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Resolución de Empates |
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En caso que dos o más oferentes obtuviesen igual puntaje final como resultado de la evaluación practicada
por el evaluador, se procederá a realizar el desempate, conforme al siguiente orden de prelación:
a. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Prueba de conocimientos”.
b. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta técnica”.
c. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”.
d. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta administrativa”.
e. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al
orden de prelación de éstos, de acuerdo a su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta
técnica”.
f. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al
orden de prelación de éstos, de acuerdo a su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Entrevista
Personal”.
g. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al
orden de prelación de éstos, de acuerdo a su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta
económica”.
h. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al
orden de prelación de éstos, de acuerdo a su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta
administrativa”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la provisión de él o las adquisiciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y provisión de la o las adquisiciones que de ello se deriven.
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y la o las adquisiciones que de ellos se derivase.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la adjudicación o declaración de desierto del proceso licitatorio, dentro de los siete días corridos contados a partir de la publicación del respectivo acto administrativo en el Sistema de Información. Las consultas se deberán efectuar por medio de correo electrónico dirigido a jduque@minvu.cl la cual será respondida dentro del mismo lapso de tiempo y por el mismo medio.
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Contenido de la contratación |
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La contratación se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y su aceptación por parte del
adjudicatario, la cual dará inicio al plazo de entrega ofertado, el que deberá considerar el plazo disponible para
el inicio del curso y la previa coordinación con la Encargada de Capacitaciones.
El contrato se regirá por lo previsto en la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro
y prestación de servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio
de Hacienda y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica:
a. Bases administrativas, bases técnicas y las modificaciones a éstas, debidamente aprobadas por acto
administrativo.
b. Aclaraciones a las presentes Bases de Licitación entregadas por el SERVIU, de oficio o con motivo de
alguna consulta de los proveedores, y las respuestas a las preguntas de los proveedores publicadas en
el portal www.mercadopublico.cl.
c. Oferta del contratista y aclaraciones a la misma que hayan sido solicitadas por el SERVIU
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Pago |
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El SERVIU pagará en una cuota por la provisión del servicio, mediante transferencia o documento bancario,
dentro de los treinta días corridos siguientes a la presentación del correspondiente documento tributario,
emitido a nombre del SERVIU, previa visación de ésta y declaración de conformidad del servicio adquirido por
parte de la contraparte técnica del SERVIU y una vez finalizado el curso, se entregará lo siguiente:
Informe final de Capacitación.
Los certificados solo se entregarán si el participante aprueba la actividad. Los datos que deberán
incorporarse en el certificado son: nombre, rut, % de asistencia y nota final de cada uno de los
participantes.
Para lo anterior tendrá un plazo de 10 días hábiles como máximo.
Dicho documento tributario deberá ser emitido cuando la Orden de Compra en el portal se encuentre en
estado RECEPCION CONFORME, el Documento Tributario Electrónico de cobro en SII debiendo enviar el
archivo XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com, éste además deberá indicar correctamente en el
código 801 el N° ID de la Orden de Compra, en caso contrario será rechazada automáticamente dentro de los
8 días legales en el portal de SII.
Si ya emitió un DTE puede dentro de un transcurso de 72 horas ingresar a la plataforma de SII y enviar el XML
a la casilla correcta dipresrecpcion@custodium.com.
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Multas |
CAUSALES PARA LA APLICACIÓN DE UNA MULTA
El SERVIU estará facultado para supervisar, hacer seguimiento estricto y generar las acciones que sean
necesarias, de modo que cualquiera desviación que se produjera o se proyectara producir, detectadas con
motivo de las supervisiones que se hagan al desarrollo de las actividades y que afecten el buen cumplimiento
de propósitos ya establecidos y aceptados por las partes en las presentes bases, podrá intervenir y coordinar
con proveedor, de modo de solicitarle, que adopte las acciones correctivas necesarias e introduzca cambios
que orienten a subsanar las deficiencias e inducir dicha gestión al adecuado cumplimiento de los objetivos
preestablecidos.
