Resolución de Empates |
En caso de que dos o más oferentes obtuviesen igual puntaje final como resultado de la evaluación practicada por el evaluador, se procederá a realizar el desempate, conforme al siguiente orden de prelación:
- El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta Técnica”.
- El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta Económica”.
- El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta Administrativa”.
- El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta Técnicas”.
- El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta Económica”.
- El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta Administrativa”.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
- El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la provisión de él o las adquisiciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y provisión de la o las adquisiciones que de ello se deriven.
- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes Bases de Licitación, sus documentos integrantes y la o las adquisiciones que de ellos se derivase.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
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PUBLICACION DE LAS BASES DE LICITACION |
a. Las presentes Bases de Licitación serán publicadas, en el Sistema de Información, dentro de los primeros diez días corridos a contar de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el llamado a la presente licitación pública.
b. En caso de que existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el portal www.mercadopublico.cl y las presentes Bases de Licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo indicado en las presentes Bases de Licitación.
c. Los plazos señalados en las presentes Bases de Licitación serán ingresados como fechas concretas al momento de la publicación de la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, por lo que serán estas últimas las que rigen el presente proceso licitatorio.
d. En el evento que alguno de los plazos indicados en las presentes Bases de Licitación expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente.
e. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que el SERVIU publique, en el portal www.mercadopublico.cl, el respectivo documento o acto administrativo objeto de la notificación.
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CONSULTAS, ACLARACIONES Y RECLAMOS |
a. Los proveedores podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las disposiciones contenidas en las presentes Bases de Licitación o con relación al proceso licitatorio en general.
b. Como mecanismo de preguntas y respuestas, se hará uso del foro que para estos efectos se dispone en el Sistema de Información No se admitirán preguntas ni solicitudes de aclaración por otro medio.
c. Las preguntas serán recibidas desde la fecha de publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información hasta el cuarto día corrido a contar de dicha fecha. No se admitirán preguntas ni solicitudes de aclaración posteriores a dicho plazo.
d. El SERVIU podrá ingresar la respuesta a las consultas hasta el quinto día corrido a contar de la fecha de publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información.
e. Asimismo, el SERVIU, de manera unilateral y por iniciativa propia, podrá realizar las aclaraciones que estime necesarias o que hubieren surgido con motivo de consultas efectuadas por los proveedores durante el proceso de licitación.
f. En ningún caso los oferentes podrán alegar desconocimiento de las respuestas a las consultas y aclaraciones mencionadas.
g. A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información, conforme se establece en la Resolución Exenta N° 484B, de 2007, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
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PRESENTACION DE LAS PROPUESTAS |
a. Antes de la fecha y hora dispuesta para el cierre de la recepción de ofertas, los proveedores deberán ingresar sus propuestas en el Sistema de Información, adjuntando formularios, declaraciones, documentos, anexos y cualquier documento que sea requerido en las presentes Bases de Licitación, en formato digital.
b. Las propuestas deberán presentarse en idioma español y en moneda nacional.
c. Se entenderá que todos aquellos interesados que presenten ofertas conocen y aceptan íntegramente las presentes Bases de Licitación.
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ENTREGA DE LOS SERVICIOS Y/O PRODUCTOS |
El plazo de entrega de los servicios y/o productos ofertados no deberá ser superior a 30 días corridos, contados a partir de la aceptación de la orden de compra, de acuerdo con las condiciones establecidas en el literal b. del punto 1.6.1.2 “Propuesta Técnica” de las presentes Bases de Licitación.
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RECEPCIÓN DE LAS PROPUESTAS |
a. El SERVIU sólo recibirá ofertas a través del Sistema de Información. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo sesenta y dos del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, lo que será informado a través del portal www.mercadopublico.cl, junto al lugar de presentación de las propuestas.
b. Las ofertas serán recibidas desde el momento de la publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información, hasta las quince horas del décimo día corrido a contar de dicha fecha. En caso de indisponibilidad técnica del Sistema de Información, ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, las ofertas en soporte papel serán recibidas hasta con dos días hábiles de posterioridad a la fecha de emisión del respectivo certificado.
c. Asimismo, si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, el portal www.mercadopublico.cl presenta indisponibilidad técnica, el SERVIU podrá ampliar el plazo de cierre hasta por el mismo período en que se hubiese prolongado la indisponibilidad técnica, circunstancia que deberá ser acreditada mediante un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, lo que será informado a través del Sistema de Información.
