Licitación ID: 5539-18-LP22
Servicio de impresión digital Folletos Piloto 2022
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE CHILE, UCHILE Depto.Evaluac. y Medicion Educacional DEMRE
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 890
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Productos o servicios
1
Servicios de impresión industrial Digital 1 Unidad
Cod: 73151905
El servicio requerido es la Impresión Digital calidad láser de Folletos para la Prueba Piloto del mes de octubre del año 2022, de acuerdo a las especificaciones y condiciones indicadas.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicio de impresión digital Folletos Piloto 2022
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional de la Universidad de Chile, en adelante el DEMRE, necesita contratar el servicio de Impresión Digital calidad láser de Folletos para la Prueba Piloto del mes de octubre del año 2022, función que debe encomendarse a una empresa externa, altamente calificada para tal efecto. La empresa adjudicada se compromete a desarrollar los servicios contratados, según los requerimientos señalados en las Bases Técnicas de las presentes Bases de Licitación.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
UNIVERSIDAD DE CHILE
Unidad de compra:
UCHILE Depto.Evaluac. y Medicion Educacional DEMRE
R.U.T.:
60.910.000-1
Dirección:
Avda. José Pedro Alessandri 685
Comuna:
Macul
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 22-07-2022 16:00:00
Fecha de Publicación: 01-07-2022 12:08:15
Fecha inicio de preguntas: 01-07-2022 16:00:00
Fecha final de preguntas: 06-07-2022 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-07-2022 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 22-07-2022 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 22-07-2022 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 12-08-2022 15:22:43
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO DE IMPRESIÓN DIGITAL DE FOLLETOS PARA PRUEBA PILOTO OCTUBRE 2022” I.- BASES ADMINISTRATIVAS 1.- OBJETO DE LA LICITACIÓN. El Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional de la Universidad de Chile, en adelante el DEMRE, necesita contratar el servicio de Impresión Digital calidad láser de Folletos para la Prueba Piloto del mes de octubre del año 2022, función que debe encomendarse a una empresa externa, altamente calificada para tal efecto. La empresa adjudicada se compromete a desarrollar los servicios contratados, según los requerimientos señalados en las Bases Técnicas de las presentes Bases de Licitación. 2.- DEFINICIONES. Para la correcta interpretación de los documentos de la contratación, cada vez que aparezcan los siguientes términos en el presente pliego de condiciones, se entenderá la definición que para cada caso se indica, siendo extensivas tales definiciones a su forma singular o plural y a sus géneros masculino o femenino: a) Ley de compras: la ley N°19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios. b) Reglamento: el reglamento de la ley de compras, contenido en el decreto supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. c) Cronograma de actividades: es el cuadro, contenido en el punto 3.4 de las bases administrativas de la presente licitación, en el que se define la oportunidad para la realización de las etapas o fases del presente proceso de compras. d) Días corridos: son todos los días de la semana, que se computan uno a uno en forma correlativa. e) Días hábiles: son todos los días de la semana, excepto los sábados, domingos, y festivos. f) Fuerza mayor o caso fortuito: el imprevisto a que no es posible resistir. g) DEMRE: Departamento de Evaluación, Medición y Registro Educacional de la Universidad de Chile. h) Proveedor: persona natural o jurídica, chilena o extranjera, que pueda proporcionar al DEMRE los servicios que se requieren en esta licitación. i) Oferente: proveedor que participa en el presente proceso presentando una oferta. j) Adjudicatario: oferente al cual le ha sido aceptada su oferta en el presente proceso. k) Contratista: proveedor que suministra al DEMRE los servicios a que se refiere esta licitación, en virtud de la ley de compras, el reglamento de compras y el presente pliego de condiciones. 3. DATOS BÁSICOS DE LA LICITACIÓN. Etapas Una (apertura de ofertas técnica y económica en un solo acto), que se efectúa a través del sistema de información Mercado Público. Presupuesto disponible (licitación entre 1.000 y 2.000 UTM) $ 85.000.000.- (ochenta y cinco millones de pesos) impuestos incluidos. Las ofertas que sobrepasen el presupuesto disponible de la contratación serán rechazadas y no continuarán con el proceso de evaluación. Incremento del presupuesto disponible El presupuesto disponible total de la contratación se podrá incrementar en un 30%, durante la vigencia del contrato, por concepto de aumento de impresos. Dicho incremento deberá ser sancionado mediante el acto administrativo respectivo y se realizará mediante la autorización presupuestaria por dicho concepto, la emisión de la orden de compra correspondiente y aceptación respectiva por parte del proveedor contratado. Participantes Podrán participar todas las personas, naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que cumplan con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación. Sin embargo y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras, tener constituido domicilio en Chile. No obstante, y por aplicación de lo establecido en el artículo 4º, inciso 1º y 6º, de la Ley Nº19.886, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos: a) Quienes dentro de los dos años anteriores al momento de presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por delitos concursales establecidos en el Código Penal. b) Los funcionarios directivos de la Universidad de Chile, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley Nº 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. c) Quienes al momento de presentación de la oferta hayan sido condenados por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1 de 2004 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N°211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Cómputo de plazos Todos los plazos son de días corridos, salvo en aquellos casos en que expresamente se indique que los plazos son de días hábiles. En caso de que un plazo expire en días sábados, domingos o festivos se extenderá prorrogado hasta el día hábil siguiente. Idioma Español Comunicación con el DEMRE Exclusivamente a través del portal www.mercadopúblico.cl Soporte de documentos Soporte digital. Excepcionalmente se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por este presente pliego de condiciones, o por la ley de compras y su reglamento. Visibilidad de las ofertas técnicas Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez adjudicada. 3.1 Gastos. Los gastos en que incurran los oferentes con motivo de la presente licitación serán de su exclusivo cargo, sin derecho a ningún tipo de reembolso por parte del DEMRE. 3.2 Documentación que rige esta licitación. Esta licitación se rige por lo previsto en la ley de compras y su reglamento, y por los documentos que a continuación se indican, los que en caso de discrepancias se interpretarán por orden de prelación: a) Bases administrativas, técnicas y anexos de la licitación. b) Modificaciones al presente pliego de condiciones, que eventualmente podrá hacer el DEMRE, a través de la resolución pertinente. c) Respuestas a las preguntas de los proveedores. d) Aclaraciones a las ofertas que hayan sido solicitadas por el DEMRE. e) El contrato respectivo. Los interesados en conocer los documentos señalados anteriormente podrán hacerlo accediendo al portal. 3.3 Modificaciones a las bases. El DEMRE podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante resolución totalmente tramitada y publicada en el portal y, en caso de ser necesario, deberán fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones. 3.4 Cronograma de actividades. Consultas Hasta las 16:00 hrs. del día 5, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal mercado público. Respuestas Hasta las 16:00 hrs. del día 8, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal mercado público. Cierre de recepción de las ofertas El día 21 a las 16.00 hrs., contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal mercado público. Acto de apertura electrónica de las ofertas técnicas y económicas Desde el día 21 a las 16.05 hrs., contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal mercado público. Evaluación y adjudicación Evaluación hasta el día 25, contado desde la fecha de publicación del llamado a licitación en el portal mercado público Adjudicación hasta el día 50, contado desde la fecha de cierre de la recepción de las ofertas en el portal mercado público. En el caso que la adjudicación no se realice dentro de este plazo, se informará a través del portal las razones de ello y el nuevo plazo de adjudicación, el que no podrá exceder del día 70, contado desde la fecha de cierre de la recepción de las ofertas en el portal. Entrega de garantía de fiel cumplimiento del contrato Hasta el día 10, contado desde la fecha de publicación de la adjudicación en el portal Mercado Público. La garantía en formato físico, debe ser entregada en la oficina José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa. Fecha de firma de contrato Hasta el día 10, contado desde la fecha de publicación de la adjudicación en el portal Mercado Público. 4. CONTENIDO DE LA OFERTA. Los oferentes deberán presentar sus ofertas a través del portal Mercado Público, en formato electrónico o digital, dentro del plazo de recepción de las mismas establecido en el cronograma de actividades. Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en el presente pliego de condiciones. Todo documento de la licitación, y del contrato a que dé lugar, puede ser presentado por cualquiera de las partes de forma digital y/o electrónica. Asimismo, todos los documentos de la licitación, y del contrato a que dé lugar, que sean de cargo del oferente, deberán encontrarse firmados por la persona natural correspondiente, o bien por el o los representantes de la persona jurídica o UTP, según corresponda. La propuesta se compone de los antecedentes administrativos, de la oferta técnica y de la oferta económica, según se detalla en los siguientes puntos 4.1, 4.2 y 4.3. Para la presentación de las ofertas, los formularios definidos en los anexos del presente pliego de condiciones se encontrarán disponibles en formato word o excel, según corresponda, en el portal Mercado Público. Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una oferta para esta licitación implica que el respectivo oferente ha analizado las bases administrativas y técnicas, y respuestas a las preguntas de la licitación si las hubiere, con anterioridad a la presentación de su oferta y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reservas ni condiciones a toda la documentación referida. Cuando haya indisponibilidad técnica del portal, circunstancia que deberá ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas, los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del portal. 4.1 Antecedentes Administrativos. N° Descripción Según formato 1 Identificación del oferente Anexo N°1-A (persona jurídica) Anexo N°1-B (persona natural) 2 Declaración jurada simple Anexo N°2-A (persona jurídica) Anexo N°2-B (persona natural) 3 Declaración jurada simple Anexo N° 3 No podrán adjudicarse ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo Oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley. El oferente deberá acompañar en sus antecedentes administrativos el o los documentos que acrediten su personaría. Nota: En el caso de una Unión Temporal de Proveedores, se deberá establecer en el documento que formaliza la unión, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas las obligaciones que se generen con la Entidad y el nombramiento de un representante o apoderado común con poderes suficientes. En las adquisiciones inferiores a 1.000 UTM, el representante de la Unión Temporal de Proveedores deberá adjuntar al momento de ofertar, el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma; respecto a las adquisiciones mayores a 1.000 UTM éstas deberán adjuntar en forma previa a la suscripción del contrato, la escritura pública en la cual conste el acuerdo de constitución de la UTP. De igual forma, la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con lo demás términos previstos en el artículo 67 bis del reglamento. En todo caso deberá adjuntarse: a) Identificación del Oferente y de sus integrantes como UTP, b) declaración jurada simple de habilidad para participar, firmada por cada uno de los integrantes de la UTP, (ANEXO N° 9) c) fotocopia simple de la Cédula de Identidad del representante o apoderado común con poderes suficientes. 