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PARTICIPANTES |
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Personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que cuenten con un giro acorde al objeto (bien o servicio) de esta licitación, habilitadas para ser contratadas por organismos del Estado y que:
• No registren alguna de las inhabilidades establecidas en el artículo 4° de la ley N° 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios (ley de compras), en:
- Inciso 1°: Que no hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta; y
- Inciso 6°: “Ningún órgano de la Administración del Estado y de las empresas y corporaciones del Estado o en que éste tenga participación, podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes o prestación de servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la ley N° 18.575, ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni con sociedades de personas de las que aquéllos o éstas formen parte, ni con sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquéllos o éstas sean accionistas, ni con sociedades anónimas abiertas en que aquéllos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni con los gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas”.
• No estén afectos a la prohibición de celebrar actos y contratos con organismos del Estado por haber sido condenados en virtud de lo dispuesto en la ley N° 20.393, que Establece la Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas en los Delitos de Lavado de Activos, Financiamiento del Terrorismo y Delitos de Cohecho que indica.
• No deben haber sido condenadas por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la medida dispuesta en la letra d) del artículo 26 del Decreto con Fuerza de Ley N°1, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción, que Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del Decreto Ley N° 211, de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia.
Esto se acreditará mediante una declaración jurada que deben completar los interesados en el Portal de Mercado Público (www.mercadopublico.cl) e ingresar junto con su oferta, y dentro del mismo plazo para el cierre de la recepción de las ofertas.
Dicha declaración jurada debe ser suscrita por su representante legal. Si los representantes fueren más de uno y no estuviera habilitada la posibilidad que todos(as) los(las) representantes o integrantes, respectivamente, lo suscriban en el Portal de Mercado Público (www.mercadopublico.cl), bastará con que lo suscriba solo uno de ellos, sin perjuicio que para la suscripción del contrato se requiera la firma de todos(as) ellos.
En el caso de los integrantes de una Unión Temporal de Proveedores (UTP) deberán completar el “Anexo para integrantes de Unión Temporal de Proveedores (UTP)”, que se contiene en estas bases, debiéndose llenar una declaración jurada por cada uno de los integrantes de UTP, e ingresarla como anexo administrativo como parte de su oferta y en el mismo plazo.
Todo lo anterior es sin perjuicio de las facultades de la Comisión de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.
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CONSULTAS, ACLARACIONES Y RESPUESTAS |
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4.1. Los oferentes, antes del plazo final de presentación de ofertas, tendrán un plazo común, que se encuentra establecido en la tabla de Etapas y Plazos de estas Bases, para formular todas las consultas o aclaraciones relacionadas con la presente licitación, las que se efectuarán solamente vía portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). Sus respuestas se realizarán por la misma vía, en el plazo establecido en la tabla antes mencionada.
4.2. Con el fin de promover condiciones de igualdad y transparencia en el acceso a la información relevante de la licitación, ChileValora se abstendrá de cualquier contacto con los posibles oferentes, que no sea a través del mecanismo de consultas formales contemplado en esta sección, en el plazo establecido.
4.3 Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes Bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, ChileValora se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio, como también, de oficio, realizar todas las aclaraciones que estime pertinentes a modo de alcances a lo señalado en las Bases.
4.4 Las aclaraciones que, de oficio, ChileValora estime necesario realizar, también se considerarán parte integrante de las presentes Bases y se comunicarán a través del portal del Mercado Público. En ese sentido, ChileValora se reserva el derecho de interpretar las diferentes materias relacionadas con las presentes Bases de Licitación, de manera de establecer las condiciones que permitan alcanzar la combinación más ventajosa entre los beneficios del servicio a contratar y todos sus costos asociados, presentes y futuros.
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MODIFICACIONES A LAS BASES |
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La Comisión podrá realizar modificaciones a las bases administrativas, técnicas o sus anexos, hasta antes del vencimiento del plazo de cierre de recepción de ofertas, las que deberán ser aprobadas mediante resolución totalmente tramitada y publicada a través del portal de Mercado Público (www.mercadopublico.cl), salvo cambios de los integrantes de la comisión evaluadora por ausencia o impedimento de alguno de ellos, que podrán realizarse hasta que venza el plazo de evaluación, conforme a lo establecido en la sección 8.1 de estas bases administrativas.
Al efecto, se concederá un plazo prudencial para que los proveedores interesados puedan conocer y adecuar su oferta a tales modificaciones, prorrogando por tanto la fecha de cierre. ChileValora se reserva el derecho de no prorrogar la fecha de cierre, cuando la modificación de bases tenga por objeto rectificar errores de forma, transcripción o en aspectos que no tienen impacto en la preparación de la propuesta, lo que deberá justificarse en la resolución correspondiente.
Estas modificaciones formarán parte integrante de las presentes bases de licitación.
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INSTRUCCIONES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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Para el análisis y preparación de sus ofertas, los oferentes deberán considerar los siguientes antecedentes y reglas:
Documentación que rige esta licitación a. Bases Administrativas, Técnicas y Anexos de la licitación.
b. Modificaciones a las bases, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los interesados.
Para conocer los documentos señalados anteriormente, se debe acceder al portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
Soporte de documentos Soporte digital obligatorio a través del portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl). No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Excepcionalmente, se podrá utilizar el soporte papel en caso de indisponibilidad técnica del sistema, tal como se especifica a continuación en esta sección.
Los oferentes deberán constatar que el envío de sus ofertas a través del portal de Mercado Público www.mercadopublico.cl haya sido realizado con éxito, incluyendo el ingreso de todos los archivos anexos requeridos.
El hecho que el oferente haya obtenido el comprobante de envío de la oferta, únicamente acreditará su envío a través del sistema, pero en ningún caso certificará la integridad o la completitud de ésta, lo cual se revisará en el marco de la evaluación respectiva, pudiendo dar lugar, en su caso, a la solicitud de subsanación o complementación indicada en el punto 8.2 de las bases administrativas.
Indisponibilidad técnica del portal: Esta circunstancia debe ser ratificada por la Dirección de Compras y Contratación Pública mediante el pertinente certificado, el cual deberá ser solicitado por el oferente por las vías que informe dicho servicio, dentro de las 24 horas siguientes al cierre de la recepción de las ofertas. Los oferentes afectados tendrán un plazo de 2 días hábiles contados desde la fecha del envío del certificado de indisponibilidad, para la presentación de sus ofertas fuera del Portal.
Formato Los anexos que se mencionan en esta sección deberán entregarse en los formularios definidos para este efecto, los que contienen el espacio correspondiente para ser suscritos por los oferentes personas naturales o por los representantes legales de los oferentes en caso de ser personas jurídicas, o por el representante designado, en caso de las Uniones Temporales de Proveedores.
Eventualmente, los oferentes podrán ingresar sus ofertas en documentos con un formato disímil al incluido en las bases, siempre que contengan a lo menos la misma información solicitada.
En caso que el oferente desee complementar la información de su oferta, podrá hacerlo en archivos adicionales ingresados al sistema de Mercado Público, hasta el cierre de recepción de ofertas.
Plazo de recepción de ofertas Dentro del plazo establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases.
Vigencia de la oferta Las ofertas tendrán una vigencia mínima de sesenta (60) días corridos, contados desde la fecha de apertura de las propuestas.
Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación, ChileValora podrá solicitar a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las mismas. Si alguno de ellos no lo hiciere, en el plazo de dos días hábiles contados desde la notificación de la solicitud, dicha oferta se entenderá desistida.
Al efecto se deberá entregar una nueva garantía de seriedad de la oferta, conforme a lo indicado en la sección 6.2, si la vigencia de la primera no fuera suficiente para abarcar el nuevo periodo. Si no se renovare esta garantía, en el mismo plazo antes señalado, también se entenderá desistida la oferta.
Aceptación del contenido de las bases y prohibición de ofertas condicionadas. Se entenderá que todo proveedor conoce y acepta irrevocablemente, sin ningún tipo de reservas ni condiciones, el contenido de estas Bases, por el sólo hecho de presentar ofertas en este proceso licitatorio.
En ese sentido, no se aceptarán ofertas condicionadas, por cuanto deben ceñirse estrictamente a lo establecido en estas bases, y en caso de recibirse serán declaradas inadmisibles.
CONTENIDO DE LA OFERTA
Deben incluirse en el campo correspondiente que para cada caso dispone el Portal de Compras Públicas (www.mercadopublico.cl), los anexos que se expresan seguidamente.
La falta de presentación de cualquiera de los antecedentes indicados en esta sección, será suficiente para no considerar la propuesta en el proceso de evaluación y adjudicación, declarándola inadmisible. Lo anterior, sin perjuicio de la posibilidad de salvar errores u omisiones, en los términos que se establecen en estas bases.
Observaciones El oferente se hace responsable de todo el contenido de su oferta, incluyendo lo señalado en todos los anexos que la integran, en especial en cuanto a su veracidad, no siendo falsa, errónea o inductiva a error y que respete el pacto de integridad contemplado en la sección 10.9 de estas bases administrativas.
En ese sentido, en caso de que exista infracción al contenido de la oferta; a la veracidad de lo declarado; o al real compromiso para prestar sus servicios, ChileValora se encuentra facultado en su caso para cobrar la garantía de seriedad de la oferta o la garantía de fiel cumplimiento, de acuerdo a la época en que se detecte la infracción, y, además, según el caso, a multar y/o poner término anticipado al contrato.
Lo anterior, sin perjuicio de concurrir, en el evento de acreditarse posteriormente alguna de las inhabilidades determinadas por la normativa vigente, una causal sobreviniente de término del contrato.
Se hace presente que ChileValora se encuentra en el imperativo de denunciar todos los hechos de carácter irregular a las autoridades competentes, y los hechos constitutivos de crímenes o simples delitos, al Ministerio Público. Así, por ejemplo, ChileValora deberá denunciar a la Fiscalía Nacional Económica todo hecho, acto o convención que pueda atentar contra la libre competencia, ya sea impidiéndola, restringiéndola o entorpeciéndola; o tienda a producir esos efectos. Por su parte, deberá denunciar también toda acción u omisión que pueda configurar los delitos de falsificación o uso malicioso de instrumento público o privado, o según el caso, soborno, cohecho u otro que se determine procedente. En consecuencia, de esa denuncia también puede derivar una inhabilidad sobreviniente que acarreará el término del contrato.
Los proveedores podrán presentar más de una oferta, no obstante, cada una de ellas deberá cumplir íntegramente con lo exigido en las presentes bases de licitación. Si se exige la presentación de garantía de seriedad de la oferta de acuerdo a lo establecido en estas bases, los oferentes deberán presentar una garantía distinta por cada oferta que presenten, y en el caso que presenten una menor cantidad de garantías, se considerarán acompañadas a las ofertas de menor valor, y el resto de las ofertas serán declaradas inadmisibles.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS |
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Los oferentes deberán presentar los siguientes documentos legales junto con su oferta:
6.1.1 Oferente no inscrito en el Registro de Proveedores del Estado:
Si el oferente NO ESTÁ INSCRITO en el Registro de Proveedores del Estado, deberá ingresar al portal de Mercado Público - www.mercadopublico.cl, como parte de los antecedentes administrativos, los siguientes documentos:
• Personas jurídicas:
- Copia escaneada del RUT institucional y de las cédulas de identidad de sus representantes;
- Documentos necesarios para acreditar la existencia, giro que contemple la provisión de los productos o prestación de los servicios objeto de esta licitación, y personería de quien la representa:
o Copia escaneada de la escritura pública de constitución de la sociedad y sus modificaciones posteriores si las hubieren;
o Certificado de vigencia en el Registro de Comercio correspondiente, de una antigüedad no superior a los tres meses contados desde que fue emitido; y
o Copia escaneada del instrumento en que conste la personería de la persona con facultades para obligarla en la propuesta.
