NORMATIVA APLICABLE |
El servicio se deberá proveer cumpliendo la normativa legal y reglamentaria vigente sobre la materia, entre otras:
a. Ley N° 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la Administración del Estado y sus modificaciones.
b. Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado y sus modificaciones.
c. Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y sus modificaciones.
d. Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y sus modificaciones.
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DOCUMENTACIÓN QUE RIGE EL PROCESO LICITATORIO |
Asimismo, esta licitación se rige por los documentos que a continuación se indican:
a. Bases administrativas, bases técnicas y anexos.
b. Modificaciones a las Bases de Licitación, debidamente aprobadas por acto administrativo.
c. Aclaraciones a las bases entregadas por el SERVIU, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proponentes.
d. Las respuestas a las preguntas de los proveedores publicadas por el SERVIU en el portal www.mercadopublico.cl.
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MODIFICACIÓN, SUSPENSIÓN Y REVOCACIÓN DEL PROCESO LICITATORIO |
El SERVIU podrá modificar las bases administrativas, bases técnicas y sus anexos hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Estas modificaciones deberán ser aprobadas mediante acto administrativo de la autoridad competente, el que debe ser publicado en el portal www.mercadopublico.cl y, en caso de ser necesario, deberán fijar prudencialmente un nuevo plazo para la presentación de ofertas, de manera de permitir que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones.
b. Asimismo, en caso de que el Tribunal de Contratación Pública u otra instancia jurisdiccional ordenasen la detención del proceso licitatorio, previo a la adjudicación, el SERVIU podrá suspenderlo por una cantidad determinada de días y, posteriormente, seguir con el curso normal de la licitación.
c. Por otra parte, conforme a lo establecido en el artículo sesenta y uno de la Ley N° 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado, el SERVIU podrá revocar el llamado a licitación pública. Lo anterior, debe ser aprobado mediante acto administrativo de la autoridad competente.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las presentes Bases de Licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
a. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público
en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la provisión de él o las adquisiciones que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y provisión de la o las adquisiciones que de ello se deriven.
b. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
c. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las presentes Bases de Licitación, sus documentos integrantes y la o las adquisiciones que de ellos se derivase.
El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes, asesores, agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación.
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CONSULTAS, ACLARACIONES Y RECLAMOS |
Los proveedores podrán formular consultas o solicitar aclaraciones respecto de las disposiciones contenidas en las presentes Bases de Licitación o con relación al proceso licitatorio en general.
b. Como mecanismo de preguntas y respuestas, se hará uso del foro que para estos efectos se dispone en el Sistema de Información No se admitirán preguntas ni solicitudes de aclaración por otro medio.
c. Las preguntas serán recibidas desde la fecha de publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información hasta el cuarto día corrido a contar de dicha fecha. No se admitirán preguntas ni solicitudes de aclaración posteriores a dicho plazo.
d. El SERVIU podrá ingresar la respuesta a las consultas hasta el quinto día corrido a contar de la fecha de publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información.
e. Asimismo, el SERVIU, de manera unilateral y por iniciativa propia, podrá realizar las aclaraciones que estime necesarias o que hubieren surgido con motivo de consultas efectuadas por los proveedores durante el proceso de licitación.
f. En ningún caso los oferentes podrán alegar desconocimiento de las respuestas a las consultas y aclaraciones mencionadas.
g. A su vez, los proveedores tienen derecho a efectuar reclamos relacionados con el presente proceso licitatorio, a través del Sistema de Información, conforme se establece en la Resolución Exenta N° 484B, de 2007, de la Dirección de Compras y Contratación Pública.
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PLAZO DE ENTREGA |
El plazo de entrega de los servicios y/o productos ofertados no podrá superar los 10 días corridos, contados a partir de la aceptación de la orden de compra, salvo lo requiera la institución para ajustar y postergar la fecha de inicio del curso de capacitación en razón de asegurar la participación de los funcionarios.
El proveedor contratado deberá enviar la propuesta de fecha de realización de cursos a la Encargada de Capacitaciones del SERVIU.
