
posterior de las ofertas.
Con
todo, los proponentes podrán presentar siempre y cuando la CORPORACIÓN lo
solicite y dentro del plazo de las 48 horas siguientes a aquel en que se
efectuare el requerimiento, las certificaciones o antecedentes que no hayan
podido acompañar en la forma y dentro del plazo previsto en esta disposición.
En el caso de que un
oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos requeridos inclusive
hasta el plazo fatal del foro inverso y, resulte ADJUDICADO, este
deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la suscripción del
contrato respectivo según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales
efectos; En el caso no presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re
adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de ponderación de
puntajes.
Los
documentos señalados anteriormente podrán ser descargados accediendo al
portal Mercado Público.
Sin
perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contrato
respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos,
cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el
que a continuación se indica:
· Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas.
· Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores.
· Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la
CORPORACIÓN.
· La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
· El contrato u orden de compra respectiva, según corresponda.
Todos
los documentos relativos a esta licitación se interpretarán siempre en el
sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del objeto de la
licitación con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el
caso particular, esto es, atendiendo a la naturaleza de los servicios o
suministro de productos materia de la presente licitación y considerando lo
dispuesto en las Bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Las Bases,
se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida
correspondencia.
Las
presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a las
mismas, se considerarán incorporadas al respectivo contrato que se celebre
con el adjudicatario.
Los
anexos señalados como OBLIGATORIOS serán requisitos para la admisibilidad de
las ofertas.
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ARTÍCULO
N° 4 SERVICIO REQUERIDO
No de Línea
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Nombre del Servicio
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Cantidad
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Presupuesto Referencial impuestos incluidos
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1
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“ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”.
|
1
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$20.000.000.- (veinte millones de pesos) impuestos
incluidos.
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ARTÍCULO
N° 5 ETAPAS Y PLAZOS
La presente licitación
se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se
establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha
de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl.
Etapa
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Plazo
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Publicación de las Bases de Licitación
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Dentro de los 3 días hábiles desde
aprobada la Resolución que autoriza las presentes bases.
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Inicio Período de Consultas
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Inmediatamente
después de publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl
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Cierre Período de Consultas
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Hasta el día 5 desde publicadas
las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 12:00 horas.
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Publicación de Respuestas
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Hasta el día 7 desde publicadas
las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl hasta las 23:59 horas.
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Recepción de las Ofertas
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Hasta el día 10 desde publicadas
las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:00 horas.
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Acto de Apertura de las Ofertas (Técnicas y
Económicas)
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Desde el día 10 desde publicadas
las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:01 horas.
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Período de Evaluación de las Ofertas
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Hasta el día 30
desde el acto de apertura
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Adjudicación
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Hasta el día 40
desde el acto de apertura.
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Suscripción del Contrato
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Se formalizará con el envío de la orden de compra.
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Se establece para esta
licitación que, si a la fecha de recepción de ofertas sólo se han recibido dos
o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente y por una
sola vez, en dos días hábiles.
Respecto al plazo de “Publicación
de Respuestas” la Corporación podrá ampliar dicho plazo hasta en 48 horas
corridas sin afectar el cronograma de las demás fechas indicadas, pero siempre
antes del cierre de recepción de ofertas y, solo si en relación a las preguntas
o la cantidad de estas así lo amerita, lo cual será informado en el calendario
de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público.
Para los efectos de esta
licitación todos los plazos establecidos en estas Bases serán de días corridos
salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante,
cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado,
domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil
siguiente. Además, y en el caso del
plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un lunes o
en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.
En el evento de
cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su
funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la
Administración, los plazos contemplados en el referido cronograma de la
licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo
dispuesto en el artículo 62º del Decreto Nº250, de 09 de marzo de 2004, del
Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases
sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
ARTÍCULO
N° 6 NOTIFICACIONES, DOMICILIO
Y JURISDICCIÓN
Todas las
notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de
licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que
la CORPORACIÓN publique en el Sistema de Información el documento, acto o
resolución objeto de la notificación.
Para los efectos de
esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de
la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de
Justicia.
ARTÍCULO
N° 7 LLAMADO A LICITACIÓN,
ENTREGA DE BASES Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
El llamado a Licitación
Pública se publicará en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Asimismo, las Bases
que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los
interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del
llamado a licitación.
Se estimará, por el
solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce,
acepta y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y
exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su
oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas
últimas, las que serán íntegramente respetadas.
Todos los
participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y
oportuno conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas
durante el proceso licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de
presentar la oferta.
Los costos derivados
de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de
cada oferente, no existiendo para la CORPORACIÓN responsabilidad alguna en
dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
ARTÍCULO
N° 8 PARTICIPANTES Y
REQUISITOS
Podrán participar en esta propuesta pública todas las
personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, así como también las
uniones temporales de proveedores, que cumplan con los requisitos establecidos
en las presentes Bases de licitación. Sin embargo y en el evento que resulten
adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras
tener constituido domicilio en Chile.
En el evento de presentarse una Unión Temporal de
Proveedores (en adelante también UTP) ésta deberá sujetarse, en todo, a lo
establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que Aprueba
Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios.
Podrán suscribir contratos con la CORPORACIÓN, todas
las personas naturales y/o jurídicas que no se encuentren inhabilitadas para
contratar con la Administración del Estado, según lo establecido en las leyes
19.886 y 20.393 y D.F.L. N°1/2004 Ministerio de Economía, Fomento y
Reconstrucción y no se encuentren afectas a las inhabilidades contempladas en
el artículo 92 del Reglamento de Compras Públicas aprobado por Decreto Supremo
Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Conforme con lo anterior, no podrán participar en esta
licitación, y quedarán excluidos:
a) Quienes,
dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta,
de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según
se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido
condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos
fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el
Código Penal (artículo 4º, inciso 1º, ley Nº19.886).
b) Los
funcionarios directivos de la Corporación de Desarrollo Social de
Providencia, ni personas unidas a ellos por los vínculos de
parentesco descritos en la letra b) del artículo 54° de la ley Nº18.575, ley
Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni
sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades
comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean
accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean
dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes,
administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades
antedichas (artículo 4º, inciso 6º, ley Nº19.886).
c) Aquellos
condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de
contratar con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del
Tribunal de Defensa de la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el
artículo 20° letra d) del D.F.L. N° 1/2004 del Ministerio de Economía, Fomento
y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del
D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la Libre Competencia.
d) Aquellos
que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la
administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º Nº 2) y
10° de la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas
jurídicas en los delitos que indica.