4.2 Oferta económica N° Descripción Según formato 1 Valor total general neto de la oferta, en pesos chilenos, por el Servicio de Impresión Digital de Folletos para la Prueba Piloto octubre 2022. Anexo N° 8 La oferta económica del oferente debe ser ingresada al portal, dentro del plazo de recepción de las ofertas, según cronograma de actividades. Aquellas ofertas económicas que superen el monto del presupuesto disponible contemplado para esta licitación serán declaradas inadmisibles y no continuarán el proceso de evaluación. Sin perjuicio de lo anterior, los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios adicionales, equipamiento general, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento de la prestación, sea este directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento de la prestación; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alzas del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento. La oferta económica deberá estar, además, exenta de toda promoción o descuento, o regalo o dádiva o beneficio de ninguna especie, ni condicionada o restringida en modo alguno. 4.3 Oferta Técnica N° Descripción Según formato 1 Descripción de los procedimientos de pre-prensa e impresión cada uno por separado. Planes de contingencia para pre-prensa e impresión por separado. Plan de aseguramiento de la confidencialidad y seguridad del material. Procesos de seguridad involucrados para la elaboración de los folletos. Plan de emergencia adecuado ante un corte eléctrico y suministro de agua potable. Anexo N° 5 Sección A 2 Descripción de las maquinarias a utilizar Anexo N° 6 3 Descripción de las medidas de seguridad por separado. Anexo N° 5 Sección B 4 Utilización de bolsas ecológicas o biodegradables Anexo N° 5 Sección “Bolsas a Utilizar” 5 Servicios Adicionales Anexo N° 5 Sección “Servicios Adicionales” La oferta técnica del oferente debe ser ingresada al portal, dentro del plazo de recepción de las ofertas, según cronograma de actividades. 4.4. Plazo de vigencia de las ofertas. Las ofertas mantendrán su vigencia por el plazo de ciento veinte (120) días corridos, contados desde la fecha de cierre de la licitación. 5. DE LA APERTURA DE LA OFERTAS. La apertura electrónica de las ofertas se efectuará el día señalado en el cronograma de actividades, en un solo acto, a través del portal. Si a la fecha y hora de cierre de recepción de ofertas, se han recibido dos o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en dos días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas por el artículo 25 del reglamento de la Ley N°19.886. 5.1 Errores u omisiones durante la evaluación. El DEMRE podrá solicitar a través del portal, en conformidad a lo establecido en el artículo 40 del reglamento de compras, que los oferentes salven errores u omisiones formales, otorgando para ello un plazo de dos días hábiles, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal. De igual forma el DEMRE podrá permitir la presentación a través del portal, en conformidad a lo establecido en el mismo artículo antes mencionado, de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, otorgando para ello un plazo de dos días hábiles, siempre y cuando dichas presentaciones no les confieran a estos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal. 6. DE LA EVALUACIÓN DE LA OFERTAS. El DEMRE evaluará los antecedentes que constituyen la oferta de los proveedores de acuerdo a los criterios de evaluación definidos en el presente pliego de condiciones. 6.1 Comisión evaluadora. La evaluación de las ofertas estará a cargo de una comisión evaluadora, que estará integrada por los siguientes funcionarios del DEMRE, o a quienes la Directora del DEMRE designe en su remplazo: Jefa Área de Gestión Institucional Jefa del Área de Procesos y Logística Jefe Unidad de Abastecimiento - Servicios Generales Los miembros de la Comisión designada serán considerados sujetos pasivos de lobby para efectos de la Ley N° 20.730, de 2014, hasta la fecha de adjudicación del proceso licitatorio. Los miembros de la Comisión Evaluadora declararán la ausencia de conflicto de intereses, conforme a lo señalado en el artículo 37 inciso tercero del Reglamento de la Ley N° 19.886. En el evento que alguno de sus miembros tenga algún tipo de conflicto de interés respecto de uno o más oferentes, deberá manifestarlo y abstenerse de participar en el proceso de evaluación, siendo reemplazado de acuerdo a lo señalado anteriormente. 6.2 Criterios de evaluación. El proceso de evaluación contempla la evaluación de las ofertas, debiendo cada uno de los componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de lo cual se le asignará el puntaje que corresponda. La suma de los puntajes asignados a los componentes corresponderá al puntaje final de la oferta. En las operaciones aritméticas que se efectúen durante la evaluación de las ofertas, se utilizarán dos decimales. En la tabla siguiente se detallan los puntajes máximos respecto de cada componente: Componentes Puntaje máximo Oferta económica 45 Oferta técnica 50 Cumplimiento de los requisitos formales de la oferta 3 Contratación de personas en situación de discapacidad 2 6.3 Evaluación de la oferta económica En siguiente cuadro se detalla el criterio para la evaluación económica y la asignación de puntajes en este criterio: Criterios Asignación de puntaje Medio de verificación Evaluación del precio ofertado por la totalidad del servicio: corresponde al valor total neto del servicio de impresión Para evaluar la oferta económica se utilizará el método de la oferta menor precio. Lo anterior se expresa en la siguiente fórmula: (Menor precio ofertado / precio de la oferta evaluada) x 45 = Puntaje de la oferta. Información contenida en el Anexo N° 8. Las ofertas no traigan adjunto el anexo N°8 completo, quedarán automáticamente fuera de competencia. Aquellas ofertas económicas que superen el monto del presupuesto disponible contemplado para esta licitación serán declaradas inadmisibles y no continuarán el proceso de evaluación. 6.4 Evaluación de la oferta técnica. La evaluación de las ofertas técnicas estará compuesta por los criterios que se señalan a continuación, los que podrán recibir el puntaje máximo que para cada caso se indica: Criterios Puntaje máximo Descripción de los procedimientos de pre-prensa e impresión cada uno por separado. Planes de contingencia para pre-prensa e impresión por separado. Plan de aseguramiento de la confidencialidad y seguridad del material. Procesos de seguridad involucrados para la elaboración de los folletos. Plan de emergencia ante un corte eléctrico y suministro de agua potable. 25 Descripción de las maquinarias a utilizar. 10 Descripción de las medidas de seguridad por separado. 8 Utilización de bolsas ecológicas o biodegradables. 4 Servicios adicionales. 3 6.4.1 Mecanismo de asignación de puntajes. En el siguiente cuadro se detallan los criterios para la evaluación de la oferta técnica, y la asignación de puntajes para cada uno de esos criterios: Criterio Asignación de Puntajes Medio de verificación a. Descripción de los procedimientos de pre-prensa e impresión cada uno por separado. b. Planes de contingencia para pre-prensa e impresión por separado. c. Plan de aseguramiento de la confidencialidad y seguridad del material. d. Procesos de seguridad involucrados para la elaboración de los folletos. e. Plan de emergencia adecuado ante un corte eléctrico y suministro de agua potable. Presenta descripción completa por separado por cada uno de los procedimientos de los puntos a, b, c, d, e: 25 puntos. Presenta descripción parcial o incompleta por separado de los procedimientos falta alguno de puntos a, b, c, d, e: 10 puntos. No presenta descripción de los procedimientos: 0 punto Información contenida en el Anexo N° 5 Sección A Descripción de las maquinarias a utilizar: Este subcriterio se evaluará considerando la descripción de los equipos (maquinarias) con que cuenta la imprenta señalando marca, modelo, año de fabricación, utilidad y capacidad productiva. Se debe realizar un listado de las máquinas digitales, cosedoras y embolsadoras a utilizar y otro con las máquinas que se podrían utilizar como soporte en caso de una falla. Presenta descripción completa de la totalidad de los equipos a utilizar más los de soporte en caso de falla. 10 puntos. Presenta descripción completa la totalidad de los equipos pero no de las posibles máquinas de soporte. 5 puntos. No presenta descripción completa de alguno de los equipos a utilizar. 0 punto. Información contenida en el Anexo N°6. Descripción de las medidas de seguridad por separado: Este subcriterio se evaluará considerando la presentación y descripción por separado de medidas de seguridad para los siguientes procesos: a. Para la pre-prensa consignar los equipos fuera de una red computacional y el borrado de archivos al término de este proceso. b. Para el proceso de impresión consignar el proceso del borrado de archivos y el acopio de los desechos, con acceso restringido solo para personal DEMRE. c. Para el terminado de los folletos debe consignar la contabilización de folletos al interior de sus cajas en todas sus etapas para asegurar que el material a trasladar sea el correcto y el acopio correcto de los desechos y materiales sobrantes de estas etapas. d. Para los traslados internos de material deben realizarse identificando de un color distinto cada tipo de prueba a trasladar. e. Para el bodegaje debe considerar una bodega cuyo cubicaje debe almacenar todo el material a imprimir en las fechas estipuladas. f. Para la carga del camión debe considerar el empaquetado de los pallets con film plástico tipo Alusa con un color distinto para cada prueba o Forma; además se debe asegurar que el pallet no se desarmara durante el viaje. Presenta la totalidad de las medidas de seguridad de los puntos a, b, c, d, e y f incluidos en subcriterio “Descripción de las medidas de seguridad” 8 puntos. Presenta la totalidad de las medidas de seguridad de los puntos a, b, c, d y e pero no los del punto f incluidos en subcriterio “Descripción de las medidas de seguridad”: 4 puntos. No presenta alguna de las medidas de seguridad de los puntos a, b, c, d y e incluidos en subcriterio “Descripción de las medidas de seguridad”: 0 punto. Información contenida en Anexo N° 5 Sección B Utilización de bolsas ecológicas o biodegradables: Este subcriterio se evaluará considerando el tipo de bolsa a utilizar en el proceso de embolsado, otorgando puntajes preferenciales a la utilización de bolsas biodegradables y ecológicas. Considera utilización de bolsas biodegradables transparentes en el proceso de embolsado: 4 puntos Información contenida en Anexo N° 5 Sección “Bolsas a Utilizar” Considera utilización de otro tipo de bolsas ecológicas transparentes en el proceso de embolsado: 3 puntos Considera utilización de bolsas transparentes no ecológicas ni biodegradables en el proceso de embolsado: 2 puntos No entrega información sobre el tipo de bolsas a utilizar durante el proceso de embolsado: 0 Punto Servicios adicionales: Este subcriterio se evaluará considerando cualquier servicio adicional dentro del servicio de impresión de folletos que el oferente ofrezca. Se deberá entender como “Servicio adicional” todo servicio que no se encuentre solicitado en las Bases Administrativas ni en las Bases Técnicas. Considera la presentación de servicios adicionales: 3 puntos Información contenida en Anexo N° 5 Sección “Servicios Adicionales” No considera la presentación de servicios adicionales: 0 puntos *Para los efectos de la presente licitación, siempre que se solicite que la documentación debe ser presentada de forma separada, debe entenderse por tal un documento por cada procedimiento o descripción solicitada. NOTA: El oferente podrá agregar servicios adicionales a su oferta para mejorar la confidencialidad, seguridad del material y productividad, tales como: - Sistemas tecnológicos complementarios de control de acceso. - Cámaras adicionales a las solicitadas como obligatorias en las bases técnicas y que sean de utilidad a asegurar la confidencialidad del proceso. - Maquinaria que asegure una producción con la menor cantidad de procedimientos y que impliquen una disminución de intervención de personal. 