Como lo establece el Art. 40 del Reglamento de Compras Públicas, la comisión podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.
El plazo para que los oferentes realicen la corrección de estas omisiones, será de 48 HORAS contadas desde el requerimiento efectuado a través del Sistema.