BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA
“IMPLEMENTACIÓN DE RED DE DATOS PARA SALAS DE CLASES”
I.- GENERALIDADES
ARTÍCULO N° 1 LLAMADO A LICITACIÓN
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación pública denominada: “IMPLEMENTACIÓN DE RED DE DATOS PARA SALAS DE CLASES”.
ARTÍCULO N° 2 OBJETO
El objeto de la licitación es la implementación de red de datos para salas de clases, para 4 establecimientos educacionales administrados por la Corporación de Desarrollo Social de Providencia.
ARTÍCULO N° 3 CONDICIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN
Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución del servicio.
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Nombre de Licitación
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IMPLEMENTACIÓN DE RED DE DATOS PARA SALAS DE CLASES
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Tipo de Licitación
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Licitación Pública entre 100 y 1.000 UTM (LE)
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Moneda
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Pesos Chilenos (CLP).
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Monto disponible.
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$32.150.000.- (Treinta y dos millones ciento cincuenta mil pesos) impuestos incluidos.
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Garantía seriedad de la oferta
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No.
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Garantía de fiel cumplimiento
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No.
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Garantía de correcta ejecución del proyecto.
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5% del monto total adjudicado.
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Duración del Contrato
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EJECUCIÓN INMEDIATA (Según oferta adjudicada.)
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Documentos que rigen la Licitación
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Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:
I.- Bases Administrativas
II.- Bases Económicas
III.- Bases Técnicas
IV.- Anexos:
Documentos Administrativos:
- “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases e Inhabilidades”.
- “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.
- “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”.
Documentos Económicos:
- “Oferta Económica”. (OBLIGATORIO).
Documentos Técnicos:
- “Plazo de Implementación” (OBLIGATORIO).
- “Declaración Jurada Programa de Integridad y Compliance”.
Las ofertas que no presenten u omitan en sus ofertas los antecedentes requeridos como OBLIGATORIOS, serán declaradas “Fuera de Bases” por la CORPORACIÓN, sea en el acto mismo de apertura o durante la evaluación posterior de las ofertas.
Con todo, los proponentes podrán presentar siempre y cuando la CORPORACIÓN lo solicite y dentro del plazo de las 48 horas siguientes a aquel en que se efectuare el requerimiento, las certificaciones o antecedentes que no hayan podido acompañar en la forma y dentro del plazo previsto en esta disposición.
En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos requeridos inclusive hasta el plazo fatal del foro inverso y, resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la suscripción del contrato respectivo según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso no presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes.
Los documentos señalados anteriormente podrán ser descargados accediendo al portal Mercado Público.
Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contrato respectivo a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:
- Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas.
- Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores.
- Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CORPORACIÓN.
- La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
- El contrato respectivo si procediese.
- La orden de compra respectiva.
Todos los documentos relativos a esta licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del objeto de la licitación con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular, esto es, atendiendo a la naturaleza de los servicios o adquisición de productos materia de la presente licitación y considerando lo dispuesto en las Bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Las Bases y el contrato respectivo, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia.
Las presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a las mismas, se considerarán incorporadas al respectivo contrato que se celebre con el adjudicatario.
Los anexos señalados como OBLIGATORIOS serán requisitos para la admisibilidad de las ofertas.
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ARTÍCULO N° 4 SERVICIO REQUERIDO
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No de Línea
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Nombre del Servicio
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Cantidad
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Presupuesto Referencial impuestos incluidos
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1
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“IMPLEMENTACIÓN DE RED DE DATOS PARA SALAS DE CLASES”
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1
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$32.150.000.- (Treinta y dos millones ciento cincuenta mil pesos) impuestos incluidos.
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ARTÍCULO N° 5 ETAPAS Y PLAZOS
La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl.
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Etapa
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Plazo (Días Corridos)
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Publicación de las Bases de Licitación
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Dentro de los 3 días hábiles desde aprobada la Resolución que autoriza las presentes bases.
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Inicio Período de Consultas
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Inmediatamente después de publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl
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Visita a Terreno (OBLIGATORIO)
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Dentro de los 4 días hábiles desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl según indique la ficha de la Licitación en la plataforma.
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Cierre Período de Consultas
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Hasta el séptimo (7) día desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl, a las 12:00 horas.
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Publicación de Respuestas
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Al décimo (10) día desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl, a las 23:59 horas.
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Recepción de las Ofertas
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Hasta el doceavo (12) día desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl, a las 15:00 horas.
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Acto de Apertura de las Ofertas
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Desde doceavo (12) día desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl, a las 15:01 horas.
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Período de Evaluación de las Ofertas
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Hasta el día 20 desde el acto de apertura
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Adjudicación
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Hasta el día 30 desde el acto de apertura.
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Suscripción del Contrato
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Se formalizará con el envío de la orden de compra.
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Respecto al plazo de “Publicación de Respuestas” la Corporación podrá ampliar dicho plazo hasta en 48 horas corridas sin afectar el cronograma de las demás fechas indicadas, pero siempre antes del cierre de recepción de ofertas y, solo si en relación con las preguntas o la cantidad de estas así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público.
Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases y los fijados en el contrato serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente. Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.
En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 62º del Decreto Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
ARTÍCULO N° 6 NOTIFICACIONES, DOMICILIO Y JURISDICCIÓN
Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la CORPORACIÓN publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
ARTÍCULO N° 7 LLAMADO A LICITACIÓN, ENTREGA DE BASES Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN
El llamado a Licitación Pública se publicará en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.
Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.
Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas durante el proceso licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.
Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no existiendo para la CORPORACIÓN responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.
ARTÍCULO N° 8 PARTICIPANTES Y REQUISITOS
Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, así como también las uniones temporales de proveedores, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener constituido domicilio en Chile.
En el evento de presentarse una Unión Temporal de Proveedores (en adelante también UTP) ésta deberá sujetarse, en todo, a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios
Podrán suscribir contratos con la CORPORACIÓN, todas las personas naturales y/o jurídicas que no se encuentren inhabilitadas para contratar con la Administración del Estado, según lo establecido en las leyes 19.886 y 20.393 y D.F.L. N°1/2004 Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción y no se encuentren afectas a las inhabilidades contempladas en el artículo 92 del Reglamento de Compras Públicas aprobado por Decreto Supremo Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda.