6.5 Evaluación Requisitos Formales Este criterio está orientado al cumplimiento de lo establecido en las presentes Bases, en cuanto a la presentación de los antecedentes y certificaciones requeridas por el DEMRE. 6.5.1 Mecanismo de asignación de puntajes. En el siguiente cuadro se detallan los criterios para la evaluación de los Requisitos Formales y la asignación de puntajes: Criterio Asignación de Puntajes Medio de verificación Requisitos Formales Presenta los antecedentes o certificaciones requeridos por el DEMRE dentro del plazo de recepción de ofertas: 3 puntos Información contenida en la oferta Presenta antecedentes o certificaciones requeridos por el DEMRE posteriores a la fecha de recepción de ofertas con ocasión de haberse efectuado un reparo a través del Portal, habiéndose subsanado en el plazo concedido para tal efecto: 1.5 puntos No presenta antecedentes o certificaciones requeridas por el DEMRE posteriores a la fecha de recepción de ofertas, con ocasión de haberse efectuado un reparo a través del Portal.: 0 puntos En todo caso, ninguno de los antecedentes o certificaciones solicitados por el DEMRE podrá versar sobre elementos evaluables en la oferta técnica, económica o condiciones laborales de los trabajadores, sino únicamente sobre antecedentes administrativos. 6.6 Contratación de personas en situación de discapacidad. Este criterio se evaluará considerando la información entregada por el oferente en el Anexo N°7 respecto de la contratación de personas en situación de discapacidad. 6.6.1 Mecanismo de asignación de puntajes. En el siguiente cuadro se detallan los criterios para la contratación de personas en situación de discapacidad y la asignación de puntajes: Criterio Asignación de Puntajes Medio de verificación Contratación de personas en situación de discapacidad Presenta la totalidad de los documentos y antecedentes requeridos por el DEMRE relacionada con la contratación de personas en situación de discapacidad: 2 puntos Información contenida en el Anexo N°7 No presenta la totalidad de los documentos y antecedentes requeridos por el DEMRE relacionada con la contratación de personas en situación de discapacidad: 0 puntos Para efectos de acreditar la contratación de personas en situación de discapacidad, se requerirá acompañar los siguientes documentos: 1. La copia del contrato de trabajo o prestación de servicios suscritos directamente entre el oferente y el trabajador (vigente al momento de la oferta) según corresponda, de duración no inferior a seis meses. 2. Documento que acredite la inscripción del trabajador en el Registro Nacional de la Discapacidad, dictamen o certificación de la COMPIN. 3. Tratándose de contratos de duración indefinida, para acreditar su vigencia, deberá acompañarse además de los documentos previamente señalados, copia de planilla de pago de cotizaciones previsionales de cualquiera de los tres meses inmediatamente anteriores al del llamado a licitación, donde conste el nombre del trabajador y su pago; o bien, un certificado extendido por las instituciones que corresponda (previsionales) donde se acredite fehacientemente lo anterior. NOTA: En cumplimiento de la Ley N° 19.628, los datos personales de los trabajadores en situación de discapacidad solo pueden ser enviados con autorización del trabajador titular de los datos. Estos datos solo serán utilizados para la evaluación de la presente licitación. 7. INFORME DE LA COMISIÓN EVALUADORA. La comisión evaluadora emitirá un informe, en el que se contendrá un resumen del proceso de licitación, con todos sus participantes y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes en la oportunidad establecida en el cronograma de actividades. En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate: a) Mayor puntaje de la oferta económica. b) Mayor puntaje de la oferta técnica. c) Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta. El Informe de la comisión evaluadora culminará con una recomendación para la autoridad encargada de adoptar la decisión. 8. DE LA ADJUDICACIÓN. El DEMRE adjudicará la oferta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus respectivos puntajes y ponderaciones establecidos en este pliego de condiciones, mediante un acto administrativo en el que se especificarán los criterios de evaluación aplicados. Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte del DEMRE que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, el DEMRE podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento, adjudicar la presente licitación a través de una resolución fundada a esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. La presente licitación será adjudicada a un solo proveedor. 9. INADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS Y DECLARACIÓN DE DESIERTA DE LA LICITACIÓN. El DEMRE declarará inadmisibles las ofertas cuando estas no cumplieren los requisitos establecidos en las bases, o bien no adjunten alguno de los anexos 5, 6 u 8. Conforme a lo anterior serán estimadas como causales de inadmisibilidad, exclusión o eliminación de las propuestas las siguientes: 1. Que el proponente se encuentre afectado por alguna de las prohibiciones o limitaciones establecidas en el numeral 3 de las presentes Bases. 2. Que la propuesta no haya sido entregada conforme a lo exigido en el numeral 4 de las presentes Bases. 3. Si el producto ofertado no cumple con todos los requisitos técnicos exigidos en el apartado II Bases Técnicas. 4. Si la oferta económica presenta inconsistencias entre lo ofertado en el Sistema de Información y lo informado por el proponente en el respectivo anexo de oferta económica. 5. Si la oferta económica excede el presupuesto máximo informado en el numeral 3º de estas Bases 10. FACULTAD DE READJUDICAR. El DEMRE podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a) Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario. b) Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. c) Si el adjudicatario se desiste de su oferta. d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886, en virtud de la ley N° 20.393 o del DL N° 211 de 1973, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición. 11. CONTRATO. Una vez adjudicada la mejor propuesta, el adjudicatario deberá suscribir el contrato dentro del plazo establecido para tales efectos en el cronograma de actividades. Para la firma del contrato, el adjudicatario que sea persona natural deberá acompañar una copia de su cédula de identidad; el adjudicatario que sea persona jurídica, deberá acompañar una copia de su escritura de constitución y de sus modificaciones, un certificado de vigencia de la persona jurídica y de los poderes de su(s) representante(s), emitidos con una antelación no superior a seis meses y una copia de la cédula de identidad de su(s) representante(s). Si se trata de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el registro de comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a seis meses. Se deberán presentar todos aquellos documentos que no se encuentren disponibles en la plataforma del Mercado Público en el caso de los oferentes inscritos En todo caso, el adjudicatario no deberá acompañar los documentos especificados en el párrafo anterior si ellos u otros similares se encuentren disponibles en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (www.chileproveedores.cl). En el evento que el contrato no se firme en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario, se desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886, en virtud de la ley N° 20.393 o del DL N° 211 de 1973, el DEMRE podrá readjudicar la licitación al oferente que le siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, o a declarar desierta la licitación. 12. CONDICIONES BÁSICAS DEL CONTRATO. El contrato a suscribirse contendrá las condiciones básicas que se indican a continuación: Domicilio de las partes Comuna de Ñuñoa Cesión de Derechos No se permite a excepción de los casos expresamente establecidos en la legislación nacional. Subcontratación Se permite en los términos del artículo 76 del reglamento, y previa autorización mediante del DEMRE, y no podrán, en su conjunto, exceder el 40% (cuarenta por ciento) del monto total adjudicado. Vigencia del contrato Desde la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato. Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, las obligaciones de esta contratación podrán prestarse con anterioridad a la total tramitación de la resolución que aprueba el contrato, no obstante que su pago está condicionado a la total tramitación de está. Lo anterior en concordancia a lo dictaminado por la Contraloría General de la Republica en su dictamen N° 14.362, de fecha 2 de abril de 2008. Duración del contrato El contrato comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución aprobatoria del mismo y su vigencia se extenderá hasta el día 30 de septiembre de 2022. Documentos integrantes del contrato Se considerará como parte integrante del contrato las bases administrativas y técnicas, anexos; así como las aclaraciones y modificaciones a las bases; las preguntas y respuestas del período de consultas; la oferta técnica y económica. Solución de controversia y legislación aplicable El contrato se regirá por las leyes chilenas y en el caso de existir desacuerdos que no puedan ser solucionados entre las partes, serán sometidos al conocimiento de los tribunales ordinarios de justicia. Precio y forma de pago El precio total del contrato será el ofertado por el proveedor adjudicado en su oferta económica, como valor total neto, más I.V.A. El monto adjudicado se deberá pagar en una cuota, una vez finalizada la totalidad del servicio. Los documentos de cobro deberán extenderse a nombre de UNIVERSIDAD DE CHILE, domiciliado en José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa, debiendo entregarse en dicha locación para su recepción y visto bueno por parte de la contraparte técnica del DEMRE. Para los efectos del pago, el proveedor presentará en las dependencias del DEMRE, la siguiente documentación: 1. La factura correspondiente al monto total a pagar deberá indicar, además de las menciones tributarias, el número de la correspondiente orden de compra, si corresponde. 2. Certificado que acredite el pago de las obligaciones previsionales y laborales, si el Proveedor es persona jurídica. El pago se efectuará dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la entrega de la documentación señalada, a entera satisfacción del servicio que se desprende de la presente licitación. Se verificará previamente el cumplimiento de la totalidad de los servicios contratados, lo que se constatará mediante el documento “Ficha de Cumplimiento Íntegro y Oportuno de Contrato” emitido por el jefe de la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales. En todo caso no se efectuará pago alguno mientras no se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo aprobatorio del respectivo contrato. En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir los documentos pertinentes para cursar los pagos que genere la ejecución contractual. 