Licitación ID: 552975-61-LE24
IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIA
Responsable de esta licitación: CORP DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 9
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Servicios almacenamientos de datos e información 1 Global
Cod: 80161506
IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIA
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
Contratar una plataforma digital que facilite la recepción y gestión de denuncias, tanto anónimas como no anónimas, provenientes de funcionarios, trabajadores, proveedores yo terceros, relacionadas con posibles faltas a los principios de probidad, integridad y transparencias en las operaciones de la Corporación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
CDSP
R.U.T.:
69.070.301-7
Dirección:
Av. Eliodoro Yáñez 1947
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 29-07-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 18-07-2024 9:56:55
Fecha inicio de preguntas: 18-07-2024 10:01:00
Fecha final de preguntas: 23-07-2024 12:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 25-07-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 29-07-2024 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 29-07-2024 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 27-08-2024 15:24:26
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases”.
2.- Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda).
Documentos Técnicos
1.- Anexo N°3 “Declaración de Experiencia del oferente”.
 
2.- Anexo N°4 Declaración Jurada Programa de Integridad.
 
3.- Manual Digital para el usuario denunciante y Manual Digital para los administradores.
 
4.- Demo de la plataforma ofertada a través de un enlace web de prueba y su manual de uso. (OBLIGATORIO).
 
5.- enlace, con usuario y contraseña de prueba del Demo de la plataforma ofertada a través (OBLIGATORIO).
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N°2 “Oferta Técnico - Económica” (OBLIGATORIO).
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Declaración de Experiencia del Oferente Los oferentes deberán acreditar la cantidad de proyectos similares desarrollados en los últimos 3 años. Estos deberán contar con RECEPCIÓN CONFORME para lo cual se deberá acompañar con Certificado (s) o cartas de recomendación que den cuenta de recepción conforme de los servicios prestados, con instituciones públicas o privadas, según lo declarado en el Anexo N°3, también son válidas, respecto de instituciones públicas, las órdenes de compra de Mercado Público solo en ESTADO RECEPCIÓN CONFORME, para acreditar una correcta y conforme ejecución de los servicios. Cantidad de contrataciones (últimos 3 años). PUNTAJE Más de 10 contrataciones 100 puntos De 7 a 9 contrataciones 75 puntos De 4 a 6 contrataciones 50 puntos De 1 a 3 contrataciones 25 puntos No acredita proyectos desarrollados 0 La Corporación se reservará el derecho de consultar con el mandante la veracidad de los servicios prestados y/o verificar su veracidad o validez a través de cualquier otro mecanismo, como por ejemplo de 10%
2 Plazo de Implementación Este criterio se evaluará de acuerdo con lo declarado por el proveedor en el Anexo N°2 expresado en días corridos, con un máximo de 30 días corridos. El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula: Puntaje Criterio = (Menor Plazo de Implementación ofertado / Plazo de Implementación Evaluado) * 100 Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel. Sin perjuicio de lo anterior, no sé considerarán las propuestas que declaren realizar la implementación sobre 30 días corridos, conforme a lo indicado en estas Bases. 8%
3 Programa de integridad y Compliance Este criterio de evaluación considera que el proveedor deberá señalar en el Anexo N°4 “Declaración Jurada Programa de Integridad” si cuenta con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio. Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0. DESCRIPCIÓN PUNTAJE Cuenta con Programa de integridad 100 No cuenta con Programa de Integridad 0 1%
4 Cumplimiento de requisitos formales Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla: FACTOR A EVALUAR PUNTAJE La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 100 La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello. 0 Consideraciones adicionales respecto al puntaje final. 1%
5 Evaluación Económica. Los oferentes deberán presentar la información requerida de forma obligatoria en el Anexo N°2, indicando, en pesos chilenos, el precio ofertado del servicio requerido Para efectos de la Evaluación se considerará el precio total del servicio requerido. El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula: Puntaje=⌈(Menor "VALOR TOTAL NETO" ofertada)/("VALOR TOTAL NETO" a evaluar )⌉∙100 Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función de aumentar o disminuir decimales de Excel. 80%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: CDS
Monto Total Estimado: 10000000
Justificación del monto estimado Valores de mercado.
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 24 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Camila Torres
e-mail de responsable de pago: ctorres@cdsprovidencia.cl
Nombre de responsable de contrato: Valentina Villalobos
e-mail de responsable de contrato: vvillalobos@cdsprovidencia.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-27067085-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases: i. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento, conforme con lo exigido en el artículo 22° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarla según lo establecido en ese mismo artículo; ii. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 14° y 21º. En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia yo necesidad de persistir en la adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN. El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 21º de estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases. La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl.
Bases técnicas y Administrativas.

BASES DE LICITACIÓN PÚBLICA

“IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”.

I.- GENERALIDADES

ARTÍCULO N° 1  LLAMADO A LICITACIÓN

La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación pública denominada: “IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA” por un periodo de 24 meses.

ARTÍCULO N° 2  OBJETO

La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, en adelante la “CORPORACIÓN”, llama a licitación pública denominada: “IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”, plataforma digital que facilite la recepción y gestión de denuncias, tanto anónimas como no anónimas, provenientes de funcionarios, trabajadores, proveedores y/o terceros, relacionadas con posibles faltas a los principios de probidad, integridad y transparencias en las operaciones de la Corporación.

ARTÍCULO N° 3  CONDICIÓN DE LAS BASES DE LICITACIÓN

Las presentes bases establecen las condiciones y procedimientos que se deben seguir para la presentación de las ofertas y ejecución de la contratación:

Nombre de Licitación

“IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”

Tipo de Licitación

Licitación Pública entre 100 y 1.000 UTM (LE)

Moneda 

Pesos Chilenos (CLP).

Monto Referencial.

$10.000.000.- (diez millones pesos). Impuestos incluidos.

Garantía seriedad de la oferta

No aplica

Garantía fiel cumplimiento

No aplica.

Duración de la contratación

24 meses

Documentos que rigen la Licitación

Estas Bases se encuentran conformadas por los siguientes cuerpos o apartados normativos:

I.- Bases Administrativas

II.- Bases Económicas

III.- Bases Técnicas

IV.- Anexos:

Documentos Administrativos:

  • “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases”.

Documentos Económicos:

  • “Oferta Técnico - Económica” (OBLIGATORIO).

Documentos Técnicos:

  • “Declaración de Experiencia del oferente
  • “Declaración Jurada Programa de Integridad”.

Las ofertas que no presenten u omitan los antecedentes requeridos como OBLIGATORIOS, serán declaradas “inadmisibles” por la CORPORACIÓN, sea en el acto mismo de apertura o durante la evaluación posterior de las ofertas, por ser requisito de admisibilidad.

Con todo, los proponentes podrán presentar siempre y cuando la CORPORACIÓN lo solicite y dentro del plazo de las 48 horas siguientes a aquel en que se efectuare el requerimiento, las certificaciones o antecedentes que no hayan podido acompañar en la forma y dentro del plazo previsto en esta disposición.

Los documentos señalados anteriormente podrán ser descargados accediendo al portal Mercado Público.

Sin perjuicio de la normativa legal vigente, esta licitación y contratación respectiva a que pudiere dar lugar, se regirán por los siguientes documentos, cuyo orden de prelación, en caso de existir discrepancia entre ellos, será el que a continuación se indica:

  • Las presentes Bases Administrativas, Económicas y Técnicas.
  • Las respuestas a las consultas formuladas por los proveedores.
  • Las aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por la CORPORACIÓN.
  • La Propuesta, con todos sus documentos anexos.
  • Orden de compra respectiva.

Todos los documentos relativos a esta licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del objeto de la licitación con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular, esto es, atendiendo a la naturaleza de los servicios o suministro de productos materia de la presente licitación y considerando lo dispuesto en las Bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.

Las Bases, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia.

Las presentes Bases, así como las respuestas a las consultas y aclaraciones a las mismas, se considerarán incorporadas a la respectiva contratación que se celebre con el adjudicatario.

ARTÍCULO N° 4  SERVICIO REQUERIDO

Línea

Servicio

Cantidad

Presupuesto referencial impuestos incluidos

1

IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA.

1

$10.000.000 (diez millones de pesos) impuestos incluidos.

ARTÍCULO N° 5  ETAPAS Y PLAZOS

La presente licitación se desarrollará conforme a los plazos que para sus diversas etapas se establecen en el siguiente cronograma, los cuales son contados desde la fecha de publicación de las Bases en el portal www.mercadopublico.cl.

Etapa

Plazo (Días Corridos)

Publicación de las Bases de Licitación

Dentro de los 3 días hábiles desde aprobada la Resolución que autoriza las presentes bases.

Inicio Período de Consultas

Inmediatamente después de publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl

Cierre Período de Consultas

Hasta el día 5 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 12:00 horas.

