Licitación ID: 5611-5-LE23
SERVICIOS GUARDIA SEGURIDAD Y VIGILANCIA- EX MATADERO
Responsable de esta licitación: SERVICIO REGIONAL DE LA VIVIENDA Y URBAN
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 1
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Productos o servicios
1
Servicios de vigilancia 1 Unidad
Cod: 92101501
“PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GUARDIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA TERRENO UBICADO EN ALEJANDRO AZOLAS N° 2122 (EX MATADERO), EN LA CUIDAD DE ARICA”08 de abril del 2023 y hasta el 31 de diciembre del 2023, inclusive.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIOS GUARDIA SEGURIDAD Y VIGILANCIA- EX MATADERO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La necesidad del SERVIU Región de Arica y Parinacota de contratar la “PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GUARDIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA TERRENO UBICADO EN ALEJANDRO AZOLAS N° 2122 (EX MATADERO), EN LA CUIDAD DE ARICA”, a contar del 08 de abril del 2023 y hasta el 31 de diciembre del 2023 inclusive, esto a fin de evitar ingreso forzado al terreno y que este sea ocupado ilegalmente y llama a participar en esta licitación a proponentes personas naturales, personas jurídicas y unión temporal de proveedores, para que oferten los servicios
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Unidad de compra:
Sección Compras y Servicios Generales
R.U.T.:
61.813.000-2
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región de Arica y Parinacota
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 27-03-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 15-03-2023 15:45:50
Fecha inicio de preguntas: 15-03-2023 15:50:00
Fecha final de preguntas: 23-03-2023 15:33:00
Fecha de publicación de respuestas: 24-03-2023 13:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 27-03-2023 15:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 27-03-2023 15:05:00
Fecha de Adjudicación: 06-04-2023 17:16:34
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a. Información del proponente indicando, al menos: • Persona natural: Antecedentes del proponente (nombre, cédula de identidad, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular, correo electrónico y dirección web) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico). • Persona jurídica: Antecedentes del proponente (razón social, rol único tributario, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular, correo electrónico y dirección web), antecedentes del representante legal (nombre, cédula de identidad, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico). • Unión temporal de proveedores: Antecedentes de los proponentes participantes de la unión temporal de proveedores (razón social o nombre y rol único tributario cédula de identidad), antecedentes del representante de la unión temporal (nombre, cédula de identidad, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico) y antecedentes del ejecutivo del contratista (nombre, cargo, dirección, ciudad, teléfono fijo, teléfono celular y correo electrónico). El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 1, para así facilitar su evaluación. b. Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, quedando exceptuadas de esta declaración las fundaciones, corporaciones y universidades. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 2, para así facilitar su evaluación. c. Declaración jurada simple en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo con lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, quedando exceptuadas de esta declaración las personas naturales. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 3, para así facilitar su evaluación.
Documentos Técnicos
1.- a. Descripción completa de los servicios y/o productos ofertados, indicando el cumplimiento de cada una de las características establecidas en el punto 2. “ESPECIFICACIONES TECNICAS” de las presentes bases de licitación. En caso de que no se especifique el cumplimiento o se indiquen distintas características en la oferta, se solicitará una aclaración a través del portal www.mercadopublico.cl. De no obtener respuesta a través de este medio, se entenderá que no cumple con las características requeridas en el punto 2. “ESPECIFICACIONES TECNICAS” de las presentes bases de licitación. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 4, para así facilitar su evaluación. b. Experiencia del oferente en el rubro, en los últimos 5 años en que prestó o presta Servicio de Guardias de Seguridad ya sea a empresas públicas como privadas. Para lo cual deberá adjuntar Anexo Nº 4, en que se detalle el nombre de la empresa, nombre del encargado del contrato, descripción de los servicios y periodo del contrato. Estos datos serán considerados siempre que el oferente además incluya los documentos que avalen lo descrito en el Anexo como por ejemplo (copia de Contratos, Certificados de Antigüedad de contrato, facturas y Órdenes de Compra). c. Calidad Técnica, Plan de trabajo a desarrollar en este servicio, aquí se deberá detallar como mínimo; la forma en que serán abordados los trabajos o ejecución de los servicios de guardias de seguridad y vigilancia del sitio, con especificación de rutinas diaria y cumplimiento de turnos del personal, forma en que se cumplirá con los reemplazos. Descripción de uniforme, herramientas y artículos de seguridad, detallar tipo de uniforme, herramientas y artículos de seguridad con que contaran para prestar los servicios. Se requiere la mayor descripción técnica posible de lo solicitado pudiendo incluir fotografías e imágenes de lo requerido, lo que será considerado en la evaluación de calidad técnica. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 4, para así facilitar su evaluación.
 
Documentos Económicos
1.- Se requiere que el oferente presente el costo total mensual y costo total del contrato, expresado en valor neto e indicando separadamente el Impuesto que corresponda o la expresión de que se encuentra exento de impuestos. Además, se requiere el valor hora por turno de guardia según lo descrito en el punto 2. “CARACTERISTICAS MÍNIMAS” de las Bases Técnicas. Se considerarán incluidos en el precio ofertado todos los costos y gastos que demanden su provisión y, en general, todo lo necesario para la provisión en forma completa y correcta, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas en las presentes bases de licitación. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos (municipales y otros), derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento de la contratación. En caso de que se no se indique si el valor se encuentra expresado en valor neto o con Impuesto al Valor Agregado incluido, se entenderá que corresponderá al valor neto; en caso de que se indiquen distintos precios en la oferta, se entenderá que corresponde al menor monto ofertado; mientras que en caso de que no se informe precio, se entenderá que no cumple con el requisito establecido en el punto 1.6.3.4 “Presupuesto referencial” de las presentes bases de licitación. Asimismo, en caso de que se indique en la oferta un precio expresado en una moneda extranjera o un indicador económico nacional, la conversión se realizará al valor observado por el Banco Central a la fecha de cierre de la recepción de ofertas. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 5, para así facilitar su evaluación.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de requisitos formales de la presenta Cumplimiento de los requisitos formales solicitados en las presentes bases de licitación antes del cierre de la recepción de ofertas, incluido el correcto ingreso de todos los anexos y cualquier otro antecedente requerido en las presentes bases de licitación. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará mediante los siguientes rangos: DETALLE Puntaje Presenta todos los anexos requeridos en las presentes bases de licitación. 60 puntos Se hizo uso de las facultades contenidas en el punto 1.9.4 “Aclaraciones a las ofertas” de las presentes bases de licitación. 40 puntos No Presenta todos los anexos requeridos en las presentes bases de licitación en el momento de la apertura y tampoco en el momento de las aclaraciones de las ofertas 0 puntos 5%