ARTÍCULO N° 9
CONSULTAS, COMUNICACIONES, ACLARACIONES Y
MODIFICACIONES
Los proponentes podrán formular consultas
o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser
realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo,
dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la
licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. No serán
admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un
conducto diferente al señalado.
Las comunicaciones y
contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del
Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá
ingresando al ID asignado a la presente licitación.
Durante el período de evaluación, los
oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los
efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas
a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que
la Corporación de Desarrollo Social de Providencia pudiese requerir durante la
evaluación y que estén previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido
cualquier otro tipo de contacto.
La CORPORACIÓN realizará las aclaraciones
a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en
el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la
o las consultas. Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas serán
publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integrante de
las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun
cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no
podrán alegar desconocimiento de las mismas.
Hasta el vencimiento del plazo para la
publicación de las respuestas, la CORPORACIÓN podrá realizar modificaciones a
las Bases que estime pertinentes y/o necesarias para el correcto desarrollo de
la licitación o comprensión de los términos y condiciones de las Bases sin que
ello pueda importar, en caso alguno, una modificación a las mismas. Dichas aclaraciones y/o modificaciones serán publicadas en el portal
www.mercadopublico.cl y serán consideradas como parte integrante de las Bases
de licitación.
Asimismo, y hasta antes del cierre de
recepción de ofertas, la CORPORACIÓN podrá modificar las presentes Bases si estima
que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio. No obstante, las
modificaciones a la comisión de evaluación requeridas en razón de ausencia o
falta de alguno de sus integrantes que impide realizar el proceso de evaluación
podrán realizarse aún después del cierre de recepción de ofertas y siempre que
no se haya iniciado el proceso de evaluación respectivo. Toda modificación deberá cumplir con las
mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación
y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y
adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin
perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los
participantes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
En caso de
que se determine necesario, la CORPORACIÓN podrá modificar la contratación,
aumentando o disminuyendo hasta un 30% del valor total del contrato, y siempre
que exista disponibilidad presupuestaria. En todo caso, no podrán alterarse los
alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases.
II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS
PROPUESTAS
ARTÍCULO
N° 10
PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS
a) Medio de entrega de la oferta y contenido.
La entrega de las ofertas, esto es, de la documentación correspondiente a
las letras 11.1, 11.2 y 11.3 del artículo 11º, deberá efectuarse
electrónicamente a través del Sistema de Información en el plazo previsto para
la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido
en el artículo 5º de las presentes Bases.
No será recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra
manera que la determinada por estas Bases.
Los Oferentes deben presentar la oferta por la totalidad de los servicios
requeridos en la presente licitación.
Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener
exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, o
condiciones para su adjudicación de cualquier tipo o montos mínimos de
despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes,
que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la
CORPORACIÓN, y los oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas
aceptan tal condición.
b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes.
Será exclusiva
responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y
completa todos los antecedentes exigidos, así como también el contenido de éstos
y la veracidad de lo que en ellos conste.
c) Verificación de los antecedentes.
La CORPORACIÓN tendrá
las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes
presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.
ARTÍCULO
N° 11
CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán
presentarse en formato
electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl y serán de carácter
irrevocable.
Los costos en que incurra el oferente, derivado de la
formulación de la propuesta, serán de su exclusivo cargo, y en caso de no
seleccionarse su oferta, no dará origen a reembolso o indemnización alguna.
Cada oferente debe procurar la presentación de una
oferta clara y ordenada, lo cual estará determinado por lo siguiente:
a)
Archivos digitales consolidados: Cada
documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente
del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo
digital.
b)
Subir archivos en el anexo que corresponda: Los
antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter
administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada
archivo digital en el anexo respectivo.
c)
Nombre de los archivos digitales: El
nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del
mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al
orden que fijan las presentes bases.
d)
Formatos digitales compatibles: Los
archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes
formatos: pdf, Word, jpg, Excel, power point, winrar, winzip y/o sus
equivalentes en código libre.
Los oferentes deberán presentar en “Anexo
Administrativo”, “Anexo Técnico” o “Anexo Económico”, a través del Portal
Mercado Público, los siguientes documentos:
11.1 Documentos
Administrativos
11.1.1 Anexo N°1 “Formulario de
Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases”.
11.1.2 Anexo Nº2
“Declaración Jurada simple de socios y representantes”.
11.1.3 Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple
de conflicto de intereses”.
11.1.4 Acuerdo temporal de proveedores (en el
caso que corresponda).
11.2 Documentos
Económicos
11.2.1 Anexo N°3 “Oferta Económica”
(OBLIGATORIO).
11.3 Documentos
Técnicos
11.3.1 Anexo
N°4 “Plazo de Entrega
y Reposición de Productos” (OBLIGATORIO).
Los anexos estarán disponibles en formato Word o
Excel, como anexo en la ficha de licitación respectiva en el Portal Electrónico
www.mercadopublico.cl
a) Antecedentes del Oferente y Otros Documentos.
Los proponentes inscritos en el Registro de
Proveedores que no cuenten con la documentación cargada en la “Ficha de
proveedores”, respecto a la documentación legal de su Empresa (o en el caso
de UTP, de todas las que participen), la Corporación, podrá solicitar que se
incluya cualquier documento faltante de los solicitados en dicho apartado,
directamente en el portal de www.mercadopublico.cl y deberá entregar,
cualquier otro documento que solicite la Corporación para verificar cualquier
información que requiera ésta para su evaluación y/o verificación.
Respecto a los
antecedentes señalados como obligatorios serán requisitos de admisibilidad para
la evaluación de ofertas.
b) Oferta Técnica (OBLIGATORIA)
Los oferentes deberán
presentar en el Anexo N° 4 su oferta técnica:
·
El plazo de entrega de los productos deberá ser
ofertado en “días” enteros, indicando una oferta no superior a los 15 días hábiles,
en caso de presentar una oferta superior al límite indicado, su oferta será
declarada técnicamente inadmisible en el proceso de Evaluación de ofertas o en
cualquier momento que se detecte dicha situación.
·
El plazo de cambio y/o reposición de productos,
cuando estos presenten problemas del fabricante, en su envoltorio original que
afecte la integridad del producto, el producto no corresponda a la solicitado,
el producto no cumpla con la normativa chilena para su comercialización y demás
situaciones que afecten el correcto suministro de lo solicitado por la
Corporación; La oferta debe presentarse en horas hábiles, con tope máximo de 72
horas hábiles, en caso de presentar una oferta superior al límite indicado, su
oferta será declarada técnicamente inadmisible en el proceso de Evaluación de
ofertas o en cualquier momento que se detecte dicha situación.
Es importante
considerar que la presentación de la información exigida en el anexo es
obligatoria, por tanto, su omisión constituye causal de inadmisibilidad
conforme a lo indicado en el artículo 13° de estas Bases.
c) Oferta Económica
Oferta Económica.