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RECEPCION DE LAS PROPUESTAS |
El SERVIU sólo recibirá ofertas a través del Sistema de Información. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al indicado previamente, sin perjuicio de la posibilidad de recepcionarlas en soporte papel cuando se configure alguna de las circunstancias establecidas en el artículo sesenta y dos del Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley Nº 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, lo que será informado a través del portal www.mercadopublico.cl, junto al lugar de presentación de las propuestas.
b. Las ofertas serán recibidas desde el momento de la publicación del llamado a la presente licitación pública en el Sistema de Información, hasta las quince horas del décimo día corrido a contar de dicha fecha. En caso de indisponibilidad técnica del Sistema de Información, ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública, las ofertas en soporte papel serán recibidas hasta con dos días hábiles de posterioridad a la fecha de emisión del respectivo certificado.
c. Asimismo, si a la fecha de cierre de recepción de ofertas, el portal www.mercadopublico.cl presenta indisponibilidad técnica, el SERVIU podrá ampliar el plazo de cierre hasta por el mismo período en que se hubiese prolongado la indisponibilidad técnica, circunstancia que deberá ser acreditada mediante
un certificado emitido por la Dirección de Compras y Contratación Pública, lo que será informado a través del Sistema de Información.
d. Las propuestas tendrán una validez de noventa días corridos a contar de la fecha de apertura de las mismas. Si dentro de este plazo, aún no se hubiese adjudicado la propuesta y ésta estuviese pronta a caducar, el SERVIU podrá solicitar a los oferentes que prorroguen la vigencia de sus ofertas por un período de treinta días corridos. Esta solicitud será realizada por el Encargado del Departamento de Administración y Finanzas o quien le subrogue o reemplace, mediante correo electrónico. Si alguno de los oferentes no respondiera dentro del plazo conferido en el correo electrónico o no accediera a la solicitud de prórroga, su propuesta no será considerada en la evaluación.
e. Los proponentes no podrán retirar las propuestas ni hacer modificaciones en ellas una vez presentadas.
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PROCESO DE EVALUACIÓN |
Una vez finalizada la recepción de las ofertas y firmada la declaración indicada en el punto precedente, los integrantes de la comisión evaluadora deberán realizar la evaluación de las ofertas, analizando el contenido de todos los antecedentes que se presenten, para lo cual tendrán un plazo estimado de diez días hábiles, contados a partir de la fecha de envío de las ofertas por parte del custodio.
b. Corresponderá, como primera instancia, realizar la revisión de los requisitos para los oferentes, establecidos en el punto 1.6.2 “Requisitos para los oferentes” de las presentes Bases de Licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible.
c. Posteriormente, se deberá realizar la revisión de los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo a lo establecido en el punto 1.6.3 “Requisitos de preselección de las ofertas” de las presentes Bases de Licitación. En caso de cumplir con todos ellos, se continuará con su evaluación y en caso de no cumplir con la totalidad de los requisitos, la oferta de aquellos proponentes será declarada inadmisible.
d. El proceso de evaluación contempla la evaluación de las ofertas técnicas, económicas y administrativas, debiendo cada uno de estos componentes ser evaluado en forma independiente, en virtud de los cual se le asignará el puntaje que corresponda, de acuerdo a los criterios de evaluación establecidos en el punto 1.9.3 “Criterios de evaluación” de las presentes Bases de Licitación. La suma de los puntajes asignados a los tres componentes corresponderá al puntaje final de la oferta.
e. Los criterios de evaluación sólo se aplicarán sobre aquellas ofertas que cumplen con los requisitos para los oferentes y con los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo a lo establecido en los literales b. y c. del presente punto, es decir, sólo se evaluarán las ofertas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación.
f. Los puntajes técnicos, económicos, administrativos y finales se expresarán, por cada evaluación, en dos decimales.
g. Durante el período de evaluación de las ofertas, los oferentes sólo podrán mantener contacto con la entidad licitante para los efectos de la misma, a través de los mecanismos previstos en las presentes Bases de Licitación, quedando absolutamente prohibido cualquier otro tipo de contacto. De incumplir lo señalado, se entenderá que infringe el pacto de integridad indicado en el punto 1.3.5 “Pacto de integridad” de las presentes Bases de Licitación, siendo declarada inadmisible su oferta.
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ACLARACIONES A LAS OFERTAS |
Como medida para mejor resolver, el evaluador podrá requerir a los oferentes, a través del portal www.mercadopublico.cl, que aclaren o adjunten antecedentes sobre aspectos de su propuesta que no resulten suficientemente claros, siempre que estas aclaraciones y/o complementaciones no signifiquen una alteración sustancial de los antecedentes presentados originalmente. Las respuestas deberán ser entregadas por el mismo medio, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración. Tanto las aclaraciones solicitadas como las respuestas entregadas, en tiempo y forma, pasarán a formar parte integrante de los antecedentes de la contratación, en caso de serle adjudicada la licitación al oferente objeto del requerimiento.
Si se presentaren las respuestas o antecedentes, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje será de acuerdo con la tabla establecida en el punto 1.9.3.3 “Propuesta administrativa” de las presentes Bases de Licitación.
b. Asimismo, el evaluador podrá solicitar a los oferentes la presentación de certificaciones o antecedentes que éstos hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Esta solicitud se cursará a través del Sistema de Información, debiendo el proponente adjuntar los antecedentes o certificaciones cuya presentación fue omitida al momento de la presentación de la oferta, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración.