d. Las propuestas tendrán una validez de noventa días corridos a contar de la fecha de apertura de estas. Si dentro de este plazo, aún no se hubiese adjudicado la propuesta y ésta estuviese pronta a caducar, el SERVIU podrá solicitar a los oferentes que prorroguen la vigencia de sus ofertas por un período de treinta días corridos. Esta solicitud será realizada por el Encargado del Departamento de Administración y Finanzas o quien le subrogue o reemplace, mediante correo electrónico. Si alguno de los oferentes no respondiera dentro del plazo conferido en el correo electrónico o no accediera a la solicitud de prórroga, su propuesta no será considerada en la evaluación.
e. Los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
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APERTURA DE LAS PROPUESTAS |
a. El acto de la apertura de las ofertas se efectuará en una etapa, es decir, se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica a la vez.
b. La apertura se realizará de manera electrónica, posterior a las quince horas del primer día hábil a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas de la presente licitación pública en el Sistema de Información, de acuerdo con la ficha del proceso de licitación, sin perjuicio que se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo sesenta y dos del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, para la presentación de propuestas en formato papel. En este último caso, la apertura se realizará en la sala de reuniones del Departamento de Administración y Finanzas del SERVIU, ubicada en 18 de septiembre N° 122, comuna de Arica, pudiendo asistir los representantes de los oferentes.
c. Los proponentes podrán efectuar observaciones al acto de apertura, a través del Sistema de Información, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. En el caso que la apertura de las ofertas sea realizada en soporte papel, los proponentes podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente para tal efecto.
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EVALUACION DE LAS OFERTAS |
LA COMISIÓN EVALUADORA
a. Una Comisión Evaluadora conformada por, al menos, tres funcionarios públicos designados mediante el presente acto administrativo, efectuará la evaluación de las ofertas técnicas y económicas y de los antecedentes recibidos, de acuerdo con los requisitos para los oferentes, los requisitos de preselección de las ofertas y los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de Licitación.
b. La Comisión Evaluadora podrá invitar, como asesores, a otros funcionarios del SERVIU que puedan efectuar aportes respecto a algún punto particular del proceso licitatorio.
c. Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación.
d. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo del foro inverso para obtener aclaraciones.
e. Los integrantes de la comisión evaluadora deberán mantener confidencialidad de las deliberaciones de la comisión, durante todo el período de evaluación de las ofertas, a fin de asegurar la integridad del proceso licitatorio.
f. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán estar afectos a las prohibiciones señaladas en el Título III, párrafo cinco, artículo ochenta y cuatro, letra b, del Decreto con Fuerza de Ley N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre estatuto administrativo, en relación a “Intervenir, en razón de sus funciones, en asuntos en que tengan interés él, su cónyuge, sus parientes consanguíneos hasta el tercer grado inclusive o por afinidad hasta el segundo grado, y las personas ligadas a él por adopción”.
g. Los evaluadores no podrán estar afectos a ninguna de las causales de abstención establecidas en el artículo doce, de la Ley N° 19.880, de Bases de procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado, en relación con “Las autoridades y los funcionarios de la Administración en quienes se den algunas de las circunstancias de abstención, deberán comunicar a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente.
h. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán contravenir el principio de probidad administrativa, en relación con “Intervenir, debido a las funciones, en asuntos en que se tenga interés personal o en que tengan el cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.
Asimismo, participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad.
i. En caso de no estar afecto a ninguna de las inhabilidades establecidas en la normativa vigente, una vez realizada la apertura de las ofertas y conocidos los proponentes y antes del inicio de la evaluación de las ofertas, los evaluadores deberán firmar una declaración simple indicando que no se encuentra afecto a ellas. En caso de encontrarse afecto a cualquiera de estas inhabilidades, el evaluador deberá abstenerse de participar de la comisión. Asimismo, en caso de invitar a otros funcionarios del SERVIU o personas externas para asesorar, de acuerdo con lo establecido en el literal b. del presente punto, ellos también deberán firmar dicha declaración.
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PROCESO DE EVALUACION |
a. Una vez finalizada la recepción de las ofertas y firmada la declaración indicada en el punto precedente, los integrantes de la comisión evaluadora deberán realizar la evaluación de las ofertas, analizando el contenido de todos los antecedentes que se presenten, para lo cual tendrán un plazo estimado de diez días hábiles, contados a partir de la fecha de envío de las ofertas por parte del custodio.
b. Corresponderá, como primera instancia, realizar la revisión de los requisitos para los oferentes, establecidos en el punto 1.6.2 “Requisitos para los oferentes” de las presentes Bases de Licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible.
c. Posteriormente, se deberá realizar la revisión de los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo con lo establecido en el punto 1.6.3 “Requisitos de preselección de las ofertas” de las presentes Bases de Licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible.
