ENTREGA DE BOOK DE EVENTOS |
El proponente deberá entregar un Book de Eventos Realizados, con un mínimo de 3 eventos en formato impreso, con
todo el detalle que contiene la producción y ejecución de evento (imágenes, desarrollo, diseño, implementación,
montaje y desmontaje). La presentación de los mismos debe estar enfocada a eventos de poca concurrencia (menos de
100 personas) y eventos media concurrencia (más de 100 a 500 personas).
La entrega de book de eventos es de carácter obligatoria y debe ser entregada junto con la garantía de seriedad de la
oferta.
Dichos eventos deben ser desde el año 2020 en adelante.
El Book de Eventos debe contener:
1. Resumen ejecutivo: Un primer apartado que recogerá la información general del evento en el que se puede incluir el
briefing, la definición del concepto y objetivos del evento, fechas de celebración, horarios (también los de montaje y
desmontaje) y lugar (con los medios para llegar), número de asistentes, de exponentes, autoridades o invitados
especiales, patrocinadores y nivel de colaboración, etc. Todos los datos que consideren relevantes para entender cómo
se organizó y desarrollo el evento.
2. Planificación del proyecto Explicar cada uno de los procesos llevados a cabo para realizar el evento. Desde las
dinámicas de producción y los procesos hasta la relación y acuerdo con proveedores, patrocinadores, opciones de
comercialización, el registro, el personal contratado, funciones y responsabilidades de cada miembro del equipo, y todo
lo necesario, según el tipo de evento. Además, se debe considerar para estos efectos el contar con la tramitación de la
respectiva Resolución Sanitaria y para la administración y manipulación de alimentos, el protocolo HACCP. A modo de
ejemplo: Asignación y configuración del espacio, cómo se utilizó, incluido el espacio de exhibición, requisitos de
tecnología para cada sala, catering, servicio de alimentación, Buffett, necesidades técnicas, planos, mapas, gestión de
asistentes, de alojamiento y traslados, plan de seguridad y cómo se llevó a cabo.3. Gestión financiera: El event book (Book de Eventos) debe reflejar, en detalle los costos de las actividades de marketing,
ceremonias, graduaciones o promocionales y aquellos costos de organización (gastos de personal, de VIP y ponentes y
cualquier servicio subcontratado).
De no presentarse el book descrito en párrafo anterior o de no ajustarse a los términos y condiciones descritos en las
respectivas bases, el Departamento de Ingeniería Industrial declarará inadmisible la oferta, por no cumplimiento de
requisitos de las Bases Administrativas.
Su entrega deberá realizarse en dependencias el Departamento de Ingeniería Industrial, esto es, Domeyko N°2361, Área
de Operaciones.
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CONSULTAS Y ACLARACIONES |
Los oferentes podrán formular consultas a las Bases a través del foro que estará habilitado en el portal de compras
públicas, www.mercadopublico.cl, dentro del plazo señalado para consultas en el artículo 5, denominado “Etapas y
plazos de la licitación”.
No se aceptarán ni responderán consultas planteadas por un conducto diferente al señalado o vencido el plazo dispuesto
al efecto.
Asimismo, a través del foro que estará habilitado en el portal, Departamento de Ingeniería Industrial podrá efectuar a
iniciativa propia aclaraciones a las Bases, para precisar el alcance, detallar o interpretar algún elemento de su contenido
que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas ofertas.
Las respuestas y aclaraciones que se formulen no podrán modificar lo dispuesto en las presentes Bases, sin perjuicio de
lo cual, podrán precisarlas y se entenderá que contribuyen a determinar el alcance y sentido de las mismas y, en tal
condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus ofertas como parte integrante de estas
bases.
Las respuestas y aclaraciones del Departamento de Ingeniería Industrial se considerarán, para todos los efectos, como
integrantes de estas bases de licitación pública.
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OFERTAS |
Las ofertas deberán presentarse en formato electrónico a través del portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl.
Serán de cargo del oferente todos los costos en que incurran al presentar su oferta. Cualquier falta, descuido u omisión
de los oferentes o adjudicatario en la obtención de información y estudio de los documentos relativos al proceso de
licitación, no los exime de la responsabilidad de apreciar adecuadamente los costos necesarios para la elaboración y
desarrollo de su propuesta o prestación del servicio.
