ARTÍCULO N° 1 LLAMADO A LICITACIÓN |
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación
pública denominada: “ADQUISICIÓN DE KIT DE ÚTILES ESCOLARES PARA ESTUDIANTES
PERTENECIENTES AL PROGRAMA PRO-RETENCIÓN ESCOLAR, DE LOS ESTABLECIMIENTOS
MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”.
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ARTÍCULO N° 2 OBJETIVO |
La presente licitación tiene por objeto la adquisición de kit de útiles escolares para estudiantes
pertenecientes al Programa Pro-retención Escolar, de los establecimientos municipales de
Providencia. Los útiles escolares se brindarán con la finalidad de aportar en el proceso de aprendizaje
de los estudiantes individualizados como beneficiarios del Programa. Se solicita la adquisición de 369
kit de útiles escolares para estudiantes de 7° básico a 4° medio.
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ARTÍCULO N° 3 CONDICIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN |
Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la
presentación de las ofertas y ejecución de la contratación:
Nombre de Licitación
“ADQUISICIÓN DE KIT DE ÚTILES ESCOLARES PARA ESTUDIANTES
PERTENECIENTES AL PROGRAMA PRO-RETENCIÓN ESCOLAR, DE LOS
ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”
Tipo de Licitación Licitación Pública entre 100 y 1.000 UTM (LE)
Moneda Pesos Chilenos (CLP).
Monto total
referencial.
$14.760.000.- (catorce millones setecientos sesenta mil pesos).
Garantía seriedad de la
oferta
No aplica.
Garantía fiel
cumplimiento
5% del monto total adjudicado.
Duración de la
contratación Ejecución Inmediata
Documentos que rigen
la Licitación
Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o
apartados normativos:
I.- Bases Administrativas
II.- Bases Económicas
III.- Bases Técnicas
IV.- Anexos:
Documentos Administrativos:
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• Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y
Declaración Jurada Aceptación de Bases”.
• Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y
representantes”.
• Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de
intereses”.
Documentos Económicos:
• Anexo N°3 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO).
Documentos Técnicos:
• Anexo N°4 “Plazo de entrega y reposición de productos”
(OBLIGATORIO).
• Anexo N°5 “Declaración Jurada Programa de Integridad”.
Las ofertas que no presenten u omitan los antecedentes requeridos como
OBLIGATORIOS, serán declaradas “inadmisibles” por la CORPORACIÓN, sea
en el acto mismo de apertura o durante la evaluación posterior de las ofertas.
Con todo, los proponentes podrán presentar siempre y cuando la
CORPORACIÓN lo solicite y dentro del plazo de las 48 horas siguientes a aquel
en que se efectuare el requerimiento, las certificaciones o antecedentes que
no hayan podido acompañar en la forma y dentro del plazo previsto en esta
disposición.
En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los
documentos requeridos inclusive hasta el plazo fatal del foro inverso y,
resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos faltantes
antes de la aceptación de la orden de compra respectiva según el plazo
establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso no
presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a
quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes.
Los documentos señalados anteriormente podrán ser descargados
accediendo al portal Mercado Público.
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contratación
respectiva a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos,
cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el
que a continuación se indica:
• Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas.
• Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores.
• Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la
CORPORACIÓN.
• La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
• Orden de compra respectiva.
3
Todos los documentos relativos a esta licitación se interpretarán siempre en
el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del objeto de la
licitación con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso
particular, esto es, atendiendo a la naturaleza de los servicios o suministro
de productos materia de la presente licitación y considerando lo dispuesto
en las Bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Las Bases, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre
ellos la debida correspondencia.
Las presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a
las mismas, se considerarán incorporadas a la respectiva contratación que se
celebre con el adjudicatario.
Los anexos señalados como OBLIGATORIOS serán requisitos para la
admisibilidad de las ofertas.
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ARTÍCULO N° 4 PRODUCTOS REQUERIDOS |
No de
Línea
Descripción Cantidad
Presupuesto impuestos
incluidos
1
“ADQUISICIÓN DE KIT DE ÚTILES
ESCOLARES PARA ESTUDIANTES
PERTENECIENTES AL PROGRAMA PRORETENCIÓN ESCOLAR, DE LOS
ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES DE
PROVIDENCIA”.
1
$14.760.000.- (catorce
millones setecientos sesenta
mil pesos)
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ARTÍCULO N° 5 ETAPAS Y PLAZOS |
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen
en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el
portal www.mercadopublico.cl.
Etapa Plazo (Días Corridos)
Publicación de las Bases de Licitación Dentro de los 3 días hábiles desde aprobada la
Resolución que autoriza las presentes bases.
Inicio Período de Consultas
Inmediatamente después de publicadas las bases en
la plataforma de Mercadopublico.cl
Cierre Período de Consultas
Hasta el día 5 desde publicadas las bases en la
plataforma de Mercadopublico.cl a las 12:00 horas.
Publicación de Respuestas
Día 7 desde publicadas las bases en la plataforma de
Mercadopublico.cl a las 23:59 horas.
Si el séptimo día fuere sábado, domingo o festivo, el
plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
Recepción de las Ofertas Hasta el día 10 desde publicadas las bases en la
plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:00 horas.
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Se establece para esta licitación que, si a la fecha de recepción de ofertas sólo se han recibido dos o
menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente y por una sola vez, en dos días
hábiles.
Respecto al plazo de “Publicación de Respuestas” la Corporación podrá ampliar dicho plazo hasta en
48 horas corridas sin afectar el cronograma de las demás fechas indicadas, pero siempre antes del
cierre de recepción de ofertas y, solo si en relación a las preguntas o la cantidad de estas así lo amerita,
lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público.
Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases serán de días corridos
salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de
un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo
vence al día hábil siguiente. Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel
no podrá vencer un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.
En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el
Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, los plazos contemplados
en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo
dispuesto en el artículo 62º del Decreto Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda,
que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro
y prestación de servicios.
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ARTÍCULO N° 6 NOTIFICACIONES, DOMICILIO Y JURISDICCIÓN |
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se
entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la CORPORACIÓN publique en el
Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de la
ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia
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ARTÍCULO N° 7 LLAMADO A LICITACIÓN, ENTREGA DE BASES Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN |
El llamado a Licitación Pública se publicará en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl).
Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en
el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta
y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas
y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias,
prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.
Si el décimo día fuere sábado, domingo o festivo, el
plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.
Acto de Apertura de las Ofertas (Técnicas
y Económicas)
Desde el día 10 desde publicadas las bases en la
plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:01 horas.
Período de Evaluación de las Ofertas Hasta el día 30 desde el acto de apertura
Adjudicación Hasta el día 40 desde el acto de apertura.
Suscripción de la contratación Se formalizará con el envío de la orden de compra.
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Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y oportuno
conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas durante el proceso
licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.
Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada
oferente, no existiendo para la CORPORACIÓN responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera
sea el resultado de la licitación.
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ARTÍCULO N° 8 PARTICIPANTES Y REQUISITOS |
Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o
extranjeras, así como también las uniones temporales de proveedores, que cumplan con los requisitos
establecidos en las presentes Bases de licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas,
se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener constituido domicilio en Chile.
En el evento de presentarse una Unión Temporal de Proveedores (en adelante también UTP) ésta
deberá sujetarse, en todo, a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que
Aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y
Prestación de Servicios.
