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PARTICIPANTES |
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Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que cuenten con un giro acorde al objeto (bien o servicio) de esta licitación, habilitadas para ser contratadas por organismos del Estado y que:
• No registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (ley de compras), en:
- Inciso 1°: Que no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta; y
- Inciso 6°: “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
• No estén afectos a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenados en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica.
• No deben haber sido condenadas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
Esto se acreditará mediante una declaración jurada que deben completar los interesados en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) e ingresar junto con su oferta, y dentro del mismo plazo para el cierre de la recepción de las ofertas.
Lo anterior es sin perjuicio de las facultades de la Comisión de verificar esta información, en cualquier momento, y en el evento de acreditarse posteriormente alguna de las inhabilidades determinadas por la normativa vigente, será considerada una causal sobreviniente de término del contrato.
Unión temporal de proveedores (UTP):
Dos o más personas –naturales o jurídicas- podrán participar como una Unión temporal de proveedores, en cuyo caso, esta Unión será considerada como el oferente y todos sus integrantes serán solidariamente responsables de la Oferta ante ChileValora y de todas las obligaciones que se generen con este organismo.
La oferta será presentada por el representante o apoderado común, con poderes suficientes, quien actuará en representación de todos los integrantes de la UTP.
Cada uno de los integrantes de la UTP debe cumplir con los requisitos indicados en esta sección para las personas naturales y jurídicas, por lo que se solicitará que cada integrante complete una declaración jurada simple en que lo señale expresamente.
Lo anterior por cuanto las causales de inhabilidades, establecidas en las presentes bases y en la legislación vigente, ya sea para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, afectarán a cada uno de los integrantes de la UTP individualmente considerados. De detectarse por ChileValora, la concurrencia de alguna inhabilidad que afecte a alguno de los participantes, se notificará de tal concurrencia a través del portal Mercado Público, y en dicho caso, la Unión deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no afectados por una causal de inhabilidad o si se desistirá de su participación en el proceso, dentro del plazo de 48 horas, contado desde la publicación de la aclaración en el portal.
En la sección 6. INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS de estas bases administrativas, se especificará, en cada caso, los anexos y antecedentes que se deberán acompañar para las UTP.
Exclusivamente a través del portal de compras (www.mercadopublico.cl), por los mecanismos establecidos en estas bases.
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CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS |
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Plazo para consultas respecto a esta licitación
(en este mismo plazo se podrán solicitar aclaraciones) A partir de la publicación de las presentes bases en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) y hasta el plazo indicado en la sección “Fecha final de consultas”, del numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas.
Fecha de publicación de respuestas Hasta el plazo indicado en la sección “Fecha de publicación de respuestas”, del numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas.
Forma en que se efectúan las consultas y aclaraciones, y se entregan las respuestas Exclusivamente a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Con el fin de promover condiciones de igualdad y transparencia en el acceso a la información relevante de la licitación, ChileValora se abstendrá de cualquier contacto con los posibles oferentes, que no sea a través del mecanismo de consultas y aclaraciones formales contemplado en esta sección y en el plazo establecido.
Efecto de las respuestas Las respuestas señaladas, como las aclaraciones que hayan debido efectuarse a solicitud de los requirentes, serán parte integrante de las presentes Bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas.
Con todo, ChileValora se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas o aclaraciones que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.
Aclaraciones de oficio ChileValora podrá realizar, de oficio, hasta antes del vencimiento del plazo de cierre de recepción de ofertas, todas las aclaraciones que estime pertinentes a modo de alcances a lo señalado en las Bases y se considerarán parte integrante de las presentes Bases y se comunicarán a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Interpretación de las bases ChileValora se reserva el derecho de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de manera de establecer las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre los beneficios del objeto de la licitación y todos sus costos asociados, presentes y futuros.
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MODIFICACIONES A LAS BASES |
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Plazo
La Comisión podrá realizar modificaciones a las bases administrativas, técnicas o sus anexos, hasta antes del vencimiento del plazo de cierre de recepción de ofertas.
No obstante, para cambios de los integrantes de la comisión evaluadora por ausencia o impedimento de alguno de ellos, podrán realizarse hasta que venza el plazo de evaluación indicado en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas y conforme a lo establecido en la sección 8.1 de estas bases administrativas.
Forma Deben ser aprobadas mediante resolución totalmente tramitada y publicadas a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Efecto de las modificaciones Las modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases de licitación y comenzarán a regir desde la total tramitación del acto administrativo que la aprueba, para todos los oferentes que deseen postular.
ChileValora concederá un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, prorrogando por tanto la fecha de cierre. No obstante, ChileValora se reserva el derecho de no prorrogar la fecha de cierre, cuando la modificación de bases tenga por objeto rectificar errores de forma, transcripción o en aspectos que no tienen impacto en la preparación de la propuesta, lo que deberá justificarse en la resolución correspondiente.
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INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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Para el análisis y preparación de sus ofertas, los oferentes deberán considerar los siguientes antecedentes y reglas:
Documentación que rige esta licitación a. Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación.
b. Modificaciones a las bases, aclaraciones y respuestas a las consultas.
Para conocer los documentos señalados anteriormente, se debe acceder al Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), bajo el correspondiente número de ID.
Soporte de documentos Soporte digital obligatorio a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel en caso de indisponibilidad técnica del sistema, tal como se especifica a continuación en esta sección.
Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los archivos anexos requeridos.
El hecho que el oferente haya obtenido el comprobante de envío de la oferta, únicamente acreditará su envío a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual se revisará en el marco de la evaluación respectiva, pudiendo dar lugar, en su caso, a la solicitud de subsanación o complementación indicada en el punto 8.2 de las bases administrativas.
Indisponibilidad técnica del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl): Esta circunstancia debe ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por el oferente por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. Los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Portal.
Formato de los anexos Los anexos que se mencionan en esta sección deberán ingresarse en los formularios definidos para este efecto, los que contienen el espacio correspondiente para ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes en caso de ser personas jurídicas, o por el representante designado, en caso de las Uniones Temporales de Proveedores. Eventualmente, los oferentes podrán ingresar sus ofertas en documentos con un formato disímil al incluido en las bases, siempre que contengan a lo menos la misma información solicitada.
En caso que el oferente desee complementar la información de su oferta, podrá hacerlo en archivos adicionales ingresados al Portal Mercado Público, junto con su oferta, hasta el plazo de cierre de recepción de éstas.
El oferente se hace responsable de todo el contenido de su oferta, incluyendo lo señalado en todos los anexos que la integran, en especial en cuanto a su veracidad, no siendo falsa, errónea o inductiva a error y que respete el pacto de integridad contemplado en la sección 10.9 de estas bases administrativas.
En ese sentido, en caso de que exista infracción al contenido de la oferta; a la veracidad de lo declarado; o al real compromiso para prestar sus servicios, ChileValora se encuentra facultado en su caso para cobrar la garantía seriedad de la oferta o la de fiel cumplimiento, de acuerdo a la época en que se detecte la infracción, y, además, según el caso, a multar y/o poner término anticipado al contrato.
Se hace presente que ChileValora se encuentra en el imperativo de denunciar todos los hechos de carácter irregular a las autoridades competentes, y los hechos constitutivos de crímenes o simples delitos, al Ministerio Público. Así, por ejemplo, ChileValora deberá denunciar a la Fiscalía Nacional Económica todo hecho, acto o convención que pueda atentar contra la libre competencia, ya sea impidiéndola, restringiéndola o entorpeciéndola; o tienda a producir esos efectos.
Por su parte, deberá denunciar también toda acción u omisión que pueda configurar los delitos de falsificación o uso malicioso de instrumento público o privado, o según el caso, soborno, cohecho u otro que se determine procedente. En consecuencia, de esa denuncia también puede derivar una inhabilidad sobreviniente que acarreará el término del contrato.
Cantidad de ofertas Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en las presentes bases de licitación. Si se exige la presentación de garantía de seriedad de la oferta de acuerdo a lo establecido en estas bases, los oferentes deberán presentar una garantía distinta por cada oferta que presenten, y en el caso que presenten una menor cantidad de garantías, se considerarán acompañadas a las ofertas de menor valor, y el resto de las ofertas serán declaradas inadmisibles.
Plazo de recepción de ofertas Dentro del plazo establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases.
Vigencia de la oferta Las ofertas tendrán una vigencia mínima de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, ChileValora podrá solicitar a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas.
Si alguno de ellos no lo hiciere, en el plazo de dos días hábiles contados desde la notificación de la solicitud, dicha oferta se entenderá desistida.
Al efecto se deberá entregar una nueva garantía de seriedad de la oferta, conforme a lo indicado en la sección 6.2, si la vigencia de la primera no fuera suficiente para abarcar el nuevo periodo. Si no se renovare esta garantía, en el mismo plazo antes señalado, también se entenderá desistida la oferta.
Aceptación del contenido de las bases y prohibición de ofertas condicionadas. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente, sin ningún tipo de reservas ni condiciones, el contenido de estas Bases, por el sólo hecho de presentar ofertas en este proceso licitatorio.
En ese sentido, no se aceptarán ofertas condicionadas, por cuanto deben ceñirse estrictamente a lo establecido en estas bases, y en caso de recibirse serán declaradas inadmisibles.
Errores u omisiones detectados en los anexos y antecedentes que forman parte de la oferta En caso de detectarse alguna omisión o error de forma respecto de los anexos y antecedentes, la comisión evaluadora estará facultada para solicitar su subsanación en la forma dispuesta en la sección 8.2 de las bases administrativas, siempre que las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás participantes, no alteren la esencia de las ofertas ni impliquen una contraoferta, y en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes.
Cabe señalar que el procedimiento anterior sólo es válido para los documentos explícitamente señalados en dicha solicitud, no pudiendo, de ninguna manera, entregarse total o parcialmente antecedentes o información objeto de evaluación que correspondan a la oferta técnica y/o económica. Dichos documentos solo podrán ser entregados dentro del plazo establecido en el cronograma de esta licitación para la presentación de ofertas.
En caso que no se efectúe la subsanación en el plazo otorgado, dicha oferta será declarada inadmisible.
CONTENIDO DE LA OFERTA
La oferta se compone de tres partes:
- Antecedentes administrativos.
- Oferta técnica y
- Oferta económica.