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DE LA VIGENCIA DE LAS OFERTAS |
Las ofertas tendrán una validez de 200 (doscientos) días hábiles siguientes al cierre de recepción de ofertas. Si dentro
de ese plazo no se puede efectuar la adjudicación, el Departamento de Ingeniería Industrial se reserva el derecho de
extender el plazo de validez de las ofertas y solicitará a los proponentes, antes de la fecha de expiración, la renovación
de las ofertas y de las garantías respectivas si correspondiere. Si alguno de ellos no lo hiciere, dicha oferta no será
considerada, declarándola inadmisible y se devolverán las cauciones respectivas.
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COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
La Comisión Evaluadora estará integrada por las siguientes personas, o quienes sean designados en su remplazo en caso
de impedimento, con el correspondiente documento delegatorio:
a) Jefa (e) de Estudios MBAs.
b) Jefa (e) Área de Contabilidad y Finanzas,
c) Jefa (e) Área de Operaciones.
Cada integrante de la Comisión Evaluadora, deberá suscribir una declaración jurada sobre ausencia de conflictos deinterés, en conformidad con lo dispuesto por el artículo 37º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre
Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
La Comisión Evaluadora podrá designar una subcomisión técnica de profesionales expertos, para que la apoye en el
proceso de evaluación de las ofertas, en conformidad a lo establecido en el artículo 37º del Reglamento de la Ley de
Compras, y de acuerdo a los criterios de evaluación y ponderación fijados en las bases, dejando constancia en las actas
respectivas de la designación y de los informes que esta subcomisión le proporcione.
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ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS |
Sólo serán evaluadas las ofertas que cumplan con lo siguiente requisitos:
Ingreso en portal www.mercadopublico.cl del detalle completo de la oferta técnica de acuerdo a lo indicado
en el artículo 11 numeral II, adjuntando los Anexos N°4.
Ingreso en portal www.mercadopublico.cl del Anexo N°3-A y N°3-B con todo el detalle completo de la oferta
económica por ítem y planilla Excel.
Entrega de la(s) garantía(s) de Seriedad de la Oferta, de acuerdo al artículo 13° de las presentes bases
administrativas.
Presentar el Book de Eventos señalado en el numeral 8 de las presentes bases.
Cualquier otro requisito de admisibilidad que se haya establecido en las bases.
Declaración jurada simple del Anexo N°5.
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REVISIÓN DE LAS OFERTAS Y SUBSANACIÓN DE ERRORES U OMISIONES |
El Departamento de Ingeniería Industrial, a través de la Comisión Evaluadora, podrá solicitar a los oferentes que salven los
errores u omisiones formales, en conformidad a lo establecido en el artículo 40º del Reglamento de la Ley de Compras.
Así, la Comisión Evaluadora podrá otorgar un plazo de 48 horas, para que él o los oferentes subsanen la omisión o corrijan
el error en las formalidades requeridas. Esta solicitud deberá efectuarse mediante publicación a través de la opción de foro
inverso en el portal de compras públicas, www.mercadopublico.cl, desde esta fecha de publicación se deberá contabilizar
el plazo para subsanar los errores u omisiones.
En el evento que el plazo de 48 horas a que se hace referencia anteriormente, concluya en un día inhábil, se extenderá al
día hábil siguiente a la misma hora.
De acuerdo a lo indicado en los criterios de evaluación de las presentes Bases de licitación pública, aquel o aquellos
oferentes que, a solicitud de la comisión, deban subsanar errores u omisiones formales presentando antecedentes
administrativos dentro del plazo de 48 horas señalado procedentemente, serán sancionados en el puntaje correspondiente
a la completitud de la oferta, (Criterio “Cumplimiento de requisitos formales de presentación de la oferta”).
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RESOLUCIÓN DE EMPATES |
En caso de empate, se adjudicará al proveedor que obtenga mayor puntaje según los siguientes criterios:
La primera variable a considerar “FEE”
La segunda variable a considerar “Listado de Precios”
La tercera variable a considerar “Experiencia del Oferente”
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ACTA DE EVALUACIÓN |
De la evaluación resultante, se elaborará un Acta que será suscrita por todos los integrantes de la Comisión Evaluadora.
