CONTRATO DE SERVICIOS DE MANTENCIÓN, REPARACIÓN Y SUMINISTRO DE REPUESTOS PARA LAS MAQUINARIAS DE LAS MARCAS JCB Y KOMATSU (GRUA HORQUILLA) DE LA DIRECCIÓN DE VIALIDAD, PROVINCIAS DE ARICA Y PARINACOTA DE LA REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA.
I.- PARQUE DE MAQUINARIAS Y/O EQUIPOS A ATENDER:
N°
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SIGLA
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VEHICULO
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MARCA
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PATENTE
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MODELO
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AÑO
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MOTOR
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SERIE/CHASIS
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HRS ACTUALES
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1
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15A-PEJC-123
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RETROEXCAVADORA
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JCB
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DSGG-80
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4CX 4X4X4
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2012
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SB32040345U132251
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JCB4CX4WA02010575
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6000
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2
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15A-PEJC-128
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RETROEXCAVADORA
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JCB
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DSZG-71
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4CX 4X4X4
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2012
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SB32040345U212981
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JCB4CX4WT02013208
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6000
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3
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15A-PHKO-237
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GRUA HORQUILLA
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KOMATSU
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PLPL-57
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FD50AT-10TFV
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2021
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SAA4D95LE-5-A-577616
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M252-139867
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80
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Nota:
La cantidad de equipos, al igual que las características de los mismos podrá ser modificada durante el transcurso del contrato, pudiendo aumentarse o disminuirse, previa notificación del Inspector Fiscal de Vialidad. Lo anterior, no implicará una modificación al contrato en el sentido de significar algún tipo de recargo u otra especie de igual tenor o naturaleza.
II.- RESIDENCIA DEL PROPONENTE.-
Para la Dirección de Vialidad resulta conveniente que el Oferente tenga instalaciones en la región de Arica y Parinacota, para evitar gastos y/o tiempos por conceptos de traslados (ver conceptos B4 y B5 incluidos en Anexo N°3), por otra parte se busca fomentar la competencia entre los oferentes, en consecuencia, y no obstante lo señalado, no se exigirá que el Oferente tenga instalaciones en la región. Sin embargo, en resguardo de los intereses fiscales y para efectos de esta licitación, solo se pagarán los traslados realizados dentro de la región de Arica y Parinacota, salvo que por condiciones excepcionales el Inspector Fiscal considere pertinente el pago por traslado fuera de la región, en todo caso las condiciones de cada oferta serán evaluadas de acuerdo a los criterios indicados en la sección 9.13 y de acuerdo a los alcances de esta sección.
En el caso de que el oferente no presente instalaciones o por el tiempo que no las tenga, la distancia a considerar de los traslados tendrán como inicio y/o destino, según sea el caso, en las instalaciones de la Oficina Provincial de Vialidad de Arica (Avenida Alejandro Azolas N°2831).
III.- LUGAR DE REPARACIÓN DE LOS EQUIPOS.-
La Dirección de Vialidad determinará el lugar de ejecución del servicio, pudiendo realizarse en Taller Particular del oferente adjudicado, Taller Fiscal (Provincia de Arica o de Parinacota) o en faenas de terreno o donde se encuentren destinados las maquinarias y/o equipos.
Todos los equipos y/o herramientas que posea la Empresa deberán ser los apropiados y encontrarse en buen estado.
Para el caso que la Dirección de Vialidad solicite que los trabajos se realicen en el interior del Taller Fiscal en forma permanente, el oferente adjudicado deberá considerar las siguientes solicitudes, restricciones y exigencias:
1. Consumos básicos y otros de igual índole:
La Empresa deberá instalar de ser necesario, y, por su propia cuenta re-marcadores de consumo eléctrico, agua, gas, etc., de tal forma de poder determinar el consumo que utilizará en la reparación de los Equipos o por su permanencia en el recinto fiscal mientras dure el contrato. En este caso, dicho consumo será pagado por la empresa o rembolsado a la Dirección Regional de Vialidad.
2. Los traslados:
El traslado de los mecánicos será por cuenta del oferente en el caso de que las reparaciones se realicen en terreno o fuera del taller establecido en el contrato.
3. Medio Ambiente:
Todos los residuos catalogados como peligrosos, según lo establece el Reglamento DS Nº 148/03, que provengan de las respectivas mantenciones o reparaciones de los Equipos, serán retirados por la Empresa Adjudicataria mediante Empresas certificadas para este efecto, asimismo; los costos que involucren los retiros serán cancelados por la Empresa adjudicataria del presente Convenio y no representaran para Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, un cobro extra; tanto en mano de obra como en repuestos, insumos, gastos generales, etc.
La Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, exigirá la presentación y una fotocopia de cada guía de retiro y posterior certificado que dichas Empresas Especializadas en residuos peligrosos certificadas emitan.
4. Seguridad Industrial y Personal:
La Empresa estará obligada a trabajar al interior de los recintos fiscales con al menos los siguientes elementos de protección personal para cada uno de sus trabajadores:
- Zapatos de seguridad, no mayor a 1 año de uso, y que no presenten un evidente deterioro por uso.
- Lentes de seguridad transparentes, en buen estado. La frecuencia de cambio la determinará el estado de éstos.
- Protectores auditivos, en buen estado y limpios. La frecuencia de cambio la determinará el estado de éstos.
- Guantes de descarne, en buen estado. La frecuencia de cambio la determinará el estado de éstos.
- Guantes de algodón, en buen estado. La frecuencia de cambio la determinará el estado de éstos.
- Overol, no mayor a 6 meses de uso y que no presenten un evidente deterioro por uso. La frecuencia de cambio la determinará el estado de éstos.