d. El proceso de evaluación contempla la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas, debiendo cada uno de estos componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de los cual se le asignará el puntaje que corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el punto 1.9.3 “Criterios de evaluación” de las presentes Bases de Licitación. La suma de los puntajes asignados a los tres componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
e. Los criterios de evaluación sólo se aplicarán sobre aquellas ofertas que cumplen con los requisitos para los oferentes y con los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo con lo establecido en los literales b. y c. del presente punto, es decir, sólo se evaluarán las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación.
f. Los puntajes técnicos, económicos, administrativos y finales se expresarán, por cada evaluación, en dos decimales.
g. Durante el período de evaluación de las ofertas, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de esta, a través de los mecanismos previstos en las presentes Bases de Licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. De incumplir lo señalado, se entenderá que infringe el pacto de integridad indicado en el punto 1.3.5 “Pacto de integridad” de las presentes Bases de Licitación, siendo declarada inadmisible su oferta.
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ACLARACIONES A LAS OFERTAS |
a. Como medida para mejor resolver, el evaluador podrá requerir a los oferentes, a través del portal www.mercadopublico.cl, que aclaren o adjunten antecedentes sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros, siempre que estas aclaraciones y/o complementaciones no signifiquen una alteración sustancial de los antecedentes presentados originalmente. Las respuestas deberán ser entregadas por el mismo medio, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas entregadas, en tiempo y forma, pasarán a formar parte integrante de los antecedentes de la adquisición, en caso de serle adjudicada la licitación al oferente objeto del requerimiento.
Si se presentaren las respuestas o antecedentes, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje será de acuerdo con la tabla establecida en el punto 1.9.3.3 “Propuesta Administrativa” de las presentes Bases de Licitación.
b. Asimismo, el evaluador podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que éstos hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Esta solicitud se cursará a través del Sistema de Información, debiendo el proponente adjuntar los antecedentes o certificaciones cuya presentación fue omitida al momento de la presentación de la oferta, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración.
Si se presentaren las certificaciones o antecedentes solicitados, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje será de acuerdo con la tabla establecida en el punto 1.9.3.3 “Propuesta Administrativa” de las presentes Bases de Licitación.
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SELECCIÓN DE LA OFERTA |
ADJUDICACIÓN
a. El SERVIU adjudicará al oferente que obtuviere el mayor puntaje de servicios y/o productos objeto de la presente licitación.
b. El SERVIU adjudicará aquella propuesta que, habiendo cumplido con los requisitos dispuestos en los puntos 1.6.2 “Requisitos para los oferentes” y 1.6.3 “Requisitos de preselección de las ofertas” de las presentes Bases de Licitación, obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas, de acuerdo a la propuesta del evaluador, aun cuando no sea la de menor valor, si con ello se privilegia la calidad de los servicios y/o productos a adquirir, sin que ello otorgue derecho a los oferentes no seleccionados a solicitar indemnización alguna por los gastos en que hubieran incurrido por la presentación de dichas propuestas o por cualquier otra índole.
c. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en las presentes Bases de Licitación, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
d. Asimismo, se deberá publicar el acta de evaluación, los cuadros comparativos, la declaración del evaluador, las actas de visita a terreno, si las hubiere, y cualquier otro documento relacionado con el proceso de evaluación de las ofertas.
e. Una vez publicado el acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información, las ofertas técnicas serán de público conocimiento a través de éste.
f. Asimismo, en caso de que no se presenten ofertas al proceso licitatorio o que la totalidad de las ofertas presentadas no resulten convenientes para los intereses del SERVIU, el SERVIU declarará desierto el proceso licitatorio, sin que ello otorgue derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta.
g. Lo anterior, deberá quedar refrendado en un acto administrativo firmado por la autoridad competente, el que deberá ser publicado en el Sistema de Información, hasta el vigésimo día hábil a contar de la fecha de acto de apertura técnica y económica de las ofertas presentadas en el marco de la presente licitación pública, produciéndose con ello su notificación de acuerdo con lo indicado en las presentes Bases de Licitación.