Publicación de Respuestas

Día 7 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 23:59 horas.

Si el séptimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.

Recepción de las Ofertas

Hasta el día 10 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:00 horas.

Si el décimo día fuere sábado, domingo o festivo, el plazo se extenderá hasta el primer día hábil siguiente.

Acto de Apertura de las Ofertas (Técnicas y Económicas)

Desde el día 10 desde publicadas las bases en la plataforma de Mercadopublico.cl a las 16:01 horas.

Período de Evaluación de las Ofertas

Hasta el día 30 desde el acto de apertura

Adjudicación

Hasta el día 40 desde el acto de apertura.

Suscripción de la contratación

Se formalizará con el envío de la orden de compra.

Se establece para esta licitación que, si a la fecha de recepción de ofertas sólo se han recibido dos o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente y por una sola vez, en dos días hábiles.

Respecto al plazo de “Publicación de Respuestas” la Corporación podrá ampliar dicho plazo hasta en 48 horas corridas sin afectar el cronograma de las demás fechas indicadas, pero siempre antes del cierre de recepción de ofertas y, solo si en relación a las preguntas o la cantidad de estas así lo amerita, lo cual será informado en el calendario de fechas de la licitación en la plataforma de Mercado Público.

Para los efectos de esta licitación todos los plazos establecidos en estas Bases serán de días corridos salvo que expresamente se indique que serán de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente.  Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince horas.

En el evento de cualquier inhabilitación o indisponibilidad técnica que sufra en su funcionamiento el Sistema de Información de Compras y Contrataciones de la Administración, los plazos contemplados en el referido cronograma de la licitación no se suspenderán ni interrumpirán y se estará en todo a lo dispuesto en el artículo 62º del Decreto Nº250, de 09 de marzo de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la ley Nº19.886 de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.

 

ARTÍCULO N° 6  NOTIFICACIONES, DOMICILIO Y JURISDICCIÓN

Todas las notificaciones que hayan de efectuarse con ocasión del presente proceso de licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas 24 horas desde que la CORPORACIÓN publique en el Sistema de Información el documento, acto o resolución objeto de la notificación.

Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna de Providencia de la ciudad de Santiago y se someten a la jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.

ARTÍCULO N° 7  LLAMADO A LICITACIÓN, ENTREGA DE BASES Y ACEPTACIÓN DE CONDICIONES DE LA LICITACIÓN

El llamado a Licitación Pública se publicará en el Sistema de Información (www.mercadopublico.cl). Asimismo, las Bases que rigen la presente licitación se encontrarán a disposición de los interesados en el Sistema de Información a partir del día de la publicación del llamado a licitación.

Se estimará, por el solo hecho de participar en este proceso licitatorio, que el oferente conoce, acepta y está conforme con las presentes Bases, con todas las condiciones y exigencias en ellas establecidas y que, ante una eventual discrepancia entre su oferta y las Bases y sus aclaraciones complementarias, prevalecerán éstas últimas, las que serán íntegramente respetadas.

Todos los participantes deberán haber analizado las presentes Bases y tomar debido y oportuno conocimiento de las respuestas, aclaraciones y/o modificaciones efectuadas durante el proceso licitatorio, a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta.

Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo de cada oferente, no existiendo para la CORPORACIÓN responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación.

ARTÍCULO N° 8  PARTICIPANTES Y REQUISITOS

Podrán participar en esta propuesta pública todas las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, así como también las uniones temporales de proveedores, que no se encuentren inhabilitados para contratar con la Administración del Estado. En el evento que resulten adjudicadas personas jurídicas extranjeras, se exigirá tener domicilio constituido en Chile.

De presentarse una Unión Temporal de Proveedores (en adelante también UTP) ésta deberá sujetarse, en todo, a lo establecido en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, de 2004, que Aprueba Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.

Conforme con lo anterior, quedarán inhabilitados para suscribir contratos administrativos con la Corporación las siguientes personas:

a)       El personal dependiente de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, cualquiera sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por este mismo organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. (artículo N º 35 quáter de la Ley 19.886)

b)      Quienes hayan sido condenados por delitos concursales establecidos en el Título IX del Libro II del Código Penal, o en sede penal, por delitos establecidos en los numerales 4° párrafos primero, segundo, tercero y quinto; 10° párrafo tercero; 22°; 23° párrafo primero; 24° párrafo tercero, y 25° del artículo 97 del Código Tributario (artículo 4º y artículo 35 º septies de la Ley 19.886)

c)       Las personas naturales o jurídicas que hayan sido condenados en virtud de una sentencia firme o ejecutoriada por incumplimiento contractual respecto de un contrato de suministro y prestación de servicios suscrito con alguno de los organismos sujetos a esta ley, derivado de culpa o falta de diligencia en el cumplimiento de sus obligaciones (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886)

d)      Quienes, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, hayan sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (artículo 4º y artículo 35 º septies de la Ley 19.886 y artículo 92 º, Nº 7 del Reglamento de Compras).

e)      Las personas que hayan sido condenadas por los delitos de cohecho establecido en el Párrafo 2 del Título V del Libro II del Código Penal, lavado de activos establecido en el Título III de la ley N° 19.913, que crea la Unidad de Análisis Financiero y modifica diversas disposiciones en materia de lavado y blanqueo de activos, o financiamiento del terrorismo contemplado en el artículo 8º de la ley N° 18.314, que determina conductas terroristas y fija su penalidad (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886 y artículo N° 92, N° 1 del Reglamento de Compras).

f)        El proveedor que ha informado en el Registro de Proveedores, antecedentes maliciosamente falsos, que han sido enmendados o tergiversados o se presentan de una forma que claramente induce a error para efectos de su evaluación (artículo N° 35 septies de la Ley 19.886 y artículo 92, N° 4 del Reglamento de Compras).

g)       Aquellos condenados por prácticas anticompetitivas con la medida o prohibición de contratar con órganos de la administración del Estado, mediante sentencia del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia conforme con lo dispuesto en el artículo 26° letra d) del D.F.L. N° 1/2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del D.L. N° 211 de 1973, que Fija normas para la Defensa de la Libre Competencia.

h)      Aquellos que tengan la prohibición de contratar o de celebrar actos o contratos con la administración del Estado dispuesta en conformidad con los artículos 8º Nº 2) y 10° de la Ley Nº20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Cohecho.

i)        Aquellos inhabilitados para contratar con el Estado contemplados en el artículo 33 de la ley 21.595, sobre delitos económicos.

j)        Aquellos que no cuenten con la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar, firmada en la plataforma www.mercadopublico.cl.

ARTÍCULO N° 9        CONSULTAS, COMUNICACIONES, ACLARACIONES Y MODIFICACIONES

9.1 CONSULTAS

Los proponentes podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las presentes Bases, las que deberán ser realizadas a través del portal www.mercadopublico.cl, en el ID respectivo, dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases. No serán admitidas las consultas o aclaraciones formuladas fuera de plazo o por un conducto diferente al señalado.

9.2 COMUNICACIONES

Las comunicaciones y contactos durante el proceso de licitación se efectuarán a través de foro del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl) y al que se accederá ingresando al ID asignado a la presente licitación.

Durante el período de evaluación, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, tales como solicitud de aclaraciones, entrevistas, visitas a terreno, presentaciones, exposiciones y/o entrega de muestras o pruebas que la Corporación de Desarrollo Social de Providencia pudiese requerir durante la evaluación y que estén previstas en las Bases, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto.

9.3 ACLARACIONES Y/O MODIFICACIONES

La CORPORACIÓN realizará las aclaraciones y/o modificaciones a las Bases comunicando las respuestas a través del Sistema de Información en el plazo establecido en el referido cronograma, sin indicación del autor de la o las consultas. Estas aclaraciones formarán parte integrante de las Bases, teniéndose por conocidas y aceptadas por todos los participantes, aun cuando el oferente no las hubiere solicitado, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de las mismas.

Las aclaraciones y/o modificaciones antes mencionadas, podrán realizarse hasta el plazo para publicación de las respuestas”

Hasta el vencimiento del plazo para la publicación de las respuestas, la CORPORACIÓN podrá realizar modificaciones a las Bases que estime pertinentes y/o necesarias para el correcto desarrollo de la licitación o comprensión de los términos y condiciones de las Bases sin que ello pueda importar, en caso alguno, una modificación a las mismas. Dichas aclaraciones y/o modificaciones serán publicadas en el portal www.mercadopublico.cl y serán consideradas como parte integrante de las Bases de licitación.