Si se presentaren las certificaciones o antecedentes solicitados, en tiempo y forma por el oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje será de acuerdo con la tabla establecida en el punto 1.9.3.3 “Propuesta administrativa” de las presentes Bases de Licitación.
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ACTA DE EVALUACION |
La comisión evaluadora confeccionará un acta de evaluación que contenga un resumen del análisis de las ofertas.
b. Esta acta deberá contener, al menos, la individualización de los proponentes, la revisión del cumplimiento de los requisitos para los oferentes y de los requisitos de preselección de las ofertas, las aclaraciones solicitadas por parte del SERVIU y las respuestas entregadas por los proponentes, así como los criterios de evaluación y ponderaciones utilizados y las evaluaciones realizadas, indicando el puntaje que hayan obtenido los respectivos proponentes.
c. El acta deberá individualizar a los proponentes cuyas ofertas son declaradas inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, indicando el motivo del incumplimiento que causó la inadmisibilidad.
d. Asimismo, deberá establecer el orden de prelación entre los proponentes que cumplieron con los requisitos para los oferentes y los requisitos de preselección de las ofertas, de acuerdo al puntaje obtenido en la evaluación técnica, económica y administrativa de las ofertas.
e. El acta de evaluación deberá culminar con una propuesta, a la autoridad competente, sobre las ofertas a declarar inadmisibles y la adjudicación de la oferta que la comisión evaluadora estime más conveniente a los intereses del SERVIU o la proposición de declaración de desierto del proceso licitatorio cuando no se presenten ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses del SERVIU, según corresponda.
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Resolución de Empates |
En caso de que dos o más oferentes obtuviesen igual puntaje final como resultado de la evaluación practicada por el evaluador, se procederá a realizar el desempate, conforme al siguiente orden de prelación:
a. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Prueba de conocimientos”.
b. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta técnica”.
c. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”.
d. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta administrativa”.
e. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta técnica”.
f. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Entrevista Personal”.
g. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta económica”.
h. El proponente que obtenga mayor puntaje en cada uno de los factores establecidos, conforme al orden de prelación de éstos, de acuerdo con su ponderación de mayor a menor, en el criterio “Propuesta administrativa”.
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ADJUDICACION |
El SERVIU podrá adjudicar en forma múltiple las líneas de servicios objeto de la presente licitación, esto quiere decir, que cada línea será evaluada en forma independiente, se adjudicará al proveedor más conveniente y el que obtenga el mayor puntaje en cada una de las líneas, dependiendo del resultado de aplicar los criterios de evaluación establecidos en el punto 1.9.3.
b. El SERVIU adjudicará aquella propuesta que, habiendo cumplido con los requisitos dispuestos en los puntos 1.6.2.-“Requisitos para los oferentes” y 1.6.3.-“Requisitos de preselección de las ofertas” de las presentes Bases de Licitación, obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las ofertas, de acuerdo a la propuesta de la comisión evaluadora, aun cuando no sea la de menor valor, si con ello se privilegia la calidad del servicio a adquirir, sin que ello otorgue derecho a los oferentes no seleccionados a solicitar indemnización alguna por los gastos en que hubieran incurrido por la presentación de dichas propuestas o por cualquier otra índole.
c. En dicho acto deberán especificarse los criterios de evaluación que, estando previamente definidos en las presentes Bases de Licitación, hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente.
d. Asimismo, se deberá publicar el acta de evaluación, los cuadros comparativos, las declaraciones de la comisión evaluadora y cualquier otro documento relacionado con el proceso de evaluación de las ofertas.
e. Una vez publicado el acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información, las ofertas técnicas serán de público conocimiento a través de éste.
f. Asimismo, en caso de que no se presenten ofertas al proceso licitatorio o que la totalidad de las ofertas presentadas no resulten convenientes para los intereses del SERVIU, el SERVIU declarará desierto el proceso licitatorio, sin que ello otorgue derecho a los oferentes a reclamar indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta.
g. Lo anterior, deberá quedar refrendado en un acto administrativo firmado por la autoridad competente, el que deberá ser publicado en el Sistema de Información, hasta el vigésimo (20) día hábil a contar de la fecha de acto de apertura técnica y económica de las ofertas presentadas en el marco de la presente licitación pública, produciéndose con ello su notificación de acuerdo con lo indicado en las presentes Bases de Licitación.
