|
PARTICIPANTES |
|
Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, habilitadas para ser contratadas por organismos del Estado, que:
• No registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (ley de compras), en:
- Inciso 1°: Que no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta; y
- Inciso 6°: “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
• No estén afectos a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenados en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica.
Esto se acreditará mediante la declaración jurada que deben presentar los interesados en participar en la presente licitación, conforme al anexo N° 2 de estas bases, sin perjuicio de las facultades de la Comisión de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
|
|
|
|
CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS |
|
Los oferentes, antes del plazo final de presentación de ofertas, tendrán un plazo común, que se encuentra establecido en la tabla de Etapas y Plazos de estas Bases, para formular todas las consultas o aclaraciones relacionadas con la presente licitación, las que se efectuarán solamente vía portal www.mercadopublico.cl. Sus respuestas se realizarán por la misma vía, en el plazo establecido en la tabla antes mencionada.
4.2 Con el fin de promover condiciones de igualdad y transparencia en el acceso a la información relevante de la licitación, ChileValora se abstendrá de cualquier contacto con los posibles oferentes, que no sea a través del mecanismo de consultas formales contemplado en esta sección, en el plazo establecido.
4.3 Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes Bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, ChileValora se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio, como también, de oficio, realizar todas las aclaraciones que estime pertinentes a modo de alcances a lo señalado en las Bases.
4.4 Las aclaraciones que, de oficio, ChileValora estime necesario realizar, también se considerarán parte integrante de las presentes Bases y se comunicarán a través del portal del Mercado Público. En ese sentido, ChileValora se reserva el derecho de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de manera de establecer las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre los beneficios del servicio a contratar y todos sus costos asociados, presentes y futuros.
|
|
|
|
MODIFICACIONES A LAS BASES |
|
La Comisión podrá realizar modificaciones a las bases administrativas, técnicas o sus anexos, hasta el día anterior a aquél en que vence el plazo de cierre de recepción de ofertas, las que deberán ser aprobadas mediante resolución publicada a través del portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Al efecto, se concederá un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, prorrogando por tanto la fecha de cierre. ChileValora se reserva el derecho de no prorrogar la fecha de cierre, cuando la modificación de bases tenga por objeto rectificar errores de forma, transcripción o en aspectos que no tienen impacto en la preparación de la propuesta, lo que deberá justificarse en la resolución correspondiente.
Estas modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases de licitación.
|
|
|
|
INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
|
Para el análisis y preparación de sus ofertas, los oferentes deberán considerar los siguientes antecedentes y reglas:
Documentación que rige esta licitación a. Bases Administrativas.
b. Bases Técnicas.
c. Anexos.
d. Modificaciones, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los interesados.
Soporte de documentos Soporte digital obligatorio a través del portal Mercado Público www.mercadopublico.cl. Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel en los casos expresamente permitidos por estas bases o por la ley N° 19.886 y su reglamento.
Indisponibilidad técnica del portal: Conforme a lo antes señalado, esta circunstancia contemplada en el reglamento de compras, debe ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por el oferente por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. Los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Portal.
Plazo de recepción de ofertas Dentro del plazo establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases.
Vigencia de la oferta Las ofertas tendrán una vigencia mínima de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, ChileValora podrá solicitar a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas. Si alguno de ellos no lo hiciere, en el plazo de dos días hábiles contados desde la notificación de la solicitud, dicha oferta se entenderá desistida.
Al efecto se deberá entregar una nueva garantía de seriedad de la oferta, conforme a lo indicado en la sección 6.2, si la vigencia de la primera no fuera suficiente para abarcar el nuevo periodo. Si no se renovare esta garantía, en el mismo plazo antes señalado, también se entenderá desistida la oferta.
Aceptación del contenido de las bases y prohibición de ofertas condicionadas. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas Bases, por el sólo hecho de presentar ofertas en este proceso licitatorio.
No se aceptarán ofertas condicionadas, debiendo ceñirse estrictamente a lo establecido en estas bases. Las ofertas condicionadas serán declaradas inadmisibles.
CONTENIDO DE LA OFERTA
Deben incluirse en formato digital, en el campo correspondiente que para cada caso dispone el Portal de Compras Públicas www.mercadopublico.cl, los siguientes anexos:
|
|
|
|
APERTURA DE LAS POSTULACIONES |
|
La apertura de las ofertas se efectuará electrónicamente, en el Portal del Mercado Público www.mercadopublico.cl, en una (1) etapa, por lo que en la apertura se procederá a abrir tanto la Oferta Técnica como la Oferta Económica, ingresadas previamente a través de la Plataforma de Compras www.mercadopublico.cl.
Esta apertura se efectuará el día y a la hora indicada en el cronograma, numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito la apertura no se pudiere realizar, conforme al cronograma establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas, ChileValora deberá fijar una nueva fecha y hora para la realización de esta actividad, la que no podrá exceder de los dos (2) días hábiles siguientes, contados desde el cese de la respectiva fuerza mayor o caso fortuito, todo lo cual se comunicará a través de la plataforma de licitaciones de ChileCompra, www.mercadopublico.cl.
Los oferentes podrán hacer observaciones al acto de apertura y/o presentar reclamos, a través del portal Mercado Público, dentro de las 24 horas siguientes a dicha apertura.
|
|
|
|
DE LA COMISIÓN EVALUADORA |
|
La evaluación de las propuestas será realizada por una Comisión de Evaluación, integrada por los siguientes tres profesionales de ChileValora:
Nombre Organización Cargo
Claudio González Jara ChileValora Jefe de Administración, Finanzas y Personas
Daniel Cataldo Veloso ChileValora Abogado
Iván Angel Aracena ChileValora Encargado de Servicios Generales
En caso de ausencia o impedimento de alguno de los integrantes de la comisión de evaluación, se procederá a su reemplazo por resolución fundada.
La Comisión Evaluadora constatará la veracidad o efectividad de la experiencia acreditada por el proponente, para cuyo efecto se solicita proporcionar los datos de contacto en cada anexo respectivo y sólo considerará los antecedentes correspondientes a experiencia del equipo de trabajo y proponente, que hayan podido verificarse durante el periodo de evaluación. Cuando la experiencia se refiera a trabajos desarrollados para ChileValora, no se requerirá mención de una persona específica, sólo el periodo que se realizó y el área específica, cuando corresponda.
Esta Comisión podrá requerir las asesorías que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de consultas fijado en estas bases de licitación.
|
|
|
|
DE LOS ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN Y ACLARACIONES |
|
De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de Compras, ChileValora podrá solicitar a través del Portal, que los oferentes, dentro de un plazo fatal de dos (2) días hábiles, contados desde el requerimiento:
a) Salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal.
b) Presenten antecedentes o certificaciones que hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta; siempre que dichos antecedentes o certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar Ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar Ofertas y el período de evaluación.