Podrán suscribir contrataciones con la CORPORACIÓN, todas las personas naturales y/o jurídicas que
no se encuentren inhabilitadas para contratar con la Administración del Estado, según lo establecido
en las leyes 19.886 y 20.393 y D.F.L. N°1/2004 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y
no se encuentren afectas a las inhabilidades contempladas en el artículo 92 del Reglamento de
Compras Públicas aprobado por Decreto Supremo Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de
Hacienda.
Conforme con lo anterior, no podrán participar en esta licitación, y quedarán excluidos:
a) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la
formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones
públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales
o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales
establecidos en el Código Penal (artículo 4º, inciso 1º, ley Nº19.886).
b) Los funcionarios directivos de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ni personas
unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54° de la ley
Nº18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni
sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas
por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades
anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10%
o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de
las sociedades antedichas (artículo 4º, inciso 6º, ley Nº19.886).
c) Aquellos condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de contratar
con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del Tribunal de Defensa de
la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el artículo 20° letra d) del D.F.L. N° 1/2004
del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado del D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la
Libre Competencia.
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d) Aquellos que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la
administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º Nº 2) y 10° de la Ley
Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que
indica.
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ARTÍCULO N° 9 CONSULTAS, COMUNICACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES |
Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases,
las que deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro
del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º
de las presentes Bases. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o
por un conducto diferente al señalado.
Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del
Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la
presente licitación.
Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad
licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a
terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que la Corporación de
Desarrollo Social de Providencia pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las
Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
La CORPORACIÓN realizará las aclaraciones a las Bases comunicando las respuestas a través del
Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de
la o las consultas. Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas serán publicadas en el portal
www.mercadopublico.cl y formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y
aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los
proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, la CORPORACIÓN podrá realizar
modificaciones a las Bases que estime pertinentes y/o necesarias para el correcto desarrollo de la
licitación o comprensión de los términos y condiciones de las Bases sin que ello pueda importar, en
caso alguno, una modificación a las mismas. Dichas aclaraciones y/o modificaciones serán publicadas
en el portal www.mercadopublico.cl y serán consideradas como parte integrante de las Bases de
licitación.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la CORPORACIÓN podrá modificar las
presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso
licitatorio. No obstante, las modificaciones a la comisión de evaluación requeridas en razón de
ausencia o falta de alguno de sus integrantes que impide realizar el proceso de evaluación podrán
realizarse aún después del cierre de recepción de ofertas y siempre que no se haya iniciado el proceso
de evaluación respectivo. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto
administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los
proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin
perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través
del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
En caso de que se determine necesario, la CORPORACIÓN podrá modificar la contratación,
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aumentando o disminuyendo hasta un 30% del valor total de la contratación, y siempre que exista
disponibilidad presupuestaria. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas
aprobadas por las presentes bases.
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ARTÍCULO N° 10 PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta
expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las
estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de
Licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo
expresamente los siguientes compromisos:
• El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores,
entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR)
en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485°
del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos
humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los
derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos
efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos
y Empresas de Naciones Unidas.
• El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos,
regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a
ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública,
ni con la ejecución de la o las contrataciones que eventualmente se deriven de la misma,
ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o
indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior
adjudicación y ejecución total de la o las contrataciones que de ello se deriven.
• El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o
conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia,
cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos,
negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus
tipos o formas.
• El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba
presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las
medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
• El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética,
moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público.
• El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que
sean aplicables a la misma.
• El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas
Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la
misma.
• El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público
es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos
ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las
condiciones y oportunidad ofertadas.
• El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o
dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o
éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente
Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de
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las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que
también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
• Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así
es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple
con las bases de licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la
oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación
respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además, de
existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en
dicha falta.
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ARTÍCULO N° 11 PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS |
a) Medio de entrega de la oferta y contenido.
La entrega de las ofertas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras 12.1, 12.2 y 12.3
del artículo 12º, deberá efectuarse electrónicamente a través del Sistema de Información en el plazo
previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en el
artículo 5º de las presentes Bases.
No se recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que la determinada por
estas Bases.
Los oferentes deberán presentar su oferta por la totalidad de la línea requerida (369 kits) en la
presente licitación.
Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener exigencias, limitaciones o
restricciones a las mismas de cualquier especie, o condiciones para su adjudicación de cualquier tipo
o montos mínimos de despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes,
que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la CORPORACIÓN, y los
oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas aceptan tal condición.
b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes.
Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa
todos los antecedentes exigidos, así como también el contenido de éstos y la veracidad de lo que en
ellos conste.
c) Verificación de los antecedentes.
La CORPORACIÓN tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes
presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.
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ARTÍCULO N° 12 CONTENIDO DE LAS OFERTAS |
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal y serán de carácter
irrevocable.
Los costos en que incurra el oferente, derivado de la formulación de la propuesta, serán de su exclusivo
cargo, y en caso de no seleccionarse su oferta, no dará origen a reembolso o indemnización alguna.
Cada oferente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada, lo cual estará
determinado por lo siguiente:
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a) Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las
presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe
estar en un solo archivo digital.
b) Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las
presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el
proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo.
c) Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar
relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que
corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases.
d) Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben
contener los siguientes formatos: pdf, Word, jpg, Excel, power point, winrar, winzip y/o
sus equivalentes en código libre.
Los oferentes deberán presentar en “Anexo Administrativo”, “Anexo Técnico” o “Anexo Económico”,
a través del Portal Mercado Público, los siguientes documentos:
12.1 Documentos Administrativos
12.1.1 Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación
de Bases”.
12.1.2 Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.
12.1.3 Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”.
12.1.4 Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda).
12.2 Documentos Económicos
12.2.1 Anexo N°3 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO).
12.3 Documentos Técnicos
12.3.1 Anexo N°4 “Plazo de Entrega y Reposición de Productos” (OBLIGATORIO).
12.3.2 Anexo N°5 “Declaración Jurada Programa de Integridad”.
Los anexos estarán disponibles en formato Word o Excel, como anexo en la ficha de licitación
respectiva en el Portal Electrónico www.mercadopublico.cl
a) Antecedentes del Oferente y Otros Documentos.
Los proponentes inscritos en el Registro de Proveedores que no cuenten con la documentación
cargada en la “Ficha de proveedores”, respecto a la documentación legal de su Empresa (o en el caso
de UTP, de todas las que participen), la Corporación, podrá solicitar que se incluya cualquier
documento faltante de los solicitados en dicho apartado, directamente en el portal de
www.mercadopublico.cl y deberá entregar, cualquier otro documento que solicite la Corporación para
verificar cualquier información que requiera ésta para su evaluación y/o verificación.
Respecto a los antecedentes señalados como obligatorios serán requisitos de admisibilidad para la
evaluación de ofertas.
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b) Oferta Técnica
i. Los oferentes deberán presentar en el Anexo N° 4 “Plazo de entrega y reposición de productos”
su oferta técnica:
El plazo de entrega de los productos deberá ser ofertado en “días” enteros, indicando una
oferta no superior a los 18 días hábiles. Para tales efectos, el oferente deberá considerar que
los productos deberán ser entregados en los establecimientos a contar del día 4 de marzo,
con fecha límite de entrega el 28 de marzo del 2024. En caso de presentar una oferta superior
al límite indicado, su oferta será declarada técnicamente inadmisible en el proceso de
Evaluación de ofertas o en cualquier momento que se detecte dicha situación.