(OBLIGATORIO)
Los oferentes deberán
presentar su oferta económica por la canasta completa de artículos requeridos,
en pesos chilenos, indicando marca ofertada (la misma mencionada o su
equivalente en otras marcas) y sin considerar reajustes y/o variación de precio
alguno mientras dure la contratación, de forma
obligatoria, a través del Anexo N°3 adjunto.
La no
presentación de la oferta es causal de inadmisibilidad.
ARTÍCULO
N° 12
GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
En esta licitación no
se exigirá garantía de seriedad de la oferta.
ARTÍCULO
N° 13
ADMISIBILIDAD Y
VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Es requisito para
participar en esta licitación, para la aceptación y validez de la oferta deberá
cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 8º de estas Bases y
presentar los antecedentes exigidos en las presentes Bases, con especial
énfasis en aquellos declarados como OBLIGATORIOS, considerando que aquellos
OBLIGATORIOS son causal de inadmisibilidad.
Conforme con lo
anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la
CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes:
1.
Que el proponente se
encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas
en el párrafo cuarto del artículo 8º, letras a), b), c) y d), de las presentes
Bases.
2.
Que la propuesta no presente alguno de los
antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS.
3.
Si los servicios
ofertados no corresponden o no cumplen con lo requerido en la presente
licitación conforme a lo previsto a tal efecto en las respectivas bases
técnicas.
4.
Que la propuesta esté
sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en el artículo 10º
de estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso.
5.
En el caso que corresponda, que el oferente no haya
entregado la garantía de seriedad de la oferta y/o que la garantía de seriedad
de la oferta no sea presentada en la forma y contenido, y/o que la garantía de
seriedad de la oferta no cumpla con lo establecido en las presentes bases antes
del cierre de las ofertas.
6.
Si el servicio ofertado
no cumple con la totalidad de las especificaciones Técnico-Económicas definidas
y exigidas como esenciales u obligatorias en las Bases Técnicas, o si alguno de
estos requerimientos se encuentra afecto a un cobro adicional.
7.
Que en el caso que las
bases contengan visita(s) a terreno obligatoria(s), que el oferente no haya
asistido a tales visitas.
8.
Que en el caso que
corresponda, el oferente no entregase la(s) garantía(s) solicitadas en el
proceso de postulación de ofertas.
Todo lo anterior sin
perjuicio de lo establecido en el artículo 14º de estas Bases.
ARTÍCULO N° 14
ACLARACIONES A LAS
OFERTAS
La CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura
electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que adjunten
documentos no esenciales o salven errores de referencia o de transcripción que
dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren
algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de
dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos
oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás
competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha
solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto
la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud de documentación
atingente al proceso, por parte del CORPORACIÓN como la respuesta del oferente
a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información.
El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha
de solicitud de aclaración.
En el caso de que un
oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos solicitados por foro
inverso de la plataforma de Mercado Público al término del plazo fatal y,
resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos
faltantes antes de la suscripción del contrato respectivo según el plazo
establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso de no
presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a
quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes.
ARTÍCULO N° 15
VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de
apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede
efectuar la adjudicación, la CORPORACIÓN podrá solicitar a los proponentes,
antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las
cauciones de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en el
artículo 12° de estas Bases. Si alguno de los proponentes no accediere a la
solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la
CORPORACIÓN devolverá las cauciones respectivas en el plazo de cinco días,
contado desde su vencimiento.
ARTÍCULO
N° 16
COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La apertura y
evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal
efecto, que estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el
Secretario General, o quien tenga delegada la facultad.
Los miembros de la
Comisión Evaluadora, al momento de conocer los nombres de los oferentes,
deberán declarar en el Acta de la Comisión Evaluadora no tener conflicto de
intereses con ninguno de los oferentes, de forma directa o indirecta, así como
su compromiso irrestricto de no aceptar ni en un tiempo pasado, presente o
futuro, donativos de ninguna especie o monto de terceros (oferentes o no)
mientras integre ésta la Comisión Evaluadora.
En el evento de que
los miembros de la Comisión Evaluadora declarasen o detectaran en el acto mismo
que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así
manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará
constancia de dicha circunstancia en el Acta suspendiéndose la Evaluación para
proceder al inmediato reemplazo del integrante de la Comisión Evaluadora
inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder
procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente.
En caso de que alguno
de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación
por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por
fuerza mayor, caso fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la
Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre
que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo
37 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
La evaluación se
efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los
oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros.
Se prohíbe a los
miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a
terceros sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación.
Corresponderá a la Comisión Evaluadora:
1.- Verificar la
admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en los artículos
13º y 14º de las presentes Bases.
2.- Realizar el
proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
3.- Elaborar el
Informe de Evaluación de las Ofertas:
1)
Modificación del plazo
de adjudicación en el caso previsto en el artículo 18° de las presentes Bases.
2)
En caso de que se
encuentren contempladas en las Bases una visita a terreno o la demostración de
productos y/o equipos en comodato: constancia de la efectiva realización de la
actividad, forma como se desarrollaron y pronunciamiento de la Comisión en caso
de observaciones a los mismos.
3)
Los criterios y
ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
4)
Las ofertas que deben
declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las
Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
5)
La asignación de
puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la
asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la
forma de aplicar los criterios de evaluación.
6)
Cuadro de todas las
propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido.
7)
La proposición fundada
de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta, dirigida a la
autoridad facultada para adoptar la decisión final.
El Informe de
Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por
todos sus integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación.
La Comisión de
Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas
propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.
La evaluación se
efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los
oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.
Durante el proceso de
evaluación la CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a
sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las
mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes
a través del Sistema de Información. Con excepción de la situación
precedentemente descrita, durante el período de evaluación los oferentes no
podrán mantener contacto alguno con la CORPORACIÓN.
La Comisión de
Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o
discrepancia que en el acto de apertura o de evaluación de las ofertas pueda
surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes
Bases.
III.-
EVALUACIÓN
ARTÍCULO
N° 17
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos
los requisitos solicitados en las Bases, continuará con el proceso de
evaluación de la presente licitación, debiendo detallar los servicios en su
propuesta. El oferente que no cumpla con los requisitos mínimos solicitados no
continuará con el proceso de evaluación. La CORPORACIÓN declarará inadmisible cualquiera
de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones en las
presentes bases.