Asimismo, y hasta antes del cierre de recepción de ofertas, la CORPORACIÓN podrá modificar las presentes Bases si estima que ello resulta esencial para los fines y/o correcto desarrollo del proceso licitatorio.  No obstante, las modificaciones a la comisión de evaluación requeridas en razón de ausencia o falta de alguno de sus integrantes que impide realizar el proceso de evaluación podrán realizarse aún después del cierre de recepción de ofertas y siempre que no se haya iniciado el proceso de evaluación respectivo.  Toda modificación deberá cumplir con las mismas formalidades del acto administrativo que regule el proceso de licitación y contemplar un plazo prudencial para que los proponentes puedan conocer y adecuar sus ofertas a las modificaciones introducidas. Lo anterior sin perjuicio de que la realización de dichas modificaciones sea comunicada a los participantes a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.

En caso de que se determine necesario, la CORPORACIÓN podrá modificar la contratación, aumentando o disminuyendo hasta un 30% del valor total de la contratación, y siempre que exista disponibilidad presupuestaria. En todo caso, no podrán alterarse los alcances y características técnicas aprobadas por las presentes bases.

Para las ampliaciones, el monto a pagar corresponderá al ofertado por el adjudicatario. En caso de ser productos que no se encuentren en el Anexo económico y que su naturaleza, correspondan al servicio licitado, el contratista deberá enviar una cotización, la cual será visada por la UT, considerando que los precios indicados correspondan a valores de mercado.

ARTÍCULO N° 10         PACTO DE INTEGRIDAD

El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente Licitación Pública, acepta expresamente este Pacto de Integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de Licitación y demás documentos integrantes.

Especialmente, el oferente acepta el proporcionar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes Bases de Licitación Pública, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:

  • El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República (CPR) en su artículo 19° números, 1°, 4°, 5°, 6°, 12°, y 16°, en conformidad con el artículo 485° del Código del Trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
  • contrataciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio público, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución total de la o las contrataciones que de ello se deriven.
  • El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico y, especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos, o conductas de tipo o naturaleza colusoria, en cualquiera de sus tipos o formas.
  • El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio público, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
  • El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres, y transparencia en el presente proceso licitatorio público.
  • El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  • El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de Licitación Pública, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
  • El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio público es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
  • El oferente se obliga a tomar las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente Licitación Pública, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.

II.- PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS

ARTÍCULO N° 11                   PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS

a) Medio de entrega de la oferta y contenido.

La entrega de las ofertas, esto es, de la documentación correspondiente a los numerales 12.1, 12.2 y 12.3 del artículo 12º, deberá efectuarse electrónicamente a través del Sistema de Información en el plazo previsto para la presentación de ofertas indicado en el cronograma de la licitación contenido en el artículo 5º de las presentes Bases y serán de carácter irrevocable.

No se recibirá ninguna oferta presentada fuera de plazo o de otra manera que la determinada por estas Bases.

Las ofertas no podrán alterar las condiciones de estas Bases, ni contener exigencias, limitaciones o restricciones a las mismas de cualquier especie, o condiciones para su adjudicación de cualquier tipo o montos mínimos de despacho. Cualquier cláusula, párrafo o texto de las ofertas de los oferentes, que se encuentre fuera de las presentes bases, podrá ser omitida por la CORPORACIÓN, y los oferentes, con el solo hecho de presentar sus ofertas aceptan tal condición. 

b) Responsabilidad en la entrega de antecedentes.

Será exclusiva responsabilidad de los oferentes el proporcionar en forma oportuna, clara y completa todos los antecedentes exigidos, así como también el contenido de éstos y la veracidad de lo que en ellos conste.

         i.                        Archivos digitales consolidados: Cada documento o antecedentes requeridos en las presentes bases, independientemente del número de páginas que lo constituyen, debe estar en un solo archivo digital.

       ii.                        Subir archivos en el anexo que corresponda: Los antecedentes que se solicitan en las presentes bases son de carácter administrativo, técnico o económico, por tanto, el proponente debe subir cada archivo digital en el anexo respectivo.

      iii.                        Nombre de los archivos digitales: El nombre que se asigne a cada archivo debe guardar relación con el contenido del mismo y estar antecedido por la letra o número que corresponda, en atención al orden que fijan las presentes bases.

      iv.                        Formatos digitales compatibles: Los archivos digitales presentados por el oferente deben contener los siguientes formatos: pdf, Word, jpg, Excel, power point, winrar, winzip y/o sus equivalentes en código libre.

c) Verificación de los antecedentes.

La CORPORACIÓN tendrá las más amplias facultades para efectuar la verificación de los antecedentes presentados por los oferentes y de aquellos que apoyen o respalden sus ofertas.

ARTÍCULO N° 12                  CONTENIDO DE LAS OFERTAS

Los oferentes deberán presentar en “Anexo Administrativo”, “Anexo Técnico” o “Anexo Económico”, a través del Portal Mercado Público, los siguientes documentos:

12.1     Documentos Administrativos

12.1.1   Anexo N°1 “Formulario de Identificación del Oferente y Declaración Jurada Aceptación de Bases”.

12.1.2  Acuerdo temporal de proveedores (en el caso que corresponda).

12.1.3  Antecedentes del Oferente y Otros Documentos.

Los proponentes inscritos en el Registro de Proveedores que no cuenten con la documentación cargada en la “Ficha de proveedores”, respecto a la documentación legal de su Empresa (o en el caso de UTP, de todas las que participen), la Corporación, podrá solicitar que se incluya cualquier documento faltante de los solicitados en dicho apartado, directamente en el portal de www.mercadopublico.cl y deberá entregar, cualquier otro documento que solicite la Corporación para verificar cualquier información que requiera ésta para su evaluación y/o verificación.  

12.2     Documentos Económicos

12.2.1  Anexo N°2 “Oferta Técnico - Económica” (OBLIGATORIO).

Los oferentes deberán presentar su oferta económica, representada por total del servicio requerido, en pesos chilenos, en su valor neto más impuestos según corresponda rellenar en el cuadro de la oferta económica y sin considerar reajustes y/o variación de precio alguno, de forma obligatoria a través del Anexo N°2 adjunto.

Los oferentes deberán considerar en la oferta económica que publiquen, para la presente licitación, todos los gastos, incluidos los de traslado, fletes, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del servicio, sea éste directo, indirecto o a causa de él.

Asimismo, el oferente deberá presentar dentro de su oferta el plazo de ejecución, basado en las condicionantes de ejecución y plazos máximos establecidos en las presentes bases de licitación.

En el caso que no coincida o existan errores aritméticos en la presentación de la oferta total, se establece que la entidad licitante pagará los valores unitarios indicados en el o los formatos de las ofertas económicas respectivas.

Cuando existan discrepancias o errores aritméticos entre los precios unitarios ofrecidos en la oferta económica y el valor total ofertado, prevalecerán siempre los primeros.

En caso de existir discrepancias entre el valor indicado en el anexo y el valor ingresado en el portal, prevalecerá la oferta subida a este anexo N°2.

Es importante considerar que la presentación de la información exigida en el anexo es obligatoria, por tanto, su omisión constituye causal de inadmisibilidad.

Plazo de ejecución. (OBLIGATORIO).

Los licitantes deberán presentar un plazo de implementación de la plataforma el cual no podrá superar los 30 días corridos.

12.3     Documentos Técnicos

12.3.1      Anexo N°3 “Declaración de Experiencia del oferente”.

Se deberá presentar electrónicamente a través del portal www.mercadopublico.cl, en la sección anexos técnicos. En el Anexo N°3 el oferente deberá declarar la experiencia del proveedor en función de lo requerido en el numeral “CRITERIOS DE EVALUACIÓN Y RESOLUCIÓN DE EMPATES”, Es importante señalar que sólo se considerarán para la evaluación, la experiencia que se encuentre debidamente respaldada, mediante certificados de recepción conforme u órdenes de compra con recepción conforme.  

Los oferentes deberán procurar que los documentos que integren la declaración de experiencia del proveedor sean claramente visibles y contengan las características pertinentes del servicio requerido por la CORPORACIÓN, en atención a lo establecido en las Bases Técnicas.

En caso de recibirse documentos ambiguos o que adolezcan de información, la CORPORACIÓN podrá solicitar la realización de aclaraciones conforme a bases, del presente pliego de condiciones, siempre y cuando no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Lo anterior, se realizará siempre y cuando la comisión evaluadora lo considere oportuno para su análisis y decisión final.

Si el oferente presenta documentos en un idioma distinto al español, la comisión evaluadora podrá exigir su traducción al idioma español, en caso de que    lo considere indispensable para su evaluación.

La Comisión Evaluadora podrá ejercer la facultad contemplada en el artículo 40 del Decreto N.º 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N.º 19.886, esto es, solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales siempre y cuando ello no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través de la plataforma www.mercadopublico.cl.