2 Experiencia del oferente Este factor evaluará el grado de experiencia y conocimiento del oferente en el rubro, los últimos 5 años en que prestó o presta servicios de guardias de seguridad ya sea a empresas públicas y/o privadas. Para lo cual deberá adjuntar Anexo Nº 4, en que se detalle el nombre de la empresa, nombre del encargado del contrato, descripción de los servicios y periodo del contrato. Estos datos serán considerados siempre que el oferente además incluya los documentos que avalen lo descrito en el Anexo como por ejemplo (copia de Contratos, Certificados, Órdenes de Compra etc.). Los oferentes que no adjunten Anexo no obtendrán puntaje por este concepto. Parámetros evaluación Puntaje Descripción Muy Satisfactorio 100 El oferente los últimos 5 años suscribió entre 7 a 10 contratos de similares características con empresas públicas y/o privadas. Satisfactorio 70 El oferente los últimos 5 años suscribió entre 4 a 6 contratos de similares características con empresas públicas y/o privadas. Poco Sat 20%
3 Calidad Técnica El factor evaluará la calidad técnica del servicio ofertado, entendiéndose por calidad el mayor y mejor número de detalle respecto al servicio que prestará, como, por ejemplo, cuenta con; a) Diagnóstico de Seguridad b) Informe de toma del puesto c) Protocolos de acción ante un robo y/o hurto d) Detalle del uniforme, herramientas y artículos de seguridad para el personal de guardias e) Plan de Trabajo que incluya descripción de como abordará las necesidades de reemplazo por motivos de vacaciones, descanso, permisos, licencias médicas, accidentes del trabajo y fallas. Protocolos o procedimientos adicionales tales como; f) Procedimiento ante emergencias g) Procedimiento en caso de amago de incendio h) Procedimiento en caso de sismo i) Procedimiento en caso de elemento explosivo j) Procedimiento en caso de asalto k) Procedimiento en caso de fuga de gas l) Procedimiento de gases irritantes m) Procedimiento en caso de tsunamis n) Plan de seguridad emergencia y evacuación casos Accidente 25%
4 Precio La evaluación de las propuestas económicas se realizará de acuerdo con el siguiente factor, para lo cual tendrá la ponderación que a continuación se indica: a. Precio (pondera 30%) Precio total por los servicios y/o productos, incluido el Impuesto al Valor Agregado y cualquier otro gasto asociado a la oferta. El proponente podrá ingresar esta información en el anexo 5, para así facilitar su evaluación. El cálculo del puntaje a obtener en este factor se hará mediante la siguiente fórmula: (precio mínimo ofertado / precio de la oferta a evaluar) x 100. El puntaje ponderado final de este factor se obtendrá a partir de la siguiente fórmula: Precio = (puntaje x ponderación). 30%
5 Condiciones de empleo y remuneración Se evaluará la existencia de una o más de las siguientes mejores condiciones laborales y remuneraciones otorgadas por el oferente a sus trabajadores: 1. Políticas de reajustabilidad de las remuneraciones. 2. Políticas de capacitación laboral. 3. Contratación de personas discapacitadas 4. Beneficios para protección de la maternidad 5. Flexibilidad horaria. 6. Mejoramiento de ambientes de trabajos. La evaluación de este criterio se realizará a partir de la información entregada por el proponente de acuerdo con la siguiente tabla; Mejores Condiciones de Laborales y remuneración Puntaje Cuatro o más, mejores condiciones laborales y/o de remuneraciones 100 Tres mejores condiciones laborales y/o de remuneraciones 80 Dos mejores condiciones laborales y/o de remuneraciones 60 Una mejor condición laborales y/o de remuneraciones 50 No acredita ninguna mejor condición laboral y/o de remuneraciones 0 10%
6 Condiciones de remuneración Para acreditar este factor, el oferente deberá adjuntar, a su oferta técnica, una declaración jurada simple, suscrita por él, en la que señale, detalladamente, el monto de sueldo mínimo imponible que se compromete a pagar a sus trabajadores durante todo el período de vigencia del presente contrato, lo que se entenderá sin perjuicio del derecho de información del SERVIU, el que comprenderá la fiscalización del cumplimiento del pago de las remuneraciones en tiempo y forma. Por forma, se entenderá especialmente el monto de las remuneraciones, de manera que se ciña a los tramos indicados, lo que será verificado por el Administrador del Contrato. Condiciones de empleo y remuneración Puntaje Sueldo imponible igual o superior a $460.001 100 Rango de sueldo imponible entre $425.001 y $460.000 50 Rango de sueldo imponible entre $410.000 y $425.000 20 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 29627820
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Monto total estimado, 29.627.820 veintinueve millones seiscientos veintisiete mil ochocientos veinte pesos impuestos incluidos, divididos proporcionalmente al servicio prestado a contar del 08 de abril del 2023 al 31 de diciembre del 2023 inclusive.
Tiempo del Contrato 9 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica, Cheque
Nombre de responsable de pago: SERGIO ZAPATA SEPULVEDA
e-mail de responsable de pago: SZAPATA@MINVU.CL
Nombre de responsable de contrato: JAQUELINE DUQUE VALDERRAMA
e-mail de responsable de contrato: JDUQUE@MINVU.CL
Teléfono de responsable del contrato: 56-58-2391073-173
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El contratista no podrá ceder o traspasar a terceros, parcial o totalmente, las obligaciones contraídas con el SERVIU y contenidas en la contratación y o adquisición, excepto en el caso de fusión, absorción o división, situación en que las obligacione
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: Servicio de Vivienda y Urbanización
Fecha de vencimiento: 28-03-2024
Monto: 5 %
Descripción: No hay información
Glosa: “Para garantizar en tiempo y forma el cumplimiento íntegro y oportuno de todas y cada una de las obligaciones del contrato de ““PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE GUARDIA DE VIGILANCIA Y SEGURIDAD PARA TERRENO UBICADO EN ALEJANDRO AZOLAS N° 2122, EX MATADERO, EN LA CUIDAD DE ARICA”, y hasta su término y podrá ser hecha efectiva y cobrada por SERVIU, sin más trámite y ante su sola presentación y/o cobro”.
Forma y oportunidad de restitución: La devolución de esta garantía se hará después de 90 días corridos posteriores al vencimiento del contrato, previa conformidad del administrador del contrato y una vez recepcionados conforme totalmente los servicios por parte del SERVIU. Dicha devolución se efectuará en la unidad de Tesorería del SERVIU, en días hábiles, en horarios entre las nueve y las trece horas. El retiro de la garantía podrá ser realizado de manera personal en el caso de las personas naturales, por parte del representante legal en el caso de las personas jurídicas o, en ambos casos, a través de una persona mandatada para tales fines. En este último caso, se deberá presentar un poder simple, emitido por la persona natural o el representante legal de la empresa, según corresponda, a nombre de la persona autorizada para realizar dicho trámite. En cualquiera de los casos, al momento del retiro de la garantía, le será exigida la cédula nacional de identidad vigente de la persona que retira.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
NORMATIVA APLICABLE
El servicio se deberá proveer cumpliendo la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras: a. Ley N° 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado y sus modificaciones. b. Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado y sus modificaciones. c. Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de prestación y prestación de servicios y sus modificaciones. d. Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de prestación y prestación de servicios y sus modificaciones.
DOCUMENTACIÓN QUE RIGE EL PROCESO LICITATORIO
Asimismo, esta licitación se rige por los documentos que a continuación se indican: a. Bases administrativas, bases técnicas y anexos. b. Modificaciones a las bases de licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo. c. Aclaraciones a las bases entregadas por el SERVIU, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes. d. Las respuestas a las preguntas de los proveedores publicadas por el SERVIU en el portal www.mercadopublico.cl.
MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y REVOCACIÓN DEL PROCESO LICITATORIO
a. El SERVIU podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo de la autoridad competente, el que debe ser publicado en el portal www.mercadopublico.cl y, en caso de ser necesario, deberán fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones. b. Asimismo, en caso de que el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenasen la detención del proceso licitatorio, previo a la adjudicación, el SERVIU podrá suspenderlo por una cantidad determinada de días y, posteriormente, seguir con el curso normal de la licitación. c. Por otra parte, conforme a lo establecido en el artículo sesenta y uno de la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, el SERVIU podrá revocar el llamado a licitación pública. Lo anterior, debe ser aprobado mediante acto administrativo de la autoridad competente.
PACTO DE INTEGRIDAD
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos: a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la provisión de él o las adquisiciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y provisión de la o las adquisiciones que de ello se deriven. b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas. c. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, sus documentos integrantes y la o las adquisiciones que de ellos se derivase. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
PUBLICACION DE LAS BASES DE LICITACION
a. Las presentes bases de licitación serán publicadas, en el Sistema de Información, dentro de los primeros diez días corridos a contar de la total tramitación del acto administrativo que apruebe el llamado a la presente licitación pública. b. En caso de que existan diferencias entre la ficha de la licitación publicada en el portal www.mercadopublico.cl y las presentes bases de licitación, aprobadas por acto administrativo y adjuntas a la mencionada ficha, siempre primará lo indicado en las presentes bases de licitación. c. Los plazos señalados en las presentes bases de licitación serán ingresados como fechas concretas al momento de la publicación de la presente licitación en el portal www.mercadopublico.cl, por lo que serán estas últimas las que rigen el presente proceso licitatorio. d. En el evento que alguno de los plazos indicados en las presentes bases de licitación expire en días sábado, domingo o festivos, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente. e. Todas las notificaciones que hayan de efectuarse en el transcurso de la presente licitación se entenderán realizadas luego de transcurridas veinticuatro horas, desde que el SERVIU publique, en el portal www.mercadopublico.cl, el respectivo documento o acto administrativo objeto de la notificación.
CONSULTAS, ACLARACIONES Y RECLAMOS
a. Los proveedores podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las disposiciones contenidas en las presentes bases de licitación o con relación al proceso licitatorio en general. b. Como mecanismo de preguntas y respuestas, se hará uso del foro que para estos efectos se dispone en el Sistema de Información No se admitirán preguntas ni solicitudes de aclaración por otro medio. c. Las preguntas serán recibidas desde la fecha de publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información hasta el cuarto día corrido a contar de dicha fecha. No se admitirán preguntas ni solicitudes de aclaración posteriores a dicho plazo. d. El SERVIU podrá ingresar la respuesta a las consultas hasta el quinto día corrido a contar de la fecha de publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información. e. Asimismo, el SERVIU, de manera unilateral y por iniciativa propia, podrá realizar las aclaraciones que estime necesarias o que hubieren surgido con motivo de consultas efectuadas por los proveedores durante el proceso de licitación. f. En ningún caso los oferentes podrán alegar desconocimiento de las respuestas a las consultas y aclaraciones mencionadas. g. A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información, conforme se establece en la Resolución Exenta N° 484B, de 2007, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
RECEPCION DE LAS PROPUESTAS
a. El SERVIU sólo recibirá ofertas a través del Sistema de Información. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo sesenta y dos del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, lo que será informado a través del portal www.mercadopublico.cl, junto al lugar de presentación de las propuestas. b. Las ofertas serán recibidas desde el momento de la publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información, hasta las quince horas del décimo día corrido a contar de dicha fecha. En caso de indisponibilidad técnica del Sistema de Información, ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, las ofertas en soporte papel serán recibidas hasta con dos días hábiles de posterioridad a la fecha de emisión del respectivo certificado. c. Asimismo, si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, el portal www.mercadopublico.cl presenta indisponibilidad técnica, el SERVIU podrá ampliar el plazo de cierre hasta por el mismo período en que se hubiese prolongado la indisponibilidad técnica, circunstancia que deberá ser acreditada mediante un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, lo que será informado a través del Sistema de Información. d. Las propuestas tendrán una validez de noventa días corridos a contar de la fecha de apertura de estas. Si dentro de este plazo, aún no se hubiese adjudicado la propuesta y ésta estuviese pronta a caducar, el SERVIU podrá solicitar a los oferentes que prorroguen la vigencia de sus ofertas por un período de treinta días corridos. Esta solicitud será realizada por el Encargado del Departamento de Administración y Finanzas o quien le subrogue o reemplace, mediante correo electrónico. Si alguno de los oferentes no respondiera dentro del plazo conferido en el correo electrónico o no accediera a la solicitud de prórroga, su propuesta no será considerada en la evaluación. e. Los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
APERTURA DE LAS PROPUESTAS
a. El acto de la apertura de las ofertas se efectuará en una etapa, es decir, se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica a la vez. b. La apertura se realizará de manera electrónica, posterior a las quince horas del primer día hábil a contar de la fecha de cierre de recepción de ofertas de la presente licitación pública en el Sistema de Información, de acuerdo con la ficha del proceso de licitación, sin perjuicio que se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo sesenta y dos del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, para la presentación de propuestas en formato papel. En este último caso, la apertura se realizará en la sala de reuniones del Departamento de Administración y Finanzas del SERVIU, ubicada en 18 de septiembre N° 122, comuna de Arica, pudiendo asistir los representantes de los oferentes. c. Los proponentes podrán efectuar observaciones al acto de apertura, a través del Sistema de Información, dentro de las veinticuatro horas siguientes a la apertura de las ofertas. En el caso que la apertura de las ofertas sea realizada en soporte papel, los proponentes podrán solicitar que se deje constancia de dichas observaciones o quejas en el acta que se levantará especialmente para tal efecto.