La evaluación de la oferta se llevará a cabo de
acuerdo a los siguientes criterios:
CRITERIOS DE
EVALUACIÓN
|
PONDERACIÓN
|
1.- Evaluación
Económica.
|
85%
|
2.- Plazo de
entrega.
|
10%
|
3.- Plazo de cambio y/o
reposición de productos.
|
4%
|
4.-Cumplimiento de
requisitos formales.
|
1%
|
Definición de criterios y asignación de puntajes:
A continuación, se
analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes
bases:
1.- Evaluación Económica (85%):
Los oferentes
deberán presentar la información
requerida de forma obligatoria en el Anexo N°3, indicando, en pesos
chileno, el precio y la marca ofertada del producto.
Para efectos de la Evaluación se considerará el precio
total de canasta de los productos requeridos.
El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:
Para los efectos de la
evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado
con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de
Excel.
El
puntaje se ponderará por el 85%.
2.- Plazo de entrega total de los productos (10%): El puntaje estará
determinado por el tiempo (medido en días hábiles), posterior a la aceptación
de la Orden de Compra (entendiéndose aceptada trascurridas 24 horas desde su
emisión), que demore la entrega de los productos e instalación en el caso que
corresponda de la totalidad de éstos.
El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:
Sin perjuicio de lo
anterior no se aceptarán ofertas que presenten un plazo superior a 15 días
hábiles, en el caso de presentarse,
serán consideradas inadmisibles en cualquier etapa donde se detecte dicha
situación.
Para los efectos de la
evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado
con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de
Excel.
El puntaje se ponderará por
el 10%.
3.- Plazo de cambio y/o reposición de productos (4%): Será evaluado el
plazo de cambio y/o reposición de
productos en caso que los productos no cumplan con la normativa vigente para su
comercialización, si se encuentran dañados en su empaquetado, con problemas que
afecten la integridad material del producto como, sellado deficiente, daño
evidente, alteraciones físicas producto del almacenaje o traslado y por cualquier defecto o circunstancia que
afecte su uso adecuado atribuible a fallas del fabricante o almacenamiento del
proveedor, cualquier sea el caso en el cual el o los productos rechazados se
considerarán no entregados. El puntaje estará determinado por el tiempo, en
horas hábiles desde el aviso del Encargado del establecimiento al proveedor
mediante correo electrónico, según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°3, de acuerdo con los
siguientes puntajes:
Plazo
|
Puntaje
|
Igual o < 24
horas hábiles
|
100 puntos
|
25 a 48 horas hábiles
|
50 puntos
|
49 a 72 horas hábiles
|
0 puntos
|
Sin perjuicio de lo
anterior no se aceptarán ofertas que presenten un plazo superior a 72 horas hábiles, en el caso de presentarse,
serán consideradas inadmisibles en cualquier etapa donde se detecte dicha
situación.
Para los efectos de la
evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado
con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de
Excel.
El puntaje se ponderará por
el 4%.
4.- Cumplimiento de requisitos formales (1%):
Este criterio de
evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de
los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de
acuerdo con la siguiente tabla:
FACTOR A EVALUAR
|
PUNTAJE
|
La oferta cumple todos los requisitos formales y
presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y
económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin
observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del
plazo destinado para ello.
|
100
|
La oferta no cumple todos los requisitos formales
y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y
económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o
responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al
vencimiento del plazo destinado para ello.
|
0
|
El puntaje obtenido se ponderará por el 1%.
Comportamiento contractual anterior:
La evaluación al comportamiento contractual tiene por OBJETO DESCONTAR
PUNTAJE, respecto del total obtenido, aplicando la pauta de evaluación,
considerado la información proporcionada por el "Historial de
comportamiento contractual" de la plataforma Chile Proveedores.
N°
|
TIPO SANCIÓN
|
PUNTAJE PARA DISMINUIR
|
1
|
Termino anticipado unilateral de contrato por causas
imputables al contratista
|
-5 PUNTOS POR CONTRATO.
|
Cada puntaje indicado en la tabla precedente se deberá considerar por
cada "término anticipado unilateral del contrato", que presente el
proveedor, EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO
de 15 PUNTOS.
C) Resolución de empates.
Para los efectos de la
evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado
con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de
Excel.
·
En caso de existir empate entre dos o más
propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el
criterio de evaluación “Oferta Económica”.
·
En caso de persistir el empate, la licitación se
adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de
evaluación “Plazo de entrega de los productos”.
Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que
haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por
la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal
www.mercadopublico.cl.
IV.- ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO
N° 18
ADJUDICACIÓN
La presente licitación podrá ser adjudicada a un solo
oferente por la línea de servicio licitado. En ningún caso se podrá adjudicar
una misma línea a dos o más oferentes
De las propuestas seleccionadas la CORPORACIÓN,
adjudicará a la oferta que haya obtenido el mayor puntaje ponderado final.
La CORPORACIÓN, resolverá el proceso licitatorio en el
plazo señalado para tales efectos en el cronograma contenido en el artículo 5º
de estas Bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo
señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para
adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
Para tales efectos,
la CORPORACIÓN, informará los motivos de la ampliación y modificará las fechas
en el sistema de información sitio www.mercadopublico.cl
La CORPORACIÓN, rechazará, en forma fundada, y
declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos
mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en
forma permanente y definitiva.
Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en
los siguientes casos:
1. Si no se
presentan ofertas.
2. Si todas
las ofertas son inadmisibles en conformidad al artículo 13º de estas Bases.
3. Si las
ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de
evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la
Comisión Evaluadora.
4. Si el
servicio ofertado no es conveniente para los intereses de la CORPORACIÓN:
·
Por no cumplir con las características
técnicas requeridas;
·
En razón de que los precios ofertados no son favorables
en relación con el presupuesto disponible para la licitación.
·
Por otras razones que deberán ser debidamente
justificadas y fundamentadas por la Comisión Evaluadora.
El acto de adjudicación es la aceptación oficial por
parte de la CORPORACIÓN de una propuesta presentada por un oferente que no
genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y
que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo
contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o
bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo
aprobatorio del respectivo contrato, según sea el caso.
Los participantes serán notificados de la adjudicación
en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases.
Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del
artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas
relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la
adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro
del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva
resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información.
ARTÍCULO
N° 19
READJUDICACIÓN
Se entenderá ipso
facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos,
los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases:
- Si el adjudicatario no entrega la garantía de
fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo
exigido en el artículo 21° de estas Bases. Lo anterior en los casos que
corresponda entregarlas según lo establecido en ese mismo artículo;
- Si el adjudicatario no suscribe el contrato
conforme con lo exigido en el artículo 22° en los casos en que conforme a
las Bases corresponda su suscripción;
- Si el adjudicatario no cumple con alguno de los
requisitos establecidos en los artículos 14° y 20º.
En tales casos la
CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la
adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar
en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la
readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según
corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes
conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas.
Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las
recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito
y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada
de la CORPORACIÓN.
El nuevo adjudicatario
deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 20º de estas
Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en
las presentes Bases.
La confirmación
definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información
del portal www.mercadopublico.cl
V.- CONTRATACIÓN
ARTÍCULO
N° 20
CONTRATACIÓN
Resuelta la adjudicación de la licitación,
y al momento de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir con los
siguientes requisitos:
a) Encontrarse hábil en
el Registro de Proveedores. El Proveedor
adjudicado tendrá 5 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la
resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y
Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y
Contratación Pública, sitio www.mercadopublico.cl, para habilitarse en
el registro indicado. En el caso de la
Unión Temporal de Proveedores cada proveedor de dicha unión deberá encontrarse hábil
en el Registro de Proveedores.
b) Entregar una garantía
para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en
la forma y condiciones establecidas en el artículo 21º de estas Bases, si así
fuera exigible conforme a lo previsto en estas Bases.
c) Entregar todos los documentos
que solicite la CORPORACIÓN o quien esté a cargo para la elaboración del
contrato, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso.
d) En el caso de la Unión
Temporal de Proveedores, ésta deberá acreditar que el acuerdo consta por escritura
pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o
escritura pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM.
e) Certificado emitido
por la Dirección del Trabajo, acreditando que no registra reclamo ni denuncia
en relación a sus obligaciones laborales a través del certificado F30.
f)
Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para
Empresas Contratistas y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de
Salud y Seguridad en el Trabajo.
La documentación requerida en las letras
c) y d) de este artículo deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de
los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación o de la solicitud de
documentación.
Sin perjuicio de la declaración jurada
señalada en la letra b), al momento de la contratación la CORPORACIÓN
verificará si el proveedor se encuentra afectado por alguna inhabilidad
prevista en los artículos 8º y 10º de la ley sobre responsabilidad penal de las
personas jurídicas, aprobada por el artículo 1º de la ley 20.393. Lo anterior
de conformidad con el listado de proveedores inhabilitados para contratar
publicado por la Dirección de Compras y Contratación Pública en su sitio www.mercadopublico.cl.
ARTÍCULO
N° 21
GARANTÍAS REQUERIDAS
1.
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
No se requerirá garantía de fiel
cumplimiento de contrato.
ARTÍCULO N° 22
DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES
Una vez dictada la resolución de adjudicación y publicada en el Portal
Mercado Público, y, habiéndose enviado la/las orden/es de compra a través del
mismo, siendo esta última aceptada por el proveedor en un plazo no superior a 7
días corridos, para todos los efectos de las presentes bases de licitación, se
darán por suscritas las obligaciones contractuales entre el adjudicatario y la
Corporación de Desarrollo Social de Providencia, rigiéndose estrictamente por
las presentes bases de licitación y la oferta del adjudicado y quedando
pactadas las obligaciones entre las partes desde la aceptación de dicha orden
de compra.
ARTÍCULO N° 23
MODALIDAD DEL CONTRATO Y PAGOS
La adquisición a que
dará origen la presente licitación será un contrato de ejecución inmediata entendiéndose
por tal aquel por el cual el proveedor se obliga a cumplir con la entrega total
de los productos adjudicados a la CORPORACIÓN en el tiempo, precio, cantidad,
calidad y lugar acordados según los requerimientos de la CORPORACION y hasta
por el monto adjudicado.
Los precios que se pagarán serán
conforme a lo establecido en las Bases Económicas y según los valores del Anexo
N°3 “Oferta Económica” declarados por el adjudicado
ARTÍCULO
N° 24
VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN
La contratación comenzará a regir desde la aceptación
de la orden de compra por parte del adjudicado y hasta extintas las
obligaciones contractuales entre las partes, esto quiere decir, hasta la
recepción conforme de la totalidad de los productos y la extinción de las
garantías legales correspondientes de los mismos.
El oferente adjudicado se entenderá notificado de lo
anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de estas Bases. En
caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio del contrato en
el Sistema de Información, la CORPORACIÓN deberá remitir al oferente adjudicado
copia de aquel mediante carta certificada dirigida al adjudicatario,
entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente
a la recepción de dicha carta en la oficina de correos que corresponda.
En caso de que no tenga lugar la celebración de un
contrato, la contratación empezará a regir a contar de la fecha de aceptación
de la respectiva orden de compra por parte del proveedor adjudicado, la cual sólo
será emitida una vez totalmente tramitado el acto administrativo de
adjudicación y siempre que aquel haya dado cumplimiento a las exigencias del
artículo 20° de estas Bases según corresponda.
ARTÍCULO
N° 25
CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
Durante la ejecución del contrato, y previa autorización
de la CORPORACIÓN, el Proveedor podrá efectuar las subcontrataciones que sean
necesarias para el cumplimiento del suministro contratado. No obstante, la
subcontratación deberá ser parcial, conforme con lo dispuesto en el artículo 76
del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La CORPORACIÓN tendrá
la facultad de requerir información de acerca de los servicios subcontratados.
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de
la ejecución del suministro materia de la presente licitación no tendrá, en
caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con
la CORPORACIÓN, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código
del Trabajo, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera
sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de
las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la
CORPORACIÓN.
Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que
CORPORACIÓN así lo requiera, el Proveedor estará obligado a informar respecto
del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a
este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual
tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El
monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales
deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva
Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el
Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho
monto y estado de cumplimiento.
El incumplimiento reiterado del Proveedor a sus
obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, en los
términos previstos en el artículo 27º de las Bases, será estimado como
incumplimiento grave y facultará a la CORPORACIÓN para poner término anticipado
al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 27° de estas Bases y
realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato pertinente.
Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
VI.- MULTAS
ARTÍCULO
N° 26
CONDICIONES DE MULTA
La
Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de
aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que éste haya incumplido
cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato o que le impone la
Ley.
El monto
de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la
magnitud de la infracción pudiendo llegar hasta un 10% del total del contrato. En
tal caso, la Corporación podrá poner término anticipado del contrato en virtud
de lo indicado en el artículo de 27° de estas Bases de Licitación, pudiendo
hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
El proveedor adjudicado podrá ser sancionado por la
CORPORACIÓN con la aplicación de multas a través
de descuentos en los pagos de las facturas respectivas.
