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1.10.5.Confidencialidad de la información |
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Toda información, datos, documentos, registros, estadísticas y archivos de todo tipo que el proveedor
o los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes, u otras personas vinculadas a ella,
conozcan o llegaren a conocer con ocasión o a propósito del contrato y sus actividades
complementarias, se tratarán como información confidencial y propiedad intelectual del Fisco de Chile
(MINVU). El proveedor no podrá hacer uso de la información excepto que esté expresamente
autorizado por escrito por la SEREMI, y ajustándose en todo caso a las disposiciones de la Ley N°
19.628, sobre protección de la vida privada o protección de datos de carácter personal. El
incumplimiento de esta obligación podrá dar lugar a la interposición de las acciones judiciales que
correspondan.
Las disposiciones del párrafo anterior no serán aplicables en los siguientes casos:
a. Cuando la información, a la fecha en que se revela, sea de dominio público por
motivos que no resulten del incumplimiento de esta cláusula por parte del
proveedor los integrantes de su equipo de trabajo, sus dependientes,
subcontratistas u otras personas relacionadas con ella.
b. Cuando por virtud de la Ley o por resolución judicial el proveedor sea obligado a
revelar la referida información
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1.10.7.Seguridad de la información |
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Por el solo hecho de participar en la presente licitación, el proveedor deberá dar cumplimiento a las
políticas vigentes de seguridad de la información del Ministerio de Vivienda y Urbanismo que se
encuentran publicadas en el enlace https://www.minvu.cl/sobre-minvu/politicas-de-seguridad-de-lainformacion/ y sus correspondientes modificaciones. El incumplimiento de esta obligación autorizará a
la SEREMI a perseguir las responsabilidades civiles y penales que, según el caso, correspondan.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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1.5.3. Consultas a l a adjudicación
Los oferentes podrán efectuar consultas respecto de la adjudicación o declaración de desierto del
proceso licitatorio, dentro de un plazo de cinco días hábiles contados a partir de la publicación del
respectivo acto administrativo en el Sistema de Información de Compras y Contratación de la
Administración del Estado. Las consultas se deberán efectuar del Sistema de Información de Compras
y Contratación de la Administración del Estado y serán respondidas por el mismo medio en un plazo
de cinco días hábiles.
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1.5.4. Reunión de coordinación |
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Una vez notificada la adjudicación, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación
de la Administración del Estado, el administrador del contrato o quien este designe, podrá celebrar
con el adjudicatario una reunión de coordinación, en un plazo no superior a 5 días corridos desde la
notificación de la adjudicación. En dicha reunión se deberá convenir con el adjudicatario, la forma en
que se llevará a cabo la prestación del servicio, considerando aspectos relacionados con la estrategia,
personal, plazos y cronogramas, así como cualquier tema relacionado con el contrato que no altere la
esencia de la oferta ni el principio de igualdad entre los oferentes.
El resultado de dicha reunión deberá quedar refrendado en una “Acta de acuerdos”, que deberán
firmar la persona natural, el representante legal en el caso de las personas jurídicas o el
representante o apoderado de la unión temporal de proveedores y el administrador del contrato de la
SEREMI o quienes éstos designen, la cual formará parte integrante del contrato para todos los
efectos legales. Asimismo, dicha acta deberá ser publicada en el Sistema de Información de Compras
y Contratación de la Administración del Estado.
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Resolución de Empates |
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1.4.7. Resolución en caso de empates
En caso de que dos o más oferentes obtuviesen igual puntaje final como resultado de la evaluación
practicada por la comisión evaluadora, se procederá a realizar el desempate, conforme al siguiente
orden de prelación:
a. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta técnica”.
b. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”.
c. El proponente que obtenga mayor puntaje en el criterio “Propuesta administrativa”.
d. El proponente que haya ingresado primero su oferta.
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1.4.5. Aclaraciones a las ofertas |
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a. Como medida para mejor resolver, la comisión evaluadora podrá requerir a los oferentes, a
través del Sistema de Información de Compras y Contratación de la Administración del
Estado, que aclaren o adjunten antecedentes sobre aspectos de su propuesta que no resulten
suficientemente claros, siempre que estas aclaraciones y/o complementaciones no signifiquen
una alteración sustancial de los antecedentes presentados originalmente. Las respuestas
deberán ser entregadas por el mismo medio, dentro del plazo de cuarenta y ocho horas
contadas a partir de la solicitud de aclaración. Tanto las aclaraciones solicitadas como las
respuestas entregadas, en tiempo y forma, pasarán a formar parte integrante de los
antecedentes del contrato, en caso de serle adjudicada la licitación al oferente objeto del
requerimiento.
Si se presentaren las respuestas o antecedentes, en tiempo y forma por el oferente que fue
objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación, pero su puntaje en el
factor “Cumplimiento de los requisitos” será de acuerdo con la tabla establecida en el punto
“Propuesta administrativa” de las presentes bases de licitación.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
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1.4.5 b) Asimismo, la Comisión Evaluadora podrá solicitar a los oferentes la presentación de
certificaciones o antecedentes que éstos hayan omitido presentar al momento de efectuar la
oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con
anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no
mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación.
Esta solicitud se cursará a través del Sistema de Información de Compras y Contratación de
la Administración del Estado, debiendo el proponente adjuntar los antecedentes o
certificaciones cuya presentación fue omitida al momento de la presentación de la oferta,
dentro del plazo de cuarenta y ocho horas contadas a partir de la solicitud de aclaración.
Si se presentaren las certificaciones o antecedentes solicitados, en tiempo y forma por el
oferente que fue objeto de un requerimiento, éstos serán considerados en la evaluación,
pero su puntaje en el factor “Cumplimiento de los requisitos” será de acuerdo con la tabla
establecida en punto 1.4.3“Propuesta administrativa” de las presentes bases de licitación.
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