EVALUACION DE LAS OFERTAS
1.9.1.- LA COMISIÓN EVALUADORA a. Una Comisión Evaluadora conformada por, al menos, tres funcionarios públicos designados mediante el presente acto administrativo, efectuará la evaluación de las ofertas técnicas y económicas y de los antecedentes recibidos, de acuerdo con los requisitos para los oferentes, los requisitos de preselección de las ofertas y los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases de licitación. b. La Comisión Evaluadora podrá invitar, como asesores, a otros funcionarios del SERVIU que puedan efectuar aportes respecto a algún punto particular del proceso licitatorio. c. Los miembros de la comisión evaluadora no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. d. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo del foro inverso para obtener aclaraciones. e. Los integrantes de la comisión evaluadora deberán mantener confidencialidad de las deliberaciones de la comisión, durante todo el período de evaluación de las ofertas, a fin de asegurar la integridad del proceso licitatorio. f. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán estar afectos a las prohibiciones señaladas en el Título III, párrafo cinco, artículo ochenta y cuatro, letra b, del Decreto con Fuerza de Ley N° 29, de 2005, del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 18.834, sobre estatuto administrativo, en relación a “Intervenir, en razón de sus funciones, en asuntos en que tengan interés él, su cónyuge, sus parientes consanguíneos hasta el tercer grado inclusive o por afinidad hasta el segundo grado, y las personas ligadas a él por adopción”. g. Los evaluadores no podrán estar afectos a ninguna de las causales de abstención establecidas en el artículo doce, de la Ley N° 19.880, de Bases de procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la administración del Estado, en relación con “Las autoridades y los funcionarios de la Administración en quienes se den algunas de las circunstancias de abstención, deberán comunicar a su superior inmediato, quien resolverá lo procedente. h. Los integrantes de la comisión evaluadora no podrán contravenir el principio de probidad administrativa, en relación con “Intervenir, debido a las funciones, en asuntos en que se tenga interés personal o en que tengan el cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta el tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive. Asimismo, participar en decisiones en que exista cualquier circunstancia que le reste imparcialidad. i. En caso de no estar afecto a ninguna de las inhabilidades establecidas en la normativa vigente, una vez realizada la apertura de las ofertas y conocidos los proponentes y antes del inicio de la evaluación de las ofertas, los evaluadores deberán firmar una declaración simple indicando que no se encuentra afecto a ellas. En caso de encontrarse afecto a cualquiera de estas inhabilidades, el evaluador deberá abstenerse de participar de la comisión. Asimismo, en caso de invitar a otros funcionarios del SERVIU o personas externas para asesorar, de acuerdo con lo establecido en el literal b. del presente punto, ellos también deberán firmar dicha declaración
PROCESO DE EVALUACIÓN
a. Una vez finalizada la recepción de las ofertas y firmada la declaración indicada en el punto precedente, los integrantes de la comisión evaluadora deberán realizar la evaluación de las ofertas, analizando el contenido de todos los antecedentes que se presenten, para lo cual tendrán un plazo estimado de diez días hábiles, contados a partir de la fecha de envío de las ofertas por parte del custodio. b. Corresponderá, como primera instancia, realizar la revisión de los requisitos para los oferentes, establecidos en el punto 1.6.2 “Requisitos para los oferentes” de las presentes bases de licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible. c. Posteriormente, se deberá realizar la revisión de los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo con lo establecido en el punto 1.6.3 “Requisitos de preselección de las ofertas” de las presentes bases de licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible. d. El proceso de evaluación contempla la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas, debiendo cada uno de estos componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de los cual se le asignará el puntaje que corresponda, de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en el punto 1.9.3 “Criterios de evaluación” de las presentes bases de licitación. La suma de los puntajes asignados a los tres componentes corresponderá al puntaje final de la oferta. e. Los criterios de evaluación sólo se aplicarán sobre aquellas ofertas que cumplen con los requisitos para los oferentes y con los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo con lo establecido en los literales b. y c. del presente punto, es decir, sólo se evaluarán las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación. f. Los puntajes técnicos, económicos, administrativos y finales se expresarán, por cada evaluación, en dos decimales. g. Durante el período de evaluación de las ofertas, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de esta, a través de los mecanismos previstos en las presentes bases de licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. De incumplir lo señalado, se entenderá que infringe el pacto de integridad indicado en el punto 1.3.5 “Pacto de integridad” de las presentes bases de licitación, siendo declarada inadmisible su oferta.
ACLARACIONES A LAS OFERTAS
a. Como medida para mejor resolver, el evaluador podrá requerir a los oferentes, a través del portal www.mercadopublico.cl, que aclaren o adjunten antecedentes sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros, siempre que estas aclaraciones y/o complementaciones no signifiquen una alteración sustancial de los antecedentes presentados originalmente. Las respuestas deberán ser entregadas por el mismo medio, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas entregadas, en tiempo y forma, pasarán a formar parte integrante de los antecedentes de la adquisición, en caso de serle adjudicada la licitación al oferente objeto del requerimiento. Si se presentaren las respuestas o antecedentes, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje será de acuerdo con la tabla establecida en el punto 1.9.3.3 “Propuesta administrativa” de las presentes bases de licitación. b. Asimismo, el evaluador podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que éstos hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta solicitud se cursará a través del Sistema de Información, debiendo el proponente adjuntar los antecedentes o certificaciones cuya presentación fue omitida al momento de la presentación de la oferta, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración. Si se presentaren las certificaciones o antecedentes solicitados, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje será de acuerdo con la tabla establecida en el punto 1.9.3.3 “Propuesta administrativa” de las presentes bases de licitación.
ACTA DE EVALUACION
a. La comisión evaluadora confeccionará un acta de evaluación que contenga un resumen del análisis de las ofertas. b. Esta acta deberá contener, al menos, la individualización de los proponentes, la revisión del cumplimiento de los requisitos para los oferentes y de los requisitos de preselección de las ofertas, las aclaraciones solicitadas por parte del SERVIU y las respuestas entregadas por los proponentes, así como los criterios de evaluación y ponderaciones utilizados y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes. c. El acta deberá individualizar a los proponentes cuyas ofertas son declaradas inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes bases de licitación, indicando el motivo del incumplimiento que causó la inadmisibilidad. d. Asimismo, deberá establecer el orden de prelación entre los proponentes que cumplieron con los requisitos para los oferentes y los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo con el puntaje obtenido en la evaluación técnica, económica y administrativa de las ofertas. e. El acta de evaluación deberá culminar con una propuesta, a la autoridad competente, sobre las ofertas a declarar inadmisibles y la adjudicación de la oferta que la comisión evaluadora estime más conveniente a los intereses del SERVIU o la proposición de declaración de desierto del proceso licitatorio cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses del SERVIU, según corresponda
RESOLUCION EN CASO DE EMPATES
En caso de que dos o más oferentes obtuviesen igual puntaje final como resultado de la evaluación practicada por el evaluador, se procederá a realizar el desempate, conforme al siguiente orden de prelación: a. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta Técnica”. b. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”. c. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta administrativa”. d. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta Técnicas”. e. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta económica”. f. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta administrativa”.
SELECCION DE LA OFERTA
1.10.1.- ADJUDICACIÓN a. El SERVIU adjudicará al oferente que obtuviere el mayor puntaje de servicios y/o productos objeto de la presente licitación. b. El SERVIU adjudicará aquella propuesta que, habiendo cumplido con los requisitos dispuestos en los puntos 1.6.2 “Requisitos para los oferentes” y 1.6.3 “Requisitos de preselección de las ofertas” de las presentes bases de licitación, obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas, de acuerdo a la propuesta del evaluador, aun cuando no sea la de menor valor, si con ello se privilegia la calidad de los servicios y/o productos a adquirir, sin que ello otorgue derecho a los oferentes no seleccionados a solicitar indemnización alguna por los gastos en que hubieran incurrido por la presentación de dichas propuestas o por cualquier otra índole. c. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en las presentes bases de licitación, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. d. Asimismo, se deberá publicar el acta de evaluación, los cuadros comparativos, la declaración del evaluador, las actas de visita a terreno, si las hubiere, y cualquier otro documento relacionado con el proceso de evaluación de las ofertas. e. Una vez publicado el acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información, las ofertas técnicas serán de público conocimiento a través de éste. f. Asimismo, en caso de que no se presenten ofertas al proceso licitatorio o que la totalidad de las ofertas presentadas no resulten convenientes para los intereses del SERVIU, el SERVIU declarará desierto el proceso licitatorio, sin que ello otorgue derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta. g. Lo anterior, deberá quedar refrendado en un acto administrativo firmado por la autoridad competente, el que deberá ser publicado en el Sistema de Información, hasta el vigésimo día hábil a contar de la fecha de acto de apertura técnica y económica de las ofertas presentadas en el marco de la presente licitación pública, produciéndose con ello su notificación de acuerdo con lo indicado en las presentes bases de licitación.