Conforme con lo anterior, no podrán participar en esta licitación, y quedarán excluidos:
a) Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, de la formulación de la propuesta o de la suscripción de la convención, según se trate de licitaciones públicas, privadas o contratación directa, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal (artículo 4º, inciso 1º, ley Nº19.886).
b) Los funcionarios directivos de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54° de la ley Nº18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas (artículo 4º, inciso 6º, ley Nº19.886).
c) Aquellos condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de contratar con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el artículo 20° letra d) del D.F.L. N° 1/2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la Libre Competencia.
d) Aquellos que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º Nº 2) y 10° de la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que indica.
ARTÍCULO N° 9 CONSULTAS, COMUNICACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES
Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.
Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación.
Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que la Corporación de Desarrollo Social de Providencia pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.
La CORPORACIÓN realizará las aclaraciones y/o modificaciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas. Las aclaraciones derivadas de este proceso de consultas serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.
Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, la CORPORACIÓN podrá realizar las aclaraciones y/o modificaciones a las Bases que estime pertinentes y/o necesarias para el correcto desarrollo de la licitación o comprensión de los términos y condiciones de las Bases sin que ello pueda importar, en caso alguno, una modificación a las mismas. Dichas aclaraciones y/o modificaciones serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y serán consideradas como parte integrante de las Bases de licitación.
Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la CORPORACIÓN podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio. No obstante, las modificaciones a la Comisión de Evaluación requeridas en razón de ausencia o falta de alguno de sus integrantes que impide realizar el proceso de evaluación podrán realizarse aún después del cierre de recepción de ofertas y siempre que no se haya iniciado el proceso de evaluación respectivo. Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
En caso de que se determine necesario, la CORPORACIÓN podrá modificar la contratación, aumentando hasta un 30% del valor total del contrato, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases.
ARTÍCULO N° 10 PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de Licitación Pública, ni con la ejecución de él o las contrataciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de la o las contrataciones que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.
- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
- El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
- Si algún proponente presenta información falsa, y se demuestra fehacientemente que así es, se entiende que incumple con el pacto de integridad, y, en consecuencia, no cumple con las bases de licitación, que consecuencialmente traerá consigo el efecto de que la oferta sea declarada inadmisible. De la determinación de ello dará fe el acta de evaluación respectiva, otorgando prueba de los dichos de la comisión evaluadora siendo, además, de existir, cobrada la garantía de seriedad de la oferta al proveedor que haya incurrido en dicha falta.
II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS OFERTAS
ARTÍCULO N° 11 PRESENTACIÓN DE LAS PROPUESTAS
a) Medio de entrega de la propuesta y contenido.
La entrega de las ofertas, esto es, de la documentación correspondiente a las letras 12.1, 12.2 y 12.3 del artículo 12º, deberá efectuarse electrónicamente a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases.
No será recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que la determinada por estas Bases.
Los Oferentes deben presentar la oferta por la totalidad de los servicios requeridos en la presente licitación.
Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, o condiciones para su adjudicación de cualquier tipo o montos mínimos de despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes, que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la CORPORACIÓN, y los oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas aceptan tal condición.
b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes.
Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos. Asimismo, será de su exclusiva responsabilidad el contenido de los mismos y la veracidad de lo que en ellos conste.
c) Verificación de los antecedentes.
La CORPORACIÓN tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.
ARTÍCULO N° 12 CONTENIDO DE LAS OFERTAS
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal www.mercadopublico.cl y serán de carácter irrevocable.
Los costos en que incurra el oferente, derivado de la formulación de la propuesta, serán de su exclusivo cargo, y en caso de no seleccionarse su oferta, no dará origen a reembolso o indemnización alguna.
Cada oferente debe procurar la presentación de una oferta clara y ordenada, lo cual estará determinado por lo siguiente:
a) Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital.
b) Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo.
c) Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases.
d) Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes formatos: pdf, Word, jpg, Excel, power point, winrar, winzip y/o sus equivalentes en código libre.
Los oferentes deberán presentar en “Anexo Administrativo”, “Anexo Técnico” o “Anexo Económico”, a través del Portal Mercado Público, los siguientes documentos:
12.1 Documentos Administrativos
12.1.1 Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases e Inhabilidades”.
12.1.2 Anexo Nº2 “Declaración Jurada simple de socios y representantes”.
12.1.3 Anexo Nº2.1 “Declaración Jurada simple de conflicto de intereses”.
12.1.4 Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda).
12.2 Documentos Económicos
12.3.1 Anexo N°3 “Oferta Económica” (OBLIGATORIO).
12.3 Documentos Técnicos
12.2.1 Anexo N°4 “Plazo de implementación” (OBLIGATORIO).
12.2.2 Anexo N°5 “Declaración Jurada Programa de Integridad y Compliance”.
Los anexos estarán disponibles en formato Word o Excel, como anexo en la ficha de licitación respectiva en el Portal Electrónico www.mercadopublico.cl
a) Antecedentes del Oferente y Otros Documentos.
Los proponentes inscritos en el Registro de Proveedores que no cuenten con la documentación cargada en la “Ficha de proveedores”, respecto a la documentación legal de su Empresa (o en el caso de UTP, de todas las que participen), la Corporación, podrá solicitar que se incluya cualquier documento faltante de los solicitados en dicho apartado, directamente en el portal de www.mercadopublico.cl y deberá entregar, cualquier otro documento que solicite la Corporación para verificar cualquier información que requiera ésta para su evaluación y/o verificación.
Respecto a los antecedentes señalados como obligatorios serán requisitos de admisibilidad para la evaluación de ofertas.
b) Oferta Técnica (OBLIGATORIA)
Los oferentes deberán presentar en su oferta técnica:
- El plazo de implementación deberá ser ofertado en “días corridos”, indicando una oferta no superior a los 21 días corridos, en caso de presentar una oferta superior al límite indicado, su oferta será declarada técnicamente inadmisible en el proceso de Evaluación de ofertas o en cualquier momento que se detecte dicha situación.
En caso de ofertar un rango de plazo de ejecución, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo señalado por el oferente (a modo de ejemplo: si la oferta señala un plazo de ejecución de entre 15 a 20 días, se evaluará como si se hubiera ofertado por 20 días).
Es importante considerar que la presentación de la información exigida en el anexo es obligatoria, por tanto, su omisión constituye causal de inadmisibilidad conforme a lo indicado en el artículo 14° de estas Bases.
c) Oferta Económica
Oferta Económica. (OBLIGATORIO)
Los oferentes deberán presentar su oferta económica por la canasta completa de servicios y artículos requeridos, en pesos chilenos, indicando marca ofertada, y sin considerar reajustes y/o variación de precio alguno mientras dure la contratación, de forma obligatoria, a través del Anexo N°3 adjunto.