El monto de las multas está dado de acuerdo
a la siguiente tabla:
Multa
|
Monto de Multa
|
Atraso en el plazo ofertado para la
entrega total de los productos.
|
1 UF por día corrido de atraso, con tope máximo de 15 días.
|
Atraso en el cambio y/o la reposición de
productos defectuosos o que no cumplan características técnicas.
|
10% del valor total del producto por día corrido de atraso, con tope de 15 días.
|
Cambio de producto ofertado sin previa
autorización.
|
2 UF por cambio de producto y la reposición del producto original ofertado.
|
·
Procedimiento de
aplicación de multa
Si con
motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más
obligaciones establecidas en las bases, la CORPORACIÓN aplica multas, termina
anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas contempladas en las bases y
contrato respectivo, tendrá lugar el procedimiento para la aplicación de
medidas previsto en este artículo.
En caso de
determinarse la procedencia de aplicar la medida, la CORPORACIÓN notificará por
escrito al Proveedor mediante el envío de un correo electrónico indicándole los
hechos que configuren el(los) incumplimiento(s) y la(s) sanción(es) que
resulta(n) aplicable(s).
A contar
de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un
plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los
antecedentes que estime pertinentes.
La
CORPORACIÓN acogerá total o parcialmente los fundamentos dados por el
contratista o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, luego de ello
dictará el respectivo acto administrativo aplicando la multa.
Si el
adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CORPORACIÓN
tendrá un plazo de hasta 30 días hábiles de la recepción de los mismos, para
rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que determinará, mediante
resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario,
personalmente, vía correo electrónico.
·
Pago de las Multas
Tratándose
de las multas se procederá conforme con lo siguiente:
1. Las multas aprobadas deberán ser pagadas por el proveedor en el
plazo de 10 días hábiles.
2.
El proveedor deberá pagar la
respectiva multa mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la
Corporación, conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el
párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa.
3. Vencido el plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo
haya efectuado, se pondrá término anticipado de la contratación conforme a lo
previsto en el artículo 27° de las presentes bases, sin perjuicio de las
acciones legales que le pudieren corresponder a la CORPORACIÓN en contra del
Proveedor y de informar a la Dirección de ChileCompra a efectos que su mal
comportamiento quede registrado en su ficha histórica cuando se realice la
evaluación anual de los proveedores del Estado.
VII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
ARTÍCULO
N° 27
TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Mediante Resolución fundada la CORPORACIÓN podrá poner
término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan
a continuación:
a) Si el
PROVEEDOR se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los
términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos
comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren
debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
b) Si el
Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren
las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el
cumplimiento del contrato.
c) En caso
de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales
eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de
tales hechos a la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días contados desde el
suceso respectivo.
d) Si los
servicios, materia de esta licitación, no cumplen con las características
exigidas en las Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado.
e) Si se
verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas
por el Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor
máximo de multas establecido en el artículo 26° de estas Bases; incumplimiento que
impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio
contratado; en todos los casos previstos en el artículo 26° de estas Bases en
que la aplicación de multas o incumplimiento conlleva el término anticipado del
contrato; y en todos los casos en que conforme a lo previsto en las presentes
Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado del contrato.
f)
La no renovación de la garantía en los casos
previstos en las presentes Bases.
g) El
incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales
y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay
incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y
oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de
cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante
dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de
retención previsto en la ley Nº20.123.
h) Si los
productos/ o servicios licitados son objeto de convenio marco con el mismo
contratante con posterioridad a la celebración del contrato y los precios en
Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a
menos que el proveedor o contratante iguale el precio.
i)
Por caso fortuito o fuerza mayor.
j)
Si así lo exigiera el interés público o la
seguridad nacional.
k) Si las
partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al contrato.
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera
de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras h), i), j,
y k), en el evento de haberse entregado garantía de fiel cumplimiento atendido
el monto de la contratación, la CORPORACIÓN podrá cobrarla y hacerla efectiva
sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo al
procedimiento que corresponda según su naturaleza. Sin perjuicio de lo anterior, la CORPORACIÓN
ejercerá todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del
Proveedor por su incumplimiento.
La CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor
mediante Oficio remitido por carta certificada adjuntando copia de la
resolución que dispone el término anticipado. La carta certificada será enviada
al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al
designado por el Proveedor en el Registro de Proveedores, entendiéndose
practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a
su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
ARTÍCULO
N° 28
SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Por la
naturaleza del contrato este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia.
ARTÍCULO N° 29
PRESUPUESTO Y OFERTA ECONÓMICA
El presupuesto referencial
disponible para la presente licitación asciende a la suma total de $20.000.000.- (veinte millones de pesos)
impuestos incluidos.
La propuesta económica
por la compra de productos de: “ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS
DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”,
deberá ser expresada en pesos chilenos y deberá ser declarado debidamente
en el Anexo N°3, cuyo valor será considerado para la evaluación deberá incluir
cualquier otro costo asociado a otro rubro. Lo anterior será evaluado según lo
estipulado en el artículo 17° de las presentes Bases. Los valores deben ser
expresados en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro costo
asociado a otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo.
El valor unitario neto ofertado para cada unidad de servicio licitado
permanecerá fijo durante la toda vigencia del contrato
El Oferente deberá
cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 11º, y presentar su oferta
económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº3.
ARTÍCULO
N° 30
CONDICIONES DE PAGO
El
Proveedor facturará por todos los productos efectivamente despachados y “recepcionados
conformes” por la CORPORACIÓN, previa emisión de orden de compra, y estará
afecto a los impuestos que correspondan indicando el detalle de entrega de los
productos en cada establecimiento.
Para los
efectos del pago el Proveedor deberá entregar a cada establecimiento
solicitante de la CORPORACIÓN la factura correspondiente al monto a pagar,
según lo indicado en el Anexo N°3, la cual deberá indicar, además de las
menciones tributarias, razón social, Rut, y dirección indicando la comuna y
ciudad el N° de la Orden de Compra, y en formato digital vía correo electrónico
al requirente de la compra o a la dirección de correo electrónico que se
indique en la orden de compra respectiva.
El pago se
efectuará en el plazo de 30 días corridos contados desde la entrega de la
documentación señalada.
Sin
perjuicio de lo anterior, no se aprobará el pago de las facturas, si a partir
de la documentación solicitada, por la CORPORACIÓN, en virtud de lo preceptuado
en el artículo 25°, se advierte que el proveedor está en estado de
incumplimiento respecto de sus obligaciones laborales y previsionales respecto
de sus trabajadores o subcontratistas con sus trabajadores.
Para todos
los efectos, no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente
recepcionada la canasta completa de productos en los establecimientos.
En el
evento que el Proveedor registre saldos insolutos relativos a remuneraciones o
cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, en las primeras
facturas del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas
obligaciones debiendo el contratante acreditar que la totalidad de ellas se
encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del
contrato, con un máximo de seis meses. Dicha situación será acreditada mediante
la documentación prevista en el artículo 25° de estas Bases.