AMPLIACION DEL PLAZO
En caso que la adjudicación del proceso licitatorio, no se realice en la fecha indicada en las presentes bases de licitación, se informará, a través del Sistema de Información, las razones de dicho retraso y se indicará un nuevo plazo, de acuerdo a lo establecido en el artículo cuarenta y uno inciso segundo del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
READJUDICACION
Dentro de los sesenta días corridos contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación, en el Sistema de Información, el SERVIU podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar el presente proceso licitatorio al proponente que le siga en puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases de licitación y así sucesivamente, en cualquiera de los siguientes casos: a. Si el adjudicatario desiste de su propuesta o la retira unilateralmente. b. Si el adjudicatario no cumple los requisitos para adquirir o contratar establecidos en las presentes bases de licitación dentro de los plazos señalados por las presentes bases de licitación. c. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en un plazo de siete días corridos contados a partir de la publicación del acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información. d. Otra causal que se contemple en las presentes bases de licitación. Asimismo, cuando no se hayan presentado más ofertas, o bien, cuando el evaluador juzgare que las otras ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses del SERVIU, el SERVIU podrá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierto el proceso licitatorio.
CONSULTAS A LA ADJUDICACIÓN
Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la adjudicación o declaración de desierto del proceso licitatorio, dentro de los siete días corridos contados a partir de la publicación del respectivo acto administrativo en el Sistema de Información. Las consultas se deberán efectuar a través de carta dirigida al director SERVIU Región de Arica y Parinacota, presentada en la Oficina de Partes ubicada en 18 de septiembre N° 122, Arica, las cuales serán respondidas dentro del mismo lapso por correo electrónico.
REGISTRO ELECTRÓNICO OFICIAL DE CONTRATISTAS DE LA ADMINISTRACIÓN DEL ESTADO, CHILEPROVEEDORES
En caso que el adjudicatario, persona natural, persona jurídica o unión temporal de proveedores, no esté inscrito o se encuentra inhábil en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado, Chile Proveedores, estará obligado a regularizar esta situación a fin de contar con inscripción vigente dentro del plazo de quince días corridos contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información, para efectos de celebrar la adquisición de la especie.
REQUISITOS PARA ADQUIRIR AL ADJUDICATARIO
1.12.1.- PERSONA NATURAL a. Encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado, Chile Proveedores. b. No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. c. Presentar la documentación requerida en el punto 1.12 “Antecedentes legales y administrativos para ser contratado” de las presentes bases de licitación. 1.12.2.- PERSONA JURÍDICA a. Encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado. b. No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. c. No registrar condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo con lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. d. Presentar la documentación requerida en el punto 1.12 “Antecedentes legales y administrativos para ser contratado” de las presentes bases de licitación. 1.12.3.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES a. Cada uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores deberá encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado. b. Ninguno de los participantes de la unión temporal de proveedores podrá estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios. c. Las personas jurídicas que formen parte de la unión temporal de proveedores no podrán registrar condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo con lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. d. Presentar la documentación requerida en el punto 1.12 “Antecedentes legales y administrativos para ser contratado” de las presentes bases de licitación.
ANTECEDENTES LEGALES Y ADMINISTRATIVOS PARA SER CONTRATADO
Dentro de los quince días corridos siguientes a la publicación del acto administrativo que adjudica la licitación en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración, el adjudicatario deberá presentar, en el Departamento de Administración y Finanzas, ubicada en 18 de septiembre N° 122, comuna de Arica, la documentación que a continuación se indica. Sin embargo, en el caso que la documentación indicada más adelante se encuentre digitalizada en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, Chile Proveedores, o haya sido ingresada en la oferta, con la vigencia requerida en las presentes bases de licitación, no se requerirá su presentación. 1.13.1.- PERSONAS NATURALES a. Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión. 1.13.2.- PERSONAS JURÍDICAS a. Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión. b. Declaración jurada simple en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo con lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión. 1.13.3.- UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES a. Declaración jurada simple de cada uno de los proveedores que formen parte de la unión temporal de proveedores, en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión. b. Declaración jurada simple de cada una de las personas jurídicas que formen parte de la unión temporal de proveedores, en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
DE LA CONTRATACIÓN DE SERVICIOS Y/O ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS
1.14.1.- CONTENIDO DE LA CONTRATACIÓN Y/O ADQUISICIÓN El SERVIU Región de Arica y Parinacota suscribirá un contrato de prestación de servicios con el adjudicatario según línea de servicios ofertados, se regirá por lo previsto en la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica: a. Bases administrativas, bases técnicas y las modificaciones a éstas, debidamente aprobadas por acto administrativo. b. Aclaraciones a las presentes bases de licitación entregadas por el SERVIU, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proveedores, y las respuestas a las preguntas de los proveedores publicadas en el portal www.mercadopublico.cl. c. Oferta del contratista y aclaraciones a la misma que hayan sido solicitadas por el SERVIU, los que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante de dicho contrato. El contrato de Servicio deberá contener la individualización del contratista, las características del bien y/o servicio contratado, el precio, el plazo de duración, las garantías (si las hubiere), causales de término y demás menciones y cláusulas establecidas en bases.
VIGENCIA Y DURACIÓN DE LA CONTRATACIÓN
El contrato entrará en vigencia a partir del 08 de abril del 2023 y hasta el 31 de diciembre del 2023 inclusive, de acuerdo con el periodo indicado en el cuadro del punto 1.1.- lo que finalmente comenzara a contar de la fecha que la entidad compradora determine como inicio de la prestación de servicios, lo que quedará establecido en la suscripción del contrato, sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, el proveedor adjudicado podrá comenzar a prestar los servicios correspondientes a partir de la fecha de adjudicación del proceso, no obstante el pago únicamente podrá efectuarse una vez verificada la total tramitación del acto administrativo aprobatorio de contrato, pudiendo comenzar con el servicio una vez notificados a través del mercado público y previa coordinación con el o los adjudicados. Lo anterior, siempre y cuando el mandante no manifieste por escrito su voluntad de ponerle término con a lo menos 30 días de antelación al término de vigencia, sin embargo, podrá ponerse término al Convenio de acuerdo con las causales establecidas en el punto 1.22. de las presentes bases según lo señalado en el art. 77 del Reglamento Nº 250 de Compras y Contrataciones Pública
MONTO DE LA CONTRATACION Y/O ADQUISICION
El monto total de la contratación y/o adquisición será el ofertado por el adjudicatario en su propuesta, en concordancia con lo establecido en el punto 1.6.3.4 “PRESUPUESTO ESTIMADO” de las presentes bases de licitación para estos efectos. Asimismo, en casos debidamente fundamentados y siempre que exista disponibilidad presupuestaria, el monto de la contratación y/o adquisición podrá variar hasta en un máximo del 30% del total determinado, por aumento de la necesidad de servicios y/o productos, o incorporación de elementos indispensables según informe técnico emitido por la contraparte técnica, en consideración a circunstancias de carácter técnico que no se tuvieron en vista en la época de la elaboración de las presentes bases de licitación. Lo anterior deberá quedar refrendado mediante un nuevo acto administrativo firmado por la autoridad competente y dará derecho al contratista a su pago, de acuerdo con los precios unitarios contratados y a un aumento del plazo que tenga la adquisición.