• El plazo de cambio y/o reposición de productos, cuando estos presenten problemas del
fabricante, en su envoltorio original que afecte la integridad del producto, el producto no
corresponda a la solicitado, el producto no cumpla con la normativa chilena para su
comercialización y demás situaciones que afecten el correcto suministro de lo solicitado por
la Corporación; La oferta debe presentarse en días hábiles, con tope máximo de 15 días
hábiles, en caso de presentar una oferta superior al límite indicado, su oferta será declarada
técnicamente inadmisible en el proceso de Evaluación de ofertas o en cualquier momento
que se detecte dicha situación.
Es importante considerar que la presentación de la información exigida en el Anexo N°04 es
obligatoria, por tanto, su omisión constituye causal de inadmisibilidad conforme a lo indicado en el
artículo 14° de estas Bases.
ii. Declaración Jurada Programa de Integridad.
Anexo donde los oferentes deberán señalar si cuentan con programa de integridad conocido por todo
su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y
veracidad, durante el proceso licitatorio.
Debe adjuntarse en la oferta técnica con el nombre: Anexo N°5 Programa de Integridad.
c) Oferta Económica. (OBLIGATORIA)
Los oferentes deberán presentar su oferta económica por la totalidad de los artículos requeridos, en
pesos chilenos, indicando marca ofertada y sin considerar reajustes y/o variación de precio alguno
mientras dure la contratación, de forma obligatoria, a través del Anexo N°03 adjunto.
En el caso que no coincida o existan errores aritméticos en la presentación de la oferta total, se
establece que la entidad licitante pagará los valores unitarios indicados en el o los formatos de las
ofertas económicas respectivas.
Cuando existan discrepancias o errores aritméticos entre los precios unitarios ofrecidos en la oferta
económica y el valor total ofertado, prevalecerán siempre los primeros.
En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal,
prevalecerá la oferta subida a este anexo N°03.
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Es importante considerar que la presentación de la información exigida en el Anexo N°03 es
obligatoria, por tanto, su omisión constituye causal de inadmisibilidad conforme a lo indicado en el
artículo 14° de estas Bases.
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ARTÍCULO N° 13 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
En esta licitación no se exigirá garantía de seriedad de la oferta.
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ARTÍCULO N° 14 ADMISIBILIDAD Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS |
Es requisito para participar en esta licitación y para la aceptación y validez de la oferta, cumplir con las
exigencias establecidas en el artículo 8º de estas Bases y presentar los antecedentes exigidos en las
presentes Bases, con especial énfasis en aquellos declarados como OBLIGATORIOS, considerando que
aquellos OBLIGATORIOS son causal de inadmisibilidad.
Conforme con lo anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la
CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes:
1. Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones
establecidas en el párrafo cuarto del artículo 8º, letras a), b), c) y d), de las presentes Bases.
2. Que la propuesta no presente alguno de los antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS.
3. Si los productos ofertados no corresponden o no cumplen con lo requerido en la presente
licitación conforme a lo previsto a tal efecto en las respectivas bases técnicas.
4. Que la propuesta esté sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en el artículo
11º de estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso.
5. En el caso que corresponda, que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la
oferta y/o que la garantía de seriedad de la oferta no sea presentada en la forma y contenido, y/o
que la garantía de seriedad de la oferta no cumpla con lo establecido en las presentes bases antes
del cierre de las ofertas.
6. Si el producto ofertado no cumple con la totalidad de las especificaciones Técnico-Económicas
definidas y exigidas como esenciales u obligatorias en las Bases Técnicas, o si alguno de estos
requerimientos se encuentra afecto a un cobro adicional.
7. Que en el caso que las bases contengan visita(s) a terreno obligatoria(s), que el oferente no haya
asistido a tales visitas.
8. Que en el caso que corresponda, el oferente no entregase la(s) garantía(s) solicitadas en el
proceso de postulación de ofertas.
Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º de estas Bases.
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ARTÍCULO N° 15 ACLARACIONES A LAS OFERTAS |
La CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas
y durante el proceso de evaluación que adjunten documentos no esenciales o salven errores de
referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien
que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos
errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio
o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta
sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los
oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud
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de documentación atingente al proceso, por parte de la CORPORACIÓN como la respuesta del oferente
a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información.
El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración.
En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos solicitados por
foro inverso de la plataforma de Mercado Público al término del plazo fatal y, resulte ADJUDICADO,
este deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la aceptación de la orden de compra
respectiva según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso no
presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de
ponderación de puntajes.
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ARTÍCULO N° 16 VALIDEZ DE LAS OFERTAS |
Las ofertas tendrán una validez de 60 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la
licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CORPORACIÓN podrá solicitar
a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las
cauciones de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en el artículo 13° de estas Bases. Si
alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la
licitación, en cuyo caso la CORPORACIÓN devolverá las cauciones respectivas en el plazo de cinco días,
contado desde su vencimiento.
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ARTÍCULO N° 17 COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que
estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el Secretario General, o quien tenga
delegada la facultad.
Al momento de conocer los nombres de los oferentes, cada integrante de la Comisión Evaluadora
deberá declarar no tener conflicto de intereses con ninguno de los oferentes participantes, de forma
directa o indirecta, así como su compromiso de no aceptar donativos de ninguna especie o monto de
terceros mientras integre esta Comisión Evaluadora. Para ello, cada miembro de la Comisión
Evaluadora deberá firmar una Declaración Jurada, que será publicada conjuntamente con la respectiva
Resolución de adjudicación o deserción.
En el evento de que los miembros de la Comisión Evaluadora declarasen o detectaran en el acto mismo
que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y
abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el
Acta suspendiéndose la Evaluación para proceder al inmediato reemplazo del integrante de la
Comisión Evaluadora inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder
procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente.
En caso de que alguno de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación
por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por fuerza mayor, caso
fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la Comisión podrá igualmente proceder a la
evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido
en el artículo 37 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
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La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes,
sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros.
Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a terceros
sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación.
Corresponderá a la Comisión Evaluadora:
1.- Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en los artículos 14º y
15º de las presentes Bases.
2.- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
3.- Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas:
1) Modificación del plazo de adjudicación en el caso previsto en el artículo 19° de las presentes
Bases.
2) En caso de que se encuentren contempladas en las Bases una visita a terreno o la
demostración de productos y/o equipos en comodato: constancia de la efectiva realización de
la actividad, forma como se desarrollaron y pronunciamiento de la Comisión en caso de
observaciones a los mismos.
3) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
4) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos
en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
5) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la
asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar
los criterios de evaluación.
6) Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido.
7) La proposición fundada de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta,
dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus
integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación.
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas
que hayan sido calificadas como admisibles.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes,
sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.
Durante el proceso de evaluación la CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a
sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán
ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Con
excepción de la situación precedentemente descrita, durante el período de evaluación los oferentes
no podrán mantener contacto alguno con la CORPORACIÓN.
La Comisión de Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que
en el acto de apertura o de evaluación de las ofertas pueda surgir en relación con la interpretación o
aplicación de las presentes Bases.