12.1 Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato El adjudicatario deberá entregar, al momento de la firma del contrato, una garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, que tendrá el carácter de irrevocable y podrá consistir en cualquier instrumento que asegure su cobro de manera rápida y efectiva, con las siguientes características: Beneficiario Universidad de Chile RUT. 60.910.000-1 Pagadera A la vista Vigencia mínima Debe exceder en 90 días hábiles al plazo de duración del contrato. Expresada en En pesos chilenos Monto 10 % del monto total del contrato Glosa (exigible respecto de los instrumentos que admitan su incorporación) “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato del proceso (ID proceso)” Forma y oportunidad de su restitución A la fecha de su vencimiento, y una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción del DEMRE Se hace presente que esta garantía, además, caucionará el cumplimiento de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores del contratista, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 11 de la ley de compras públicas. En caso de aumento de plazo del contrato, el contratista deberá extender el tiempo de vigencia de la garantía con el objeto de asegurar el cumplimiento de la vigencia mínima establecida en este numeral. La extensión de la vigencia de la garantía deberá presentarse en el DEMRE con anticipación al vencimiento del plazo original. La garantía de fiel y oportuno cumplimiento podrá cobrarse cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en el presente pliego de condiciones. 13. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA. Sin perjuicio de las obligaciones que derivan de la naturaleza de la contratación, el proveedor tendrá las siguientes obligaciones: a) No podrá hacer por iniciativa propia cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en el presente pliego de condiciones. b) Asumir la responsabilidad en cuanto a la buena ejecución del contrato. c) Ejecutar el servicio adjudicado con estricta sujeción a lo estipulado en el contrato y en las presentes bases, bases técnicas, aclaraciones y otros antecedentes entregados. d) Dar fiel cumplimiento a las normas legales vigentes en materias de accidentes del trabajo, prevención de riesgos y sanitarias, como asimismo a las directrices que establezca la contraparte técnica. e) Es responsable de todo accidente o daño que durante la vigencia de la contratación le pudiera ocurrir al personal o a las dependencias del DEMRE, que sean imputables al proveedor. f) De igual modo, el proveedor será responsable de cumplir las obligaciones que le corresponden como empleador, en aspectos de remuneraciones, previsión, seguridad social, alimentación, etc. g) Cuidar los bienes, materiales, equipos e instalaciones de su propiedad. En consecuencia, no tendrá derecho alguno a indemnización de ninguna especie por perdida, destrucción, deterioro, desgaste producidos por robo, uso, mal uso u otra razón, incluyendo la fuerza mayor y caso fortuito. 13.1 Confidencialidad El proveedor estará obligado a que toda información que el DEMRE le entregue con motivo de la prestación tenga el carácter de confidencial, cualquiera sea la forma o formato a través del cual se exprese dicha información. El proveedor solo utilizará la información confidencial con el fin de cumplir los objetivos de la prestación y no divulgará, publicará ni permitirá la publicación de todo o parte de esta información. En el caso de que por una orden judicial o de autoridad competente, el proveedor se viere obligada a divulgar todo o parte de la información confidencial, deberá notificar previamente y de inmediato de esta circunstancia al DEMRE. 13.2 Comportamiento ético del proveedor El proveedor que preste los servicios deberá observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Tales estándares de probidad deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el Título III de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado. 13.3 Responsabilidad del proveedor El proveedor será responsable de todos los daños o perjuicios derivados de la mala calidad o calidad insuficiente de los bienes o servicios que se suministran, y de cualquier acción u omisión de las obligaciones y condiciones establecidas en estas Bases y en el contrato. La responsabilidad se determinará al concluir una investigación interna que el DEMRE efectuará para tales efectos. El proveedor será responsable de cumplir con los plazos acordados en el contrato. El proveedor se obliga a cumplir con las exigencias previstas en estas Bases como asimismo en el contrato, y especialmente asume las siguientes obligaciones: a) Aceptar todas las exigencias que establezca el DEMRE, en funciones de estas Bases y del contrato respectivo, incluidas las multas allí señaladas, referidas a entregas fuera de los plazos estipulados y otras. b) Iniciar y concluir la prestación de servicios adjudicados en las fechas indicadas. El no cumplimiento será causal de multa. c) Designar a un responsable con nivel gerencial, el cual poseer las atribuciones para tomar decisiones y realizar eventuales cambios sin necesidad de consultas a niveles superiores que pudieran generar demoras o retrasos en los trabajos. En los tiempos de descanso o ausencia, deberá existir un subrogante para dicha función. d) La pre-prensa se realizará según calendario y debe ser ejecutada de acuerdo con los requerimientos que entregue el DEMRE. Una pre-prensa mal ejecutada por parte del proveedor, y que ocasione movimientos de personal extra los días posteriores a la imprenta para solucionar un problema, podrá ser considerado como causal de multa. A su vez, al momento de grabar los archivos en la pre-prensa, se deberá considerar su realización en más de una máquina digital, para poder dar continuidad a la labor en caso de que fallara una durante el proceso de producción, todo con el objetivo de no detener el desarrollo normal de la labor. e) El proveedor debe identificar a su personal asignado al trabajo con vestimenta de un mismo color, tales como poleras, chaquetas, etc., con el objeto de poder identificarlo fácilmente y no confundirlo con el resto de su personal. f) En caso de ser necesario, el Prevencionista de riesgos del DEMRE podrá visitar y realizar mediciones de ruido o cualquiera otra medida que estime pertinente, con el fin de resguardar a los funcionarios del DEMRE que cumplan funciones como relacionadas con el proceso de impresión como veedores del proceso u otras similares, pudiendo solicitar medidas correctivas si así lo considera necesario. g) Si la planta se ubica en un sector donde no circulen a lo menos tres recorridos de locomoción colectiva o esta se encuentre a más de 800 m de distancia de una parada de buses, el proveedor deberá disponer de medios de acercamientos hacia las paradas de buses o estaciones de metro tanto en la llegada a la planta y al término de la jornada laboral. En reunión posterior se regulará y acordará este servicio. h) Los trabajadores del proveedor (jefes, operarios, guardias, mecánicos, personal de aseo, externos que presten cualquier tipo de servicios, etc.) que participen en el servicio no deberán tener familiares hasta el segundo grado consanguíneo, que estén inscritos o se vayan a inscribir para la prueba de invierno proceso 2023 para lo cual deberán suscribir una declaración que deje constancia de este hecho. Los formularios para esta declaración los entregará el DEMRE antes del inicio de la primera impresión. El no envío oportuno de estos documentos antes de la primera impresión será causal de multa. i) Todos los trabajadores del proveedor que participen en el servicio deberán suscribir, previamente al comienzo de los trabajos, el compromiso de confidencialidad contenido en el anexo N°4. Además, los supervisores deberán usar un chaleco reflectante, chaleco tipo geólogo, etc. que permita diferenciarlos rápidamente del resto del personal de la planta. j) Durante los días de ejecución del servicio, las máquinas a utilizar serán de uso exclusivo para el trabajo DEMRE, a las que no se podrá ingresar con un nuevo trabajo hasta la revisión de las máquinas por parte de los veedores DEMRE. k) Permitir el ingreso de veedores del DEMRE, quienes estarán presentes durante todo el proceso de impresión, y proveerles servicios de desayuno, colación, once, cena o refrigerio de acuerdo al turno. Esto se deberá realizar en algún casino, restaurante, sala de colación u otro lugar similar, que cumpla debidamente con las condiciones para estos fines. Además, se les deberá habilitar una sala con llave, donde puedan dejar sus objetos personales. La omisión de esta medida será causal de multa. l) El calendario de ejecución de los folletos se deberá ajustar al siguiente horario: 1. Lunes a jueves de 8:30 a 17:30 hrs. 2. Viernes de 8:30 a 16:00 hrs. No obstante, deberá existir la flexibilidad necesaria para alargar aquellas jornadas que se extiendan más allá de lo considerado inicialmente, hasta finalizar los trabajos en su totalidad. Asimismo, por razones de buen desarrollo impresión, podrán establecerse en acuerdo con el proveedor una jornada diferente. m) Los veedores tienen por función resguardar los trabajos que realizan los funcionarios de la imprenta con el fin de velar por la confidencialidad, seguridad y el cuidado de la información que contienen los folletos. A su vez los veedores no supervisan y no toman determinaciones de los trabajos propios de la imprenta. Los veedores solo podrán responder consultas generales, pero en ningún caso hacer indicaciones de los trabajos y procesos propios de la imprenta. n) Proveer a los veedores del DEMRE, de protectores auditivos del tipo desechables. Estos deben ser entregados al jefe de dicho grupo cada vez que lo solicite. Además de proveer los artículos higiénicos y sanitarios necesarios en caso de pandemia o emergencia sanitaria. La omisión a esta medida podrá considerarse causal de multa. o) Para el acopio de la basura, se utilizarán bolsas transparentes. Si la basura es retirada durante el proceso de impresión, el DEMRE podrá solicitar la revisión de la basura antes que sea retirada si así lo requiriese. p) Al momento de iniciar los trabajos, el adjudicatario deberá entregar un protocolo o acta con la descripción detallada del plan de seguridad de la imprenta ante situaciones de emergencia. q) Provisión de una bodega, para uso exclusivo del DEMRE, que permita almacenar de modo seguro y con condiciones óptimas de almacenaje, el material al interior de la imprenta. Esta bodega deberá tener una cámara de seguridad frente a la puerta de acceso y otra cámara en su interior, de tal manera de poder tener una visión completa de los pallets con pruebas que se almacenen en su interior y también un control de acceso a dicha bodega. La llave de esta bodega la administrará un veedor del DEMRE, designado oportunamente. Esta bodega se utilizará como lugar de acopio durante la impresión o cuando las condiciones no permitan seguir imprimiendo o el material no se pueda trasladar hacia las instalaciones del DEMRE. La cubicación de la bodega debe soportar todo el material impreso. La omisión a esta medida podrá considerarse causal de multa. r) Las impresiones deben ser limpias, no deben existir puntos o cualquier otra marca que ensucie la página del folleto. Es responsabilidad del técnico evitar estos problemas, como también su re-impresión para subsanar el problema. El no cumplimiento podrá considerarse causal de multa. Personal del DEMRE podrá sugerir al prensista la revisión del material si se detectase alguna anomalía. s) Si se genera el rechazo de una partida completa impresa o una parte de ella por responsabilidad de la imprenta, adicional a la impresión de los folletos, la imprenta deberá imprimir las hojas de respuesta necesarias a costo de la imprenta en caso de que se vean incluidas (la manipulación de hojas de respuesta en folletos cerrados, desmejora la calidad de las mismas al minuto de realizar la lectura posterior). De la misma manera, si se detecta que las hojas de respuesta por un tema técnico, como por ejemplo la temperatura al momento del sellado, genera alguna deformación en la hoja de respuesta, la imprenta deberá restituirlas a su costo, debiendo el DEMRE visar esta producción, ya sea en la misma imprenta o en otra imprenta; lo anterior, debido a la alta calificación de