Licitación ID: 564162-125-LE22
Solic. 0000063004 Notebooks
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE, VICERRECTORIA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 327
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Productos o servicios
1
Notebook, laptop o computador portátil excepto Tablet PC 10 Unidad
Cod: 43211503
Notebooks con los siguientes requisitos técnicos o equivalentes: Pantalla: 13 pulgadas Procesador: Chip M1 Ram 8 GB Almacenamientos: 512 GB SSD  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Solic. 0000063004 Notebooks
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Solic. 0000063004 Notebooks Memo 51200 Proyecto 032250CS_VID
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE
Unidad de compra:
VICERRECTORIA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO
R.U.T.:
60.911.000-7
Dirección:
Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N°3363, Comuna de Estación Central
Comuna:
Estación Central
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-04-2023 15:00:00
Fecha de Publicación: 22-03-2023 11:38:39
Fecha inicio de preguntas: 22-03-2023 12:01:00
Fecha final de preguntas: 27-03-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 28-03-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-04-2023 15:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-04-2023 15:01:00
Fecha de Adjudicación: 12-07-2023 15:11:55
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO N° 1 IDENTIFICACIÓN DEL OFERENTE
2.- ANEXO N° 2 DECLARACIÓN JURADA DE REQUISITOS PARA OFERTAR
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N° 5 PROPUESTA TÉCNICA
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N° 3 PLAZO DE ENTREGA
2.- ANEXO N° 4 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Oferta Económica Las ofertas presentadas se evaluarán según la siguiente fórmula (MO X 100 / OA) x (40%), donde: MO: Menor oferta OA: Oferta a analizar % Ponderación asignada al criterio (40%) 40%
2 Plazo de Entrega Las ofertas presentadas se evaluarán según la siguiente fórmula (MP X 100 / PA) x (15%), donde: MP: Menor Plazo de Entrega PA: Plazo de entrega a analizar % Ponderación asignada al criterio (15%) 15%
3 Cumplimiento de Requisitos formales Véase cuadro en resolución adjunta 5%
4 Garantía Las ofertas presentadas se evaluarán según la siguiente fórmula (MP X 100 / PA) x (%), donde: MP: Mayor Plazo de garantia PA: Plazo de entrega a analizar % Ponderación asignada al criterio (10%) 10%
5 Características técnicas requeridas Véase cuadro en resolución adjunta 30%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 63004
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Erika Catalan
e-mail de responsable de pago: erika.catalan@usach.cl
Nombre de responsable de contrato: Felipe Donoso Becerra
e-mail de responsable de contrato: felipe.donoso.bec@usach.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-27180383-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
ADJUDICACIÓN
La Universidad de Santiago de Chile aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación señalados en las presentes bases de licitación, con sus correspondientes puntajes, y no se encuentra obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor. La adjudicación del presente proceso licitatorio será simple. La Universidad se reserva el derecho de adjudicar la licitación al oferente que obtenga el más alto puntaje por aplicación de los criterios de evaluación establecidos en estas Bases, o bien declarar desierta la licitación, según corresponda, mediante resolución fundada. Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 inciso segundo del Reglamento de la Ley N° 19.886, si la adjudicación no puede efectuarse dentro de los plazos establecidos, la Universidad informará de este hecho y sus causas en el Sistema de Información e indicará un nuevo plazo para ello. En caso que el oferente adjudicado no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas (www.mercadopublico.cl), deberá hacerlo dentro del plazo que tiene para aceptar la orden de compra, lo que deberá ser acreditado mediante el correspondiente certificado.
READJUDICACIÓN
Conforme a lo estipulado en el artículo 41, inciso final del Decreto Supremo N° 250 de 2004 del Ministerio de Hacienda, se podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que siga en puntaje en un plazo máximo de 60 días corridos, contados desde la notificación de la resolución que adjudica la licitación, en los siguientes casos: 1. Si el adjudicatario rechaza expresamente la adjudicación. 2. Si el adjudicatario rechaza la orden de compra emitida al efecto, o no la acepta dentro del plazo indicado en el punto q.1. de estas bases administrativas 3. Si el adjudicatario no se inscribe en el registro de proveedores dentro del plazo establecido para la formalización del contrato. En el caso de las UTP, la inscripción aplica para todos sus integrantes. 4. Si el oferente adjudicado incurre en un conflicto de intereses con la Universidad de Santiago de Chile, de aquellos establecidos en el artículo 4 de la Ley N° 19.886 de 2003 y la Ley N° 20.393 de 2009. En caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo para aceptar la orden de compra, si se desiste o decide igualmente de proveer la oferta previamente adjudicada, con la integración del resto de los miembros, siempre que estos fueses hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Sin perjuicio de lo expuesto, si se estima conveniente de acuerdo a los intereses del servicio, se podrá declarar desierta la licitación y efectuar la contratación mediante la realización de un nuevo proceso de compra.