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AMPLIACION DE PLAZO |
En caso que la adjudicación del proceso licitatorio, no se realice en la fecha indicada en las presentes Bases de Licitación, se informará, a través del Sistema de Información, las razones de dicho retraso y se indicará un nuevo plazo, de acuerdo a lo establecido en el artículo cuarenta y uno inciso segundo del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
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READJUDICACION |
Dentro de los sesenta días corridos contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación, en el Sistema de Información, el SERVIU podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar el presente proceso licitatorio al proponente que le siga en puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de Licitación y así sucesivamente, en cualquiera de los siguientes casos:
a. Si el adjudicatario desiste de su propuesta o la retira unilateralmente.
b. Si el adjudicatario no cumple los requisitos para adquirir o contratar establecidos en las presentes Bases de Licitación dentro de los plazos señalados por las presentes Bases de Licitación.
c. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en un plazo de siete días corridos contados a partir de la publicación del acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información.
d. Otra causal que se contemple en las presentes Bases de Licitación.
Asimismo, cuando no se hayan presentado más ofertas, o bien, cuando el evaluador juzgare que las otras ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses del SERVIU, el SERVIU podrá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierto el proceso licitatorio.
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CONSULTAS A LA ADJUDICACION |
Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la adjudicación o declaración de desierto del proceso licitatorio, dentro de los siete días corridos contados a partir de la publicación del respectivo acto administrativo en el Sistema de Información. Las consultas se deberán efectuar a través de carta dirigida al director SERVIU Región de Arica y Parinacota, presentada en la Oficina de Partes ubicada en 18 de septiembre N° 122, Arica, las cuales serán respondidas dentro del mismo lapso por correo electrónico.
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REGISTRO ELECTRÓNICO OFICIAL DE CONTRATISTAS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, CHILEPROVEEDORES |
En caso que el adjudicatario, persona natural, persona jurídica o unión temporal de proveedores, no esté inscrito o se encuentra inhábil en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado, Chile Proveedores, estará obligado a regularizar esta situación a fin de contar con inscripción vigente dentro del plazo de quince días corridos contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información, para efectos de celebrar la adquisición de la especie.
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REQUISITOS PARA ADQUIRIR AL ADJUDICATARIO |
PERSONA NATURAL
a. Encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado, Chile Proveedores.
b. No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
c. Presentar la documentación requerida en el punto 1.13 “Antecedentes legales y administrativos para ser contratado” de las presentes Bases de Licitación.
1.12.2.- PERSONA JURÍDICA
a. Encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado.
b. No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
c. No registrar condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo con lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
d. Presentar la documentación requerida en el punto 1.13 “Antecedentes legales y administrativos para ser contratado” de las presentes Bases de Licitación.
1.12.3.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
a. Cada uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores deberá encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado.
b. Ninguno de los participantes de la unión temporal de proveedores podrá estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
c. Las personas jurídicas que formen parte de la unión temporal de proveedores no podrán registrar condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo con lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
d. Presentar la documentación requerida en el punto 1.13 “Antecedentes legales y administrativos para ser contratado” de las presentes Bases de Licitación.
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ANTECEDENTES LEGALES Y ADMINISTRATIVOS PARA SER CONTRATISTA |
Dentro de los quince días corridos siguientes a la publicación del acto administrativo que adjudica la licitación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración, el adjudicatario deberá presentar, en el Departamento de Administración y Finanzas, ubicada en 18 de septiembre N° 122, comuna de Arica, la documentación que a continuación se indica. Sin embargo, en el caso que la documentación indicada más adelante se encuentre digitalizada en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, Chile Proveedores, o haya sido ingresada en la oferta, con la vigencia requerida en las presentes Bases de Licitación, no se requerirá su presentación.
1.13.1.- PERSONAS NATURALES
a. Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
1.13.2.- PERSONAS JURÍDICAS
a. Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
b. Declaración jurada simple en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo con lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
1.13.3.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
a. Declaración jurada simple de cada uno de los proveedores que formen parte de la unión temporal de proveedores, en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
b. Declaración jurada simple de cada una de las personas jurídicas que formen parte de la unión temporal de proveedores, en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
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DE LA CONTRATACIÓN |
CONTENIDO DE LA CONTRATACIÓN Y/O ADQUISICIÓN
El SERVIU Región de Arica y Parinacota suscribirá un contrato de prestación de servicios con el adjudicatario según línea de servicios ofertados, se regirá por lo previsto en la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica:
a. Bases administrativas, bases técnicas y las modificaciones a éstas, debidamente aprobadas por acto administrativo.
b. Aclaraciones a las presentes Bases de Licitación entregadas por el SERVIU, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proveedores, y las respuestas a las preguntas de los proveedores publicadas en el portal www.mercadopublico.cl.
c. Oferta del contratista y aclaraciones a la misma que hayan sido solicitadas por el SERVIU, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato.
El contrato de Servicio deberá contener la individualización del contratista, las características del bien y/o servicio contratado, el precio, el plazo de duración, las garantías (si las hubiere), causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en bases.