Dicha Acta dará cuenta de la evaluación de las ofertas e indicará a qué proponente se sugiere adjudicar la licitación, o en su
caso se propondrá declarar desierto el proceso sea porque no se presentan ofertas o las que se presentaron no resultan
convenientes a los intereses del Departamento de Ingeniería Industrial. En caso que corresponda, también se deberá dejar
constancia en el acta de las ofertas que no fueron evaluadas, en atención a que serán declaradas inadmisibles por la
autoridad, especificando los artículos que habrían sido vulnerados.El Departamento de Ingeniería Industrial se reserva el derecho de adjudicar fundadamente a la oferta que haya obtenido
el mayor puntaje luego de aplicados los criterios de evaluación, aun cuando no sea la de más bajo precio, o rechazarlas
todas por no resultar convenientes a sus intereses, declarando en este caso desierta la licitación, en conformidad a lo
establecido en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.
Los resultados y todo aquello realizado por la Comisión en función de la evaluación, se publicará en el Portal Internet de
compras públicas www.mercadopublico.cl al final de todo el proceso.
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CONSULTAS Y RECLAMOS |
El oferente que desee efectuar algún reclamo u observación, deberá hacerlo a través del Portal de Compras Públicas,
www.mercadopublico.cl, de acuerdo a lo dispuesto en el inciso final del artículo 33 del Reglamento de la Ley Nº 19.886.
En caso que los oferentes presenten algún tipo de reclamación sobre el proceso de licitación, el Departamento de Ingeniería
Industrial cuenta con un mecanismo de satisfacción sobre las respuestas a los reclamos formulados. El proponente podrá
indicar a través del correo csoto.lopez@uchile.cl, si se encuentra satisfecho o no con la respuesta generada por la
institución.
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DE LA ADJUDICACIÓN |
El Departamento de Ingeniería Industrial, comunicará los resultados de la presente licitación a través del portal
www.mercadopublico.cl conforme a los plazos establecidos en el artículo 5° denominado “Etapas y Plazos de la Licitación”.
En caso que el Departamento de Ingeniería Industrial no realice la adjudicación dentro del plazo definido en estas bases,
informará a través del sistema de mercado público dicho cambio, justificando el incumplimiento del plazo antes señalado e
indicando el nuevo plazo para adjudicación según lo indica el artículo 41 inciso 2º del Reglamento de la Ley 19.886.
Sólo podrá ser adjudicada aquella propuesta que hubiese obtenido un puntaje igual o superior a 70 puntos ponderados; y
que su oferta económica se ajuste a lo dispuesto en las presentes bases administrativas de licitación.
La autoridad respectiva, adjudicará la propuesta mediante resolución fundada, previo informe de evaluación de la licitación
y propuesta de adjudicación, efectuado por la Comisión Evaluadora.
El Departamento de Ingeniería Industrial no devolverá la información y documentos entregados por los proponentes con
su oferta.
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READJUDICACIÓN |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de
fiel cumplimiento, o no se inscribe en Chileproveedores (en estado hábil) en los plazos que se establecen en las presentes
bases, se dejará sin efecto la adjudicación, procediendo el Departamento de Ingeniería Industrial a seleccionar al oferente
que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los
intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación. El plazo para readjudicar el proceso es de 90
días hábiles, contados desde la adjudicación original.
El Departamento de Ingeniería Industrial se reserva el derecho de optar por la oferta que le siga en puntaje de evaluación
y así sucesivamente, que haya cumplido con los requerimientos establecidos para dicho efecto en las presentes bases y
readjudicar al que le sigue en puntaje.
Conforme a lo expresado en el párrafo anterior, el oferente que resulte readjudicado, deberá encontrarse inscrito y en
estado hábil en el Registro de Chileproveedores, cumplir con la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de
contrato y de la documentación correspondiente, previa a la formalización del contrato.