La reiteración de esta conducta durante el desarrollo de la actividad, consideradas todas las actividades
individuales que la componen, dará derecho al SERVIU, a tomar las medidas que estime conveniente y a
sugerencia de la Contraparte Técnica del SERVIU, de poner término anticipado a la actividad y de común
acuerdo entre las partes, determinar el pago de lo que proporcionalmente haya avanzado el curso, asegurando
la disponibilidad de recursos financieros para concluir el programa de manera adecuada, a través de otro
proveedor que se obtendrá mediante un nuevo proceso de compras.
El SERVIU estará facultado para aplicar al contratista una multa en los casos, formas y plazos que a
continuación se indican, siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso
fortuito o fuerza mayor por la contraparte técnica del SERVIU.
a. En el caso que el relator presentado en oferta no sea el mismo que ejecute los servicios, sin aviso y
justificación del proveedor, se aplicará una multa equivalente al 3% sobre el monto total del contrato
especificado en la orden de compra del servicio que se esté generando el incumplimiento, sin
impuestos, por cada día que se produzca el evento, con un tope de siete días corridos.
b. En caso de que la pagina para acceder al curso no cuente con una clara cronología para realizar los
módulos y/o el material online no esté disponible, tales como videos, PPT, etc. dificultando la correcta
ejecución del curso y provocando una disminución del tiempo para que los participantes que lo
realizan, pudiendo afectar en su calificación, se aplicará una multa equivalente al 3% sobre el monto
total del contrato especificado en la orden de compra del servicio que se esté generando el
incumplimiento, sin impuestos, por cada día que se produzca el evento, con un tope de siete días
corridos.
c. En el caso que la metodología no sea la misma presentada en su oferta y que no se haya informado
con anticipación, se aplicará una multa del 2% del monto del pago por el total del contrato.
d. En caso de incumplimiento en la entrega de las herramientas para ingresar satisfactoriamente al
momento de realizar el curso con al menos dos días hábiles antes del comienzo del plazo de ejecución,
se aplicará una multa equivalente al 1% del monto del pago por el total del contrato.
e. Cambio en el programa en forma unilateral y sin consentimiento de la contraparte técnica del SERVIU,
que produjera prejuicios al SERVIU, se aplicará una multa equivalente al 2% del monto del pago por el
total del contrato.
f. Si el proveedor no entregara los informes y certificados dentro de los plazos establecidos en el punto
Informe final la multa corresponderá al 1% del total del monto establecido por cada actividad.
g. En caso de cualquier otro incumplimiento de obligaciones especialmente previstas en este pliego se
aplicará una multa equivalente a 0,5% del monto del pago por el total del contrato, sin impuestos, por
cada día corrido en que se mantenga el incumplimiento, con un tope de siete días corridos
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DURACIÓN DEL CONTRATO |
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El contrato tendrá como duración el plazo de entrega ingresado por el proponente en su oferta o el máximo
establecido en el punto 1.6.3.2. “Entrega del servicio” de las presentes Bases de Licitación, según corresponda,
computado a partir de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario, a través del Sistema
de Información. Lo anterior deberá considerar en su oferta, el plazo disponible por el adjudicatario más
próximo para iniciar el curso y el tiempo de coordinación previa con la Encargada de Capacitaciones para su
inicio.
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AMPLIACIÓN DEL CONTRATO |
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La duración del contrato podrá ampliarse una o más veces, mientras ésta se encuentre vigente, hasta por un
máximo del 30% del plazo inicial, en casos justificados y aprobadas por la contraparte técnica del SERVIU, que
no sean imputables al contratista y que sean indispensables para un óptimo logro de los objetivos del contrato.
Lo anterior deberá formalizarse mediante la dictación de un acto administrativo firmado por la autoridad
competente.