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VIGENCIA Y DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN |
El contrato entrará en vigencia a partir del 01 de enero del 2024 y hasta el 01 de julio del 2024 inclusive, de acuerdo con el periodo indicado en el cuadro del punto 1.1.- lo que finalmente comenzara a contar de la fecha que la entidad compradora determine como inicio de la prestación de servicios, lo que quedará establecido en la suscripción del contrato, sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, el proveedor adjudicado podrá comenzar a prestar los servicios correspondientes a partir de la fecha de adjudicación del proceso, no obstante el pago únicamente podrá efectuarse una vez verificada la total tramitación del acto administrativo aprobatorio de contrato, pudiendo comenzar con el servicio una vez notificados a través del mercado público y previa coordinación con el o los adjudicados.
Lo anterior, siempre y cuando el mandante no manifieste por escrito su voluntad de ponerle término con a lo menos 30 días de antelación al término de vigencia, sin embargo, podrá ponerse término al Convenio de acuerdo con las causales establecidas en el punto 1.23. de las presentes bases según lo señalado en el art. 77 del Reglamento Nº 250 de Compras y Contrataciones Públicas.
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AMPLIACION DE LA CONTRATACION |
La duración de la contratación y/o adquisición podrá ampliarse una o más veces, mientras ésta se encuentre vigente, hasta por un máximo del 30% del plazo inicial, en casos justificados y aprobados por la contraparte técnica del SERVIU, que no sean imputables al contratista y que sean indispensables para un óptimo logro de los objetivos de la contratación y/o adquisición.
Lo anterior deberá formalizarse mediante la dictación de un acto administrativo firmado por la autoridad competente.
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EFECTOS DEL CONTRATO |
Se exige la adhesión al Sistema de Seguridad de la Información del SERVIU Región de Arica y Parinacota:
El objeto del presente acuerdo es fijar los términos y condiciones bajo los cuales las partes mantendrán la confidencialidad de los datos e información intercambiados entre ellas incluyendo información objeto de derecho de autor, patentes, técnicas, modelos, know-how, procesos, algoritmos, programas, ejecutables, investigaciones, detalles de diseño, información financiera, lista de clientes/usuarios/postulantes/beneficiarios, proveedores, funcionarios, relaciones institucionales y contractuales, y cualquier información revelada sobre terceras personas.
Se deja constancia que el oferente que resulte adjudicado, con la aceptación de la orden de compra, se obliga expresamente a cumplir con la Política de Seguridad de la Información del SERVIU que se encuentra disponible en www.serviu15.cl, a utilizar la información únicamente para los propósitos autorizados y a respetar la confidencialidad de la información en los casos que así se establezca en el contrato; asimismo, se obliga a reportar a la contraparte SERVIU que se le designe y a tratar los eventos de seguridad de la información que detecte conforme al Procedimiento de Gestión de Incidentes de Seguridad de la Información vigente, el que será puesto a su disposición. Se compromete a acceder, procesar, almacenar, comunicar la información y utilizar componentes de infraestructura de TI de la institución respetando las políticas de seguridad de la información internas, asegurando su integridad.
Las partes se obligan a no divulgar a terceras partes, la “Información Confidencial” que reciban de la otra parte, y a darle a dicha información el mismo tratamiento que le darían a la información confidencial como si fuera de su propiedad. Para efectos del presente acuerdo “información Confidencial” comprende toda la información divulgada por cualquiera de las partes ya sea en forma oral, visual, escrita, grabada en medios magnéticos o en cualquier otra forma tangible y que se encuentre claramente marcada o registrada como tal al ser entregada a la parte receptora.
El producto del trabajo que el proveedor adjudicado desarrolle con ocasión de esta contratación, tales como programas, rutinas, procedimientos, archivos, manuales, documentos, informes, modelos, diagramas, diseños, diseños lógicos, diseños físicos, códigos, fuentes o ejecutables u otros serán de propiedad del SERVIU Región de Arica y Parinacota, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente sin limitación de ninguna especie, no pudiendo por tanto el proveedor realizar ningún acto respecto de ellos, ajenos al contrato, sin la autorización expresa del Servicio. Todo dato, estadística, código fuentes, ejecutables, y cualquier otra información del SERVIU Región de Arica y Parinacota que el proveedor conozca o llegare a conocer con ocasión o a propósito de las labores que realice en virtud de este contrato se mantendrán como propiedad confidencial de éstos.