EFECTOS DEL CONTRATO (confidencialidad)
Se exige la adhesión al Sistema de Seguridad de la Información del SERVIU Región de Arica y Parinacota: El objeto del presente acuerdo es fijar los términos y condiciones bajo los cuales las partes mantendrán la confidencialidad de los datos e información intercambiados entre ellas incluyendo información objeto de derecho de autor, patentes, técnicas, modelos, know-how, procesos, algoritmos, programas, ejecutables, investigaciones, detalles de diseño, información financiera, lista de clientes/usuarios/postulantes/beneficiarios, proveedores, funcionarios, relaciones institucionales y contractuales, y cualquier información revelada sobre terceras personas. Se deja constancia que el oferente que resulte adjudicado, con la aceptación de la orden de compra, se obliga expresamente a cumplir con la Política de Seguridad de la Información del SERVIU que se encuentra disponible en www.serviu15.cl , a utilizar la información únicamente para los propósitos autorizados y a respetar la confidencialidad de la información en los casos que así se establezca en el contrato; asimismo, se obliga a reportar a la contraparte SERVIU que se le designe y a tratar los eventos de seguridad de la información que detecte conforme al Procedimiento de Gestión de Incidentes de Seguridad de la Información vigente, el que será puesto a su disposición. Se compromete a acceder, procesar, almacenar, comunicar la información y utilizar componentes de infraestructura de TI de la institución respetando las políticas de seguridad de la información internas, asegurando su integridad. Las partes se obligan a no divulgar a terceras partes, la “Información Confidencial” que reciban de la otra parte, y a darle a dicha información el mismo tratamiento que le darían a la información confidencial como si fuera de su propiedad. Para efectos del presente acuerdo “información Confidencial” comprende toda la información divulgada por cualquiera de las partes ya sea en forma oral, visual, escrita, grabada en medios magnéticos o en cualquier otra forma tangible y que se encuentre claramente marcada o registrada como tal al ser entregada a la parte receptora. El producto del trabajo que el proveedor adjudicado desarrolle con ocasión de esta contratación, tales como programas, rutinas, procedimientos, archivos, manuales, documentos, informes, modelos, diagramas, diseños, diseños lógicos, diseños físicos, códigos, fuentes o ejecutables u otros serán de propiedad del SERVIU Región de Arica y Parinacota, quien se reserva el derecho de disponer de ellos libremente sin limitación de ninguna especie, no pudiendo por tanto el proveedor realizar ningún acto respecto de ellos, ajenos al contrato, sin la autorización expresa del Servicio. Todo dato, estadística, código fuentes, ejecutables, y cualquier otra información del SERVIU Región de Arica y Parinacota que el proveedor conozca o llegare a conocer con ocasión o a propósito de las labores que realice en virtud de este contrato se mantendrán como propiedad confidencial de éstos. El incumplimiento de esta obligación autorizará al SERVIU Región de Arica y Parinacota para poner término anticipado al contrato. El incumplimiento será declarado administrativamente tras la aplicación del Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos establecido en el presente pliego de condiciones, sin perjuicio de perseguir las responsabilidades civiles y penales que según el caso corresponda, directamente o derivados de las acciones de los integrantes de su equipo de trabajo, subcontratistas u otras personas vinculadas a aquél. Y, en su caso, podrá dar lugar a responsabilidad por los daños y perjuicios que dicho incumplimiento llegase a ocasionar al Servicio. No obstante, lo anterior no habrá deber alguno de confidencialidad en los siguientes casos: a) Cuando la parte receptora tenga evidencia de que conoce previamente la información recibida; b) Cuando la información recibida sea de dominio público por motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del consultor, los integrantes de su equipo de trabajo, contratistas u otras personas relacionadas con aquél; c) Cuando la información deje de ser confidencial por ser revelada por el propietario con permiso de divulgación; d) Cuando, por virtud de la ley o resolución judicial, el consultor sea obligado a revelar la información. El proveedor acepta el derecho del SERVIU Región de Arica y Parinacota a supervisar, revisar y auditar sus procesos y los controles que implemente relacionados con el presente acuerdo. El presente acuerdo de protección de la información institucional y cláusula de confidencialidad tendrá una duración indefinida.”
ADMINISTRACIÓN DEL CONTRATO
1.16.1.- CONTRAPARTE TÉCNICA La autoridad competente, en el acto administrativo que adjudique el presente proceso licitatorio, designará una contraparte técnica conformada por, al menos, dos funcionarios públicos, uno en calidad titular y otro suplente, quienes podrán actuar de manera independiente en el cumplimento de las funciones que aquí se les delegan. a. Supervisar, coordinar y velar por el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las presentes bases de licitación. b. Dar visación del o los pagos cada vez que corresponda. c. Ratificar o dejar sin efecto la solicitud de cambio del ejecutivo del contratista. d. Acoger o rechazar los descargos del contratista por la aplicación de multas. e. Requerir el término anticipado de la adquisición, en el caso que corresponda. f. Evaluar el producto que se entrega durante la provisión de la adquisición. g. Aclarar y orientar respecto del desarrollo de la provisión de los servicios y/o productos requeridos. h. Aprobar y recibir conforme los informes que pudiesen existir durante la provisión de los servicios y/o productos. i. Supervisar el cumplimiento de los plazos de este. j. Fijar plazos para subsanar falencias detectadas en la provisión de los servicios y/o productos. k. Autorizar o rechazar el reemplazo del ejecutivo solicitado por el contratista. l. Solicitar el cambio del ejecutivo del contratista. m. Requerir el aumento del plazo de duración de la adquisición. n. Requerir el aumento del monto total de la adquisición. o. Recibir conforme el producto provisto por el contratista. p. Requerir la aplicación de las multas. q. Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación. En caso de ser necesario el reemplazo de uno o varios integrantes de la contraparte técnica, la autoridad competente del SERVIU deberá dictar un nuevo acto administrativo, nombrando a los nuevos integrantes de esta contraparte técnica. Lo anterior, deberá ser notificado mediante la publicación del acto administrativo en el Sistema de Información.