En el caso que no coincida o existan errores aritméticos en la presentación de la oferta total, se establece que la entidad licitante pagará los valores unitarios indicados en el o los formatos de las ofertas económicas respectivas.
Cuando existan discrepancias o errores aritméticos entre los precios unitarios ofrecidos en la oferta económica y los valores totales ofertados, prevalecerán siempre los primeros.
La no presentación de la oferta es causal de inadmisibilidad.
ARTÍCULO N° 13 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
En esta licitación no se exigirá garantía de seriedad de la oferta.
ARTÍCULO N° 14 ADMISIBILIDAD Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Es requisito para participar en esta licitación, para la aceptación y validez de la oferta deberá cumplir con las exigencias establecidas en el artículo 8º de estas Bases y presentar los antecedentes exigidos en las presentes Bases, con especial énfasis en aquellos declarados como OBLIGATORIOS, considerando que aquellos OBLIGATORIOS son causal de inadmisibilidad.
Conforme con lo anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes:
- Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas en el párrafo cuarto del artículo 8º, letras a), b), c) y d), de las presentes Bases.
- Que la propuesta carezca de alguno de los antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS.
- Si los servicios ofertados no corresponden o no cumplen con lo requerido en la presente licitación conforme a lo previsto a tal efecto en las respectivas bases técnicas.
- Que la propuesta esté sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en el artículo 10º de estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso.
- En el caso que corresponda, que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta y/o que la garantía de seriedad de la oferta no sea presentada en la forma y contenido, y/o que la garantía de seriedad de la oferta no cumpla con lo establecido en las presentes bases antes del cierre de las ofertas.
- Si el servicio ofertado no cumple con la totalidad de las especificaciones definidas y exigidas como esenciales u obligatorias en las Bases Técnicas, o si alguno de estos requerimientos se encuentra afecto a un cobro adicional.
- Que en el caso que las bases contengan visita(s) a terreno obligatoria(s), que el oferente no haya asistido a tales visitas.
- Que en el caso que corresponda, el oferente no entregase la(s) garantía(s) solicitadas en el proceso de postulación de ofertas.
Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 14º de estas Bases.
ARTÍCULO N° 15 ACLARACIONES A LAS OFERTAS
La CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que adjunten documentos NO OBLIGATORIOS o salven errores de referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases, de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud de documentación atingente al proceso, por parte del CORPORACIÓN como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información. El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración.
En el caso de que un oferente que no haya adjuntado uno o más de los documentos solicitados por foro inverso de la plataforma de Mercado Público al término del plazo fatal y, resulte ADJUDICADO, este deberá entregar todos los documentos faltantes antes de la suscripción del contrato respectivo según el plazo establecido por la CORPORACIÓN para tales efectos; En el caso no presentarlos, facultará a la CORPORACIÓN para re adjudicar la licitación a quien le siga en la tabla de ponderación de puntajes.
ARTÍCULO N° 16 VALIDEZ DE LAS OFERTAS
Las ofertas tendrán una validez de 120 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CORPORACIÓN podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las cauciones de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en el artículo 12° de estas Bases. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la CORPORACIÓN devolverá las cauciones respectivas a la brevedad posible.
ARTÍCULO N° 17 COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el Secretario General, o quien tenga delegada la facultad.
Al momento de conocer los nombres de los oferentes, cada integrante de la Comisión Evaluadora deberá declarar no tener conflicto de intereses con ninguno de los oferentes participantes, de forma directa o indirecta, así como su compromiso de no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros mientras integre esta Comisión Evaluadora. Para ello, cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá firmar una Declaración Jurada, que será publicada conjuntamente con la respectiva Resolución de adjudicación o deserción.
En el evento de que los miembros de la Comisión Evaluadora declarasen o detectaran en el acto mismo que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el Acta suspendiéndose la Evaluación para proceder al inmediato reemplazo del integrante de la Comisión Evaluadora inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente.
En caso de que alguno de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por fuerza mayor, caso fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo 37 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros.
Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a terceros sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación.
Corresponderá a la Comisión Evaluadora:
1.- Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en los artículos 13º y 14º de las presentes Bases.
2.- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes.
3.- Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas:
1) Modificación del plazo de adjudicación en el caso previsto en el artículo 18° de las presentes Bases.
2) En caso de que se encuentren contempladas en las Bases una visita a terreno o la demostración de productos y/o equipos en comodato: constancia de la efectiva realización de la actividad, forma como se desarrollaron y pronunciamiento de la Comisión en caso de observaciones a los mismos.
3) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.
4) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.
5) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.
6) Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido.
7) La proposición fundada de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.
El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación.
La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles. La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.
Durante el proceso de evaluación la CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Con excepción de la situación precedentemente descrita, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la CORPORACIÓN.
La Comisión de Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura o de evaluación de las ofertas pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases.
III.- EVALUACIÓN
ARTÍCULO N° 18 CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE EMPATES
El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos solicitados en las Bases, continuará con el proceso de evaluación de la presente licitación, debiendo detallar su oferta en su oferta. El oferente que no cumpla con los requisitos mínimos solicitados no continuará con el proceso de evaluación. La CORPORACIÓN declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones en las presentes bases.
A) La evaluación de la oferta se llevará a cabo de acuerdo con los siguientes criterios:
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN
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PONDERACIÓN
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1.- Evaluación Económica.
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85%
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2.- Plazo de implementación
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12%
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4.- Cumplimiento de requisitos formales
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1%
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5.- Pacto de Integridad y Compliance
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2%
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Definición de criterios y asignación de puntajes:
A continuación, se analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes bases:
1.- Evaluación Económica (85%): Los oferentes deberán presentar la información requerida de forma obligatoria en el Anexo N°3, indicando, en pesos chileno, el precio de los productos.
Para efectos de la Evaluación se considerará el precio total de canasta de los productos requeridos.
El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:
Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.
El puntaje se ponderará por el 85%.
Todos los productos ofertados deberán cumplir con la normativa chilena vigente para su comercialización.
2.- Plazo de implementación (12%):
Los oferentes deberán presentar un “plazo de ejecución total del proyecto” en los cuatro establecimientos en días corridos, con un máximo de 21 días corridos para la entrega de la totalidad de estos.
