I.- BASES ADMINISTRATIVAS
1. OBJETO DE LA LICITACIÓN.
El Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional, en adelante DEMRE, llama a presentar ofertas para la contratación del Servicio de impresión de hojas de respuesta para Pruebas PAES VERANO, Proceso de Admisión 2026, de acuerdo con las especificaciones técnicas detalladas en el apartado de Bases Técnicas de las presentes Bases.
2. DEFINICIONES.
Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, cada vez que aparezcan los siguientes términos en el presente pliego de condiciones, se entenderá la definición que para cada caso se indica, siendo extensivas tales definiciones a su forma singular o plural y a sus géneros masculino o femenino:
a) A) Licitación Pública: Procedimiento administrativo de carácter concursal mediante el cual el DEMRE realiza un llamado público, convocando a los interesados para que, sujetándose a las presentes Bases, formulen propuestas, de entre las cuales seleccionará y aceptará la más conveniente.
b) Ley de compras: la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
c) Reglamento: el reglamento de la ley de compras, contenido en el decreto supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
d) Cronograma de actividades: es el cuadro, contenido en el punto 3.4 de las bases administrativas de la presente licitación, en el que se define la oportunidad para la realización de las etapas o fases del presente proceso de compras.
e) Días corridos: son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa.
f) Días hábiles: son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos.
g) Fuerza mayor o caso fortuito: el imprevisto a que no es posible resistir.
h) DEMRE: Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional de la Universidad de Chile.
i) Proveedor: persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que pueda proporcionar al DEMRE los servicios que se requieren en esta licitación.
j) Oferente: proveedor que participa en el presente proceso presentando una oferta.
k) Adjudicatario: oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el presente proceso.
l) L) Contratista: proveedor que suministra al DEMRE los servicios a que se refiere esta licitación, en virtud de la ley de compras, el reglamento de compras y el presente pliego de condiciones.
3. DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN.
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Etapas
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Una (apertura de ofertas técnica y económica en un solo acto), que se efectúa a través del sistema de información Mercado Público.
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Presupuesto Disponible
(Licitación pública menor a 5000 UTM)
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$ 90.000.000.- (noventa millones de pesos), impuestos incluidos.
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Incremento del presupuesto para la contratación
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El presupuesto total de la contratación se podrá incrementar en un 30%, durante la vigencia del contrato, por concepto de aumento de impresos. Dicho incremento deberá ser sancionado mediante un acto administrativo y se realizará con la autorización presupuestaria por dicho concepto, la emisión de la orden de compra correspondiente y aceptación respectiva por parte del proveedor
contratado.
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Participantes
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Podrán participar todas las personas, naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras, tener constituido domicilio en Chile.
No obstante, y por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, inciso 1º y 6º, de la Ley Nº19.886, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos:
a) Quienes dentro de los dos años anteriores al momento de presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
b) Los funcionarios Directivos de la Universidad de Chile, ni personas unidad a ellos vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o estas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
c) Quienes al momento de presentación de la oferta hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años
contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada.
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d) Por aplicación de lo establecido en el artículo 35 qúater, de la Ley Nº19.886, no podrán suscribir contratos administrativos con el Estado:
El personal del mismo organismo, cualquiera que sea su calidad jurídica, o con las personas naturales contratadas a honorarios por ese organismo, ni con sus cónyuges o convivientes civiles, ni con las demás personas unidas por los vínculos de parentesco en segundo grado de consanguinidad o afinidad, ni con sociedades de personas o empresas individuales de responsabilidad limitada de las que formen parte o sean beneficiarios finales, ni con sociedades en comanditas por acciones, sociedades por acciones o anónimas cerradas en que sean accionistas directamente, o como beneficiarios finales, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10 por ciento o más del capital, directamente o como beneficiarios finales, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas.
La prohibición establecida debe entenderse respecto del personal dependiente de la misma autoridad o jefatura superior del organismo o servicio público que intervenga en el procedimiento de contratación.
Igualmente, la prohibición para suscribir contratos establecida en el inciso primero se extenderá, respecto de los funcionarios directivos de los organismos del Estado, hasta el nivel de jefe de departamento o su equivalente, y de los funcionarios definidos en el reglamento que participen en procedimientos de contratación, a las personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, orgánica constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, y a las sociedades en que aquellos o éstas participen en los términos expuestos en el inciso primero, durante el tiempo en que ejerzan sus funciones, y hasta el plazo de un año contado desde el día en que el respectivo funcionario o funcionaria haya cesado en su cargo.
Así mismo, no podrán participar en esta licitación las personas jurídicas afectas a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado contemplada en los artículos 8 y 10 de la Ley
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N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, como consecuencia de estar condenada por alguno de los delitos que dicho cuerpo legal sanciona.
Para contratar con el Estado, el oferente no debe encontrarse condenado por un Delito Económico de acuerdo a la inhabilitación establecida en el artículo 33 de la ley N° 21.595, de Delitos Económicos. Podrán participar todas las personas, naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras, tener constituido domicilio en Chile. No obstante, y por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, inciso 1º y 6º, de la Ley Nº19.886, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos:
Quienes dentro de los dos años anteriores al momento de presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal.
Los funcionarios directivos de la Universidad de Chile, ni personas unidad a ellos.
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Cómputo de plazos
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Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles. No obstante, cuando el vencimiento de un plazo se produzca un día inhábil, esto es, sábado, domingo o festivo se entenderá que dicho plazo vence al día hábil siguiente. Además, y en el caso del plazo de cierre para la recepción de ofertas aquel no podrá vencer un día lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las quince
horas.
