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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del correo electrónico licitacionesplanificacion@cmds.cl.
La entidad licitante dispondrá del mismo tiempo indicado precedentemente para dar respuesta a dichas consultas.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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La entidad licitante tiene la facultad de permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Tratándose de certificaciones o antecedentes incompletos se entenderán como no presentados oportunamente y podrá aplicarse lo dispuesto en esta cláusula.
Para dichas presentaciones de certificaciones o antecedentes se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Inadmisibilidad de las ofertas y declaración de desierta de la licitación. |
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La entidad licitante declarará inadmisible las ofertas presentadas que no cumplan con los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en las presentes bases.
La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes.
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Subsanación de errores u omisiones formales. |
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Según lo indicado en el artículo 40 del Reglamento de la Ley 19.886, una vez realizada la apertura electrónica de las ofertas, la entidad licitante podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes, a través del Sistema de Información www.mercadopublico.cl.
Para dicha subsanación se otorgará un plazo fatal de 2 días hábiles, contados desde su comunicación al oferente por parte de la entidad licitante, la que se informará a través del Sistema de información www.mercadopublico.cl. La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes
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Suscripción del Contrato |
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El contrato será en la modalidad de Suma Alzada, sin reajustes y con estados de pagos mensuales, contra avance de obra. Los derechos y obligaciones que nacen con ocasión del desarrollo de la licitación serán intransferibles.
El plazo para suscribir el contrato será de quince (15) días hábiles, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación respectiva.
Si el oferente que resulte adjudicado no suscribe el contrato, en el plazo señalado en el punto anterior, su oferta quedará sin efecto, haciéndose efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta presentada a favor de la Corporación Municipal, pudiendo en ese caso, aceptarse la oferta de otro proponente o desestimarse la Licitación según los intereses de CMDS.
El contrato que se firme, deberá incorporar como parte integrante de él, los términos de las presentes Bases Administrativas, las Bases Técnicas y las Aclaraciones que hubiese emitido la CMDS y el contenido de la Oferta del oferente adjudicado.
Para todos los efectos de la aplicación del contrato, el oferente adjudicado tendrá su domicilio en la ciudad de Antofagasta, Región de Antofagasta.
Los gastos que se deriven del proceso de oficialización del contrato serán de cargo de la adjudicataria.
La vigencia del contrato y el plazo de ejecución, comenzarán a regir a partir de la fecha del acta de entrega de terreno.
Si el oferente que resulte adjudicado no suscribe el contrato, en el plazo señalado en el punto anterior, su oferta quedará sin efecto; pudiendo en ese caso, readjudicar al proponente que le sigue en puntaje, si lo hubiere, en caso contrario, podrá declarar Desierta la presente Licitación.
El respectivo contrato deberá suscribirse dentro de los siguientes 15 días hábiles a la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
Para suscribir el contrato el proveedor, deberá entregar en un plazo de 10 días hábiles, la garantía de fiel cumplimiento y documentos solicitados para suscripción del contrato.
Una vez firmado el contrato el oferente adjudicado tiene un plazo de 2 días hábiles para aceptar la orden de compra enviada a través de Mercado Público, contados desde la fecha de envío de ésta.
Para suscribir el contrato y/o aceptar la orden de compra contemplada en el artículo 63 del reglamento de la Ley de Compras, el adjudicado debe estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores, dentro de 5 días hábiles desde la notificación de adjudicación.
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Modificación del contrato |
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En virtud de lo establecido en la cláusula cuarta del convenio de Transferencia, si la modificación del contrato es necesario para aumentar los ítems o servicios contratados, este aumento de ser por motivos fundados, a través de acto administrativo, con autorización previa de la Secretaria Ministerial de educación y deberá contar con la debida autorización presupuestaria, si fuere procedente.
Podrá efectuarse modificaciones al contrato cuando exista acuerdo mutuo entre las partes, fundamentadas en informe escrito, siempre que ello no signifique afectar la igualdad de los oferentes. La modificación, si la hubiere, formará parte integrante de dicho contrato.
Con todo, según se establece en el artículo 77 del DS 250, las modificaciones al contrato no podrán superar el 30% del valor total del respectivo contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
Cualquiera modificación que se acuerde introducir, estará sujeta al mismo trámite de aprobación que el Contrato Original.
Las solicitudes de mayor plazo sólo podrán requerirse e ingresarse en la Oficina de Partes de la CMDS, hasta treinta(30) días corridos, antes de la fecha de término de cada etapa.
La CMDS se reserva el derecho de aceptar o rechazar este mayor plazo, lo cual será comunicado por escrito al oferente, indicando sus causas. La decisión de la CMDS no es apelable.
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Multas |
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El oferente adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos asociados a la entrega de los servicios por causas atribuibles al oferente, de conformidad con las presentes bases:
Las multas que procedan de acuerdo con lo establecido en las presentes bases, se cursarán administrativamente, sin forma de juicio, y se deducirán del estado de pagos o de la garantía de fiel cumplimiento del contrato si aquellas no fueren suficientes, o de cualquier monto pendiente de pago al oferente adjudicado, como las retenciones, cualquiera sea su naturaleza o causa, en ese orden de prelación. O en subsidio, mediante pago directo del oferente adjudicado a CMDS según decisión fundada por esta última y notificada al oferente adjudicado.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de que no se pague dentro de dicho plazo, se procederá al cobro a través de la o las garantías de fiel cumplimiento, haciéndose pagadera la multa solo respecto de aquella parte que cubre el valor de esta, debiéndose restituir la diferencia al adjudicado. En este último caso, en la medida que la garantía cobrada esté vigente, el oferente adjudicado deberá reponer la garantía por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza dentro de 15 días hábiles desde la notificación del cobro.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. La fecha de conversión será la del día de emisión del respectivo acto administrativo que origina el cobro de la multa.
Sin perjuicio de la aplicación de las multas dispuestas en los incisos anteriores, se podrá imponer al oferente adjudicado cualquiera otra de las sanciones establecidas en las bases y el contrato respectivo.
Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor
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Resolución de Empates |
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En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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