El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente tabla la que será aplicada a la Implementación del del proyecto en los 4 establecimientos:
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Días corridos
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Puntaje
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Entre 1 y 10 días corridos
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100
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Entre 11 y 13 días corridos
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80
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Entre 14 y 18 días corridos
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50
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Entre 19 y 21 días corridos
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20
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No se aceptarán ofertas que presenten un plazo superior 21 días corridos para la entrega de los 4 establecimientos en su totalidad.
Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.
En caso de ofertar un rango de plazo de ejecución, se evaluará basándose en el mayor periodo de tiempo señalado por el oferente (a modo de ejemplo: si la oferta señala un plazo de ejecución de entre 15 a 20 días, se evaluará como si se hubiera ofertado por 20 días).
Nota: El Proveedor deberá realizar la implementación de la red de datos en los establecimientos indicados en la presente licitación, en los horarios de lunes a sábado de 08:00 a 18:00 horas y los domingos previa coordinación con la UT.
El puntaje total se ponderará por el 12%.
3.- Cumplimiento de requisitos formales (1%):
Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla:
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FACTOR A EVALUAR
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PUNTAJE
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La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.
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100
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La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.
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0
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El puntaje obtenido se ponderará por el 1%.
4.- Programa de integridad (2%)
Este criterio de evaluación considera que el proveedor deberá señalar en el Anexo N°5 “Declaración Jurada Programa de Integridad” si cuenta con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio y posteriormente, la ejecución del servicio.
Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0.
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DESCRIPCIÓN
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PUNTAJE
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Cuenta con Programa de integridad
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100
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No cuenta con Programa de Integridad
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0
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El puntaje obtenido se ponderará por el 2%.
B) Consideraciones adicionales respecto al puntaje final.
Comportamiento contractual anterior:
La evaluación al comportamiento contractual tiene por OBJETO DESCONTAR PUNTAJE, respecto del total obtenido, aplicando la pauta de evaluación, considerado la información proporcionada por el "Historial de comportamiento contractual" de la plataforma Chile Proveedores.
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N°
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TIPO SANCIÓN
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PUNTAJE PARA DISMINUIR
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1
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Termino anticipado unilateral de contrato por causas imputables al contratista
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-5 PUNTOS POR CONTRATO.
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Cada puntaje indicado en la tabla precedente se deberá considerar por cada "término anticipado unilateral del contrato", que presente el proveedor, EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES; El puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 15 PUNTOS.
C) Resolución de empates.
Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.
- En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Plazo de implementación”.
- En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Oferta Económica”.
Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.
IV.- ADJUDICACIÓN
ARTÍCULO N° 19 ADJUDICACIÓN
La presente licitación podrá ser adjudicada a un solo oferente por la línea de servicio licitado. En ningún caso se podrá adjudicar una misma línea a dos o más oferentes.
De las propuestas seleccionadas la CORPORACIÓN, adjudicará a la oferta que haya obtenido el mayor puntaje ponderado final.
La CORPORACIÓN, resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el cronograma contenido en el artículo 5º de estas Bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.
Para tales efectos, la CORPORACIÓN, informará los motivos de la ampliación y modificará las fechas en el sistema de información sitio www.mercadopublico.cl.
La CORPORACIÓN, rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.
Se revocará la licitación en el caso de que existan errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases, o cuando no pueda continuar con el procedimiento administrativo que conduce a la adjudicación.
Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en los siguientes casos:
- Si no se presentan ofertas.
- Si todas las ofertas son inadmisibles en conformidad al artículo 13º de estas Bases.
- Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora.
- Si el servicio ofertado no es conveniente para los intereses de la CORPORACIÓN:
- Por no cumplir con las características técnicas requeridas;
- En razón de que los precios ofertados no son favorables en relación con el presupuesto disponible para la licitación.
- Por otras razones que deberán ser debidamente justificadas y fundamentadas por la Comisión Evaluadora.
El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte de la CORPORACIÓN de una propuesta presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato, según sea el caso.
Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases.
Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información.
ARTÍCULO N° 20 READJUDICACIÓN
Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases:
- Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento y el seguro de responsabilidad civil conforme con lo exigido en el artículo 21° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarlas según lo establecido en ese mismo artículo;
- Si el adjudicatario no suscribe el contrato conforme con lo exigido en el artículo 22° en los casos en que conforme a las Bases corresponda su suscripción;
- Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 14° y 20º.
En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la adjudicación readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN.
El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 20º de estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases. La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl.
V.- CONTRATACIÓN
ARTÍCULO N° 21 CONTRATACIÓN
Resuelta la adjudicación de la licitación, y al momento de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos:
a) Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. El Proveedor adjudicado tendrá 5 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio www.mercadopublico.cl, para habilitarse en el registro indicado. En el caso de la Unión Temporal de Proveedores cada proveedor de dicha unión deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.
b) Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 21º de estas Bases, si así fuera exigible conforme a lo previsto en estas Bases.
c) Entregar todos los documentos que solicite la CORPORACIÓN o quien esté a cargo para la elaboración del contrato, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso.
d) En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá acreditar que el acuerdo consta por escritura pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o escritura pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM
e) Documento vigente emitido por la Dirección del Trabajo, que acredite fehacientemente que el adjudicado no registra reclamos ni denuncias por incumplimiento de obligaciones laborales ni previsionales pendientes.
f) Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo.
La documentación requerida en las letras c) y d) de este artículo deberá ser entregada por el adjudicatario dentro de los 5 días hábiles siguientes a la adjudicación o de la solicitud de documentación.
Sin perjuicio de la declaración jurada señalada en la letra b), al momento de la contratación la CORPORACIÓN verificará si el proveedor se encuentra afectado por alguna inhabilidad prevista en los artículos 8º y 10º de la ley sobre responsabilidad penal de las personas jurídicas, aprobada por el artículo 1º de la ley 20.393. Lo anterior de conformidad con el listado de proveedores inhabilitados para contratar publicado por la Dirección de Compras y Contratación Pública en su sitio www.mercadopublico.cl.