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Idioma
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Español
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Comunicación con el DEMRE
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Exclusivamente a través del portal www.mercadopúblico.cl
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Soporte de documentos
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Soporte digital.
Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por este presente pliego de condiciones, o por la ley de compras y su reglamento.
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Visibilidad de las ofertas técnicas
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Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez
adjudicada la licitación.
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3.1 Gastos.
Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del DEMRE.
3.2 Documentación que rige esta licitación.
Esta licitación se rige por lo previsto en la ley de compras y su reglamento, y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se interpretarán por orden de prelación:
a) Aclaraciones, consultas y respuestas que se hagan sobre las bases.
b) Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación.
c) Modificaciones al presente pliego de condiciones, que eventualmente podrá hacer el DEMRE, a través de la resolución pertinente.
d) Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por el DEMRE.
e) El contrato respectivo.
Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al portal.
Todos los documentos relativos a esta licitación se interpretarán siempre en el sentido de la más perfecta elaboración y ejecución del objeto de la licitación con las reglas de la ciencia y la técnica aplicables según sea el caso particular, esto es, atendiendo a la naturaleza de los servicios, suministro o productos materia de la presente licitación y considerando lo dispuesto en las Bases por sobre lo establecido en la oferta del adjudicatario.
Las bases, se interpretarán en forma armónica de manera que exista entre ellos la debida correspondencia.
3.3 Modificaciones a las bases.
El DEMRE podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante Resolución totalmente tramitada y publicada en el portal y, deberán fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
3.4 Cronograma de actividades.
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Consultas
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Hasta el día 10 a las 16:00 horas, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal mercado público.
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Respuestas
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Hasta el día 13 a las 16:00, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal mercado público.
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Cierre de recepción de las ofertas
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Hasta el día 21 a las 16.00 hrs., contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal mercado público .
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Acto de apertura electrónica de las ofertas técnicas y económicas
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Desde el día 21 a las 16.05 hrs., contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal mercado público
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Visita técnica
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La visita técnica se llevará a cabo dentro de los primeros 10 días hábiles siguientes a la Apertura del proceso licitatorio en el portal de mercado público.
En esta visita técnica se verificará la existencia de máquinas de impresión
tanto de offset plana como digital en la planta de producción, las cuales deberán encontrarse funcionando en óptimas condiciones
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Evaluación y adjudicación
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Evaluación hasta el día 41, contado desde la fecha efectiva de la apertura electrónica de las ofertas técnicas y económicas de la licitación en el portal mercado público.
Adjudicación hasta el día 60, contado desde la fecha de cierre de la recepción de las ofertas en el portal mercado público. En el caso que la adjudicación no se realice dentro de este plazo, se informará a través del portal las razones de ello y el nuevo plazo de adjudicación, el que no podrá exceder del día 90, contado desde la fecha de publicación del llamado a
licitación en el portal.
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Entrega de garantía de fiel cumplimiento del contrato
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Hasta el día 10, contado desde la fecha de publicación de la adjudicación en el portal Mercado Público.
La garantía en formato físico debe ser entregada en la oficina José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa.
En los casos en que la garantía se otorgue de manera electrónica, aquella deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. La garantía entregada electrónicamente debe ser enviada a correo adquisiciones-
demre@uchile.cl.
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Fecha de firma de contrato
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Hasta el día 15, contado desde la fecha de publicación de la adjudicación en el portal Mercado Público.
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4. CONTENIDO DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas establecido en el cronograma de actividades. Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en el presente pliego de condiciones.
Las ofertas presentadas para el total de productos requeridos, deberán cumplir con las especificaciones indicadas en el apartado II Bases técnicas.
Todo documento de la licitación, y del contrato a que dé lugar, puede ser presentado por cualquiera de las partes de forma digital y/o electrónica. Asimismo, todos los documentos de la licitación, y del contrato a que dé lugar si corresponde, que sean de cargo del oferente, deberán encontrarse firmados por la persona natural correspondiente, o bien por el o los representantes de la persona jurídica o UTP, según corresponda.
Antecedentes presentados por el oferente:
Para la verificación de que los oferentes cuentan con los poderes suficientes para para acreditar su responsabilidad sobre las ofertas y eventual adjudicación del contrato, deberán tener los documentos y certificaciones vigentes y actualizadas, ya sea en el Registro de Proveedores o presentando dichos documentos como anexo a las ofertas.
La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta económica, la oferta técnica y el plazo de entrega según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2, 4.3 y 4.4.
Para la presentación de las ofertas, los formularios definidos en los anexos del presente pliego de condiciones se encontrarán disponibles en formato word o excel, según corresponda, en el portal Mercado Público.
Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación si las hubiere, con anterioridad a la presentación de su oferta y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida y en los plazos indicados en el cronograma.
Indisponibilidad del Portal:
Cuando haya indisponibilidad técnica del portal, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del portal.
4.1 Antecedentes Administrativos.
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N°
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Descripción
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Según formato
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1
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Identificación del oferente
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Anexo N°1-A (persona jurídica)
Anexo N°1-B (persona natural)
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2
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Declaración jurada simple
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Anexo N°2-A (persona jurídica)
Anexo N°2-B (persona natural)
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3
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Declaración jurada simple
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Anexo N° 3
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4
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UTP (opcional)
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Anexo N°4
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5
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Contratación de personas en situación de
discapacidad
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Anexo N°10
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6
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Pacto de Integridad
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Anexo N°11
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No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas en representación del oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.