EJECUTIVO DEL CONTRATISTA
a. El contratista deberá designar a un ejecutivo, quien será su representante permanente ante el SERVIU. b. Este ejecutivo deberá estar fácilmente disponible para una comunicación rápida con la contraparte técnica del SERVIU. Lo anterior, sin perjuicio de la participación de la persona natural, del representante legal en el caso de las personas jurídicas o del representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, cuando ella sea requerida. c. La designación se deberá comunicar al momento de la presentación de los antecedentes legales y administrativos para adquirir, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada. d. A este ejecutivo le corresponderá, principalmente: • Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la provisión de la adquisición. • Coordinar las acciones que sean pertinentes para la provisión de la materia de la presente licitación. • Entregar toda la información pertinente requerida por el SERVIU. • Acudir a las citaciones realizadas por la contraparte técnica del SERVIU. • Dar respuesta a las consultas efectuadas por la contraparte técnica del SERVIU. • Las demás que le encomienden las presentes bases de licitación. e. En caso de ser necesario su reemplazo, el contratista deberá pedir autorización, por correo electrónico, a la contraparte técnica del SERVIU, con siete días corridos de anticipación a la fecha en que haya de producirse el cambio, debiendo serlo por una persona de competencias equivalentes o superiores a la del ejecutivo inicialmente propuesto. La contraparte técnica tendrá un plazo de tres días corridos para autorizar o rechazar, mediante correo electrónico, el cambio. El rechazo de la petición deberá ser fundado. f. Asimismo, el SERVIU podrá solicitar el cambio del ejecutivo nombrado por el contratista, mediante correo electrónico de la contraparte técnica, indicando los motivos que ocasionan tal solicitud. El contratista tendrá un plazo de tres días corridos para efectuar sus descargos, de los que conocerá la contraparte técnica del SERVIU, quien definirá finalmente si se ratifica la solicitud. En caso de que el contratista no efectué descargos o la contraparte técnica del SERVIU ratificase la solicitud de cambio del ejecutivo del contratista, el contratista tendrá un plazo de catorce días corridos a partir de la notificación, para hacerlo efectivo.
OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
Sin perjuicio de las demás obligaciones que se establezcan en la adquisición, constituirán obligaciones del contratista las siguientes: a. Dar cumplimiento a las presentes bases de licitación dentro de los plazos establecidos, en la forma, condiciones y características que se determinan en ellas, además de respetar lo solicitado en los antecedentes que complementan todas las obligaciones contractuales. b. No realizar, por iniciativa propia, cambio alguno a las especificaciones técnicas contenidas en las presentes bases de licitación. c. Dotar a su personal de implementos de seguridad y protección personal, conforme a lo señalado en la Ley N° 16.744, que establece normas sobre accidentes del trabajo y enfermedades profesionales y vigilar su correcto uso. d. Entregar a su personal todo el equipamiento, maquinaria, herramientas, materiales y otros, que pudiere requerir para la correcta provisión de los servicios y/o productos que por este acto se adquiere y así como vigilar su correcto uso. e. Mantener condiciones seguras de trabajo, tanto en las superficies en que se desplacen como respecto de las máquinas y equipos que utilice, de acuerdo con el riesgo inherente a las labores a realizar. f. Asimismo, todo eventual accidente de trabajo que pudiere afectar a los trabajadores será de cuenta y riesgo del contratista. g. Identificar adecuadamente al personal del contratista que visite las dependencias del SERVIU, con motivo del cumplimiento de la presente adquisición, con las respectivas credenciales, las que deberán incluir el nombre del contratista y nombres, apellidos y número de cédula nacional de identidad del trabajador. h. Los trabajadores del contratista que entreguen servicios y/o productos en las dependencias del SERVIU, no tendrán vínculo ni relación laboral alguna con esta Secretaría de Estado. i. El contratista, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes respecto de todos los integrantes de su equipo de trabajo. En consecuencia, el contratista será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su equipo de trabajo.
RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
El contratista será responsable de cualquier daño que se produzca en los bienes del SERVIU, por hecho o culpa de sus dependientes o de terceros ajenos, con ocasión de la provisión de los servicios y/o productos adquiridos. El contratista será el único responsable y deberá responder de todo daño, de cualquier naturaleza, que con motivo de la provisión de los servicios y/o productos cause a terceros. El modo efectivo del pago, tras las deducciones a que den lugar los supuestos anteriores, será el siguiente: valor producto adquirido - daño = monto efectivo a pagar.
LIBERACIÓN DE RESPONSABILIDADES
El contratista libera de toda responsabilidad al SERVIU, frente a acciones entabladas por terceros debido a transgresiones al derecho de autor, de marcas, de propiedad intelectual y otros, utilizadas por ella indebidamente.
CONCORDANCIA ENTRE EL PRODUCTO OFERTADO Y EL PRODUCTO ENTREGADO
El contratista deberá entregar el servicio y/o producto de acuerdo con las especificaciones técnicas que haya declarado en su oferta y aclaraciones a la misma, las que se especifican en las presentes bases de licitación y en las aclaraciones o modificaciones a las presentes bases de licitación entregadas por el SERVIU. El SERVIU podrá, en todo momento, requerir información acerca del cumplimiento de la presente cláusula, y se reserva el derecho de rechazar el servicio y/o producto si este no cumple con lo señalado.
PROHIBICIÓN DE CESIÓN
El contratista no podrá ceder o traspasar a terceros, parcial o totalmente, las obligaciones contraídas con el SERVIU y contenidas en la contratación y/o adquisición, excepto en el caso de fusión, absorción o división, situación en que las obligaciones serán traspasadas al continuador legal, en las mismas condiciones establecidas en la contratación y/o adquisición. En estos casos, el contratista deberá informar a la contraparte técnica del SERVIU, con al menos quince días corridos de anticipación, respecto de la fusión, absorción o división.
PRECIO
Los precios de los servicios ofrecidos se mantendrán vigentes por toda la duración del Contrato de prestación de servicios. Lo anterior, sin perjuicio de las cláusulas de reajustabilidad que se establecen en las presentes bases, así como la posibilidad de rebaja de precios establecida en la oferta económica. Los adjudicatarios se comprometen a mantener en el Convenio de prestación de Servicios, el mejor precio ofertado a sus clientes, éstos deberán verse reflejados en el Convenio. De acuerdo con lo anterior, en cualquier momento y durante la vigencia del presente convenio, el adjudicatario, podrán solicitar por escrito al SERVIU la modificación en los precios, siempre y cuando estos correspondan a rebajas sustanciales permitiendo el cumplimiento del proveedor la entrega de mejores precios en comparación con el precio mercado. El SERVIU podrá solicitar modificación de los precios si según evaluación del mercado estos son menores a los del presente convenio, los que podrán ser aceptados o rechazados por el proveedor con la debida justificación, lo que será revisado y analizado por el servicio con el fin de determinar la continuidad del convenio o su término por condiciones más ventajosas.
PAGO
Una vez cumplido el mes calendario el contratista deberá entregar los siguientes documentos a través de correo electrónico o por medio físico dirigido a la contraparte técnica del SERVIU a fin de solicitar la conformidad de la prestación mensual de los servicios; - Factura - Nómina de trabajadores que prestaron el servicio durante el mes o periodo de pago (nombre completo, RUT, Función y tipo de contrato) - Fotocopias de libro de asistencia - Certificado de antecedentes laborales y previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo.(F30) - Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales, otorgado por la Dirección del Trabajo. (F30-1) En el caso de observaciones la contraparte técnica enviará correo para que subsanen complementen con la información necesaria, al cumplir con toda la documentación necesaria se dará la conformidad y recepción conforme de los servicios para la emisión del Documento Tributario de Cobro. El documento tributario de cobro correspondiente será cancelado en el más breve plazo posible no superando los 30 días corridos desde su recepción a través de SII. Si el contratista no presenta la totalidad documentación antes de mencionada en la forma solicitada no se recepcionará dicho documento de cobro hasta que se presente la totalidad de los documentos. Al emitir el documento tributario electrónico de cobro en SII, deberá incluir en campo 801 el número ID de la Orden de Compra, y enviar el archivo XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com.