ARTÍCULO N° 31
ADQUISICIÓN REQUERIDA
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia
requiere adquirir del "ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS
DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA
" para 6 establecimientos educacionales de
la comuna.
No de Línea
|
Nombre del Servicio
|
Cantidad
|
Presupuesto Referencial impuestos incluidos
|
1
|
“ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS DEPORTIVOS PARA
ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”.
|
1
|
$20.000.000.- (veinte
millones de pesos) impuestos incluidos.
|
ARTÍCULO N° 32
ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS PRODUCTOS
a)
Lugar y
plazo de entrega de los productos:
El Proveedor deberá entregar los artículos requeridos
en los establecimientos dependientes de la CORPORACIÓN en el horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, en la forma, cantidad,
y plazo aceptado en las Bases y dentro del plazo ofertado respectivo para tales
efectos, adjuntando la correspondiente orden de compra con el detalle de los
productos a entregar.
Las direcciones de despacho serán según el siguiente
detalle:
1.- Colegio El Vergel,
ubicado en Av. Los Leones N°1758.
2.- Liceo Carmela
Carvajal, ubicado en Av. Italia N°980.
3.- Liceo Juan Pablo
Duarte, ubicado en Av. Santa Isabel N°735.
4.- Liceo José
Victorino Lastarria, ubicado en Av. Miguel Claro N°32.
5.- Liceo 7 Luisa
Saavedra de González, ubicado en Monseñor Nuncio Sótero Sanz N°60.
6.- Liceo Tajamar,
ubicado en Av. Los Leones N°238.
ARTÍCULO N° 33
DESCRIPCION DE LOS
PRODUCTOS
1.- CARACTERISTICAS DE
LOS PRODUCTOS REQUERIDOS:
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia
requiere adquirir "ADQUISICIÓN DE IMPLEMENTOS
DEPORTIVOS PARA ESTABLECIMIENTOS EDUCACIONALES MUNICIPALES DE PROVIDENCIA".
Los artículos requeridos son los que se indican a continuación:
ESTABLECIMIENTO
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DESCRIPCIÓN: ESPECIFICACIONES TECNICAS
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Colegio El Vergel
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TESTIMONIO de atletismo de aluminio Certificado WA (Ex IAAF): 2
paquetes de 16 unidades, no se requiere marca específica
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Colegio El Vergel
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CUERDAS PARA SALTAR 1.8 mts – ajustable con cabeza giratoria de
acción. Color al azar Material Madera / Textil : 40 unidades
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Colegio El Vergel
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PELOTA - BALON DE ESPONJA 8" (20 cm.): 20 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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COLCHONETAS GRANDES 2X1,8 MT, Densidad 100, alto 6 cm: 10 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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CUERDAS PARA SALTAR TRENZADAS 2M SIN MANILLA: 90 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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AROS GIMNASIA RÍTMICA: 75 cm diámetro 20 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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BALONES BÁSQUETBOL N°6: 15 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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BALONES DE FUTBOLITO Talla N°4: 5 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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BALONES DE VÓLEIBOL INICIACIÓN N°1500: 25 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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PELOTA TENIS SUFIX PRO (o equivalente) 3 UNIDADES: Cantidad 25
paquetes
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Liceo Carmela Carvajal
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ARO OFICIAL VINEX (o equivalente) GIMNASIA RITMICA 18MM: 25 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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SET 50 CONO LENTEJA: 25 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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CONO 18" (45CM) NARANJO: 25 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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CUERDA PARA SALTO 10MM / 3 MTS CUERDA: 25 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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BALONES MULTIPROPÓSITO 6" DRB (o equivalente) CLASICO GOMA: 20
unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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BANDAS DE RESISTENCIA ALTA PARA (CROSSFIT) Largo circunferencia: 200cm
Ancho: 44mm
Espesor: 32mm: 5 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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BANDAS DE RESISTENCIA DE TENSIÓN BAJA UNIDAD. Largo circunferencia:
200cm Ancho: 44mm
Espesor: 4 mm: 5 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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BANDAS DE RESISTENCIA DE TENSIÓN MEDIA UNIDAD. Largo circunferencia:
200cm Ancho: 44mm Espesor: 64 mm: 5 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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SET DE 5 BANDAS ELÁSTICAS CIRCULARES (50 unidades en total)
MEDIDAS BANDAS DE REFERENCIA (colores cualesquiera): 600x50x1,1
milímetros. Extra light 5-10 Lbs Light 10-15 Lbs Medium
15-25Lbs Heavy 25-30 Lbs Extra heavy 30-40Lbs Mini: 10 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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BOLSOS PORTABALONES MITRE (o equivalente) Capacidad 12-15 balones: 4 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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CAJÓN DE SALTO PIRAMIDAL DE 5 CUERPOS.
Tamaño aproximado es de 130cm largo x 40cm ancho superior x 68cm ancho
inferior o base x 100cm de alto.: 1 unidad
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Liceo Carmela Carvajal
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MINITRAMPOLIN ESTRUCTURA METALICA DE 2MM CON 4 RESORTES DE
ACERO Y CUERDA ELASTICA, COBERTURA NAUTICA DOBLE, COSTURA QUINTUPLE.