El oferente deberá acompañar en sus antecedentes administrativos el o los documentos que acrediten su personería jurídica, cuando no se encuentre en el registro de proveedores o la información se encuentre desactualizada.
Respecto de la Unión Temporal de Proveedores:
Se deberá establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes.
Nota:
En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, se deberá establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En las adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma; respecto a las adquisiciones mayores a 1.000 UTM éstas deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la
escritura pública en la cual conste el acuerdo de constitución de la UTP. De igual forma, la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con lo demás términos previstos en el artículo 67 bis del reglamento. En todo caso deberá adjuntarse:
a) Identificación del Oferente y de sus integrantes como UTP.
b) Declaración jurada simple de habilidad para participar, firmada por cada uno de los integrantes de la UTP (ANEXO N°4).
c) Fotocopia simple de la Cédula de Identidad del representante o apoderado común con poderes suficientes.
4.2 Oferta económica.
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N°
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Descripción
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Según formato
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1
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Monto total neto de la oferta, en pesos chilenos, por el Servicio de impresión de hojas de respuesta para Pruebas PAES VERANO, Proceso de Admisión 2026.
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Anexo N° 5
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La oferta económica del oferente debe ser ingresada al portal dentro del plazo de recepción de las ofertas. En montos netos, sin impuestos al valor agregado (IVA). No se aceptarán ofertas por $1, siendo causal de inadmisibilidad.
Sin perjuicio de lo anterior, los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, traslados, servicios, equipos, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento de la prestación, sea este directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento de la prestación; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alzas del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento.
La oferta económica deberá estar, además, exenta de toda promoción, descuento, regalo, dádiva o beneficio de ninguna especie, ni condicionada o restringida en modo alguno.
Si la oferta económica presenta inconsistencias entre lo ofertado en el Sistema de Información y lo informado por el proponente en el anexo económico, primará el anexo económico. En caso de que el anexo se encuentre incompleto, la oferta será declarada inadmisible.
4.3 Oferta técnica.
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N°
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Descripción
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Según formato
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1
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Plan de ejecución
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Anexo N°6, Sección A
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2
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Experiencia del oferente
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Anexo N°6, Sección B
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N°
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Descripción
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Según formato
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3
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Plan de contingencia ante fallas en las máquinas
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Anexo N°6, Sección C
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4
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Plazo de entrega
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Anexo N°8
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5
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Contratos Ejecutados
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Anexo N°9
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La oferta técnica del oferente debe ser ingresada al portal, dentro del plazo de recepción de las ofertas, según cronograma de actividades.
4.4 Plazo de vigencia de las ofertas.
Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de cierre de la licitación.
5 DE LA APERTURA DE LA OFERTAS.
La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de actividades, en un solo acto, a través del portal. Si a la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas, se han recibido dos o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en dos días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25 del reglamento de la Ley N°19.886.
5.1 Errores u omisiones durante la evaluación.
La Entidad Licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de dos días hábiles, contados desde su comunicación al oferente, por parte del DEMRE, la que se informará a través del sistema de información mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el periodo de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
5.2 Solicitud de certificaciones o antecedentes omitidos
Se permite la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes, se otorgará un plazo fatal de dos días hábiles, contados desde su comunicación al oferente, por parte del DEMRE, la que se informará a través del sistema
de información mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el periodo de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
5. DE LA EVALUACIÓN DE LA OFERTAS.
El DEMRE evaluará los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores de acuerdo con los criterios de evaluación definidos en el presente pliego de condiciones.
6.1 Comisión evaluadora.
La Comisión Evaluadora, se aprueba en la presente Resolución y estará integrada por los siguientes funcionarios del DEMRE, o por quienes la Directora del DEMRE designe en su remplazo:
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Jefa del Área de Procesos y Logística
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Jefa de Unidad de Adquisiciones
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Coordinadora de Gestión de Procesos Administrativos
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Los miembros de la Comisión designada serán considerados sujetos pasivos de lobby para efectos de la Ley N° 20.730, de 2014, hasta la fecha de adjudicación del proceso licitatorio. Los miembros de la Comisión Evaluadora declararán la ausencia de conflicto de intereses, conforme a lo señalado en el artículo 37 inciso tercero del Reglamento de la Ley N° 19.886. y lo señalado en el Capítulo VII de probidad administrativa y transparencia de la Ley N° 19.886, Artículo 35 quinquies y 36 nonies.
En el evento que alguno de sus miembros tenga algún tipo de conflicto de interés respecto de uno o más oferentes, deberá manifestarlo y abstenerse de participar en el proceso de evaluación, siendo reemplazado de acuerdo a lo señalado anteriormente.
6.2 Criterios de evaluación.
El proceso de evaluación contempla la valoración de las ofertas, debiendo cada uno de los componentes ser analizado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la valoración de las ofertas, se utilizarán dos decimales.
En la tabla siguiente se detallan los criterios y puntajes máximos respecto de cada componente. Con todo, la suma de los criterios utilizados debe sumar 100 puntos:
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Componentes
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Ponderador %
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Oferta técnica
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48
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Oferta económica
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20
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Plazo de entrega
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25
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Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta
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3
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Contratación de personas en situación de discapacidad
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2
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Programa de integridad del proveedor para su personal
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2
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6.3 Evaluación de la oferta técnica.