En los casos de personas jurídicas que no se constituyan mediante escritura pública inscrita en el Registro de Comercio correspondiente, deberá acompañar los documentos que resulten idóneos para acreditar su existencia, giro acorde a esta contratación, vigencia y la personería del representante, emitidos con una antelación no superior a tres meses.
• Personas naturales:
- Copia simple de su cédula nacional de identidad; y
- Comprobante de iniciación de actividades ante el Servicio de Impuestos Internos - SII.
En el caso de que un oferente no inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, sea a quien ChileValora adjudique la presente licitación, éste deberá inscribirse y encontrarse en estado hábil en dicho registro, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el portal Mercado Público o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, para la suscripción del contrato cada proveedor participante de dicha Unión deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores y encontrarse en estado hábil.
6.1.2 Oferentes inscritos en el Registro de Proveedores:
Para los oferentes INSCRITOS en el Registro de Proveedores del Estado y cuyo estado de inscripción se encuentre HÁBIL, no será necesario acompañar la documentación referida en la sección 6.1.1. de estas bases administrativas. Sin embargo, de resultar favorecido con la adjudicación, ésta deberá estar disponible y vigente en la sección “Documentos Acreditados” del portal, a más tardar al momento de celebrar el contrato.
Si el oferente está inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, pero presenta estado INHÁBIL, se verificará la causal y conforme a ello, se determinará la procedencia de su contratación, declarándolo mediante resolución.
ChileValora se reserva el derecho de solicitar, cuando lo estime pertinente y antes de adjudicar, la documentación legal en soporte material, en caso de duda sobre la idoneidad, pertinencia o legalidad de algún documento.
En todo caso, se hace presente que el estado de Hábil en el Registro de Proveedores del Estado debe permanecer vigente durante la ejecución del contrato en lo referido a lo dispuesto en el artículo 4 inciso 1° de la Ley N° 19.886.
6.1.3 Unión Temporal de Proveedores (UTP):
Si dos o más oferentes participan como una Unión Temporal de Proveedores, su representante deberá cumplir con lo dispuesto en la sección 6 de estas bases administrativas, en cuanto a los anexos administrativos que cada integrante debe presentar, así como cumplir con lo indicado en los números 6.1.1. y 6.1.2 en cuanto a la inscripción en el Registro de Proveedores del Estado y la correspondiente documentación.
En el caso de la Unión Temporal de Proveedores, la oferta deberá ser presentada por el representante o apoderado común con poderes suficientes designado en documento público o privado, quien actuará por sí y en representación del resto de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores. Esta Unión será considerada como el oferente y todos sus integrantes serán solidariamente responsables de la Oferta ante ChileValora y de todas las obligaciones que se generen con la Entidad.
Al momento de ofertar, deberá adjuntarse además, la siguiente información en el portal de compras públicas www.mercadopublico.cl: documento público o privado que formaliza la Unión, dando cuenta del acuerdo para participar y contratar como Unión Temporal de Proveedores y de su designación como representante con poderes suficientes, como también de la constitución de la responsabilidad solidaria de cada uno de los integrantes respecto de todas las obligaciones que se generen con ChileValora, y que esa Unión tendrá una vigencia que no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación, en caso que se contemple.
Sin perjuicio de lo anterior, en el caso de las contrataciones iguales o superiores a 1.000 UTM, en el evento de resultar adjudicado, para la suscripción del contrato, deberá entregarse materialmente a esta Comisión, una escritura pública en la que conste el cumplimiento de los requisitos señalados en el párrafo anterior.
Las causales de inhabilidades, establecidas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, para la formulación de la propuesta o para la suscripción de la convención, afectarán a cada uno de los integrantes de la UTP individualmente considerados. De detectarse por ChileValora, la concurrencia de alguna inhabilidad que afecte a alguno de los participantes se notificará de tal concurrencia a través del portal Mercado Público, y en dicho caso, la Unión deberá decidir si continuará con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma o si se desistirá de su participación en el proceso, dentro del plazo de 48 horas, contado desde la publicación de la aclaración en el portal. En ese sentido, el anexo sobre Declaración Jurada Simple para integrantes de UTP, que se dispone en estas bases, deberá ser presentado por cada uno de dichos integrantes, y suscrito por el respectivo representante legal del integrante de dicha UTP.
Se deja constancia que para la suscripción del contrato cada proveedor participante de la UTP deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, encontrándose en estado hábil y deberá presentar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, por cada uno de los integrantes de la UTP.
Por su parte, tal como se indicará más adelante en estas bases administrativas, en el caso del oferente Unión Temporal de Proveedores, la garantía de seriedad de la oferta y la de fiel cumplimiento, podrán ser otorgadas por cualquiera de sus integrantes, que forman parte de dicha Unión.
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GARANTIA DE SERIEDAD DE LA OFERTA |
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El oferente deberá acompañar a la oferta, una garantía de seriedad de la oferta que cumpla los siguientes requisitos:
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Tipo de documento Cualquier tipo de instrumento de garantía, pagadero a la vista y con carácter de irrevocable, que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, como: Boleta de Garantía, Vale Vista o Depósito a la Vista, Certificado de Fianza a la Vista, Póliza de Seguro, entre otros. Tratándose de las pólizas de seguro, éstas deberán ser de ejecución inmediata y sin cláusula arbitral. Sin perjuicio del tipo de documento, éste debe incluir la glosa, nombre y RUT de esta institución, además de cumplir con los restantes requisitos que se indican en esta sección. Si el oferente presenta más de una propuesta, cada una de ellas deberá estar debidamente caucionada, en los términos indicados en la presente cláusula. Con todo, el oferente podrá presentar una única garantía que cubra todas sus ofertas o bien, instrumentos separados.
Soporte del documento Físico o electrónico. En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Tomador o librador El tomador o librador de la garantía deberá corresponder a la misma razón social del oferente o a su representante legal o alguno de sus socios. La condición de representante legal y de socio debe encontrarse debidamente acreditada al momento de la apertura de las postulaciones, en el Registro de Proveedores del Estado o, en su defecto, mediante documentos pertinentes publicados en la sección de antecedentes administrativos del portal mercado público. En caso que el Oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, la garantía de seriedad de la oferta podrá ser otorgada por cualquiera de los oferentes que forman parte de la Unión, sus representantes legales o alguno de sus socios.
Beneficiario Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, o a nombre de su marca legal “ChileValora”.
Rut Beneficiario 61.979.610-1
Fecha de Vencimiento La garantía deberá tener una vigencia mínima de 60 días corridos contados desde la fecha de cierre de recepción de las ofertas indicada en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas. Si dentro del plazo antes referido no se pudiera efectuar la adjudicación y en caso que ChileValora solicite a los oferentes, antes de la fecha de su expiración, una prórroga de la validez de las ofertas, consecuencialmente se solicitará acompañar un nuevo documento de garantía, si la vigencia de la primera no abarcare el nuevo periodo, debiendo adjuntarse, al efecto, un documento de garantía que cubra el periodo faltante, el cual debe cumplir con los requisitos de forma y fondo exigidos en esta sección. Dicho documento deberá adjuntarse materialmente en el plazo de dos días hábiles contados desde el requerimiento. Si alguno de los oferentes no lo hiciere, dicha oferta se entenderá desistida.
Monto $675.000.- (seiscientos setenta y cinco mil pesos).
Moneda Pesos chilenos. Puede ser expresada en Unidades de Fomento (UF) o en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), en la medida que, a la fecha de apertura de las propuestas, su monto sea equivalente en moneda nacional o superior al monto indicado en esta sección.
Glosa “Para garantizar la seriedad de la oferta de la propuesta pública ID N° _____” (el oferente debe consignar el N° asignado a la licitación por el Portal de Compras Públicas).
En caso que el formato del documento de garantía no permita incluir esta glosa en su anverso, deberá ser incluida en su reverso o en una declaración jurada simple firmada por el librador que se anexe al documento.
No serán admitidos los documentos de garantía que no incluyan la glosa señalada y la respectiva propuesta será declarada inadmisible.
Entrega de la Garantía Garantía otorgada en soporte físico: En Miraflores 130, Piso 8, Santiago, Región Metropolitana.
Garantía otorgada en soporte electrónico: Ingresar en el portal de Compras Públicas www.mercadopúblico.cl, hasta el plazo de cierre de recepción de las ofertas.
Plazo para presentarla Hasta el plazo y hora de cierre para la recepción de las ofertas, indicado en la sección ETAPAS Y PLAZOS de estas Bases Administrativas.
Todo lo señalado rige tanto para oferentes que se encuentren en la Región Metropolitana como en otras regiones del país o fuera de éste, por lo que la entrega o el envío, en su caso, del documento de garantía, debe realizarse con la antelación suficiente para garantizar su ingreso en la fecha, hora y lugar señalados.
El no acompañar la garantía de seriedad de la oferta, cumpliendo los requisitos que se indican en esta sección, dentro del periodo de recepción de ofertas, conllevará la inadmisibilidad de la(s) oferta(s).
Devolución de la Garantía Oferente no adjudicado:
La devolución de las garantías de seriedad a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido desestimadas o declaradas inadmisibles, se efectuará, a solicitud del interesado, a contar del primer día hábil siguiente a la publicación de la resolución correspondiente y dentro de 10 días hábiles contados desde esa fecha. En el evento que no se efectúe la solicitud de devolución en ese plazo, ChileValora no tendrá responsabilidad alguna respecto de esta caución.
Oferente no adjudicado que obtenga el segundo lugar:
Podrá solicitar su devolución desde el primer día hábil siguiente a la suscripción del contrato por parte del oferente adjudicado, en las mismas condiciones y plazos indicados en el párrafo anterior.
Oferente adjudicado:
• Podrá solicitar su devolución una vez que ChileValora acepte, a plena conformidad, la Garantía de Fiel Cumplimiento, y se encuentre suscrito el respectivo contrato, en las mismas condiciones y plazos indicados en el primer párrafo de esta sección.
Esta garantía se otorgará para caucionar la seriedad de las ofertas y de todas las obligaciones que se imponen al oferente, pudiendo ser ejecutada unilateralmente por vía administrativa por ChileValora en caso de:
a) No suscripción del contrato definitivo por parte del proveedor adjudicado dentro del plazo fijado conforme al cronograma de la licitación.
b) No entrega de los antecedentes requeridos de acuerdo con las presentes bases, tanto en tiempo y forma, para la suscripción del referido contrato, entre ellos, la garantía de fiel cumplimiento referida en estas bases.
c) Desistimiento de la oferta dentro del plazo de vigencia de 60 días corridos establecido en las presentes bases.
d) Presentación de oferta o cualquiera de los antecedentes que la integran, con información no fidedigna, manifiestamente errónea o inductiva a error.
e) No inscripción del oferente adjudicado en el Registro de Proveedores del Estado dentro de los plazos establecidos en las presentes bases o bien, no posea la calidad de hábil en dicho registro (www.mercadopublico.cl), encontrándose inhabilitado para contratar con el Estado al momento de la firma del Contrato, por las causales establecidas en la normativa vigente.
f) Por la no presentación oportuna de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, en el caso del proveedor adjudicado, si procede.
• En general, por el incumplimiento de cualquiera de las obligaciones que se imponen al oferente, durante el proceso licitatorio. De producirse alguna de las situaciones antes señaladas, ChileValora tendrá la facultad de adjudicar la licitación al oferente que haya obtenido el segundo mejor puntaje en la evaluación o llamar a un nuevo proceso de licitación.