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ARTÍCULO N° 18 CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos solicitados en las Bases, continuará
con el proceso de evaluación de la presente licitación, debiendo detallar los productos en su
propuesta. El oferente que no cumpla con los requisitos mínimos solicitados no continuará con el
proceso de evaluación. La CORPORACIÓN declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas
que no cumplan los requisitos o condiciones en las presentes bases.
La evaluación de la oferta se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes criterios:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN
1.- Evaluación Económica. 85%
2.- Plazo de entrega total de los productos. 9%
3- Plazo de cambio y/o reposición de productos. 4%
4.- Programa de Integridad 1%
5.-Cumplimiento de requisitos formales. 1%
Definición de criterios y asignación de puntajes:
A continuación, se analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes bases:
1.- Evaluación Económica (85%):
Los oferentes deberán presentar la información requerida de forma obligatoria en el Anexo N°3,
indicando, en pesos chilenos, el precio y la marca ofertada del producto.
Para efectos de la Evaluación se considerará el precio total de los productos requeridos.
El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 = ⌈
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 "𝑉𝐴𝐿𝑂𝑅 𝑇𝑂𝑇𝐴𝐿 𝐵𝑅𝑈𝑇𝑂" 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
"𝑉𝐴𝐿𝑂𝑅 𝑇𝑂𝑇𝐴𝐿 𝐵𝑅𝑈𝑇𝑂" 𝑎 𝑒𝑣𝑎𝑙𝑢𝑎𝑟 ⌉ ∙ 100
Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado
con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.
El puntaje se ponderará por el 85%.
2.- Plazo de entrega total de los productos (9%): El puntaje estará determinado por el tiempo (medido
en días hábiles), posterior a la aceptación de la Orden de Compra (entendiéndose aceptada
trascurridas 24 horas desde su emisión), que demore la entrega de los productos e instalación en el
caso que corresponda, de la totalidad de éstos, según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°04.
El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:
𝑃𝑢𝑛𝑡𝑎𝑗𝑒 = ⌈
𝑀𝑒𝑛𝑜𝑟 𝑡𝑖𝑒𝑚𝑝𝑜 𝑑𝑒𝑙 𝑝𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜
𝑇𝑖𝑒𝑚𝑝𝑜 𝑜𝑓𝑒𝑟𝑡𝑎𝑑𝑜 𝑑𝑒 𝑝𝑙𝑎𝑧𝑜 𝑑𝑒 𝑒𝑛𝑡𝑟𝑒𝑔𝑎 𝑑𝑒𝑙 𝑝𝑟𝑜𝑑𝑢𝑐𝑡𝑜 𝑎 𝑒𝑣𝑎𝑙𝑢𝑎𝑟 ⌉ ∙ 100
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En caso de ofertar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo
señalado por el oferente (a modo de ejemplo: si la oferta señala un plazo de entregade entre 2 a 3
días, se evaluará como si se hubiera ofertado 3 días de entrega).
Sin perjuicio de lo anterior no se aceptarán ofertas que presenten un plazo superior a 18 días hábiles.
Para tales efectos, el oferente deberá considerar que los productos deberán ser entregados en los
establecimientos a contar del día 4 de marzo, con fecha límite de entrega el 28 de marzo del 2024. En
caso de presentar una oferta superior al límite indicado, su oferta será declarada técnicamente
inadmisible en el proceso de Evaluación de ofertas o en cualquier momento que se detecte dicha
situación.
Para la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos
(2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.
El puntaje se ponderará por el 9%.
3.- Plazo de cambio y/o reposición de productos (4%): Será evaluado el plazo de cambio y/o reposición
de productos ofertados, en caso que los productos no cumplan con la normativa vigente para su
comercialización, si se encuentran dañados en su empaquetado, con problemas que afecten la
integridad material del producto como, sellado deficiente, daño evidente, alteraciones físicas
producto del almacenaje o traslado y por cualquier defecto o circunstancia que afecte su uso
adecuado atribuible a fallas del fabricante o almacenamiento del proveedor, cualquier sea el caso en
el cual el o los productos rechazados se considerarán no entregados. El puntaje estará determinado
por el tiempo, en días hábiles desde el aviso de la CORPORACIÓN al proveedor mediante correo
electrónico, según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°4, de acuerdo con los siguientes
puntajes:
PLAZO PUNTAJE
Igual o < a 5 días hábiles 100 puntos
Entre 6 y 14 días hábiles 50 puntos
15 días hábiles 0 puntos
En caso de ofertar un rango de entrega, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo
señalado por el oferente (a modo de ejemplo: si la oferta señala un plazo de entregade entre 2 a 3
días, se evaluará como si se hubiera ofertado 3 días de entrega).
Sin perjuicio de lo anterior no se aceptarán ofertas que presenten un plazo superior a 15 días hábiles,
en el caso de presentarse, serán consideradas inadmisibles en cualquier etapa donde se detecte dicha
situación.
Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado
con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.
El puntaje se ponderará por el 4%.
4.- Programa de integridad (1%)
Este criterio de evaluación considera que el proveedor deberá señalar en el Anexo N°5 “Declaración
Jurada Programa de Integridad” si cuenta con programa de integridad conocido por todo su personal,
el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad,
durante el proceso licitatorio.
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Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el
proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0.
DESCRIPCIÓN PUNTAJE
Cuenta con Programa de integridad 100
No cuenta con Programa de Integridad 0
El puntaje se ponderará por el 1%.
5.- Cumplimiento de requisitos formales (1%):
Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los
documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente
tabla:
FACTOR A EVALUAR PUNTAJE
La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y
anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la
recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con
posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.
100
La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los
documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo
indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta
aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.
0
El puntaje obtenido se ponderará por el 1%.
Comportamiento contractual anterior:
La evaluación al comportamiento contractual tiene por OBJETO DESCONTAR PUNTAJE, respecto del
total obtenido, aplicando la pauta de evaluación, considerado la información proporcionada por el
"Historial de comportamiento contractual" de la plataforma Chile Proveedores.
N° TIPO SANCIÓN PUNTAJE PARA DISMINUIR
1
Termino anticipado unilateral de contrato por causas
imputables al contratista -5 Puntos por contrato.
Cada puntaje indicado en la tabla precedente se deberá considerar por cada "término anticipado
unilateral del contrato", que presente el proveedor, EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá
restando hasta un MÁXIMO de 15 PUNTOS.
C) Resolución de empates.
Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado
con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.
• En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga
el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”.
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• En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el
mayor puntaje en el criterio de evaluación “Plazo de entrega de los productos”.
Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero
según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones
Públicas en el portal www.mercadopublico.cl
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ARTÍCULO N° 19 ADJUDICACIÓN |
La presente licitación será adjudicada a un solo oferente por la línea de productos licitados. En ningún
caso se podrá adjudicar la línea requerida a dos o más oferentes
De las propuestas seleccionadas la CORPORACIÓN, adjudicará a la oferta que haya obtenido el mayor
puntaje ponderado final.
La CORPORACIÓN, resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el
cronograma contenido en el artículo 5º de estas Bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa
dentro del plazo señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las
razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la
adjudicación.