Cabe señalar que el procedimiento anterior sólo es válido para los documentos explícitamente señalados en dicha solicitud, no pudiendo, de ninguna manera, entregarse total o parcialmente antecedentes o información objeto de evaluación que correspondan a la oferta técnica y/o económica, fuera del plazo establecido en el cronograma de esta licitación.
En el evento que el oferente no salve los errores u omisiones, o no presente la información, certificaciones o antecedentes requeridos conforme a lo indicado en esta sección, en el plazo de dos (2) días hábiles, su oferta será declarada inadmisible y no continuará siendo examinada por la comisión evaluadora, todo conforme a lo indicado en la sección 9 de estas bases administrativas.
La comisión, podrá además solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus propuestas, sin que esto pueda configurar una contraoferta por parte del proponente, las que son inadmisibles.
|
|
|
|
ANTECEDENTES PRELIMINARES DE EVALUACIÓN |
|
- Sólo se evaluarán las ofertas que resulten admisibles.
- La evaluación de las ofertas se llevará a cabo sobre la base de la información y documentación entregada por el proponente. La evaluación considera tres dimensiones: Cumplimiento de Requisitos Formales (para antecedentes administrativos), Técnica (Propuesta Técnica) y Económica (Propuesta Económica).
- La metodología que se utilizará para evaluar el cumplimiento de requisitos formales de la propuesta, y las propuestas técnica y económica será la siguiente:
o En cuanto al cumplimiento de requisitos formales, se evaluará la oportunidad y completitud de los antecedentes administrativos solicitados a los proponentes en las presentes bases.
o En cuanto a la oferta técnica, se evaluará cada criterio y subcriterio en función de la pauta de evaluación indicada en la Tabla N° 2 y la información proporcionada por el oferente en su propuesta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl y se ponderará cada puntaje obtenido por el oferente de acuerdo a los porcentajes indicados para cada criterio y subcriterio señalado en la sección 8.3.2.2 de las bases administrativas.
o A su turno, la evaluación económica se realizará asignando mayor puntaje a la oferta de menor precio, conforme a la fórmula que se indica en estas bases administrativas.
o Finalmente, se sumarán cada uno de los puntajes obtenidos, generando un puntaje final.
- Un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación sólo si el resultado de la evaluación de su propuesta obtiene un puntaje total mínimo de 70 puntos de un máximo de 100.
- La asignación de los puntajes se efectuará con dos (2) decimales, aplicándose la regla del redondeo.
- En caso de diferencia entre el valor total consignado en el formato de cotización y el ingresado en el portal www.mercadopublico.cl, primará este último.
- Será responsabilidad de los proponentes entregar toda la información que permita efectuar la correcta evaluación de las ofertas de acuerdo a los criterios antes señalados.
- El proponente deberá presentar una oferta que satisfaga la totalidad de los requerimientos del servicio que es objeto de la presente licitación.
|
|
|
|
EMPATES |
|
- Empates: En caso de empate en el puntaje de la evaluación, y según lo dispuesto en el artículo N° 38 del reglamento de compras públicas, éste se resolverá conforme a los siguientes criterios:
a) Primeramente, se resolverá el empate a favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio denominado “Experiencia del Oferente y referencia positivas de calidad de servicio”, establecido en el numeral 8.3.2.2.1 de estas bases administrativas.
b) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el criterio denominado “Propuesta Económica”, establecido en el numeral 8.3.2.3 de estas bases administrativas.
c) Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el subcriterio denominado “Tiempo de ejecución de obras”, establecido en el numeral 8.3.2.2.2 de estas bases administrativas.
|
|
|
|
CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
|
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y sus ponderaciones:
Criterios Ponderación
Cumplimiento de Requisitos Formales 5%
Propuesta Técnica 55%
Propuesta Económica 40%
TOTAL 100%
Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta:
En cuanto a la evaluación del cumplimiento de requisitos formales de la propuesta, la oportunidad y completitud de los antecedentes administrativos solicitados a los proponentes en las presentes bases, serán evaluados de acuerdo a lo exigido en las presentes bases. En caso de incumplimiento de la presentación de los antecedentes administrativos requeridos por la Comisión Evaluadora, dará lugar a inadmisibilidad de la propuesta.
La ponderación de este criterio será de un 5% del total, asignándose el siguiente puntaje al mismo:
TABLA N° 1
Pauta de Evaluación, ponderación y puntaje de la evaluación del criterio Cumplimiento de requisitos formales de la propuesta
Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación
5% 100 Presenta, en tiempo y forma, la totalidad de los antecedentes administrativos requeridos en las Bases Administrativas.
0 No presenta la totalidad de los documentos en tiempo y forma.
Propuesta técnica:
La propuesta técnica tiene una ponderación del 55% del puntaje total y considera los subcriterios que se indican en la tabla N° 2 siguiente, con sus respectivas ponderaciones:
Subcriterios de evaluación técnica (45%):
TABLA N° 2
Subcriterios Técnicos Ponderador
Experiencia del oferente y referencias de Calidad de Servicio 25%
Tiempo de ejecución de las obras 30%
Total 55%
Subcriterio de Experiencia del oferente y Referencias Positivas de Calidad de Servicio (25%)
Se evaluará la experiencia de los Oferentes en servicios de instalación de revestimientos de pisos vinílicos, flotantes o similares. Para ello, se deben mencionar además los m2 instalados por proyecto informado como referencia, dentro de los últimos 36 meses contados desde la publicación de estas bases en el portal www.mercadopublico.cl, tanto de instituciones públicas como privadas, debidamente acreditada.
Lo anterior se podrá acreditar mediante los siguientes documentos, que den cuenta de trabajos similares a los licitados en las presentes bases:
Certificados emitidos por el respectivo contratante de servicios de obras afines.
Órdenes de Compra (Mercado Público).
Copias de Contratos.
Sólo se evaluará la experiencia que logre ser verificada y que corresponda a referencias positivas, que puedan ser debidamente comprobadas, además de tratarse de contrataciones análogas a lo requerido en la presente licitación y de envergadura similar, especificando la cantidad de m2.
En caso que el oferente haya prestado más de un servicio a un mismo cliente, se deberá acreditar que son contrataciones distintas, y llenar un Anexo N° 3 por cada una de ellas.
La no presentación de referencias de trabajos, se considerará inadmisible la propuesta.
La ponderación y evaluación del presente subcriterio se realizará de acuerdo a la siguiente tabla:
Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación Anexos
20% 100 6 o más contrataciones comprobadas con referencias positivas. Anexo 3
50 Entre 4 y 5 contrataciones comprobadas con referencias positivas.
25 Entre 1 y 3 contrataciones comprobadas con referencias positivas.
0 No presenta referencias.
Con el objeto de corroborar lo señalado en los documentos que se presenten para acreditar experiencia, éstos deben incluir los datos de contacto de uno o más funcionarios encargados de la supervisión de los servicios o que tuvieron relación directa con éstos, de las instituciones mencionadas por los oferentes, de acuerdo al formato acompañado mediante Anexo N° 3.