La evaluación de las ofertas técnicas estará compuesta por los criterios que se señalan a continuación y los puntos de acuerdo a lo ofertado, que multiplicado por el ponderador será el puntaje resultante en cada caso:
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Criterios
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Ponderador %
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Plan de ejecución
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25
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Experiencia del oferente
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5
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Plan de contingencia ante fallas en las máquinas
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10
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Contratos por servicios de Impresión similares
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8
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6.3.1 Mecanismo de asignación de puntajes.
En el siguiente cuadro se detallan los criterios para la evaluación de la oferta técnica, y la asignación de puntajes para cada uno de esos criterios:
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Criterios
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Asignación de Puntajes
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Ponderación
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Medio de verificación
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Plan de ejecución: cada oferente deberá presentar un documento con un plan de ejecución donde se establezcan los siguientes puntos:
- Pasos para realizar el trabajo.
- Dirección de la planta física de impresión única: calle, numeración, comuna y cantidad de metros cuadrado.
- Plazos de entrega de las hojas de respuesta impresas y con data variable, por prueba y forma, respetando el
calendario informado: Se refiere al
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Presenta descripción de plan de ejecución completo: 100 puntos.
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25%
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Información contenida en el anexo N°6 Sección A
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Presenta descripción parcial del plan de ejecución o no presenta descripción: 0 puntos.
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Criterios
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Asignación de Puntajes
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Ponderación
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Medio de verificación
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compromiso expreso por parte del oferente a cumplir entre los plazos de impresión indicados en bases técnicas.
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|
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Experiencia del oferente: Calificación y experiencia de los oferentes en el rubro de impresión.
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Oferente con experiencia igual o mayor a 5 años: 100 puntos.
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5%
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Información contenida en el anexo N°6 Sección B
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Oferente con experiencia
entre 4 y 3 años: 65 puntos.
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Oferente con experiencia entre 2 y 1 años: 20
puntos.
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Oferente no tiene o no presenta experiencia: 0 puntos.
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Plan de contingencia ante fallas en las máquinas: cada oferente deberá presentar un plan de contingencia, tanto como para maquinas off set planas como digitales. Listar en planillas distintas las máquinas habituales y las de reemplazo (diferentes a las habituales) en caso de falla, las que deben ser del mismo tipo y capacidad de producción, para dar continuidad al trabajo en los tiempos establecidos.
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Presenta plan de contingencia completo, incluye listado de máquinas habituales y
de reemplazo: 100
puntos.
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10%
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Información contenida en el anexo N°6 Sección C
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Presenta Plan de contingencia incompleto o no se ajusta o lo
requerido: 0 puntos.
|
|
Contratos por servicios de impresión similares: se evaluará un máximo de diez contratos de organismos públicos o privados para servicios de impresión similares.
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Entre 8 y 10 Contratos:
100 puntos.
|
8%
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Información contenida en Anexo N°9
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Entre 5 y 7 Contratos: 50 puntos.
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Entre 1 y 4 Contratos: 20 puntos.
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No presenta Contratos
0 puntos.
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Nota:
Criterio experiencia del oferente: se debe adjuntar certificado de inicio de actividades del SII y/o ficha de proveedores en el giro, a fin de comprobar años de experiencia. Las fracciones de años o meses no serán consideradas como años de experiencia, a modo de ejemplo; si el oferente de acuerdo al certificado de SII o ficha de proveedores tiene 3 años y 4 meses, entenderá para estos efectos que cuenta con 3 años de experiencia.
Criterio contratos por servicios de impresión similares: Este criterio se evaluará considerando los contratos del oferente con organismos públicos y privados, durante los últimos cinco años, cronológicos hasta el cierre de recepción de ofertas, considerando un máximo de 10 contratos a evaluar (Anexo N°9). Se estimarán como contrataciones similares servicios de impresión plana, tales como formularios, folletos, manuales u otros impresos con características semejantes a las indicadas en las bases técnicas.
DEMRE se reserva la facultad de comprobar por cualquier medio la veracidad de la información. La oferta podrá adjuntar contratos con instituciones públicas y/o privadas, facturas que detallen el servicio prestado, órdenes de compra con estado aceptado o recepción conforme, ID de contrato o licitación. Los archivos deben ser íntegros, sin ninguna modificación y según corresponda, firmados por ambas partes.
Adicionalmente, se deja establecido que no serán consideradas en la evaluación los contratos anteriores con el DEMRE, de forma de no afectar la imparcialidad de la evaluación, así mismo el único formato valido para entregar y evaluar corresponde al Anexo N° 9
6.4 Evaluación de la oferta económica
En siguiente cuadro se detallan los criterios para la evaluación económica y la asignación de puntaje en estos criterios:
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Criterios
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Asignación de puntaje
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Ponderación
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Medio de verificación
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Evaluación del precio ofertado
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Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta total neta de menor precio.
Lo anterior se expresa en la siguiente fórmula:
(menor precio ofertado /precio de la oferta evaluada) x 20.
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20%
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Información contenida en el
Anexo N° 5
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Las ofertas que sobrepasen el presupuesto disponible declaradas inadmisibles y no continuarán en el proceso de evaluación. De igual forma, aquellas ofertas que no adjunten el Anexo N°5 quedarán fuera del proceso.
Si la oferta económica presenta inconsistencias entre lo ofertado en el Sistema de Información y lo informado por el proponente en el respectivo anexo económico. En dicho caso primará la oferta económica. En caso que el anexo económico se encuentre incompleto, la oferta será declarada inadmisible.