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DEL CONTRATO |
Una vez adjudicada la licitación, se procederá a la suscripción del respectivo contrato en un plazo de hasta 30 días hábiles
siguientes a la publicación a través del portal www.mercadopublico.cl de la Resolución de Adjudicación o Readjudicación
de la Licitación, según sea el caso.Para la suscripción del contrato, el proveedor deberá estar inscrito y en estado hábil en el registro de Chileproveedores en
un plazo de 15 días corridos desde la notificación de adjudicación en el portal www.mercadopublico.cl y deberá presentar
los siguientes documentos:
A. Tratándose de Personas Naturales:
1. Formato completo de identificación del Oferente y declaración jurada simple debidamente completa y firmada.
2. Fotocopia de la cédula de identidad y fotocopia del RUT si lo tuviere.
3. Documentación donde conste la iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos.
4. Boletín Laboral y Previsional emitido por la Dirección del Trabajo.
B. Tratándose de Personas Jurídicas:
1. Formato completo de identificación del oferente y declaración jurada simple debidamente completa y firmada,
2. Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del (o los) Representante(s) Legal(es).
3. Fotocopia simple del RUT de la persona jurídica.
4. Fotocopia simple de los documentos donde conste que la personería del representante legal del oferente se
encuentra vigente, emitido con fecha no anterior a tres meses contados desde la presentación de la oferta.
5. Fotocopia simple de la inscripción de la persona jurídica, otorgada por la autoridad competente, con
certificación de su vigencia, de fecha no anterior a tres meses contados desde la presentación de la oferta.
6. Boletín Laboral y Previsional emitido por la Dirección del Trabajo.
C. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores:
1. Escritura Pública que formaliza el acuerdo en que consta la unión temporal.
2. Antecedentes legales de la persona natural o jurídica designada como representante o apoderado común, y los
de cada una de las personas naturales o jurídicas que integran la Unión de Proveedores.
3. Boletín Laboral y Previsional emitido por la Dirección del Trabajo, para cada miembro de la Unión Temporal.
No será necesario presentar la documentación que se encuentre digitalizada y actualizada en el registro electrónico oficial
de proveedores del estado, www.chileproveedores.cl o la que hubiera sido debidamente acompañada en la presentación
de su propuesta.
El Departamento de Ingeniería Industrial se reserva el derecho de solicitar todo otro antecedente que estime conveniente
para contratar con el adjudicatario.
De este modo, para proceder a la suscripción del contrato, el adjudicatario deberá entregar los antecedentes requeridos,
la Garantía de Fiel Cumplimiento de Contrato, encontrarse inscrito y en estado hábil en el referido Registro de Proveedores.
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DE LA VIGENCIA Y DURACIÓN DEL CONTRATO |
El contrato entrará en vigencia a contar de la fecha de total tramitación de la Resolución que lo aprueba y tendrá una
duración de hasta 24 meses, o bien, hasta agotar el presupuesto disponible.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones impostergables de buen servicio, el proveedor podrá comenzar a desarrollar algunas
labores a partir de la suscripción del contrato, pero no procederá pago alguno mientras no se encuentre completamente
tramitado el acto administrativo que lo aprueba. Lo anterior en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General
de la República en su Dictamen Nº 14.362, de fecha 2 de abril de 2008.
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CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN |
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, sea total o parcialmente, los derechos y obligaciones
que nacen con ocasión de la presente licitación y del contrato que en definitiva se suscriba, salvo que alguna norma
legal especial permita las referidas cesiones.
El contratista podrá subcontratar parcialmente la ejecución de los servicios, en cuyo caso deberá contar con la
aprobación previa de la Universidad sobre el subcontratista elegido. Si esto ocurriera, el contratista será responsable
de todas las obligaciones contraídas con la Universidad por el contrato y del pago de todas las obligaciones con los
trabajadores, proveedores u otras contraídas por el subcontratista, en los términos del artículo 76 del Reglamento.
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO |
Las partes, de común acuerdo, podrán modificar el contrato que se celebre de conformidad a las presentes bases, en
los términos establecidos en el artículo 77, del Decreto Supremo N° 250 del año 2004, del Ministerio de Hacienda.
Las modificaciones acordadas no podrán alterar el precio total del contrato y solo podrá extenderse la vigencia del
contrato en caso de existir un saldo del presupuesto sin consumir. Dichas modificaciones deberán ser aprobadas por
resolución fundada totalmente tramitada de la autoridad competente, y deberán ser de la misma naturaleza de las
prestaciones que se contrataron.