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READJUDICACION |
Dentro de los sesenta días corridos contados desde la publicación del acto administrativo de adjudicación, en el Sistema de Información, el SERVIU podrá dejar sin efecto la adjudicación y adjudicar el presente proceso licitatorio al proponente que le siga en puntaje de acuerdo con los criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de Licitación y así sucesivamente, en cualquiera de los siguientes casos:
a. Si el adjudicatario desiste de su propuesta o la retira unilateralmente.
b. Si el adjudicatario no cumple los requisitos para adquirir establecidos en las presentes Bases de Licitación dentro de los plazos señalados por las presentes Bases de Licitación.
c. Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en un plazo de siete días corridos contados a partir de la publicación del acto administrativo de adjudicación en el Sistema de Información.
d. Otra causal que se contemple en las presentes Bases de Licitación.
Asimismo, cuando no se hayan presentado más ofertas, o bien, cuando el evaluador juzgare que las otras ofertas presentadas no resultaren convenientes a los intereses del SERVIU, el SERVIU podrá dejar sin efecto la adjudicación y declarar desierto el proceso licitatorio.
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REQUISITOS PARA ADQUIRIR AL ADJUDICATARIO |
1.12.1. PERSONA NATURAL
a. Encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado, ChileProveedores.
b. No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
c. Presentar la documentación requerida en el punto 1.13 “Antecedentes legales y administrativos para ser contratado” de las presentes Bases de Licitación.
1.12.2. PERSONA JURÍDICA
a. Encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado.
b. No estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
c. No registrar condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
d. Presentar la documentación requerida en el punto 1.13 “Antecedentes legales y administrativos para ser contratista” de las presentes Bases de Licitación.
1.12.3. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
a. Cada uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores deberá encontrarse inscrito, en estado de proveedor hábil, en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración del Estado.
b. Ninguno de los participantes de la unión temporal de proveedores podrá estar afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios.
c. Las personas jurídicas que formen parte de la unión temporal de proveedores, no podrán registrar condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica.
d. Presentar la documentación requerida en el punto 1.13 “Antecedentes legales y administrativos para ser contratista” de las presentes Bases de Licitación.
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ANTECEDENTES LEGALES Y ADMINISTRATIVOS PARA SER CONTRATISTA |
ANTECEDENTES LEGALES Y ADMINISTRATIVOS PARA SER CONTRATISTA
Dentro de los quince días corridos siguientes a la publicación del acto administrativo que adjudica la licitación en el Sistema, el adjudicatario deberá presentar, en la Sección de Compras, Contratos y Licitaciones del Departamento de Administración y Finanzas del SERVIU, a la casilla de correo electrónico jduque@minvu.cl, la documentación que a continuación se indica. Sin embargo, en el caso que la documentación indicada más adelante se encuentre digitalizada en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración, ChileProveedores, o haya sido ingresada en la oferta, con la vigencia requerida en las presentes Bases de Licitación, no se requerirá su presentación.
1.13.1. PERSONAS NATURALES
a. Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
1.13.2. PERSONAS JURÍDICAS
a. Declaración jurada simple en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
b. Declaración jurada simple en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
1.13.3. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES
a. Declaración jurada simple de cada uno de los proveedores que formen parte de la unión temporal de proveedores, en la que indique que no se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo cuarto de la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
b. Declaración jurada simple de cada una de las personas jurídicas que formen parte de la unión temporal de proveedores, en la que indique que no registra condenas asociadas a responsabilidad penal, de acuerdo a lo establecido en los artículos octavo y décimo de la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica, con una antigüedad no superior a sesenta días corridos contados desde su emisión.
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CONTENIDO DE LA CONTRATACION |
La contratación se formalizará mediante la emisión de la Orden de Compra y su aceptación por parte del adjudicatario, la cual dará inicio al plazo de entrega ofertado, el que deberá considerar el plazo disponible para el inicio del curso y la previa coordinación con la Encargada de Capacitaciones.
El contrato se regirá por lo previsto en la Ley N° 19.886, de bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y su reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda y por la siguiente documentación, en el orden de precedencia que se indica:
a. Bases administrativas, bases técnicas y las modificaciones a éstas, debidamente aprobadas por acto administrativo.
b. Aclaraciones a las presentes Bases de Licitación entregadas por el SERVIU, de oficio o con motivo de alguna consulta de los proveedores, y las respuestas a las preguntas de los proveedores publicadas en el portal www.mercadopublico.cl.
c. Oferta del contratista y aclaraciones a la misma que hayan sido solicitadas por el SERVIU.
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DURACION DEL CONTRATO |
El contrato tendrá como duración el plazo de entrega ingresado por el proponente en su oferta o el máximo establecido en el punto 1.6.3.2. “Entrega del servicio” de las presentes Bases de Licitación, según corresponda, computado a partir de la aceptación de la orden de compra por parte del adjudicatario, a través del Sistema de Información. Lo anterior deberá considerar en su oferta, el plazo disponible por el adjudicatario más próximo para iniciar el curso y el tiempo de coordinación previa con la Encargada de Capacitaciones para su inicio.