ARTÍCULO N° 22 GARANTÍAS
DE CORRECTA EJECUCIÓN DEL PROYECTO
Una vez que el contrato del servicio licitado haya terminado por plazo, el proveedor adjudicado deberá presentar esta garantía de plazo definido, extendida a nombre del Mandante, por al menos un 5% del monto de la contratación, impuestos incluidos, para caucionar la correcta ejecución del proyecto en su totalidad (tanto los productos adquiridos, como la correcta ejecución de las instalaciones de estos requeridas). Se aceptará cualquier instrumento de caución que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, siempre que cumpla con los siguientes requisitos:
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Beneficiario
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Corp. De Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. Nº 69.070.301-7
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Pagadera
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A la vista
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Tipo
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Irrevocable, sin ningún condicionamiento, debiendo también permitir su ejecución para el cobro de las eventuales multas
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Vigencia mínima
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La vigencia de la garantía deberá exceder en ciento ochenta (180) días corridos a la fecha de recepción provisoria sin observaciones del proyecto. La entrega de esta garantía es requisito para la aceptación del último estado de pago pendiente. Corresponderá a la Contraparte Técnica de la CORPORACIÓN verificar el efectivo cumplimiento de esta obligación por parte del Proveedor.
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Expresada en
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Pesos chilenos o instrumentos nacionales (como UF o UTM).
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Monto
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5% del monto total adjudicado
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Glosa
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Para garantizar la correcta ejecución de la Licitación “IMPLEMENTACIÓN DE RED DE DATOS PARA SALAS DE CLASES” de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia.
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Otros requisitos
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En el caso de las pólizas de seguros, certificados de garantía recíproca u otros instrumentos de garantía de similar naturaleza, no podrán contener cláusula de arbitraje
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Forma y oportunidad de su restitución
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Una vez que se haya cumplido el plazo estipulado o dejarán de ser efectivas las garantías legales, la unidad técnica en conjunto con el proveedor, verificarán el estado del proyecto ejecutado, generando el Acta de recepción Final (sin observaciones), documento con el cual podrá solicitar la devolución de esta garantía.
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ARTÍCULO N° 23 DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES
Una vez dictada la resolución de adjudicación y publicada en el Portal Mercado Público, y, habiéndose enviado la/las orden/es de compra a través del mismo, siendo esta última aceptada por el proveedor en un plazo no superior a 7 días corridos, para todos los efectos de las presentes bases de licitación, se darán por suscritas las obligaciones contractuales entre el adjudicatario y la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, rigiéndose estrictamente por las presentes bases de licitación y la oferta del adjudicado y quedando pactadas las obligaciones entre las partes desde la aceptación de dicha orden de compra.
ARTÍCULO N° 24 MODALIDAD DEL CONTRATO Y PAGOS
La adquisición a que dará origen la presente licitación será una contratación de ejecución inmediata entendiéndose por tal aquel por el cual el proveedor se obliga a cumplir con la entrega total de los productos adjudicados a la CORPORACIÓN en el tiempo, precio, cantidad, calidad y lugar acordados según los requerimientos de la CORPORACIÓN y hasta por el monto adjudicado.
Los precios que se pagarán serán conforme a lo establecido en las Bases Económicas y según los valores del Anexo N°3 “Oferta Económica” declarados por el adjudicado.
ARTÍCULO N° 25 VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN.
La contratación comenzará a regir desde la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicado y hasta extintas las obligaciones contractuales entre las partes, esto quiere decir, hasta la recepción conforme de la totalidad de los productos y servicios y la extinción de las garantías legales correspondientes de los mismos.
El oferente adjudicado se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de estas Bases. En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio del contrato en el Sistema de Información, la CORPORACIÓN deberá remitir al oferente adjudicado copia de aquel mediante carta certificada dirigida al adjudicatario, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente a la recepción de dicha carta en la oficina de correos que corresponda.
En caso de que no tenga lugar la celebración de un contrato, la contratación empezará a regir a contar de la fecha de aceptación de la respectiva orden de compra por parte del proveedor adjudicado, la cual sólo será emitida una vez totalmente tramitado el acto administrativo de adjudicación y siempre que aquel haya dado cumplimiento a las exigencias del artículo 20° de estas Bases según corresponda.
ARTÍCULO N° 26 CESIÓN DE CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN
Durante la ejecución de la contratación, y previa autorización de la CORPORACIÓN, el Proveedor podrá efectuar las subcontrataciones que sean necesarias para el cumplimiento de las obligaciones pactadas. No obstante, la subcontratación deberá ser parcial, conforme con lo dispuesto en el artículo 76 del Decreto Nº250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. La CORPORACIÓN tendrá la facultad de requerir información acerca de los servicios subcontratados.
El personal que contrate el Proveedor, con motivo de la ejecución de la adquisición en materia de la presente licitación no tendrá, en caso alguno, relación laboral, ni vínculo de subordinación y/o dependencia con la CORPORACIÓN, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, sino que exclusivamente con el Proveedor. Para todos los efectos, cualquiera sea el tipo de subcontrato, el Proveedor seguirá siendo el único responsable de las obligaciones contraídas en virtud del respectivo contrato suscrito con la CORPORACIÓN.
Sin perjuicio de lo anterior, y cada vez que CORPORACIÓN así lo requiera, el Proveedor estará obligado a informar respecto del estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales que a este último corresponda respecto a sus trabajadores, como asimismo de igual tipo de obligaciones que tengan los subcontratistas con sus trabajadores. El monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por aquellos medios idóneos reglamentados por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento.
El incumplimiento reiterado del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores, en los términos previstos en el artículo 28º de las Bases, será estimado como incumplimiento grave y facultará a la CORPORACIÓN para poner término anticipado al contrato en conformidad con lo dispuesto en el artículo 28° de estas Bases y realizar el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato pertinente. Lo anterior sin perjuicio de lo establecido en la ley Nº20.123.
VI.- MULTAS
ARTÍCULO N° 27 CONDICIONES DE MULTA
La Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que éste haya incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en el contrato o que le impone la Ley.
El monto de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la magnitud de la infracción pudiendo llegar hasta un 20% del total del contrato o los días indicados como tope máximo en la aplicación de las multas. En tal caso, la Corporación podrá poner término anticipado de la contratación en virtud de lo indicado en el artículo de 28° de estas Bases de Licitación, pudiendo hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
Estas multas se fijan en UTM de acuerdo a la siguiente tabla:
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Multa
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Monto de Multa
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Atraso en la ejecución de la implementación del proyecto, de acuerdo al plazo ofertado
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1 UTM por día corrido de atraso según lo ofertado, con tope máximo de 15 días, contados desde el plazo ofertado.
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Detección de incumplimiento de lo ofertado con los servicios y/o productos ejecutados.
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1 UTM por cada hallazgo.