Subcriterio de Tiempo de ejecución de obras (ponderación 30%).
Corresponde al plazo de ejecución de todos los trabajos especificados en las bases técnicas, hasta la recepción final de los mismos a conformidad de ChileValora. Se evaluará conforme al plazo que se indique en el anexo N° 4, considerando como plazo máximo 60 días corridos, contados desde que se ponga a disposición del contratista el lugar de las obras, lo que constará en un acta que se levantará al efecto, suscrita por las contrapartes técnicas. Las ofertas con plazo de ejecución superior a 60 días corridos serán declaradas inadmisibles.
La planificación definitiva del trabajo acorde a los días que indique el oferente en su oferta, se realizará en conjunto con la Contraparte Técnica de ChileValora, una vez realizada la entrega de los espacios físicos, considerando los horarios de trabajo permitidos de acuerdo al punto 4.5 de las bases técnicas.
La asignación de puntajes para este criterio de evaluación se hará de acuerdo a la siguiente tabla:
Ponderación Subcriterio Pauta Evaluación Anexo
30% Tiempo de Ejecución de Obras Forma de evaluar:
El Puntaje del Plazo de Ejecución (PPE) se asignará entre cero (0) y cien (100) puntos. A la(s) empresa(s) con el menor tiempo de entrega se le asignará cien (100) puntos y a cada una de las Ofertas restantes se les asignará el puntaje correspondiente de acuerdo a la siguiente fórmula:
PPE=100*(Menor plazo entre todas las ofertas)/█(plazo de duración a evaluar@ )
Al resultado obtenido de acuerdo con la formula antes señalada se multiplicará por el ponderador respectivo, esto es 0,30 y de esta forma se obtendrá el puntaje del presente criterio. Anexo 4
Propuesta Económica (40%)
Los aspectos económicos se evaluarán considerando la fórmula siguiente:
Ponderación Criterio Pauta Evaluación Anexo
40% Costo del proyecto El Puntaje Económico se asignará entre cero (0) y cien (100) puntos. A la(s) Oferta(s) Económica(s) con el menor precio entre todas las Ofertas, se le asignará cien (100) puntos y a cada una de las Ofertas restantes se les asignará el puntaje correspondiente de acuerdo a la siguiente fórmula:
POE=100*(Menor valor entre todas las ofertas)/█(VOE@ )
Donde:
POE = Puntaje de la Oferta Económica
VOE= Valor oferta evaluada
Al resultado obtenido de acuerdo con la formula antes señalada se multiplicará por el ponderador respectivo, esto es 0,40 y de esta forma se obtendrá el puntaje del presente criterio. Anexo 5
En caso de proceder a evaluar una sola oferta económica, se asignará a ésta el puntaje máximo.
|
|
|
|
ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
|
El Secretario Ejecutivo de ChileValora será quien resuelva la adjudicación, en base a la propuesta que aportará la Comisión Evaluadora. El adjudicatario será aquel oferente que, en su conjunto, haga la oferta más ventajosa, obteniendo el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones, establecidos en las presentes bases. La licitación se adjudicará mediante resolución que será publicada en el portal www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que indicará el valor total adjudicado, con impuestos incluidos.
ChileValora declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en estas bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que efectúen aclaraciones o salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
Se considerarán siempre inadmisibles y su propuesta no será o continuará siendo, según el caso, examinada por la comisión evaluadora, las siguientes:
- Las ofertas extemporáneas.
- Las que no acompañen garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo y forma exigida en estas bases.
- Las propuestas en que el oferente que no presente toda la información requerida en los términos de estas bases, como también documentos, antecedentes o certificaciones, en el tiempo y forma exigidos, sin perjuicio de la posibilidad de acompañar los antecedentes omitidos o de subsanar los errores, de acuerdo a lo dispuesto en la sección 8.2 de estas bases administrativas y conforme se indica en la causal siguiente.
- Las ofertas respecto a las cuales se hayan detectado errores u omisiones formales, y que, habiendo sido solicitada su subsanación o corrección conforme a la sección 8.2 de estas bases administrativas, no haya sido efectuada en el plazo otorgado.
- Las ofertas condicionadas, ya sea en forma conjunta o adicionalmente a ésta.
- Cuando el oferente, por cualquier medio dé a conocer a ChileValora, su oferta antes de la apertura electrónica de ésta.
- Cuando se detectare falta de veracidad en la información contenida en la oferta o sus anexos, o ésta fuere manifiestamente errónea o inductiva a error.
- Las propuestas, cuya oferta económica supere el porcentaje máximo establecido en las presentes bases, o que no se indique el monto de la oferta económica.
- Las propuestas cuya oferta técnica no cumpla con alguno de los requisitos mínimos y máximos establecidos en estas bases de licitación.
Además, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de ChileValora que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, ChileValora podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento de compras públicas, adjudicar la presente licitación a través de una resolución fundada a esa oferta, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
El Secretario Ejecutivo de ChileValora podrá establecer ajustes, condiciones y requisitos especiales para la ejecución del servicio adjudicado, de común acuerdo con el oferente seleccionado, para una mejor ejecución del proyecto.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no se inscribe en Chile Proveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases o es inhábil para contratar con el Estado en los términos del artículo 4° de la ley N° 19.886 o en virtud de la ley N° 20.393, ChileValora podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Comisión, se estime conveniente declarar desierta la licitación y convocar a un nuevo proceso.
Si por causas justificadas, la Comisión no puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl
|
|
|
|
RESOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN |
|
Una vez adjudicada la licitación, cualquier persona interesada podrá efectuar consultas respecto de la adjudicación, dentro de los cuatro (4) días hábiles siguientes de informada ésta en la Plataforma de Licitaciones de ChileCompra www.mercadopublico.cl. Las consultas respectivas se formularán a través de la sección Contáctenos de la página web https://www.chilevalora.cl/atencion-usuarios/, indicando que el tipo de consulta tiene por tema, las licitaciones adjudicadas. Estas consultas serán resueltas en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde su recepción, informándose al interesado por esta misma vía.
|
|
|
|
READJUDICACIÓN |
|
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato, no se inscribe en ChileProveedores, o no cumpliere con cualquiera de los requisitos establecidos en estas bases para la suscripción del contrato, en los respectivos plazos indicados en estas bases, esta Comisión tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
|
|
|
|
FIRMA DEL CONTRATO |
|
Una vez notificada la decisión de adjudicación, el adjudicatario deberá concurrir a la suscripción del contrato respectivo, en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
La adjudicataria deberá presentar la siguiente documentación para la suscripción del contrato respectivo:
a) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, en el cual se acredite el estado en que se encuentran las imposiciones de sus trabajadores. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, por cada uno de los integrantes de la UTP.
b) Certificado de Deuda de la Tesorería General de la República.
c) La documentación legal señalada en el punto 6 de las presentes bases administrativas, tratándose de proveedores inscritos en Chile Proveedores que no la acompañaron o no la tenían disponible en el portal al momento de postular.
d) La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
No es necesario adjuntar los documentos antes señalados si se encuentran acreditados en el portal de Chile Proveedores, en la medida que no se encuentren vencidos o que su vigencia no sea superior a tres meses desde que fueron emitidos. En todo caso, los antecedentes legales para poder ser contratado, deberán estar disponibles en el Registro de ChileProveedores dentro de los ocho días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación.