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AMPLIACION DEL CONTRATO |
La duración del contrato podrá ampliarse una o más veces, mientras ésta se encuentre vigente, hasta por un máximo del 30% del plazo inicial, en casos justificados y aprobadas por la contraparte técnica del SERVIU, que no sean imputables al contratista y que sean indispensables para un óptimo logro de los objetivos del contrato. Lo anterior deberá formalizarse mediante la dictación de un acto administrativo firmado por la autoridad competente.
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MONTO DEL CONTRATO |
El monto total del contrato será el ofertado por el adjudicatario en su propuesta, en concordancia con lo establecido en el “Presupuesto disponible” de las presentes Bases de Licitación para estos efectos. Asimismo, en casos debidamente fundamentados y siempre que exista disponibilidad presupuestaria, el monto del contrato podrá variar hasta en un máximo del 30% del total determinado, por aumento de la necesidad de servicios, o incorporación de elementos indispensables según informe técnico emitido por la contraparte técnica, en consideración a circunstancias de carácter técnico que no se tuvieron en vista en la época de la elaboración de las presentes Bases de Licitación. Lo anterior deberá quedar refrendado mediante un nuevo acto administrativo firmado por la autoridad competente y dará derecho al contratista a su pago, de acuerdo con los precios unitarios contratados y a un aumento del plazo que tenga la contrato.
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CONTRAPARTE TECNICA |
La autoridad competente, en el acto administrativo que adjudique el presente proceso licitatorio, designará una contraparte técnica conformada por, al menos, dos funcionarios públicos, uno en calidad titular y otro suplente, quienes podrán actuar de manera independiente en el cumplimento de las funciones que aquí se les delegan.
a. Supervisar, coordinar y velar por el cumplimiento de los procedimientos establecidos en las presentes Bases de Licitación.
b. Dar visación del o los pagos cada vez que corresponda.
c. Ratificar o dejar sin efecto la solicitud de cambio del ejecutivo del contratista.
d. Acoger o rechazar los descargos del contratista por la aplicación de multas.
e. Requerir el término anticipado del contrato, en el caso que corresponda.
f. Evaluar el servicio que se entrega durante la provisión del contrato.
g. Aclarar y orientar respecto del desarrollo de la provisión del servicio requerido.
h. Aprobar y recibir conforme los informes que pudiesen existir durante la provisión del servicio.
i. Supervisar el cumplimiento de los plazos de este.
j. Fijar plazos para subsanar falencias detectadas en la provisión del servicio.
k. Autorizar o rechazar el reemplazo del ejecutivo solicitado por el contratista.
l. Solicitar el cambio del ejecutivo del contratista.
m. Requerir el aumento del plazo de duración del contrato.
n. Requerir el aumento del monto total del contrato.
o. Recibir conforme el servicio provisto por el contratista.
p. Requerir la aplicación de las multas.
q. Las demás que le encomienden las presentes Bases de Licitación.
En caso de ser necesario el reemplazo de uno o varios integrantes de la contraparte técnica, la autoridad competente del SERVIU deberá dictar un nuevo acto administrativo, nombrando a los nuevos integrantes de esta contraparte técnica. Lo anterior, deberá ser notificado mediante la publicación del acto administrativo en el Sistema de Información.
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EJECUTIVO DEL CONTRATISTA |
El contratista deberá designar a un ejecutivo, quien será su representante permanente ante el SERVIU.
b. Este ejecutivo deberá estar fácilmente disponible para una comunicación rápida con la contraparte técnica del SERVIU. Lo anterior, sin perjuicio de la participación de la persona natural, del representante legal en el caso de las personas jurídicas o del representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, cuando ella sea requerida.
c. La designación se deberá comunicar al momento de la presentación de los antecedentes legales y administrativos para adquirir, indicando una casilla de correo electrónico y un número telefónico fijo y/o celular de contacto de la persona nombrada.
d. A este ejecutivo le corresponderá, principalmente:
Representar al contratista en la discusión de las materias relacionadas con la provisión del contrato.
Coordinar las acciones que sean pertinentes para la provisión de la materia de la presente licitación.
Entregar toda la información pertinente requerida por el SERVIU.
Acudir a las citaciones realizadas por la contraparte técnica del SERVIU.
Dar respuesta a las consultas efectuadas por la contraparte técnica del SERVIU.