Cada una de estas partes, salvo la oferta económica, se compone de:
- Anexos.
- Antecedentes que eventualmente se requieran:
- Hay antecedentes necesarios para:
• Admisibilidad de la oferta: Su ausencia acarrea la inadmisibilidad de la oferta.
• Evaluación de criterios o subcriterios: Su ausencia acarrea que el criterio o subcriterio correspondiente se evalúe con puntaje cero.
En esta sección se especificarán cuáles anexos y antecedentes se requieren para la presente licitación, los cuales deben ingresarse en el campo correspondiente del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
La falta de presentación de cualquiera de los anexos o antecedentes indicados en esta sección, será suficiente para no considerar la oferta en el proceso de evaluación y adjudicación, declarándola inadmisible, salvo los casos en que expresamente se indica algo distinto.
Lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones, en los términos que se establecen en la sección 8.2 “De los errores u omisiones detectados durante la evaluación y aclaraciones” en estas bases administrativas.
ANTECEDENTES ADMINISTRATIVOS
Anexos Administrativos • Anexo N° 1: “Formulario de Identificación del Oferente”.
• Declaración Jurada Simple: Se encuentra disponible en el Portal Mercado Público y debe completarse y suscribirse en éste, como parte de su oferta. En el caso de las personas jurídicas, dicha declaración jurada debe ser suscrita por su representante legal. Si los representantes fueren más de uno y no estuviera habilitada la posibilidad que todos(as) los representantes o integrantes, respectivamente, lo suscriban en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), bastará con que lo suscriba solo uno de ellos, sin perjuicio que para la suscripción del contrato se requiera la firma de todos(as) ellos.
Uniones temporales de proveedores:
• En caso de que la oferta sea presentada por una Unión Temporal de Proveedores (UTP), el anexo N° 1 antes referido debe ser completado por cada uno de los integrantes de la misma y la declaración jurada simple antes referida, deberá ser completada por el representante designado por la UTP.
• Además, deberán completar el anexo para integrantes de UTP disponible para esta licitación, denominado: “Anexo para integrantes de Unión Temporal de Proveedores (UTP)”. Dicho anexo consiste en una declaración jurada que debe ser completada por cada uno de los integrantes de la UTP y ser suscrita por la persona natural o representante legal de la persona jurídica, según corresponda al tipo de integrante de la UTP.
Estos anexos –uno por cada integrante de la UTP- deben ser ingresados como anexo administrativo en su oferta, hasta el día y hora de cierre de recepción de las ofertas.
Antecedentes Oferentes no inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado Personas jurídicas - Copia escaneada del RUT institucional y de las cédulas de identidad de sus representantes;
- Documentos necesarios para acreditar la existencia, giro que contemple la provisión de los productos o prestación de los servicios objeto de esta licitación, y personería de quien la representa:
o Copia escaneada de la escritura pública de constitución de la sociedad y sus modificaciones posteriores si las hubieren;
o Certificado de vigencia en el Registro de Comercio correspondiente, de una antigüedad no superior a los tres meses contados desde que fue emitido; y
o Copia escaneada del instrumento en que conste la personería de la persona con facultades para obligarla en la propuesta.
- En los casos de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia, giro acorde a esta contratación, vigencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a tres meses.
Personas naturales • Copia simple de su cédula nacional de identidad; y
• Comprobante de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos - SII
Observaciones En el caso de que un oferente no inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, sea a quien ChileValora adjudique la presente licitación, éste deberá inscribirse y encontrarse en estado “Hábil” en dicho registro, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, para la suscripción del contrato cada proveedor participante de dicha Unión deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado hábil.
Oferentes inscritos en el Registro Electrónico de Proveedores del Estado Con estado de inscripción HÁBIL: No será necesario acompañar los antecedentes legales indicados más arriba en el rubro referido a quienes no están inscritos en el Registro de Proveedores.
Sin embargo, de resultar adjudicado, el oferente deberá disponibilizar los antecedentes legales, con la vigencia señalada más arriba, en la sección “Documentos” del portal, a más tardar antes de celebrar el contrato.
En todo caso, se hace presente que el estado de Hábil en el Registro de Proveedores del Estado debe permanecer vigente durante la ejecución del contrato en lo referido a lo dispuesto en el artículo 4° inciso 1° de la Ley N° 19.886.
Si la inscripción se encuentra en estado: “Inhábil”, “En revisión” o “Sin información”, se deberán acompañar, al momento de presentación de las ofertas, los mismos antecedentes solicitados para los oferentes no inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, antes señalados. Además, si resulta adjudicado, deberá encontrarse en estado “Hábil” en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero.
Por su parte, si el oferente está inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, pero presenta estado INHÁBIL, se verificará la causal, si es posible dentro del Portal, y conforme a ello, se determinará la procedencia de su contratación, declarándolo mediante resolución.
ChileValora se reserva el derecho de solicitar, cuando lo estime pertinente y antes de adjudicar, la documentación legal en soporte material, en caso de duda sobre la idoneidad, pertinencia o legalidad de algún documento.
Unión temporal de proveedores:
- Presentar un documento público o privado que formaliza la Unión Temporal de Proveedores en la cual conste lo siguiente:
• Se individualice a quienes la integran, ya sea personas naturales o jurídicas.
• Se indique el acuerdo para participar y contratar como Unión Temporal de Proveedores.
• Se designe a un representante con poderes suficientes para actuar y suscribir actos y contratos en nombre de todos los integrantes.
• Se indique que se constituye responsabilidad solidaria para cada uno de los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con ChileValora.
• Se indique que dicha Unión tendrá una vigencia que abarca todo el plazo de vigencia del contrato adjudicado, incluyendo su renovación, en caso que se contemple.
Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de las contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, en el evento de resultar adjudicada la UTP, en la etapa de suscripción del contrato, deberá entregarse materialmente a esta Comisión, una escritura pública en la que conste el cumplimiento de los requisitos antes señalados.
El representante de la UTP deberá cumplir con lo indicado respecto a inscripción en el Registro de Proveedores del Estado y antecedentes asociados a ello. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que la UTP resulte adjudicada, previo a la suscripción del contrato y dentro del plazo asignado para ello, todos los integrantes de la UTP deberán estar inscritos en el Registro de Proveedores del Estado, en estado Hábil, y tener ingresado en dicho registro, la documentación legal y con la vigencia, referida en esta sección de estas bases administrativas. Además, en la etapa de suscripción del contrato, se deberán presentar Certificados de Antecedentes Laborales y Previsionales emitidos por la Dirección del Trabajo respecto cada uno de los integrantes de la UTP, emitidos con fecha posterior a la adjudicación.
OFERTA TÉCNICA
Anexos Técnicos - Anexo N° 2 “Certificado de Experiencia del Oferente”. Considera la experiencia del oferente propiamente tal en los últimos 48 meses, y, en el caso de una Unión Temporal de Proveedores, la experiencia de sus integrantes.
- Anexo N° 3 “Tiempo de Respuesta”. Considera el tiempo de respuesta ofertado, para requerimiento del servicio de Radio Taxi, el cual no podrá superar los 60 minutos.
- Anexo N° 4 “Dotación de Vehículos”. Contempla la flota de vehículos a disposición del oferente para la presente licitación, la cual debe estar en concordancia con los requisitos técnicos solicitados en las presentes bases.
Los anexos mencionados deben ser ingresados al portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl ), como parte de la oferta, en anexos técnicos.
La no presentación o presentación sin información del Anexo 2 será evaluado con puntaje 0, la no presentación o presentación sin información del Anexo 3 y 4, será causal de inadmisibilidad de la propuesta.
Antecedentes técnicos (documentos adicionales que deben acompañar a los anexos técnicos) Para admisibilidad
• Acreditación de experiencia del oferente durante los últimos 48 meses.
Para corroborar la experiencia de los oferentes, se deberá adjuntar alguno de los siguientes documentos:
- Certificados emitidos por clientes del oferente, donde se señale el tipo de servicio que se prestó; u
- Órdenes de compra del portal www.mercadopublico.cl; o
- Contratos
Un mismo cliente podrá entregar al oferente uno o más respaldos de experiencia, en la medida que haya contratado más de un servicio con este último, siempre y cuando se trate de contrataciones distintas. No se aceptarán facturas.
Solo se considerará la experiencia que sea acreditada con dichos documentos, y verificada con los datos de contacto solicitados en el Anexo N° 2 y que corresponda a referencias positivas.
La oferta que no contenga la documentación de experiencia será evaluada con puntaje “cero”, Cabe recordar que estos antecedentes, que son objeto de evaluación, no podrán solicitarse por el mecanismo de la sección 8.2 de estas bases administrativas.
• Acreditación de seguros asociados al servicio, de acuerdo al punto 8.2 de las bases técnicas. El oferente debe acreditar que cuenta con los seguros requeridos para la presente licitación, los cuales, además, serán corroborados por la Comisión Evaluadora.
• Detalle de “Dotación de vehículos”, de acuerdo al Anexo N°4, se debe completar además de la cantidad de vehículos con que cuenta el oferente a disposición para la presente licitación, un cuadro con la información solicitada, cuyo contenido podrá ser revisado y corroborado por la Comisión Evaluadora.
OFERTA ECONÓMICA
Anexo Económico - Anexo N° 5 “Oferta Económica”.
La Oferta Económica deberá ser ingresada al Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) en pesos chilenos, indicando en éste el valor neto. Además, deberá señalar expresamente los impuestos a que se encuentra afecto o si está exento de éstos, y será evaluada en base a los siguientes factores:
- “Valor por servicio de radio taxi por cada doscientos metros o cada sesenta segundos” en la Región Metropolitana de Santiago, de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo N° 5, letra A.
- “Valor por el precio de bajada de bandera”, de acuerdo a lo dispuesto en el Anexo N° 5, letra B.
La Oferta Económica deberá ser ingresada al sistema en pesos chilenos, especificando el valor total de la suma de los factores A + B, cuyo resultado corresponderá a la oferta definitiva.
En caso de diferencia entre el valor consignado en el Anexo Nº 5 y el ingresado en el portal www.mercadopublico.cl, primará este último. Asimismo, en el caso eventual que no se acompañe el Anexo N° 5 o este se encuentre incompleto, se considerará como oferta económica, el monto ingresado en el portal www.mercadopublico.cl.
Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, derechos, impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea directo, indirecto o a causa de él. ChileValora no pagará ninguna suma adicional a la que sea indicada en la oferta económica.
Asimismo, el postulante financiará todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su propuesta, por lo que ChileValora no será responsable en caso alguno de ellos.
El monto de la oferta económica estará afecto a reajuste, solo mediante Resolución Fundada proveniente del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones cuando se pronuncie en estas materias.
Observaciones Los anexos antes mencionados contienen el espacio correspondiente para ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes en caso de ser personas jurídicas o por el representante designado, en caso de las Uniones Temporales de Proveedores.
El oferente se hace responsable de todo el contenido de su oferta, incluyendo lo señalado en todos los anexos que la integran, en especial en cuanto a su veracidad, no siendo falsa, errónea o inductiva a error y que respete el pacto de integridad contemplado en la sección 10.9 de estas bases administrativas.
En ese sentido, en caso de que exista infracción al contenido de la oferta; a la veracidad de lo declarado; o al real compromiso para prestar sus servicios, ChileValora se encuentra facultado en su caso para cobrar la garantía seriedad de la oferta o la de fiel cumplimiento, de acuerdo a la época en que se detecte la infracción, y, además, según el caso, a multar y/o poner término anticipado al contrato.
Lo anterior, sin perjuicio de concurrir, en el evento de acreditarse posteriormente alguna de las inhabilidades determinadas por la normativa vigente, una causal sobreviniente de término del contrato.
Se hace presente que ChileValora se encuentra en el imperativo de denunciar todos los hechos de carácter irregular a las autoridades competentes, y los hechos constitutivos de crímenes o simples delitos, al Ministerio Público. Así, por ejemplo, ChileValora deberá denunciar a la Fiscalía Nacional Económica todo hecho, acto o convención que pueda atentar contra la libre competencia, ya sea impidiéndola, restringiéndola o entorpeciéndola; o tienda a producir esos efectos. Por su parte, deberá denunciar también toda acción u omisión que pueda configurar los delitos de falsificación o uso malicioso de instrumento público o privado, o según el caso, soborno, cohecho u otro que se determine procedente. En consecuencia, de esa denuncia también puede derivar una inhabilidad sobreviniente que acarreará el término del contrato.
Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del portal de Mercado Público www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los archivos anexos requeridos.
El hecho que el oferente haya obtenido el comprobante de envío de la oferta, únicamente acreditará su envío a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual se revisará en el marco de la evaluación respectiva, pudiendo dar lugar, en su caso, a la solicitud de subsanación o complementación indicada en el punto 8.2 de las bases administrativas.
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APERTURA DE LAS POSTULACIONES |
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Soporte
Electrónicamente, en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Etapas
En una (1) etapa, por lo que en la apertura se procederá a abrir tanto la Oferta Técnica como la Oferta Económica, ingresadas previamente a través de la Plataforma de Compras (www.mercadopublico.cl).
Plazo
Se efectuará el día y a la hora indicada en el cronograma, numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito la apertura no se pudiere realizar, conforme al cronograma establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas, ChileValora deberá fijar una nueva fecha y hora para la realización de esta actividad, lo cual se comunicará a través de la plataforma de licitaciones de ChileCompra, (www.mercadopublico.cl).
Observaciones y/o reclamos
Los oferentes podrán hacer observaciones al acto de apertura y/o presentar reclamos, a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), dentro de las 24 horas siguientes a dicha apertura.
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DE LA COMISIÓN EVALUADORA |
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La evaluación de las propuestas será realizada por una Comisión de Evaluación, integrada por los siguientes tres profesionales de ChileValora:
Nombre Organización Cargo
Iván Ángel Aracena ChileValora Encargado de Servicios Generales
Lyla Sierra Vega ChileValora Abogada
Alejandro Juacida Ramírez ChileValora Encargado de personal
En caso de ausencia o impedimento de alguno de los integrantes de la Comisión de Evaluación, se procederá a su reemplazo por resolución fundada.
Excepcionalmente, y de manera fundada, algunos de los integrantes de la Comisión designados por la entidad licitante, podrán ser personas ajenas a la Administración, aunque siempre en número inferior a los funcionarios públicos que integran dicha comisión.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán:
• Tener contactos con los oferentes, salvo en cuanto proceda alguno de mecanismos regulados en las presentes bases y en la normativa de compras públicas.
• Aceptar solicitudes de reunión, de parte de terceros, sobre asuntos vinculados directa o indirectamente con esta licitación, mientras integren la Comisión Evaluadora.
• Aceptar ningún donativo de parte de terceros. Entiéndase como terceros, entre otros, a las empresas que prestan servicios de asesoría, o bien, sociedades consultoras, asociaciones, gremios o corporaciones.
Esta Comisión podrá requerir las asesorías que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento.
La Comisión Evaluadora verificará la veracidad o efectividad de la experiencia acreditada por el proponente, para cuyo efecto se solicita proporcionar los datos de contacto en cada anexo respectivo y sólo considerará los antecedentes correspondientes a experiencia del equipo de trabajo y proponente, que hayan podido verificarse durante el periodo de evaluación. Cuando la experiencia se refiera a trabajos desarrollados para ChileValora, no se requerirá mención de una persona específica, sólo el periodo que se realizó y el área específica, cuando corresponda.
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DE LOS ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN Y ACLARACIONES |
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De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de Compras, ChileValora podrá solicitar a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), que los oferentes, dentro de un plazo fatal de dos (2) días hábiles contados desde el requerimiento:
a) Salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal.
b) Presenten antecedentes o certificaciones que hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta; siempre que dichos antecedentes o certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar Ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar Ofertas y el período de evaluación. El oferente que haya omitido certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Cabe señalar que el procedimiento anterior sólo es válido para los documentos explícitamente señalados en dicha solicitud, no pudiendo, de ninguna manera, alterar la esencia de las ofertas, implicar una contraoferta o entregarse total o parcialmente antecedentes o información objeto de evaluación que corresponda a la oferta técnica y/o económica, fuera del plazo establecido en el cronograma de esta licitación.
En el evento que el oferente no salve los errores u omisiones, o no presente la información, certificaciones o antecedentes requeridos conforme a lo indicado en esta sección, en el plazo de dos (2) días hábiles, su oferta será declarada inadmisible y no continuará siendo examinada por la comisión evaluadora, todo conforme a lo indicado en la sección 9 de estas bases administrativas.
La comisión, podrá además solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus propuestas, sin que esto pueda configurar una contraoferta por parte del proponente, las que son inadmisibles.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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8.3.1 Antecedentes preliminares.
- Sólo se evaluarán las ofertas que resulten admisibles.
- La evaluación de las ofertas se llevará a cabo sobre la base de la información y documentación entregada por el proponente. La evaluación considera tres dimensiones: Cumplimiento de Requisitos Formales (para antecedentes administrativos), Técnica (Propuesta Técnica) y Económica (Propuesta Económica).
- La metodología que se utilizará para evaluar el cumplimiento de requisitos formales de la propuesta, y las propuestas técnica y económica será la siguiente:
• En cuanto al cumplimiento de requisitos formales, se evaluará la oportunidad y completitud de los antecedentes administrativos solicitados a los proponentes en las presentes bases.
• En cuanto a la oferta técnica, se evaluará cada criterio y subcriterio en función de la pauta de evaluación indicada en la sección 8.3.2.2 y la información proporcionada por el oferente en su propuesta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl y se ponderará cada puntaje obtenido por el oferente de acuerdo a los porcentajes indicados para cada criterio y subcriterio señalado en la sección 8.3.2.2 de las bases administrativas.
• A su turno, la evaluación económica se realizará asignando mayor puntaje a la oferta de menor precio, conforme a la fórmula que se indica en estas bases administrativas.
• Finalmente, se sumarán cada uno de los puntajes obtenidos, generando un puntaje final.
- Un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación sólo si el resultado de la evaluación de su propuesta obtiene un puntaje total mínimo de 75 puntos de un máximo de 100.
- La asignación de los puntajes se efectuará con dos (2) decimales, aplicando la regla del redondeo.
- En caso de diferencia entre el valor total consignado en el anexo económico y el ingresado en el portal www.mercadopublico.cl, primará este último.
- Será responsabilidad de los proponentes entregar toda la información que permita efectuar la correcta evaluación de las ofertas de acuerdo a los criterios antes señalados.
- El proponente deberá presentar una oferta que satisfaga la totalidad de los requerimientos del servicio que es objeto de la presente licitación.
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EMPATES |
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: En caso de empate en el puntaje de la evaluación, y según lo dispuesto en el artículo N° 38 del reglamento de compras públicas, éste se resolverá conforme a los siguientes criterios:
a) Primeramente, se resolverá el empate a favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Propuesta Económica”.
b) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio “Oferta técnica”.
c) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio “Dotación de vehículos”.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN |
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La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y sus ponderaciones:
TABLA N°1
Criterios Ponderación
Cumplimiento de Requisitos Formales 5%
Oferta Técnica. 60%
Propuesta Económica 35%
TOTAL 100%
Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta:
Se evaluará la oportunidad y completitud de los antecedentes solicitados a los proponentes en las presentes bases, de acuerdo a lo exigido en éstas. En caso de incumplimiento de la presentación de los antecedentes requeridos por la Comisión Evaluadora, dará lugar a inadmisibilidad de la propuesta.
La ponderación de este criterio será de un 5% del total, asignándose el siguiente puntaje al mismo:
TABLA N° 2
Pauta de Evaluación, ponderación y puntaje de la evaluación del criterio Cumplimiento de Requisitos Formales de la Propuesta
Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación
5% 100 Presenta, en tiempo y forma, la totalidad de los antecedentes administrativos requeridos en las Bases Administrativas
0 No presenta la totalidad de los documentos en tiempo y forma
8.3.2.2 Oferta Técnica:
La Oferta Técnica, tiene una ponderación del 60% del puntaje total, y considera tres Subcriterios, según se indica a continuación en la tabla N° 3 siguiente:
TABLA N°3
Subcriterios Técnicos Ponderador
Experiencia del Oferente 15%
Tiempo de Respuesta 20%
Dotación de Vehículos 25%
Total 60%
8.3.2.2.1. Experiencia del Oferente (15%).
Este subcriterio técnico comprende la experiencia del oferente en la prestación de servicios de traslado de personas tanto en el sector público como privado, dentro de los últimos 48 meses en relación con la fecha de cierre de las ofertas. Para la evaluación de este criterio, el oferente debe señalar la experiencia en servicios similares, de acuerdo al formato entregado en el Anexo Nº 2 de estas Bases, respaldando la experiencia invocada, que dé cuenta de la experiencia en el servicio en cada una de las contrataciones informadas por el oferente.