12.3.2      Anexo N°4 “Declaración Jurada Programa de Integridad”.

Anexo donde los oferentes deberán señalar si cuentan con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio y posteriormente, la ejecución del servicio.

Debe adjuntarse en la oferta técnica con el nombre: Anexo N°5 Programa de Integridad.

12.3.3      Manual Digital para el usuario denunciante y Manual Digital para los administradores.

El oferente, deberá adjuntar el Manual Digital para el usuario denunciante y Manual Digital para los administradores.

12.3.4      Demo de la plataforma ofertada a través de un enlace web de prueba y su manual de uso. (OBLIGATORIO).

Deberá adjuntar el link de enlace, con usuario y contraseña de prueba del Demo de la plataforma ofertada a través (OBLIGATORIO).

Respecto a los antecedentes señalados como obligatorios serán requisitos de admisibilidad para la evaluación de ofertas.

Los anexos estarán disponibles en formato Word o Excel, como anexo en la ficha de licitación respectiva en el Portal Electrónico www.mercadopublico.cl

ARTÍCULO N° 13                  GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA

No se solicitará garantía de seriedad de la oferta.

ARTÍCULO N° 14                  ADMISIBILIDAD Y VALIDEZ DE LAS OFERTAS

Serán estimadas como causales de inadmisibilidad y facultarán a la CORPORACIÓN para aplicar exclusión o eliminación de las ofertas las siguientes:

  1. Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas en el párrafo tercero del artículo 8º, de las presentes Bases.
  2. Que la propuesta no presente alguno de los antecedentes exigidos como OBLIGATORIOS.
  3. Si el servicio ofertado no corresponde o no cumplen con lo requerido en la presente licitación conforme a lo previsto a tal efecto en las respectivas bases técnicas.
  4. Que la propuesta esté sujeta a restricciones o condiciones conforme a lo previsto en el artículo 11º de estas Bases y que estás no puedan ser obviadas y/o aclaradas mediante foro inverso.
  5. En el caso que corresponda, que el oferente no haya entregado la garantía de seriedad de la oferta y/o que la garantía de seriedad de la oferta no sea presentada en la forma y contenido, según lo establecido en las presentes bases antes del cierre de las ofertas. ­­
  6. Si el servicio ofertado no cumple con la totalidad de las especificaciones de las bases  Técnico-Económicas, o si alguno de estos requerimientos se encuentra afecto a un cobro adicional.
  7. Que en el caso que las bases contengan visita(s) a terreno obligatoria(s), que el oferente no haya asistido a tales visitas.
  8. Que en el caso que corresponda, el oferente no entregase la(s) garantía(s) solicitadas en el proceso de postulación de ofertas.  
  9. Que presente información falsa, situación que incumple con el pacto de integridad.
  10. Que el proveedor no cuente con el giro relacionado a la actividad o naturaleza de la presente licitación. 

Todo lo anterior sin perjuicio de lo establecido en el artículo 15º de estas Bases.

ARTÍCULO N° 15                   ACLARACIONES A LAS OFERTAS

La CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes al momento de la apertura electrónica de sus ofertas y durante el proceso de evaluación que adjunten documentos no esenciales o salven errores de referencia o de transcripción que dan lugar a inconsistencias evidentes u omisiones formales o bien que aclaren algunos aspectos precisos de su oferta siempre y cuando las rectificaciones de dichos errores, vicios u omisiones o aclaraciones no les confiera a esos oferentes una situación de privilegio o ventaja respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Tanto la solicitud de aclaración de la oferta o la solicitud de documentación atingente al proceso, por parte de la CORPORACIÓN como la respuesta del oferente a dichas solicitudes, se realizarán a través del Sistema de Información.

El plazo de respuesta será de 48 horas corridas contadas desde la fecha de solicitud de aclaración.

ARTÍCULO N° 16     VALIDEZ DE LAS OFERTAS

Las ofertas tendrán una validez de 120 días contados desde la fecha de apertura electrónica de la licitación. Si dentro de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, la CORPORACIÓN podrá solicitar a los proponentes, antes de su expiración, la prórroga de las propuestas y la renovación de las cauciones de seriedad en el caso que éstas hubieran sido exigidas en el artículo 13° de estas Bases. Si alguno de los proponentes no accediere a la solicitud, su propuesta no será considerada en la licitación, en cuyo caso la CORPORACIÓN devolverá las cauciones respectivas en el plazo de cinco días, contado desde su vencimiento.

 

ARTÍCULO N° 17                   COMISIÓN DE EVALUACIÓN Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS

La apertura y evaluación de las ofertas será realizada por una comisión constituida para tal efecto, que estará compuesta por un mínimo de 3 integrantes, designados por el Secretario General, o quien tenga delegada la facultad.

Al momento de conocer los nombres de los oferentes, cada integrante de la Comisión Evaluadora deberá declarar no tener conflicto de intereses con ninguno de los oferentes participantes, de forma directa o indirecta, así como su compromiso de no aceptar donativos de ninguna especie o monto de terceros mientras integre esta Comisión Evaluadora. Para ello, cada miembro de la Comisión Evaluadora deberá firmar una Declaración Jurada, que será publicada conjuntamente con la respectiva Resolución de adjudicación o deserción.

En el evento de que los miembros de la Comisión Evaluadora declarasen o detectaran en el acto mismo que tiene algún conflicto de interés con uno o más de los oferentes, deberá así manifestarlo y abstenerse de participar en la evaluación. En tal caso se dejará constancia de dicha circunstancia en el Acta suspendiéndose la Evaluación para proceder al inmediato reemplazo del integrante de la Comisión Evaluadora inhabilitado mediante resolución dictada a tal efecto, sin perjuicio de poder procederse en conformidad con lo previsto en el párrafo siguiente.

En caso de que alguno de los miembros de la comisión no pudiera participar en el acto de evaluación por inhabilidad sobreviniente o bien por estar en uso de licencia médica, por fuerza mayor, caso fortuito u otro imprevisto de análoga naturaleza, la Comisión podrá igualmente proceder a la evaluación de las propuestas siempre que cuente al menos con tres integrantes conforme a lo exigido en el artículo 37 del Decreto N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico, u otros.

Se prohíbe a los miembros de la Comisión Evaluadora tomar contacto o conceder reuniones a terceros sean oferentes o no, relativas a materias vinculadas a la evaluación.

Corresponderá a la Comisión Evaluadora:

1.- Verificar la admisibilidad de las propuestas en conformidad con lo previsto en los artículos 14º y 15º de las presentes Bases.

2.- Realizar el proceso de evaluación de las ofertas y antecedentes. 

3.- Elaborar el Informe de Evaluación de las Ofertas, considerando lo siguiente:

a)       Modificación del plazo de adjudicación en el caso previsto en el artículo 19° de las presentes Bases, si corresponde.

b)      En caso de que se encuentren contempladas en las Bases una visita a terreno o la demostración de productos y/o equipos en comodato: constancia de la efectiva realización de la actividad, forma como se desarrollaron y pronunciamiento de la Comisión en caso de observaciones a los mismos.

c)       Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas.

d)      Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las Bases, debiéndose especificar los requisitos incumplidos.

e)      La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación.

f)        Cuadro de todas las propuestas participantes consideradas con un puntaje total obtenido.

g)       La proposición fundada de adjudicación o de declaración de la licitación como desierta, dirigida a la autoridad facultada para adoptar la decisión final.

El Informe de Evaluación elaborado por la Comisión de Evaluación deberá ser suscrito por todos sus integrantes y entregado al Secretario General de la Corporación.

La Comisión de Evaluación realizará el proceso de evaluación sólo respecto de aquellas propuestas que hayan sido calificadas como admisibles.

 

La evaluación se efectuará considerando en su análisis todos los antecedentes exigidos a los oferentes, sean estos de carácter técnico, legal, económico u otros.

Durante el proceso de evaluación la CORPORACIÓN podrá solicitar a los oferentes las aclaraciones a sus propuestas que estime necesarias para una correcta evaluación de las mismas, las que deberán ser canalizadas e informadas al resto de los oferentes a través del Sistema de Información. Con excepción de la situación precedentemente descrita, durante el período de evaluación los oferentes no podrán mantener contacto alguno con la CORPORACIÓN.

La Comisión de Evaluación queda facultada para resolver por sí sola cualquier duda o discrepancia que en el acto de apertura o de evaluación de las ofertas pueda surgir en relación con la interpretación o aplicación de las presentes Bases. 

III.- EVALUACIÓN

ARTÍCULO N° 18                   CRITERIOS DE EVALUACIÓN

El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos solicitados en las Bases, continuará con el proceso de evaluación de la presente licitación, debiendo detallar los servicios en su propuesta. El oferente que no cumpla con los requisitos mínimos solicitados no continuará con el proceso de evaluación. La CORPORACIÓN declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones en las presentes bases.