En el caso de que un oferente no inscrito en Chile Proveedores, sea a quien ChileValora adjudique la presente licitación, éste deberá inscribirse en dicho registro en un plazo máximo de 10 días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el portal Mercado Público o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, para la suscripción del contrato cada proveedor participante de dicha Unión deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, en el mismo plazo antes señalado.
Asimismo, en el caso de resultar adjudicada una Unión Temporal de Proveedores (UTP), dentro del plazo de los diez (10) días hábiles establecidos en esta sección y sólo en el caso de las licitaciones iguales o superiores a 1.000 UTM, se deberá hacer entrega físicamente en las oficinas de esta Comisión, ubicadas en Miraflores 130, piso 14, comuna y ciudad de Santiago, la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de compras. En caso que la licitación sea inferior a 1.000 UTM, se deberá entregar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En todo caso, este acuerdo debe contener todas las menciones que se indican en la sección 6.1.3 de estas bases administrativas.
Si el respectivo adjudicatario no entrega o no mantiene disponibles en ChileProveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de diez (10) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl, se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la Comisión para readjudicar la licitación, de conformidad con lo establecido en las presentes bases.
Con todo, se admitirá la celebración del contrato con el contratante que registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años, con la condición que los primeros estados de pago del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratante acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886. ChileValora exigirá que el contratante, en este evento, proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratante dará derecho a ChileValora a dar por terminado el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa adjudicada no podrá participar.
El contrato se regirá por las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los documentos que se enumeran a continuación, los que, en su caso, formarán parte integrante del mismo para todos los efectos legales y, en caso de discrepancia, prevalecerán en el orden que se indica:
a) Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos.
b) Modificaciones, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los interesados.
c) Oferta Técnica y Económica presentada por el Adjudicatario.
d) Contrato.
e) Acta de acuerdos técnicos, si los hubiere.
Finalmente, de mutuo acuerdo entre las partes, se podrán efectuar modificaciones al contrato, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de sus objetivos o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Con todo, estas modificaciones no deberán implicar aumento en el precio del contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
Para todos los efectos de estas Bases, la Comisión y los oferentes se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
|
|
|
|
PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
|
El contrato que ChileValora celebre con el adjudicatario entrará en vigencia a partir de la fecha de la total tramitación de la Resolución que lo apruebe, y se extenderá por todo el periodo necesario para ejecutar las obras, según lo ofrecido por el adjudicatario, con un tope máximo de 60 días corridos contados desde que se pongan a disposición del contratista, el lugar de las obras, lo que constará en un acta que se levantará al efecto, suscrita por las contrapartes técnicas. A este plazo, debe adicionarse un periodo de garantía de la correcta ejecución de la obra de seis meses contados desde la total recepción de éstas, a satisfacción de ChileValora.
A contar de la fecha de suscripción del contrato, ChileValora podrá sostener con el contratista las reuniones de coordinación que resulten necesarias para el correcto desempeño del servicio contratado. En todo caso, el pago sólo podrá hacerse efectivo una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato, recepcionadas totalmente las obras a satisfacción de ChileValora y contra entrega por parte del contratista del instrumento tributario correspondiente.
No obstante, y por razones de buen servicio, las prestaciones que se deriven de la ejecución del contrato, una vez firmado por ambas partes, podrán iniciarse sin esperar la total tramitación de la resolución que lo apruebe, pero los pagos que deban efectuarse con ocasión de dicho contrato quedarán supeditados a la total tramitación de la resolución que lo aprueba.
De conformidad al artículo 13 de la Ley Nº19.886 y del artículo 77 de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes.
|
|
|
|
MONTO Y MODALIDAD DE PAGO DE LOS SERVICIOS |
|
ChileValora dispondrá de un presupuesto máximo para la presente licitación de $30.000.000.- (treinta millones de pesos), con todos los impuestos incluidos, el cual será pagado en una sola cuota, una vez finalizado y aprobada la recepción conforme de los trabajos por parte de la Contraparte Técnica de ChileValora, previo envío de la factura de los servicios prestados para gestión de pago.
Todos los equipos, materias primas, útiles y en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo los servicios a que se refieren las presentes bases, serán de cargo exclusivo del oferente que resulte adjudicado.
Junto con la factura, el oferente deberá enviar a ChileValora certificados de pago o copia de las planillas de pago de cotizaciones previsionales y de salud del personal contratado, y la documentación que sea pertinente para acreditar el pago al día de las remuneraciones de los mismos.
Para tramitar el pago de la prestación del servicio, el contratante deberá entregar a ChileValora, junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:
a. Declaración jurada con la nómina de trabajadores dependientes, asignados para la ejecución del servicio que se contrata, en el periodo de prestación de los servicios, con indicación de la remuneración bruta y líquida asignada a cada uno y acompañando copia del contrato de trabajo correspondiente. En el caso de que el servicio se desarrolle con personas contratadas en modalidad a honorarios, se solicitará una declaración jurada en que indique expresamente dicha circunstancia, individualizando a cada persona, con indicación de las horas asociadas a la prestación del servicio;
b. “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio que se contrata. En el caso que el proyecto se desarrolle con personas contratadas en modalidad a honorarios, se solicitará el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” que indique que el oferente no registra multas, ni deudas previsionales; y
c. En su caso, la copia autorizada del respectivo finiquito o del aviso enviado a la Inspección del Trabajo que corresponda, en el evento que se haya puesto término a la relación laboral de uno o más trabajadores.
No obstante, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, ChileValora, para verificar el cumplimiento de las obligaciones mencionadas, podrá exigir en cualquier tiempo, certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien, por alguna de las empresas certificadoras de la Ley N° 20.123 (entidades de verificación) o algún otro medio idóneo, que acredite que no existen reclamos pendientes en contra del contratista por concepto de deudas previsionales o de remuneraciones de los trabajadores asignados a los servicios.
|
|
|
|
RESPETO POR LA NORMATIVA DE SEGURIDAD SOCIAL |
|
Será obligación de la empresa dar cumplimiento a todas las disposiciones del Código del Trabajo, leyes sociales, seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en relación con el personal ocupado en la ejecución del servicio objeto de esta licitación.