6.5 Evaluación del plazo de entrega.
En el siguiente cuadro se detalla la fórmula para la evaluación del plazo de entrega y la asignación de puntaje correspondiente:
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Criterio
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Asignación de Puntajes
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Ponderación
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Medio de verificación
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Evaluación del plazo de entrega
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Para evaluar el plazo de entrega se utilizará el método del menor plazo de entrega (en días hábiles), sin exceder los plazos establecidos previamente.
Lo anterior se expresa en la siguiente fórmula:
(menor plazo ofertado/plazo ofrecido de la oferta evaluada) x 25.
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25%
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Información contenida en el Anexo N° 8
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Las ofertas que no presente plazo de entrega o este sea mayor a 37 días hábiles (de lunes a viernes) y jornadas diurnas de trabajo, serán declaradas inadmisibles y no continuarán el proceso de evaluación.
6.6 Evaluación Requisitos Formales
Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes Bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por el DEMRE.
En el siguiente cuadro se detallan los criterios para la evaluación de los Requisitos Formales y la asignación de puntajes:
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Criterio
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Asignación de Puntajes
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Ponderación
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Medio de verificación
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Requisitos Formales
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Presenta los antecedentes o certificaciones requeridos por el DEMRE dentro del plazo de
recepción de ofertas: 100 puntos
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3%
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Información contenida en la oferta
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Criterio
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Asignación de Puntajes
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Ponderación
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Medio de verificación
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Presenta antecedentes o certificaciones requeridos por el DEMRE posteriores a la fecha de recepción de ofertas con ocasión de haberse efectuado un reparo a través del Portal, habiéndose subsanado en el plazo concedido
para tal efecto: 50 puntos
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No presenta antecedentes o certificaciones requeridos por el DEMRE posteriores a la fecha de recepción de ofertas, con ocasión de haberse efectuado un reparo a través del Portal: 0
puntos
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En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por el DEMRE podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica, económica o condiciones laborales de los trabajadores, sino únicamente sobre antecedentes administrativos.
6.7 Contratación de personas en situación de discapacidad
Este criterio se evaluará considerando la información entregada por el oferente en el Anexo N° 10 respecto de la contratación de personas en situación de discapacidad.
En el siguiente cuadro se detallan los criterios para la contratación de personas en situación de discapacidad y la asignación de puntajes:
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Criterio
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Asignación de Puntajes
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Ponderación
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Medio de verificación
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Presenta la totalidad de los documentos
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y antecedentes requeridos por el DEMRE
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relacionada con la contratación de
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Contratación de
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personas en situación de discapacidad:
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Información contenida
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personas en
situación de
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100 puntos
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2%
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en la certificación y Anexo N°10
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No presenta la totalidad, o ninguno, de los
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discapacidad
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documentos y antecedentes requeridos
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por el DEMRE relacionada con la
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contratación de personas en situación de
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discapacidad: 0 puntos.
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Para efectos de acreditar la contratación de personas en situación de discapacidad, se requerirá acompañar los siguientes documentos:
- La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador (vigente al momento de la oferta) según corresponda, de duración no inferior a seis meses.
- Documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad, dictamen o certificación de la COMPIN.
- Ultima liquidación de sueldo correspondiente al mes anterior en el cual se publicaron las presentes bases.
NOTA: En cumplimiento de la Ley N° 19.628, los datos personales de los trabajadores en situación de discapacidad solo pueden ser enviados con autorización del trabajador titular de los datos. Estos datos solo serán utilizados para la evaluación de la presente licitación.
6.8 Programa de Integridad
Este criterio se evalúa de acuerdo a las disposiciones contenidas en el inciso primero y sexto del artículo 4° de la ley N° 19.886, en el N° 2) del artículo 8° de la ley N° 20.393, que regula la responsabilidad penal de las personas jurídicas respecto de los delitos que indica, y en la letra d) del artículo 26 del decreto Ley 211 de 1973, que fija Normas para la Defensa de la Libre Competencia, señalando, en lo pertinente, que las normas referidas buscan que quienes contraten con la Administración del Estado demuestren que han tenido un comportamiento integro, lo que se traduce en que las personas que trabajen para esos proveedores y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la etapa concursal y luego en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad.
En el siguiente cuadro se detalla como evaluar el cumplimiento del programa de integridad:
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Criterio
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Asignación de Puntajes
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Ponderación
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Medio de verificación
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Presenta un documento que acredite la
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Programa de integridad
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difusión, conocimiento y aplicación de
programa de integridad para el personal de la empresa proveedora: 100 puntos
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2%
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Información contenida en el anexo N°11
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No cuenta con programa o no presenta
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certificación: 0 puntos
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6. INFORME DE LA COMISIÓN EVALUADORA.
La comisión evaluadora emitirá un informe, en el que se contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes, en la oportunidad establecida en el cronograma de actividades.
En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados, se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:
a) Mayor puntaje de la oferta técnica.
b) Mayor puntaje de la oferta económica.
c) Mayor puntaje de la oferta plazo de entrega.
d) Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
El Informe de la comisión evaluadora culminará con una recomendación para la autoridad encargada de adoptar la decisión.
7. DE LA ADJUDICACIÓN.
El DEMRE adjudicará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus respectivos puntajes y ponderaciones establecidos en este pliego de condiciones, mediante un acto administrativo en el que se especificarán los criterios de evaluación aplicados.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del DEMRE que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el DEMRE podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento, adjudicar la presente licitación a través de una resolución fundada a esa oferta, solicitando una garantía de fiel y oportuno cumplimiento, si aplicará, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor.
8. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN.
El DEMRE declarará inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, o bien no adjunten alguno de los anexos N° 5, 6 y 8.
Conforme a lo anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad, exclusión o eliminación de las propuestas las siguientes:
- Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas en el artículo 3º de las presentes Bases.
- Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el artículo 4º de las presentes Bases.
- Si el servicio ofertado no cumple con todos los requisitos técnicos exigidos en el apartado II Bases Técnicas.
- Si la oferta económica presenta inconsistencias no subsanables mediante una operación matemática o el Anexo Económico N°5 se encuentra incompleto.
- Si la oferta económica excede el presupuesto disponible indicado en el artículo 3º de estas Bases.
- Si el plazo de entrega ofertado por el proponente es mayor a 37 días hábiles (de lunes a viernes) y jornadas diurnas de trabajo, o el cálculo de este supera al 27 de junio de 2025, para la entrega de la totalidad de las hojas de respuesta, según lo exigido en el apartado II Bases Técnicas.
- Si la oferta económica en el sistema es por $1.
Además, el DEMRE declarará desierta la licitación si es que no se presentan ofertas, si las ofertas no cumplen con las características técnicas requeridas, o bien, si estas no resultan convenientes a sus intereses. En todo caso, las declaraciones del DEMRE se efectuarán siempre mediante resolución fundada.
9. FACULTAD DE READJUDICAR.
El DEMRE podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos:
a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario, o no acepta la orden de compra según corresponda.
b) Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
c) Si el adjudicatario se desiste de su oferta.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886, en virtud de la ley N° 20.393 o del DL N° 211 de 1973, de la Ley N°21.595 de delitos económicos, o de las prohibiciones indicadas en el Articulo 35 quárter de la Ley 19.886, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
10. FORMALIZACIÓN DE LA CONTRATACIÓN.
Una vez adjudicada la mejor propuesta, el adjudicatario deberá suscribir el contrato dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de actividades.
Para la firma del contrato, el adjudicatario que sea persona natural deberá acompañar una copia de su cédula de identidad; el adjudicatario que sea persona jurídica, deberán acompañar una copia de su escritura de constitución y de sus modificaciones, copia de la escritura donde consten poderes de su(s) representante(s) legal(es), un certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante(s), emitidos con una antelación no superior a seis meses y una copia de la cédula de identidad de su(s) representante(s).
Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el registro de comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses.
En todo caso, el adjudicatario no deberá acompañar los documentos especificados en el párrafo anterior si ellos u otros similares se encuentren disponibles en el Registro de Proveedores, servicio de Chilecompra que verifica que las empresas cumplan la normativa para contratar con el Estado.
En el evento que el contrato no se firme en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886, en virtud de la ley N° 20.393, del DL N° 211 de 1973, de la Ley N°21.595 de delitos económicos, o de las prohibiciones indicadas en el Articulo 35 quárter de la Ley 19.886, el DEMRE podrá readjudicar la licitación al oferente que le siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, o a declarar desierta la licitación.
11. CONDICIONES BÁSICAS DE LA CONTRATACIÓN.
La contratación del servicio contendrá las condiciones básicas que se indican a continuación:
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Domicilio de las partes
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Comuna de Ñuñoa
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Cesión de Derechos
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No se permite a excepción de los casos establecidos en la legislación
nacional. Ley 19.983
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Subcontratación
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Se permite en los términos del artículo 76 del reglamento, y previa
autorización mediante del DEMRE, y no podrán, en su conjunto, exceder el 25% (veinticinco por ciento) del monto total adjudicado.
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Vigencia del contrato
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Desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, el proveedor adjudicado podrá comenzar a prestar los servicios correspondientes a partir de la fecha de suscripción del contrato de lo que deberá dejarse constancia en el mismo.
En todo caso no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato.
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Duración de la contratación
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Se iniciará a partir de la total tramitación del acto que lo aprueba y se extenderá hasta el 15 de diciembre 2025, considerando la fecha de la total entrega de la impresión de hojas de respuesta, más un tiempo adicional por cualquier eventualidad de aumento de los productos o
reemplazo de los mismos.
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Solución de controversia y legislación aplicable
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La contratación se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán
sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia.
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Documentos integrantes del contrato
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Se considerará como parte integrante del contrato las bases administrativas y técnicas, anexos; así como las aclaraciones y modificaciones a las bases; las preguntas y respuestas del período de
consultas; la oferta técnica y económica.
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Precio y forma de pago
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El precio total del contrato será el ofertado por el proveedor adjudicado en su oferta económica, como monto total neto, más I.V.A., el que se pagará en una cuota, una vez entregada la totalidad de las hojas de respuesta adquiridas para la fecha indicada, contra presentación de la respectiva factura, pagadera en un plazo máximo de treinta (30) días, previa autorización y conformidad del DEMRE.
Los documentos de cobro deberán extenderse a nombre de UNIVERSIDAD DE CHILE, domiciliado en José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa, debiendo entregarse en dicha locación para su recepción y visto bueno por parte de la contraparte técnica del DEMRE.
Para los efectos del pago, el proveedor presentará en las dependencias del DEMRE, la siguiente documentación:
- La factura correspondiente al monto y porcentaje a pagar, la cual deberá indicar, además de las menciones tributarias, el número de la correspondiente orden de compra.
- Certificado que acredite el pago de las obligaciones previsionales y laborales, si el Proveedor es persona jurídica.