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APERTURA DE LAS POSTULACIONES |
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La apertura de las ofertas se efectuará electrónicamente, en el Portal del Mercado Público www.mercadopublico.cl, en una (1) etapa, por lo que en la apertura se procederá a abrir tanto la Oferta Técnica como la Oferta Económica, ingresadas previamente a través de la Plataforma de Compras www.mercadopublico.cl.
Esta apertura se efectuará el día y a la hora indicada en el cronograma, numeral 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas.
Si por motivos de fuerza mayor o caso fortuito la apertura no se pudiere realizar, conforme al cronograma establecido en la sección 3. ETAPAS Y PLAZOS de estas bases administrativas, ChileValora deberá fijar una nueva fecha y hora para la realización de esta actividad, la que no podrá exceder de los dos (2) días hábiles siguientes, contados desde el cese de la respectiva fuerza mayor o caso fortuito, todo lo cual se comunicará a través de la plataforma de licitaciones de ChileCompra, www.mercadopublico.cl.
Los oferentes podrán hacer observaciones al acto de apertura y/o presentar reclamos, a través del portal Mercado Público, dentro de las 24 horas siguientes a dicha apertura.
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DE LA COMISIÓN EVALUADORA |
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La evaluación de las propuestas será realizada por una Comisión de Evaluación, integrada por los siguientes tres profesionales de ChileValora:
Nombre Organización Cargo
Loreto Méndez Amunategui ChileValora Jefa de Relaciones Institucionales y Comunicaciones
María José Busta Villa ChileValora Profesional Coordinadora de Prensa y Ceremonias
Álvaro Aguilar Huerta ChileValora Subjefe Relaciones Institucionales y Comunicaciones
En caso de ausencia o impedimento de alguno de los integrantes de la comisión de evaluación, se procederá a su reemplazo por resolución fundada.
La Comisión Evaluadora verificará la veracidad o efectividad de la experiencia acreditada por el proponente, para cuyo efecto se solicita proporcionar los datos de contacto en cada anexo respectivo y sólo considerará los antecedentes correspondientes a experiencia del equipo de trabajo y proponente, que hayan podido verificarse durante el periodo de evaluación. Cuando la experiencia se refiera a trabajos desarrollados para ChileValora, no se requerirá mención de una persona específica, sólo el periodo que se realizó y el área específica, cuando corresponda.
Esta Comisión podrá requerir las asesorías que estime pertinentes para su adecuado funcionamiento.
Los miembros de la Comisión Evaluadora no podrán tener contacto con los oferentes, salvo a través del mecanismo de consultas fijado en estas bases de licitación.
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DE LOS ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN Y ACLARACIONES |
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De conformidad a lo establecido en el artículo 40 del Reglamento de Compras, ChileValora podrá solicitar a través del Portal, que los oferentes, dentro de un plazo fatal de dos (2) días hábiles, contados desde el requerimiento:
a) Salven errores u omisiones formales siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del Portal.
b) Presenten antecedentes o certificaciones que hayan omitido presentar al momento de efectuar la Oferta; siempre que dichos antecedentes o certificaciones se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar Ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar Ofertas y el período de evaluación. El oferente que haya omitido certificaciones o antecedentes al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad en virtud de la presente cláusula, obtendrá menor puntaje en el criterio Cumplimiento de Requisitos Formales.
La responsabilidad de revisar oportunamente dicho sistema durante el período de evaluación recae exclusivamente en los respectivos oferentes.
Cabe señalar que el procedimiento anterior sólo es válido para los documentos explícitamente señalados en dicha solicitud, no pudiendo, de ninguna manera, entregarse total o parcialmente antecedentes o información objeto de evaluación que correspondan a la oferta técnica y/o económica, fuera del plazo establecido en el cronograma de esta licitación.
En el evento que el oferente no salve los errores u omisiones, o no presente la información, certificaciones o antecedentes requeridos conforme a lo indicado en esta sección, en el plazo de dos (2) días hábiles, su oferta será declarada inadmisible y no continuará siendo examinada por la comisión evaluadora, todo conforme a lo indicado en la sección 9 de estas bases administrativas.
La comisión, podrá además solicitar aclaraciones a los oferentes respecto de sus propuestas, sin que esto pueda configurar una contraoferta por parte del proponente, las que son inadmisibles.
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CRITERIOS DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
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Antecedentes preliminares.
Sólo se evaluarán las ofertas que resulten admisibles.
La evaluación de las ofertas se llevará a cabo sobre la base de la información y documentación entregada por el proponente. La evaluación considera tres dimensiones: Cumplimiento de Requisitos Formales (para antecedentes administrativos), Técnica (Propuesta Técnica) y Económica (Propuesta Económica).
La metodología que se utilizará para evaluar el cumplimiento de requisitos formales de la propuesta, y las propuestas técnica y económica será la siguiente:
En cuanto al cumplimiento de requisitos formales, se evaluará la oportunidad y completitud de los antecedentes administrativos solicitados a los proponentes en las presentes bases.
En cuanto a la oferta técnica, se evaluará cada criterio y subcriterio en función de la pauta de evaluación indicada en la sección 8.3.2.2 y la información proporcionada por el oferente en su propuesta ingresada en el portal www.mercadopublico.cl, ponderándose cada puntaje obtenido por el oferente de acuerdo a los porcentajes indicados para cada criterio y subcriterio señalado en la sección 8.3.2.2 de las bases administrativas.
A su turno, la evaluación económica se realizará asignando mayor puntaje a la oferta de menor precio, conforme a la fórmula que se indica en estas bases administrativas.
Finalmente, se sumarán cada uno de los puntajes obtenidos, generando un puntaje final.
Un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación sólo si el resultado de la evaluación de su propuesta obtiene un puntaje total mínimo de 70 puntos de un máximo de 100. A su vez, un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación sólo si en el criterio “Propuesta Técnica” obtiene un puntaje ponderado igual o superior a 70 puntos.
La asignación de los puntajes se efectuará con dos (2) decimales, aplicando la regla del redondeo.
En caso de diferencia entre el valor total consignado en el formulario de oferta económica (Anexo N° 6) y el ingresado en el portal www.mercadopublico.cl, primará este último.
Será responsabilidad de los proponentes entregar toda la información que permita efectuar la correcta evaluación de las ofertas de acuerdo a los criterios antes señalados.
El proponente deberá presentar una oferta que satisfaga la totalidad de los requerimientos del servicio que es objeto de la presente licitación.
Empates: En caso de empate en el puntaje de la evaluación, y según lo dispuesto en el artículo N° 38 del reglamento de compras públicas, éste se resolverá conforme a los siguientes criterios:
Primeramente, se resolverá el empate a favor de aquél oferente que hubiere obtenido la más alta calificación en el ítem denominado “Propuesta Técnica”.
Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, se resolverá éste a favor de aquel oferente que hubiere obtenido un mayor puntaje en la suma de los factores 1 y 2 de la Tabla N° 3.
Si luego de aplicar el criterio precedente se mantuviere el empate, primará la oferta de menor valor económico.
Criterios de evaluación.
La evaluación de las ofertas se realizará sobre la base de los siguientes criterios y sus ponderaciones:
TABLA N° 1
Criterios a considerar en la evaluación de las propuestas
Criterios Ponderación
Cumplimiento de Requisitos Formales 5%
Propuesta Técnica 85%
Propuesta Económica 10%
TOTAL 100%
Cumplimiento de los Requisitos Formales de la Oferta (5%)
En cuanto a la evaluación del cumplimiento de requisitos formales de la propuesta, la oportunidad y completitud de los antecedentes administrativos solicitados a los proponentes en las presentes bases, serán evaluados de acuerdo a lo exigido en las presentes bases. En caso de incumplimiento de la presentación de los antecedentes administrativos requeridos por la Comisión Evaluadora, dará lugar a inadmisibilidad de la propuesta.
La ponderación de este criterio será de un 5% del total, asignándose el siguiente puntaje al mismo:
TABLA N° 2
Pauta de Evaluación, ponderación y puntaje de la evaluación del criterio Cumplimiento de requisitos formales de la propuesta
Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación
5% 100 Presenta, en tiempo y forma, la totalidad de los antecedentes administrativos requeridos en las Bases Administrativas
0 No presenta la totalidad de los documentos en tiempo y forma
Propuesta técnica (85%)
La propuesta técnica tiene una ponderación del 85% del puntaje total, siendo evaluada en base a tres subcriterios, los cuales podrán sumar hasta un máximo de 100 puntos y que serán ponderados según se indica en cada caso.
Un proponente podrá ser adjudicatario de la licitación sólo si en el criterio “Propuesta Técnica” obtiene un puntaje ponderado igual o superior a 70 puntos, aplicando las pautas conforme a las tablas de esta sección.
TABLA N° 3
Subcriterios técnicos a considerar en la evaluación de las propuestas
Subcriterios Técnicos Ponderador
Experiencia de los oferentes 25%
Experiencia y perfil del equipo de dirección del proyecto, que se compone de:
a) Experiencia del Asesor Estratégico
b) Perfil profesional del Asesor Estratégico
c) Experiencia del Jefe de Proyecto
d) Perfil profesional del Jefe de Proyecto
e) Experiencia del Ejecutivo de Cuenta
f) Perfil profesional del Ejecutivo de Cuenta 20%
Diseño de la propuesta de trabajo 40%
Total 85%
8.3.2.2.1. Experiencia de los oferentes (25%)
Comprende la experiencia del oferente como consultor de proyectos en la Administración del Estado, relacionados con la consultoría, que implique el desarrollo de acciones que potencien comunicacionalmente a dichas instituciones, evaluándose la cantidad de consultorías realizadas dentro de los últimos 5 años. También se considerará la experiencia de alguno(s) de los integrantes de una unión temporal de proveedores, en caso de que la indique en el Anexo 3.
Para corroborar la experiencia de los oferentes, se deberá adjuntar alguno de los siguientes documentos:
Certificados emitidos por clientes del oferente, donde se señale el tipo de servicio que se prestó.
Órdenes de compra del portal www.mercadopublico.cl
Contratos
Un mismo cliente podrá entregar al oferente uno o más respaldos de experiencia, en la medida que haya contratado más de un servicio con este último, siempre y cuando se trate de contrataciones distintas.
El oferente debe asegurar la fidelidad de los datos e incluir la información vigente de los contactos (teléfono, correo electrónico, etc.) de sus referencias.
Sólo se evaluará la experiencia que logre ser verificada, con la documentación de respaldo y conforme a los datos de contacto indicados en el anexo N° 3, y que corresponda a referencias positivas.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación Anexos
Experiencia del oferente 25% 100 El proponente ha realizado 10 o más consultorías similares a la licitada, en los últimos 5 años Anexo 3
75 El proponente ha realizado entre 7 a 9 consultorías similares a la licitada, en los últimos 5 años
50 El proponente ha realizado entre 4 a 6 consultorías similares a la licitada, en los últimos 5 años
0 El proponente ha realizado 3 o menos consultorías similares a la licitada, en los últimos 5 años
8.3.2.2.2. Experiencia y perfil del equipo de dirección del proyecto (20%)
Se considera que el equipo de dirección deberá contar con al menos tres profesionales: un Asesor(a) estratégico, un jefe de Proyecto o director(a) de cuentas, y un(a) ejecutivo(a) de cuentas. Se evaluará el que cada uno de éstos cuente con un perfil profesional específico y con experiencia en consultorías similares a la contratada por esta licitación. El detalle del perfil y las funciones pueden revisarse en las bases técnicas.