Lo anterior se podrá acreditar con cualquiera de los siguientes documentos:
Certificados emitidos por el respectivo contratante de los servicios de Transporte privado de personas, Radio Taxi (firmados/certificados recientes).
Órdenes de compra (mercado público).
Copias de contratos, en virtud de los cuales se hayan prestado servicios similares a los licitados.
Un mismo cliente podrá entregar al oferente uno o más respaldos de experiencia, en la medida que haya contratado más de un servicio de la misma naturaleza con este último, siempre y cuando se trate de contrataciones distintas.
Sólo se evaluará la experiencia que logre ser verificada y que corresponda a referencias positivas, que puedan ser debidamente comprobadas.
El oferente debe asegurar la fidelidad de los datos e incluir la información vigente de los contactos (teléfono, correo electrónico, etc.) de sus referencias, puesto que será corroborado por parte de la Comisión Evaluadora.
En caso de no acreditarse experiencia, se asignará puntaje cero (0) en este subcriterio.
La ponderación y evaluación del presente subcriterio se realizará de acuerdo a la siguiente tabla:
TABLA N°4
Criterio Ponderación Pauta de evaluación Puntaje Anexo
Experiencia del Oferente y referencias positivas 15% Oferente acredita 10 o más experiencias de similar naturaleza en conformidad a los señalado en el Anexo Nº 2, en los últimos 48 meses 100 Anexo N°2
Oferente acredita 7 a 9 experiencias de similar naturaleza en conformidad a los señalado en el Anexo Nº 2, en los últimos 48 meses 50
Oferente acredita 4 a 6 experiencias de similar naturaleza en conformidad a los señalado en el Anexo Nº 2, en los últimos 48 meses 25
Oferente acredita 3 o menos experiencias de similar naturaleza o no acompaña los antecedentes en las cuales se funda la experiencia informada en ninguna de las etapas administrativas dispuestas por las bases para estos efectos, , en los últimos 48 meses 0
Al resultado obtenido se multiplicará por el ponderador 0,15 y de esta forma se obtendrá la ponderación del presente subcriterio.
8.3.2.2.2. Tiempo de Respuesta (20%).
El oferente deberá indicar el tiempo mínimo de respuesta ante un requerimiento, el cual debe estar expresado en minutos, y el cual se contará desde la recepción del correo electrónico, aplicación (APP) y/o llamado telefónico, conforme a lo indicado en Anexo N° 3. En caso de que se presenten los anexos sin información, la propuesta será considerada inadmisible.
TABLA N°5
Criterio Ponderación Pauta de evaluación Anexo
Tiempo de respuesta 20% Este criterio de evaluación considerará el plazo de respuesta del servicio ofertado por el oferente en conformidad a lo señalado en el Anexo Nº 3 para la ejecución de los servicios requeridos. Para determinar el puntaje de cada oferta en este criterio se utilizará la siguiente fórmula:
Menor plazo de respuesta ofertado X 100
Plazo de respuesta de la propuesta en evaluación
PR=
PR=Plazo respuesta (expresado en minutos)
El resultado obtenido de acuerdo con la fórmula antes señalada se multiplicará por el ponderador respectivo, esto es 0,20 y de esta forma se obtendrá el puntaje del presente criterio.
La oferta cuya propuesta no informe plazo de respuesta o supere el plazo máximo de 60 minutos, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación. Anexo N°3
8.3.2.2.3. Dotación de Vehículos (25%)
Corresponde a la flota de vehículos que el oferente tiene a su disposición para la presente licitación, la cual debe acreditar y cumplir con los requisitos mínimos, la cual será informado en el Anexo N°4. En caso de que se presenten los anexos sin información, la propuesta será inadmisible.
TABLA N°6
Criterio Ponderación Pauta de evaluación Anexo
Dotación de vehículos 25% Este criterio de evaluación considerará el número de vehículos, tipo radio taxi que el oferente tenga a disposición en conformidad a lo señalado en el Anexo Nº 4 para la ejecución de los servicios requeridos.
Para determinar el puntaje de cada oferta en este criterio se utilizará la siguiente fórmula:
Número de vehículos ofertados en la propuesta X 100
Mayor número de vehículos ofertado por un oferente
DV=
DV=Dotación/vehículos
El resultado obtenido de acuerdo con la fórmula antes señalada se multiplicará por el ponderador respectivo, esto es 0,25 y de esta forma se obtendrá el puntaje del presente criterio.
La oferta cuya propuesta no informe el número de vehículos tipo taxi ejecutivo a ofertar, con las características de cada uno conforme a las características especificadas en las Bases Técnicas, o que no acompañe la certificación de la autoridad competente, con la que se funda la información señalada, será declarada inadmisible, quedando excluida del proceso de licitación.
Anexo N°4
8.3.2.3 Propuesta Económica:
La propuesta económica tiene una ponderación de 35% en el puntaje total y comprende la valoración del costo relativo de la oferta respecto de todos los oferentes.
La propuesta económica en este caso estará conformada por el valor neto del servicio en dos dimensiones: Precio cada 200 metros o 60 segundos (A) más Precio Bajada de Bandera (B), la cual debe publicarse en el portal de compras www.mercadopublico.cl.
La oferta económica debe indicar los montos solicitados en el Anexo N° 5 de estas Bases.
A cada oferta económica se les asignará un puntaje, conforme a la fórmula de la siguiente tabla:
TABLA N°7
Criterio Ponderación Pauta Evaluación Anexo
Propuesta económica
(Costo del servicio) 35%
El Puntaje Económico se asignará entre la suma de los criterios A y B que se señalan a continuación:
Letra A.: Precio cada 200 metros o 60 segundos.
Letra B: Precio Bajada de Bandera.
De la sumatoria de estos dos puntos, se utilizará la siguiente fórmula para determinar el puntaje de cada oferta:
POE=(Menor valor entre todas las ofertas (A+B))/█(VOE@ )*100
Donde:
POE = Puntaje de la Oferta Económica
VOE= Valor oferta evaluada.
El resultado obtenido de acuerdo con la fórmula antes señaladas, se multiplicará por el ponderador respectivo, esto es 0,35 y de esta forma se obtendrá el puntaje del presente criterio.
Anexo 5
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ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
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La Secretaria Ejecutiva de ChileValora será quien resuelva la adjudicación, teniendo en consideración la propuesta que aportará la Comisión de Evaluación.
El plazo para evaluar y adjudicar corresponde al indicado en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas. En caso que no resulte posible realizar la evaluación o la adjudicación en el plazo ahí indicado, se informará a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl ), las razones de ello y el nuevo plazo de evaluación y/o adjudicación, en su caso. No obstante, por este mecanismo, la adjudicación no podrá exceder del día treinta hábil contado desde la fecha de apertura de las propuestas.
En caso que para la evaluación y/o adjudicación se requiera fijar un plazo que supere el antes señalado, el nuevo plazo se fijará por resolución fundada y se informará a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl ).
El adjudicatario será aquel oferente que, en su conjunto, haga la oferta más ventajosa, obteniendo el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones, establecidos en las presentes bases. La licitación se adjudicará mediante resolución que será publicada en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl), una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que indicará el valor total adjudicado, con impuestos incluidos.
ChileValora declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en estas bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que efectúen aclaraciones o salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
Se considerarán siempre inadmisibles y su propuesta no será o continuará siendo, según el caso, examinada por la comisión evaluadora, las siguientes:
- Las ofertas extemporáneas.
- Las que no acompañen garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo y forma exigida en estas bases.
- Las propuestas en que el oferente no presente toda la información requerida en los anexos de estas bases, documentos, antecedentes o certificaciones, en el tiempo y forma exigidos, sin perjuicio de la posibilidad de acompañar los antecedentes omitidos o de subsanar los errores, conforme a lo dispuesto en la sección 8.2 de estas bases administrativas y conforme se indica en la causal siguiente.
- Las ofertas respecto a las cuales se hayan detectado errores u omisiones formales, y que, habiendo sido solicitada su subsanación o corrección conforme a la sección 8.2 de estas bases administrativas, no haya sido efectuada en el plazo otorgado.
- Las ofertas condicionadas, ya sea en forma conjunta o adicionalmente a ésta.
- Cuando el oferente, por cualquier medio dé a conocer a ChileValora, su oferta antes de la apertura electrónica de ésta.
- Cuando se detectare falta de veracidad en la información contenida en la oferta o sus anexos, o ésta fuere manifiestamente errónea o inductiva a error.
- Las propuestas, cuya oferta económica supere el presupuesto máximo establecido en las presentes bases, o que no se indique el monto de la oferta económica.
- Las propuestas cuya oferta técnica no cumpla con alguno de los requisitos mínimos establecidos en estas bases de licitación.
- Las propuestas cuyo puntaje de evaluación no alcance el mínimo requerido para poder ser adjudicado, de acuerdo a lo establecido en la sección 8.3.1 de estas bases.
Además, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de ChileValora que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, ChileValora podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento de compras públicas, adjudicar a esa oferta la presente licitación, a través de una resolución fundada, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue. En caso de que el oferente adjudicado, no entregue la garantía de fiel cumplimiento ampliada conforme a lo antes señalado, en el plazo establecido en la sección 10.2, se entenderá su rechazo a la adjudicación y se procederá con lo estipulado en la sección 9.2 sobre Readjudicación.
La Secretaria Ejecutiva de ChileValora podrá establecer ajustes, condiciones y requisitos especiales para la ejecución del objeto de la contratación, de común acuerdo con el oferente seleccionado, para una mejor ejecución del proyecto.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no se inscribe en el Registro de Proveedores en el plazo indicado en estas bases, es inhábil para contratar con el Estado por cualquiera de las causales contempladas en la normativa o cualquiera de las demás causales indicadas en la sección 9.2 sobre Readjudicación de estas bases administrativas, ChileValora podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Comisión, se estime conveniente declarar desierta la licitación y convocar a un nuevo proceso, conforme se indica en la sección 9.2 ya referida.