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- Procedimiento de aplicación de multa
Si con motivo del incumplimiento por parte de los proveedores de una o más obligaciones establecidas en las bases, la CORPORACIÓN aplica multas, termina anticipadamente el contrato o adoptar otras medidas contempladas en las bases y contrato respectivo, tendrá lugar el procedimiento para la aplicación de medidas previsto en este artículo.
En caso de determinarse la procedencia de aplicar la medida, la CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante el envío de un correo electrónico indicándole los hechos que configuren el(los) incumplimiento(s) y la(s) sanción(es) que resulta(n) aplicable(s).
A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
La CORPORACIÓN podrá acoger total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, luego de ello dictará el respectivo acto administrativo aplicando la multa, lo que se notificará al adjudicatario vía correo electrónico.
Tratándose de las multas se procederá conforme con lo siguiente:
- Las multas aprobadas deberán ser pagadas por el proveedor en el plazo de 10 días hábiles.
- El proveedor deberá pagar la respectiva multa mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la Corporación, conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa.
- Vencido el plazo para efectuar el pago sin que el Proveedor lo haya efectuado, se pondrá término anticipado de la contratación conforme a lo previsto en el artículo 28° de las presentes bases, sin perjuicio de las acciones legales que le pudieren corresponder a la CORPORACIÓN en contra del Proveedor y de informar a la Dirección de Chile Compra a efectos que su mal comportamiento quede registrado en su ficha histórica cuando se realice la evaluación anual de los proveedores del Estado.
VII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
ARTÍCULO N° 28 TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
Mediante Resolución fundada la CORPORACIÓN podrá poner término anticipado al contrato en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:
a) Si el PROVEEDOR se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.
b) Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c) En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.
d) Si los servicios, materia de esta licitación, no cumplen con las características exigidas en las Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado.
e) Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor máximo de multas establecido en el artículo 27° de estas Bases; incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado; en todos los casos previstos en el artículo 27° de estas Bases en que la aplicación de multas o incumplimiento conlleva el término anticipado del contrato; y en todos los casos en que conforme a lo previsto en las presentes Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado del contrato.
f) La no renovación de la garantía en los casos previstos en las presentes Bases.
g) El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123.
h) Si los productos/ o servicios licitados son objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración del contrato y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor o contratante iguale el precio.
i) Por caso fortuito o fuerza mayor.
j) Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.
k) Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado al contrato.
l) Por exceder 15 días de atraso, contados desde el plazo ofertado por el adjudicatario.
Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras h), i), j, y k), en el evento de haberse entregado garantía de fiel cumplimiento atendido el monto de la contratación, la CORPORACIÓN podrá cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza. Sin perjuicio de lo anterior, la CORPORACIÓN ejercerá todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor por su incumplimiento.
La CORPORACIÓN notificará por escrito al Proveedor mediante Oficio remitido por carta certificada adjuntando copia de la resolución que dispone el término anticipado. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en el Registro de Proveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
ARTÍCULO N° 29 SUSPENSIÓN DEL CONTRATO
Por la naturaleza del contrato este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia.
ARTÍCULO N° 30 PRESUPUESTO Y OFERTA ECONÓMICA
El presupuesto total referencial para la presente licitación asciende a la suma total de $32.150.000.- (Treinta y dos millones ciento cincuenta mil pesos) impuestos incluidos.
La propuesta económica por la contratación del “IMPLEMENTACIÓN DE RED DE DATOS PARA SALAS DE CLASES” deberá ser declarada debidamente en el Anexo N°3, cuyos valores serán considerados para la evaluación, según lo estipulado en el Artículo 18°, de estas Bases. Los valores deben ser expresados en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro costo asociado a otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo. El valor unitario neto ofertado para cada unidad de servicio licitado permanecerá fijo durante la toda vigencia del contrato.
El Oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 12º, y presentar su Oferta Económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº3.
ARTÍCULO N° 31 CONDICIONES DE PAGO
El Proveedor facturará en dos momentos:
- Para los efectos de los pagos el Proveedor deberá entregar a la CORPORACIÓN las facturas correspondientes al monto a pagar por cada establecimiento ejecutado, la cual deberá indicar el detalle de los servicios prestados y los productos instalados, además de las menciones tributarias, razón social, Rut, y dirección indicando la comuna y ciudad, en formato digital vía correo electrónico al requirente de la compra o a la dirección de correo electrónico que se indique en la orden de compra respectiva.
- Adicionalmente, deberá entregar la garantía de correcta ejecución del proyecto según lo estipulado en el artículo 22°.
El pago se efectuará en el plazo de 30 días corridos contados desde la entrega de la documentación señalada. Sin perjuicio de lo anterior, no se aprobará el pago de las facturas, si a partir de la documentación solicitada, por la CORPORACIÓN, en virtud de lo preceptuado en el artículo 25°, se advierte que el proveedor está en estado de incumplimiento respecto de sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores o subcontratistas con sus trabajadores.
Para todos los efectos, no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente recepcionados la canasta completa de productos y servicios, de acuerdo a lo indicado en los números 1 y 2 del presente artículo por cada establecimiento.
En el evento que el Proveedor registre saldos insolutos relativos a remuneraciones o cotizaciones de seguridad social respecto de sus trabajadores, en la primera factura o segunda factura según corresponda, del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones debiendo el contratante acreditar que la totalidad de ellas se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. Dicha situación será acreditada mediante la documentación prevista en el artículo 26° de estas Bases.
ARTÍCULO N° 32 ADQUISICIÓN REQUERIDA
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia requiere adquirir y/o el servicio de "IMPLEMENTACIÓN DE RED DE DATOS PARA SALAS DE CLASES DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA" para 4 establecimientos educacionales de la comuna.
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No de Línea
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Nombre del Servicio
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Cantidad
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Presupuesto Referencial impuestos incluidos
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1
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“IMPLEMENTACIÓN DE RED DE DATOS PARA SALAS DE CLASES”
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1
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$32.150.000.- (Treinta y dos millones ciento cincuenta mil pesos) impuestos incluidos.
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ARTÍCULO N° 33 ENTREGA Y RECEPCIÓN DE SERVICIO Y PRODUCTOS
a) Plazo de implementación:
El Proveedor deberá realizar la implementación de la red de datos en los establecimientos indicados en la presente licitación, en los horarios de lunes a sábado de 08:00 a 18:00 horas y los domingos previa coordinación con la UT.