Se deja expresa constancia que entre el personal asignado por la prestadora para cumplir el servicio que se contrata y ChileValora, no existirá vínculo de dependencia alguna, ni relación laboral con sus respectivos empleados, de manera que ésta no tendrá responsabilidad alguna respecto del pago de prestaciones laborales, como pago de sueldos, gratificaciones, horas extraordinarias, vacaciones, prestaciones previsionales, accidentes del trabajo, impuestos y demás prestaciones que la prestadora esté obligada a pagar, cancelar, retener o entregar a las personas que a su vez contrate para dar cumplimiento a las obligaciones que le impone el contrato y la normativa vigente correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo indicado en la sección anterior y lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al contratante, a lo menos mensualmente, o con la periodicidad que establezca ChileValora, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento respecto a los trabajadores del contratante, ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a ChileValora de ser informado y de retención consagrados en los incisos 2ª y 3ª de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a las que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
|
|
|
|
SUBCONTRATACIÓN |
|
Los servicios objeto de la presente licitación no podrán subcontratarse, atendido que su adjudicación es realizada en consideración a la especialización y experiencia del oferente. Sin embargo, previa autorización de ChileValora, se podrá subcontratar servicios en trabajos o tareas específicos(as) o complementarios a los descritos en las presentes bases, y siempre y cuando esta subcontratación no afecte ni la calidad ni el ajuste a los plazos comprometidos.
Conforme a lo indicado en la sección anterior, se deja expresa constancia que ChileValora no tendrá vínculo contractual con el personal del adjudicatario, ni relación laboral con sus respectivos empleados, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo.
|
|
|
|
CESIÓN DEL CONTRATO |
|
El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Comisión.
Sin perjuicio de ello, los documentos justificativos de los créditos que emanen del contrato, serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común.
|
|
|
|
ESTÁNDARES DE PROBIDAD |
|
Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
|
|
|
|
PACTO DE INTEGRIDAD |
|
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquiera forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la enumeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
|
|
|
|
MULTAS |
|
El adjudicatario pagará una multa equivalente a 3 Unidades Tributarias Mensuales (UTM), valorizadas al día de suscripción del contrato, por cada día corrido de atraso en los plazos establecidos para la entrega a conformidad de ChileValora, de acuerdo a los plazos ofrecidos por el oferente en su oferta técnica y la planificación acordada entre ChileValora y el adjudicatario.
Asimismo, el adjudicatario pagará una multa equivalente a 2 Unidades Tributarias Mensuales, valorizadas al día de suscripción del contrato, por cada día corrido de atraso en el cumplimiento de las reparaciones que sean procedentes por daños provocados por el contratista en las dependencias de ChileValora.
En caso que el adjudicatario incumpla su obligación de retirar diariamente los escombros que se generen con ocasión de la ejecución de los trabajos, establecida en el numeral 4.2 de las Bases Técnicas, se aplicará una multa de 3 Unidades Tributarias Mensuales por cada día de atraso en el retiro de éstos.
La multa antes indicada, será incrementada en todo el monto que, a causa del incumplimiento del retiro de escombros, implique a la Comisión, desembolsos económicos, ya sea por concepto de multas aplicadas por la administración del edificio, daños o perjuicios ocasionados a terceros, etc. Este incremento será equivalente al desembolso económico en que incurriere la Comisión, más reajustes.
Por último, durante el periodo de garantía, se aplicará multa por atraso equivalente a 2 Unidades Tributarias Mensuales, valorizadas al día de inicio del periodo de garantía, por cada día que el contratista se retarde en la reparación de las obras o reemplazo de materiales defectuosos que sea necesaria, conforme a lo exigido por la contraparte técnica, de acuerdo a lo establecido en el punto 4.7 de las Bases Técnicas, lo que se hará efectivo directamente mediante el cobro de la garantía de fiel cumplimiento y correcta ejecución de la obra.
En el caso de aplicarse multas, la Comisión, notificará por correo certificado esta decisión al adjudicatario, indicando la causa y la multa a que da origen el incumplimiento. El adjudicatario podrá reclamar de su aplicación a la Comisión, dentro de 5 días hábiles, contados desde la notificación de aplicación de multa. La Comisión resolverá fundadamente la reclamación presentada, acogiendo o rechazando los argumentos dados por el contratista.
ChileValora podrá determinar y hacer efectivas las multas precedentemente expuestas, las que podrá aplicar deduciéndolas de la parte impaga del precio y haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento y Correcta Ejecución de la Obra, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.
Con todo, las multas no podrán superar el 10% del monto total del contrato, en cuyo caso, ChileValora podrá proceder al término anticipado del mismo por causal de incumplimiento, haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
No procederá multa si se probare la concurrencia de caso fortuito o de fuerza mayor calificada así por ChileValora, mediante autorización fundada.
En caso que el incumplimiento de sus obligaciones por parte de la adjudicataria ocasione a ChileValora un perjuicio que exceda el monto de las sanciones aplicadas, ésta podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondiente.
|
|
|
|
TERMINO ANTICIPADO |
|
La Comisión se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato que derive de la presente licitación, en el evento de ocurrir alguna circunstancia calificada que lo hiciere procedente. Especialmente se resolverá el contrato de pleno derecho y la Comisión estará facultada para declarar por vía meramente administrativa el término anticipado del mismo, en los siguientes casos:
a. Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes
b. Si el futuro contratante fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
c. Si el futuro contratante se constituyere en estado de notoria insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
d. Si se disolviere la persona jurídica o UTP adjudicataria o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada, por cualquier causa.
e. Si el adjudicatario que suscriba el contrato incurriere en incumplimiento de las obligaciones emanadas del contrato, o de los documentos que se entienden formar parte del mismo, o de las exigencias de los Términos Técnicos de las Bases de Licitación, sea en forma total o parcial.
f. Si el adjudicatario que suscriba el contrato aportare, traspasare o efectuare cesión del contrato a terceros, por cualquier título, sea en forma total o parcial, sin la expresa autorización de la Comisión.
g. Si el adjudicatario que suscriba el contrato subcontratare total o parcialmente la ejecución de este contrato, sin la expresa autorización de la Comisión.
h. Si el adjudicatario que suscriba el contrato afectare la imagen de la Comisión, sea por causa de hechos, acciones o declaraciones.
i. En caso que las multas que deban imponerse al adjudicatario que suscriba el contrato superen los topes máximos establecidos en la sección 10.9 de estas Bases Administrativas.
j. En caso que, al momento de suscribirse el contrato, el adjudicatario registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años y éstas no se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886.
k. En caso que el adjudicatario que suscriba el contrato no reemplace la garantía de fiel cumplimiento en el plazo de cinco días hábiles contados desde el cobro, en caso que éste deba efectuarse.
l. En caso que exista alguna inhabilidad sobreviniente contemplada en la normativa para contratar con la Administración del Estado o perdiera la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la Ley N° 19.886. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
m. Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, hubiere entregado información falsa en la oferta y esto se detectare durante la ejecución del contrato, incumplieran las obligaciones emanadas del pacto de integridad, establecido en la sección 10.8 de estas bases, o no observaren el más alto estándar ético, conforme a lo establecido en la sección 10.7 de estas bases, durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
i. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de ChileValora, que pudiere implicar un conflicto de intereses.
ii. Tergiversar hechos, entregar información falsa, manifiestamente errónea o que induzcan a error.
iii. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
n. Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en la sección 10.11 de las presentes bases.