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RESOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN |
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Una vez adjudicada la licitación, cualquier persona interesada podrá efectuar consultas respecto de la adjudicación, dentro de los cuatro (5) días hábiles siguientes de informada ésta en la Plataforma de Licitaciones de ChileCompra www.mercadopublico.cl. Las consultas respectivas se formularán a través del correo electrónico licitaciones@chilevalora.cl, indicando que el tipo de consulta tiene por tema, las licitaciones adjudicadas. Estas consultas serán resueltas en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde su recepción, informándose al interesado por esta misma vía.
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READJUDICACIÓN |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta; no se inscribe en el Registro de Proveedores del Estado en el plazo estipulado en la sección antes mencionada; es inhábil para contratar con el Estado; no firma el contrato en el plazo estipulado en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas; no acepta la orden de compra; no entrega los antecedentes legales y demás requeridos para contratar o la garantía de fiel cumplimiento en los plazos indicados en la sección 10.1 y 10.2 de estas bases; en caso que la oferta haya sido menor al 50% del precio de la oferta siguiente, y el oferente no entrega la garantía ampliada en el plazo señalado en la sección 10.2 de estas bases, o no cumpliere con cualquiera de los requisitos establecidos en estas bases para la suscripción del contrato, en los respectivos plazos indicados en estas bases, esta Comisión tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje y que sea susceptible de adjudicación, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Lo anterior, se hará dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
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FIRMA DEL CONTRATO |
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Una vez notificada la decisión de adjudicación, el adjudicatario deberá concurrir a la suscripción del contrato respectivo, en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
La adjudicataria deberá presentar la siguiente documentación para la suscripción del contrato respectivo:
a) La documentación legal señalada en el punto 6 de las presentes bases administrativas, tratándose de proveedores inscritos en el Registro de Proveedores que no la acompañaron o no la tenían disponible y actualizada en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) al momento de postular.
b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, en el cual se acredite el estado en que se encuentran las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, por cada uno de los integrantes de la UTP.
c) La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En el caso de la documentación indicada en la letra a), no es necesario adjuntarla si se encuentran acreditados en el Registro de Proveedores, en la medida que no se encuentren vencidos o que su vigencia no sea superior a tres meses desde que fueron emitidos. En todo caso, los antecedentes legales para poder ser contratado, deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores dentro de los diez (10) días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación.
En el caso de que un oferente no inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, sea a quien ChileValora adjudique la presente licitación, éste (sea persona natural, jurídica o UTP, comprendiendo a todos sus integrantes) deberá inscribirse en dicho registro y encontrarse hábil en éste, en un plazo máximo de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, para la suscripción del contrato cada proveedor participante de dicha Unión deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, en el mismo plazo antes señalado.
Asimismo, en el caso de resultar adjudicada una Unión Temporal de Proveedores (UTP), dentro del plazo de los diez (10) días hábiles establecidos en esta sección y sólo en el caso de las licitaciones iguales o superiores a 1.000 UTM, se deberá hacer entrega físicamente en las oficinas de esta Comisión, ubicadas en Miraflores 130, piso 8, comuna y ciudad de Santiago, la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de compras. En caso que la licitación sea inferior a 1.000 UTM, se deberá entregar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En todo caso, este acuerdo debe contener todas las menciones que se indican en la sección 1.” Características de la licitación”, sección “Participantes”, “Unión temporal de proveedores (UTP)” de estas bases administrativas.
Si el respectivo adjudicatario no entrega o no mantiene disponibles en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado o no se encuentra en estado hábil, todo ello dentro del plazo fatal de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl) se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la Comisión para readjudicar la licitación, o declararla desierta, en caso que corresponda, de conformidad con lo establecido en las presentes bases y proceder al cobro de la garantía de seriedad de la oferta, en caso que se hubiere solicitado.
Con todo, se admitirá la celebración del contrato con el contratante que registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años, con la condición que los primeros estados de pago del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratante acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886. ChileValora exigirá que el contratante, en este evento, proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratante dará derecho a ChileValora a dar por terminado el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa adjudicada no podrá participar.
El contrato se regirá por las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los documentos que se enumeran a continuación, los que, en su caso, formarán parte integrante del mismo para todos los efectos legales y, en caso de discrepancia, prevalecerán en el orden que se indica:
a) Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos.
b) Modificaciones, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los interesados.
c) Oferta Técnica y Económica.
d) Contrato.
e) Acta de acuerdos técnicos, si los hubiere.
Finalmente, de mutuo acuerdo entre las partes, se podrán efectuar modificaciones al contrato, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de sus objetivos o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Con todo, estas modificaciones no deberán implicar aumento en el precio del contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
Para todos los efectos de estas Bases, la Comisión y los oferentes se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
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PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. |
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El contrato que ChileValora celebre con el oferente adjudicado tendrá una vigencia de 24 meses, o bien, hasta que se utilice por parte de ChileValora el total de los recursos asignados para esta contratación, en caso que ello suceda antes de cumplidos los 24 meses.
Sin embargo, de ser requerido por la Comisión, el plazo de vigencia total del contrato podrá prorrogarse como máximo por 12 meses adicionales, siempre y cuando exista disponibilidad presupuestaria y la evaluación del servicio haya obtenido una calificación positiva durante su ejecución, cuestión que constará en un informe final realizado por la contraparte técnica de ChileValora, el cual será comunicado al oferente adjudicado al menos 30 días antes de terminar el periodo de vigencia inicial. En caso que proceda la prórroga del contrato, se formalizará mediante el correspondiente acto administrativo.
No obstante, y por razones de buen servicio, las prestaciones que se deriven de la ejecución del contrato, una vez firmado por ambas partes, podrán iniciarse sin esperar la total tramitación de la resolución que lo apruebe, pero los pagos que deban efectuarse con ocasión de dicho contrato quedarán supeditados a la total tramitación de la resolución que lo aprueba.
De conformidad al artículo 13 de la Ley Nº19.886 y del artículo 77 de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes.
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MONTO Y MODALIDAD DE PAGO DE LOS SERVICIOS |
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ChileValora dispondrá de un presupuesto máximo para la presente licitación de $8.400.000.- (ocho millones cuatrocientos mil pesos) impuestos incluidos. De dicho monto, se irán rebajando mes a mes el valor de los servicios que se ejecuten. Por lo tanto, la Orden de Compra emitida para el oferente adjudicado de la presente licitación, será por el total del monto máximo disponible.
Los pagos se realizarán mensualmente, contra la prestación efectiva de los servicios, verificados por la contraparte técnica de ChileValora, de acuerdo al consumo incurrido, en conformidad a los valores señalados por el Oferente en su “Propuesta Económica”, Anexo Nº 5.
Adicionalmente, ChileValora, pagará mensualmente los TAG, peajes y estacionamientos por un periodo mayor a 20 minutos, cuando estos gastos se incurran a requerimiento de ChileValora, siempre y cuando se entregue copia del respectivo instrumento tributario o de cobro, y éste se encuentre asociado al viaje de traslado específico, información que deberá entregar sistematizadamente cada mes el proveedor adjudicado a ChileValora para proceder al cobro. Por otra parte, se señala que los gastos correspondientes a combustible u otros insumos propios de cada vehículo, serán en todo momento de cargo del adjudicado.
Los meses de vigencia correspondientes al año 2023, serán imputados al presupuesto vigente de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales para dicho año. Los meses restantes, correspondientes a los años siguientes, quedarán sujetos a disponibilidad presupuestaria de dichos años, por lo que ChileValora se reserva el derecho de terminar el contrato si no existen las disponibilidades presupuestarias necesarias para su continuación, o si el servicio prestado por el adjudicatario no cumple las expectativas de esta Comisión.
Para iniciar el procedimiento de pago, el proveedor emitirá el documento tributario respectivo debiendo remitirse los archivos XML del DTE del SII, a la casilla de correo: dipresrecepcion@custodium.com
La factura debe ser extendida a nombre de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, RUT: Nº 61.979.610-1, Giro: Administración Pública; Domiciliada en: calle Miraflores N° 130, piso 8, Santiago Centro, Nº de Orden de Compra: ____________.
La factura deberá estar expresada en pesos, y deberá entregarse dentro de los 10 días hábiles siguientes del mes que corresponde el pago respectivo.
Para efectos de lo previsto en el artículo 3º de la ley Nº 19.983, se entenderá que, por el sólo hecho de presentar su oferta, la empresa declara conocer el plazo de 8 días corridos que tiene ChileValora para reclamar en contra del contenido de las facturas que emita. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del proveedor directamente en el Portal SII, con lo cual se entenderá practicado.
El pago mensual se realizará contra entrega y emisión del Acta de Recepción Conforme del servicio elaborado por la contraparte técnica del mandante. ChileValora procederá a efectuar el pago que corresponda dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de los servicios ejecutados, previa recepción conforme de la factura. Adicionalmente será condición indispensable que el proveedor haya Aceptado en el portal Mercado Público, la Orden de Compra que se emita por parte de ChileValora.
Junto con la factura, el oferente deberá enviar a ChileValora certificados de pago o copia de las planillas de pago de cotizaciones previsionales y de salud del personal contratado, y la documentación que sea pertinente para acreditar el pago al día de las remuneraciones de los mismos.
Para tramitar el pago de la prestación mensual del servicio, el contratante deberá entregar a ChileValora, junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:
a. Declaración jurada con la nómina mensual de trabajadores dependientes, que fueron asignados para efectuar la prestación del servicio de acuerdo a los requerimientos efectuados por ChileValora en cada período (mensualidad), para la ejecución del servicio que se contrata, en el periodo de prestación de los servicios. En el caso de que el servicio se desarrolle con personas contratadas en modalidad a honorarios u otro, se solicitará una declaración jurada en que indique expresamente dicha circunstancia, individualizando a cada persona, con indicación de las horas asociadas a la prestación del servicio;
b. “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio que se contrata. En el caso que el proyecto se desarrolle con personas contratadas en modalidad a honorarios u otro, se solicitará el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” que indique que el oferente no registra multas, ni deudas previsionales; y
c. En su caso, la copia autorizada del respectivo finiquito o del aviso enviado a la Inspección del Trabajo que corresponda, en el evento que se haya puesto término a la relación laboral de uno o más trabajadores.