Cada pago se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos.
En todo caso no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato.
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11.1 Garantía de Fiel y Oportuno Cumplimiento del Contrato
El adjudicatario deberá entregar, al momento de la firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento de caución que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, con las siguientes características:
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Beneficiario
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Universidad de Chile
RUT. 60.910.000-1
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Pagadera
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A la vista.
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Vigencia mínima
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Debe exceder en 60 días hábiles al plazo de duración del contrato
total.
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Expresada en
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En pesos chilenos.
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Monto
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5% del monto neto del contrato.
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Glosa (exigible respecto de los instrumentos que admitan su
incorporación)
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“Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato del proceso (ID proceso)”
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Forma y oportunidad de su
restitución
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A la fecha de su vencimiento, y una vez verificado el cumplimiento de
las obligaciones del contratista a satisfacción del DEMRE
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Se hace presente que esta garantía, además, caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista asignados a la prestación del servicio al DEMRE, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la ley de compras públicas.
En caso de aumento de plazo del contrato, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en este párrafo. La extensión de la vigencia de la garantía deberá presentarse en el DEMRE con anticipación al vencimiento del plazo original.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento deberá presentarse en original o de manera digital, para aquellos documentos que le sea aplicable la firma electrónica, en la oportunidad y lugar indicados en el cronograma de actividades.
La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en el presente pliego de condiciones.
En caso de que se ejecute la garantía por no haber pagado el proveedor una multa o para solucionar deudas laborales y/o previsionales que mantenga respecto con sus trabajadores, deberá restituirse al contratista el excedente, si los hubiere, sin perjuicio de su obligación de entregar una nueva caución.
12. OBLIGACIONES DEL ADJUDICATARIO.
Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones:
a) No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en el presente pliego de condiciones.
b) En caso de algún rechazo de hojas de respuestas, será responsabilidad del contratista realizar su reposición (re-impresión) consecutivo desde el último número de folio impreso, EN UN PLAZO NO SUPERIOR A 3 DÍAS CORRIDOS.
c) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución de la contratación.
d) Ejecutar la contratación con estricta sujeción a lo prescrito en las presentes bases, bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados.
e) Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo y prevención de riesgos, como asimismo a las directrices que establezca la contraparte técnica.
f) Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia de la contratación le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias del DEMRE, que sean imputables al proveedor.
g) De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, prevención, investigación y sanción del acoso laboral, sexual y la violencia en el trabajo.
h) Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro, desgaste producidos por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito.
13.1 Confidencialidad.
El proveedor adjudicado estará obligado a que toda información que el DEMRE le entregue con motivo de la prestación tenga el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información.
El proveedor solo utilizará la información confidencial con el fin de cumplir los objetivos de la prestación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de esta información.
En el caso de que por una orden judicial o de autoridad competente, el proveedor se viere obligada a divulgar todo o parte de la información confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia al DEMRE.
13.2 Comportamiento ético del proveedor
El proveedor que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución de la contratación, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
Junto con lo anterior, no deberá incurrir en conductas constitutivas de acoso sexual, violencia de género, discriminación de género, acoso laboral y discriminación arbitraria. Su concurrencia será sancionada según lo establecido en la Ley N°21.369, que Regula el Acoso Sexual, la Violencia y la Discriminación de Género en el Ámbito de la Educación Superior, la Ley N°21.643 que modifica el Código del Trabajo y otros cuerpos legales,
en materia de Prevención, investigación y Sanción del Acoso Laboral Sexual o de Violencia en el Trabajo y/o demás normas universitarias y nacionales aplicables.
Finalmente, el proveedor que preste los servicios no deberá incurrir en conductas tipificadas en la Ley N°20.000 que sanciona el tráfico ilícito de estupefacientes y sustancias psicotrópicas, en la ejecución del servicio.
13. ENCARGADO DEL CONTRATISTA.
El proveedor adjudicado deberá nombrar a un encargado para la ejecución del mismo, que tendrá, a lo menos, las siguientes funciones:
a) Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución de la contratación.
b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento de la contratación.
Todo cambio relativo a esta designación deberá ser informado al DEMRE por el representante legal, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado.
14. CONTRAPARTE TÉCNICA DEL DEMRE.
La contraparte técnica del DEMRE será un coordinador a designar de la Unidad de Logística, quien realizará, a lo menos, las siguientes funciones:
a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones.
b) Fiscalizar que ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios.
c) Velar por el correcto desarrollo de lo comprometido por el proveedor, informando a la Unidad de Adquisiciones en caso de incumplimiento para la aplicación de multas.
d) Dar visto bueno y recepción conforme del producto, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas.
e) Las demás que le encomienden las presentes bases administrativas.
15. MULTAS.
Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, el DEMRE podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista ante la contraparte técnica.
16.1. Procedimiento de aplicación.
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo con lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará esta circunstancia al contratista, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. La carta certificada será enviada al domicilio indicado en la comparecencia del contrato, o a falta de éste, al designado por el Proveedor en su registro de proveedores, entendiéndose practicada la respectiva notificación a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
El contratista dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa, o mediante correo electrónico a adquisiciones-demre@uchile.cl.
Una vez realizados los descargos por parte del contratista, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el contratista haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación a la Unidad de Abastecimiento solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente.
La multa será aplicada mediante Resolución, la que será notificada al contratista en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio informado por el contratista. La notificación se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente.
El contratista podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en José Pedro Alessandri, comuna de Ñuñoa o mediante correo electrónico a adquisiciones-demre@uchile.cl.
