Licitación ID: 564162-138-LE22
Computadores y Tablet CDP 63052 CC 11
Responsable de esta licitación: UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE, VICERRECTORIA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 330
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Productos o servicios
1
Notebook, laptop o computador portátil excepto Tablet PC 7 Unidad
Cod: 43211503
Tipo: Notebook Procesador: Intel Core i5 11° Gen (o superior) Memoria: 16 GB (o superior) Almacenamiento: SSD de 512 GB (o superior) Pantalla: 14" (o superior) Teclado: Español - Español o Español - Latinoamericano (obligatorio) Sistema Operativo: W  

2
Computadores portátiles tipo Tablet PC 1 Unidad
Cod: 43211509
• Tipo: Tablet • Procesador: Qualcomm Snapdragon (o similar o superior) • Núcleos del Procesador: Octa-Core • Velocidad del Procesador: 2.0 GHz (o superior) • Memoria RAM: 6 GB (mínimo) • Memoria Interna: 128 GB (mínimo) • Pantalla: 11" • Tipo de Pantalla  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Computadores y Tablet CDP 63052 CC 11
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Adquirir equipos Notebook y una Tablet para personal de VRIDEI.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
UNIVERSIDAD DE SANTIAGO DE CHILE
Unidad de compra:
VICERRECTORIA DE INVESTIGACION Y DESARROLLO
R.U.T.:
60.911.000-7
Dirección:
Avda. Libertador Bernardo O´Higgins N°3363, Comuna de Estación Central
Comuna:
Estación Central
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 03-04-2023 16:00:00
Fecha de Publicación: 23-03-2023 16:52:05
Fecha inicio de preguntas: 23-03-2023 17:01:00
Fecha final de preguntas: 27-03-2023 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 29-03-2023 18:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 03-04-2023 16:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 03-04-2023 16:01:00
Fecha de Adjudicación: 20-06-2023 9:44:14
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1
2.- ANEXO N° 2 DECLARACIÓN JURADA
Documentos Técnicos
1.- ANEXO N° 4 IDENTIFICACIÓN PRODUCTO
 
Documentos Económicos
1.- ANEXO N° 3 PLAZO DE ENTREGA Y GARANTÍA ADICIONAL
2.- ANEXO N° 5 OFERTA ECONÓMICA
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de Requisitos formales Véase tabla en resolución adjunta 5%
2 Garantía Adicional. Véase tabla en resolución adjunta 5%
3 Oferta Económica El puntaje se obtendrá según la siguiente fórmula: “(MO/OA) x 100” Donde, MO: menor oferta. OA: oferta a analizar. 50%
4 Plazo de Entrega El puntaje se obtendrá según la siguiente fórmula: “(MP/PA) x 100” Donde, MO: menor Plazo de Entrega. OA: Plazo de Entrega a analizar. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: 63052
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Erika Catalan
e-mail de responsable de pago: erika.catalan@usach.cl
Nombre de responsable de contrato: Felipe Donoso Becerra
e-mail de responsable de contrato: felipe.donoso.bec@usach.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-27180383-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
ADJUDICACIÓN
La Universidad de Santiago de Chile aceptará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación señalados en las presentes bases de licitación, con sus correspondientes puntajes, y no se encuentra obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor. La adjudicación se efectuará mediante Resolución Exenta del Director de Administración y Finanzas de la Universidad de Santiago de Chile y se ceñirá a los puntajes obtenidos por los oferentes de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación conforme al Informe de Evaluación, y será notificada al/a los adjudicatario(s) y demás oferentes a través de la página web www.mercadopublico.cl. No obstante, lo anterior, se declararán inadmisibles las ofertas y desierta la licitación, cuando éstas no reúnan la totalidad de los requisitos establecidos en estas bases, o no se recibieren ofertas. Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 inciso 2º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, si la adjudicación no puede efectuarse dentro de los plazos establecidos, la Universidad informará de este hecho y sus causas en el Sistema de Información e indicará un nuevo plazo para ello
READJUDICACIÓN
Conforme a lo estipulado en el artículo 41 inciso final del Decreto Supremo N°250 del Ministerio de Hacienda, se podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que siga en puntaje en un plazo máximo de 60 días corridos, contados desde la notificación de la resolución que adjudica la licitación, en los siguientes casos: i) Si el adjudicatario rechaza expresamente la adjudicación. ii) Si el adjudicatario no acepta la orden de compra en un plazo de 5 días hábiles desde su emisión. iii) Si el adjudicatario no se encuentra Hábil en el Registro de Proveedores de Chilecompra en el plazo de 5 días hábiles desde la emisión de la orden de compra y antes de aceptarla. iv) Si el oferente adjudicado incurre en un conflicto de intereses con la Universidad de Santiago de Chile, de aquellos establecidos en el artículo 4º de la Ley N° 19.886 de 2003, y la N°20.393 de 2009. En caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 15 días hábiles, si se desiste o decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado. Sin perjuicio de lo expuesto, si se estima conveniente de acuerdo a los intereses del servicio, se podrá declarar desierta la licitación y efectuar la contratación mediante la realización de un nuevo proceso de compra.
Suscripción del contrato
Atendido el monto de la contratación, y de que se trata de bienes estándar de simple y objetiva especificación, el contrato se formalizará por medio de la emisión de una Orden de Compra y su aceptación por parte del oferente adjudicado, para lo cual contará con el plazo de 5 días hábiles desde su emisión. Se exigirá al proveedor que al momento de formalizar el contrato se encuentre “Hábil” en el Registro de Chile Proveedores.
Forma de pago
El pago se efectuará dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la recepción de la factura correspondiente emitida por el proveedor adjudicado, siempre que se cuente con el certificado de recepción conforme extendido por la Jefatura de la Vicerrectoría de Investigación, Desarrollo e Innovación de la Universidad de Santiago de Chile o la unidad que la reemplace. En el caso de la UTP, será el representante de ésta, indicado en el documento de constitución, quien deberá emitir la boleta o factura respectiva para cursar los pagos que generen la ejecución del contrato.
MULTAS
La Universidad aplicará multas al proveedor por infracciones a las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, y la oferta adjudicada, en el evento de ocurrir cualquiera de las situaciones que a continuación se señalan: - Retraso en la entrega de los productos objeto del contrato según oferta: 2 UTM por cada día hábil de atraso. - Retraso en la prestación de la garantía según bases técnicas: 2 UTM por cada día hábil de atraso. Las multas en su conjunto tendrán un tope del 20% del valor total del contrato, y si sobrepasaren ese porcentaje, encontrándose ejecutoriada la resolución que aplica la sanción, la Universidad podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas de acuerdo con las normas pertinentes. El valor de la UTM será el del día en que la Vicerrectoría de Investigación, Desarrollo e Innovación notifique por medio de correo electrónico del incumplimiento que origina la multa al adjudicatario, de acuerdo con el procedimiento que se detalla a continuación. Una vez constatada una falta que amerite la aplicación de una multa, la Vicerrectoría de Investigación, Desarrollo e Innovación comunicará tal situación al adjudicatario por medio de correo electrónico, para que éste efectúe los descargos respectivos dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde recibida la comunicación. El proveedor deberá presentar sus descargos por escrito junto con los antecedentes que sustenten sus alegaciones mediante correo electrónico dirigido a la contraparte técnica por la Universidad. Una vez recibidos los descargos, la Universidad decidirá en definitiva si procede o no la aplicación de la multa, para cuyo efecto se oficiará a la Dirección Jurídica para la elaboración de la resolución correspondiente. La resolución que aplica las multas se notificará mediante correo electrónico, indicando la causa y el monto de la misma, y podrá reclamarse de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ley Nº 19.880. El recurso se resolverá dentro del plazo establecido en la Ley para ello, contado desde su recepción. Las multas se harán efectivas con cargo al pago que se encuentre pendiente, y en la garantía de fiel y oportuno cumplimiento si la hubiere. Si este monto no fuere suficiente para cubrir el total de la multa, se podrá perseguir judicialmente su cobro de acuerdo con las normas pertinentes. Si se constatase una falta que amerite la aplicación de una multa por parte de la Vicerrectoría de Investigación, Desarrollo e Innovación, no se procederá al pago mientras no se encuentre ejecutoriada la resolución que aplica la sanción o que determine que ésta no procede. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente se considerará para todos los efectos lo expuesto y dispuesto en los artículos 77 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas y en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado, sobre dicha materia.
DE LA MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las causales consignadas en el artículo 13 de la Ley Nº 19.886 y en el artículo 77 del Reglamento de dicha Ley. Por otro lado, y sin perjuicio de las demás acciones que procedan, en caso de incumplimiento de las obligaciones del contratante, la Universidad podrá resolver el contrato, en todo o parte, debido al incumplimiento grave de las obligaciones que le impone el contrato. Para ello, se seguirá el mismo procedimiento establecido en el litera t) precedente. Se entenderá por incumplimiento grave los siguientes casos: - El contratante no da cumplimiento al objeto del contrato, esto es, la adquisición de notebooks y tablet en el plazo de 10 días corridos sobre el plazo ofertado, previo requerimiento de la contraparte técnica efectuado por correo electrónico. - El contratista sufre la aplicación de multas cuyo monto total de tales sanciones alcanza el 20% del valor total del contrato. No obstante, lo anterior, son causales de término anticipado del contrato, en el caso específico de la UTP, los siguientes: - La constatación de que los integrantes de la UTP la constituyeron con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes permitentes a la Fiscalía Nacional Económica. - Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta. - Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquier de sus miembros. - Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados. - La disolución de la UTP. En caso de producirse término anticipado del contrato, la Universidad no procederá al pago que se encuentre pendiente y podrá hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato si se hubiese constituido