Se requiere que el oferente acredite la calidad profesional de un integrante del equipo de trabajo, por lo que, se deberá hacer ingreso en el Portal, del certificado de título o título técnico o universitario digitalizado (PDF), según el caso, al momento de ingresar su oferta, además de completar el Anexo N° 4 “Formato CV Equipo Consultor. La oferta que no contenga dicha documentación será declarada inadmisible, debido a que no cumple con los requerimientos mínimos exigidos para la presente licitación.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación Anexos
Experiencia del Asesor Estratégico
5% 100 El Asesor Estratégico presenta y acredita experiencia en el cargo en 12 o más consultorías en los últimos 5 años. Anexo 4
75 El Asesor Estratégico presenta y acredita experiencia en el cargo en 8 a 11 consultorías en los últimos 5 años.
50 El Asesor Estratégico presenta y acredita experiencia en el cargo en 5 a 7 consultorías en los últimos 5 años
0 El Asesor Estratégico presenta y acredita experiencia en el cargo en 4 o menos consultorías en los últimos 5 años
Perfil profesional del Asesor Estratégico 3% 100
El Asesor Estratégico cuenta con un título o grado académico en alguna de las siguientes áreas: psicología, sociología, ingeniería comercial, ingeniería civil industrial.
0 El Asesor Estratégico no cuenta con un título o grado académico en alguna de las siguientes áreas: psicología, sociología, ingeniería comercial, ingeniería civil industrial.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación Anexos
Experiencia del Jefe de Proyecto
4% 100 El Jefe de Proyecto presenta y acredita 8 años de experiencia en el cargo, en los últimos 8 años Anexo 4
75 El Jefe de Proyecto presenta y acredita 6 años de experiencia, en los últimos 8 años.
50 El Jefe de Proyecto presenta y acredita 4 años de experiencia, en los últimos 8 años.
0 El Jefe de Proyecto presenta y acredita menos de 4 años de experiencia, en los últimos 8 años.
Perfil profesional del Jefe de Proyecto 2% 100
El Jefe de Proyecto cuenta con un título o grado académico en alguna de las siguientes áreas: periodista, psicología, sociología, ingeniería comercial, ingeniería civil industrial.
0 El Asesor Estratégico no cuenta con un título o grado académico en alguna de las siguientes áreas: periodista, psicología, sociología, ingeniería comercial, ingeniería civil industrial.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta de Evaluación Anexos
Experiencia del Ejecutivo de Cuenta
4% 100 El Ejecutivo de Cuenta presenta y acredita 5 años de experiencia en el cargo en los últimos 5 años Anexo 4
75 El Ejecutivo de Cuenta presenta y acredita 4 años de experiencia en los últimos 5 años
50 El Ejecutivo de Cuenta presenta y acredita 2 años de experiencia en los últimos 5 años
0 El Ejecutivo de Cuenta presenta y acredita menos de 2 años de experiencia en el cargo en los últimos 5 años
Perfil profesional del Ejecutivo de Cuenta
2% 100
El Ejecutivo de cuenta cuenta con un título o grado académico en alguna de las siguientes áreas: periodismo, sociología, ingeniería comercial, ingeniería civil industrial.
0 El Ejecutivo de Cuenta no cuenta con un título o grado académico en alguna de las siguientes áreas: periodismo, sociología, ingeniería comercial, ingeniería civil industrial.
8.3.2.2.3. Diseño de la Propuesta de Trabajo (40%)
Considera la calidad y consistencia del diseño propuesto y la propuesta de valor que realiza el proponente y que van más allá de los mínimos establecidos en las bases técnicas, tal como se describe en el punto 3 de dichas bases.
Subcriterio Ponderación Puntaje Pauta Evaluación Anexo
Diseño de la propuesta 40% 100 El proponente describe detalladamente la propuesta de servicio a realizar y cómo ésta debiese permitir alcanzar todos y cada uno de los objetivos de las bases de licitación. Además, su oferta técnica cuenta con una propuesta de valor que contiene elementos adicionales, de acuerdo a lo establecido en el punto 3 de las bases técnicas, superando los requisitos mínimos establecidos en el diseño definido en las presentes bases de licitación. Anexo 5
75 El proponente describe detalladamente la propuesta del servicio a desarrollar y cómo ésta debiese permitir alcanzar todos y cada uno de los objetivos del servicio a contratar. Sin embargo, su oferta técnica no contiene una propuesta de valor que contenga elementos adicionales, o dichos elementos adicionales incluidos por el proponente no permitan agregar valor a su propuesta.
50 El diseño propuesto no se encuentra suficientemente articulado o la descripción de este, es muy general y no se encuentran suficientemente fundamentadas las decisiones adoptadas. Puede presentar o no presentar elementos adicionales que le agreguen valor a la propuesta.
0 Presenta información incompleta o insuficiente.
Propuesta económica (10%)
Comprende la valoración del costo relativo de la oferta respecto de todos los oferentes, la que se calcula del modo en que se describe a continuación.
Criterio Ponderación Pauta Evaluación Anexo
Propuesta Económica 10% El Puntaje Económico se asignará entre cero (0) y cien (100) puntos. A la(s) Oferta(s) Económica(s) con el menor precio entre todas las Ofertas, se le asignará cien (100) puntos y a cada una de las Ofertas restantes se les asignará el puntaje correspondiente de acuerdo a la siguiente fórmula:
POE=100*(Menor valor entre todas las ofertas)/█(VOE@ )
Donde:
POE = Puntaje de la Oferta Económica
VOE= Valor oferta evaluada
PMP= Presupuesto máximo del Proyecto
Al resultado obtenido de acuerdo con la formula antes señalada se multiplicará por el ponderador respectivo, esto es 0,10 y de esta forma se obtendrá el puntaje del presente criterio. Anexo 6
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ADJUDICACIÓN DE LAS PROPUESTAS |
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El Secretario Ejecutivo de ChileValora será quien resuelva la adjudicación, teniendo en consideración la propuesta que aportará la Comisión de Evaluación.
El plazo para evaluar y adjudicar corresponde al indicado en la sección Etapas y Plazos de estas bases administrativas. En caso que no resulte posible realizar la evaluación o la adjudicación en el plazo ahí indicado, se informará a través del portal de Mercado Público (www.mercadopublico.cl), las razones de ello y el nuevo plazo de evaluación y/o adjudicación, en su caso. No obstante, por este mecanismo, la adjudicación no podrá exceder del día treinta hábil contado desde la fecha de apertura de las propuestas
En caso que para la evaluación y/o adjudicación se requiera fijar un plazo que supere el antes señalado, el nuevo plazo se fijará por resolución fundada y se informará a través del Portal Mercado Público (www.mercadopublico.cl).
El adjudicatario será aquel oferente que, en su conjunto, haga la oferta más ventajosa, obteniendo el más alto puntaje, de acuerdo con los criterios de evaluación y ponderaciones, establecidos en las presentes bases. La licitación se adjudicará mediante resolución que será publicada en el portal (www.mercadopublico.cl), una vez que se encuentre totalmente tramitada, la que indicará el valor total adjudicado, con impuestos incluidos.
ChileValora declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidas en estas bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que efectúen aclaraciones o salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
Se considerarán siempre inadmisibles y su propuesta no será o continuará siendo, según el caso, examinada por la comisión evaluadora, las siguientes:
- Las ofertas extemporáneas.
- Las que no acompañen garantía de seriedad de la oferta dentro del plazo y forma exigida en estas bases.
- Las propuestas en que el oferente no presente toda la información requerida en los anexos de estas bases, documentos, antecedentes o certificaciones, en el tiempo y forma exigidos, sin perjuicio de la posibilidad de acompañar los antecedentes omitidos o de subsanar los errores, conforme a lo dispuesto en la sección 8.2 de estas bases administrativas y conforme se indica en la causal siguiente.
- Las ofertas respecto a las cuales se hayan detectado errores u omisiones formales, y que, habiendo sido solicitada su subsanación o corrección conforme a la sección 8.2 de estas bases administrativas, no haya sido efectuada en el plazo otorgado.
- Las ofertas condicionadas, ya sea en forma conjunta o adicionalmente a ésta.
- Cuando el oferente, por cualquier medio dé a conocer a ChileValora, su oferta antes de la apertura electrónica de ésta.
- Cuando se detectare falta de veracidad en la información contenida en la oferta o sus anexos, o ésta fuere manifiestamente errónea o inductiva a error.
- Las propuestas, cuya oferta económica supere el presupuesto máximo establecido en las presentes bases, o que no se indique el monto de la oferta económica.
- Las propuestas cuya oferta técnica no cumpla con alguno de los requisitos mínimos y máximos establecidos en estas bases de licitación.
- Las propuestas cuyo puntaje de evaluación no alcance el mínimo requerido para poder ser adjudicado, de acuerdo a lo establecido en la sección 8.3.1 de estas bases.
Además, declarará desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dicha declaración deberá materializarse a través de la dictación de una resolución fundada.
Cuando el precio de la oferta presentada por un oferente sea menor al 50% del precio presentado por el oferente que le sigue, y se verifique por parte de ChileValora que los costos de dicha oferta son inconsistentes económicamente, ChileValora podrá, de acuerdo a lo establecido en el artículo 42 del reglamento de compras públicas, adjudicar a esa oferta la presente licitación, a través de una resolución fundada, solicitándole una ampliación de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento, hasta por la diferencia del precio con la oferta que le sigue.
El Secretario Ejecutivo de ChileValora podrá establecer ajustes, condiciones y requisitos especiales para la ejecución del servicio adjudicado, de común acuerdo con el oferente seleccionado, para una mejor ejecución del proyecto.
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato, no se inscribe en el Registro de Proveedores en el plazo indicado en estas bases o es inhábil para contratar con el Estado por cualquiera de las causales contempladas en la normativa, ChileValora podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, a menos que, de acuerdo a los intereses de la Comisión, se estime conveniente declarar desierta la licitación y convocar a un nuevo proceso.
Si por causas justificadas, la Comisión no puede cumplir con la fecha indicada en las bases para adjudicar, se publicará una nueva fecha en el portal www.mercadopublico.cl
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RESOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO DE LA ADJUDICACIÓN |
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Una vez adjudicada la licitación, cualquier persona interesada podrá efectuar consultas respecto de la adjudicación, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes de informada ésta en la Plataforma de Licitaciones de ChileCompra www.mercadopublico.cl. Las consultas respectivas se formularán a través del correo electrónico licitaciones@chilevalora.cl, indicando que el tipo de consulta tiene por tema, las licitaciones adjudicadas. Estas consultas serán resueltas en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles, contados desde su recepción, informándose al interesado por esta misma vía.
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READJUDICACIÓN |
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Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no firma el contrato, no se inscribe en el Registro de Proveedores del Estado, es inhábil para contratar con el Estado o no cumpliere con cualquiera de los requisitos establecidos en estas bases para la suscripción del contrato, en los respectivos plazos indicados en estas bases, esta Comisión tendrá derecho a readjudicar la licitación al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación, le siga en puntaje, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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FIRMA DEL CONTRATO |
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10.1 Firma del Contrato
Una vez notificada la decisión de adjudicación, el adjudicatario deberá concurrir a la suscripción del contrato respectivo, en un plazo máximo de 4 días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
La adjudicataria deberá presentar la siguiente documentación para la suscripción del contrato respectivo:
a) La documentación legal señalada en el punto 6 de las presentes bases administrativas, tratándose de proveedores inscritos en el Registro de Proveedores que no la acompañaron o no la tenían disponible y actualizada en el portal al momento de postular.
b) Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, en el cual se acredite el estado en que se encuentran las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social de sus trabajadores. En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores, deberá presentar un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales emitido por la Dirección del Trabajo, con fecha posterior a la adjudicación, por cada uno de los integrantes de la UTP.
c) La garantía de fiel y oportuno cumplimiento, dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
En el caso de la documentación indicada en la letra a), no es necesario adjuntarla si se encuentran acreditados en el Registro de Proveedores, en la medida que no se encuentren vencidos o que su vigencia no sea superior a tres meses desde que fueron emitidos. En todo caso, los antecedentes legales para poder ser contratado, deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de la resolución de adjudicación.