Si durante la vigencia de este contrato ocurriere alguna de las eventualidades indicadas, la Comisión previa constatación de las circunstancias de hecho constitutivas de dichas causales, podrá poner término de inmediato al contrato, dictando la correspondiente resolución, lo que comunicará por escrito al adjudicatario dentro de las cuarenta y ocho horas siguientes a la fecha del término, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en este instrumento.
En tal caso, la Comisión procederá de inmediato y sin formalidad alguna a hacer efectiva por el total de su monto, la garantía de fiel cumplimiento a que se refiere la sección 10.2 de estas bases administrativas.
De conformidad al artículo 13° de la Ley N° 19.886, y del artículo 77° de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes, conforme a lo indicado en el numeral 10.1 de estas bases administrativas.
|
|
|
|
PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD |
|
La propiedad intelectual de los documentos, instrumentos, informes y datos que se generen en la prestación de servicios que es objeto de la presente licitación, serán de propiedad de ChileValora, así como también los instrumentos, herramientas y sistemas generados para la obtención de la información principal o secundaria o de cualquier dato relacionado directa o indirectamente con el trabajo objeto de las presentes Bases. El adjudicatario se obliga a entregar, en su integridad y totalidad, la información antes referida, al término de los servicios contratados.
Asimismo, el adjudicatario libera de toda responsabilidad a ChileValora en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a la propiedad intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de los bienes o parte de ellos por la Comisión en virtud del presente contrato, asumiendo el prestador, en este caso, la defensa y admitiendo su entera responsabilidad.
El adjudicatario se obliga a prestar los servicios contratados guardando estricta confidencialidad respecto de los antecedentes que se sometan a su consideración, incluyendo toda la información que recopile o se le entregue por causa de cualquiera de los productos que contempla el contrato que se licita, como de toda la información producida por causa de éste, no pudiendo hacer uso de ella por ningún medio de difusión o reproducción, sin expreso consentimiento escrito de ChileValora. La presente obligación es de la esencia del Contrato, por lo que su infracción constituirá un incumplimiento grave del mismo.
La obligación de confidencialidad establecida en esta sección se mantiene durante toda la vigencia del contrato y se extiende indefinidamente incluso en forma posterior al término de vigencia de éste.
|
|
|
|
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, DOMICILIO Y CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD |
|
Los eventuales conflictos que se pudieran producir entre ChileValora y la adjudicataria serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los tribunales ordinarios de justicia.
Para todos los efectos de estas Bases y su contrato, esta Comisión y los oferentes, como el posterior contratista, se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
ChileValora quedará liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables a la adjudicataria, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento del contrato, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad de la adjudicataria. ChileValora se reserva el derecho de iniciar las acciones judiciales que sean necesarias en aras del cumplimiento de lo indicado en la presente cláusula.
|
|
|
|
BASES TÉCNICAS |
|
1. Objetivo de la Contratación
ChileValora requiere contar con un servicio especializado en materia de provisión e instalación de revestimientos para pisos vinílicos.
2. Visita obligatoria
Será obligatorio para los proponentes, asistir a una visita a las dependencias de ChileValora en Calle Miraflores 130, pisos 8° y 14°, Santiago Centro. Dicha visita se realizará en dos días, en las fechas y horas indicadas en el cronograma de esta licitación, que consta en la sección 3 de las Bases Administrativas. Sólo es necesaria la asistencia en uno de los dos días indicados.
El contacto para la visita será el Encargado de Servicios Generales, siendo el lugar de la reunión inicial, Miraflores 130, piso 8, comuna y ciudad de Santiago.
La visita a terreno tiene por objetivo que los oferentes puedan visualizar en terreno, el espacio de trabajo, realizar cálculos y mediciones si es necesario, y todos los pormenores y detalles, que le permitan realizar la propuesta técnica que se requiere conforme a las presentes bases. Sólo serán evaluadas las ofertas de los proponentes que asistan a la visita obligatoria de la licitación en los plazos antes señalados, siendo la no concurrencia a ésta, causal de inadmisibilidad.
Los costos necesarios para que los interesados asistan a la visita, serán de cargo de cada uno de éstos.
3. Descripción de trabajos a realizar
El adjudicatario deberá realizar todos y cada uno de los trabajos que se señalan a continuación en la descripción técnica, considerando dentro de los costos, todas las posibles variantes que se produjeran en el desarrollo de la ejecución de las obras, y todas las labores para obtener los objetivos mencionados aun cuando no estén expresados en estas bases.
3.1 Detalle de trabajos.
N° TRABAJO DESCRIPCIÓN
1 RETIRO DE PISO VINÍLICO U OTRO EXISTENTE Se debe retirar de los pisos 8 y 14 todo el revestimiento vinílico u otro existente (piso cerámico oficina Atención Ciudadana y recepción piso 8, entre otros espacios), como cualquier material existente debajo de éste.
2 RETIRO DE ESCOMBROS Todo el piso vinílico existente desinstalado u otro, debe ser eliminado en materia de escombro por parte de la empresa adjudicada, al término de cada faena obligatoriamente.
3 NIVELACIÓN DE PISOS Una vez retirados los revestimientos vinílicos u otros, e identificados los desniveles de la loza del piso en todas las dependencias (piso 8 y 14), se debe realizar la debida nivelación de todos los espacios que presenten grandes desniveles, con productos autonivelantes, los cuales deben tener la calidad para perdurar en el tiempo.
4 PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE REVESTIMIENTO VINÍLICO PARA PISO, PARA LAS DEPENDENCIAS DEL PISO 8 DE CHILEVALORA Proveer e instalar piso vinílico color madera tipo albayalde u otro de tipo madera color claro, marca Reus o su similar de igual o mejor calidad, con resistencia al tráfico Alta, con palmetas de medidas aprox. 18x122 cms, de entre 5mm o 6,5 mm de espesor, para cubrir superficie del piso 8. De acuerdo a lo que indica el punto número 3.2 de las bases técnicas la superficie total del piso 8 es de 390 m2, no obstante, se deben descontar los espacios correspondientes a baños, cocina y acceso al piso, por esta razón la superficie aproximada sobre la que se deberá instalar piso vinílico es de 350 m2.
Además, se considerará la entrega de material para posibles reparaciones futuras, equivalente a 5 m2 adicionales. Se debe utilizar adhesivo para el montaje, junto con todas las técnicas de instalación de este tipo de revestimiento que asegure la mejor calidad y terminaciones.
5 PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE REVESTIMIENTO VINÍLICO PARA PISO, PARA LAS DEPENDENCIAS DEL PISO 14 DE CHILEVALORA Proveer e instalar piso vinílico color madera tipo albayalde u otro de tipo madera color claro, marca Reus o su similar de igual o mejor calidad, con resistencia al tráfico Alta, con palmetas de medidas aprox. 18x122 cms, de entre 5mm o 6,5 mm de espesor, para cubrir superficie del piso 14. De acuerdo a lo que indica el punto número 3.2 de las bases técnicas la superficie total del piso 14 es de 278 m2, no obstante, se deben descontar los espacios correspondientes a baños, cocina y acceso al piso, por esta razón la superficie aproximada sobre la que se deberá instalar piso vinílico es de 238 m2.