Para tales efectos, la CORPORACIÓN, informará los motivos de la ampliación y modificará las fechas
en el sistema de información sitio www.mercadopublico.cl
La CORPORACIÓN, rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no
cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo
serán en forma permanente y definitiva.
Se revocará la licitación en el caso de que existan errores insubsanables generados al momento de la
creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que
impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases, o cuando no pueda continuar con el
procedimiento administrativo que conduce a la adjudicación.
Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en los siguientes casos:
1. Si no se presentan ofertas.
2. Si todas las ofertas son inadmisibles en conformidad al artículo 14º de estas Bases.
3. Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación
establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora.
4. Si el producto ofertado no es conveniente para los intereses de la CORPORACIÓN:
• Por no cumplir con las características técnicas requeridas;
• En razón de que los precios ofertados no son favorables en relación con el
presupuesto disponible para la licitación.
• Por otras razones que deberán ser debidamente justificadas y fundamentadas por la
Comisión Evaluadora.
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El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte de la CORPORACIÓN de una propuesta
presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la
adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto
es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente
tramitado el acto administrativo aprobatorio de la respectiva contratación, según sea el caso.
Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º
de las presentes Bases.
Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en
caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto
de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días
hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del
Sistema de Información
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ARTÍCULO N° 20 READJUDICACIÓN |
Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los
cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases:
i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento, conforme con lo exigido en el
artículo 22° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarla según lo
establecido en ese mismo artículo;
ii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 15° y
21º.
En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la
adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de
evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o
declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes
conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la
Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes
y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente
resolución fundada de la CORPORACIÓN.
El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 21º de estas Bases
dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.
La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del
portal www.mercadopublico.cl
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ARTÍCULO N° 21 CONTRATACIÓN |
Resuelta la adjudicación de la licitación, y al momento de la contratación, el adjudicatario deberá
cumplir con los siguientes requisitos:
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a) Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. El Proveedor adjudicado tendrá 5 días hábiles
contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de
Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección
de Compras y Contratación Pública, sitio www.mercadopublico.cl, para habilitarse en el
registro indicado. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores cada proveedor de dicha
unión deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
b) Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones
contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 22º de estas Bases, si así fuera
exigible conforme a lo previsto en estas Bases.
c) Entregar todos los documentos que solicite la CORPORACIÓN o quien esté a cargo para la
elaboración del subcontrata, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso.
d) En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá acreditar que el acuerdo consta
por escritura pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o escritura
pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM
e) Certificado emitido por la Dirección del Trabajo, acreditando que no registra reclamo ni
denuncia en relación a sus obligaciones laborales a través del certificado F30.
f) Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas
y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo.
La documentación requerida en las letras c) y d) de este artículo deberá ser entregada por el
adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación o de la solicitud de
documentación.
Sin perjuicio de la declaración jurada señalada en la letra b), al momento de la contratación la
CORPORACIÓN verificará si el proveedor se encuentra afectado por alguna inhabilidad prevista en los
artículos 8º y 10º de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el
artículo 1º de la ley 20.393. Lo anterior de conformidad con el listado de proveedores inhabilitados
para contratar publicado por la Dirección de Compras y Contratación Pública en su sitio
www.mercadopublico.cl.
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ARTÍCULO N° 22 GARANTÍAS REQUERIDAS |
GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DE LA CONTRATACIÓN
El proveedor adjudicado deberá garantizar el fiel y cabal cumplimiento de las obligaciones que impone
la contratación mediante una caución o garantía. Se aceptará cualquier instrumento de caución que
asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con los siguientes
requisitos:
Beneficiario Corporación de Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N° 69.070.301-7
Pagadera A la vista.
Tipo Irrevocable, sin ningún condicionamiento, debiendo también permitir su
ejecución para el cobro de las eventuales multas.
Vigencia mínima La vigencia de la garantía deberá exceder a lo menos en 60 días corridos
desde el término de la contratación.
Expresada en Pesos chilenos.
Monto mínimo 5% del monto total adjudicado.
Glosa Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento de la contratación para la:
“ADQUISICIÓN DE KIT DE ÚTILES ESCOLARES PARA ESTUDIANTES
PERTENECIENTES AL PROGRAMA PRO-RETENCIÓN ESCOLAR, DE LOS
ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”.
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Otros requisitos En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u
otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener
cláusula de arbitraje.
Forma y oportunidad
de su restitución
Una vez que el Proveedor haya dado total, íntegro y oportuno
cumplimiento a todas las obligaciones por él contraídas en la respectiva
contratación y se haya verificado el plazo de vigencia de la garantía.
Previamente a la restitución de la garantía se requerirá la verificación de lo
anterior y para lo cual la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN emitirá
dicha validación, para tales efectos, que las obligaciones del Proveedor
revisten el carácter de indivisibles.
La garantía de fiel cumplimiento de la contratación en el caso de ser un documento físico deberá ser
entregada en el Departamento de Tesorería de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia,
ubicada en Av. Pedro de Valdivia 963, comuna de Providencia, Santiago. Se previene que los días y
horas de atención de dicha oficina para los efectos de recepción de la garantía son de días hábiles de
lunes a viernes entre las 9:00 y 14:00 horas en la Unidad de Tesorería. En el caso de ser un documento
digital, este deberá ser enviado a tesoreria@cdsprovidencia.cl, con copia a
adqusiciones@cdsprovidencia.cl y el correo de la persona que la solicito.
La garantía deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 10 días corridos siguientes a la
adjudicación. La falta de entrega de esta garantía será causal para dejar sin efecto la adjudicación y
proceder a la readjudicación o declaración de desierta, según el caso.
En el evento de que el Proveedor no cumpla con las obligaciones y/o los plazos que establecen las
presentes Bases, la Propuesta correspondiente y/o de la contratación, y en particular en los casos
contemplados en los artículos 25°, 26° y 27° de estas Bases, la CORPORACIÓN queda autorizado desde
ya para proceder a hacer efectiva la garantía, sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna
y sin perjuicio de las demás acciones legales que pudieren corresponderle a la CORPORACIÓN.
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ARTÍCULO N° 23 DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES |
Una vez dictada la resolución de adjudicación y publicada en el Portal Mercado Público, y, habiéndose
enviado la/las orden/es de compra a través del mismo, siendo esta última aceptada por el proveedor
en un plazo no superior a 24 horas, para todos los efectos de las presentes bases de licitación, se darán
por suscritas las obligaciones contractuales entre el adjudicatario y la Corporación de Desarrollo Social
de Providencia, rigiéndose estrictamente por las presentes bases de licitación y la oferta del
adjudicado y quedando pactadas las obligaciones entre las partes desde la aceptación de dicha orden
de compra.
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ARTÍCULO N° 24 MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN Y PAGOS |
La adquisición a que dará origen la presente licitación será una contratación de ejecución inmediata
entendiéndose por tal aquel por el cual el proveedor se obliga a cumplir con la entrega total de los
productos adjudicados a la CORPORACIÓN en el tiempo, precio, cantidad, calidad y lugar acordados
según los requerimientos de la CORPORACION y hasta por el monto adjudicado.
Los precios que se pagarán serán conforme a lo establecido en las Bases Económicas y según los
valores del Anexo N°3 “Oferta Económica” declarados por el adjudicado
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ARTÍCULO N° 25 VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN |
La contratación comenzará a regir desde la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicado
y hasta extintas las obligaciones contractuales entre las partes, esto quiere decir, hasta la recepción
conforme de la totalidad de los productos y la extinción de las garantías legales correspondientes de
los mismos.