estas hojas de respuestas. El no cumplimiento de esta exigencia puede ser causal de multa. t) Todo tránsito de bobinas, pliegos estirados o doblados que se deban trasladar en la planta, como por ejemplo hacia las cosedoras o hacia la bodega de acopio, deben ir en pallet ya sea con film plástico si son pliegos estirados o en su defecto ir enzunchados como “calugas” o enzunchado en paquetes más pequeños, asegurando que no habrá perdida de material mientras se genere un traslado. Además, los films a utilizar deberán ser de distintos colores (cuando se realiza el resguardo del material), de modo de diferenciar las distintas pruebas a imprimir en un mismo día. El no cumplimiento de esta medida puede ser causal de multa. u) Durante la ejecución del trabajo, un pallet solo puede contener los pliegos de ese mismo tiraje; no pueden existir dos pliegos diferentes montados en un mismo pallet. v) El pliego en su lomo deberá tener una marca llamada “taca” de 5 mm x 20 mm de color negro o blanco, en una ubicación distinta para cada tipo de pliego. Esta marca no puede quedar apegada a los extremos para evitar problemas de lectura en la cosedora. w) Si utiliza la cosedora deberá tener un sistema óptico de reconocimiento de la ubicación de cada “taca” en la estación donde serán cargados los pliegos; el objetivo de esto es que cuando se cargue un pliego que no corresponda, el lector óptico detenga la máquina. El no cumplimiento de estas indicaciones, puede ser objeto de multa. x) Se deberán instalar cámaras de seguridad en todos los accesos a la planta, lugares de carga de camiones y al interior de la planta. En el interior de la planta las cámaras deben cubrir todas las zonas donde se desarrollarán las distintas labores asociadas hasta el producto final, es decir máquinas, espacios comunes, pasillos, calles, patios, zonas de despacho, bodegas, etc. a modo de poder realizar el seguimiento del material. Las cámaras deben tener una resolución que permita identificar claramente rostros de personas y que permita ver los movimientos que realizan las personas. En la etapa de foliación debe existir una cámara de alta resolución que visualice el paso del pliego (ej. rotativa) o tapa del folleto cuando le es inyectada la tinta con el número asignado o si ya lo trae impreso. Como esta zona es altamente sensible en el proceso, deberá instalarse otra cámara de respaldo en caso de que falle la cámara principal en cada una, por ejemplo, de las cosedoras donde se desea foliar, direccionadas a distintos DVR. El no cumplimiento de estas indicaciones, podrá ser objeto de multa. El DEMRE puede solicitar nuevas cámaras en caso de que concluya que existen zonas vulnerables que resguardar. El sistema de cámaras deberá siempre respaldarse con las UPS (baterías de respaldo) que se requieran para otorgar la adecuada cobertura ante un corte de energía eléctrica. y) En caso de que se requiera revisar la grabación en ese instante por parte de los veedores del DEMRE, debe ser posible en la misma imprenta. Lo anterior, se realizará cada vez que se detecte la omisión de un folio. Esta cámara debe estar ubicada antes de cualquier mecanismo que pueda destruir el folleto. Los operadores de las cámaras de seguridad deberán estar capacitados para llevar a cabo esta operación. Al inicio de una jornada de trabajo, el supervisor del DEMRE podría solicitar ver las cámaras para asegurarse que se cumpla con lo ofertado en la licitación. Al término de cada jornada, el proveedor debe entregar al DEMRE, todas las grabaciones de las cámaras, ya sea en CD, discos duros externos, etc., o en cualquier método de almacenamiento que permita grabarlo luego en un PC. El modo de entrega de los archivos debe ser por sectores. La omisión a esta medida podrá ser considerada causal de multa. z) No podrán existir cámaras con un mismo nombre, aunque sean de mecanismos de grabación distintos. Se debe entregar junto a la documentación de esta licitación, un plano donde se indique la ubicación de las cámaras, marcando con línea achurada la cobertura de cada una de estas. El DEMRE podría solicitar la reubicación de alguna cámara. aa) La planta deberá contar con equipos electrógenos que permitan el buen funcionamiento de todas las máquinas ante un corte de suministro eléctrico, impidiendo de esta manera retrasos por este concepto. La omisión a esta medida será causal de multa. bb) La planta deberá contar con un suministro adicional de agua potable en caso de un corte, para el buen funcionamiento de la planta (máquinas) y de sus operarios (servicios higiénicos, casino, etc.). La omisión a esta medida podrá ser considerada causal de multa. cc) Personal de la imprenta NO estará autorizado para efectuar desplazamientos con folletos. En caso de ser necesario, solo un veedor del DEMRE podrá autorizar y supervisar dicho desplazamiento, acción que siempre deberá efectuarse acompañado de un veedor DEMRE, y exclusivamente en el sector de trabajos asignado a la faena productiva del DEMRE. dd) Si el DEMRE considera que la calidad de la impresión no es la adecuada o que no se están cumpliendo los estándares establecidos, podrá detener la impresión. ee) Si el proveedor considera que un rango de folletos ha salido defectuoso, deberá comunicarlo de forma inmediata al supervisor del turno DEMRE, quien adoptará las medidas necesarias para la refoliación de folletos. Posteriormente el supervisor deberá dejar esta información consignada en el libro de actas del DEMRE. ff) Todo el material sobrante y de desecho generado en cada proceso de impresión diaria deberá ser triturado dentro del mismo día por personal de la empresa, y siempre en el área de trabajo asignada exclusivamente al DEMRE, en una máquina destructora o trituradora de tipo industrial provista por la empresa adjudicada. No se podrá efectuar la labor de trituración en un área distinta de la asignada al DEMRE. Una vez triturado todo el material se procederá a su enfardado manual o en una máquina industrial y deberá ser depositado en un pallet, debidamente protegido con un film plástico tipo Alusa. El proceso completo deberá tener siempre cobertura de cámaras de seguridad. Finalmente, estos fardos paletizados (en pallets de madera) con el material resultante de este procedimiento, serán retirados por el proveedor que tiene DEMRE para estos fines; el proveedor deberá emitir una guía de traslado para su retiro. La empresa deberá proporcionar un pallet, denominado como “Pallet de Desechos”, en el cual se depositará todos aquellos materiales sobrantes del proceso, tales como papel excedente de la puesta en marcha de la imprenta, folletos sobrantes o dañados, etc. De igual forma, la empresa deberá proveer todos aquellos elementos que se requieran para efectuar un embalaje adecuado los pallets, tales como cajas de cartón, cintas de embalaje, etiquetas, zunchos, film para envolver tipo Alusa y cualquier otro elemento similar. gg) El proveedor deberá efectuar revisiones y conteos uno a uno de los folletos de cada caja a la salida de la cosedora y embolsadora; además procederá al pesaje de cada caja. El control final lo realizará el DEMRE. Si personal del DEMRE detectara la falta de uno o varios folletos y la revisión de las grabaciones determina que se trata de una omisión de folio, el evento podrá ser considerado causal de multa. hh) Deberá contar con personal de seguridad y vigilancia, el cual deberá estar presente durante toda la impresión. En los accesos deben controlar a toda persona que ingrese o salga de la zona de trabajo destinada al DEMRE. La omisión a esta medida será causal de multa. ii) En caso de pérdida de algún folleto se deberá seguir el protocolo previamente fijado por el DEMRE, que consiste en: 1. Se detendrá la producción de la planta. 2. Se prohíbe la salida de cualquier persona de la planta, esto incluye al personal externo que da servicios adicionales a la imprenta. 3. Se revisarán las grabaciones de las cámaras de seguridad del foliado para certificar si el folio fue impreso o no en un folleto. 4. Si la grabación demuestra que no se folió el folleto, se refoliará uno de repuesto y se continuará con la operación de la planta. 5. Si la operación demuestra que, si se folió el folleto, se revisarán las otras cámaras de apoyo para hacer seguimiento al folleto y el equipo de seguridad presente en la planta prohibirá el acceso a baños y se revisará a todo el personal que en ese momento se encuentre trabajando, a medida que vayan abandonando la zona de trabajo, incluyendo al personal externo que da servicios adicionales a la Imprenta. Para este evento el proveedor deberá contar con la cantidad de guardias suficientes para llevar a cabo esta parte del protocolo. 6. Se deberán revisar las zonas susceptibles de destrucción de un folleto, como puede ser en la etapa de dimensionamiento (cuchillos/guillotinado). 7. Se revisarán por parte del DEMRE todas las máquinas de la planta. Si es necesario se solicitará la abertura de puertas a accesos existentes en la o las máquinas de la planta. 8. Si lo anterior no da resultados positivos en la búsqueda, se solicitará a seguridad de la imprenta, en conjunto con un veedor del DEMRE que efectúe una revisión de los casilleros de los operarios de la planta. 9. Se revisarán en forma paralela al punto anterior, los baños de hombres y mujeres a los que accede el personal de la planta. Adicionalmente se revisarán todos los basureros de la planta, baños, oficinas o instalaciones aledañas y patios. 10. En el momento, el supervisor del DEMRE puede solicitar al jefe de planta y al jefe de seguridad alguna medida adicional, que no se encuentre contemplada en los puntos anteriores y que tenga como objetivo eliminar posibles fugas del folleto extraviado. 11. El supervisor de turno del DEMRE se comunicará con el jefe de la unidad de Logística y con la Dirección del DEMRE para notificar lo sucedido, quienes podrán, en atención a sus facultades, solicitar la presencia de alguna otra unidad de la Universidad de Chile en el lugar, así como también la presencia de Carabineros de Chile o de la Policía de Investigaciones. 14. ENCARGADO DEL CONTRATISTA. El proveedor adjudicado deberá nombrar a un encargado para la ejecución del mismo, que tendrá, a lo menos, las siguientes funciones: a) Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la ejecución del contrato. b) Coordinar las acciones que sean pertinentes para la operación y cumplimiento del contrato. Todo cambio relativo a esta designación, deberá ser informado al DEMRE por el representante legal, a más tardar dentro de las 24 horas siguientes de efectuado. 15. CONTRAPARTE TÉCNICA DEL DEMRE. La contraparte técnica del DEMRE será la Jefa del Área de Procesos y Logística, quien será designado oportunamente y realizará, a lo menos, las siguientes funciones: a) Supervisar, coordinar y fiscalizar el cumplimiento de los procedimientos establecidos en el presente pliego de condiciones. b) Fiscalizar que ejecución del servicio se ciña estrictamente a lo indicado en las bases técnicas y otros documentos complementarios. c) Velar por el correcto desarrollo de lo comprometido por el proveedor, informando a la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales en caso de incumplimiento para la aplicación de multas. d) Dar visto bueno y recepción conforme del producto, como asimismo dar tramitación a los pagos y a las multas. e) Las demás que le encomienden las presentes bases administrativas. 16. MULTAS. Cada vez que el contratista incurra en los incumplimientos definidos en el presente pliego de condiciones, el DEMRE podrá aplicar administrativamente multas, salvo que sea debido a casos de fuerza mayor o caso fortuito, los que deberán ser justificados por el contratista ante la contraparte técnica. 16.1. Procedimiento de aplicación. Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases sean constitutivos de multa, la contraparte técnica notificará esta circunstancia al contratista, indicando en forma precisa los hechos que se imputan. El adjudicatario dispondrá de un plazo de cinco días hábiles, contados desde la fecha de su notificación, para efectuar los descargos que estime pertinentes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y entregado en José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa, o mediante correo electrónico a cperales@uchile.cl. Una vez realizados los descargos por parte del adjudicatario, o en su defecto, una vez transcurrido el plazo de cinco días hábiles sin que el adjudicatario haya formulado descargos, la contraparte técnica informará esta situación a la Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales solicitando la aplicación de la multa, en caso de que ello sea procedente. La multa será aplicada mediante resolución, la que será notificada al adjudicatario en forma personal o mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en su oferta. La notificación que se efectúe mediante carta certificada, se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción en la oficina de correos correspondiente. El adjudicatario podrá interponer recurso de reposición en contra de la resolución que le aplique la multa, dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de su notificación, por escrito y entregado en José Pedro Alessandri 685, comuna de Ñuñoa o mediante correo electrónico a cperales@uchile.cl. El DEMRE resolverá la reposición presentada, acogiendo total o parcialmente los fundamentos dados por el adjudicatario, o bien, la rechazará confirmando la multa aplicada, sin perjuicio de los demás recursos que contempla la ley N° 19.880, que sean procedentes. 16.2 Causales y monto multas. Para los efectos de la aplicación de multas, la causal que puede originarlas es la(s) siguiente(s): Causal Categoría Multa aplicable expresadas en porcentajes del monto total de la contratación Multas por horas de atraso en los procesos, por repetición de pre-prensa y por omisión de folio detectado en control DEMRE: El incumplimiento del proveedor a los plazos establecidos en el contrato, o por la repetición de una pre-prensa el día de su impresión o por la omisión de un folios detectada en el control efectuado por personal DEMRE facultará al DEMRE para aplicar una multa equivalente al 0,5% del valor de la facturación (correspondiente a la Forma que se está imprimiendo), impuestos incluidos, por cada hora de atraso, hasta completar un máximo equivalente al 10% del valor total de este contrato, después de lo cual el DEMRE podrá poner término anticipado al contrato en forma inmediata. Las multas serán aplicables por atrasos del proveedor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del pago siguiente. Falta menos grave 0,5% del valor de la facturación de la forma que se está imprimiendo por evento. Multa por traslado de bobinas, calugas enzunchadas, pliegos estirados sin film o no enzunchados o sin colores de film distintos: El incumplimiento del proveedor por el traslado de pliegos desde la prensa plana o rotativa hacia las dobladoras o cosedoras sin film plástico o sin enzunchamiento o sin colores de film distintos cuando se imprima, facultará al DEMRE para aplicar una multa equivalente al 0,5% del valor de la facturación, (correspondiente a la forma que se está imprimiendo) impuestos incluidos, por cada vez que ocurra el evento, hasta completar un máximo equivalente al 10% del valor total de este contrato, después de lo cual el DEMRE podrá poner término anticipado al contrato en forma inmediata. Las multas serán aplicables por no aplicar la medida el proveedor en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del pago siguiente. Falta menos grave 0,5% del valor de la facturación de la forma que se está imprimiendo por evento. Multa por reposición de una partida y de hojas de respuesta: El incumplimiento del proveedor a reponer una partida de folletos por problemas técnicos y de sus hojas de respuesta (cuando ya se encuentra dentro de la bolsa o durante el proceso del embolsado) en caso de ser necesario, faculta al DEMRE para aplicar una multa equivalente al 0,5% del valor de la facturación (correspondiente a la forma que se está imprimiendo) impuestos incluidos, por cada evento, hasta completar un máximo equivalente al 10% del valor total de este contrato, después de lo cual el DEMRE podrá poner término anticipado al contrato en forma inmediata. Las multas serán aplicables en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del pago siguiente. Falta menos grave 0,5% del valor de la facturación de la forma que se está imprimiendo por evento. Otras situaciones: Cualquier situación no contemplada en los puntos anteriores, como asimismo en el cuerpo de estas Bases y especialmente por incumplimiento de las obligaciones previstas para el proveedor en el apartado de Bases Técnicas que condujere a un impedimento efectivo para la correcta ejecución de las obligaciones contratadas, facultará al DEMRE a aplicar una multa equivalente al 0,5% del valor de la facturación (correspondiente a la forma que se está imprimiendo) impuestos incluidos, hasta completar un máximo equivalente al 10% del valor total de este contrato, después de lo cual el DEMRE podrá poner término anticipado al contrato en forma inmediata. A modo meramente ilustrativo y ejemplar, y que no constituye una nómina taxativa, se puede señalar: no contar con guardias, carecer de cámaras de seguridad o que estas presenten fallas, no contar con cámaras de seguridad que registren el número de folio, no contar con grabaciones de seguridad, no contar con máquina trituradora, que un desperfecto en cualquier máquina supere las 2 horas de detención, no contar con transporte para enviar los folletos a destino, no contar con personal suficiente para ejecutar el trabajo, etc. Falta menos grave 0,5% del valor de la facturación de la forma que se está imprimiendo, por evento. Multa por error de compaginación, por falta de folletos y por páginas con marcas (no limpias): Se considerarán susceptibles de aplicación de multa tanto el caso de producirse y detectarse un error en la compaginación de los folletos, como también el caso de no imprimirse la cantidad suficientes de pliegos para conformar el folleto final. También se considerará susceptible para la aplicación de multa el hecho de que las páginas de un folleto vengan con marcas que no muestren una página limpia. Estas situaciones, consideradas separadamente, facultarán al DEMRE para aplicar una multa equivalente al 1% del valor de la facturación (correspondiente a la forma que se está imprimiendo) impuestos incluidos, por cada vez que ocurra el evento, hasta completar un máximo equivalente al 10% del valor total de este contrato, después de lo cual el DEMRE podrá poner término anticipado al contrato en forma inmediata. Las multas serán aplicables al proveedor, en cualquiera de las etapas de desarrollo del contrato y podrán descontarse del pago siguiente. Falta grave 1% del valor de la facturación de la forma que se está imprimiendo por evento. Multa por pérdida de folleto: En el caso de pérdida de uno o más folletos, el DEMRE procederá a realizar una investigación, al cabo de la cual se determinará la responsabilidad del proveedor en la pérdida, debiéndose aplicar una multa equivalente al 5% del valor total de este contrato, por cada evento, hasta completar un máximo equivalente al 10% del valor total de este contrato, después de lo cual el DEMRE podrá poner término anticipado al contrato en forma inmediata. Ante la ocurrencia del evento motivo de multa, la empresa adjudicada deberá efectuar, de forma paralela, la impresión de la prueba de emergencia correspondiente y de las hojas de respuesta respectivas, sin costo para el DEMRE. Falta gravísima 5% del valor del contrato por evento. Nota: Las multas se podrán aplicar por cada vez que se verifique una causal que individualmente considerada la haga procedente. En todo caso, las multas se aplicarán solamente hasta alcanzar en total, en forma acumulada, un 10% del valor total contratado. 16.3 Pago de las multas. El adjudicatario podrá pagar las multas directamente en Unidad de Abastecimiento y Servicios Generales del DEMRE, debiendo otorgársele recibo para tal efecto. En caso contrario, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con el plazo vigente para reclamar de ella, será descontado de la cuota siguiente a pagar por la prestación de servicios. Lo anterior es sin perjuicio de la facultad del DEMRE de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento. En caso de hacerse efectivo su cobro, el adjudicatario deberá entregar una nueva garantía, de igual monto y características, dentro de los 10 días siguientes al cobro de la anterior, con el propósito de asegurar la continuidad de la cobertura. 17. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN. El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, por las siguientes causas: a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes. b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. c) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e) Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, si fuese aplicable. Las modificaciones de la contratación podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones podrán afectar el precio del contrato en hasta un 30% de su valor total. Para efectos de terminar anticipadamente la contratación por la causal prevista en el literal b), se entenderán como incumplimientos graves aquellos que impidan o dificulten notoriamente la correcta y oportuna ejecución de la contratación, facultando al DEMRE para poner término anticipado al contrato. Se considerarán como tales, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica del DEMRE: 1) La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes. 2) El incumplimiento de lo establecido en el punto 13 de las bases administrativas. 3) Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 10% del valor del contrato. 4) Incumplimiento en el pago de las multas. En caso de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, previamente se efectuará el procedimiento establecido en el punto 16.1. Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda. Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que el DEMRE pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Documentos Técnicos
1.- LICITACIÓN PÚBLICA “SERVICIO DE IMPRESIÓN DIGITAL DE FOLLETOS PARA PRUEBA PILOTO OCTUBRE 2022” II.- BASES TÉCNICAS 1.- OBJETO El servicio requerido es la Impresión Digital calidad láser de Folletos para la Prueba Piloto del mes de octubre del año 2022, de acuerdo a las especificaciones y condiciones indicadas a continuación para cada uno de los ítems. 2.