Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
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Beneficiario:
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INSTITUTO DE SEGURIDAD LABORAL
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Fecha de vencimiento:
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30-04-2024
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Monto:
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5
%
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Descripción:
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Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, y una vez notificada la adjudicación del proceso, el adjudicatario deberá entregar una caución o garantía pagadera a la vista y tener el carácter de irrevocable, otorgada a través de vale a la vista, póliza de seguro, depósito a plazo o cualquier otra forma que asegure el pago de la garantía de manera rápida y efectiva, a nombre del Instituto de Seguridad Laboral, por un monto igual al 5% del monto total del contrato, cuya vigencia será igual a la del contrato más sesenta días hábiles y deberá contener la glosa: “GARANTIA DEL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CONTRATO DE SUMINISTRO PARA ATENCIÓN A PARTICIPANTES DE ACTIVIDADES CON CONVOCATORIA REGIONAL”.
La garantía podrá otorgarse mediante uno o varios instrumentos financieros de la misma naturaleza, que en conjunto representen el monto o porcentaje a caucionar y entregarse de forma física o electrónicamente en un plazo de 10 días hábiles. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Los documentos que no cumplan con los requisitos de la ley mencionada, deberán ser entregados de manera física en el Instituto de Seguridad Laboral del Biobío, ubicado en calle San Martín #742, Concepción. En el caso de adjuntar un Vale Vista, deberá ser entregado por el representante legal de la empresa.
El documento de garantía podrá hacerse efectiva administrativamente y sin forma de juicio, en caso que el adjudicatario no de integro, cabal y oportuno cumplimiento a sus obligaciones contractuales previsionales o remuneracionales para con sus trabajadores.
Con cargo a esta garantía también podrán hacerse efectivas las multas por incumplimiento grave de las obligaciones del contrato establecidas en el 10.5.1 de estas bases de licitación y asegurar, además, el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del adjudicatario, lo anterior conforme a lo establecido en el artículo 11 de la Ley N°19.886.
En caso que se aplique multa y ésta se haga efectiva en la garantía de fiel cumplimiento, el proveedor deberá reemplazar dicha garantía por una igual a la establecida en este contrato. Ejecutada la garantía, el Instituto descontará de la misma el monto de la multa y devolverá el saldo al Prestador solo una vez que éste entregue la garantía de reemplazo.
La garantía será devuelta al adjudicatario sesenta días después de cumplidas íntegramente sus obligaciones contractuales, debidamente certificadas por el administrador del contrato, conforme lo dispone el Art. N°11 de la Ley N°19.886.
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Glosa:
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“GARANTÍA DEL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO, CONTRATO DE SUMINISTRO PARA ATENCIÓN A PARTICIPANTES DE ACTIVIDADES CON CONVOCATORIA REGIONAL”.
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Forma y oportunidad de restitución:
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Si los instrumentos de garantía presentasen errores de forma, en el nombre de la propuesta, en el nombre del licitante, RUT, Glosa, monto o fecha de vigencia, el Instituto de Seguridad Laboral del Biobío podrá solicitar al adjudicatario un nuevo documento correctamente emitido, el cual deberá ser subsanado dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde que se informa el error a través de correo electrónico.
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