Las demás que le encomienden las presentes Bases de Licitación.
e. En caso de ser necesario su reemplazo, el contratista deberá pedir autorización, por correo electrónico, a la contraparte técnica del SERVIU, con siete días corridos de anticipación a la fecha en que haya de producirse el cambio, debiendo hacerlo por una persona de competencias equivalentes o superiores a la del ejecutivo inicialmente propuesto. La contraparte técnica tendrá un plazo de tres días corridos para autorizar o rechazar, mediante correo electrónico, el cambio. El rechazo de la petición deberá ser fundado.
f. Asimismo, el SERVIU podrá solicitar el cambio del ejecutivo nombrado por el contratista, mediante correo electrónico de la contraparte técnica, indicando los motivos que ocasionan tal solicitud. El contratista tendrá un plazo de tres días corridos para efectuar sus descargos, de los que conocerá la contraparte técnica del SERVIU, quien definirá finalmente si se ratifica la solicitud. En caso de que el contratista no efectué descargos o la contraparte técnica del SERVIU ratificase la solicitud de cambio del ejecutivo del contratista, el contratista tendrá un plazo de catorce días corridos a partir de la notificación, para hacerlo efectivo.
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PROHIBICIÓN DE CESIÓN |
El contratista no podrá ceder o traspasar a terceros, parcial o totalmente, las obligaciones contraídas con el SERVIU y contenidas en el contrato, excepto en el caso de fusión, absorción o división, situación en que las obligaciones serán traspasadas al continuador legal, en las mismas condiciones establecidas en el contrato. En estos casos, el contratista deberá informar a la contraparte técnica del SERVIU, con al menos quince días corridos de anticipación, respecto de la fusión, absorción o división.
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PAGO |
El SERVIU pagará en una cuota por la provisión del servicio, mediante transferencia o documento bancario, dentro de los treinta días corridos siguientes a la presentación del correspondiente documento tributario, emitido a nombre del SERVIU, previa visación de ésta y declaración de conformidad del servicio adquirido por parte de la contraparte técnica del SERVIU y una vez finalizado el curso, se entregará lo siguiente:
Informe final de Capacitación.
Los certificados solo se entregarán si el participante aprueba la actividad. Los datos que deberán incorporarse en el certificado son: fecha, número de horas, nombre, rut, % de asistencia y nota final de cada uno de los participantes.
Para lo anterior tendrá un plazo de 10 días hábiles como máximo.
Dicho documento tributario deberá ser emitido cuando la Orden de Compra en el portal se encuentre en estado RECEPCION CONFORME, el Documento Tributario Electrónico de cobro en SII debiendo enviar el archivo XML a la casilla dipresrecepcion@custodium.com, éste además deberá indicar correctamente en el código 801 el N° ID de la Orden de Compra, en caso contrario será rechazada automáticamente dentro de los 8 días legales en el portal de SII.
Si ya emitió un DTE puede dentro de un transcurso de 72 horas ingresar a la plataforma de SII y enviar el XML a la casilla correcta dipresrecpcion@custodium.com.
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CAUSALES PARA LA APLICACIÓN DE UNA MULTA |
El SERVIU estará facultado para supervisar, hacer seguimiento estricto y generar las acciones que sean necesarias, de modo que cualquiera desviación que se produjera o se proyectara producir, detectadas con motivo de las supervisiones que se hagan al desarrollo de las actividades y que afecten el buen cumplimiento de propósitos ya establecidos y aceptados por las partes en las presentes bases, podrá intervenir y coordinar con proveedor, de modo de solicitarle, que adopte las acciones correctivas necesarias e introduzca cambios que orienten a subsanar las deficiencias e inducir dicha gestión al adecuado cumplimiento de los objetivos preestablecidos.
La reiteración de esta conducta durante el desarrollo de la actividad, consideradas todas las actividades individuales que la componen, dará derecho al SERVIU, a tomar las medidas que estime conveniente y a sugerencia de la Contraparte Técnica del SERVIU, de poner término anticipado a la actividad y de común acuerdo entre las partes, determinar el pago de lo que proporcionalmente haya avanzado el curso, asegurando la disponibilidad de recursos financieros para concluir el programa de manera adecuada, a través de otro proveedor que se obtendrá mediante un nuevo proceso de compras.
