Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario:
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JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
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Fecha de vencimiento:
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20-01-2025
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Monto:
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3000000
Peso Chileno
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de obligaciones laborales y
sociales, y multas el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente a
$3.000.000.- (Tres millones de pesos) la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de
Jardines, RUT Nº 70.072.600-2, pagadera a la vista, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con
una vigencia mínima de 60 días hábiles, posteriores a la fecha de término del contrato.
Será aceptado como garantía de fiel cumplimiento de contrato y pago de obligaciones laborales y
sociales, cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva,
siempre que sea a la vista e irrevocable.
En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni
cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Superintendencia de Valores
y Seguros de Chile, extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir,
ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas
Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos
importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la
totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva.
La emisión del documento podrá realizarse de manera física entregándolo en la Oficina de Partes de la
Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicada en calle Arauco N.371-373, segundo piso, ciudad de
Valdivia, en el siguiente horario:
Lunes a viernes : De 08:30 hasta las 13:00 hrs.
La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “En garantía fiel cumplimiento de contrato, buena
ejecución de Servicios y Obligaciones laborales para la licitación suministro de pellet, para
abastecer los Jardines de administración directa y alternativos P01 y P02 de esta Dirección
Regional, de la Junta Nacional de jardines Infantiles, Región de Los Ríos”.ID N° _________.- y las
obligaciones que ordena el Artículo 11 de la Ley N° 19.886.
Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada
a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo 4.
La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier
error u omisión formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro del plazo
previsto para su presentación. Si esta se requiere el último día de ese término, se concederán tres (03)
días hábiles para la corrección del documento de garantía.
En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo
plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde
el cobro de la primera, más el término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del
contrato, de pago de obligaciones laborales y previsionales y multas hasta 60 días hábiles, posteriores
a la fecha de término del contrato.
La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar
debidamente fundada.
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Glosa:
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“En garantía fiel cumplimiento de contrato, buena
ejecución de Servicios y Obligaciones laborales para la licitación suministro de pellet, para
abastecer los Jardines de administración directa y alternativos P01 y P02 de esta Dirección
Regional, de la Junta Nacional de jardines Infantiles, Región de Los Ríos”.ID N° _________.- y las
obligaciones que ordena el Artículo 11 de la Ley N° 19.886.
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Forma y oportunidad de restitución:
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COMUNICARSE CON SRETAMAL@JUNJI.CL
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