Formalización y Suscripción del contrato
Una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto que adjudica la licitación y se encuentre este publicado en www.mercadopublico.cl, la Unidad de Gestión de Proyectos tramitará la adquisición de los productos requeridos. Atendido el monto de la adquisición, esta se formalizará con la aceptación de la orden de compra por el adjudicatario, a través del sistema www.mercadopublico.cl, este último deberá aceptar la orden de compra dentro de un plazo máximo de 5 días hábiles, desde su emisión. Se entenderá que, si el adjudicatario no acepta la orden de compra dentro del plazo indicado en el párrafo precedente, se desiste de la propuesta pública, caso en el cual la Universidad podrá readjudicar la licitación a la siguiente oferta mejor evaluada, según lo expuesto en el cuadro comparativo de ofertas firmado por la unidad requirente o declarar inadmisible o desierto el proceso licitatorio, según lo que sea más conveniente a sus intereses
Vigencia del contrato
El contrato comenzará a regir a partir de la aceptación de la orden de compra y se mantendrá vigente hasta el total cumplimiento de las obligaciones que emanan de la orden de compra y de lo descrito en estas bases. Sin perjuicio de lo anterior, durante su vigencia, la Universidad de Santiago de Chile podrá poner término al contrato, de acuerdo a lo establecido en el literal que trata de la “Modificación y Término anticipado del contrato”.
Precio y Forma de pago
El precio total del contrato corresponderá al valor, expresado en pesos chilenos, manifestado en la propuesta económica del Anexo Nº 4. La Universidad emitirá una orden de compra al adjudicatario por el valor total de la contratación, con IVA incluido. El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción de la factura correspondiente, previa expresión de recepción conforme por la unidad requirente, es decir, por la Dirección de Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad de Santiago de Chile. En el caso de la UTP, será el representante de ésta, indicado en el documento de constitución, quien deberá emitir la factura respectiva para cursar los pagos que genere la ejecución del contrato.
Multas
La Universidad aplicará multas al proveedor por infracciones a las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas y la oferta adjudicada, en el evento de ocurrir cualquiera de las situaciones que a continuación se señalan: 6.1. Multa por atraso en la entrega del equipo: En caso de atraso en la entrega del equipo(s), se aplicará una multa de 3 UTM por cada día corrido de atraso, el que se contará una vez vencido el plazo de entrega ofertado por el adjudicatario. El plazo de entrega comienza a contarse desde la aceptación de la orden de compra. 6.2. Multa por reemplazo y reposición de equipos: Si el proveedor no entrega él o los equipos de reemplazo y/o reposición por una falla intrínseca propia del equipo, dentro del plazo estipulado en las bases técnicas, estará obligado a pagar una multa por incumplimiento, la que se calculará sobre un valor de 1 UTM por cada día corrido de atraso. Las multas en su conjunto tendrán un tope del 10% del valor total de la Orden de Compra y si sobrepasaren ese porcentaje, encontrándose ejecutoriada la resolución que aplica la sanción, la Universidad podrá cancelar la orden de compra, dando término anticipado al contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adecuadas, de acuerdo con las normas pertinentes. El valor de la UTM será del día en que la Dirección de Investigación Científica y Tecnológica de la Universidad de Santiago de Chile notifique por medio de correo electrónico del incumplimiento que origina la multa al adjudicatario, de acuerdo con el procedimiento que se detalla en los párrafos siguientes. Una vez constatada una falta que amerite la aplicación de una multa, la unidad antedicha comunicará tal situación al adjudicatario por medio del correo electrónico que este haya proporcionado en el Anexo Nº 1, para que este efectúe los descargos respectivos dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde recibida la comunicación. El proveedor deberá presentar sus descargos por escrito, junto con los antecedentes que sustenten sus alegaciones, mediante correo electrónico dirigido a la contraparte administrativa de la Universidad. Una vez recibidos los descargos, la Universidad decidirá en definitiva si procede o no la aplicación de la multa, para cuyo efecto se oficiará a la Dirección Jurídica para la elaboración de la resolución correspondiente. La resolución que aplica las multas se notificará a través del Sistema de Información (www.mercadopublico.cl), indicando la causa y el monto de la misma y podrá reclamarse de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ley N° 19.880. El recurso se resolverá dentro del plazo establecido en la ley para ello, contado desde su recepción. Las multas se harán efectivas con cargo al pago que se encuentre pendiente, y si este monto no fuere suficiente para cubrir el total de la multa, se podrá perseguir judicialmente su cobro de acuerdo con las normas pertinentes, y el proveedor en todo caso podrá realizar el pago voluntario de lo adeudado por concepto de multas. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, se considerará para todos los efectos, lo expuesto y dispuesto en los artículos 77 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas y en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, sobre dicha materia.