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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA |
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la propia naturaleza de la contratación y a todas las disposiciones
legales vigentes, el proveedor deberá cumplir con las siguientes obligaciones:
a) Dar cumplimiento a las presentes bases de licitación dentro de los plazos establecidos, en la forma, condiciones
y características que se determinan en ellas, además de respetar lo solicitado en los antecedentes que complementan
todas las obligaciones contractuales.
b) No realizar, por iniciativa propia, cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las presentes
bases de licitación.
c) Entregar a su personal todo el equipamiento, herramientas, materiales y otros, que pudiere requerir para la
correcta prestación del servicio que por este acto se contrata, vigilar su correcto uso y mantener condiciones seguras
de trabajo.
d) La información y todos los antecedentes que la empresa y su personal obtengan o tenga acceso directo o
indirectamente el Departamento de Ingeniería Industrial con motivo de esta licitación, son estrictamente privados y
confidenciales. La empresa garantizará el mantener la debida seguridad de la información administrada, no
difundiendo ni enviando datos al exterior del servicio para su exposición privada o pública.
e) La empresa adjudicada, asumirá íntegramente la total responsabilidad sobre la operatividad de la contratación
con el Departamento de Ingeniería Industrial.
f) La empresa deberá nombrar una Contraparte Técnica que tenga a cargo verificar el correcto funcionamiento
del servicio e interactuar con la Contraparte Técnica que establezca el Departamento de Ingeniería Industrial.
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DEL PAGO |
Durante la etapa de operación, el proveedor tendrá derecho a cobrar el precio por los servicios contratados. Esto
deberá ser certificado por la contraparte técnica del Departamento de Ingeniería Industrial. Los pagos se realizarán
contra la recepción de la respectiva factura correctamente emitida y la orden de compra asociada al pago.
Las facturas electrónicas, deberán ser ingresadas a través del correo creado especialmente para dicho fin,
dte.cl@einvoicing.signature-cloud.com, con copia a la contraparte técnica, individualizada en el artículo 33° de las
presentes bases.
El plazo para el pago será en un máximo de 30 días contados desde la recepción conforme de la factura del servicio
contratado por parte del Departamento de Ingeniería Industrial.
Una condición ineludible para cursar el pago o los pagos, será la presentación, por parte de la empresa proveedora,
de la acreditación del pago al día de las cotizaciones previsionales de sus trabajadores dependientes, para ello el
proveedor deberá adjuntar el Certificado de antecedentes laborales y previsionales (Formulario F30): Emitido por la
Inspección del Trabajo, en el cual se deja constancia que no registra reclamos pendientes por deudas salariales o
previsionales que afecten a sus trabajadores directos o a sus subcontratistas y sus trabajadores contratados y estar
vigente el Estado Hábil en el Registro de Chileproveedores. En caso que la empresa que sea adjudicada en la presente
licitación registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores
o con trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago producto del contrato licitado
deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo la empresa acreditar que la totalidad de las
obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse 6 (seis) meses del período de ejecución del contrato. El
incumplimiento de estas obligaciones por parte de la empresa contratada, dará derecho a dar por terminado el
respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa referida no podrá participar.
Por último, si el proveedor adjudicado requiere que los pagos de los servicios sean efectuados por medio de una
empresa de factoring, deberá informarlo oportunamente al encargado del contrato, y se realizarán siempre y cuando
no existan obligaciones o multas pendientes, de acuerdo a lo indicado en los artículos 74 y 75 del Reglamento.
En el evento de pactarse la extensión de la vigencia del contrato, en conformidad a lo señalado en el inciso 2° delartículo 27, el precio convenido se reajustará una vez cumplidos los 24 meses de vigencia que prevé el artículo 24 N°
2, de acuerdo a la variación que experimente el Índice de Precios al Consumidor (IPC), durante el periodo de 12 meses
móviles inmediatamente anterior. No obstante, en el evento que el IPC acumulado sea negativo, los valores se
mantendrán sin modificación.