El oferente adjudicado se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el
artículo 6º de estas Bases. En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio de la
contratación en el Sistema de Información, la CORPORACIÓN deberá remitir al oferente adjudicado
copia de aquel mediante carta certificada dirigida al adjudicatario, entendiéndose en tal caso
notificado el oferente al tercer día hábil siguiente a la recepción de dicha carta en la oficina de correos
que corresponda.
En caso de que no tenga lugar la celebración de un contrato, la contratación empezará a regir a contar
de la fecha de aceptación de la respectiva orden de compra por parte del proveedor adjudicado, la
cual sólo será emitida una vez totalmente tramitado el acto administrativo de adjudicación y siempre
que aquel haya dado cumplimiento a las exigencias del artículo 21° de estas Bases según corresponda.
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ARTÍCULO N° 26 CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y SUBCONTRATACIÓN |
Durante la ejecución de la contratación, y previa autorización de la CORPORACIÓN, el Proveedor podrá
efectuar las subcontrataciones que sean necesarias para el cumplimiento del suministro contratado.
No obstante, la subcontratación deberá ser parcial, conforme con lo dispuesto en el artículo 76 del
Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La CORPORACIÓN tendrá la facultad de requerir
información de acerca de los servicios subcontratados.
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución del suministro materia de la
presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o
dependencia con la CORPORACIÓN, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del
Trabajo, sino que exclusivamente con el Proveedor. En todo caso, cualquiera sea el tipo de
subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud
de la respectiva contratación suscrita con la CORPORACIÓN.
Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que CORPORACIÓN así lo requiera, el Proveedor estará obligado
a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a
este último le corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones
que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las
obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la
respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio
del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
El incumplimiento reiterado del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus
trabajadores, en los términos previstos en el artículo 28º de las Bases, será estimado como
incumplimiento grave y facultará a la CORPORACIÓN para poner término anticipado a la contratación
en conformidad con lo dispuesto en el artículo 28° de estas Bases y realizar el cobro de la garantía de
fiel cumplimiento de la contratación pertinente. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley
Nº20.123
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ARTÍCULO N° 27 CONDICIONES DE MULTA |
La Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de aplicar sanciones al
adjudicatario en el caso que éste haya incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en la
contratación o que le impone la Ley.
El monto de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la magnitud de la
infracción pudiendo llegar hasta un 20% del total de la contratación. En tal caso, la Corporación podrá
poner término anticipado de la contratación en virtud de lo indicado en el artículo de 28° de estas
Bases de Licitación, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de la contratación, de
acuerdo a lo estipulado en el artículo 22º de estas Bases
El proveedor adjudicado podrá ser sancionado por la CORPORACIÓN con la aplicación de multas a
través de descuentos en los pagos de las facturas respectivas.
El monto de las multas está dado de acuerdo a la siguiente tabla:
Multa Monto de Multa
Atraso en la entrega total de los productos, de
acuerdo al plazo ofertado por el proveedor en
su Anexo N°04.
1 UF por día hábil de atraso, con tope máximo
de 10 días.
Atraso en el cambio y/o la reposición de
productos defectuosos o que no cumplan las
características técnicas requeridas, según lo
ofertado por el proveedor en su Anexo N°04.
2 UF por día hábil de atraso, con tope máximo
de 10 días.
Cambio de producto ofertado sin previa
autorización.
2 UF por cambio de producto sin previa
autorización.
• Procedimiento de aplicación de multa
Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas
en las bases, la CORPORACIÓN aplica multas, termina anticipadamente la contratación o adoptar otras
medidas contempladas en las bases y la contratación respectiva, tendrá lugar el procedimiento para
la aplicación de medidas previsto en este artículo.
En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, la CORPORACIÓN notificará por escrito
al Proveedor mediante el envío de un correo electrónico indicándole los hechos que configuren el(los)
incumplimiento(s) y la(s) sanción(es) que resulta(n) aplicable(s).
A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días
hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
La CORPORACIÓN acogerá total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista o bien, la
rechazará confirmando la multa aplicada, luego de ello dictará el respectivo acto administrativo
aplicando la multa.
Si el adjudicatario hubiere presentado descargos en tiempo y forma, la CORPORACIÓN tendrá un plazo
23
de hasta 30 días hábiles de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o
parcialmente, lo que determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al
adjudicatario, personalmente, vía correo electrónico.
• Pago de las Multas
Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente:
1. Las multas aprobadas deberán ser pagadas por el proveedor en el plazo de 10 días hábiles.
2. El proveedor deberá pagar la respectiva multa mediante transferencia electrónica a la cuenta
corriente de la Corporación, conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el
párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa.
3. Vencido el plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya efectuado, se pondrá
término anticipado de la contratación conforme a lo previsto en el artículo 27° de las
presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales que le pudieren corresponder a la
CORPORACIÓN en contra del Proveedor y de informar a la Dirección de ChileCompra a efectos
que su mal comportamiento quede registrado en su ficha histórica cuando se realice la
evaluación anual de los proveedores del Estado
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ARTÍCULO N° 28 TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN |
Mediante Resolución fundada la CORPORACIÓN podrá poner término anticipado a la contratación en
cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Si el PROVEEDOR se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos
establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se
mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de
dicho plazo.
b) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las
cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la
contratación.
c) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos
la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la
CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.
d) Si los productos, materia de esta licitación, no cumplen con las características exigidas en las
Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado.
e) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el
Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor máximo de multas
establecido en el artículo 27° de estas Bases; incumplimiento que impida o dificulte
notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado; en todos los casos
previstos en el artículo 27° de estas Bases en que la aplicación de multas o incumplimiento
conlleva el término anticipado de la contratación; y en todos los casos en que conforme a lo
previsto en las presentes Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado de la
contratación.
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f) La no renovación de la garantía en los casos previstos en las presentes Bases.
g) El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y
previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado
si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y
previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de
incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin
perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123.
h) Si los productos/ o servicios licitados son objeto de convenio marco con el mismo contratante
con posterioridad a la celebración de la contratación y los precios en Convenio Marco son
inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor o contratante
iguale el precio.
i) Si el proveedor adjudicado no entrega la totalidad de los productos requeridos en estas bases
en el plazo de máximo de 10 días hábiles.
j) Si el proveedor adjudicado sobrepasa un plazo máximo de cambio y/o reposición de productos
defectuosos, de 10 días hábiles.
k) Por caso fortuito o fuerza mayor.
l) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
m) Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado a la contratación.
Puesto término anticipado a la contratación por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de
las indicadas en las letras h), k), l), y m), en el evento de haberse entregado garantía de fiel
cumplimiento atendido el monto de la contratación, la CORPORACIÓN podrá cobrarla y hacerla
efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo al procedimiento que
corresponda según su naturaleza. Sin perjuicio de lo anterior, la CORPORACIÓN ejercerá todas las
acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor por su incumplimiento.
La CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada
adjuntando copia de la resolución que dispone el término anticipado. La carta certificada será enviada
al domicilio indicado en la comparecencia de la contratación, o a falta de éste, al designado por el
Proveedor en el Registro de Proveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar
del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda
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ARTÍCULO N° 29 SUSPENSIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
Por la naturaleza de la contratación este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia.