Además, se considerará la entrega de material para posibles reparaciones futuras, equivalente a 5 m2 adicionales. Se debe utilizar adhesivo para el montaje, junto con todas las técnicas de instalación de este tipo de revestimiento que asegure la mejor calidad y terminaciones.
6 RECAMBIO DE CERÁMICA DE MURO BAÑOS PISO 8 Se debe retirar toda cerámica de muro de los baños del piso 8, y proveer e instalar cerámica para muro color blanca brillante de 30x45 cms (muro completo) para 5 baños, aproximadamente 37,5 m2 total. Para estos trabajos se debe considerar proporcionar tabiquería de recambio en las zonas donde se retirará la cerámica. No se incluye baño para personas en situación de discapacidad.
Se debe corroborar las medidas en visita a terreno.
7 RECAMBIO DE CERÁMICA DE PISO BAÑOS PISO 8 Se debe retirar toda cerámica de los pisos de los baños, y proveer e instalar cerámica para piso color beige brillante de medidas 30X30, 30x45, 45x45 cms (medidas a definir entre las partes) con una superficie aproximada de 15 m2 total. Se debe cuantificar en visita a terreno. No se incluye baño para personas en situación de discapacidad.
Dentro de este punto la medida aproximada de la superficie, contempla el interior del baño y el pasillo.
8 RETIRO Y REINSTALACIÓN DE EQUIPAMIENTO Y ACCESORIOS DE BAÑO PISO 8 Para cumplir con los trabajos de los puntos 6 y 7 precedentes se debe considerar, para la instalación del revestimiento cerámico, el retiro del equipamiento de baño y sus accesorios de los 5 baños del piso 8, para luego ser reinstalados, una vez concluida la instalación del piso (salvo los espejos).
No aplica respecto de baño para personas en situación de discapacidad.
9 PROVISIÓN E INSTALACIÓN DE ESPEJOS PARA BAÑO Se deben proveer e instalar 5 espejos para los baños del piso 8, de medidas 68x100 cms.
10 PINTURA CIELO BAÑOS PISO 8 Una vez finalizados los trabajos antes mencionados, se debe aplicar pintura blanca esmalte al agua en los cielos de los 5 baños ubicados en el piso 8 (dos manos). Se excluye baño para personas en situación de discapacidad.
11 RECAMBIO DE CERÁMICA DE PISO COCINA PISO 8 Se debe retirar toda cerámica del piso de la cocina-comedor, y proveer e instalar cerámica para piso color beige (u otro a definir) brillante de medidas a definir entre las partes, para una superficie aproximada de 12 m2 total.
Se debe corroborar las medidas en visita a terreno.
12 GUARDAPOLVOS Se deben retirar todos los guardapolvos existentes en los pisos 8 y 14 de ChileValora, y proveer e instalar guardapolvos de madera de 4” de alto y mínimo 10 mm de espesor, de color a definir por la contraparte Técnica de ChileValora, en todos los espacios que se requiera. Se considerará, para ciertos espacios, la posibilidad de que se puedan reutilizar los guardapolvos existentes, los cuales deben ser igualados al color que se defina o a otro afín.
Asimismo, también se considerará la posibilidad de que, en determinados espacios, se requiera el retiro definitivo del guardapolvo, para lo cual se debe contemplar la mejor terminación entre uniones (lo cual incluye pintura, junquillo, etc.). La cantidad debe ser cuantificada por el oferente en la visita a terreno.
13 JUNQUILLOS Se debe contemplar la provisión e instalación de todos los junquillos en donde existan guardapolvos y donde se requiera para una mejor terminación, de color definido en conjunto con la Contraparte Técnica de ChileValora.
14 MOVILIDAD DEL MOBILIARIO Se debe considerar dentro de los trabajos, la movilidad de mobiliario existente en cada oficina para la instalación del piso vinílico o cerámico, el cual debe volver a reubicarse una vez terminada la instalación en el área de trabajo.
15 ASEO Y LIMPIEZA Una vez finalizada cada faena de trabajo, se deben dejar completamente limpios los espacios de trabajo, y se debe proveer plásticos para cubrir el mobiliario y equipos durante las labores si es necesario.
3.2 Planos de las dependencias
PLANTA PISO 8
Superficie total: 390 m2
Superficie en la que se instalará piso vinílico: 350 m2 aprox.
PLANTA PISO 14
Superficie total: 278 m2 (no incluye terraza)
Superficie en la que se instalará piso vinílico: 238 m2 aprox.
4. Normas Generales de Trabajo.
En la prestación de los servicios objeto de la presente licitación, el adjudicatario deberá dar cumplimiento a las siguientes normas de trabajo:
4.1 Aseo y Limpieza
Tal como lo señala el punto 15 de la sección 3.1 “Detalle de los trabajos”, de estas bases técnicas, para la ejecución de todas las labores se requerirá la protección y la limpieza total de los espacios en los cuales se realizarán los trabajos. Esto consiste en cubrir los pisos adyacentes al lugar de ejecución de obras, como el mobiliario y equipos, con polietileno o similar, fijados con cinta de enmascarar, de manera de protegerlos al momento de realizar el retiro de pisos vinílicos como la instalación del piso cerámico, su fragüe y demás obras.
No se dará autorización para realizar los trabajos en cualquiera de los días de trabajo programados en que no se cumpla con esta norma, siendo responsabilidad del adjudicado si se suspende alguna labor por el incumplimiento de esta norma de trabajo.
4.2 Retiro de escombros
Se debe realizar el retiro de todos los escombros parciales que resulten de las obras de demolición, u otros relacionados, los cuales deben ser retirados el mismo día que se generen, ya que ChileValora no cuenta con espacios para almacenar momentáneamente estos residuos, ni tampoco la administración del edificio los retira como basura. Si la empresa dejare escombros dentro de las instalaciones del edificio y la comisión fuera sancionada por esta situación, la empresa adjudicada será responsable de responder ante las multas asociadas por esta infracción.
4.3 Terminaciones de trabajos
Respecto a la calidad de las obras a realizar, no se aceptarán trabajos deficientes o con malas terminaciones como, por ejemplo: deficiente instalación y terminación de los revestimientos de piso, de los guardapolvos y junquillos, de la nivelación del piso, etc., pudiendo ser rechazados estos trabajos por la Contraparte Técnica de ChileValora, y debiendo ser subsanados a la brevedad para cumplir con los plazos establecidos.
En cuanto a los materiales a suministrar, estos deben ser nuevos y de marcas reconocidas en el mercado. No se aceptarán materiales deficientes o equipamiento que presente trizaduras o tenga daño alguno. En dichos casos, la Contraparte Técnica de ChileValora podrá rechazar dichos materiales o equipamiento que no cumpla con los requisitos y calidad solicitada.