La evaluación de la oferta se llevará a cabo de acuerdo a los siguientes criterios:

CRITERIOS DE EVALUACIÓN

PONDERACIÓN

1.- Evaluación Económica.

80%

2.- Declaración de Experiencia del Oferente.

10%

3.- Plazo de Implementación.

8%

4.- Programa de Integridad.

1%

5.- Cumplimiento de requisitos formales.

1%

 

Definición de criterios y asignación de puntajes:

A continuación, se analizará cada uno de los criterios de evaluación definidos en las presentes bases:

1.- Evaluación Económica (80%):

Los oferentes deberán presentar la información requerida de forma obligatoria en el Anexo N°2, indicando, en pesos chilenos, el precio ofertado del servicio requerido

Para efectos de la Evaluación se considerará el precio total del servicio requerido.

El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:

Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función de aumentar o disminuir decimales de Excel.

2.- Declaración de Experiencia del Oferente (10%):

Los oferentes deberán acreditar la cantidad de proyectos similares desarrollados en los últimos 3 años.

Estos deberán contar con RECEPCIÓN CONFORME para lo cual se deberá acompañar con Certificado (s) o cartas de recomendación que den cuenta de recepción conforme de los servicios prestados, con instituciones públicas o privadas, según lo declarado en el Anexo N°3, también son válidas, respecto de instituciones públicas, las órdenes de compra de Mercado Público solo en ESTADO RECEPCIÓN CONFORME, para acreditar una correcta y conforme ejecución de los servicios.

Cantidad de contrataciones (últimos 3 años).

PUNTAJE

Más de 10 contrataciones

100 puntos

De 7 a 9 contrataciones

75 puntos

De 4 a 6 contrataciones

50 puntos

De 1 a 3 contrataciones

25 puntos

No acredita proyectos desarrollados

0

La Corporación se reservará el derecho de consultar con el mandante la veracidad de los servicios prestados y/o verificar su veracidad o validez a través de cualquier otro mecanismo, como por ejemplo descargar la orden de compra o ID de la Licitación, u otros antecedentes de Mercado Público. La documentación en donde no sea posible verificar la experiencia, porque no ha sido acreditada, no será considerada en la respectiva evaluación.

.

3.- Plazo de Implementación (8%):

Este criterio se evaluará de acuerdo con lo declarado por el proveedor en el Anexo N°2 expresado en días corridos, con un máximo de 30 días corridos.

El puntaje del criterio se definirá en base a la siguiente fórmula:

Puntaje Criterio = (Menor Plazo de Implementación ofertado / Plazo de Implementación Evaluado) * 100

Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.

Sin perjuicio de lo anterior, no sé considerarán las propuestas que declaren realizar la implementación sobre 30 días corridos, conforme a lo indicado en estas Bases.

4.-Programa de integridad (1%)

Este criterio de evaluación considera que el proveedor deberá señalar en el Anexo N°4 “Declaración Jurada Programa de Integridad” si cuenta con programa de integridad conocido por todo su personal, el que debe ser acorde a los principios éticos, morales y de transparencia, legalidad y veracidad, durante el proceso licitatorio.

Para su evaluación, el oferente debe adjuntar el programa de integridad. En consecuencia, si el proveedor no presenta el programa, obtendrá puntaje 0.

DESCRIPCIÓN

PUNTAJE

Cuenta con Programa de integridad

100

No cuenta con Programa de Integridad

0

5.- Cumplimiento de requisitos formales (1%):

Este criterio de evaluación considera el cumplimiento referido a la entrega y presentación de los documentos administrativos y anexos indicados en esta licitación, de acuerdo con la siguiente tabla:

FACTOR A EVALUAR

PUNTAJE

La oferta cumple todos los requisitos formales y presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas, sin observaciones o aclaraciones presentadas con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.

100

La oferta no cumple todos los requisitos formales y/o no presenta todos los documentos y anexos administrativos, técnicos y económicos, dentro del plazo indicado para la recepción de ofertas y/o responde observaciones o presenta aclaraciones con posterioridad al vencimiento del plazo destinado para ello.

0

Consideraciones adicionales respecto al puntaje final.

A) Comportamiento contractual anterior:

La evaluación al comportamiento contractual tiene por OBJETO DESCONTAR PUNTAJE, respecto del total obtenido, aplicando la pauta de evaluación, considerado la información proporcionada por el "Historial de comportamiento contractual" de la plataforma Chile Proveedores.

TIPO SANCIÓN

PUNTAJE PARA DISMINUIR

1

Termino anticipado unilateral de contrato por causas imputables al contratista

-5 Puntos por contrato.

2

Multas cursadas en el rubro licitado  en los últimos 12 meses.

-2 Puntos cada 5 multas. 

Cada puntaje indicado en la tabla precedente se deberá considerar por cada "término anticipado unilateral del contrato", que presente el proveedor, EN LOS ÚLTIMOS 24 MESES, el puntaje se irá restando hasta un MÁXIMO de 15 PUNTOS.

B) Resolución de empates.

Para los efectos de la evaluación y elaboración del ranking respectivo los puntajes serán considerado con hasta dos (2) decimales con la función aumentar o disminuir decimales de Excel.

  • En caso de existir empate entre dos o más propuestas se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Experiencia del proveedor”.
  • En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Plazo de Implementación”.

Si aun así subsiste la situación de empate se adjudicará la oferta que haya sido ingresada primero según comprobante de ingreso de oferta emitido por la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas en el portal www.mercadopublico.cl.

IV.- ADJUDICACIÓN

ARTÍCULO N° 19                   ADJUDICACIÓN

La presente licitación será adjudicada a un solo oferente.

De las propuestas seleccionadas la CORPORACIÓN, adjudicará a la oferta que haya obtenido el mayor puntaje ponderado final.

La CORPORACIÓN, resolverá el proceso licitatorio en el plazo señalado para tales efectos en el cronograma contenido en el artículo 5º de estas Bases. Con todo, si la adjudicación no se efectúa dentro del plazo señalado, informará en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

Para tales efectos, la CORPORACIÓN, informará los motivos de la ampliación y modificará las fechas en el sistema de información sitio www.mercadopublico.cl

La CORPORACIÓN, rechazará, en forma fundada, y declarará inadmisibles aquellas propuestas que no cumplan con los requisitos mínimos exigidos en las presentes Bases. Las propuestas rechazadas lo serán en forma permanente y definitiva.

Se revocará la licitación en el caso de que existan errores insubsanables generados al momento de la creación del proceso licitatorio en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública y que impiden adjudicar conforme a lo previsto en las Bases, o cuando no pueda continuar con el procedimiento administrativo que conduce a la adjudicación.

Se declarará desierto el procedimiento licitatorio en los siguientes casos:

  1. Si no se presentan ofertas.
  2. Si todas las ofertas son inadmisibles en conformidad al artículo 14º de estas Bases.
  3. Si las ofertas presentadas no resultan satisfactorias de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases y conforme a lo informado por la Comisión Evaluadora.
  4. Si el producto ofertado no es conveniente para los intereses de la CORPORACIÓN:
  • Por no cumplir con las características técnicas requeridas;
  • En razón de que los precios ofertados no son favorables en relación con el presupuesto disponible para la licitación.
  • Por otras razones que deberán ser debidamente justificadas y fundamentadas por la Comisión Evaluadora.

El acto de adjudicación es la aceptación oficial por parte de la CORPORACIÓN de una propuesta presentada por un oferente que no genera al adjudicatario derecho adquirido alguno respecto de la adjudicación y que solo pasa a tener fuerza jurídica una vez perfeccionado el vínculo contractual, esto es, cuando ha sido emitida y aceptada la orden de compra o bien cuando se encuentra totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio de la respectiva contratación, según sea el caso.

                                                                                                                              

Los participantes serán notificados de la adjudicación en conformidad a lo dispuesto en el artículo 6º de las presentes Bases.

Para los efectos previstos en el párrafo cuarto del artículo 41° del Reglamento de la ley N°19.886, en caso de producirse consultas relacionadas con la resolución del proceso licitatorio, esto es, respecto de la adjudicación o declaración de licitación desierta, los oferentes podrán, dentro del plazo de 3 días hábiles contado desde la publicación de la respectiva resolución, formular sus consultas a través del Sistema de Información.