Los plazos de termino de servicios se detalla en el siguiente cuadro:
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ESTABLECIMIENTOS
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PLAZO MÁXIMO
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1) LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT.
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21 DÍAS CORRIDOS
DESDE EL INICIO DE PLAZO DE IMPLEMENTACIÓN PARA LA TOTALIDAD DEL PROYECTO.
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2) LICEO JOSÉ VICTORINO LASTARRIA.
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3) COLEGIO PROVIDENCIA.
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4) LICEO TAJAMAR.
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Los trabajos podrán ser realizados de forma paralela, esto quiere decir, que se podrá trabajar hasta en los 4 establecimiento a la misma vez. Cada establecimiento con recepción conforme se podrá facturar de manera inmediata.
En el caso de no ejecutar los proyectos en los cuatro establecimientos a la misma vez, deberá ejecutarlos en el siguiente orden:
1) LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT.
2) LICEO JOSÉ VICTORINO LASTARRIA.
3) COLEGIO PROVIDENCIA.
4) LICEO TAJAMAR.
Las direcciones de ejecución de la red de datos serán según el siguiente detalle:
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ESTABLECIMIENTOS
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DIRECCIÓN
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LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT
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Avenida Italia N° 980, Providencia
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LICEO JOSÉ VICTORINO LASTARRIA
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Miguel Claro N° 32, Providencia
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COLEGIO PROVIDENCIA
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Manuel Montt N°485, Providencia
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LICEO TAJAMAR
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Los Leones N° 238, Providencia
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b) Visita a Terreno (OBLIGATORIA):
Se realizará visita a terreno, en fecha indicada en portal, donde el oferente podrá revisar los espacios físicos de ubicación de puntos de red y RACK a utilizar, los horarios y secuencia de las visitas es el siguiente:
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ESTABLECIMIENTOS
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HORARIO
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DIRECCIÓN
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LICEO TAJAMAR
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09:00 HORAS
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Av. Los Leones N°238
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LICEO JOSÉ VICTORINO LASTARRIA
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11:00 HORAS aprox.
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Miguel Claro N°32
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COLEGIO PROVIDENCIA
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14:00 HORAS aprox.
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Av. Manuel Montt N°485
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LICEO CARMELA CARVAJAL DE PRAT
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16:00 HORAS aprox.
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Av. Italia N°980
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Los horarios finales podrán variar dependiendo de cuanto demoran las visitas en cada establecimiento y según cuantos oferentes participen de estas.
Es obligatorio participar en la visita a terreno en los 4 establecimientos, en caso de no asistir a uno o más, su oferta será declarada inadmisible.
ARTÍCULO N° 34 DESCRIPCIÓN DE SERVICIO Y PRODUCTOS
1.- CARACTERÍSTICAS DEL SERVICIO Y DE LOS PRODUCTOS REQUERIDOS:
La Corporación de Desarrollo Social de Providencia requiere adquirir la "IMPLEMENTACIÓN DE RED DE DATOS PARA SALAS DE CLASES" para los establecimientos educacionales: Liceo José Victorino Lastarria, Colegio Providencia, Liceo Tajamar, Liceo Carmela Carvajal de Prat, todos pertenecientes a la comuna de Providencia.
Los servicios y artículos requeridos son los que se indican a continuación, considerando que todos los puntos de red solicitados deben ser conectados al RACK más cercano a la sala de clases donde se instalará el punto y el cableado perimetral debe ser realizado a través de escalerillas ya existentes, la distancia promedio entre un punto de red y el RACK es de 45 metros:
Liceo Carmela Carvajal de Prat
- Instalación de puntos de red en CAT6
- Certificación de puntos de red instalados
- Provisión de switch 24 bocas CAT6
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DETALLE
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CANTIDAD
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INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RED CATEGORÍA 6 ROTULADOS
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41
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CERTIFICACIÓN PUNTOS DE RED INSTALADOS
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41
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EQUIPAMIENTO
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CANTIDAD
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SWITCH 24 BOCAS CAT 6 ADMINISTRABLE UBIQUITI LCD1.3 24-1000 2-SFP RS232, SIMILAR, EQUIVALENTE O SUPERIOR
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3
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PATCH PANEL ACT 6 LINKMADE 24-RJ45 CAT6 UTP
|
3
|
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ORDENADORES DE CABLES LINKMADE 2U ORDENADOR
PLÁSTICO
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3
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USER CORDÓN CAT 6
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41
|
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PATCH CORDÓN CAT 6
|
41
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Colegio Providencia
- Instalación de puntos de red en CAT6 certificados
- Provisión de switch 48 bocas CAT6
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DETALLE
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CANTIDAD
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INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RED CATEGORÍA 6 ROTULADOS
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28
|
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CERTIFICACIÓN PUNTOS DE RED INSTALADOS
|
28
|
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EQUIPAMIENTO
|
CANTIDAD
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|
SWITCH 48 BOCAS CAT 6 ADMINISTRABLE UBIQUITI LCD1.3 24-1000 2-SFP RS232, SIMILAR, EQUIVALENTE O SUPERIOR
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1
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PATCH PANEL ACT 6 LINKMADE 48-RJ45 CAT6 UTP PATCHPANEL 1U CERTIFIC UL
|
1
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ORDENADORES DE CABLES LINKMADE 2U ORDENADOR
PLÁSTICO
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2
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USER CORDÓN CAT 6
|
28
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PATCH CORDÓN CAT 6
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28
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Liceo Tajamar
- Instalación de puntos de red en CAT6
- Certificación de puntos de red instalados
- Provisión e instalación de rack
- Provisión de switch 24 bocas CAT6
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DETALLE
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CANTIDAD
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INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RED CATEGORÍA 6 ROTULADOS
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15
|
|
CERTIFICACIÓN PUNTOS DE RED INSTALADOS
|
15
|
|
EQUIPAMIENTO
|
CANTIDAD
|
|
SWITCH 24 BOCAS CAT 6 ADMINISTRABLE UBIQUITI LCD1.3 24-1000 2-SFP RS232, SIMILAR, EQUIVALENTE O SUPERIOR
|
1
|
|
PATCH PANEL ACT 6 LINKMADE 24-RJ45 CAT6 UTP PATCHPANEL 1U CERTIFIC UL
|
1
|
|
ORDENADORES DE CABLES LINKMADE 2U ORDENADOR
PLÁSTICO
|
1
|
|
USER CORDÓN CAT 6
|
15
|
|
PATCH CORDÓN CAT 6
|
15
|
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RACK GABINETE MURAL 12RU
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1
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Liceo José Victorino Lastarria
- Instalación de puntos de red en CAT6
- Certificación de puntos de red instalados
- Instalación de puntos de HDMI
- Provisión de módulos y cables HDMI
- Provisión de switch 48 bocas CAT6
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DETALLE
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CANTIDAD
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INSTALACIÓN DE PUNTOS DE RED CATEGORÍA 6 ROTULADOS
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34
|
|
CERTIFICACIÓN PUNTOS DE RED INSTALADOS
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34
|
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INSTALACIÓN DE PUNTOS HDMI
|
34
|
|
EQUIPAMIENTO
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CANTIDAD
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|
SWITCH 48 BOCAS CAT 6 ADMINISTRABLE UBIQUITI LCD1.3 24-1000 2-SFP RS232, SIMILAR, EQUIVALENTE O SUPERIOR
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1
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PATCH PANEL ACT 6 LINKMADE 48-RJ45 CAT6 UTP PATCHPANEL 1U CERTIFIC UL
|
1
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ORDENADORES DE CABLES LINKMADE 2U ORDENADOR
PLÁSTICO
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2
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USER CORDÓN CAT 6
|
34
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PATCH CORDÓN CAT 6
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34
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MODULO HDMI
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34
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CABLE HDMI 15 METROS 4K
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34
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En todos los casos, se podrá cambiar el Switch de 48 bocas por la cantidad de puntos solicitados y para ahorrar espacio en el rack, pero si no todos los puntos llegan al mismo rack deben ser 2 de 24 bocas
Otras Características solicitadas
- En caso de utilizar molduras y bandejas, la bandeja de menor ancho será de 40x26 mm
- Los ductos por utilizar para la distribución del cable estructurado deben ser EMT para todos los diámetros, respetando las indicaciones de la NCH4/2023.