4.4 Cuidado de los espacios de trabajo
El contratista debe tener especial cuidado en no deteriorar otras áreas de las dependencias de ChileValora, con especial cuidado con el mobiliario e instalaciones eléctricas, computacionales, telefónicas y sanitarias. En caso de daños, se debe coordinar con la contraparte designada por ChileValora, la forma y los plazos en que el prestador responderá por los daños, de lo cual se dejará constancia por escrito.
Todo daño, de cualquier naturaleza que, con motivo de la ejecución de las obras, o de sus reparaciones, o que provenga de la deficiencia en la calidad de los materiales, o que, en la ejecución de las obras, se cause a los trabajadores o a terceros, será de exclusiva responsabilidad de la empresa adjudicada. Esta cláusula se aplicará aun cuando hubiere expirado la vigencia del contrato, durante el período de garantía de los trabajos.
4.5 Horarios de trabajo
Todas las obras objeto de la presente licitación se ejecutarán en horarios y días no hábiles, de acuerdo a los reglamentos de la administración del edificio, los cuales corresponden a:
- De lunes a viernes en horario a convenir, desde las 18:30 hrs. hasta las 7:00 horas del día siguiente (uso de ascensor como montacargas desde las 19:00 hrs. en adelante). Sábado desde las 9:00 horas, hasta las 7:00 horas del día siguiente, incluidos los ascensores).
- Excepcionalmente, se podrá trabajar un día domingo, desde las 7:00 horas, previa disponibilidad y coordinación con la Contraparte Técnica de ChileValora, con la suficiente anticipación que permita coordinar la autorización de ingreso con la Administración del Edificio, todo esto acorde a la normativa y protocolo de la administración del edificio, lo cual será informado a la empresa adjudicada.
4.6 Contraparte empresa adjudicada
La empresa adjudicada deberá informar el nombre de la persona que será la Contraparte Técnica del proyecto, número de contacto y correo electrónico, para efectos de coordinación de trabajos, nóminas de personal que ingresará a las dependencias, etc. Dicha persona será responsable de resolver problemas relacionados a la obra y su ejecución, y quién, además, deberá estar disponible permanentemente durante toda la ejecución de las obras. Posterior al término de los trabajos, la empresa deberá proveer un contacto para coordinar posibles soluciones ante situaciones de fallas o desperfectos que estén cubiertos por la garantía de los trabajos.
4.7 Garantía
Todos los trabajos realizados por el contratista contarán con una garantía de 6 meses, contados desde la recepción de las obras, debiendo el prestador reparar, cambiar, reponer y en general ejecutar las labores o trabajos para subsanar los daños, fallas y/o cualquier desperfecto que se detecte en las obras objeto de este contrato, sin costo para ChileValora, en la eventualidad que así lo requiera la contraparte técnica designada por esta última, y éstos daños, fallas y/o desperfectos sean atribuibles al contratista, ya sea por deficiente ejecución, por la utilización de materiales de una calidad distinta a la solicitada en este contrato y/o por no haber cumplido con alguno de los requerimientos que se indicaron en estas Bases de Licitación.
En ese sentido, el contratista debe comprometerse a dar respuesta del requerimiento efectuado por la contraparte técnica, reponiendo, subsanando o ejecutando las labores que resulten necesarias, en un plazo máximo de 48 horas contados desde que la contraparte le informe de dicha situación. En caso que se requiera más tiempo, el oferente deberá informarlo justificadamente, para efectos que la contraparte técnica pueda otorgar un plazo superior.
De lo contrario, ChileValora procederá al cobro de la multa contemplada en la sección 10.9 de las bases administrativas, haciéndola efectiva en la garantía de fiel cumplimiento.
Sin perjuicio del plazo otorgado en el punto anterior, las actividades de suma urgencia, que impliquen cortes parciales o totales de cualquier tipo de suministro básico, deberán ser reparadas de inmediato, de lo contrario se procederá a hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento.
4.8 Implementos de Seguridad
La empresa adjudicada deberá proveer, a su costo, para cada uno de sus trabajadores, de todos los elementos de protección personal necesarios para el desarrollo del trabajo, incluida la obligación de velar por el cumplimiento de las disposiciones de seguridad por parte del personal que realiza las labores. Queda estrictamente prohibido el uso de herramientas en mal estado para cualquier tipo de trabajo y/o actividad laboral.
5. Acreditación de Experiencia
La acreditación de la experiencia se evaluará conforme a la pauta de evaluación, considerando como experiencias válidas aquellas que sean corroboradas de acuerdo a la información entregada por el oferente en Anexo N°3, que incluye la presentación, junto con la oferta técnica, de certificados otorgados por los mandantes, órdenes de compra (emitidas en Mercado Público) o copias de los contratos ejecutados con privados, junto con el acompañamiento de datos de contacto y correo electrónico, de quienes estuvieron a cargo de proyectos con instituciones en que el oferente haya prestado servicios similares a los licitados y de envergadura análoga, y los cuales deben estar incluidos en el Anexo N° 3 de las presentes bases de licitación.
También cabe mencionar, que las experiencias de obras deben corresponder a trabajos de instalación de revestimiento de pisos de características similares, indicando a su vez la cantidad de metros cuadrados por cada proyecto.
Junto con esto, las experiencias a considerar deben corresponder a trabajos realizados con proveedores diferentes, salvo que se informe que se ha trabajado con un mismo cliente, pero en proyectos diferentes.
6. Actas
Con el fin de mantener un orden y control de los trabajos, se elaborarán Actas del proyecto, las cuales, entre otros, dejarán constancia de: la entrega de los espacios físicos; las modificaciones que, producto de alguna situación técnica relevante y para mejor servicio, determinen un cambio en los trabajos encomendados (aprobadas por la contraparte técnica de ChileValora); y la entrega final de los trabajos, la cual será parte de los requisitos para el pago del servicio total, siempre y cuando se encuentren aprobados los trabajos realizados en ChileValora.
7. Contraparte Técnica ChileValora
El contrato resultado de la presente licitación pública, contará con una Contraparte Técnica, la que debe evaluar los productos y servicios parciales y finales que se entreguen durante la ejecución de los trabajos solicitados al contratista. Junto con ello, aclarará y orientará respecto del desarrollo de las actividades, autorizará la modificación de plazos de la planificación para la ejecución de los trabajos propuestos por el oferente, sin sobrepasar el plazo de ejecución total del contrato, ofertado en el Anexo N° 4, -salvo el caso de concurrencia de causal de caso fortuito o fuerza mayor debidamente acreditada por el contratista-; y recibirá conforme cada uno de los productos entregados por el proveedor, cuando esto corresponda.
La Contraparte Técnica será ejercida por el Encargado de Servicios Generales de ChileValora o quien lo subrogue o reemplace en dicha función.
|
|
|
|