ARTÍCULO N° 20                   READJUDICACIÓN

Se entenderá ipso facto que el adjudicatario no acepta la adjudicación en los siguientes casos, los cuales serán aplicables según lo establecido en las presentes Bases:

  1. Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel cumplimiento, conforme con lo exigido en el artículo 22° de estas Bases. Lo anterior en los casos que corresponda entregarla según lo establecido en ese mismo artículo;

  1. Si el adjudicatario no cumple con alguno de los requisitos establecidos en los artículos 14° y 21º.

En tales casos la CORPORACIÓN podrá evaluar la conveniencia y/o necesidad de persistir en la adjudicación, readjudicando al oferente que ocupe el segundo o el tercer lugar en el ranking de evaluación, esto último solo si el segundo se desiste de la readjudicación o bien dejarla sin efecto o declararla desierta, según corresponda. Todo lo anterior según sean las circunstancias concurrentes conforme a las cuales han tenido lugar alguna de las situaciones descritas. Para tales efectos la Comisión Evaluadora emitirá el informe respectivo con las recomendaciones que estime convenientes y sean procedentes. Conforme al mérito y ponderación de dicho informe se dictará la correspondiente resolución fundada de la CORPORACIÓN.

El nuevo adjudicatario deberá cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 21º de estas Bases dentro de los mismos plazos y en la forma y condiciones establecidas en las presentes Bases.

La confirmación definitiva de la readjudicación se llevará a cabo por el Sistema de Información del portal www.mercadopublico.cl.

V.- CONTRATACIÓN

ARTÍCULO N° 21                   CONTRATACIÓN

Resuelta la adjudicación de la licitación, y al momento de la contratación, el adjudicatario deberá cumplir con los siguientes requisitos:

a)       Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores. El Proveedor adjudicado tendrá 15 días hábiles contados desde la fecha de publicación de la resolución de adjudicación en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública de la Administración a cargo de la Dirección de Compras y Contratación Pública, sitio www.mercadopublico.cl, para habilitarse en el registro indicado.  En el caso de la Unión Temporal de Proveedores cada proveedor de dicha unión deberá encontrarse hábil en el Registro de Proveedores.

b)      Entregar una garantía para asegurar el fiel y oportuno cumplimiento de las obligaciones contraídas en la forma y condiciones establecidas en el artículo 22º de estas Bases, si así fuera exigible conforme a lo previsto en estas Bases.

c)       Entregar todos los documentos que solicite la CORPORACIÓN o quien esté a cargo para la elaboración del subcontrata, atingentes a la naturaleza de la contratación y el proceso.  

d)      En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, ésta deberá acreditar que el acuerdo consta por escritura pública o privada si se trata de una adquisición inferior a 1.000 UTM o escritura pública si se trata de una adquisición superior a 1.000 UTM

e)      Cumplir con las exigencias contenidas en el Reglamento Especial Para Empresas Contratistas y Subcontratistas, en su Título II, Sistema de Gestión de Salud y Seguridad en el Trabajo.

 

ARTÍCULO N° 22                  GARANTÍAS REQUERIDAS

No se solicitará para el presente proceso.

ARTÍCULO N° 23                  DE LAS OBLIGACIONES CONTRACTUALES

 

Una vez dictada la resolución de adjudicación y publicada en el Portal Mercado Público, y, habiéndose enviado la/las orden/es de compra a través del mismo, siendo esta última aceptada por el proveedor en un plazo no superior a  48 horas corridas. Para todos los efectos de las presentes bases de licitación, se darán por suscritas las obligaciones contractuales entre el adjudicatario y la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, rigiéndose estrictamente por las presentes bases de licitación y la oferta del adjudicado y quedando pactadas las obligaciones entre las partes desde la aceptación de dicha orden de compra.

ARTÍCULO N° 24                  MODALIDAD DE LA CONTRATACIÓN Y PAGOS

La contratación que dará origen la presente licitación será una de ejecución de prestación de servicio, entendiéndose por tal, aquel por el cual el Proveedor se obliga a cumplir la prestación a la CORPORACIÓN de “IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA” en precio, calidad y lugar acordados según los requerimientos de la CORPORACIÓN, hasta por el monto máximo adjudicado y según lo indicado por el proveedor en el Anexo N°2 Oferta Técnico-Económica, de las presentes Bases.

El precio se pagará conforme a lo establecido en las Bases Económicas y acorde a lo ofertado por el proveedor en el Anexo N°2.

ARTÍCULO N° 25                   VIGENCIA DE LA CONTRATACIÓN

La contratación comenzará a regir desde la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicado y hasta extintas las obligaciones contractuales entre las partes, esto quiere decir, hasta la recepción conforme de la totalidad de los servicios.

El oferente adjudicado se entenderá notificado de lo anterior en conformidad con lo dispuesto en el artículo 6º de estas Bases. En caso de no poder realizarse la publicación del acto aprobatorio de la contratación en el Sistema de Información, la CORPORACIÓN deberá remitir al oferente adjudicado copia de aquel mediante carta certificada dirigida al adjudicatario, entendiéndose en tal caso notificado el oferente al tercer día hábil siguiente a la recepción de dicha carta en la oficina de correos que corresponda.

En caso de que no tenga lugar la celebración de un contrato, la contratación empezará a regir a contar de la fecha de aceptación de la respectiva orden de compra por parte del proveedor adjudicado, la cual sólo será emitida una vez totalmente tramitado el acto administrativo de adjudicación y siempre que aquel haya dado cumplimiento a las exigencias del artículo 21° de estas Bases según corresponda.

ARTÍCULO N° 26                  CESIÓN DE LA CONTRATACIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

No se permitirá subcontratación, la empresa deberá prestar directamente el servicio dada la confidencialidad de los datos respecto a la información del canal de denuncias.

VI.- MULTAS

ARTÍCULO N° 27                  CONDICIONES DE MULTA

La Corporación se reserva el derecho, previo informe de la Unidad Técnica de la Dirección de Salud de aplicar sanciones al adjudicatario en el caso que éste haya incumplido cualquiera de las obligaciones establecidas en la contratación o que le impone la Ley.

El monto de las sanciones será determinado por la Corporación, de acuerdo con la magnitud de la infracción pudiendo llegar hasta un 20% del total de la contratación. En tal caso, la Corporación podrá poner término anticipado de la contratación en virtud de lo indicado en el artículo de 29° de estas Bases de Licitación.

El proveedor adjudicado podrá ser sancionado por la CORPORACIÓN según el procedimiento de aplicación de multas y pago de multas

En caso de que las multas sean fijadas en UTM, el valor de la UTM será establecido de acuerdo al mes en que se haya incurrido la infracción correspondiente.

El monto de las multas está dado de acuerdo a la siguiente tabla:

Multa

Monto de Multa

Retraso en la implementación de la plataforma como canal de denuncia para la CDS, por responsabilidad no imputable a la CDS.

1 UTM, por día de retraso en la entrega de acuerdo a lo indicado por UT y plazo de entrega indicado en oferta Técnico -Económica, con tope máximo de 7 días hábiles.

No realizar soporte técnico en el tiempo estipulado.

1 UTM por día de atraso, con tope máximo de 7 días hábiles.

Interrupción de la plataforma.

0,5 UTM por día, con tope máximo de 7 días hábiles.

Sin perjuicio de lo anterior, y en caso de que el proveedor no cumpla a cabalidad con el servicio requerido y con todo lo ofertado y, que no se encuentre mencionado en cuadro anterior, se aplicará una multa de 3% del monto contratado.   

  • Procedimiento de aplicación de multa

Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en esta las presentes bases de licitación sean constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará esta circunstancia al contratista, remitiendo copia de la resolución de la Secretaría General que comunica el inicio del procedimiento administrativo de aplicación de multa, la que deberá indicar en forma precisa los hechos que se imputan. El contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en (Avenida Pedro de Valdivia N°963) o mediante correo electrónico dirigido a la casilla adquisiciones@cdsprovidencia.cl, con copia al correo desde donde se envió la resolución antes mencionada.

Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación al Departamento de Compras Públicas solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución fundada, emitida por la Secretaría General, la que será notificada al contratista en forma personal, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en el contrato u orden de compra, o a través de correo electrónico. La notificación que se efectúe mediante carta certificada se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.

El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en Avenida Pedro de Valdivia N°963, comuna de Providencia, o mediante correo electrónico dirigido a la casilla adquisiciones@cdsprovidencia.cl, con copia al correo desde donde se envió la resolución antes mencionada. 

La Corporación de Desarrollo Social de Providencia, resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el proveedor, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes.

  • Pago de las Multas

El contratista podrá pagar las multas directamente mediante transferencia electrónica a la cuenta corriente de la CDS conforme a lo dictado en el acto administrativo señalado en el párrafo anterior, según el valor de la respectiva multa, debiendo dejarse constancia de ello en el respectivo expediente administrativo, en el plazo de 10 días hábiles. De no cumplir lo señalado, se pagará la multa a través de aplicación de descuentos en la siguiente facturación, según artículo 32 “Condiciones de Pago”.