No obstante, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, ChileValora, para verificar el cumplimiento de las obligaciones mencionadas, podrá exigir en cualquier tiempo, certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien, por alguna de las empresas certificadoras de la Ley N° 20.123 (entidades de verificación) o algún otro medio idóneo, que acredite que no existen reclamos pendientes en contra del contratista por concepto de deudas previsionales o de remuneraciones de los trabajadores asignados a los servicios.
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RESPETO POR LA NORMATIVA DE SEGURIDAD SOCIAL |
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Será obligación del oferente dar cumplimiento a todas las disposiciones del Código del Trabajo, leyes sociales, seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en relación con el personal ocupado en la ejecución del servicio objeto de esta licitación.
Se deja expresa constancia que entre el personal asignado por la prestadora para cumplir el servicio que se contrata y ChileValora, no existirá vínculo de dependencia alguna, ni relación laboral con sus respectivos empleados, de manera que ésta no tendrá responsabilidad alguna respecto del pago de prestaciones laborales, como pago de sueldos, gratificaciones, horas extraordinarias, vacaciones, prestaciones previsionales, accidentes del trabajo, impuestos y demás prestaciones que la prestadora esté obligada a pagar, cancelar, retener o entregar a las personas que a su vez contrate para dar cumplimiento a las obligaciones que le impone el contrato y la normativa vigente correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo indicado en la sección anterior y lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al contratante, a lo menos mensualmente, o con la periodicidad que establezca ChileValora, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento respecto a los trabajadores del contratante, ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a ChileValora de ser informado y de retención consagrados en los incisos 2ª y 3ª de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a las que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
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SUBCONTRATACIÓN |
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Respecto el servicio que es objeto de la presente licitación, el oferente sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas. Para proceder con estas subcontrataciones el Proveedor adjudicado deberá informar por escrito y solicitar autorización a ChileValora.
Corresponderá a la Contraparte Técnica de ChileValora, calificar y resolver al respecto de la subcontratación solicitada, informando a la empresa de manera formal mediante correo electrónico, con todo, de proceder la subcontratación, el responsable final del cumplimiento de las obligaciones emanadas del presente contrato será siempre el oferente.
En caso de declararse procedente la subcontratación por parte de ChileValora, el oferente estará obligado a informar el alcance que tendrá dicha subcontratación.
Conforme a lo indicado en la sección anterior, se deja expresa constancia que ChileValora no tendrá vínculo contractual con el personal del adjudicatario ya sea en calidad de personal contratado por el oferente o por personal correspondiente a subcontratación de servicios, ni relación laboral con sus respectivos empleados, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo.
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CESIÓN DEL CONTRATO |
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El oferente no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Comisión.
Sin perjuicio de ello, los documentos justificativos de los créditos que emanen del contrato, serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común.
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ESTÁNDARES DE PROBIDAD |
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Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquiera forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la enumeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
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MULTAS |
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Cualquiera de los funcionarios de ChileValora que hayan utilizado el servicio de radio taxi, podrán y deberán necesariamente, informar de inmediato a la Contraparte Técnica de ChileValora, los problemas y eventuales incumplimientos durante la ejecución del servicio por parte del proveedor, con el objeto de que éstos sean analizados, y así consecuentemente, en caso de ser procedente iniciar un proceso de aplicación de sanciones, de conformidad a lo señalado en el presente numeral.
ChileValora aplicará multas en caso que el oferente incurra en alguno de los siguientes incumplimientos:
Tipo Incumplimiento Multa Motivo
1 Incumplimiento en los tiempos de llegada; atrasos desde los 5 minutos posteriores al tiempo de respuesta comprometido; 3 veces o más durante el mes. 20% del valor total de facturación del mes Atrasos reiterados
2 Incumplimiento por no asistencia tras la reserva del servicio; si luego haber sido agendado un servicio en fecha y horario señalado, el móvil “No se presenta” sin aviso previo por parte de la empresa o se presenta con un retraso superior a 15 minutos.
20% del valor total de facturación del mes Incumplimiento de servicio
3 Interrupción total del servicio. Se entenderá que existe interrupción total del servicio, cuando el Proveedor no esté en condiciones de prestar el servicio, debido a la falta de automóviles por más de 1 hora (60 minutos).
La interrupción total del servicio en más de 5 ocasiones durante el mes podrá ser causal de término anticipado del contrato. 15% del valor total de facturación del mes Incumplimiento de servicio
4 Cualquier otro incumplimiento de las obligaciones contractuales en más de 2 ocasiones durante el mes, que impidan o perturben el derecho de ChileValora a la entrega correcta de los servicios contratados los cuales sean verificables y de los cuales se informará de inmediato, a la contraparte de la empresa adjudicada. 15% del valor total de facturación del mes Incumplimiento de las Obligaciones Contractuales.
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases, sean constitutivos de multa, se notificará por correo certificado esta circunstancia al adjudicatario, indicando en forma precisa los hechos que se imputan y la multa a que da origen el incumplimiento. El oferente podrá efectuar los descargos que estime convenientes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y dentro de 5 días hábiles, contados desde la notificación de los hechos que se le imputan. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la Comisión. Si el oferente ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Comisión resolverá fundadamente sobre éstos, acogiendo o rechazando, total o parcialmente, los argumentos dados por el contratista. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del oferente deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la Comisión, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución se notificará al proveedor personalmente o mediante carta certificada. Dicho acto administrativo podrá ser impugnado por el oferente mediante los recursos contemplados en la ley N° 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida.
Las multas deberán ser pagadas en el plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución que aplica la multa. En caso de no realizarse el pago, el monto total de las multas impagas y que no se encuentren con reclamación pendiente o con plazo vigente para reclamar respecto de ellas, será deducido de los siguientes pagos que correspondan de acuerdo al contrato. Si dichos montos no fueren suficientes para cubrir el importe de la multa, o si no quedasen pagos pendientes, se procederá a hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento. Con todo, si las multas alcanzan el 10% del monto total del contrato, la Comisión procederá a poner término anticipado al mismo por causal de incumplimiento, haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
Con todo, las multas no podrán superar el 15% del monto total del contrato, en cuyo caso, ChileValora podrá proceder al término anticipado del mismo por causal de incumplimiento, haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
No procederá multa si se probare la concurrencia de caso fortuito o de fuerza mayor calificada así por ChileValora, mediante autorización fundada.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
En caso que los perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones por parte del oferente ocasionen a ChileValora un detrimento económico que exceda el monto de las sanciones aplicadas, ésta podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondiente.
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TÉRMINO ANTICIPADO |
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La Comisión se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato que derive de la presente licitación, en el evento de ocurrir alguna circunstancia calificada que lo hiciere procedente. Especialmente se resolverá el contrato de pleno derecho y la Comisión estará facultada para declarar por vía meramente administrativa el término anticipado del mismo, en los siguientes casos:
a. Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes
b. Si el contratante fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
c. Si el contratante se constituyere en estado de notoria insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
d. Si se disolviere la persona jurídica o UTP adjudicataria o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada, por cualquier causa.
e. Si el oferente que suscriba el contrato incurriere en incumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato, o de los documentos que se entienden formar parte del mismo, o de las exigencias de los Términos Técnicos de las Bases de Licitación, sea en forma total o parcial. Se considerarán especialmente, situaciones de incumplimiento grave de las obligaciones, el que deban aplicarse multas que superen el tope indicado en la sección anterior de estas bases o que el servicio sea interrumpido en más de 5 ocasiones durante un mes, también conforme a lo indicado en la sección anterior de estas bases de licitación. Asimismo, se considerará incumplimiento grave el hecho de que la dotación de vehículos incluida en la propuesta disminuya en más de un 20%.
f. Si el oferente que suscriba el contrato aportare, traspasare o efectuare cesión del contrato a terceros, por cualquier título, sea en forma total o parcial.
g. Si el oferente que suscriba el contrato subcontratare total o parcialmente la ejecución de este contrato, sin la expresa autorización de la Comisión.
h. Si el oferente que suscriba el contrato afectare la imagen de la Comisión, sea por causa de hechos, acciones o declaraciones.
i. En caso que, al momento de suscribirse el contrato, el oferente registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años y éstas no se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886.
j. En caso que el oferente que suscriba el contrato no reemplace la garantía de fiel cumplimiento en el plazo de cinco días hábiles contados desde el cobro, en caso que éste deba efectuarse.
k. En caso que exista alguna inhabilidad sobreviniente contemplada en la normativa para contratar con la Administración del Estado o perdiera la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la Ley N° 19.886. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
l. Si el oferente, sus representantes o el personal dependiente de aquél, hubiere entregado información falsa en la oferta y esto se detectare durante la ejecución del contrato, incumplieran las obligaciones emanadas del pacto de integridad, establecido en la sección 10.9 de estas bases, o no observaren el más alto estándar ético, conforme a lo establecido en la sección 10.8 de estas bases, durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
i. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de ChileValora, que pudiere implicar un conflicto de intereses.
ii. Tergiversar hechos, entregar información falsa, manifiestamente errónea o que induzcan a error.
iii. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
m. Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en la sección siguiente de las presentes bases.
Si durante la vigencia de este contrato ocurriere alguna de las eventualidades indicadas, la Comisión previa constatación de las circunstancias de hecho constitutivas de dichas causales, pondrá término de inmediato al contrato, dictando la correspondiente resolución, lo que comunicará por escrito al adjudicatario, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en este instrumento.
En tal caso, la Comisión procederá de inmediato y sin formalidad alguna a hacer efectiva por el total de su monto, la garantía de fiel cumplimiento a que se refiere la sección 10.2 de estas bases administrativas.
De conformidad al artículo 13° de la Ley N° 19.886, y del artículo 77° de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes, conforme a lo indicado en el numeral 10.12 de estas bases administrativas.
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PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD |
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La propiedad intelectual de los documentos, instrumentos, informes y datos que se generen en la prestación de servicios que es objeto de la presente licitación, serán de propiedad de ChileValora, así como también los instrumentos, herramientas y sistemas generados para la obtención de la información principal o secundaria o de cualquier dato relacionado directa o indirectamente con el trabajo objeto de las presentes Bases. El oferente se obliga a entregar, en su integridad y totalidad, la información antes referida, al término de los servicios contratados.