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y TÉRMINO ANTICIPADO |
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1.21.1. CAUSALES PARA LA MODIFICACIÓN Y EL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN Y/O
ADQUISICIÓN
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo trece de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos
de suministro y prestación de servicios, el SERVIU podrá modificar y poner término anticipado a la contratación
y/o adquisición, en las siguientes situaciones cuando se refiera a:
1) Término Anticipado de Contrato
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista: Se entenderá que existe
incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista, en los siguientes casos:
Si el contratista no entregase el producto y/o servicio, conforme las características requeridas en las
presentes bases de licitación y a lo ofertado, al plazo de entrega ofertado o el máximo establecido en
el punto 1.6.3.2 “Entrega de los servicios y/o productos” de las presentes bases de licitación para estos
efectos, según corresponda.
Si el contratista manifiesta que no está en condiciones de proveer el producto, una vez aceptada la
orden de compra.
La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere
comprometido en su oferta, que sean procedentes.
Si se aplican tres multas durante el período de vigencia de la adquisición.
Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 5% del valor del contrato.
Si el contratista no da cumplimiento al pacto de integridad, de acuerdo con lo dispuesto en el punto
1.3.5 “Pacto de integridad” de las presentes bases de licitación.
Si el contratista cede o traspasa total o parcialmente el producto adquirido, de acuerdo con lo
dispuesto en el punto 1.19 “Prohibición de cesión” de las presentes bases de licitación.
Si un integrante de la unión temporal de proveedores ocultase información relevante para ejecutar la
respectiva adquisición, que afecte a cualquiera de sus miembros.
Si se constatase que los integrantes de la unión temporal de proveedores constituyeron dicha figura
con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, de verificarse dicha circunstancia, se
remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
Si uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira de ésta, y dicho integrante
hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las
existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e. Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con
sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo
de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f. Razones de necesidad o conveniencia
g. Por término del presupuesto destinado a esta contratación y/o adquisición.
h. En caso de muerte del contratista o socio que implique la imposibilidad de la provisión de los servicios y/o
productos en los mismos términos contratados y/o adquiridos.
i. En caso de inhabilidad sobreviviente de alguno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, en
la medida que ésta no pueda continuar ejecutando la adquisición con los restantes miembros, en los
mismos términos adjudicados.
j. En caso de disolución de la unión temporal de proveedores.
l. El incumplimiento reiterado o sostenido del proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto
de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el proveedor no ha dado
cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos periodos de
cotizaciones discontinuo, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más
meses de manera continua. Lo anterior, sin perjuicio del derecho de retención previsto en la Ley N° 20.123.
2) Modificaciones
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los
objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del
contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones podrán afectar el monto del contrato en
hasta el 30% de su valor total.
En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas
partes, el que deberá ser aprobado mediante resolución que será sometida a la misma tramitación
administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes,
se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que el SERVIU pueda ejercer para exigir el
cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente
indemnización de perjuicios.
El contrato se podrá modificar de mutuo acuerdo entre las partes, según lo establecido en el N°1 del Artículo
77 del Reglamento N° 250 de Ley de Compras.
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PRESUPUESTO DISPONIBLE |
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El monto disponible para esta contratación se detalla a continuación:
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N°
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Descripción
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Cantidad de participantes
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Horas cronológicas
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Monto Disponible
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1
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INSTALACIÓN DE GAS Y ELÉCTRICO
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21
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40
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$5.250.000
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2
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INFORME DE MITIGACIÓN VIAL – IMIV
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10
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40
|
$3.500.000
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|
3
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INSTALACIÓN SANITARIA (AP-ALC) Y BOMBAS DE HIDROPACK
|
21
|
40
|
$5.250.000
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PRESUPUESTO TOTAL DISPONIBLE
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$14.000.000
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Los valores incluyen impuestos y cualquier otro gasto asociado a la oferta, de acuerdo con las condiciones establecidas en el punto 1.6.1.3. “Propuesta Económica” de las presentes Bases de Licitación.
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