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CAUSALES DE TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
Sin perjuicio de lo ya referido en el cuerpo de estas Bases, el contrato a celebrar entre el Departamento de Ingeniería
Industrial y el contratista podrá terminarse anticipadamente por los motivos o circunstancias que a continuación se
indican:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre las partes.
b) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
c) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista, previa aplicación del procedimiento
establecido en el artículo 31° de las presentes bases. Se entenderá por incumplimiento grave las siguientes causales:
c.1) Si el contratado no mantuviera la debida reserva de la información y procedimientos confidenciales, que
obtenga directa o indirectamente del Departamento de Ingeniería Industrial, y que guarde relación con cualquier tipo
de información de carácter confidencial.
c.2) Si el contratado hiciera uso publicitario de su participación en el servicio, sin contar con autorización expresa
del Departamento de Ingeniería Industrial.
c.3) Si el contratado no presta el servicio en la fecha convenida con el Departamento de Ingeniería Industrial, de
acuerdo a lo señalado en el artículo 31° “de las multas” de las presentes bases administrativas.
c.4) Cuando el monto total de las multas aplicadas al contratista supere el 5% (cinco por ciento) del valor total del
contrato.
c.5) El contratista incurre en incumplimientos reiterados de sus obligaciones contractuales descritas en el artículo
31° “de las multas” de las presentes bases administrativas.
c.6) Si el Contratista no renueva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato en el caso previsto en el
artículo 32° de las presentes bases.
c.7) Estado de notoria insolvencia del contratista, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes
sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
c8) Si el contratista registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social de sus
actuales trabajadores, o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución
del contrato, con un máximo de seis meses.
c9) Cualquier otro motivo o causal prevista por las Bases Administrativas o por la legislación vigente.
En todos los casos anteriores, con excepción de los dos primeros, el Departamento de Ingeniería Industrial estará autorizado
para proceder al cobro del documento de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin perjuicio del derecho
a perseguir las indemnizaciones legales que correspondan.
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DE LAS MULTAS |
Ver Bases Administrativas articulo 31
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PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES DEL PROVEEDOR |
En caso de incumplimiento por parte del proveedor de una o más obligaciones, el Departamento de Ingeniería Industrial
podrá aplicar multas, cobrar la garantía de fiel cumplimiento y/o terminar anticipadamente el contrato, en los casos
previstos en las presentes bases y en el contrato, mediante resolución fundada dictada en conformidad al procedimiento
que se describe a continuación.
Producido el incumplimiento, y previo informe de la contraparte técnica del Departamento de Ingeniería Industrial, laautoridad correspondiente, notificará este hecho al representante legal de la empresa a través del correo electrónico
registrado en www.chileproveedores.cl, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se
motiva. A partir de la recepción del correo electrónico anterior, el contratista dispondrá del plazo de dos (2) días hábiles
para realizar sus descargos acompañando todos los antecedentes que respalden su posición, éstos deberán presentarse
por escrito al Decano de la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas o a través del correo electrónico de la contraparte
técnica individualizada en el artículo 33° de las presentes Bases Administrativas. La no recepción de los correos electrónicos
por razones no imputables a la Facultad será de responsabilidad exclusiva del proveedor.
Transcurrido el plazo, la contraparte del Departamento de Ingeniería Industrial remitirá los antecedentes que disponga y/o
que el contratista haya aportado, para la decisión fundada de la Facultad.
Si el proveedor hubiere presentado sus descargos en tiempo y forma, la Facultad podrá rechazarlos o acogerlos, total o
parcialmente.
La decisión adoptada se notificará al representante legal de la empresa por medio de carta certificada dirigida al domicilio
registrado en www.chileproveedores.cl, la que se entenderá notificada al tercer día hábil desde su recepción en correos.
Respecto a esta decisión, procederán los recursos que al efecto dispone la Ley Nº 19.880, que establece bases de los
procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado.
Tratándose de las multas, una vez formalizada la sanción, ésta podrá ser descontada por el Departamento de Ingeniería
Industrial del saldo de las cuotas pendientes, si lo hubiere. Para tal efecto, el contratista autoriza expresamente al
Departamento de Ingeniería Industrial a descontar las multas del valor a cancelar del contrato.
En caso contrario, el contratista deberá realizar su pago dentro de un plazo que no podrá ser superior a diez (10) días
hábiles, contado desde la fecha de la recepción en correos de la carta de notificación.
En caso que el proveedor no realice el pago de la multa en tiempo y forma, el Departamento de Ingeniería Industrial
ejecutará la garantía de fiel cumplimiento y el contratista deberá reponerla, dentro del plazo de 15 días corridos,
manteniendo su monto y vigencia original. En caso contrario, el Departamento de Ingeniería Industrial podrá poner término
anticipado a la ejecución de los servicios e iniciar las acciones legales que estime pertinentes.