VII. DEL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN

ARTÍCULO N° 28                  TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN

Mediante Resolución fundada la CORPORACIÓN podrá poner término anticipado a la contratación en cualquiera de las situaciones que se señalan a continuación:

a)       Si el PROVEEDOR se encontrase en el Procedimiento Concursal de Liquidación en los términos establecidos en la ley N°20.720 o le son protestados documentos comerciales que se mantuvieren impagos por más de sesenta días o no fueren debidamente aclarados dentro de dicho plazo.

b)      Si el Proveedor se encuentra en estado de notoria insolvencia, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.

c)       En caso de término de giro, liquidación o disolución de la entidad proveedora. En tales eventos la entidad proveedora tendrá la obligación de comunicar cualquiera de tales hechos a la CORPORACIÓN, dentro del plazo de 10 días contados desde el suceso respectivo.

d)      Si el servicio, materia de esta licitación, no cumplen con las características exigidas en las Bases u ofertadas por el proveedor adjudicado.

e)      Si se verificare cualquier otro incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el Proveedor. Se estimarán como tales: si el Proveedor supera el valor máximo de multas establecido en el artículo 27° de estas Bases; incumplimiento que impida o dificulte notoriamente la correcta y oportuna ejecución del servicio contratado; en todos los casos previstos en el artículo 27° de estas Bases en que la aplicación de multas o incumplimiento conlleva el término anticipado de la contratación; y en todos los casos en que conforme a lo previsto en las presentes Bases el incumplimiento acarrea el término anticipado de la contratación.

f)        La no renovación de la garantía en los casos previstos en las presentes Bases.

g)       El incumplimiento reiterado o sostenido del Proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el Proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos o más períodos de cotizaciones, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior sin perjuicio del derecho de retención previsto en la ley Nº20.123.

h)      Si el adjudicatorio subcontrata total o parcialmente el contrato, sin previa autorización de la CORPORACIÓN.

i)        Si el servicio licitado es objeto de convenio marco con el mismo contratante con posterioridad a la celebración de la contratación y los precios en Convenio Marco son inferiores a los adjudicados en la presente licitación, a menos que el proveedor o contratante iguale el precio.

j)        Si el proveedor adjudicado no entrega la totalidad de los productos requeridos en estas bases en el plazo de máximo de 30 días corridos, transcurrido el plazo ofertado por el proveedor en su Anexo N°2.

k)       Por caso fortuito o fuerza mayor.

l)        Si así lo exigiera el interés público o la seguridad nacional.

m)    Si las partes de común acuerdo convienen en dar término anticipado a la contratación.

n)      Si se alcance algún tope de los indicados en las multas señaladas en el art. N°27.

  • o)      Perder la calidad de proveedor Habilitado en Mercado Público.

Si el proveedor incurre en alguna de las causales de término anticipado imputables a este, el Administrador de Contrato de la Corporación, comunicará al proveedor que se está frente a una causal de término anticipado, de manera fundada y por correo electrónico, dándole al proveedor un plazo de 5 (cinco) días hábiles para pronunciarse, la notificación de termino anticipado, se entenderá realizada una vez transcurridas 24 horas corridas desde el envío del correo electrónico.

En el caso de que el proveedor presente respuesta contraviniendo los hechos y/o la cláusula que se considera vulnerada, deberá hacerlo por correo electrónico, el que deberá ser dirigido a la Unidad de Licitaciones. En tal caso, el Administrador de Contrato podrá acogerlos o rechazarlos.

El acto administrativo que ponga término anticipado al contrato celebrando se notificara de acuerdo a las reglas establecidas en la Ley N°19.880. En caso de que la forma de notificación requiera del domicilio del adjudicatario, se considerara el que haya señalado al celebrar el contrato.

Puesto término anticipado al contrato por cualquiera de las causas señaladas, con excepción de las indicadas en las letras h), k), l), y m), en el evento de haberse entregado garantía de fiel cumplimiento atendido el monto de la contratación, la CORPORACIÓN podrá cobrarla y hacerla efectiva sin necesidad de requerimiento ni acción judicial alguna de acuerdo al procedimiento que corresponda según su naturaleza.  Sin perjuicio de lo anterior, la CORPORACIÓN ejercerá todas las acciones legales que le pudieren corresponder en contra del Proveedor por su incumplimiento.

En el caso de la resciliación, la propuesta de terminar el contrato por mutuo acuerdo se realizara por correo electrónico, que emanara del Administrador de Contrato de la Corporación, con la aquiescencia del Secretario General, de la Corporación, decisión que en todo caso se materializara mediante la expedición del pertinente acto administrativo, con todo, la propuesta de realizar el término anticipado por esta vía, incluirá a su vez una propuesta de liquidación del contrato, a fin de que el acto administrativo que apruebe el termino anticipado, a su vez, por economía procesal administrativa, aprueba la liquidación respectiva.

Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Corporación pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios, el incumplimiento, comprende también, el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del proveedor.

Ejecutoriado el acto administrativo que dispuso el termino anticipado del contrato, se continuará con el procedimiento de liquidación respectivo, señaladas en el artículo N°29 de las presentes bases de licitación

ARTÍCULO N° 29                 LIQUIDACIÓN Y FINIQUITO CONTRACTUAL

La liquidación es el documento generado por la Corporación, en el que se determina el estado de cumplimiento de las obligaciones del contrato al finalizar el mismo, y por tanto se consignas todos los estados de pago cursados (sea uno o varios estados de pago), las garantías existentes en poder de la Corporación, los cobros de multas y la forma de haberse pagado dichas multas por parte del proveedor. Este documento deberá ser confeccionado y tramitado por la Unidad requirente, dentro del plazo de 90 días contados desde el término anticipado del contrato o termino natural del mismo.

La liquidación se notifica por correo electrónico, por parte del Administrados de contrato, y su aprobación se hará, mediante resolución exenta emitida por la Corporación, sin perjuicio de que el proveedor pueda hacer valer, por su parte, los recursos que le otorgue el ordenamiento jurídico.

El proveedor podrá realizar observaciones al documento de liquidación dentro del plazo de 5 (cinco) días corridos desde que es notificado de esta (entiéndase notificado a las 24 horas corridas desde el envío del correo electrónico). Las observaciones podrán ser ingresadas por correo electrónico, las cuales podrán ser o no acogidas por la Corporación mediante su Administrador de Contrato.

Una vez firmada la liquidación y el finiquito contractual, y al determinarse que la o las causales de termino anticipado son imputables al proveedor, la Corporación podrá solicitar el cobro de la garantía de file cumplimiento de contrato.

ARTÍCULO N° 30                 SUSPENSIÓN DE LA CONTRATACIÓN

Por la naturaleza de la contratación este no puede ser suspendido en ninguna circunstancia

BASES ECONÓMICAS

ARTÍCULO N° 31                  PRESUPUESTO Y OFERTA ECONÓMICA

El presupuesto referencial para la presente licitación asciende a la suma total de $10.000.000.- (diez millones de pesos). Impuestos incluidos.

Línea

Servicio

Cantidad

Presupuesto referencial impuestos incluidos

1

“IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”.

1

$10.000.000.- (diez millones de pesos) impuestos incluidos.

La propuesta económica por la: “IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA”, deberá ser expresada en pesos chilenos y deberá ser declarado debidamente en el Anexo N°2, cuyo valor será considerado para la evaluación, este deberá incluir cualquier otro costo asociado a otro rubro. Lo anterior será evaluado según lo estipulado en el artículo 18° de las presentes Bases. Los valores deben ser expresados en moneda nacional y deberá incluir traslados y cualquier otro costo asociado a otro rubro, con excepción de los impuestos, que incida en el mismo. El valor unitario neto ofertado para cada unidad de producto licitado permanecerá fijo durante toda la vigencia de la contratación.

En caso de no existir concordancia entre el valor ingresado en Portal de Mercado Público y lo declarado en el Anexo N°2, se considerará lo declarado en este último documento.

El Oferente deberá cumplir con lo exigido en la letra c) del artículo 12º, y presentar su oferta económica de acuerdo al formato contenido en el Anexo Nº2.

ARTÍCULO N° 32                  CONDICIONES DE PAGO

 

El pago del servicio a contratar se realizará de forma semestral en un periodo de 24 meses según el siguiente calendario:

-          Estado de pago 1: Una vez que el servicio esté plenamente operativo y con la aprobación (“VB”) del administrador del contrato que deberá indicar la fecha de cumplimiento de la implementación.

-          Estado de pago 2: Al mes número 6 vencido, contado desde la fecha de cumplimiento de la implementación.

-          Estado de pago 3: Al mes número 12 vencido, contado desde la fecha de cumplimiento de la implementación.

-          Estado de pago 4: Al mes número 18 vencido, contado desde la fecha de cumplimiento de la implementación.

Estado de pago 5: Al mes número 24 vencido, contado desde la fecha de cumplimiento de la implementación.

IMPORTANTE: Cada pago corresponderá al 20% del monto total adjudicado.

La Unidad Técnica podrá solicitar cualquier antecedente técnico pertinente para respaldar el pago de la factura.

El pago de los servicios se efectuará a 30 días corridos posterior a la recepción conforme de la documentación anteriormente detallada. La factura debe ser emitida a nombre de la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, R.U.T. N.º 69.070.301-7, con el detalle del número de Orden de Compra emitida.

BASES TÉCNICAS

ARTÍCULO N° 33                 ADQUISICIÓN REQUERIDA

La Corporación de Desarrollo Social de Providencia requiere el servicio de "IMPLEMENTACIÓN Y SOPORTE DE PLATAFORMA DE DENUNCIAS PARA LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA".

En el marco del Modelo de Prevención de Delitos que encuentra implementado actualmente en la Corporación de Desarrollo Social de Providencia, se requiere de una plataforma digital que facilite la recepción y gestión de denuncias, tanto anónimas como no anónimas, provenientes de funcionarios, trabajadores, proveedores y/o terceros, relacionadas con posibles faltas a los principios de probidad, integridad y transparencias en las operaciones de la Corporación.

ARTÍCULO N° 34      DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO REQUERIDO

CARACTERÍSTICAS TÉCNICAS MÍNIMAS REQUERIDAS DEL SERVICIO.

El servicio deberá incluir la implementación, capacitación y soporte de la plataforma para la gestión de denuncias recibidas, asegurando la confiabilidad de todas ellas.

  1. Características mínimas que deberá incluir la Plataforma de denuncias.

La plataforma de denuncia deberá contar con los siguientes elementos de acceso, registro y gestión de denuncia, así como generar informes según se detalla a continuación:

  1. Acceso a la Plataforma:

-          Cargar en distintos tipos de exploradores (Chrome, Explorer, Mozilla Firefox).

-          Ser utilizada desde distintos dispositivos (PC, Teléfonos móviles o Tablet.)

-          Opción de personalizar la pantalla inicial según las necesidades de la Corporación, pudiendo incluir: texto, imagen, títulos, etc. 

-          Establecer acceso a:

    • Registro de denuncia.
    • Seguimiento de denuncia.
    • Gestión de denuncias por parte de los administradores de la Corporación, según los perfiles asignados.  

1.1  Registro de denuncia

-          Seleccionar entre el ingreso anónimo o con identificación del denunciante. Para ello se deberá:

  • Ingreso anónimo: se solicitará únicamente el correo electrónico, el cual no será visible una vez que envíe la denuncia. Se deberá generar un código para seguimiento de denuncia.
  • Con Identificación del denunciante: Se requerirá los siguientes datos de contacto nombre completo, correo electrónico y teléfono.

Para ambos casos, se podrá crear un usuario o asignar un código del caso con contraseña. Estos datos deberán ser enviados al correo electrónico registrado en la denuncia para permitir el seguimiento del caso por parte del denunciante.

-          Identificar el tipo de relación del denunciante con la Corporación (Trabajador, Funcionario, Proveedor, Testigo u otro).

-          Clasificar la denuncia según los delitos asociados a Ley N°20.393 y otros determinados por la Corporación, en los cuales se incluirá una definición de cada delito para mayor entendimiento.

-          Describir detalle de los hechos denunciados.

-          Identificar a los posibles involucradas.

-          Señalar lugar físico en donde ocurrieron los hechos.

-          Ingresar la fecha de los hechos y monto asociado, si procede.

-          Cargar archivos que puedan ser considerado como evidencia en distintos formatos: Word, Excel, jpg, pdf, entre otros.

1.2  Seguimiento de denuncia por parte del denunciante

-          El denunciante podrá acceder a la plataforma para el seguimiento de su caso, ya sea a través de su correo electrónico o código de caso y contraseña.

-          Enviar alertas automáticas al correo del denunciante cuando existan cambios en el estado de la denuncia.

  1. Gestión de la Denuncia.

-          Parametrizar los perfiles de usuario con niveles de acceso (ejemplo: Superadministrador, administrador, investigador) a los funcionarios autorizados para ingresar a la plataforma.

-          Designar la denuncia a cualquiera de los usuarios autorizados.

-          Opción para interacción escrita con el denunciante para solicitar nuevos antecedentes.

-          Asignar el estado en que se encuentra la denuncia: (ejemplo: recibida, en investigación, finalizada, entre otros.)

-          Carga de archivos con avances de la denuncia.

  1. Reportería

-          Obtener reportes e informes estadísticos en PDF y XLS de las denuncias recibidas con al menos, la siguiente información:

    • N° de denuncias recibidas en el mes, semestre y año.
    • N° de denuncias por tipo de delitos.
    • N° de denuncias por estado.

Para validar el cumplimiento de las Características Mínimas solicitadas, el oferente deberá presentar un Demo de la plataforma ofertada a través de un enlace web de prueba, el cual deberá ser adjunto como parte de su oferta cargada a Mercado púbico y deberá incluir todos los elementos detallados en los numerales 1, 2 y 3 de la presente base técnica. El oferente, deberá incluir una Guía Explicativa del Demo. La omisión de esta presentación será causal de Inadmisibilidad.

  1. Otros requerimientos

El oferente deberá proporcionar:

-          Manual Digital para el usuario denunciante.

-          Manual Digital para los administradores.

-          Una vez adjudicado, deberá entregar el enlace web que direcciones a la Plataforma de denuncias.

  1. Capacitaciones y difusión.

El oferente deberá realizar capacitaciones de manera presencial u online sobre el uso de la plataforma para 3 a 5 funcionarios, quienes estarán autorizados para administrar la plataforma, todo lo anterior dentro de los 30 días corridos  del plazo de implementación.

Adicionalmente deberá desarrollar un video explicativo, con una duración máxima de 3 minutos, que detalle el ingreso de una denuncia. Este video será destinado para difusión interna y podrá ser entregado con posterioridad a la implementación.

  1. Soporte técnico para la Plataforma.

El oferente deberá entregar soporte técnico y mantenimiento continuo para garantizar el funcionamiento óptimo de la plataforma y para la realización de consultas técnicas durante el periodo de vigencia del contrato, asimismo, deberá disponer de número telefónico y correo electrónico para las gestiones antes mencionadas.

Los requerimientos técnicos deberán ser respondidos en un plazo máximo de 24 horas.

  1. Seguridad de la Información.

La plataforma de denuncias deberá garantizar la seguridad y confidencialidad de toda la información que en ella se almacene y contar con mecanismos para proveer el servicio de respaldo y recuperación de datos.

Para lo anterior, el proveedor adjudicado deberá firmar un Acuerdo de Confidencialidad.

Una vez finalizado el contrato, independientemente de la causal, el adjudicado deberá entregar la base de datos y documentación almacenada en la plataforma, además, de asegurar la destrucción de dicha información de sus servidores.

  1. Plan de implementación.

El oferente deberá presentar una Carta Gantt que contemple la implementación, capacitación y material de difusión.

El plazo de implementación y capacitación no deberá superar los 30 días corridos una vez emitida la Orden de Compra.

ARTÍCULO N° 35      EJECUCIÓN DEL SERVICIO.

El servicio contratado será por el periodo de 24 meses desde su implementación. El plazo de implementación será según el indicado en su oferta cargada a Mercado público.

ARTÍCULO N° 36                 CONTRAPARTE TÉCNICA DE LA CORPORACIÓN DE DESARROLLO SOCIAL DE PROVIDENCIA.

El SUPERVISOR DE CONTRATO o Unidad Técnica (UT) de la CORPORACIÓN será el Departamento de Contraloría o quien éste designe, quien realizará a lo menos, las siguientes funciones:

a)       Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones.

b)      Fiscalizar que la ejecución del servicio/ adquisición del producto se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios, tramitando el pago oportuno de los servicios entregados y recibidos conformes, en la formar y plazos establecidos en el pliego de condiciones.

c)       Velar por el correcto desarrollo del servicio, informando mediante oficio al Departamento de Adquisiciones en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.

d)      Dar visto bueno y recepción conforme de los servicios, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas.

e)      Las demás que le encomienden el presente pliego de condiciones.

f)        Conocer los documentos que rigen la licitación y el posterior contrato.

g)       Impartir instrucciones al proveedor o su representante para la correcta ejecución del contrato.

h)      Impulsar los procesos de cobro de multas, sanciones, o término anticipado de contrato que correspondan de acuerdo a lo señalado en las bases.

Asimismo, el contratista/adjudicado deberá designar un supervisor a cargo de dicho contrato, el cual será el interlocutor válido frente a la Contraparte Técnica/Administrador de Contrato en todos los asuntos técnicos relativos a la ejecución y control de los servicios contratados y de entrega de documentación y procedimientos.


10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.