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ARTÍCULO N° 30 PRESUPUESTO Y OFERTA ECONÓMICA |
El presupuesto disponible para la presente licitación asciende a la suma total de $14.760.000.- (catorce
millones setecientos sesenta mil pesos), impuestos incluidos.
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La propuesta económica por la: “ADQUISICIÓN DE KIT DE ÚTILES ESCOLARES PARA ESTUDIANTES
PERTENECIENTES AL PROGRAMA PRO-RETENCIÓN ESCOLAR, DE LOS ESTABLECIMIENTOS
MUNICIPALES DE PROVIDENCIA”, deberá ser expresada en pesos chilenos y deberá ser declarado
debidamente en el Anexo N°3, cuyo valor será considerado para la evaluación, este deberá incluir
cualquier otro costo asociado a otro rubro. Lo anterior será evaluado según lo estipulado en el artículo
18° de las presentes Bases. Los valores deben ser expresados en moneda nacional y deberá incluir
traslados y cualquier otro costo asociado a otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en
el mismo. El valor unitario neto ofertado para cada unidad de producto licitado permanecerá fijo
durante la toda vigencia de la contratación.
En caso de no existir concordancia entre el valor ingresado en Portal de Mercado Público y lo declarado
en el Anexo N°3, se considerará lo declarado en este último documento.
El Oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 12º, y presentar su oferta
económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº3.
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ARTÍCULO N° 31 CONDICIONES DE PAGO |
El Proveedor facturará por todos los productos efectivamente despachados y “recepcionados
conformes” por la CORPORACIÓN, previa emisión de orden de compra, y estará afecto a los impuestos
que correspondan indicando el detalle de entrega de todos los productos en cada establecimiento.
Para los efectos del pago el Proveedor deberá entregar a cada establecimiento solicitante de la
CORPORACIÓN la factura correspondiente al monto a pagar, según lo indicado en el Anexo N°3, la cual
deberá indicar, además de las menciones tributarias, razón social, Rut, y dirección indicando la comuna
y ciudad el N° de la Orden de Compra, y en formato digital vía correo electrónico al requirente de la
compra o a la dirección de correo electrónico que se indique en la orden de compra respectiva.
El pago se efectuará en el plazo de 30 días corridos contados desde la entrega de la documentación
señalada.
Sin perjuicio de lo anterior, no se aprobará el pago de las facturas, si a partir de la documentación
solicitada, por la CORPORACIÓN, en virtud de lo preceptuado en el artículo 26°, se advierte que el
proveedor está en estado de incumplimiento respecto de sus obligaciones laborales y previsionales
respecto de sus trabajadores o subcontratistas con sus trabajadores.
Para todos los efectos, no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente
recepcionada la canasta completa de productos en los establecimientos.
En el evento que el Proveedor registre saldos insolutos relativos a remuneraciones o cotizaciones de
seguridad social respecto de sus trabajadores, en las primeras facturas de la contratación licitada
deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones debiendo el contratante acreditar que la
totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución de la
contratación, con un máximo de seis meses. Dicha situación será acreditada mediante la
documentación prevista en el artículo 26° de estas Bases
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ARTÍCULO N° 32 ADQUISICIÓN REQUERIDA |
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia requiere la " ADQUISICIÓN DE KIT DE ÚTILES
ESCOLARES PARA ESTUDIANTES PERTENECIENTES AL PROGRAMA PRO-RETENCIÓN ESCOLAR, DE LOS
ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES DE PROVIDENCIA" para establecimientos educacionales de la
comuna de Providencia.
N° de
Línea
Nombre Cantidad
Presupuesto total disponible
impuestos incluidos
1
“ADQUISICIÓN DE KIT DE ÚTILES
ESCOLARES PARA ESTUDIANTES
PERTENECIENTES AL PROGRAMA PRORETENCIÓN ESCOLAR, DE LOS
ESTABLECIMIENTOS MUNICIPALES DE
PROVIDENCIA”
1
$14.760.000.- (catorce
millones setecientos sesenta
mil pesos)
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ARTÍCULO N° 33 DESCRIPCIÓN DE LOS PRODUCTOS |
1.- CARACTERISTICAS DE LOS PRODUCTOS REQUERIDOS:
El Programa Pro-retención escolar, dentro de su eje de intervención, busca brindar apoyo en el área
material a los estudiantes de 7° básico a 4° medio, que se encuentran en riesgo de deserción escolar.
Por lo cual la Dirección de Educación, llama a participar en esta licitación con el objeto de adquirir 369
kit de útiles escolares, lo cual debe contemplar lo siguiente:
a) Componentes:
● Contemplar que cada kit será entregado a un estudiante, quien utilizará los kits para
desarrollar su año académico en el establecimiento.
● Se requieren 369 kit.
Cada Kit debe contemplar lo siguiente:
N° Elemento Cantidad en cada Kit Cantidad total Fotografía de referencia
1 Bolsa TNT.
La bolsa TNT cumplirá la función de
almacenamiento para cada kit y
será entregada a los estudiantes,
para que puedan trasladar sus
útiles.
*Los kits deben ser entregados a
los establecimientos armados con
los útiles correspondientes.
*Bolsa de color azul, rojo, negro o
blanco, sin logos, marcas,
imágenes o estampados
1 369
27
. Tirantes gruesos reforzados de
60 cm. Material en TNT, de gran
resistencia.
2 Block milimetrado de 50 hojas,
Oficio. Tamaño 32x22cm.
1 369
3 Compás escolar plástico con punta
de seguridad y lápiz. Largo 9 cm.
Pueden ser colores azul, negro,
gris, amarillo, naranjo o verde.
1 369
4 Croquera tamaño Oficio 100 hojas
blancas.
1 369
5 Set de geometría 4 piezas plásticas
de 30 cm. Lo cual debe incluir:
• 1 regla de plástico de 30 cm
• 1 transportador de plástico de
180*/12 cm.
• 1 escuadra de plástico 60*/21
cm.
• 1 escuadra de plástico de
45*/21 cm.
Color transparente o blanco.
1 369
6 Barra de pegamento, desde 100
gramos.
1 369
7 Goma de borrar, miga mediana
suave y de alta calidad
1 369
28
8 Set estuche 12 lápices grafitos 2HB
Hexagonal, sin goma. Dimensiones
desde 1x1x19.1 cm c/u. 12
unidades por paquete.
1 369
9 Set de lápices de 24 colores
distintos (24 unidades)
Lápices de forma Hexagonal,
dimensiones desde 1x1x19.1cm
c/u. 24 lápices por set.
1 369
10 Sacapunta doble plástico con dos
medidas distintas para afilar
lápices. Incluye depósito de
residuos.
1 369
11 Tijera escolar 13 cm punta
redonda. Colores azul, negro,
verde, amarillo o naranjo. Tijera
ambidiestra
1 369
12 Lápiz pasta rojo punta fina.
Medida de 0.8 mm
3 1.107
13 Lápiz pasta azul punta fina.
Medida de 0.8 mm
3 1.107
29
14 Lápiz pasta verde punta fina.
Medida de 0.8 mm
3 1.107
15 Lápiz pasta negro punta fina.
Medida de 0.8 mm
3 1.107
16 Corrector blanco en cinta 6 metros 1 369
17 Set de flechas adhesivas para
clasificación. Desde 4 colores.