Las multas establecidas serán acumulables entre sí. Sin embargo, en caso que la acumulación de las multas sea superior al
5% del precio total del servicio convenido, dará derecho al Departamento de Ingeniería Industrial a poner término unilateral
y anticipado a la contratación.
Con todo, el Departamento de Ingeniería Industrial no podrá aplicar sanciones al proveedor cuando los plazos de
cumplimiento de los servicios convenidos hayan sido extendidos por orden de la contraparte técnica del Departamento de
Ingeniería Industrial, o bien, si el proveedor no ha podido dar cumplimiento a los mismos por caso fortuito o fuerza mayor
o por falta de un antecedente, visación, informe o instrucción del Departamento de Ingeniería Industrial, o bien por la
exigencia de requerimientos adicionales o especiales de la Contraparte técnica del Departamento de Ingeniería Industrial.
La aplicación de las multas o sanciones no exime del derecho de poner término anticipado al contrato por incumplimiento
de las obligaciones contractuales del proveedor. Además de lo señalado, el Departamento de Ingeniería Industrial quedará
autorizada para iniciar el procedimiento judicial encaminado a exigir el pago, por parte del proveedor responsable del
incumplimiento, de las indemnizaciones por los daños y perjuicios ocasionados.
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RESPONSABLE DE LICITACIÓN |
En cumplimiento de los artículos 6 y 36 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, se designa a Claudia Soto encargada del
proceso de compra y como responsable de los antecedentes presentados en soporte papel que presenten los oferentes
quien, para efectos de la presente licitación, csoto.lopez@uchile.cl.
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DOMICILIO Y JURISDICCIÓN |
Para los efectos de esta licitación, los oferentes fijan domicilio en la comuna y ciudad de Santiago y se someten a la
jurisdicción de sus Tribunales de Justicia.
Las eventuales diferencias que existieren durante la vigencia de la contratación, que no puedan ser resueltas de común
acuerdo por las partes, serán conocidas por los Tribunales Ordinarios de Justicia con sede en la comuna de Santiago,
prorrogándose competencia para ante sus tribunales.
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Se designará una Contraparte Técnica y administrativa definida por el Departamento de Ingeniería Industrial, encargada de relacionarse con el adjudicatario para los efectos de coordinación, supervisión y control del oportuno y fiel cumplimiento del contra |
Se designará una Contraparte Técnica y administrativa definida por el Departamento de Ingeniería Industrial, encargada de
relacionarse con el adjudicatario para los efectos de coordinación, supervisión y control del oportuno y fiel cumplimiento
del contrato, así como de la gestión y recepción conforme de las obligaciones del adjudicatario. La contraparte técnica será
informada a la empresa adjudicada por parte del Jefe(a) de Operaciones.
Entre las funciones de la Contraparte Técnica y Administrativa, se incluyen:
a) Supervisar y controlar el desarrollo del servicio, velando por el estricto cumplimiento de los objetivos señalados
en las Bases Técnicas y de los plazos acordados para la entrega de todos los servicios esperados.
b) Recibir, analizar y pre-aprobar todos los informes, planteando al proveedor las observaciones y/o comentariosque se estimen convenientes, con el fin que pueda aprobarlos.
c) Colaborar y asistir al equipo de la empresa proveedora en la obtención de información institucional, tales como
reglamentación oficial, documentos de trabajo, información estadística y/o acceso a las bases de datos disponibles; y en la
programación de reuniones, etc.
d) Informar a la autoridad correspondiente sobre los avances y dificultades del servicio contratado.
e) Informar la existencia/inexistencia de inconvenientes que incidan en el pago y que permitan autorizar el pago
de la factura, de conformidad al cumplimiento de plazos y de acuerdo a la modalidad de pago indicada en las presentes
Bases.
f) Informar a la autoridad correspondiente, sobre las causales de aplicación de las sanciones que se estipulen en
el contrato, según corresponda.
g) Emitir el Acta de Inicio de los Servicios en la cual se dejará constancia de la fecha de inicio de los servicios y que
deberá ser firmada por la Contraparte Técnica del Departamento de Ingeniería Industrial y el Supervisor dispuesto por el
Proveedor.
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