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS FOLLETO PARA LA PRUEBA PILOTO OCTUBRE 2022. • Papel Bond 24 blanco 75 grs. o equivalente • Dimensiones folleto cerrado: 21,5 x28 cm. (tamaño carta) • Páginas interiores impresas a 1/1 color, para las pruebas de Matemáticas, Historia y Ciencias Sociales y Ciencias (Biología, Física, Química y Técnico Profesional) • Páginas interiores impresas a 4/4 colores (CMYK), para la prueba de Comprensión Lectora • Cada cuartilla de la portada foliada e impresa a 2/1 colores (negro y un Pantone, para diferenciar cada materia) • Folio en la portada y al interior de cada página • Encuadernación lomo redondo con dos corchetes • Inserción en cada folleto de hoja de respuesta certificada que entrega DEMRE • Embolsado y sellado de cada folleto • El diseño de la etiqueta de la caja la entregará el DEMRE • Cada caja con 100 folletos • La caja debe tener las siguientes medidas: Alto = 29,5 cm Largo = 32,0 cm Ancho = 25,5 cm • El pallet podrá tener como máximo 90 cajas • Palletizado de las cajas de acuerdo a requerimientos de DEMRE (1,20 m x 1,00 m) • Entregar en oficinas del DEMRE o en lugar indicado por DEMRE • La totalidad del proceso se debe ajustar al Protocolo denominado “Plan de Ejecución” • Pre-prensa la semana anterior a la impresión, considerando un día por cada prueba, pudiendo realizarse alguna pre-prensa con fecha posterior de ser requerido por el DEMRE. La impresión, terminación y embolsado de los folletos se realizará en días hábiles (de lunes a viernes, pudiendo extenderse a los días sábados para terminar la ejecución de la tarea en los plazos definidos) en jornadas de 12 horas, debiendo terminar, con los vehículos de transporte cargados. Las fechas específicas de impresión y entrega, para cada prueba serán fijadas con el proveedor adjudicado en un calendario de impresión, respetando el rango y modalidad antes señalado. PANTON DE FOLLETOS PRUEBA PANTONE Competencia Lectora Rubine Red U Competencia Matemática 1 7848U Competencia Matemática 2 7848U Historia y Ciencias Sociales 310U Ciencias MC 7549U Ciencias 7549U El detalle de cantidades y otras especificaciones generales de los folletos a imprimir se contiene en el cuadro siguiente. Con respecto a la cantidad de páginas por folleto, se considerará una tolerancia con respecto a lo indicado en el cuadro. Esto se determinará finalmente en la etapa de Pre-prensa DEMRE. En caso de ser necesario se podrán solicitar folletos adiciones, por un valor de hasta el 30% del presupuesto disponible, de acuerdo a lo establecido en el numeral tres de las Bases Administrativas. PRUEBA PRE-PRENSA PAGINAS Competencia Matemática 1 y Competencia Matemática 2 De acuerdo a calendario a fijar 48 Historia De acuerdo a calendario a fijar 48 Ciencias y Ciencias MC De acuerdo a calendario a fijar 48 Competencia Lectora De acuerdo a calendario a fijar 48 (color) NOTA: La impresión se debe llevar a cabo entre el 1 de agosto y el 9 de septiembre del año 2022, Las fechas propuestas y/o acordadas podrán ser modificadas de acuerdo con las necesidades de la impresión. CANTIDADES POR FORMA TIPO FORMAS TOTAL POR FORMA TOTAL PRUEBA Competencia Lectora 12 1.025 12.300 C. Matemática 1 14 878 12.292 C. Matemática 2 14 753 10.542 Historia y Cs Sociales 14 804 11.256 Ciencia MC 5 1.028 5.140 Ciencias 21 856 17.976 PLAN DE EJECUCION Para el cumplimiento del servicio de impresión, la empresa adjudicada deberá ceñirse al siguiente plan de ejecución: 1º Cuando se coordine previo a la impresión digital calidad láser de pruebas, el DEMRE, a través de la Unidad de Construcción de Pruebas, entregará los archivos, en formato PDF o en alguna otra aplicación de diseño gráfico acordada previamente, en un pendrive o disco duro a la empresa adjudicada para que se realice el trabajo de pre-prensa. Existe la posibilidad, si se considerase necesario, de que se realicen reuniones previas, con el objeto de poder profundizar este tema. Para el cumplimiento de esta función el proveedor deberá proveer los siguientes elementos: • Una sala aislada, la cual debe poseer en su interior los siguientes implementos: • Un PC no conectado a internet. • Una mesa de trabajo con un mínimo de 4 sillas. • Una trituradora. • Una impresora. Una vez realizada la pre-prensa, se imprimirá un folleto que se denomina láser, el cual será leído por los funcionarios del DEMRE en dicha sala. Si existiesen correcciones que deban realizarse al láser, los funcionarios del DEMRE las realizarán en el archivo que solo ellos deberán manipular. Para ello contarán con un notebook en el cual realizarán las modificaciones, las que se grabarán en el pendrive o disco duro respectivo que se entregará nuevamente al operador de la pre-prensa, para realizar el proceso. Una vez que los funcionarios del DEMRE den el visto bueno al láser, el operador grabará los montajes respectivos en un medio digital (CD, disco duro, pendrive, etc.) que entregará a los funcionarios DEMRE y será utilizado posteriormente en la impresión. Estos montajes deberán realizarse para todas las máquinas digitales en las cuales se podrían imprimir los folletos. El medio digital, más el láser, serán llevados de vuelta al DEMRE por sus funcionarios, quienes lo entregarán al coordinador de la Unidad de Logística para su custodia. El grabado defectuoso del medio digital por parte de la Imprenta, podrá ser considerado causal de multa. El operador de pre-prensa, deberá borrar todos los archivos relacionados a la prueba, existentes en el PC y servidores de la Imprenta. El proveedor emitirá un acta con dos copias del borrado de los archivos desde el PC, el cual será firmado por un funcionario del DEMRE y por un supervisor de la pre-prensa del proveedor. 2º El día de la impresión los funcionarios designados por el DEMRE concurrirán a la imprenta de la empresa adjudicada con el medio digital para procesar los archivos a imprimir y el láser, labor que contará con el apoyo de los veedores DEMRE. El folleto no entrará en producción mientras los funcionarios del DEMRE no hayan otorgado expresamente su aprobación y autorización. La labor de análisis y revisión de folletos por parte del equipo de funcionarios del DEMRE, se realizará en una sala habilitada con mesa y sillas; este recinto podrá ser el mismo utilizado en el proceso de pre-prensa, siempre y cuando se encuentre cercano a la zona de producción, en caso contrario se habilitará uno nuevo que cumpla con esta condición. Una vez otorgado el visto bueno, el folleto inicial de la producción no podrá quedar, bajo ninguna circunstancia, en poder del jefe de Imprenta, razón por la cual su visado por parte de los funcionarios DEMRE será ingresado en el Libro de Novedades DEMRE, generándose un Manifiesto de dicha aceptación. El folleto de visado se denomina “folleto 0”. El “folleto 0”, junto al CD y el láser, quedarán en un sobre sellado en poder del supervisor de veedores del DEMRE. Una vez finalizada la impresión, el sobre con el “folleto 0”, el láser y el medio digital, son incorporados a una caja sellada, la cual será retirada posteriormente en las dependencias del DEMRE por el Coordinador de la Unidad de Logística, para entregarlo al jefe de la Unidad de Construcción de Pruebas mediante memorándum para su custodia. 3º Para cada etapa de impresión el adjudicatario deberá generar un porcentaje adicional de folletos, cuyo objetivo es la reposición inmediata de aquellos que se dañen o deban ser eliminados en cualquier parte del proceso. Esta emisión no se encuentra contemplada en el monto del contrato y el DEMRE, de común acuerdo con el adjudicatario, definirá el porcentaje a imprimir en cada caso. Todos los folletos sobrantes deberán quedar en poder del DEMRE. 4º Si durante un proceso de impresión se llegan a imprimir pliegos que involucren más de una Forma (tipo de prueba) distinta, el proveedor tomará las medidas del caso para que no se mezclen tanto en la bodega de acopio como, por ejemplo, cuando pasen a las cosedoras. Será responsabilidad del proveedor el material extraído desde la bodega de acopio hacía las cosedoras u otra máquina. 5° Al finalizar cada proceso de impresión, la empresa adjudicada deberá borrar desde todas máquinas los archivos que se utilizaron para la impresión digital. 6º En las dependencias de la imprenta del proveedor adjudicado existirá un pallet, que se denominará “Pallet con Material Inservible”, en el cual se depositará todo aquel material excedente del proceso como, por ejemplo, residuos de papel de la puesta en marcha de la imprenta, planchas, mantillas, folletos sobrantes o dañados, etc. El proveedor también deberá proveer la cantidad de pallets y otros materiales necesarios para el correcto embalaje del material, tales como cajas de cartón, cintas de embalaje, etiquetas, zunchos y film tipo Alusa de distinto color para envolver, según la Forma impresa. Asimismo, el proveedor deberá asignar personal suficiente para realizar estas labores. 7º El DEMRE dispondrá de veedores, si así lo requiriera, desde el proceso de elaboración de las planchas hasta la carga de los pallets en los camiones. Dichos veedores supervisarán que cada una de las etapas y procesos sean ejecutados correctamente y con estricto apego a lo requerido, evitando cualquier filtración del contenido de los folletos. Toda esta etapa se deberá desarrollar en un área exclusiva destinada a las actividades del DEMRE; no se permitirá la ejecución de ningún trabajo o proceso externo en dicha zona. Los veedores no asumirán trabajos propios de la imprenta como por ejemplo armado de pallet con material inservible, movimiento de pallet, armado de pallet con folletos, enzunchado de cajas, trituración, armado de fardos, etc. Además, se proveerá al DEMRE de elementos como máquinas dispensadoras de huincha de embalaje si fuese necesario; eventualmente se podrá, a requerimiento del DEMRE, realizar un control antes de cerrar la caja. 8° Las instalaciones de la Imprenta de la empresa adjudicada deberán contar con Sistema de Circuito Cerrado de TV, debiendo las cámaras de seguridad cubrir todos los lugares por donde transite el material de la prueba, incluyendo las siguientes áreas: a) Ingresos y salidas b) Áreas de trabajo en general al interior de la Imprenta c) Áreas de acopio y carga d) Áreas de calles, pasillos, etc. El DEMRE podrá solicitar, en cualquier etapa del proceso y cuando lo considere necesario, las grabaciones de estas cámaras, las que deberán ser entregadas en un DVD u otro medio equivalente al término del trabajo de cada semana. De igual forma podrá revisar la ubicación de los equipos y solicitar su reubicación de acuerdo a necesidades específicas, o bien solicitar la instalación de cámaras nuevas. 9º Se prohibirá el ingreso al personal de la empresa adjudicada, que participarán en las distintas etapas del proceso, con cualquiera de los siguientes artículos: a) Teléfonos móviles o cualquier dispositivo electrónico que cuente con conexión a internet móvil. b) Cámaras fotográficas. c) Lápices de cualquier tipo. (En caso necesario, el veedor DEMRE lo proporcionará). d) Grabadoras. e) Mp3 o mp4. f) Cualquier medio que permita hacer una copia visual o relatada del contenido de los folletos. g) Cualquier artículo que permita reproducir, guardar o almacenar información. 10º Los trabajadores del proveedor (jefes, operarios, guardias, mecánicos, personal de aseo, externos que presten cualquier tipo de servicios, etc.) que participen en el servicio no deberán tener familiares hasta el segundo grado, que estén inscritos o se vayan a inscribir en el Proceso de Admisión 2023, para lo cual deberán suscribir una declaración que deje constancia de este hecho. Los formularios para esta declaración los entregará el DEMRE antes del inicio de la primera impresión. 11º El personal de la empresa que ingresa al área mayor de la planta, pero que es parte del equipo autorizado a trabajar en la Prueba, deberá utilizar algún distintivo (polera, chaleco, pantalón, overol, etc.) que permita su identificación rápidamente. Ninguna persona que forme parte del personal de la empresa adjudicada podrá, en ningún momento del proceso, desplazarse SOLA con material de la impresión sean estos, pliegos, folletos, etc. Si fuera estrictamente necesario efectuar este desplazamiento, este se deberá efectuar obligatoriamente en compañía de un veedor DEMRE, o bien, este desplazamiento lo realizará un veedor DEMRE, si las condiciones lo permiten. 12º Cuando finalice la impresión los veedores DEMRE podrán inspeccionar las máquinas para acreditar que no queda material confidencial en ellas. 13º Para los folletos de 48 páginas o más, el ensamblaje máximo de los folletos debe ser de 2 o 3 pliegos de imprenta. 14º El pliego en su lomo deberá tener una marca llamada “taca” de 5 mm x 20 mm de color negro o blanco, en una ubicación distinta para cada tipo de pliego. Esta marca no puede quedar apegada a los extremos para evitar problemas de lectura en la cosedora. 15º En el caso que se use la cosedora deberá tener un sistema óptico de reconocimiento de la ubicación de cada “taca” en la estación donde serán cargados los pliegos; el objetivo de este requerimiento es que, cuando se cargue un pliego que no corresponda, el lector óptico detenga la máquina. Esta detención no deberá ser considerada como “mecánica” por el jefe de la máquina, quién no podrá dar continuidad al trabajo hasta no realizar una revisión exhaustiva de la detención verificando el tema de la taca. 16º En relación con el foliado del folleto, este deberá ser parte del proceso general, esto es, automatizado dentro de la línea de producción, o en el proceso de preparación del archivo para su impresión digital para no producir demoras; así mismo en este acto se deberán procesar los números de folios que deben ir en las páginas interiores del folleto. Los números de folios para los folletos, y su ubicación en él, serán entregados por el DEMRE. Los folletos a la salida de la foliadora o cosedora, deben ser revisados por un inspector de la imprenta que constate que el foliado se realizó de acuerdo a la información entregada por el DEMRE para estos efectos. Los folios cuentan con 6 dígitos, utilizando ceros a la izquierda en cada caso que corresponda. 