El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Región de Arica y Parinacota para poner término anticipado al contrato. El incumplimiento será declarado administrativamente tras la aplicación del Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos establecido en el presente pliego de condiciones, sin perjuicio de perseguir las responsabilidades civiles y penales que según el caso corresponda, directamente o derivados de las acciones de los integrantes de su equipo de trabajo, subcontratistas u otras personas vinculadas a aquél. Y, en su caso, podrá dar lugar a responsabilidad por los daños y perjuicios que dicho incumplimiento llegase a ocasionar al Servicio.
No obstante, lo anterior no habrá deber alguno de confidencialidad en los siguientes casos:
a) Cuando la parte receptora tenga evidencia de que conoce previamente la información recibida;
b) Cuando la información recibida sea de dominio público por motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del consultor, los integrantes de su equipo de trabajo, contratistas u otras personas relacionadas con aquél;
c) Cuando la información deje de ser confidencial por ser revelada por el propietario con permiso de divulgación;
d) Cuando, por virtud de la ley o resolución judicial, el consultor sea obligado a revelar la información.
El proveedor acepta el derecho del SERVIU Región de Arica y Parinacota a supervisar, revisar y auditar sus procesos y los controles que implemente relacionados con el presente acuerdo.
El presente acuerdo de protección de la información institucional y cláusula de confidencialidad tendrá una duración indefinida.”
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ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO |
CONTRAPARTE TÉCNICA
La autoridad competente, en el acto administrativo que adjudique el presente proceso licitatorio, designará una contraparte técnica conformada por, al menos, dos funcionarios públicos, uno en calidad titular y otro suplente, quienes podrán actuar de manera independiente en el cumplimento de las funciones que aquí se les delegan.
a. Supervisar, coordinar y velar por el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación.
b. Dar visación del o los pagos cada vez que corresponda.
c. Ratificar o dejar sin efecto la solicitud de cambio del ejecutivo del contratista.
d. Acoger o rechazar los descargos del contratista por la aplicación de multas.
e. Requerir el término anticipado de la adquisición, en el caso que corresponda.
f. Evaluar el producto que se entrega durante la provisión de la adquisición.
g. Aclarar y orientar respecto del desarrollo de la provisión de los servicios y/o productos requeridos.
h. Aprobar y recibir conforme los informes que pudiesen existir durante la provisión de los servicios y/o productos.
i. Supervisar el cumplimiento de los plazos de este.
j. Fijar plazos para subsanar falencias detectadas en la provisión de los servicios y/o productos.
k. Autorizar o rechazar el reemplazo del ejecutivo solicitado por el contratista.
l. Solicitar el cambio del ejecutivo del contratista.
m. Requerir el aumento del plazo de duración de la adquisición.
n. Requerir el aumento del monto total de la adquisición.
o. Recibir conforme el producto provisto por el contratista.
p. Requerir la aplicación de las multas.
q. Las demás que le encomienden las presentes Bases de Licitación.
En caso de ser necesario el reemplazo de uno o varios integrantes de la contraparte técnica, la autoridad competente del SERVIU deberá dictar un nuevo acto administrativo, nombrando a los nuevos integrantes de esta contraparte técnica. Lo anterior, deberá ser notificado mediante la publicación del acto administrativo en el Sistema de Información.
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OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA |
Sin perjuicio de las demás obligaciones que se establezcan en la adquisición, constituirán obligaciones del contratista las siguientes:
a. Dar cumplimiento a las presentes Bases de Licitación dentro de los plazos establecidos, en la forma, condiciones y características que se determinan en ellas, además de respetar lo solicitado en los antecedentes que complementan todas las obligaciones contractuales.
b. No realizar, por iniciativa propia, cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las presentes Bases de Licitación.
c. Dotar a su personal de implementos de seguridad y protección personal, conforme a lo señalado en la Ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y vigilar su correcto uso.
d. Entregar a su personal todo el equipamiento, maquinaria, herramientas, materiales y otros, que pudiere requerir para la correcta provisión de los servicios y/o productos que por este acto se adquiere y así como vigilar su correcto uso.
e. Mantener condiciones seguras de trabajo, tanto en las superficies en que se desplacen como respecto de las máquinas y equipos que utilice, de acuerdo con el riesgo inherente a las labores a realizar.
f. Asimismo, todo eventual accidente de trabajo que pudiere afectar a los trabajadores será de cuenta y riesgo del contratista.
g. Identificar adecuadamente al personal del contratista que visite las dependencias del SERVIU, con motivo del cumplimiento de la presente adquisición, con las respectivas credenciales, las que deberán incluir el nombre del contratista y nombres, apellidos y número de cédula nacional de identidad del trabajador.
h. Los trabajadores del contratista que entreguen servicios y/o productos en las dependencias del SERVIU, no tendrán vínculo ni relación laboral alguna con esta Secretaría de Estado.
i. El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo. En consecuencia, el contratista será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su equipo de trabajo.
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RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA |
El contratista será responsable de cualquier daño que se produzca en los bienes del SERVIU, por hecho o culpa de sus dependientes o de terceros ajenos, con ocasión de la provisión de los servicios y/o productos adquiridos. El contratista será el único responsable y deberá responder de todo daño, de cualquier naturaleza, que con motivo de la provisión de los servicios y/o productos cause a terceros. El modo efectivo del pago, tras las deducciones a que den lugar los supuestos anteriores, será el siguiente: valor producto adquirido - daño = monto efectivo a pagar.
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LIBERACION DE RESPONSABILIDADES |
El contratista libera de toda responsabilidad al SERVIU, frente a acciones entabladas por terceros debido a transgresiones al derecho de autor, de marcas, de propiedad intelectual y otros, utilizadas por ella indebidamente.
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PAGO |
Una vez cumplido el mes calendario el contratista deberá entregar los siguientes documentos a través de correo electrónico o por medio físico dirigido a la contraparte técnica del SERVIU a fin de solicitar la conformidad de la prestación mensual de los servicios;
- Guía de despacho
- Nómina de trabajadores que prestaron el servicio durante el mes o periodo de pago (nombre completo, RUT, Función y tipo de contrato)
- Fotocopias de libro de asistencia
- Certificado de antecedentes laborales y previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo.
- Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo.
En el caso de observaciones la contraparte técnica enviará correo para que subsanen complementen con la información necesaria, al cumplir con toda la documentación necesaria se dará la conformidad y recepción conforme de los servicios para la emisión del Documento Tributario de Cobro.
El documento tributario de cobro correspondiente será cancelado en el más breve plazo posible no superando los 30 días corridos desde su recepción a través de SII. Si el contratista no presenta la totalidad documentación antes de mencionada en la forma solicitada no se recepcionará dicho documento de cobro hasta que se presente la totalidad de los documentos.
Al emitir el documento tributario electrónico de cobro en SII, deberá incluir en campo 801 el número ID de la Orden de Compra, y enviar el archivo XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com.
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MULTAS |
CAUSALES PARA LA APLICACIÓN DE UNA MULTA
El SERVIU estará facultado para aplicar al contratista una multa en los casos, formas y plazos que a continuación se indican, siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por la contraparte técnica del SERVIU.
CATEGORÍA CAUSALES MULTA APLICABLE
Falta grave - No prestación del servicio 1 día
- Agresiones físicas, peleas, altercados, insultos o improperios por parte del personal del proveedor, entre ellos o con cualquier otra persona.
- Incumplimiento de las instrucciones impartidas por el coordinador del contrato. 8 UF por evento
- Acciones inseguras o temerarias que pongan en riesgo la salud o seguridad de las personas (por evento).
- Daños al inmueble, mobiliario y equipamiento del SERVIU.
- Incumplimiento en alguno de los beneficios a los trabajadores informados, y considerados al momento de evaluar las propuestas.
Falta moderada - Inasistencia sin reemplazo de un trabajador.
- Falta del equipamiento de seguridad y vestimenta acorde a lo solicitado en bases en un trabajador.
- Nivel deficiente del servicio 3 veces en el mes, mediante anotación en el libro de novedades. 4 UF por evento
Falta leve - Atrasos al horario establecido en más de 3 horas y hasta 9 horas, en la sumatoria de los trabajadores, en un periodo de un mes.
- Incumplimiento del reemplazo máximo antes de las 4 horas posteriores a la ausencia por (licencia médica, permisos, feriados legales y fallas o simples ausencias).
- Nivel deficiente del servicio validado por la contraparte técnica del contrato, mediante anotación en el libro de novedades. 2 UF por evento
Nota: La UF (unidad de fomento) aplicable, será la correspondiente al día en que se verificó la falta.
En caso de cualquier otro incumplimiento de obligaciones especialmente no previstas en este pliego se aplicará una multa de 1 UF por evento. El tope para aplicación de multa será de 8 UF mensual.
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LAS MULTAS |
a. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutivo designado por el contratista, mediante correo electrónico, informándole sobre el cobro a aplicar y sobre los hechos en que éste se motiva.
b. A contar de la notificación singularizada en el literal anterior, el contratista tendrá un plazo de tres días hábiles para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante la contraparte técnica del SERVIU, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
c. Vencido el plazo indicado en el literal anterior sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el contratista aceptase los hechos en que se funda la multa, se aplicará la correspondiente multa por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información.
d. Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el SERVIU podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del contratista deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la autoridad competente, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la multa a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información.
e. Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
f. La aplicación de la multa se hará administrativa y unilateralmente por el SERVIU, a través de la deducción de su monto del pago de la factura (valor factura - monto multa = valor a pagar).
g. Las multas se aplicarán siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por la contraparte técnica del SERVIU.