En el caso de que un oferente no inscrito en el Registro de Proveedores del Estado, sea a quien ChileValora adjudique la presente licitación, éste (sea persona natural, jurídica o UTP, comprendiendo a todos sus integrantes) deberá inscribirse en dicho registro y encontrarse hábil en éste, en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación en el portal Mercado Público o hasta la fecha en que se celebre el contrato, según lo que ocurra primero. Tratándose de Uniones Temporales de Proveedores, para la suscripción del contrato cada proveedor participante de dicha Unión deberá estar inscrito en el Registro de Proveedores, en el mismo plazo antes señalado.
Asimismo, en el caso de resultar adjudicada una Unión Temporal de Proveedores (UTP), dentro del plazo de los cinco (5) días hábiles establecidos en esta sección y sólo en el caso de las licitaciones iguales o superiores a 1.000 UTM, se deberá hacer entrega físicamente en las oficinas de esta Comisión, ubicadas en Miraflores 130, piso 8, comuna y ciudad de Santiago, la escritura pública donde se materializó el acuerdo de unión temporal de proveedores, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 67 bis del reglamento de compras. En caso que la licitación sea inferior a 1.000 UTM, se deberá entregar el documento público o privado que da cuenta del acuerdo para participar de esta forma. En todo caso, este acuerdo debe contener todas las menciones que se indican en la sección 6.1.3 de estas bases administrativas.
Si el respectivo adjudicatario no entrega o no mantiene disponibles en el Registro de Proveedores la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado o no se encuentra en estado hábil, todo ello dentro del plazo fatal de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación a través del portal www.mercadopublico.cl se considerará que desiste de la adjudicación, facultando a la Comisión para readjudicar la licitación, o declararla desierta, en caso que corresponda, de conformidad con lo establecido en las presentes bases.
Con todo, se admitirá la celebración del contrato con el contratante que registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años, con la condición que los primeros estados de pago del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratante acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886. ChileValora exigirá que el contratante, en este evento, proceda a dichos pagos y le presente los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratante dará derecho a ChileValora a dar por terminado el contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que la empresa adjudicada no podrá participar.
El contrato se regirá por las normas obligatorias y/o complementarias contenidas en los documentos que se enumeran a continuación, los que, en su caso, formarán parte integrante del mismo para todos los efectos legales y, en caso de discrepancia, prevalecerán en el orden que se indica:
a) Bases Administrativas, Bases Técnicas y sus Anexos.
b) Modificaciones, aclaraciones y respuestas a las consultas formuladas por los interesados.
c) Oferta Técnica y Económica.
d) Contrato.
e) Acta de acuerdos técnicos, si los hubiere.
Finalmente, de mutuo acuerdo entre las partes, se podrán efectuar modificaciones al contrato, con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de sus objetivos o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato, y que incidan en su normal desarrollo. Con todo, estas modificaciones no deberán implicar aumento en el precio del contrato ni alterar la naturaleza del objeto de éste.
Para todos los efectos de estas Bases, la Comisión y los oferentes se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
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GARANTIA DE FIEL CUMPLIMIENTO |
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Tipo de documento Cualquier tipo de instrumento de garantía que asegure el cobro de la misma de manera rápida y eficaz, debiendo ser pagadera a la vista y con el carácter de irrevocable. Ejemplos de ellos son: Boleta de Garantía, Vale Vista o Depósito a la Vista, Certificado de Fianza a la Vista, Póliza de Seguro, etc.
Tratándose de las pólizas de seguro, éstas deberán ser de ejecución inmediata y sin cláusula arbitral.
Sin perjuicio del tipo de documento, éste debe incluir la glosa y cumplir con los demás requisitos que se indican en esta sección.
Soporte del documento Físico o electrónico.
En los casos en que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
Tomador o librador El tomador o librador de la garantía deberá corresponder a la misma razón social del oferente o a su representante legal o alguno de sus socios. La condición de representante legal y de socio debe encontrarse debidamente acreditada al momento de la apertura de las postulaciones, en el portal de ChileProveedores o, en su defecto, mediante documentos pertinentes publicados en la sección de antecedentes administrativos del portal mercado público.
En caso que el Oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, la garantía de fiel cumplimiento podrá ser otorgada por cualquiera de los oferentes que forman parte de la Unión.
Beneficiario Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales o a nombre de su marca legal “ChileValora”.
Rut Beneficiario 61.979.610-1
Fecha de Vencimiento La garantía otorgada caucionará el fiel cumplimiento de las obligaciones contraídas, debiendo cubrir todo el período de vigencia del contrato y hasta 60 días hábiles posteriores a la fecha de expirado éste.
Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel cumplimiento hasta 60 días hábiles posteriores al término del respectivo contrato. En caso de renovación, prórroga o que por otro motivo el contrato se extienda más allá del plazo indicado en las presentes bases y el posterior contrato, y cuando la garantía tenga fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, prórroga o extensión mayor a la prevista, el contratado deberá reemplazarla, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor.
Monto 5% del monto adjudicado.
Moneda Pesos chilenos.
Puede ser expresada en Unidades de Fomento (UF) o en Unidades Tributarias Mensuales (UTM), en la medida que, a la fecha de su entrega, dentro de los plazos contemplados para ella, su monto sea equivalente en moneda nacional o superior al monto indicado en esta sección.
Glosa “Para garantizar el fiel cumplimiento de la propuesta pública ID N° _____ (el adjudicatario debe consignar el N° asignado a la licitación por el Portal) y el pago de las obligaciones laborales y sociales de los trabajadores del contratante”.
En caso que el formato del documento de garantía no permita incluir esta glosa en su anverso, deberá ser incluida en su reverso o en una declaración jurada simple firmada por el librador que se anexe al documento.
No serán admitidos los documentos de garantía que no incluyan la glosa señalada y la respectiva propuesta será declarada inadmisible
Entrega de la Garantía Garantía otorgada en soporte físico: En Miraflores 130, Piso 8, Santiago, Región Metropolitana.
Garantía otorgada en soporte electrónico: A través del correo licitaciones@chilevalora.cl, o presentar copia impresa, en la misma dirección que las de soporte físico.
Plazo para presentarla A más tardar dentro del plazo máximo de cinco (5) días hábiles contados desde la notificación de la resolución de adjudicación totalmente tramitada.
El incumplimiento por parte del organismo postulante, sin causa justificada, de la obligación anterior con los requisitos indicados en esta sección, permitirá a la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales dejar sin efecto la adjudicación y hacer efectiva la garantía de seriedad de la oferta que se hubiere presentado.
Devolución de la Garantía La restitución de la respectiva garantía será realizada una vez transcurridos 60 días hábiles después del término del contrato, incluida cualquier renovación que deba efectuarse. En el evento que no se efectúe esta solicitud de devolución, ChileValora no tendrá responsabilidad alguna respecto de esta caución.
Cobro de la garantía ChileValora podrá hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento, cuando se produzca el incumplimiento de alguna(s) de las obligaciones emanadas del contrato o de las obligaciones laborales o sociales con sus trabajadores, sin perjuicio de las acciones que ChileValora pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. Este incumplimiento comprende también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista, conforme a lo dispuesto en el artículo 72 del D.S. N° 250 de 2004, del Ministerio de Hacienda, Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre contratos administrativos de suministro y prestación de servicios y cuando se detecte infracción a la veracidad de la información proporcionada en la oferta.
En caso de procederse al cobro de la garantía, el proveedor deberá entregar dentro del quinto día hábil desde su cobro, una nueva garantía que reemplace la anterior. De no cumplirse ello, ChileValora estará facultado para poner término anticipado al contrato.
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PLAZO Y VIGENCIA DEL CONTRATO. |
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El contrato que ChileValora celebre con el adjudicatario comenzará a regir a contar de la total tramitación del acto administrativo que lo apruebe, y tendrá vigencia hasta el 28 de febrero de 2023.
No obstante, y por razones de buen servicio, las prestaciones que se deriven de la ejecución del contrato, una vez firmado por ambas partes, podrán iniciarse sin esperar la total tramitación de la resolución que lo apruebe, pero los pagos que deban efectuarse con ocasión de dicho contrato quedarán supeditados a la total tramitación de la resolución que lo aprueba.
De conformidad al artículo 13° de la Ley N° 19.886, y del artículo 77° de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes.
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MONTO Y MODALIDAD DE PAGO DE LOS SERVICIOS |
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ChileValora dispondrá de un presupuesto máximo para la presente licitación de $27.000.000.- (veintisiete millones de pesos), con todos los impuestos incluidos, el cual será pagado en 9 (nueve) cuotas, de acuerdo a lo señalado en la siguiente tabla:
CUOTA PORCENTAJE HITO
1ª 11,2% Informe N°1 – periodo: Inicio de la ejecución del contrato al 30-06-2022
2ª 11,1% Informe N°2 – periodo: 01-07-2022 al 31-07-2022
3ª 11,1% Informe N°3 – periodo: 01-08-2022 al 31-08-2022
4ª 11,1% Informe N°4 – periodo: 01-09-2022 al 30-09-2022
5ª 11,1% Informe N°5 – periodo: 01-10-2022 al 31-10-2022
6ª 11,1% Informe N°6 – periodo: 01-11-2022 al 30-11-2022
7ª 11,1% Informe N°7 – periodo: 01-12-2022 al 31-12-2022
8ª 11,1% Informe N°8 – periodo: 01-01-2023 al 31-01-2023
9ª 11,1% Informe N°9 – periodo: 01-02-2023 al 28-02-2023
Las cuotas se imputarán a los recursos provenientes de los convenios correspondientes, celebrados con el Servicio Nacional de Capacitación y Empleo, SENCE, individualizados en los vistos del presente acto administrativo.
Cada pago se realizará previa recepción conforme del respectivo informe por parte de la contraparte técnica y realizada la recepción conforme en el Portal de Compras Públicas. ChileValora procederá a efectuar el pago que corresponda dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la recepción conforme de la factura, la cual sólo deberá ser emitida una vez que se cuente con la aprobación de los servicios ejecutados por parte de la contraparte técnica. Adicionalmente será condición indispensable que el proveedor haya Aceptado en el portal Mercado Público, la Orden de Compra que se emita por parte de ChileValora.
Para iniciar el procedimiento de pago, el proveedor emitirá el documento tributario respectivo debiendo remitirse los archivos XML del DTE del SII, a la casilla de correo: dipresrecepcion@custodium.com
La factura debe ser extendida a nombre de la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, RUT Nº 61.979.610-1, giro “Administración Pública”, domiciliada en calle Miraflores N° 130, piso 8, Santiago Centro, N° de Orden de Compra _______________ (el oferente adjudicado deberá indicar el número de Orden de Compra correspondiente a esa contratación, la que se emitirá una vez firmado el contrato).
Para efectos de lo previsto en el artículo 3º de la ley Nº 19.983, se entenderá que, por el sólo hecho de presentar su oferta, el adjudicatario declara conocer el plazo de 8 días corridos que tiene ChileValora para reclamar en contra del contenido de las facturas que emita. En este caso, el reclamo deberá ser puesto en conocimiento del proveedor por carta certificada, o por otro modo fehaciente, conjuntamente con la devolución de la factura. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación.
