Licitación ID: 561704-13-LE24
CAPACITACIÓN DUA B-13
Responsable de esta licitación: CORP MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE A, UNIDAD TÉCNICA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN
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Productos o servicios
1
Capacitación a empleados 1 Unidad
Cod: 86111604
 

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CAPACITACIÓN DUA B-13
Estado:
Cerrada
Descripción:
complementar proceso de licitación que sustenta las bases administrativas, estas reglamentan la operatoria mínima necesaria para la correcta ejecución del servicio y además cautelar un estricto cumplimiento del contrato. Es decir, detalla y regula el contrato de Servicios de Capacitación DUA en las dependencias del Liceo Domingo Herrera B-13, perteneciente a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, además fortalecer las practicas docentes; incorporando, de manera transversal, estrategias diversificadas y autenticas, que se desprendas de la continua innovación pedagógica, con el proposito de relevar los procesos formativos en el aula, como instancias fundamentales para el desarrollo de competencias.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
CORP MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE A
Unidad de compra:
UNIDAD TÉCNICA DIRECCIÓN DE EDUCACIÓN
R.U.T.:
71.102.600-2
Dirección:
AVENIDA ARGENTINA 1595 – II PISO - Región de Antof
Comuna:
Antofagasta
Región en que se genera la licitación:
Región de Antofagasta
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-04-2024 12:00:00
Fecha de Publicación: 26-03-2024 16:56:07
Fecha inicio de preguntas: 27-03-2024 0:01:00
Fecha final de preguntas: 01-04-2024 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-04-2024 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 08-04-2024 14:30:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 08-04-2024 14:30:00
Fecha de Adjudicación: 17-04-2024 17:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico 04-04-2024
Fecha estimada de firma de contrato 24-04-2024
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 3 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexos Administrativos. Los anexos referidos deben ser ingresados a través del sistema www.mercadopublico.cl, paso N°3 de la oferta, en la sección Anexos Administrativos. a) ANEXO N°1. Identificación del oferente. b) ANEXO N°2. Declaración jurada simple de aceptación y lectura de bases y no poseer conflicto de interés según lo dispuesto por el artículo 4 de la Ley N°19.886 sobre compras públicas. c) Fotocopia legalizada del RUT de la Empresa o código QR digitalizable del Rut de la Empresa. d) Iniciación de actividades en caso de ser persona natural. e) Copia cedula identidad del o los Representantes Legales del oferente. f) Extracto de constitución de la sociedad y/o estatuto actualizado en donde conste facultad de representación o personería del o los representantes legales del oferente. g) Certificado de vigencia de la empresa no superior a 30 días corridos de la presentación de la oferta. h) Consulta situación tributaria de terceros obtenida por la página del SII con fecha no superior a 30 días de la presentación de la oferta, no se acepta carpeta tributaria. i) Debe estar constituida como persona natural o jurídica sin fines de lucro, según lo previsto en el artículo 30 de la Ley N°20.248, sobre Registro Público de Entidades Pedagógicas y Técnicas de Apoyo, para ello deberán presentar documentación que acredite que el prestador del servicio es una empresa habilitada como empresa de servicios ATE. j) Sus servicios deben encontrarse debidamente inscritos en el Registro Público de Entidades pedagógicas y Técnicas de Apoyo del Ministerio de Educación (Registro ATE), en el caso que su propuesta tenga un nombre distinto, la ATE deberá indicar a que Dimensión y Código del Registro pertenece. k) ANEXO N°3. Curriculum de la empresa, presentación de certificados, órdenes de compra, facturas o contratos, entre otros documentos, que den cuenta de la experiencia de a lo menos un año de servicios similares ya sea a instituciones públicas o privadas (completar formulario Nº3, experiencia en el rubro). l) Cotizaciones previsionales al día y sin multa (acreditado mediante Certificado otorgado por la Dirección del Trabajo). m) El Asesor o equipo de trabajo de la entidad que realizara el servicio ATE en el establecimiento educacional corresponda a aquel o aquellos inscritos en el servicio vigente en el Registro. Esto se puede comprobar en el portal (https://registroycertificacioate.mineduc.cl/). En el caso de Unión Temporal de Proveedores (UTP), considerar: Solo en el caso de que la oferta sea presentada por una unión temporal de proveedores, conformadas según lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley 19.886, deberán presentar obligatoriamente la siguiente documentación en su totalidad, en caso contrario, ésta no será sujeta a aclaración y la oferta será declarada inadmisible: a) ANEXO N°4: Declaración Jurada simple sobre deudas laborales. En el caso de Unión temporal de Proveedores (UTP), este anexo deberá ser completado por cada uno de los integrantes de esta, respecto de la situación particular de su empresa. b) ANEXO N°5: Declaración para Uniones Temporales de Proveedores (UTP): Este anexo solo debe ser presentado y firmado por la persona natural o representante legal de la persona jurídica según corresponda, del miembro de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) que presente la oferta. c) ANEXO N°6: Declaración Jurada simple para ofertar (Unión Temporal de Proveedores): debe ser entregado por cada integrante Unión Temporal de proveedores (UTP), con salvedad del miembro de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizará la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta. d) ANEXO N°7: Declaración jurada sin conflictos de interés (Unión Temporal de Proveedores): debe ser entregado por cada integrante Unión Temporal de Proveedores (UTP), con salvedad del miembro de la Unión Temporal de Proveedores (UTP) quien presente la oferta en el Sistema, el cual realizada la declaración a través de la “Declaración jurada de requisitos para ofertar” electrónica presentada junto a la oferta. Todos los anexos deben ser presentados y firmados por el representante legal de la persona jurídica según corresponda, por cada miembro de la Unión Temporal de Proveedores (UTP). Las ofertas presentadas por una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán contar con un apoderado. Todos los integrantes de la UTP que participen en esta licitación deberán estar inscritos en el registro ATE del Mineduc, quienes deberán acompañar el respectivo certificado de registro ATE cuya fecha de emisión no tenga una antigüedad superior a 30 días corridos desde la fecha de la presentación de la oferta. En caso de que los antecedentes administrativos solicitados en esta sección no sean entregados y/o completados en forma correcta y oportuna, se desestimará la propuesta, no será evaluada y será declarada inadmisible.
Documentos Técnicos
1.- Propuesta Técnica La propuesta técnica y plan de ejecución está constituida por la descripción y planificación de la prestación que se ofrece, para responder al servicio requerido por el sostenedor y la comunidad educativa del establecimiento, para lo cual deberá completar el Anexo N°10 Propuesta Técnica.
 
Documentos Económicos
1.- Anexos Económicos. El anexo referido debe ser ingresado a través del sistema www.mercadopublico.cl, Anexo N°9 de la Oferta Económica, Estructura de Costos, en la sección Anexos Económicos. En caso de que no se presente debidamente el Anexo N°9: “Oferta Económica”, la oferta será declarada inadmisible. En el caso de que la empresa tenga los documentos legales acreditados y vigentes, con no más de 30 días desde la fecha de la apertura, en su ficha del Registro de Proveedores y acorde a lo indicado, no será necesario que sean presentados en su oferta. En el caso de las garantías, por su naturaleza, deben ser entregadas de forma física en las dependencias de la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, ubicada en Avenida Argentina N°1595, segundo piso, ciudad de Antofagasta. En el caso de que se trate de garantías electrónicas, éstas deben ser enviadas al correo mmolina@cmds.cl o adjuntarse una copia en su oferta, si se trata de garantías de seriedad. Para las garantías de fiel cumplimiento de contrato, sólo se entregan como se establece en el punto 7 de las presentes bases.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Evaluacion Administrativa Puntaje Administrativos = (c.1 * 0,03) + (c.2 * 0,03) + (c.3 * 0.02) + (c.3.1 * 0,02) 10%
2 Evaluacion Economica Puntaje Of. Económica Oferente (j) = 100 x (Of. Económica mínima / Of. Económica Oferente (j))*0.20 20%
3 Evaluacion Tecnica Puntaje Of. Técnica Oferente = Puntaje Obtenido * 0.7 Puntaje Obtenido = (b.1 * 0,05) + (b.2 * 0,1) + (b.3 * 0.35) + (b.4 * 0,05) + (b.5 * 0,2) + (b.6 + 0,05) + (b.7 * 0.2) 70%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Sep
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Cheque
Nombre de responsable de pago: Belguin Cisternas
e-mail de responsable de pago: bcisternas@cmds.cl
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL ANTOFAGASTA
Fecha de vencimiento: 03-06-2024
Monto: 1 %
Descripción: No hay información
Glosa: SERVICIOS DE CAPACITACIÓN DUA, PARA EL LICEO DOMINGO HERRERA B-13, PERTENECIENTE A LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE ANTOFAGASTA” ID MERCADO PÚBLICO 561704-13-LE24.