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MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y TÉRMINO ANTICIPADO |
CAUSALES PARA LA MODIFICACIÓN Y EL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN Y/O ADQUISICIÓN
Sin perjuicio de lo establecido en el artículo trece de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, el SERVIU podrá modificar y poner término anticipado a la contratación y/o adquisición, en las siguientes situaciones;
1) Término anticipado
a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista: Se entenderá que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista, en los siguientes casos:
• Si el contratista no entregase el producto y/o servicio, conforme las características requeridas en las presentes Bases de Licitación y a lo ofertado, al plazo de entrega ofertado o el máximo establecido en el punto 1.6.3.2 “Entrega de los servicios y/o productos” de las presentes Bases de Licitación para estos efectos, según corresponda.
• Si el contratista manifiesta que no está en condiciones de proveer el producto, una vez aceptada la orden de compra.
• La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
• Si se aplican tres multas durante el período de vigencia de la adquisición.
• Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 5% del valor del contrato.
• Si el contratista no da cumplimiento al pacto de integridad, de acuerdo a lo dispuesto en el punto 1.3.5 “Pacto de integridad” de las presentes Bases de Licitación.
• Si el contratista cede o traspasa total o parcialmente el producto adquirido, de acuerdo a lo dispuesto en el punto 1.21 “Prohibición de Cesión” de las presentes Bases de Licitación.
• Si un integrante de la unión temporal de proveedores ocultase información relevante para ejecutar la respectiva adquisición, que afecte a cualquiera de sus miembros.
• Si se constatase que los integrantes de la unión temporal de proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, de verificarse dicha circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
• Si uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e. Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f. Razones de necesidad o conveniencia
g. Por término del presupuesto destinado a esta contratación y/o adquisición.
h. En caso de muerte del contratista o socio que implique la imposibilidad de la provisión de los servicios y/o productos en los mismos términos contratados y/o adquiridos.
i. En caso de inhabilidad sobreviviente de alguno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, en la medida que ésta no pueda continuar ejecutando la adquisición con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
j. En caso de disolución de la unión temporal de proveedores.
k. El incumplimiento reiterado o sostenido del proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos periodos de cotizaciones discontinuo, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior, sin perjuicio del derecho de retención previsto en la Ley N° 20.123.
2) Modificaciones
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones podrán afectar el monto del contrato en hasta el 30% de su valor total.
En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante resolución que será sometida a la misma tramitación administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que el SERVIU pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
El contrato se podrá modificar de mutuo acuerdo entre las partes, según lo establecido en el N°1 del Artículo 77 del Reglamento N° 250 de Ley de Compras.
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PROCEDIMIENTO PARA PONER TÉRMINO ANTICIPADO A LA CONTRATACIÓN |
a. En caso de requerir el término anticipado de la contratación, por alguna de las causales establecidas en los literales a., b., c., y d. del punto 1.25.1 “Causales para la modificación y el término anticipado de la contratación” de las presentes Bases de Licitación, éste se dispondrá por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictado.
b. A su vez, detectada una situación que amerite el término anticipado de la contratación, por alguna de las causales establecidas en los literales e., f., g. y h. del punto 1.25.1 “Causales para la modificación y el término anticipado de la contratación” de las presentes Bases de Licitación, el Encargado de la Sección Gestión de Compras o quien lo subrogue o reemplace, a solicitud de la contraparte técnica del SERVIU, deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutivo del contratista designado y a la persona natural, el representante legal en el caso de las personas jurídicas o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según sea el caso, mediante correo electrónico, informándole sobre el término anticipado a aplicar y sobre los hechos en que éste se motiva.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el contratista tendrá un plazo de siete días corridos para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante la contraparte técnica del SERVIU, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
c. Vencido el plazo indicado en el literal anterior sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el contratista aceptase los hechos en que se funda el término anticipado de la contratación, se aplicará el correspondiente término anticipado por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictada.
d. Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el SERVIU podrá rechazarlos o acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del contratista deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la autoridad competente, en la cual deberá detallarse el contenido y las características del término anticipado a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictada.
e. Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
f. En caso de ponerse término anticipado a la contratación, independiente de la causal que diera origen a éste, se pagarán al contratista los servicios efectivamente entregados y recibidos a satisfacción por parte del SERVIU.
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