Todos los equipos, materias primas, útiles y en general, todos los insumos necesarios para llevar a cabo los servicios a que se refieren las presentes bases, serán de cargo exclusivo de la adjudicataria.
Junto con la factura, el oferente deberá enviar a ChileValora certificados de pago o copia de las planillas de pago de cotizaciones previsionales y de salud del personal contratado, y la documentación que sea pertinente para acreditar el pago al día de las remuneraciones de los mismos.
Para tramitar el pago de cada cuota, el contratante deberá entregar a ChileValora, junto con cada documento tributario de cobro, lo siguiente:
a. Declaración jurada con la nómina mensual de trabajadores dependientes, que fueron asignados para efectuar la prestación del servicio de acuerdo a los requerimientos efectuados por ChileValora en cada período, para la ejecución del servicio que se contrata, en el periodo de prestación de los servicios. En el caso de que el servicio se desarrolle con personas contratadas en modalidad a honorarios u otro, se solicitará una declaración jurada en que indique expresamente dicha circunstancia, individualizando a cada persona, con indicación de las horas asociadas a la prestación del servicio;
b. “Certificado de cumplimiento de obligaciones laborales y previsionales” de la Dirección del Trabajo, que indique que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores asignados para la ejecución de este servicio que se contrata. En el caso que el proyecto se desarrolle con personas contratadas en modalidad a honorarios u otro, se solicitará el “Certificado de antecedentes laborales y previsionales” que indique que el oferente no registra multas, ni deudas previsionales; y
c. En su caso, la copia autorizada del respectivo finiquito o del aviso enviado a la Inspección del Trabajo que corresponda, en el evento que se haya puesto término a la relación laboral de uno o más trabajadores.
No obstante, y sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, ChileValora, para verificar el cumplimiento de las obligaciones mencionadas, podrá exigir en cualquier tiempo, certificado emitido por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien, por alguna de las empresas certificadoras de la Ley N° 20.123 (entidades de verificación) o algún otro medio idóneo, que acredite que no existen reclamos pendientes en contra del contratista por concepto de deudas previsionales o de remuneraciones de los trabajadores asignados a los servicios.
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RESPETO POR LA NORMATIVA DE SEGURIDAD SOCIAL |
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Será obligación del proveedor adjudicado dar cumplimiento a todas las disposiciones del Código del Trabajo, leyes sociales, seguro de accidentes del trabajo y enfermedades profesionales en relación con el personal ocupado en la ejecución del servicio objeto de esta licitación.
Se deja expresa constancia que entre el personal asignado por la prestadora para cumplir el servicio que se contrata y ChileValora, no existirá vínculo de dependencia alguna, ni relación laboral con sus respectivos empleados, de manera que ésta no tendrá responsabilidad alguna respecto del pago de prestaciones laborales, como pago de sueldos, gratificaciones, horas extraordinarias, vacaciones, prestaciones previsionales, accidentes del trabajo, impuestos y demás prestaciones que la prestadora esté obligada a pagar, cancelar, retener o entregar a las personas que a su vez contrate para dar cumplimiento a las obligaciones que le impone el contrato y la normativa vigente correspondiente.
Sin perjuicio de lo anterior, y conforme a lo indicado en la sección anterior y lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo, se exigirá al contratante, a lo menos mensualmente, o con la periodicidad que establezca ChileValora, un certificado que acredite el monto y estado de cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales emitido por la Inspección del Trabajo respectiva o por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento respecto a los trabajadores del contratante, ello, con el propósito de hacer efectivo los derechos que le asisten a ChileValora de ser informado y de retención consagrados en los incisos 2ª y 3ª de la aludida norma legal, en el marco de la responsabilidad subsidiaria derivada de dichas obligaciones laborales y previsionales, a las que hace mención el artículo 183-D de la citada ley.
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SUBCONTRATACIÓN |
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El servicio que es objeto de la presente licitación no podrá subcontratarse, atendido que su adjudicación es realizada en consideración a la especialización y experiencia del oferente, salvo en aspectos secundarios a los licitados y previa autorización de ChileValora.
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CESIÓN DEL CONTRATO |
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El adjudicatario no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de esta licitación y, en especial, los establecidos en el respectivo contrato que se celebre con la Comisión.
Sin perjuicio de ello, los documentos justificativos de los créditos que emanen del contrato serán transferibles de acuerdo a las reglas del derecho común.
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ESTÁNDARES DE PROBIDAD |
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Los adjudicados que presten los servicios deberán observar, durante toda la época de ejecución del contrato, el más alto estándar ético exigible a los funcionarios públicos. Los estándares de probidad exigibles al personal de apoyo, por lo tanto, deben entenderse equiparados a aquellos exigidos a los funcionarios de la Administración Pública, en conformidad con el título III de la Ley N°18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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PACTO DE INTEGRIDAD |
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El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, así como en la posterior ejecución del contrato de ser adjudicado, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas en el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las Bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente acepta suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las presentes Bases de Licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos, los cuales se extenderán a la ejecución contractual de ser el oferente adjudicado:
1. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución del o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
2. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquiera forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
3. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
4. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
5. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las Bases de licitación, sus documentos integrantes y el o los contratos que de ellos se derivase.
6. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas Bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
7. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidades ofertadas.
8. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
Se deja expresa constancia que toda referencia a “oferente” efectuada en la enumeración de compromisos del párrafo anterior, se hace extensiva al adjudicatario respectivo.
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MULTAS |
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En caso que la adjudicataria incurra en alguna de las acciones descritas a continuación, sin causa justificada, ChileValora se reserva el derecho a aplicar a título de multa, los siguientes montos:
MULTAS
Tipo Descripción Monto Unidad Aplica fuerza mayor
1 Información falseada 10% del monto del contrato Individuo No
2 Atraso en la entrega de informes, ya sea en primera entrega o en las siguientes versiones, en caso de que hubieran existido observaciones.
0,5% del monto del contrato Día de atraso
Sí
3 No incorporación de observaciones y/o correcciones solicitadas a los informes. 0,5% del monto del contrato Día de atraso Sí
4 Cambio unilateral en el equipo de trabajo o demora en el reemplazo con el mismo perfil profesional y nivel de experiencia de la persona que deja el cargo. 1 (una) UTM por cada día que haya reemplazado a la persona inscrita en el equipo ejecutor del servicio Integrante del equipo
Sí
Cuando se verifiquen hechos que, de acuerdo a lo establecido en estas bases, sean constitutivos de multa, se notificará por correo certificado esta circunstancia al adjudicatario, indicando en forma precisa los hechos que se imputan y la multa a que da origen el incumplimiento. El oferente podrá efectuar los descargos que estime convenientes, adjuntando los antecedentes que sustenten sus alegaciones, por escrito y dentro de 5 días hábiles, contados desde la notificación de los hechos que se le imputan. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la Comisión. Si el oferente ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la Comisión resolverá fundadamente sobre éstos, acogiendo o rechazando, total o parcialmente, los argumentos dados por el contratista. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del oferente deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la Comisión, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución se notificará al proveedor personalmente o mediante carta certificada. Dicho acto administrativo podrá ser impugnado por el oferente mediante los recursos contemplados en la ley N° 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida.
ChileValora podrá determinar y hacer efectivas las multas precedentemente expuestas, las que podrá aplicar deduciéndolas de la parte impaga del precio y haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento, sin perjuicio de las acciones legales correspondientes.
Con todo, si las multas alcanzan el 15% del monto total del contrato o si recibe más de 6 multas totalmente tramitadas, la Comisión procederá a poner término anticipado al mismo por causal de incumplimiento, haciendo efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
No procederá multa si se probare la concurrencia de caso fortuito o de fuerza mayor calificada así por ChileValora, mediante autorización fundada.
Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa, convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano.
En caso de que los perjuicios derivados del incumplimiento de sus obligaciones por parte del oferente ocasionen a ChileValora un detrimento económico que exceda el monto de las sanciones aplicadas, ésta podrá perseguir judicialmente la indemnización de perjuicios correspondiente.
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TÉRMINO ANTICIPADO |
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La Comisión se reserva el derecho de poner término anticipado al contrato que derive de la presente licitación, en el evento de ocurrir alguna circunstancia calificada que lo hiciere procedente. Especialmente se resolverá el contrato de pleno derecho y la Comisión estará facultada para declarar por vía meramente administrativa el término anticipado del mismo, en los siguientes casos:
a. Resciliación o mutuo acuerdo de los contratantes
b. Si el contratante fuere declarado deudor en un procedimiento concursal de liquidación. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
c. Si el contratante se constituyere en estado de notoria insolvencia financiera, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. En el caso de una UTP aplica para cualquiera de sus integrantes.
d. Si se disolviere la persona jurídica o UTP adjudicataria o alguno de los integrantes de la UTP adjudicada; o se retira alguno de los integrantes de la UTP adjudicada, por cualquier causa.
e. Si el oferente que suscriba el contrato incurriere en incumplimiento grave de las obligaciones emanadas del contrato, o de los documentos que se entienden formar parte del mismo, o de las exigencias de los Términos Técnicos de las Bases de Licitación, sea en forma total o parcial. Se considerarán especialmente situaciones de incumplimiento grave de las obligaciones, el que deban aplicarse multas que superen alguno de los topes indicados en la sección anterior de estas bases.
f. Si el oferente que suscriba el contrato aportare, traspasare o efectuare cesión del contrato a terceros, por cualquier título, sea en forma total o parcial, sin la expresa autorización de la Comisión.
g. Si el oferente que suscriba el contrato subcontratare total o parcialmente la ejecución de este contrato, sin la expresa autorización de la Comisión.
h. Si el oferente que suscriba el contrato afectare la imagen de la Comisión, sea por causa de hechos, acciones o declaraciones.
i. En caso que, al momento de suscribirse el contrato, el oferente registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus trabajadores actuales o con trabajadores contratados en los últimos dos años y éstas no se encuentren liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses, conforme a lo dispuesto en el artículo 4°, inciso 2°, de la Ley N° 19.886.
j. En caso que el oferente que suscriba el contrato no reemplace la garantía de fiel cumplimiento en el plazo de cinco días hábiles contados desde el cobro, en caso que éste deba efectuarse.
k. En caso que exista alguna inhabilidad sobreviniente contemplada en la normativa para contratar con la Administración del Estado o perdiera la condición de hábil en el Registro de Proveedores del Estado por inhabilidad sobreviniente establecida en el artículo 4° inciso 1° de la Ley N° 19.886. En el caso de una UTP, aplicará si esa condición sobreviene a cualquiera de sus integrantes.
l. Si el oferente, sus representantes o el personal dependiente de aquél, hubiere entregado información falsa en la oferta y esto se detectare durante la ejecución del contrato, incumplieran las obligaciones emanadas del pacto de integridad, establecido en la sección 10.9 de estas bases, o no observaren el más alto estándar ético, conforme a lo establecido en la sección 10.8 de estas bases, durante la ejecución del respectivo contrato o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
i. Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de ChileValora, que pudiere implicar un conflicto de intereses.
ii. Tergiversar hechos, entregar información falsa, manifiestamente errónea o que induzcan a error.
iii. La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
m. Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en la sección siguiente de las presentes bases.
Si durante la vigencia del contrato ocurriere alguna de las eventualidades indicadas, la Comisión previa constatación de las circunstancias de hecho constitutivas de dichas causales, pondrá término de inmediato al contrato, dictando la correspondiente resolución, lo que comunicará por escrito al adjudicatario, mediante carta certificada dirigida al domicilio señalado en este instrumento.