Medidas desde 23,8 mm x 43,2
mm.
1 369
18 Set de mínimo 500 notas adhesivas
rectangulares, Taco Nota, colores
distintos entre sí.
Medidas de 20.5 x 14.8 x 1.8 cm.
1 369
19 Set de 8 destacadores de distintos
colores entre sí. Tinta universal a
base de agua. Marcas de ancho de
línea: 1 mm, 2mm y 5mm.
1 369
30
20 Set de 3 destacadores punta fina
distintos colores entre si.
Medidas 19.37x1.65x12.06cm.
1 369
21 Cuaderno universitario tapa dura
espiral 100 hojas sin imágenes y sin
diseño. Anillado doble, colores
distintos en cada kit
4 1.476
Los productos ofertados deben ajustarse a las descripciones exigidas en el cuadro anterior. Sin
perjuicio de lo anterior, los productos podrán variar en - 3 cm y + 3 cm. En caso de no cumplir con
estos, se declarará inadmisible la oferta correspondiente, por no cumplir con los requisitos
establecidos en bases. Para ello el oferente deberá adjuntar las fichas técnicas de los productos Sin
perjuicio de lo anterior, en caso de incumplimiento por parte del proveedor adjudicado, procederá
aplicar las multas respectivas descritas en el Artículo N°27 de las bases de licitación.
b) Condiciones generales:
● Las fotografías del cuadro anterior son solamente una referencia de los productos requeridos,
por lo cual el proveedor podrá ofertar marcas distintas, resguardando siempre, cumplir con
las exigencias técnicas establecidas en las presentes bases técnicas. Sin perjuicio de lo
anterior, el oferente deberá ofertar productos originales, asegurando que no sean
falsificaciones, copias o imitaciones.
● Todos los productos deben ser nuevos y encontrarse en su embalaje respectivo.
● Respecto a las propiedades químicas, se solicita que los productos seleccionados no
contengan compuestos químicos que presenten algún riesgo para la salud infantil, tales como:
arsénico, plomo, mercurio, sustancias nitrosables, etc. Tomando en consideración lo expuesto
en el Reglamento de Almacenamiento de Sustancias que regula a productos de uso escolar y
escritorio que contengan en su composición solventes orgánicos peligrosos (Decreto N° 43),
Reglamento sobre Producción, distribución y uso de solventes orgánicos nocivos para la salud
(Decreto N° 133) y Prohibición el uso del tolueno en adhesivos y pegamentos (Decreto N°
754).
● Los productos deben ser sin diseños e imágenes alusivas a algún dibujo animado, persona
pública o con objetivos publicitarios. Se solicitan productos neutros de un solo color cada uno,
no atribuibles a genero especifico.
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ARTÍCULO N° 34 ENTREGA Y RECEPCIÓN DE LOS PRODUCTOS |
a) Lugar y plazo de entrega de los productos:
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El Proveedor deberá entregar todos los kits requeridos en los establecimientos dependientes de la
CORPORACIÓN en el horario de 9 a 14 horas de lunes a viernes, en la forma, cantidad, y plazo aceptado
en las Bases y dentro del plazo ofertado respectivo para tales efectos, adjuntando la correspondiente
orden de compra con el detalle de los productos a entregar.
Los kits de útiles escolares deben ser entregados según la siguiente distribución y dirección:
ESTABLECIMIENTO DIRECCIÓN DESPACHO N° DE KIT ÚTILES ESCOLARES
Colegio El Vergel Manuel Montt Nº485 1
Colegio Mercedes Marín Los Leones 262 4
Colegio Providencia Manuel Montt Nº485 3
Liceo Arturo Alessandri Palma Av. Bustamante Nº 443 77
Liceo Carmela Carvajal Av. Italia Nº 980 110
Liceo José Victorino Lastarria Miguel Claro Nº 32 113
Liceo Tajamar Los Leones Nº 238 61
TOTAL 369
b) Rechazo y reposición de productos:
La CORPORACIÓN se reserva el derecho de rechazar total o parcialmente la recepción de productos al
momento de su entrega, o dentro de los 10 días hábiles siguientes a dicha recepción, si los productos
no cumplen con los requerimientos técnicos exigidos en estas Bases y/o se encuentran dañados o
defectuosos, con problemas de calidad como cambio color, excesiva humedad, sellado deficiente, u
otros; que presenten defectos de fabricación o deterioros y en general por cualquier defecto o
circunstancia que afecte su uso adecuado, caso en el cual el o los productos rechazados se
considerarán no entregados.
En tales casos el cambio de los productos se efectuará conforme al siguiente procedimiento:
1. El Encargado del establecimiento, o quien lo reemplace, enviará un correo electrónico al
Proveedor, indicando él o los productos que han sido rechazados, sus cantidades y el motivo del
rechazo.
2. El Proveedor deberá realizar el cambio o reposición del producto en los plazos ofertados según
Anexo N°4, asumiendo, además, los costos inherentes al retiro, traslado y reposición.
3. El retiro de los productos rechazados, así como la entrega de los nuevos productos, se efectuará
en el establecimiento que corresponda y en los horarios acordados previamente.
4. Si el Proveedor no realiza el cambio dentro del plazo señalado en el Nº4 precedente, el Encargado
del establecimiento avisará a la Unidad Técnica para que éste emita un informe que dé cuenta del
incumplimiento del proveedor y el monto total del cambio no realizado, el que será descontado de
la factura pendiente para pago, solicitando la nota de crédito respectiva, sin perjuicio de la
aplicación de las multas previstas en el artículo 27º de estas Bases.
c) Cambio de productos:
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El proveedor deberá realizar aviso mediante correo electrónico a requirente de la compra para
solicitar autorización de cambio de producto en el caso que el producto ofertado tenga quiebre de
stock o se encuentre discontinuado desde el fabricante, es importante señalar que el producto de
reemplazo debe ser de similares o superiores características al ofertado y estará sujeto a la aprobación
de la CORPORACIÓN su reemplazo.
En el caso que el proveedor no avise del cambio y lo realice sin previa autorización, se aplicarán las
multas correspondientes, según el artículo N°27 de las presentes Bases de Licitación.
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ARTÍCULO N° 35 CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA. |
La contraparte técnica de la CORPORACIÓN, (“UNIDAD TECNICA") será representada por la
Coordinadora Comunal Pro-retención Escolar de la Corporación y se designará una o más personas del
área a la supervigilancia de la presente contratación.
Para fines de seguimiento de los productos adquiridos, así como para velar por la correcta ejecución
de las obligaciones del Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica:
1. Informar a la Directora de Administración y Finanzas de la Corporación de Desarrollo Social De
Providencia respecto de cualquier incumplimiento del Proveedor a las obligaciones asumidas por
este en virtud del contrato.
2. Convocar al Proveedor a reunión(es) para coordinar la ejecución de la presente contratación.
3. Proporcionar al Proveedor la información disponible y asistencia que requiera para el desarrollo
de su trabajo.
4. Dar aprobación respecto a los cambios de producto conforme a lo señalado en la letra c) del
artículo 34° de las Bases.
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