El SERVIU estará facultado para aplicar al contratista una multa en los casos, formas y plazos que a continuación se indican, siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por la contraparte técnica del SERVIU.
a. En el caso que el relator presentado en oferta no sea el mismo que ejecute los servicios, sin aviso y justificación del proveedor, se aplicará una multa equivalente al 3% sobre el monto total del contrato especificado en la orden de compra del servicio que se esté generando el incumplimiento, sin impuestos, por cada día que se produzca el evento, con un tope de siete días corridos.
b. En caso de que determinada la fecha de inicio del curso, ese día no se ejecute no habiendo aviso previo con al menos tres días hábiles de antelación, se aplicará una multa de 1% por cada día de atraso hasta el tope de tres días corridos.
c. En caso de que no se entregue el material ofertado para realización del curso, dificultando la correcta ejecución del curso ó provocando una disminución del tiempo para que los participantes puedan realizar el curso, pudiendo afectar en su calificación, se aplicará una multa equivalente al 2% sobre el monto total del contrato especificado en la orden de compra del servicio que se esté generando el incumplimiento, sin impuestos, por cada día que se produzca el evento, con un tope de siete días corridos.
d. En el caso que la metodología no sea la misma presentada en su oferta y que no se haya informado con anticipación, se aplicará una multa del 2% del monto del pago por el total del contrato.
e. Cambio en el programa en forma unilateral y sin consentimiento de la contraparte técnica del SERVIU, que produjera prejuicios al SERVIU, se aplicará una multa equivalente al 2% del monto del pago por el total del contrato.
f. Si el proveedor no entregara los informes y certificados dentro de los plazos establecidos en el punto Informe final la multa corresponderá al 1% del total del monto establecido por cada actividad.
g. En caso de cualquier otro incumplimiento de obligaciones especialmente previstas en este pliego se aplicará una multa equivalente a 0,5% del monto del pago por el total del contrato, sin impuestos, por cada día corrido en que se mantenga el incumplimiento, con un tope de siete días corridos.
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PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE LAS MULTAS |
Detectada una situación que amerite la aplicación de multa, la contraparte técnica deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutivo designado por el contratista, mediante correo electrónico, informándole sobre el cobro a aplicar y sobre los hechos en que éste se motiva.
b. A contar de la notificación singularizada en el literal anterior, el contratista tendrá un plazo de cinco días hábiles para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante la contraparte técnica del SERVIU, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
c. Vencido el plazo indicado en el literal anterior sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el contratista aceptase los hechos en que se funda la multa, se aplicará la correspondiente multa por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información.
d. Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el SERVIU podrá rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del contratista deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la autoridad competente, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la multa a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información.
e. Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
f. La aplicación de la multa se hará administrativa y unilateralmente por el SERVIU, a través de la deducción de su monto del pago de la factura (valor factura - monto multa = valor a pagar).
g. Las multas se aplicarán siempre que el incumplimiento no haya sido calificado como consecuencia de caso fortuito o fuerza mayor por la contraparte técnica del SERVIU.
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CAUSALES PARA LA MODIFICACIÓN Y EL TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN Y/O ADQUISICIÓN |
Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes
b. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista: Se entenderá que existe incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratista, en los siguientes casos:
• Si el contratista no entregase el producto y/o servicio, conforme las características requeridas en las presentes bases de licitación y a lo ofertado, al plazo de entrega ofertado o el máximo establecido en el punto 1.6.3.2 “Entrega de los servicios y/o productos” de las presentes bases de licitación para estos efectos, según corresponda.
• Si el contratista manifiesta que no está en condiciones de proveer el producto, una vez aceptada la orden de compra.
• La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta, que sean procedentes.
• Si se aplican tres multas durante el período de vigencia de la adquisición.
• Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 5% del valor del contrato.
• Si el contratista no da cumplimiento al pacto de integridad, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1.3.5 “Pacto de integridad” de las presentes bases de licitación.
• Si el contratista cede o traspasa total o parcialmente el producto adquirido, de acuerdo con lo dispuesto en el punto 1.19 “Prohibición de cesión” de las presentes bases de licitación.
• Si un integrante de la unión temporal de proveedores ocultase información relevante para ejecutar la respectiva adquisición, que afecte a cualquiera de sus miembros.
• Si se constatase que los integrantes de la unión temporal de proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, de verificarse dicha circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
• Si uno de los integrantes de la unión temporal de proveedores se retira de ésta, y dicho integrante hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
d. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e. Por registrar el contratista saldos insolutos de remuneraciones o contrataciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
f. Razones de necesidad o conveniencia
g. Por término del presupuesto destinado a esta contratación y/o adquisición.
h. En caso de muerte del contratista o socio que implique la imposibilidad de la provisión de los servicios y/o productos en los mismos términos contratados y/o adquiridos.
i. En caso de inhabilidad sobreviviente de alguno de los integrantes de la unión temporal de proveedores, en la medida que ésta no pueda continuar ejecutando la adquisición con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
j. En caso de disolución de la unión temporal de proveedores.
k. El incumplimiento reiterado o sostenido del proveedor a sus obligaciones laborales y previsionales respecto de sus trabajadores. Se entenderá que hay incumplimiento reiterado si el proveedor no ha dado cumplimiento íntegro y oportuno a sus obligaciones laborales y previsionales en dos periodos de cotizaciones discontinuo, y sostenido si la situación de incumplimiento se mantiene durante dos o más meses de manera continua. Lo anterior, sin perjuicio del derecho de retención previsto en la Ley N° 20.123.