En tal caso, la Comisión procederá de inmediato y sin formalidad alguna a hacer efectiva por el total de su monto, la garantía de fiel cumplimiento a que se refiere la sección 10.2 de estas bases administrativas, salvo que se trate de la causal de la letra a) de esta sección.
De conformidad al artículo 13° de la Ley N° 19.886, y del artículo 77° de su Reglamento, el contrato suscrito podrá terminarse anticipadamente o bien modificarse por mutuo acuerdo de los contratantes, conforme a lo indicado en el numeral 10.12 de estas bases administrativas.
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PROPIEDAD INTELECTUAL Y CONFIDENCIALIDAD |
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La propiedad intelectual de los documentos, instrumentos, informes y datos que se generen en la prestación de servicios que es objeto de la presente licitación, serán de propiedad de ChileValora, así como también los instrumentos, herramientas y sistemas generados para la obtención de la información principal o secundaria o de cualquier dato relacionado directa o indirectamente con el trabajo objeto de las presentes Bases. El adjudicatario se obliga a entregar, en su integridad y totalidad, la información antes referida, al término de los servicios contratados.
Asimismo, el adjudicatario libera de toda responsabilidad a ChileValora en caso de acciones entabladas por terceros en razón de transgresiones a la propiedad intelectual, derechos de patente, marca registrada o diseños industriales, como consecuencia de la utilización de los bienes o parte de ellos por la Comisión en virtud del presente contrato, asumiendo el prestador, en este caso, la defensa y admitiendo su entera responsabilidad.
El adjudicatario se obliga a prestar los servicios contratados guardando estricta confidencialidad respecto de los antecedentes que se sometan a su consideración, incluyendo toda la información que recopile o se le entregue por causa de cualquiera de los servicios que contempla el contrato que se licita, como de toda la información producida por causa de éste, o que acceda con ocasión de la prestación de sus servicios, no pudiendo hacer uso de ella por ningún medio de difusión o reproducción, sin expreso consentimiento escrito de ChileValora. La presente obligación es de la esencia del Contrato, por lo que su infracción constituirá un incumplimiento grave del mismo, siendo extensiva asimismo al personal del adjudicatario que se haya vinculado a la ejecución del contrato, en cualquiera de sus etapas. La misma obligación resulta aplicable a los proveedores que eventualmente puedan ser subcontratados por el adjudicatario, y a su personal.
Conforme a lo anterior, el adjudicatario debe adoptar medidas para el resguardo de la confidencialidad de la información.
La obligación de confidencialidad establecida en esta sección se mantiene durante toda la vigencia del contrato y se extiende indefinidamente incluso en forma posterior al término de vigencia de éste.
La divulgación, por cualquier medio, de la totalidad o parte de la información referida en los párrafos anteriores, por parte del proveedor, durante la prestación de los servicios o después de finalizada ésta, podrá dar pie a que ChileValora entable en su contra las acciones judiciales que correspondan. Se recalca que, tratándose de bases de datos de carácter personal, la obligación de confidencialidad dura indefinidamente, de acuerdo con la Ley N°19.628, sobre Protección de la Vida Privada.
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RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS, DOMICILIO Y CLÁUSULA DE RESPONSABILIDAD |
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Los eventuales conflictos que se pudieran producir entre ChileValora y el adjudicatario serán resueltos por las partes de común acuerdo y, a falta de acuerdo, por los tribunales ordinarios de justicia.
Para todos los efectos de estas Bases y su contrato, esta Comisión y los oferentes, como el posterior contratista, se entenderán domiciliados en la ciudad y comuna de Santiago y quedarán sometidos a la competencia de sus tribunales.
ChileValora quedará liberado de toda responsabilidad por cualquier tipo de daños, imputables a la adjudicataria, sean materiales, personales o morales, que se produjesen con motivo del cumplimiento del contrato, como asimismo de las exigencias tributarias, laborales o previsionales que emanen de éste, los que serán de única y exclusiva responsabilidad de la adjudicataria.
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BASES TÉCNICAS |
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1. ANTECEDENTES
1.1. El Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales
El Sistema de Certificación de Competencias Laborales es una política pública establecida mediante la Ley N° 20.267 del año 2008. Se crea así la Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, ChileValora, servicio público, funcionalmente descentralizado, que se relaciona con la Presidencia de la República a través del Ministerio del Trabajo y Previsión Social. Su función principal, según lo establece dicha ley, es “el reconocimiento formal de las competencias laborales de las personas, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridas y de si tienen o no un título o grado académico otorgado por la enseñanza formal de conformidad a las disposiciones de la ley N° 18.962, Orgánica Constitucional de Enseñanza; así como favorecer las oportunidades de aprendizaje continuo de las personas, su reconocimiento y valorización, mediante procesos de evaluación y certificación de las mismas, basados en estándares definidos y validados por los sectores productivos”.
La certificación de competencias laborales que desarrolla ChileValora busca contribuir a mejorar la situación del trabajador y los empleadores. En el caso de los trabajadores, les permite acreditar ante el mercado que cumplen con el estándar que se exige para el ejercicio de una determinada ocupación, mejorando con ello, las oportunidades de encontrar un trabajo (en el caso que se encuentren cesantes) o de promoción (en el caso de que se encuentren trabajando), entre otras. En el caso de los empleadores, contratar a un trabajador certificado disminuye los costos de transacción, entendido como el costo de búsqueda de mano de obra calificada. En segundo lugar, al evaluar a sus trabajadores, es posible conocer si realmente cumplen con el estándar de desempeño que exige el mercado y si no lo cumple, qué es aquello que necesita para mejorar sus conocimientos y, por tanto, orienta en la adquisición de capacitación. Con ello puede -en el mediano plazo- mejorar la productividad y con ello su competitividad. Por último, muchos empleadores que se enfrentan a mercados altamente competitivos afrontan exigencias de trazabilidad, por lo que contar con trabajadores certificados puede ser, sin lugar a dudas, una ventaja competitiva.
Desde el punto de vista de su estructura, ChileValora, está compuesto por un órgano colegiado que ejerce la dirección superior, y por una secretaría ejecutiva, a cargo de un Secretario Ejecutivo que detenta la jefatura del servicio y tiene la calidad de ministro de fe respecto de las actuaciones, deliberaciones y acuerdos, y la representa judicial y extrajudicialmente. El órgano colegiado está integrado por nueve miembros de reconocida calidad técnica en el ámbito de las competencias laborales, los que son designados de conformidad a lo establecido en el reglamento, de la siguiente forma:
a) Un miembro designado por el ministro del Trabajo y Previsión Social.
b) Un miembro designado por el ministro de Economía, Fomento y Reconstrucción.
c) Un miembro designado por el ministro de Educación.
d) Tres miembros designados por las organizaciones de empleadores de mayor representatividad del país entre los representantes de los sectores productivos participantes del Sistema.
e) Tres miembros designados por las centrales de trabajadores de mayor representatividad
La ley que creó ChileValora no le otorgó la posibilidad de financiar directamente las acciones de certificación, sino que éstas se financian a través de:
a) Recursos propios de la persona que solicita el servicio.
b) Con recursos provenientes de la empresa en la que el trabajador se desempeña, los que podrán gozar de la franquicia tributaria según lo establecido en ley N° 19.518 del Servicio Nacional de Capacitación y Empleo (SENCE). En este caso, es SENCE quien determina el monto de los gastos de las acciones de evaluación y certificación de competencias laborales que se podrán imputar a la franquicia tributaria. Así, las empresas deben financiar parte del servicio, donde el monto se determina en función de la remuneración del trabajador.
c) Con recursos contemplados en el “Programa de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales” de SENCE. Este mecanismo funciona a través de procesos de licitación pública, donde se convoca a los Centros de Evaluación y Certificación acreditados por ChileValora a postular en función de la demanda sectorial identificada por SENCE y ChileValora y de los criterios y focos estratégicos previamente establecidos. Los beneficiarios de este programa son todas las personas que deseen reconocer sus competencias laborales, independientemente de la forma en que hayan sido adquiridas y de si tienen o no un título o grado académico otorgado por la enseñanza formal.
d) A través de los respectivos presupuestos destinados a capacitación en las entidades pertenecientes al sector público.
1.2. Funciones del Sistema y responsabilidades institucionales
El Sistema está integrado por tres componentes principales: ChileValora, los Organismos Sectoriales de Competencias Laborales (OSCL) y los Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales.
La Comisión del Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, ChileValora, ya descrita en los párrafos anteriores, es el órgano regulador de la política pública y debe velar por el correcto funcionamiento tanto de los Organismos Sectoriales de Competencias Laborales como de los Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales, correspondiéndole fiscalizar a estos últimos en su funcionamiento y, a su vez, entregar orientaciones técnicas.
Los Organismos Sectoriales de Competencias Laborales (OSCL) están a cargo del proceso de levantamiento, adquisición y actualización de las unidades de competencias laborales y los perfiles de competencias laborales. Funcionan como una instancia estratégica de coordinación y consenso, conformada por los actores más representativos de un sector productivo -con representantes de la Administración Central del Estado, del sector Productivo y de los Trabajadores-, cuyo objetivo es definir y proyectar la participación del sector en el Sistema Nacional de Certificación de Competencias Laborales, identificar los perfiles ocupacionales prioritarios para dicho sector, validarlos, solicitar a ChileValora su acreditación y velar por la vigencia y actualización de los mismos, cuando corresponda, a través de un proyecto de levantamiento o actualización de perfiles de competencias laborales. Este proceso culmina con la publicación de los perfiles de competencias laborales en un registro público o catálogo de competencias laborales.
Este Catálogo contiene todos los perfiles ocupacionales vigentes, organizados en sectores y subsectores de la economía, contra los cuales las personas son evaluadas y certificadas. Pero no sólo eso, como lo establece la ley, la información contenida en dicho catálogo debe ponerse a disposición de las personas e instituciones usuarios del Sistema, especialmente del Sistema de Capacitación y las instituciones educacionales, a fin de incorporar las competencias en el diseño de planes formativos que sean útiles para el desarrollo de cursos de capacitación financiados con recursos de SENCE, como asimismo, contribuir al desarrollo de una oferta curricular de Formación Técnica más pertinente y que sea capaz de relacionar las competencias levantadas con los diferentes niveles educacionales y programas de estudio, de forma de facilitar el reconocimiento de aprendizajes previos en los procesos formales de educación.
Por ello, a contar del año 2014, ChileValora realiza un ajuste metodológico y amplía los objetivos iniciales a un conjunto de productos que buscan aportar mayor valor al trabajo en torno a la certificación de competencias laborales, a saber:
• Realizar el poblamiento del Marco de Cualificaciones para la Formación y Certificación Laboral a partir de los perfiles ocupacionales y elaborar rutas formativo laborales que faciliten a los trabajadores y trabajadoras construir trayectorias y acceder a procesos de evaluación y certificación de sus competencias.
• Desarrollar procesos de levantamiento o actualización de perfiles ocupacionales y sus Unidades de Competencia Laboral de un sector productivo, con el propósito de acreditarlos ante ChileValora y pasen a formar parte del Registro Nacional de Unidades de Competencias Laborales.
• Realizar la traducción formativa de los perfiles ocupacionales, con el propósito de ponerlos disposición de las entidades de formación y capacitación para la implementación de acciones de capacitación laboral para el desarrollo y/o cierre de brechas de competencias de los trabajadores y trabajadoras.