Forma y oportunidad de restitución: La garantía de seriedad de la oferta será devuelta a los proponentes según las siguientes condiciones: a) Aquellos cuyas ofertas fueron descalificadas o fueron declaradas inadmisibles en el proceso de apertura de las ofertas, se les devolverá la garantía de seriedad de la oferta, dentro de un plazo 10 días corridos (según lo dispuesto en el Art. 43° del Reglamento de la Ley N°19.886), a contar del acto que declara la inadmisibilidad de su oferto. b) Aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido evaluadas, pero no fueron adjudicadas, se efectuará dentro del plazo no superior a sesenta (60) días corridos contados desde la publicación del acto de adjudicación, o bien, se haya constatado por parte de la CMDS la suscripción de la totalidad del contrato respecto del proveedor adjudicado en la o las líneas que haya participado en su oferta. Esto último se debe a la facultad que tiene la CMDS para readjudicar la licitación, cuando el proponente adjudicado o los que le siguen en la lista de precedencia, no firmen el contrato o no acepten la orden de compra correspondiente u otra situación no prevista en las bases. c) La garantía de seriedad de la oferto del proponente adjudicado se devolverá una vez se haya entregado la Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, si procede.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: CORPORACION MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL ANTOFAGASTA
Fecha de vencimiento: 03-03-2025
Monto: 10 %
Descripción: No hay información
Glosa: “SERVICIOS DE CAPACITACIÓN CONVIVENCIA ESCOLAR, PARA EL LICEO DOMINGO HERRERA B-13, PERTENECIENTE A LA CORPORACIÓN MUNICIPAL DE DESARROLLO SOCIAL DE ANTOFAGASTA” ID MERCADO PÚBLICO 561704-13-LE24.
Forma y oportunidad de restitución: Ésta se devolverá al proponente adjudicado, dentro del plazo máximo de diez (10) días hábiles siguientes al término del contrato, y previo informe de la Unidad Técnica, el cual evidencie que los servicios fueron ejecutados en conformidad.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Resolucion de Empates
MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES. En el evento de que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas y en virtud de lo indicado en el artículo 38 del Reglamento de la Ley 19.886, si hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo Puntaje Total, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio de evaluación a continuación por orden de prelación, hasta que se rompa el desempate de acuerdo con el siguiente orden de prelación: • Mayor puntaje oferta técnica. • Mayor puntaje oferta económica. • Mayor puntaje en Cumplimiento de Requisitos administrativos Si aun considerando el orden indicado anteriormente, persiste el empate, se podrá considerar como criterio objetivo, la resolución de empate a través del orden de ingreso de las ofertas en la plataforma por parte de las empresas, considerando fecha y hora de éstas.