Asimismo, el oferente libera de toda responsabilidad a ChileValora en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a la propiedad intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de los bienes o parte de ellos por la Comisión en virtud del presente contrato, asumiendo el prestador, en este caso, la defensa y admitiendo su entera responsabilidad.
El adjudicatario se obliga a prestar los servicios contratados guardando estricta confidencialidad respecto de los antecedentes que se sometan a su consideración, incluyendo toda la información que recopile o se le entregue por causa de cualquiera de los servicios que contempla el contrato que se licita, como de toda la información producida por causa de éste, o que acceda con ocasión de la prestación de sus servicios, no pudiendo hacer uso de ella por ningún medio de difusión o reproducción, sin expreso consentimiento escrito de ChileValora. La presente obligación es de la esencia del Contrato, por lo que su infracción constituirá un incumplimiento grave del mismo, siendo extensiva asimismo al personal del adjudicatario que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas. La misma obligación resulta aplicable a los proveedores que eventualmente puedan ser subcontratados por el adjudicatario, y a su personal.
Conforme a lo anterior, el adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información.
La obligación de confidencialidad establecida en esta sección se mantiene durante toda la vigencia del contrato y se extiende indefinidamente incluso en forma posterior al término de vigencia de éste.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la prestación de los servicios o después de finalizada ésta, podrá dar pie a que ChileValora entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Se recalca que, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
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RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, DOMICILIO Y CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD |
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Los eventuales conflictos que se pudieran producir entre ChileValora y el oferente serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los tribunales ordinarios de justicia.
Para todos los efectos de estas Bases y su contrato, esta Comisión y los oferentes, como el posterior contratista, se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
ChileValora quedará liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables a la adjudicataria, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento del contrato, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad de la adjudicataria.
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BASES TÉCNICAS |
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1. OBJETIVOS
OBJETIVO GENERAL.
ChileValora requiere contratar el servicio de transporte de pasajeros para la ejecución de actividades propias del servicio, bajo la modalidad de contrato de prestación de servicios de Radio Taxi dentro de la Región Metropolitana, correspondientes a las comunas de la Provincia de Santiago más las comunas de Puente Alto y San Bernardo correspondientes a la Provincia de Maipo y Cordillera , de acuerdo con las condiciones expresadas en las Bases Administrativas y a las especificaciones y requerimientos detallados en las presentes Bases Técnicas.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS.
El oferente para garantizar la correcta ejecución de los servicios solicitados deberá proveer de vehículos de radio taxi con servicio de atención telefónica, plataforma web u otros, plataforma que permita ingresar el requerimiento de ChileValora, en modalidad disponible en todo horario (24/7), todos los días del año, con altos estándares de calidad y que cumpla con la normativa de transporte de pasajeros vigente, incluida la emitida por el Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones o cualquier otra autoridad u órgano correspondiente.
2. REQUISITOS TÉCNICOS MÍNIMOS
- Los vehículos deben estar en perfecto estado de mantenimiento, aseo y presentación interior y exterior.
- Los vehículos deberán ser tipo sedán o SUV de 4 o más puertas.
- Los vehículos deberán ser del año 2018 o superior.
- Los vehículos deberán contar con aire acondicionado.
- Los vehículos deberán estar con toda su documentación al día, tal como permiso de circulación, revisión técnica, seguro obligatorio, así como también tener al día las mantenciones del vehículo, entre otros.
ChileValora se reserva el derecho a solicitar la información antes mencionada cuando lo estime conveniente, la cual debe ser entregada dentro de 2 días hábiles contados desde que sea efectuada la solicitud.
- Los móviles deben contar con GPS (Global Position System).
- El servicio se prestará siempre en vehículos que cumplan todos los requisitos de estas bases deberán cumplir con todos los estándares exigidos por la normativa para la prestación de los servicios de radio taxi; entre otros, catalíticos, full equipo, ecológicos (de ser el caso), etc.
- El oferente adjudicado deberá informar en su propuesta, el tiempo de respuesta de asistencia en ruta ante situaciones de fallas técnicas u otros que pudieran afectar el viaje.
- El oferente adjudicado deberá proveer los talonarios de vales de Radio Taxi necesarios según requerimiento de ChileValora, quienes realizarán el debido control del servicio.
3. CONDUCTORES DEL SERVICIO
Respecto a los conductores que el oferente disponga para la ejecución de los servicios, deberá entregar al inicio del contrato la nómina actualizada de todos los conductores de que disponga, junto con su identificación (nombre completo, RUN, edad, nacionalidad, etc.). Dicha información deberá ser actualizada cada vez que se produzcan modificaciones en la dotación de conductores.
Además, se solicitan los siguientes requisitos:
- Los conductores deberán tener la licencia de conducir A1 o superior, que los habilite para el servicio solicitado.
- Los conductores deberán mantener un comportamiento y lenguaje adecuados durante el recorrido, asimismo, deberán considerar una presentación personal óptima y cumplir con las leyes y reglamentos vigentes, especialmente la Ley de Tránsito y ordenanzas municipales aplicables.
- Respetar las leyes de tránsito y observar un trato respetuoso con los usuarios, peatones y conductores de otros vehículos.
- Tendrán además como prohibición expresa las siguientes:
• Tomar registro fotográfico, visual o auditivo de los pasajeros o de sus conversaciones.
• Divulgar cualquier tipo de información de los pasajeros, recibir regalos o propinas.
• Conducir el vehículo bajo los efectos del alcohol y/o drogas.
• Fumar al interior del vehículo.
• Usar un lenguaje o apropiado al respeto y las buenas costumbres.
4. EJECUCIÓN DE LOS SERVICIOS.
a) ChileValora realizará un requerimiento al oferente, de forma telefónica, por correo electrónico o por alguna aplicación electrónica disponible para tales efectos, en donde indicará los datos del pasajero, el lugar de inicio y término del viaje dentro de la región Metropolitana y el número de ocupantes del vehículo. El servicio comienza desde que el funcionario requirente aborda el vehículo y finaliza cuando desciende de éste.
b) El plazo de respuesta de las solicitudes de transporte emitidas por ChileValora será ofrecido por el oferente en el Anexo Nº 3, la que no podrán exceder de los 60 minutos, contados desde la recepción de la respectiva solicitud.
c) El oferente deberá poner a disposición de ChileValora un vehículo con las características señaladas en el numeral 2 de las presentes Bases Técnicas y cobrará por el servicio el valor ofertado en el Anexo Nº 5, letra A, por cada doscientos metros o por cada sesenta segundos dentro de la región Metropolitana, además del valor por la bajada de bandera contemplado en el Anexo Nº 5, letra B. Estos valores regirán durante las 24 horas los 365 días del año, sin que haya recargo por días u horas especiales.
d) El valor por los servicios deberá contemplar, el seguro obligatorio, seguro por asiento y otros de ser el caso. Asimismo, se considera parte del recorrido, los minutos posteriores al tiempo de espera libre de costo.
e) Los primeros 15 minutos de espera del móvil serán sin recargos para ChileValora, transcurrido dicho tiempo de espera, aplicarán los cargos de acuerdo al taxímetro.
f) Si transcurrido 15 minutos, contados desde la puesta en marcha del taxímetro en el punto de encuentro, el funcionario requirente aun no aborda el Radio Taxi, el conductor deberá llamar telefónicamente al número de contacto del pasajero y confirmar el uso del servicio, de no tener una respuesta afirmativa, se entenderá como servicio desistido, por lo que se deberá cancelar la reserva, considerando para estos efectos un cobro fijo de $3.500.- Cabe señalar que, el conductor deberá reportar esta situación a la central de la empresa, para que esta última lo informe mediante correo electrónico a la contraparte técnica de ChileValora, de no realizar este acto, no se podrá hacer efectivo el cobro antes señalado.
g) ChileValora pagará los accesos (TAG y peajes), estacionamientos en aeropuertos (sobre 20 minutos) y otros lugares atingentes, siempre que ChileValora así lo requiera, para lo cual, el oferente deberá incluir dichos valores sin recargo en su cobro mensual, debiendo necesariamente acompañar los comprobantes, boletas, facturas o instrumentos de cobro respectivo, debiendo asociarlos al respectivo viaje realizado, a modo de mantener un debido control de gastos.
h) El oferente deberá proveer y será de su cargo el combustible (gasolina, diésel u otro), necesario para todos los traslados requeridos por ChileValora.
i) Toda infracción a las normas del tránsito, será de responsabilidad del conductor y/u oferente, en ningún caso de ChileValora.
j) Serán de exclusiva responsabilidad del oferente todos los daños y accidentes, sean estos de carácter material o humano, que puedan producirse, con motivo de su acción u omisión o de terceras personas.
k) Una vez iniciado el servicio, en caso de desperfecto, contingencia, panne o similar y/o accidente, el contratista debe sustituir el vehículo dentro de 30 minutos de ocurrido el hecho, sin costo alguno para ChileValora. Misma situación ocurrirá cuando el conductor por razones de fuerza mayor, no pueda continuar con su turno. De no dar cumplimiento a este punto se procederá a aplicar multa de acuerdo a lo señalado en el numeral 10.10 de las presentes bases punto N°4.
l) Con el objeto de facilitar la prestación de los servicios, el oferente comunicará a la Contraparte Técnica de ChileValora, los siguientes datos al momento de solicitar un móvil o al finalizar el servicio mediante correo de respaldo con detalles del viaje: nombres y apellidos del conductor, número de cédula de identidad, teléfono de contacto, trayecto, tiempo, etc.
Del mismo modo, el oferente deberá informar oportunamente los cambios que se produzcan en caso de algún imponderable que pudiera suscitarse.
ChileValora se reserva el derecho de rechazar en todo momento, expresando debido fundamento y por razones que no impliquen una discriminación arbitraria, la autorización para que una persona contratada por el oferente o por un tercero vinculado contractualmente con aquel, ingrese a las dependencias de ChileValora y/o preste los servicios requeridos.
m) El oferente deberá entregar un Informe Mensual del servicio, en formato digital o en soporte físico, como reporte a la Contraparte Técnica de ChileValora, quien revisará y en su caso validará la información entregada, previo a la facturación.