Finalmente, los Centros de Evaluación y Certificación de Competencias Laborales son personas jurídicas, que son previamente acreditadas por ChileValora, cuya función es evaluar y certificar a las personas que lo solicitan, en base a los perfiles ocupacionales existentes en el Catálogo y según los marcos metodológicos y estándares de calidad que establece ChileValora. Las personas que obtienen la certificación pasan a formar parte del Registro Público de Personas Certificadas, en tanto que las personas que no lo consiguen, pueden volver a intentarlo, buscando alternativas en el sistema de capacitación que les permitan el cierre de las brechas detectadas. Para el desarrollo de su labor, los Centros deben contratar evaluadores de competencias laborales que son personas naturales, previamente habilitadas por ChileValora, cuya función es ejecutar el proceso de evaluación de las personas bajo la supervisión de los Centros.
2. PROPÓSITO Y OBJETIVOS DE LA PRESENTE CONSULTORÍA
ChileValora ha desarrollado una estrategia comunicacional donde se busca continuar avanzando en la implementación y gestión de dicha estrategia para potenciar y acrecentar el conocimiento, reputación y posicionamiento de ChileValora.
2.1. Objetivo General
Acompañar y asesorar comunicacionalmente para avanzar en la difusión, mejorar el conocimiento y posicionar a ChileValora, su quehacer, productos, aporte y relevancia, con el fin de consolidar su presencia en la opinión pública.
2.2. Objetivos Específicos
• Diseñar, ejecutar y realizar seguimiento a plan de medios.
3. ALCANCES DE LA PRESENTE CONSULTORÍA
Los aspectos que se describen en la presente sección deben ser considerados los mínimos a garantizar por el oferente. Por ello, la comisión evaluadora tendrá en consideración la propuesta de valor que realizará el proponente. Con ello se refiere a aspectos relacionados con el diseño de la consultoría que van más allá de los requerimientos mínimos.
A continuación, se describen los productos a desarrollar en la consultoría:
3.1. Diseñar, ejecutar y realizar seguimiento a plan de medios
• Elaboración, ejecución y actualización periódica de un Plan de Medios que identifique medios de interés, públicos objetivo, y audiencias clave, etc.
• Gestión diaria de medios para mejorar la cobertura de en medios nacionales, regionales, locales, gremiales y especializados.
• Elaboración de contenidos recurriendo a las fuentes necesarias, gestionando contenidos y guiando a los voceros, según se requiera.
• Al menos, doce (12) notas mensuales vinculadas a ChileValora.
• Realización y envío de un recuento actualizado de noticias de interés o “clipping”, en temas definidos por ChileValora, para entregar antes de las 8:30 de cada día hábil a una base de datos.
Se solicitará la entrega de los informes que se indican en la sección 6 de estas bases, que darán cuenta del cumplimiento de cada uno de los componentes de este servicio.
3.2. Experiencia del oferente y del equipo de trabajo
El proponente deberá documentar la experiencia corporativa en consultorías similares que impliquen el desarrollo de acciones que potencien comunicacionalmente a dichas instituciones. Al respecto, cabe señalar que deberá incorporarse sólo aquella experiencia relevante en los últimos cinco años, entendiendo por tal, consultorías similares, en la Administración del Estado, dada la naturaleza técnica y normativa de ejecutar estrategias comunicacionales acorde a los lineamientos gubernamentales. Dicha experiencia será evaluada conforme a la pauta de evaluación. También se considerará la experiencia de alguno(s) de los integrantes de una unión temporal de proveedores, en caso de que la indique en el Anexo Nº 3.
Para la evaluación de este criterio, el oferente debe señalar la experiencia en servicios similares, de acuerdo con el formato entregado en el Anexo Nº3 de estas Bases, respaldando la experiencia invocada con órdenes de compra, contratos o certificados otorgados por sus clientes, que den cuenta de cada una de las contrataciones a acreditar y que además permitan determinar su antigüedad en el mercado prestando este tipo de servicios.
Sólo se evaluará la experiencia que sea acreditada, con los documentos indicados en esta sección.
Por su parte, ChileValora considera que la experiencia y calidad del equipo de dirección del proponente será particularmente importante para alcanzar exitosamente los objetivos de la consultoría, dada la naturaleza de las tareas que será necesario desarrollar.
En su Propuesta Técnica, el proponente deberá entregar una nómina con el equipo de profesionales y técnicos que estarán a cargo de la dirección y coordinación del proyecto. Ese equipo, que tendrá la responsabilidad de la ejecución adecuada de la consultoría, será el encargado de darle credibilidad a la propuesta y será el encargado de coordinar a todos los otros equipos que participen en el diseño y ejecución de esta.
Este equipo de trabajo que el oferente incluya en su propuesta debe estar conformado por integrantes que cuenten con algunos de los títulos o grados académicos mencionados en el punto 8.3.2.2.2 “Experiencia y perfil del equipo de dirección del proyecto” de las Bases Administrativas. Al efecto, para acreditarlo se deberá hacer ingreso en el Portal, del certificado de título o título técnico o universitario digitalizado (PDF), según el caso, al momento de ingresar su oferta, además de completar el Anexo N° 4 “Formato CV Equipo Consultor”. La oferta que no contenga dicha documentación será declarada inadmisible, debido a que no cumple con los requerimientos mínimos exigidos para la presente licitación.
Además, respecto de ellos se evaluará positivamente sus años de experiencia según lo indicado en esa misma sección, debiendo proporcionar esta información en el anexo N° 4 e indicar claramente las horas dedicadas de cada profesional al proyecto.
Sólo se evaluará la experiencia que logre ser verificada, conforme a los datos de contacto indicados en el anexo, y que corresponda a referencias positivas.
Para una adecuada comunicación con la Contraparte de ChileValora, el proponente deberá identificar claramente en su propuesta a las personas que cumplirán los siguientes roles, quienes deben contar con algunos de los títulos o grados académicos mencionados en el punto 8.3.2.2.2 “Experiencia y perfil del equipo de dirección del proyecto” de las Bases Administrativas, según lo ya indicado:
• Asesor/a Estratégico/a: Es el responsable final de la dirección del proyecto por parte de la institución o firma que se adjudique la consultoría y debe velar por el cumplimiento de los objetivos y los estándares de calidad de los productos comprometidos. Participa al menos en una reunión mensual.
• Jefe de Proyecto (Director(a) de Cuenta): es el responsable de la gestión del proyector y de la redacción de los informes mensuales. El jefe de Proyecto es la contraparte técnica de ChileValora. A su vez puede elaborar contendidos para la ejecución de la estrategia. Participa en la reunión quincenal de coordinación con el equipo de comunicaciones. De requerirse alguna reunión extraordinaria el equipo de comunicaciones coordinará las agendas adicionales.
• Ejecutivo/a de cuenta: es el responsable de darle seguimiento diario al proyecto y la elaboración de contenidos para la ejecución de la estrategia de comunicaciones.
El oferente se encontrará especialmente obligado a que el equipo de trabajo incluido en su propuesta sea el que efectivamente ejecute las funciones y tareas comprometidas en aquella. No se aceptará el reemplazo de ninguno de los integrantes del equipo propuesto, excepto por causas de fuerza mayor, renuncia, despido o traslado, las que deberán ser debidamente informadas y justificadas por escrito por el jefe de proyecto, y autorizadas por escrito por la contraparte técnica designada por ChileValora. En estos casos el nuevo integrante del equipo deberá ser también aprobado por escrito por la contraparte técnica.
ChileValora podrá solicitar el reemplazo de integrantes del equipo de trabajo, por otra persona que responda a los criterios definidos para el rol a desempeñar en el proyecto.
4. MANEJO DE LA INFORMACIÓN
El adjudicatario deberá contemplar protocolos de confidencialidad para garantizar la reserva de los datos y evitar cualquier potencial abuso de ellos o cualquier transgresión a lo establecido en la sección 10.12 Propiedad Intelectual y Confidencialidad, de las Bases Administrativas.
5. DESARROLLO DE LOS SERVICIOS
5.1. Duración de los servicios
El plazo máximo de ejecución de la consultoría es hasta el 28 de febrero de 2023, según disponibilidad presupuestaria. No obstante, la vigencia del contrato es superior para abarcar el periodo de revisión del último informe de esta contratación.
5.2. Contraparte técnica del proponente
Corresponderá al jefe de Proyecto, quien deberá participar en todas las reuniones que la Contraparte Técnica de ChileValora considere necesarias. La Propuesta Técnica deberá incluir un calendario tentativo de reuniones periódicas con la Contraparte de ChileValora.
5.3. Contraparte técnica de ChileValora
El desarrollo de las actividades relacionadas con los servicios solicitados requiere una relación de trabajo coordinada y fluida entre las contrapartes. En función de esto, la Contraparte Técnica de ChileValora radicará en la Jefa del Área de Relaciones Institucionales y Comunicaciones, o quien lo subrogue o reemplace en caso de ausencia o impedimento.
Para todos los efectos, la comunicación entre ChileValora y la proponente adjudicada se realizará a través de sus respectivas contrapartes técnicas: la “Contraparte Técnica” (por parte de ChileValora) y el “Jefe de Proyecto” (por parte de la proponente adjudicada).
6. SOBRE LOS INFORMES Y PRESENTACIÓN DE RESULTADOS; PLAZOS DE ENTREGA Y REALIZACIÓN DE PAGOS
Se solicitará la presentación de los informes que se indican en la sección 10.4 de las bases administrativas, cuya entrega y aprobación condiciona el pago de las cuotas establecidas en esa misma sección.
Los informes deberán contener un detalle de lo realizado en los productos solicitados en el punto 3.1 y lo que el oferente ofrezca como propuesta de valor, en el formato de ChileValora a entregar a quien se adjudique la propuesta.
7. SOBRE LA APROBACIÓN DE LOS INFORMES
Los informes deberán presentarse en las fechas estipuladas en las presentes Bases y conforme a las indicaciones que señale la contraparte designada por ChileValora.
La entrega de los Informes deberá contemplar la presentación de dos ejemplares:
La primera en versión digital respaldada (CD o pendrive) o por medio de archivo compartido en alguna plataforma iCloud. La segunda entrega se deberá realizar en formato físico o material en la oficina de partes de ChileValora, de lunes a viernes entre 9:00 y 13:00 horas, de acuerdo a los períodos establecidos en el presente contrato. En caso de que las condiciones sanitarias del país demanden implementar restricciones a la movilidad, no se exigirá al proveedor la entrega física ni el soporte magnético de los respectivos informes, bastando para ello, su entrega a la contraparte técnica de ChileValora a través de correo electrónico y el respaldo del material elaborado durante el mes, a través de alguna plataforma iCloud, acompañado de una carta firmada por el Jefe de Proyecto.
La oficina de partes de ChileValora está ubicada en calle Miraflores 130, piso 8, comuna de Santiago. Se considerará como fecha y hora de recepción aquella establecida en el timbre estampado por la oficina de partes de ChileValora. Una vez recepcionado el informe la contraparte técnica de ChileValora tendrá un plazo de cinco días hábiles para analizar el informe y hacer llegar sus comentarios a la entidad adjudicada.
La contraparte técnica notificará por escrito al consultor la aprobación de los informes. En caso de existir observaciones a los productos presentados por parte de la contraparte técnica, éstas serán comunicadas al consultor. Una vez notificado, el consultor dispondrá de cinco días hábiles para presentar un nuevo informe que corrija y atienda las observaciones planteadas. En caso de ser nuevamente objetado, se aplicará el sistema de multas descrito en las bases administrativas, dándosele un plazo de tres días hábiles a la proponente adjudicada para entregar un nuevo informe. Si este último es nuevamente rechazado, se notificará de incumplimiento de obligaciones, por lo que procede el término anticipado del contrato.
Los pagos correspondientes a cada cuota se efectuarán una vez recibido el respectivo informe y éste haya sido aprobado por ChileValora; y previa entrega de la factura correctamente emitida a posterior de la aprobación del informe por parte de la contraparte técnica.
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