- Si es requerido el uso de tuberías Conduit, estas deben ser libre de halógeno con sus respectivos accesorios.
- No se permite más de una curva entre cajas, debiéndose usar cajas de paso cuando exista cambio de dirección de la canalización.
- Todas las uniones entre ductos o llegadas de ductos a cajas, rack, escalerilla, etc., se deben realizar con el mismo material de canalización, con tuerca y contratuerca exterior.
- No se podrán realizar canalizaciones de cableado estructurado en un conducto común con tuberías de gas o combustible, ni a una distancia inferior a 0.6 metros en ambientes abiertos.
- No se permitirá que el cableado horizontal, enlace permanente, exceda los 80 metros de longitud, desde el Patch panel en el rack de comunicaciones, hasta la roseta de pared de conexión del usuario.
- El largo total del Patch cord y user cord no debe exceder los 90 metros.
- El cable estructurado debe ser de cable UTP Cat6, de baja emisión de humo y libre de halógenos, además se debe cumplir con lo siguiente;
- Cumplir con los estándares ANSI/TIA-586-C.2 e ISO/IEC 11801 Clase E Debe poseer compatibilidad optimizada para Gigabit Ethernet.
- Debe poseer clasificación de pirorretardancia IEC 60332-1 (baja emisión de humo y libre de halógenos)
- Compatible con IEEE 802.3: aplicaciones 1000BASE-T (Gigabit Ethernet), 100BASE-T (Ethernet rápida) y 10BASE-T
- De incluir separador en cruz, este no debe ser metálico
- Compatible con aplicaciones de alimentación a través de Ethernet (Power over Ethernet, PoE), según los estándares IEEE 802.3af (PoE) y 802.3at (PoE+), Cisco UPoE (60 W) y Emerging IEEE 802.3bt de 60W (Tipo 3) y 100 W (Tipo 4)
- La sección de enlace permanente no debe superar los 90 metros, dejando una holgura de 10 metros para la tolerancia al interior del cuarto de comunicaciones, patch-cord y user- Cord.
Para los efectos de este proyecto se exigirá todos los puntos de red sean certificados equipamiento FLuke en categoría 6 y cuente, a lo menos, los siguientes elementos físicos en su construcción:
User – Cord: Cable UTP cat 6 multifilar, que conecta al usuario a la red de datos, en este caso al profesor, este cable, en un extremo va conectado al computador personal de Profesor y en el otro extremo va conectado al módulo RJ45 en el Wall plate adosado en la pared en la vecindad de la mesa del profesor.
Wall plate: Conjunto compuesto por caja, Face plate y módulo RJ45 generalmente instalado en una pared de la dependencia donde se desea dar el servicio de red.
Enlace permanente: Tramo compuesto por cable UTP monofilar y canalización, este enlace no debe superar los 90 metros de longitud y es que se extiende entre el Modulo RJ45 del Wall Plate y el Modulo Rj45 del Patch Pannel.
Rack: también llamados gabinetes y corresponde a una caja Metálica, que permite emplazar el equipamiento electrónico de red y elementos pasivos de una red, permite instalar equipos de diferentes tamaños siendo el más común el de 19” de ancho. Se solicita la instalación de gabinetes de 12RU.
Patch Pannel: Elemento donde se instalan los módulos hembra RJ45, puede ser fijo o modular, para ponchar de tipo keystone, en este elemento pasivo llegan los enlaces permanentes procedentes de los Wall plate.
Vista frontal de un Patch Panel de 24 Puertos
Vista frontal de un Patch Panel de 48 Puertos
Vista posterior de un Patch Panel de 48 puertos
Patch-Cord: Cable UTP cat 6 multifilar que conecta el módulo rj45 del patch panel con los puertos rj45 de los equipos de red. Habitualmente este cable tiene dimensiones inferiores a 90 cm
ARTÍCULO N° 35 CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA
La contraparte técnica de la CORPORACIÓN, (“UNIDAD TÉCNICA") será representada por el área de Educación e informática de la Corporación y se designará una o más personas del área a la supervigilancia de la presente contratación.
Para fines de seguimiento de los servicios y productos adquiridos, así como para velar por la correcta ejecución de las obligaciones del Proveedor, corresponderá a la Contraparte Técnica:
- Informar a la Directora de Administración y Finanzas de la Corporación de Desarrollo Social De Providencia respecto de cualquier incumplimiento del Proveedor a las obligaciones asumidas por este en virtud del contrato.
- Convocar al Proveedor a reunión(es) para coordinar la ejecución de la presente contratación.
- Proporcionar al Proveedor la información disponible y asistencia que requiera para el desarrollo de su trabajo.