17º A la salida de la cosedora, o bien de la etapa de ensamblaje, los folletos deberán ser revisados uno a uno por inspectores de la imprenta verificando que no falte folio alguno en la caja. No se permitirán revisiones rápidas. Además, cada caja deberá ser pesada para llevar un segundo control. 18º En relación con las hojas de respuesta, suministradas por el DEMRE, se deberá considerar su inserción automática, en una etapa de la línea de producción por definir, en la tapa trasera del folleto, es decir, deberá ser visible desde fuera. 19° Todo el material sobrante y de desecho generado en cada proceso de impresión diaria deberá ser triturado (tipo challa ilegible) dentro del mismo proceso, y siempre dentro de una de las áreas de trabajo asignadas exclusivamente al DEMRE, por un equipo de la empresa (mínimo 2 personas), en una máquina destructora o trituradora de tipo industrial, provista por la empresa adjudicada. No se podrá efectuar la labor de trituración en un área distinta de la asignada al DEMRE. Una vez triturado todo el material se procederá a su enfardado manual o en una máquina industrial, y deberá ser depositado en un pallet, debidamente protegido con un film plástico tipo Alusa. El proceso completo deberá tener siempre cobertura de cámaras de seguridad. Finalmente, estos fardos palletizados con el material resultante de este procedimiento, será retirado en fecha a informar por DEMRE, por el proveedor que se tiene para estos efectos. La imprenta generará ya sea una guía de despacho o una de traslado para retirar este material. La totalidad de este proceso será supervisado siempre por personal del DEMRE. 20º El proceso del embolsado y el respectivo sellado, deberá ser automatizado e incorporado en la línea de producción, de manera tal que no se produzcan demoras. El proveedor que ofrezca una bolsa plástica transparente ecológica (con logo) sobre una bolsa plástica transparente normal obtendrá un mayor puntaje al momento de la evaluación. Las bolsas que se utilicen por reposiciones deberán ser de las mismas características que las se utilizan en la inserción automática. Las bolsas no podrán ser con apertura pre- picada. 21º Si se detecta que las hojas de respuesta por un tema técnico, como por ejemplo la temperatura al momento del sellado, genera alguna deformación en la hoja de respuesta, la imprenta deberá restituirlas a su costo. 22º En el proceso de encaje final, los folletos deberán ser ubicados dentro de las cajas en forma vertical y no horizontal, siendo el folleto con el número de folio mayor el último en guardarse y el número de folio menor el primero. Esta norma deberá ser ejecutada rigurosamente por la empresa adjudicada. 23º El encaje final constituye la etapa más sensible del proceso, pues las cajas solo serán abiertas el día de la distribución final de los folletos. Por ello, los folletos deberán estar ordenados rigurosamente. Para verificar esta exigencia a la salida de la embolsadora existirán en las estaciones de encaje inspectores de calidad del proveedor quienes supervisarán y certificarán esta labor, resguardando asimismo que cada caja contenga todos y cada uno de los folletos con sus hojas de respuesta respectivas, controlando la correspondencia de los folios respectivos. Además, las cajas serán pesadas para llevar un segundo control. El DEMRE realizará el último control de las cajas. Si en esta instancia se detectara la falta de un folleto se procederá a iniciar el protocolo de salto de folio o indicio de pérdida de material detallado en la sección jj) del punto 13.3 Responsabilidad, de la presente Licitación. 24º Las etiquetas que contendrán la información e identificación de cada caja, deberán estar impresas con anterioridad y no podrán ser escritas in situ. La numeración y el diseño de cada etiqueta lo entregará el DEMRE. 25º Las cajas terminadas deben ser enzunchadas a lo largo y ancho, en máquinas enzunchadoras automáticas. 26º Los pallets deberán ser armados de manera que las cajas con los folletos de mayor folio queden en su base y las de menor folio en la parte superior. El diseño de la etiqueta que identifica cada pallet será entregado por DEMRE, y deberá ser adherida a éstos en los cuatro costados. Todos los pallets deberán ser protegidos, incluida su parte superior, por un film plástico para palletizado, tipo Alusa. Si en una jornada de trabajo se imprime más de una prueba, el film deberá ser de distinto color para cada pallet de su respectiva prueba. 27º Al finalizar cada una de las actividades de impresión al interior de la planta, los veedores del DEMRE procederán a revisar toda la basura y los desechos, incluso esparciéndolos en el piso si fuese necesario. Además, se revisarán las máquinas en todas sus partes, ya sean de superficie, internas y externas. Todas las bolsas de basura deben ser transparentes. 28º Los vehículos para el traslado deberán ser de carga lateral, del tipo ¾, para que puedan ingresar sin dificultades en las instalaciones del DEMRE. 29º La altura de los contenedores del DEMRE es 2,10 Mts., razón por la cual los pallets deberán ajustar sus dimensiones a esta medida. El siguiente Diagrama de Flujo contiene las etapas básicas del proceso; su cumplimiento será obligatorio para el Proveedor. 30° En caso de ser necesario, la empresa entregará a sus trabajadores y personal del DEMRE, los implementos de seguridad sanitaria para cumplir la labor (tales como mascarillas, alcohol en gel, desinfectantes, entre otros), como asimismo cumplirá las instrucciones de la autoridad sanitaria para realizar trabajos en grupo y las que le fueren aplicables.
 
Documentos Económicos
1.- 4.2 Oferta económica N° Descripción Según formato 1 Valor total general neto de la oferta, en pesos chilenos, por el Servicio de Impresión Digital de Folletos para la Prueba Piloto octubre 2022. Anexo N° 8 La oferta económica del oferente debe ser ingresada al portal, dentro del plazo de recepción de las ofertas, según cronograma de actividades. Aquellas ofertas económicas que superen el monto del presupuesto disponible contemplado para esta licitación serán declaradas inadmisibles y no continuarán el proceso de evaluación. Sin perjuicio de lo anterior, los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios adicionales, equipamiento general, permisos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento de la prestación, sea este directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento de la prestación; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alzas del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento. La oferta económica deberá estar, además, exenta de toda promoción o descuento, o regalo o dádiva o beneficio de ninguna especie, ni condicionada o restringida en modo alguno.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Descripción de las maquinarias a utilizar. Según el numeral 6.4 de las Bases Administrativas. 10%
2 Descripción de las medidas de seguridad por separa Según el numeral 6.4 de las Bases Administrativas. 8%
3 Contratación de Personas Discapacitadas Según el numeral 6.6 de las Bases Administrativas. 2%
4 Utilización de bolsas ecológicas o biodegradables. Según el numeral 6.4 de las Bases Administrativas. 4%
5 Precio Según el numeral 6.3 de las Bases Administrativas. 45%
6 Descripción de los procedimientos de pre-prensa e Según el numeral 6.4 de las Bases Administrativas. 25%
7 Servicios adicionales. Según el numeral 6.4 de las Bases Administrativas. 3%
8 Cumplimiento de los requisitos Según el numeral 6.5 de las Bases Administrativas. 3%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 40 Días
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: Lorena Silva
e-mail de responsable de pago: marisilva@uchile.cl
Nombre de responsable de contrato: Claudio Perales
e-mail de responsable de contrato: cperales@uchile.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-29783892-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Universidad de Chile RUT. 60.910.000-1
Fecha de vencimiento: 23-01-2023
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato del proceso (ID proceso)”
Forma y oportunidad de restitución: A la fecha de su vencimiento, y una vez verificado el cumplimiento de las obligaciones del contratista a satisfacción del DEMRE
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
10. FACULTAD DE READJUDICAR. El DEMRE podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación de acuerdo con el puntaje obtenido, en los siguientes casos: a Si el contrato no se firma en el plazo estipulado por causas atribuibles al adjudicatario. b Si el adjudicatario no entrega la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. c Si el adjudicatario se desiste de su oferta. d Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886, en virtud de la ley N° 20.393 o del DL N° 211 de 1973, o no proporciona los documentos que le sean requeridos para verificar dicha condición.
Resolución de Empates
En caso de producirse empates entre los oferentes que sean mejor evaluados se aplicarán, en forma sucesiva, las siguientes reglas de desempate:
a) Mayor puntaje de la oferta económica.
b) Mayor puntaje de la oferta técnica.
c) Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a aquel que primero haya ingresado su oferta en el portal, de acuerdo a la información que conste en los respectivos comprobantes de ingreso de oferta.
Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social
17. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN.
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la ley de compras, por las siguientes causas:
a) La resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
b) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, si fuese aplicable.
Las modificaciones de la contratación podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones podrán afectar el precio del contrato en hasta un 30% de su valor total.
Para efectos de terminar anticipadamente la contratación por la causal prevista en el literal b), se entenderán como incumplimientos graves aquellos que impidan o dificulten notoriamente la correcta y oportuna ejecución de la contratación, facultando al DEMRE para poner término anticipado al contrato. Se considerarán como tales, las siguientes acciones, que serán siempre certificadas por la contraparte técnica del DEMRE:
1) La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
2) El incumplimiento de lo establecido en el punto 13 de las bases administrativas.
3) Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 10% del valor del contrato.
4) Incumplimiento en el pago de las multas.
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En caso de aplicar la causal de término anticipado por incumplimiento grave, previamente se efectuará el procedimiento establecido en el punto 16.1.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, según corresponda.
Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que el DEMRE pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes
5.1 Errores u omisiones durante la evaluación.
El DEMRE podrá solicitar a través del portal, en conformidad a lo establecido en el artículo 40 del reglamento de compras, que los oferentes salven errores u omisiones formales, otorgando para ello un plazo de dos días hábiles, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a estos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal.
De igual forma el DEMRE podrá permitir la presentación a través del portal, en conformidad a lo establecido en el mismo artículo antes mencionado, de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, otorgando para ello un plazo de dos días hábiles, siempre y cuando dichas presentaciones no les confieran a estos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal.