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ADJUDICACIÓN |
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La Universidad de Santiago de Chile aceptará la propuesta más ventajosa considerando los criterios de evaluación señalados en las presentes bases de licitación, con sus correspondientes puntajes, y no se encuentra obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor.
La adjudicación se efectuará mediante Resolución Exenta del Prorrector de la Universidad de Santiago de Chile y se ceñirá a los puntajes obtenidos por los oferentes de acuerdo a la aplicación de los criterios de evaluación conforme al Informe de Evaluación, y será notificada al adjudicatario y demás oferentes a través de la página web www.mercadopublico.cl. No obstante, lo anterior, se declararán inadmisibles las ofertas y desierta la licitación, cuando éstas no reúnan la totalidad de los requisitos establecidos en estas bases, o no se recibieren ofertas.
Asimismo, y de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 inciso 2º del Reglamento de la Ley Nº 19.886, si la adjudicación no puede efectuarse dentro de los plazos establecidos, la Universidad informará de este hecho y sus causas en el Sistema de Información e indicará un nuevo plazo para ello
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READJUDICACIÓN |
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Conforme a lo estipulado en el artículo 41 inciso final del Decreto Supremo N°250 del Ministerio de Hacienda, se podrá dejar sin efecto la adjudicación y readjudicar al oferente que siga en puntaje, en los siguientes casos:
i) Si el adjudicatario rechaza expresamente la adjudicación.
ii) Si el adjudicatario no acepta la orden de compra y/o no se encuentra hábil en el Registro de Chileproveedores en un plazo de 5 días hábiles desde su emisión.
iii) Si el oferente adjudicado incurre en un conflicto de intereses con la Universidad de Santiago de Chile, de aquellos establecidos en el artículo 4º de la Ley N° 19.886 de 2003, y la N°20.393 de 2009.
En caso que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la citada inhabilidad del
artículo 4°, inciso 6°, la UTP deberá informar por escrito, dentro del plazo de 15 días hábiles, si se desiste o decide igualmente ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior o de manifestar su intención de desistirse, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
Sin perjuicio de lo expuesto, si se estima conveniente de acuerdo a los intereses del servicio, se podrá declarar desierta la licitación y efectuar la contratación mediante la realización de un nuevo proceso de compra.
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Suscripción del contrato |
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Atendido el monto de la contratación, y que a juicio de esta autoridad administrativa se trata de un servicio estándar de simple y objetiva especificación, el contrato se formalizará por medio de la emisión de una Orden de Compra y su aceptación por parte del oferente adjudicado, para lo cual contará con el plazo de 5 días hábiles desde su emisión.
Se exigirá al proveedor que al momento de formalizar el contrato se encuentre “Hábil” en el Registro de Chile Proveedores.
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Obligaciones en materia laboral |
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El Proveedor queda especialmente sujeto a las disposiciones contenidas en la legislación laboral vigente en las relaciones con sus trabajadores y en todo a lo que se refiere a la Ley de Subcontratación, para la ejecución del contrato. Los trabajadores que el proveedor destine a la ejecución del contrato estarán subordinados a éste en sus relaciones de trabajo, o en su caso, al subproveedor que este contrate, y no tendrán vínculo alguno con la Universidad.
El proveedor deberá mantener indemne a la Universidad de todo tipo de reclamación administrativa y/o judicial con ocasión de sus obligaciones laborales y previsionales para con sus trabajadores.
Es obligación del proveedor dar fiel y total cumplimiento a todas las normas legales vigentes en materia de accidentes del trabajo, prestaciones laborales y cotizaciones previsionales de sus trabajadores, debiendo mantener
indemne a la Universidad de toda multa, demanda o sanción que pueda derivarse por infracción a tales normas. Esta obligación es parte esencial de la oferta previamente adjudicada.
La contraparte técnica de la universidad podrá exigir al proveedor, en cualquier momento, que exhiba los contratos de trabajo del personal que participe en la ejecución del servicio, junto con la acreditación de pago de prestaciones laborales y previsionales. En caso que no sea posible exhibir o acreditar lo anteriormente indicado, la contraparte técnica de la universidad podrá ordenar que se detengan los trabajos hasta que se subsane las correspondientes deficiencias, siendo el proveedor enteramente responsable si por este motivo se produce atraso en la prestación del servicio.
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MULTAS |
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La Universidad aplicará multas al proveedor por infracciones a las condiciones de las presentes bases administrativas y técnicas, y la oferta adjudicada, en el evento de ocurrir cualquiera de las situaciones que a continuación se señalan:
- Retraso en la prestación del servicio: 2 UTM por cada día hábil de atraso en la ejecución del servicio según el cronograma según oferta.
- Infracción de normativa sanitaria, ambiental y/o de seguridad: 2 UTM por cada infracción detectada.
- Ausencia de prevencionista de riesgo durante la ejecución de los trabajos: 2 UTM por cada infracción detectada.
Las multas en su conjunto tendrán un tope del 20% del valor total del contrato, y si sobrepasaren ese porcentaje, encontrándose ejecutoriada la resolución que aplica la sanción, la Universidad podrá poner término anticipado al contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas de acuerdo con las normas pertinentes.
El valor de la UTM será el del día en que la Vicerrectoría de Investigación, Desarrollo e Innovación o la unidad que la reemplace notifique por medio de correo electrónico del incumplimiento que origina la multa al adjudicatario, de acuerdo con el procedimiento que se detalla a continuación.
Una vez constatada una falta que amerite la aplicación de una multa, la Vicerrectoría de Investigación, Desarrollo e Innovación , o la unidad que la reemplace, comunicará tal situación al adjudicatario por medio de correo electrónico, para que éste efectúe los descargos respectivos dentro del plazo de cinco días hábiles contados desde la fecha de comunicación. El proveedor deberá presentar sus descargos por escrito junto con los antecedentes que sustenten sus alegaciones mediante correo electrónico dirigido a la contraparte técnica por la Universidad. Una vez recibidos los descargos, la Universidad decidirá en definitiva si procede o no la aplicación de la multa, para cuyo efecto se oficiará a la Dirección Jurídica para la elaboración de la resolución correspondiente. Tratándose de faltas relacionadas a infracciones sanitarias, ambientales, de seguridad y/o prevención de riesgos, se pondrán, además, los antecedentes en conocimiento de la autoridad competente.
La resolución que aplica las multas se notificará mediante correo electrónico, indicando la causa y el monto de la misma, y podrá reclamarse de acuerdo a los procedimientos establecidos en la Ley Nº 19.880. El recurso se resolverá dentro del plazo establecido en la Ley para ello, contado desde su recepción.
Las multas se harán efectivas con cargo al pago que se encuentre pendiente. Si este monto no fuere suficiente para cubrir el total de la multa, se podrá perseguir judicialmente su cobro de acuerdo con las normas pertinentes.
Si se constatase una falta que amerite la aplicación de una multa por parte de la Vicerrectoría de Investigación, Desarrollo e Innovación o la unidad que la reemplace, no se procederá al pago mientras no se encuentre ejecutoriada la resolución que aplica la sanción o que determine que ésta no procede.
Sin perjuicio de lo señalado precedentemente se considerará para todos los efectos lo expuesto y dispuesto en los artículos 77 y siguientes del Reglamento de Compras Públicas y en la Ley N° 19.880, que establece las Bases de los Procedimientos
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Visita a terreno obligatoria |
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El presente proceso licitatorio contempla la realización de una visita a terreno obligatoria en el día indicado en el calendario de licitación, levantándose un acta con los asistentes. La información correspondiente, será publicada oportunamente en el Sistema de Información. Las ofertas presentadas por oferentes que no hayan participado de la visita a terreno obligatoria serán declaradas inadmisibles.
La dirección es Av. El Belloto esquina Enrique Kirberg, Estación Central, ingreso por barrera vehicular, 150mt a la derecha, contacto Sr. Luis Vera Riveros. fono 227183400
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