Este informe deberá contar como mínimo, si aplica, con:
- N° de vale.
- Nombre del pasajero.
- Servicio, Centro de Costo o Unidad que pertenece el traslado.
- Datos del conductor
- Datos del vehículo (patente, marca/modelo)
- Fecha en que se realizó el viaje.
- Total, kilómetros recorridos.
- Valor de tiempo en espera.
- Tiempo de espera.
- Total, a pagar por tiempo de espera. Valor de gastos reembolsables.
- Valor total por el servicio prestado.
- Etc.
n) El Informe deberá entregarse a más tardar el 5to día hábil de cada mes, debiendo contener la información de los servicios prestados el mes inmediatamente anterior.
o) El oferente deberá contemplar dentro del servicio la provisión y entrega de talonarios de servicio u otro medio que permita registrar los viajes realizados, los cuales deberán ser llenados y firmados por los funcionarios al realizar un viaje, y en los casos que se requiera, deberán contar con la firma y timbre (Autorización) de la contraparte técnica de ChileValora. Una vez finalizado un período de servicio el oferente adjudicado enviará el respaldo de estos talonarios y se contrastará la información con la planilla de registro de viajes enviada y otros antecedentes que procedan, para realizar gestión de pago.
5. REQUISITOS DE LA PROPUESTA.
1. Experiencia del oferente.
Los oferentes deberán presentar experiencia demostrable en servicios de traslado de personas y datos de sus principales clientes o mandantes, dentro de los últimos 48 meses. En relación a ello, se debe adjuntar certificados u otros documentos relevantes, como medio de sustento del criterio de evaluación señalado en las Bases Administrativas y en conformidad al Anexo N° 2.
Para este efecto, los oferentes deberán presentar dentro de la oferta técnica el Anexo Nº 2 indicando las experiencias a informar de acuerdo al cuadro del anexo y, además, al menos uno de los siguientes documentos:
• Certificados emitidos por la persona jurídica que los contrató.
• Se podrá presentar las Órdenes de Compra emitidas por la institución respectiva, debidamente aceptadas.
• Copias de contratos o instrumentos afines.
La experiencia del oferente deberá presentarse en el formato correspondiente (Anexo N°2 Certificado de experiencia del oferente), y debe informar los datos de contacto que permitan su verificación (correo electrónico y teléfono válido). Sólo se considerará como experiencia, la que pueda ser verificada, constando en alguno de los documentos antes señalados, y que cuente con evaluación positiva por parte de la institución a la que se prestó el servicio.
6. TIEMPO DE RESPUESTA
Los Oferentes deberán presentar en el formato adjunto (Anexo N°3), el tiempo de respuesta a los requerimientos realizados correspondientes al servicio de Radio Taxi, los cuales no podrán superar los 60 minutos (1 hora). La oferta cuyo plazo sea superior al mencionado serán declaradas inadmisibles.
El no cumplimiento de este plazo durante la ejecución del servicio, será causal de aplicación de la respectiva multa, de acuerdo a lo señalado en el punto 10.10, punto primero de cuadro de multas.
7. DE LA DOTACIÓN DE VEHÍCULOS
El oferente deberá informar de todos los vehículos que disponga en el Anexo N°4, para la prestación de los servicios, junto con acreditar que éstos se encuentran con su documentación al día, de acuerdo a la normativa vigente sobre la materia (permiso de circulación, revisión técnica, entre otras), y declarar que dichos vehículos se encuentran en óptimas condiciones mecánicas, con una excelente presentación tanto interior y exterior de éste, de acuerdo a los requerimientos técnicos mínimos informados anteriormente.
El oferente que se adjudique la licitación deberá, durante el período de ejecución del contrato, informar a la contraparte técnica de ChileValora, respecto a cualquier cambio que se produzca en la dotación de vehículos que disponga para la ejecución del contrato, informando los motivos de aquello. Junto con ello, deberá individualizar los nuevos vehículos que se incorporen, junto con los nuevos conductores, en caso que ello se produzca.
No obstante, lo anterior, los cambios en la dotación que impliquen reducción del número de vehículos disponibles deben ser debidamente justificados, y no podrán superar el 20% del total de vehículos informados al momento de ofertar. Una disminución superior al porcentaje señalado conllevará el término anticipado del contrato.
8. OTRAS OBLIGACIONES.
8.1 Cumplimiento de la legislación laboral vigente.
Será responsabilidad del oferente el pago de las remuneraciones, de los aportes o cotizaciones a los sistemas de previsión, salud, seguro de desempleo, tributarios, etc., y el cumplimiento de las demás disposiciones legales que resulten aplicables al personal que sea destinado a la ejecución de los servicios, sin perjuicio de los establecido en la ley Nº 20.123 (relacionada a regular el trabajo en régimen de Subcontratación, el funcionamiento de las Empresas de Servicios Transitorios y el contrato de trabajo de servicios transitorios).
El oferente deberá acreditar el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales a que se refiere el párrafo anterior en la oportunidad y forma establecida en el numeral 10.4 de las Bases Administrativas.
8.2 De la contratación de seguros.
Todo accidente que ocurra durante la ejecución de los servicios que se requieran o con ocasión de ellos, será de exclusivo cargo y responsabilidad del oferente, debiendo pagar las prestaciones a que fuere obligado judicial o extrajudicialmente.
Para garantizar las eventuales responsabilidades indicadas en el párrafo anterior, el oferente deberá contratar y acreditar por cada uno de los vehículos que destine a la ejecución del servicio a realizar, según requerimiento a lo menos las siguientes pólizas
• Seguro Obligatorio de Accidentes Personales (S.O.A.P.), con una cobertura mínima hasta 300 U.F. (trescientas Unidades de Fomento) en caso de muerte, incapacidad permanente total o por concepto de gastos médicos hospitalarios y con una cobertura mínima hasta 200 U.F. (doscientas Unidades de Fomento) en caso de incapacidad permanente parcial.
• Seguro por Asiento con una cobertura mínima de 300 U.F. (trescientas Unidades de Fomento), en caso de muerte o incapacidad permanente total.
Cada uno de los seguros contratados por el oferente deberá tener una vigencia a lo menos un año. Antes o conjuntamente con la pérdida de vigencia, el oferente deberá obtener una nueva póliza de seguros, en reemplazo de la que se encuentre por vencer, con los mismos requisitos antes señalados. La fecha de término de la póliza vencida y la fecha de inicio de la que se obtiene en su reemplazo deben ser a lo menos correlativas. Una vez por año de vigencia del contrato, la Contraparte Técnica de ChileValora, solicitará aleatoriamente una revisión de pólizas.
Lo indicado en el párrafo anterior será aplicable cada vez que sea necesario renovar cualquiera de las pólizas contratadas.
Todo riesgo no asegurado, así como todo riesgo no cubierto debido a atrasos en la contratación de los seguros, insuficiencia de las pólizas o atraso en el pago de las primas, será de total responsabilidad y cargo del oferente, debiendo este último cubrir las diferencias que fueren necesarias.
Cualquier deducible deberá ser cancelado por el oferente. Asimismo, el oferente deberá efectuar los reembolsos de las eventuales indemnizaciones que ChileValora se encontrare obligado a pagar a terceros.
De ocurrir un siniestro que demande gastos superiores a aquellos que se van a percibir a título de indemnización del seguro contratado, las diferencias que fueren necesarias cubrir serán de cargo del oferente.
8.3 Del servicio de monitoreo de vehículos (GPS o similares).
El oferente deberá adjuntar a su propuesta, un manual de uso de la plataforma web que cumpla con un sistema de monitoreo o control de vehículos, a través de GPS o similares, con a lo menos las siguientes características:
• Servicio de Tracking: Consistente en el monitoreo de la actividad de un vehículo
• Reportes: Reporte de detalle de reporte de distancias recorridas y envío de reportes por email o exportables a Excel. Todos los reportes deben contener al menos el detalle del vehículo y hora de los eventos.
• La información deberá encontrarse disponible en todo momento. El oferente al inicio de la vigencia del contrato deberá hacer entrega a la Contraparte Técnica designada por ChileValora de una clave de acceso junto a una capacitación para el manejo de la plataforma.
9. CONTRAPARTE TÉCNICA.
El oferente deberá informar, antes de la suscripción del contrato, el nombre del Encargado Técnico del Contrato, entregando sus datos de contacto, quién actuará como interlocutor válido ante la Contraparte Técnica de ChileValora. Todo cambio relativo a
esta designación deberá ser informado por escrito a la Contraparte Técnica, en un plazo no superior a 2 días hábiles desde que se haya producido el mismo.
El Encargado del Contrato del proveedor deberá, entre otras labores:
a) Asistir personalmente a todas las reuniones que convoque la Contraparte Técnica de ChileValora y coordinar la labor de su equipo de trabajo.
b) Responder formalmente por escrito las observaciones que le formule la Contraparte Técnica de ChileValora.
c) Entregar la documentación administrativa que sea requerida por ChileValora y necesaria para la ejecución del contrato o para que se verifique el pago.
d) Dar curso a las solicitudes que ChileValora requiera durante la ejecución del contrato.
El oferente deberá otorgar todas las facilidades destinadas a la ejecución de las funciones de control y súper vigilancia de la Contraparte Técnica de ChileValora.
Por su parte, ChileValora designará como Contraparte Técnica encargada de coordinar, supervisar y dar aprobación al trabajado ejecutado, al Encargado de Servicios Generales o quien lo subrogue, reemplace o sea designado para estos efectos, quien tendrá las siguientes funciones:
a) Dirigir, supervisar y controlar la ejecución de los servicios encomendados, velando por el estricto cumplimiento del contrato, la calidad de los servicios y el cumplimiento de los plazos estipulados, entre otros.
b) Recibir conforme la recepción del servicio, extendida la respectiva Acta de Recepción Conforme para los pagos.
c) Validar las facturas, según conformidad de los servicios.
d) Requerir la aplicación de multas en los casos de incumplimiento contractual.
e) Requerir modificación del contrato si corresponde, debiendo emitir un informe al efecto.
f) Requerir el término anticipado del contrato de verificarse alguna de las causales dispuestas para ello.
g) Todas aquellas que sean necesarias para la correcta ejecución del contrato.
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