CAUSALES PARA LA APLICACIÓN DE UNA MULTA
El SERVIU estará facultado para aplicar al contratista una multa en los casos, formas y plazos que a continuación se indican, siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por la contraparte técnica del SERVIU. CATEGORÍA CAUSALES MULTA APLICABLE Falta grave - No prestación del servicio 1 día - Agresiones físicas, peleas, altercados, insultos o improperios por parte del personal del proveedor, entre ellos o con cualquier otra persona. - Incumplimiento de las instrucciones impartidas por el coordinador del contrato. - Acciones inseguras o temerarias que pongan en riesgo la salud o seguridad de las personas (por evento). - Daños al inmueble, mobiliario y equipamiento del SERVIU. - Incumplimiento en alguno de los beneficios a los trabajadores informados, y considerados al momento de evaluar las propuestas. 8 UF por evento Falta moderada - Inasistencia sin reemplazo de un trabajador. - Falta del equipamiento de seguridad y vestimenta acorde a lo solicitado en bases en un trabajador. - Nivel deficiente del servicio 3 veces en el mes, mediante anotación en el libro de novedades. 4 UF por evento Falta leve - Atrasos al horario establecido en más de 3 horas y hasta 9 horas, en la sumatoria de los trabajadores, en un periodo de un mes. - Incumplimiento del reemplazo máximo antes de las 4 horas posteriores a la ausencia por (licencia médica, permisos, feriados legales y fallas o simples ausencias). - Nivel deficiente del servicio validado por la contraparte técnica del contrato, mediante anotación en el libro de novedades. 2 UF por evento Nota: La UF (unidad de fomento) aplicable, será la correspondiente al día en que se verificó la falta. En caso de cualquier otro incumplimiento de obligaciones especialmente no previstas en este pliego se aplicará una multa de 1 UF por evento. El tope para aplicación de multa será de 8 UF mensual.
PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LAS MULTAS
a. Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutivo designado por el contratista, mediante correo electrónico, informándole sobre el cobro a aplicar y sobre los hechos en que éste se motiva. b. A contar de la notificación singularizada en el literal anterior, el contratista tendrá un plazo de tres días hábiles para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante la contraparte técnica del SERVIU, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. c. Vencido el plazo indicado en el literal anterior sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el contratista aceptase los hechos en que se funda la multa, se aplicará la correspondiente multa por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información. d. Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el SERVIU podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del contratista deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la autoridad competente, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la multa a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información. e. Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. f. La aplicación de la multa se hará administrativa y unilateralmente por el SERVIU, a través de la deducción de su monto del pago de la factura (valor factura - monto multa = valor a pagar). g. Las multas se aplicarán siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por la contraparte técnica del SERVIU.
MODIFICACIÓN DEL CONTRATO Y TÉRMINO ANTICIPADO
1.25.1.- CAUSALES PARA LA MODIFICACIÓN Y EL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN Y/O ADQUISICIÓN Sin perjuicio de lo establecido en el artículo trece de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, el SERVIU podrá modificar y poner término anticipado a la contratación y/o adquisición, en las siguientes situaciones; 1) Término anticipado a. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista: Se entenderá que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista, en los siguientes casos: • Si el contratista no entregase el producto y/o servicio, conforme las características requeridas en las presentes bases de licitación y a lo ofertado, al plazo de entrega ofertado o el máximo establecido en el punto 1.6.3.2 “Entrega de los servicios y/o productos” de las presentes bases de licitación para estos efectos, según corresponda. • Si el contratista manifiesta que no está en condiciones de proveer el producto, una vez aceptada la orden de compra. • La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes. • Si se aplican tres multas durante el período de vigencia de la adquisición. • Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 5% del valor del contrato. • Si el contratista no da cumplimiento al pacto de integridad, de acuerdo a lo dispuesto en el punto 1.3.5 “Pacto de integridad” de las presentes bases de licitación. • Si el contratista cede o traspasa total o parcialmente el producto adquirido, de acuerdo a lo dispuesto en el punto 1.19 “Prohibición de cesión” de las presentes bases de licitación. • Si un integrante de la unión temporal de proveedores ocultase información relevante para ejecutar la respectiva adquisición, que afecte a cualquiera de sus miembros. • Si se constatase que los integrantes de la unión temporal de proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, de verificarse dicha circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica. • Si uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta. c. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. e. Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses. f. Razones de necesidad o conveniencia g. Por término del presupuesto destinado a esta contratación y/o adquisición. h. En caso de muerte del contratista o socio que implique la imposibilidad de la provisión de los servicios y/o productos en los mismos términos contratados y/o adquiridos. i. En caso de inhabilidad sobreviviente de alguno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, en la medida que ésta no pueda continuar ejecutando la adquisición con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. j. En caso de disolución de la unión temporal de proveedores. k. El incumplimiento reiterado o sostenido del proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos periodos de cotizaciones discontinuo, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior, sin perjuicio del derecho de retención previsto en la Ley N° 20.123. 2) Modificaciones Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones podrán afectar el monto del contrato en hasta el 30% de su valor total. En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante resolución que será sometida a la misma tramitación administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato. Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato. Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que el SERVIU pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El contrato se podrá modificar de mutuo acuerdo entre las partes, según lo establecido en el N°1 del Artículo 77 del Reglamento N° 250 de Ley de Compras.
PROCEDIMIENTO PARA PONER TÉRMINO ANTICIPADO A LA CONTRATACIÓN
a. En caso de requerir el término anticipado de la contratación, por alguna de las causales establecidas en los literales a., b., c., y d. del punto 1.22.1 “Causales para el término anticipado de la contratación” de las presentes bases de licitación, éste se dispondrá por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictado. b. A su vez, detectada una situación que amerite el término anticipado de la contratación, por alguna de las causales establecidas en los literales e., f., g. y h. del punto 1.22.1 “Causales para el término anticipado de la contratación” de las presentes bases de licitación, el Encargado de la Sección Gestión de Compras o quien lo subrogue o reemplace, a solicitud de la contraparte técnica del SERVIU, deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutivo del contratista designado y a la persona natural, el representante legal en el caso de las personas jurídicas o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según sea el caso, mediante correo electrónico, informándole sobre el término anticipado a aplicar y sobre los hechos en que éste se motiva. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el contratista tendrá un plazo de siete días corridos para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante la contraparte técnica del SERVIU, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. c. Vencido el plazo indicado en el literal anterior sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el contratista aceptase los hechos en que se funda el término anticipado de la contratación, se aplicará el correspondiente término anticipado por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictada. d. Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el SERVIU podrá rechazarlos o acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del contratista deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la autoridad competente, en la cual deberá detallarse el contenido y las características del término anticipado a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictada. e. Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado. f. En caso de ponerse término anticipado a la contratación, independiente de la causal que diera origen a éste, se pagarán al contratista los servicios efectivamente entregados y recibidos a satisfacción por parte del SERVIU.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.