2) Modificaciones
Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones podrán afectar el monto del contrato en hasta el 30% de su valor total.
En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante resolución que será sometida a la misma tramitación administrativa que la resolución mediante la cual se haya aprobado el contrato.
Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras b), c) y e) precedentes, se procederá al cobro de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
Lo establecido en este acápite, es sin perjuicio de las acciones que el SERVIU pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.
El contrato se podrá modificar de mutuo acuerdo entre las partes, según lo establecido en el N°1 del Artículo 77 del Reglamento N° 250 de Ley de Compras.
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PROCEDIMIENTO PARA PONER TÉRMINO ANTICIPADO A LA CONTRATACIÓN |
En caso de requerir el término anticipado de la contratación y/o adquisición, por alguna de las causales establecidas en los literales a., b., c., y d. del punto 1.21.1.- “Causales para el término anticipado de la contratación y/o adquisición” de las presentes Bases de Licitación, éste se dispondrá por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictado.
b. A su vez, detectada una situación que amerite el término anticipado de la contratación y/o adquisición, por alguna de las causales establecidas en los literales e., f., g. y h. del 1.21.1. punto 1.21.1.- “Causales para el término anticipado de la contratación y/o adquisición” de las presentes Bases de Licitación, el Encargado de la Sección Gestión de Compras o quien lo subrogue o reemplace, a solicitud de la contraparte técnica del SERVIU, deberá notificar inmediatamente de ello al ejecutivo del contratista designado y a la persona natural, el representante legal en el caso de las personas jurídicas o el representante o apoderado de la unión temporal de proveedores, según sea el caso, mediante correo electrónico, informándole sobre el término anticipado a aplicar y sobre los hechos en que éste se motiva.
A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el contratista tendrá un plazo de siete días corridos para efectuar sus descargos, mediante correo electrónico, ante la contraparte técnica del SERVIU, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición.
c. Vencido el plazo indicado en el literal anterior sin que se hayan presentado descargos o si durante este plazo el contratista aceptase los hechos en que se funda el término anticipado de la contratación y/o adquisición, se aplicará el correspondiente término anticipado por medio de un acto administrativo fundado de la autoridad competente. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictada.
d. Si el contratista ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el SERVIU podrá rechazarlos o acogerlos. Al respecto, el rechazo de los descargos del contratista deberá formalizarse a través de la dictación de un acto administrativo fundado de la autoridad competente, en la cual deberá detallarse el contenido y las características del término anticipado a aplicar. El indicado acto administrativo deberá notificarse al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información, a más tardar, dentro de las veinticuatro horas de dictada.
e. Asimismo, en contra de dicho acto administrativo procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado.
f. En caso de ponerse término anticipado a la contratación y/o adquisición, independiente de la causal que diera origen a éste, se pagarán al contratista los servicios y/o productos efectivamente entregados y recibidos a satisfacción por parte del SERVIU.
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DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS |
Las especificaciones técnicas que se detallan a continuación se refieren a las condiciones, alcances y características mínimas relativas al contrato de prestación de servicios para desarrollo de cuatro cursos de capacitación que se detallan a continuación;
N° Descripción Cantidad de participantes Horas cronológicas
1
Curso Instalaciones Sanitarias (AP y ALC) y Bombas de Sistema Hidropack.
09
40
2
Topografía y Geomensura Básica
12
40
3
Instalaciones de Gas y Eléctricas
12
40
4
Interpretación de Ensayes de Hormigón y asfalto
12
40
Lugar de realización de los cursos, El oferente deberá considerar en su propuesta la provisión del salón de clases sea este propio o en arriendo, privilegiando la cercanía con las oficinas del SERVIU en caso de ser arrendado. El lugar de realización deberá contemplar espacio suficiente y cómodo para el total de participantes, que cuente con condiciones ambientales adecuadas y ajustadas con ventilación y/o aire acondicionado, telón, data show, pizarra blanca. El oferente deberá asegurar que no haya contaminación acústica que impida la concentración de los alumnos.
Coffe break de cierre de actividades para cada curso, Deberá incluir además el servicio de coffe break de cierre de actividades (1) taza de té ó café; (1) vaso de jugo 125 cc; (1) vaso de agua con y sin gas 125 cc; (4) galletas caseras por persona; (2) mini sándwich por persona;(3) dulces pequeños por persona; (1) brocheta de frutas por persona debiendo incluir vajilla, mantelería, atención y servicio puesto en el lugar de la capacitación.
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