PROCEDIMIENTO PARA EL USO DE FACTORING
PROCEDIMIENTO PARA EL USO DE FACTORING. La Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta autoriza a sus proveedores de bienes y servicios para ceder derechos a percibir el pago de facturas emitidas contra las órdenes de compra y contratos, mediante el uso de FACTORING. Lo anterior, siempre que se cumplan con las exigencias definidas en la Ley 19.983, en especial la oportunidad y formalidad de notificación, según se indica: a) El adjudicatario debe informar con antelación y por escrito si efectuará o no cesión de los créditos contenidos en las facturas que emanen del Contrato, indicando el nombre de la o las empresas de factoring con las cuales operará en cada oportunidad en que efectúa la cesión de créditos contenidos en las facturas. En aquellos pagos acordados a 30 días se entenderá oportuna aquella información realizada al menos con 15 días de anticipación a la fecha de pago, mientras en los pagos acordados con plazos menores a 30 días, se entenderá oportuno aquel aviso realizado con al menos 10 días de anticipación a la fecha de pago. b) La Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta se reserva el derecho de reclamar contra el contenido de la factura, en el plazo 8 días corridos contados desde su presentación, para los efectos del número 2 del artículo 3° de la Ley 19.983. c) Toda cesión del crédito contenido en una factura debe ser notificada a la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, de acuerdo con lo establecido en el artículo 4° de la Ley 19.983, a objeto que pueda disponerse el pago al cesionario o ejercer, en su caso, los derechos que le otorga la Ley. d) En el caso que el adjudicatario efectúe operación de factoring de una o más facturas que se emitan en virtud del presente contrato, deberá dar aviso por correo electrónico a CMDS en el plazo máximo de 24 horas de realizada la cesión de factura respectiva. e) Para efectos del aviso establecido precedentemente, el adjudicatario debe enviar correo electrónico a la casilla: xmartinez@cmds.cl, con copia al administrador del contrato designado por CMDS. f) Además, la factura debe haber sido emitida de conformidad a las normas que rijan la emisión de la factura original, incluyendo en su cuerpo en forma destacada la mención "cedible", y en la misma debe constar el recibo de las mercaderías entregadas o del servicio prestado, con la información y formalidades que se indicarán en el respectivo contrato. 33.1 Para que proceda la cesión del crédito, se requiere: a) Que la factura haya sido emitida de conformidad a las normas que rijan la emisión de la factura original, incluyendo en su cuerpo en forma destacada la mención “cedible", y b) Que en la misma conste el recibo de las mercaderías entregadas o del servicio prestado, con indicación de la unidad y el lugar de recibo, así como la fecha de la entrega de los bienes o de la prestación del servicio, además de estar dirigida a nombre de La Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, rol único tributario 71.102.600-2, estableciendo como domicilio o dirección de destino. c) Además, debe incluir la identificación del funcionario que recibe el bien o servicio, más la firma de este último. En caso de que en la copia de la factura no conste el recibo mencionado, sólo será cedible cuando se acompañe una copia de la guía o guías de despacho emitida o emitidas de conformidad a la ley, en las que conste el recibo correspondiente. Para estos efectos, el emisor de la guía o guías de despacho deberá extender una copia adicional a las que la ley exige, con la mención “cedible con su factura”. d) La falta de oportunidad en la comunicación por parte del adjudicatario lo hará responsable, ante la Corporación Municipal de Desarrollo Social de Antofagasta, de cualquier gasto, pagos, costo y costas que ello pudiera significar para la Corporación Municipal, sumas que serán descontadas del contrato, o de cualquiera garantía (Boleta Bancaria, retención o depósito) u obligación de pago que la Corporación Municipal tenga con el adjudicatario. Del mismo modo, dicha falta de comunicación constituirá causal de incumplimiento contractual calificado de grave, el cual será sancionado en la forma descrita en estas Bases y el contrato respectivo, dejándose constancia de ello en el historial de evaluación del adjudicatario para futuras licitaciones, y servirá de base para el cobro de multas o boletas de garantías e incluso para la terminación del contrato sin derecho a indemnización de ninguna especie. e) Respecto de la cesión de facturas electrónicas, esta podrá efectuarse sólo si se ha dado cumplimiento previo de los requisitos que establece la Ley y su Reglamento, especialmente en lo referente a la inscripción de la transferencia del crédito mediante la incorporación de dichas operaciones en el Registro Electrónico de Cesión de Créditos, disponible en la Oficina Virtual del SII en Internet. f) La Corporación Municipal rechazará de plano la cesión de créditos contenidos en facturas electrónicas que no se sujeten estrictamente a lo dispuesto precedentemente, sin ulterior responsabilidad y sin perjuicio de las demás medidas que puedan aplicarse respecto de los proveedores o empresas contratistas que se aparten del procedimiento legal para la cesión de los créditos contenidos en estos instrumentos electrónicos.