DIMENSIONES: LARGO: 1,10MT., ANCHO: 1,10MT., ALTO: 38CM. ALTURA MINIMA
Y REGULABLE CADA 10CM.: 1 unidad
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Liceo Carmela Carvajal
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SET DE 6 UNIDADES DE PETOS NUMERADOS DEL 1 a 6: Cantidad 3
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Liceo Carmela Carvajal
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STEPS PLÁSTICOS AJUSTABLES EN ALTURA (entre 20 cm y 35 cm de altura,
de al menos 2 niveles): 15 unidades
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Liceo Carmela Carvajal
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VALLAS TRAINING AJUSTABLES ETO’O (o equivalente) BASIC NJ 6"
(15CM): 20 unidades
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Liceo Juan Pablo Duarte
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RAQUETA BADMINTON 2 RAQUET. MAS 1 PLUMILLA JIELING: Cantidad 10
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Liceo Juan Pablo Duarte
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PLUMILLA BADMINTON FLOTT (o equivalente) PLUMA 6 UNIDADES, COLOR
BLANCO: Cantidad 48
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Liceo Juan Pablo Duarte
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ARO HULA HULA GIMNASIA RITMICA 18MM 30" 75 CM, TALLA 24: Cantidad
50
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Liceo Juan Pablo Duarte
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VALLA SALTO ATLETISMO GOLD AJUSTABLE, TALLA SUPER 200, COLOR AZUL:
Cantidad 4
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Liceo Juan Pablo Duarte
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PALETA PING PONG XSF (o equivalente) RACKET 2 PALETAS 3 PELOTAS, COLOR
ROJO: Cantidad 15
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Liceo Juan Pablo Duarte
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PELOTA PING PONG DHS (o equivalente) ABS OUTDOOR TT BALL, TALA 40 MM,
COLOR BLANCO: Cantidad 6
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Liceo Juan Pablo Duarte
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SOPORTE+RED PING PONG X-24 XSF (o equivalente), COLOR
NEGRO-AZUL-MARINO: CANTIDAD 10
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Liceo Juan Pablo Duarte
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PELOTA TACA TACA BLANCA: CANTIDAD 50
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Liceo Juan Pablo Duarte
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RED BABY 60H PP CHIPREZ, TALLA 60, COLOR BLANCO: CANTIDAD 3
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Liceo Juan Pablo Duarte
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PELOTA TENIS TARRO 3 UN.INSUM (o equivalente), TALLA 3, COLOR NARANJO:
CANTIDAD 34
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Liceo Juan Pablo Duarte
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BALON ESPONJA PU 7" VOLEY AMARILLO/AZUL, TALLA 7: CANTIDAD 30
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Liceo Juan Pablo Duarte
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PALO HOCKEY SIMBRA (o equivalente) 37" AZUL: CANTIDAD 10
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Liceo Juan Pablo Duarte
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PALO HOCKEY SIMBRA (o equivalente) 32" AZUL: CANTIDAD 10
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Liceo Juan Pablo Duarte
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TABLERO ACRILICO 10 MM MED. OF. 180X120 MT UNIDAD, TRANSPARENTE:
CANTIDAD 2
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Liceo Juan Pablo Duarte
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ARO BASQUETBOL TORPEDO (o equivalente) DOBLE PRIME NJ18, COLOR
NARANJO: CANTIDAD 2
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Liceo Lastarria
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MESA DE TENIS DE MESA (PING-PONG) EXTERIOR: 10 UNIDADES
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Liceo Lastarria
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MALLA DE MESA DE PING PONG: 11 UNIDADES
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Liceo Lastarria
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PELOTAS DE TENIS DE MESA MARCA DOUBLE FISH 40 (o equivalente): 100
UNIDADES
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Liceo Lastarria
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PALETAS DE TENIS DE MESA: 20 UNIDADES
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Liceo Lastarria
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TACA-TACA USO ESCOLAR- MATERIALES DE ALTA RESISTENCIA - VENTA CON
GARANTIA- PORTATILES
*Uso escolar a la intemperie
*Para 6 Personas
*Resistentes en madera sólida y Metal
* Medidas : largo 180 x ancho 74 x alto 87 cm
* Cancha reforzada
*Arcos y jugadores metálicos
*Barras zincadas y telescópicas
*7 pelotas.: CANTIDAD 10
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Liceo N°7
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BALÓN DE BASQUETBOL 2000/gr molten (o equivalente): CANTIDAD 5
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Liceo N°7
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BALÓN DE FÚTBOL n°5: CANTIDAD 10
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Liceo N°7
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BALÓN DE VOLEIBOL molten serve (o equivalente): CANTIDAD 15
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Liceo Tajamar
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CRONOMETROS MARCA TORPEDO (o equivalente), Alto (cm) 3.0, Ancho (cm)
11.0, Largo (cm) 16,0 : CANTIDAD 4
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Liceo Tajamar
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SILBATO PROFESIONAL 50 DRB (o equivalente)
•Incluye cordón para más comodidad
•Material Plástico UNIDAD.: CANTIDAD 4
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a)
Rechazo y
reposición de productos:
La CORPORACIÓN se reserva el derecho de rechazar total
o parcialmente la recepción de productos al momento de su entrega, o dentro de
los 3 días hábiles siguientes a dicha recepción, si los productos no cumplen
con los requerimientos técnicos exigidos en estas Bases y/o se encuentran
dañados o defectuosos, con problemas de calidad como cambio color, excesiva
humedad, sellado deficiente, u otros; que presenten defectos de fabricación o
deterioros; y en general por cualquier defecto o circunstancia que afecte su
uso adecuado, caso en el cual el o los productos rechazados se considerarán no
entregados.
En tales casos el cambio de los productos
se efectuará conforme al siguiente procedimiento:
1.
El Encargado del establecimiento, o quien lo
reemplace, enviará un correo electrónico al Proveedor, indicando él o los
productos que han sido rechazados, sus cantidades y el motivo del rechazo.
2.
El Proveedor deberá realizar el cambio o reposición
del producto en los plazos ofertados según Anexo N°4, asumiendo, además,
los costos inherentes al retiro, traslado y reposición.
3.
El retiro de los productos rechazados, así como la
entrega de los nuevos productos, se efectuará en el establecimiento que
corresponda y en los horarios acordados previamente.
4.
Si el Proveedor no realiza el cambio dentro del plazo
señalado en el Nº2 precedente, el Encargado del establecimiento avisará a la
Unidad Técnica para que éste emita un informe que dé cuenta del incumplimiento
del proveedor y el monto total del cambio no realizado, el que será descontado
de la factura pendiente para pago, solicitando la nota de crédito respectiva,
sin perjuicio de la aplicación de las multas previstas en el artículo 26º de
estas Bases.
b)
Cambio de
productos:
El proveedor deberá realizar aviso mediante correo
electrónico a requirente de la compra para solicitar autorización de cambio de
producto en el caso que el producto ofertado tenga quiebre de stock o se
encuentre discontinuado desde el fabricante, es importante señalar que el
producto de reemplazo debe ser de similares características que el ofertado y
estará sujeto a la aprobación de la CORPORACIÓN su reemplazo.
En el caso que el proveedor no avise del cambio y lo
realice sin previa autorización, se aplicarán las multas correspondientes,
según el artículo N°26 de las presentes Bases de Licitación.
ARTÍCULO N° 34
CONTRAPARTE
TÉCNICA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA.
La contraparte técnica
de la CORPORACIÓN, (“UNIDAD TECNICA") será representada por el área de
Educación de la Corporación y se designará una o más personas del área a la
supervigilancia de la presente contratación.
Para fines de seguimiento de los productos adquiridos,
así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del
Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica:
1.
Informar a la Directora de Administración y
Finanzas de la Corporación de Desarrollo Social De Providencia respecto de
cualquier incumplimiento del Proveedor a las obligaciones asumidas por este en
virtud del contrato.
2.
Convocar al Proveedor a reunión(es) para
coordinar la ejecución de la presente contratación.
3.
Proporcionar al Proveedor la información
disponible y asistencia que requiera para el desarrollo de su trabajo.
4.
Dar aprobación respecto a los cambios de
producto conforme a lo señalado en la letra b) del artículo 33° de las Bases.