El DEMRE resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el contratista, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes.
16.2 Causales y monto multas.
Para los efectos de la aplicación de multas, la causal que puede originarlas es la(s) siguiente(s):
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Causal
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Categoría
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Multa aplicable expresadas en porcentajes del monto total de la
contratación
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Multa por no entrega de reposiciones: En caso de verificarse incumplimientos por parte del proveedor en la reposición de una partida de hojas de respuesta, el DEMRE podrá aplicar las multas correspondientes,
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Falta menos grave
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0,2% del valor del contrato, por día.
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Causal
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Categoría
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Multa aplicable expresadas en porcentajes del monto total de la
contratación
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por día de atraso, hasta completar un máximo equivalente al 10% del valor total de la contratación, sin impuestos, después de lo cual el DEMRE podrá poner término anticipado a la contratación en forma
inmediata.
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Multa por atraso de entrega de la partida: En caso de verificarse que el proveedor efectuó entregas de partidas de hojas de respuesta fuera de plazo, el DEMRE podrá aplicar las multas correspondientes, por día de atraso, hasta completar un máximo equivalente al 10% del valor total de la contratación, sin impuestos, después de lo cual el DEMRE podrá poner término anticipado a la contratación en forma
inmediata.
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Falta grave
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0,5% del valor del contrato, por cada día de atraso, desde el plazo máximo establecido en el calendario de impresión.
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Multa por entrega de menos hojas a las solicitadas en la partida: En caso de verificarse que el proveedor entrega partidas incompletas de hojas de respuesta, el DEMRE podrá aplicar las multas correspondientes, por día de atraso, hasta completar un máximo equivalente al 10% del valor total de la contratación, sin impuestos, después de lo cual el DEMRE podrá poner término anticipado a la contratación en forma
inmediata.
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Falta grave
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0,5% del valor del contrato, por día de atraso.
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Otras situaciones: Cualquier situación no contemplada en los puntos anteriores, como asimismo en el cuerpo de estas Bases y especialmente por incumplimiento de las obligaciones previstas para el proveedor en el apartado de Bases Técnicas que condujere a un impedimento efectivo para la correcta ejecución de las obligaciones contratadas, facultará al DEMRE a aplicar una multa equivalente al 0,5 % del valor de la facturación (correspondiente a la forma que se está imprimiendo) sin impuestos, hasta completar un máximo equivalente al 10% del valor
total de este contrato, después de lo cual el DEMRE
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Falta grave
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0,5 % del valor del contrato.
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Causal
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Categoría
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Multa aplicable expresadas en porcentajes del monto total de la
contratación
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podrá poner término anticipado al contrato en forma inmediata.
A modo meramente ilustrativo y ejemplar, y que no constituye una nómina taxativa, se puede señalar: no contar con transporte para enviar las hojas a destino, no contar con personal suficiente para ejecutar el trabajo, no contar con las máquinas detalladas en
anexo 6c, etc.
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Nota: Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal, que individualmente considerada la haga procedente.
En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 10% del valor total contratado.
16.3 Pago de las multas.
El adjudicatario podrá pagar las multas directamente al DEMRE, disponiendo para ello del plazo de 10 días corridos para pagar la multa, el referido plazo se contará desde la fecha de notificación de la resolución que aplica la multa conforme a lo previsto en el punto 16.1 de estas bases. Vencido dicho plazo para efectuar el pago sin que el proveedor lo haya realizado se procederá a la ejecución de la garantía y las multas se aplicaran descontando su valor de aquella, en el caso que hubiere excedentes el DEMRE restituirá estos al contratista, en cuyo caso el proveedor deberá entregar una nueva garantía en los mismos términos y condiciones exigidos en estas bases dentro del plazo de 10 días siguientes al cobro de la anterior con el propósito de asegurar la continuidad de la cobertura.
En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ella, será descontado de la cuota siguiente a pagar por la prestación de servicios.
16. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN.
La contratación podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, por las siguientes causas:
a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento de la contratación.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución de la contratación, con un máximo de seis meses, si fuese aplicable.
f) Por encontrarse condenado por un delito económico de acuerdo a la inhabilitación establecida en el artículo 33 de la Ley N°21.595, de Delitos Económicos.
g) Si el adjudicatario en la ejecución del servicio presenta deficiencias o no asegura la calidad del mismo, debidamente fundamentado por la contraparte técnica. En este caso el DEMRE podrá terminar el contrato.
h) Incumplimiento de las obligaciones contraídas al suscribir el Programa de integridad.
i) Por la inhabilitación para contratar con el Estado, prevista en los artículos 8 y 10 de la Ley N°20.393.
Las modificaciones de la contratación podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos de la contratación o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución de la contratación y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones podrán afectar el precio de la contratación en hasta un 30% de su valor total.
Para efectos de terminar anticipadamente la contratación por la causal prevista en el literal b), se entenderán como incumplimientos graves aquellos que impidan o dificulten notoriamente la correcta y oportuna ejecución de la contratación, facultando al DEMRE para poner término anticipado de la contratación. Se considerarán como tales las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica del DEMRE:
1) La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
2) El incumplimiento de lo establecido en el punto 13 de las bases administrativas.
3) Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 10% del valor de la contratación.
4) Incumplimiento en el pago de las multas.
Para efectos de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, se aplicará previamente el procedimiento establecido en el punto 16.1.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.
Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que el DEMRE pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución de la contratación, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.