- Para los trabajos relacionados con soldadura de cualquier tipo, el trabajador debe contar con todos sus implementos de seguridad específicos para la actividad.
- Bloqueador solar, la frecuencia de cambio la determinará el uso de éstos.
Asimismo, la Empresa deberá contar con los siguientes elementos de seguridad industrial al interior del recinto fiscal:
- 4 (cuatro) Extintores de incendios de 15 kilos, tipo: A, B, C, en buen estado y vigente.
- Elementos de contención de derrames de productos oleosos.
- Botiquín con elementos de primeros auxilios y elementos de seguridad industrial, tales como: enjuagues para ojos, etc. Será el Inspector Fiscal del Convenio el encargado de entregar una lista de artículos de prevención para trabajos en recintos uso industrial.
5.- Otros:
5.1. La Empresa deberá proveer de casilleros a cada uno de los trabajadores de su Empresa que desarrollen trabajos al interior del recinto fiscal.
5.2. La Empresa deberá prestar sus servicios a partir de las 08:30 horas de cada día y según punto N° XV de las presentes Especificaciones Técnicas.
5.3. La Empresa deberá velar por la limpieza de o los lugares que utilice para realizar sus trabajos. Asimismo, la Empresa deberá procurar de adquirir productos de limpieza biodegradables que permitan la limpieza de los pisos, en el caso que se haya derramado aceites u otros productos de origen oleoso.
5.4. La Empresa estará obligada a utilizar posibles formatos que le entregue el Inspector Fiscal, y escribir en ellos las observaciones u indicaciones que se desarrollaron durante los trabajos. Lo anterior permitirá a la Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, contar con la trazabilidad de la mantención, reparación y desarrollo de los servicios.
5.5. En el caso que la empresa solicite un espacio al interior del recinto fiscal para desarrollar sus trabajos en forma más óptima, éste deberá ser solicitado por escrito al Inspector Fiscal, donde dicha empresa se compromete a reparar, proteger, cercar, normalizar, adaptar, limpiar, etc., dicho espacio por su propia cuenta y costo. Asimismo, lo anterior no significará un costo o cargo adicional al contrato o a los valores que éste establezca.
5.6. Como protocolo de seguridad establecido para los trabajos a realizar, sea en recinto fiscal o en terreno la empresa debe contar con lo siguiente:
- Procedimientos de trabajo seguro.
- Análisis de riesgos para las actividades a realizar.
- Charlas de coordinación en seguridad de los trabajos a realizar (charla de 5 minutos).
- En el caso de realizar trabajos en altura física y altura geográfica, se debe contar con un examen preventivo ocupacional que ratifique la salud compatible para estas dos condiciones.
- En caso de turnos excepcionales de trabajo, estos deben contar con la autorización de la inspección del trabajo.
IV.- Cálculo de Mano de Obra (HH) y Suministro de Repuestos.-
El Oferente adjudicado deberá realizar el cobro de las Horas Hombre en virtud del tiempo empleado efectivamente en las mantenciones y/o reparaciones de las maquinarias, incluyendo los insumos y repuestos para los mismos, en concordancia a lo indicado en 9.16. El tiempo a considerar no deberá incluir los tiempos de espera de repuestos, tiempos de espera administrativos, tiempos muertos de mecánicos o eléctricos en espera de repuestos, por colación o cualquier otro tiempo que no esté directamente relacionado con los trabajos o servicios solicitados y con sus respectivos presupuestos aprobados.
El Inspector Fiscal será el encargado de controlar los cobros de las mantenciones y de las horas hombre que haga la empresa. Para dicha función, se tendrá en especial consideración la experiencia y estadística que emanen de convenios anteriores firmados por la Dirección Regional de Vialidad.
El Oferente deberá considerar que los únicos cobros válidos serán los correspondientes a los trabajos o servicios solicitados y ejecutados a conformidad del Inspector Fiscal y cuyos presupuestos hayan sido previamente aprobados, de acuerdo a los valores y conceptos señalados en el Anexo N°3.
Los repuestos que se utilizarán en las reparaciones deberán ser originales y aportados por el proponente adjudicado. De no existir repuestos originales en el Mercado, se podrán utilizar repuestos alternativos previa autorización del Inspector Fiscal.
La Dirección de Vialidad podrá solicitar el suministro de Repuestos e insumos, para la mantención de los Vehículos Livianos, siguiendo el procedimiento establecido para el funcionamiento del contrato, previo requerimiento del inspector fiscal.
Tanto los repuestos, materiales y otros insumos o análisis que se generen por los servicios solicitados serán cobrados por la empresa de acuerdo a su oferta económica (Anexo N°3) y a los presupuestos aprobados. Si por urgencia, se solicitara un servicio imprescindible y no se dispusiera de un oportuno presupuesto, podrán regir los precios vigentes de mercado, considerando la pertinencia de aplicar el % de recargo indicado por el oferente en su oferta económica. Estos podrán ser analizados previamente o con posterioridad por el inspector Fiscal, sin perjuicio de la competencia que tiene en esta materia la Unidad de Auditoría interna del servicio.
Por otro lado, la Dirección de Vialidad Regional podrá entregar repuestos, lubricantes e insumos que pudiere tener en sus bodegas o que hayan sido comprados en virtud de haber obtenido un menor valor de estos en una Licitación Pública con respecto a los precios que el Oferente adjudicado del presente Contrato cobra en sus respectivos presupuestos. Lo anterior, no implicará un menoscabo para el Oferente Adjudicado y tampoco podrá rechazar la recepción y utilización de estos artículos en las Mantención y Reparación que se hagan en virtud del presente contrato, que esté atendiendo o que serán solicitados de atender.
La Dirección de Vialidad a través del Inspector Fiscal podrá exigir la presentación de facturas por servicios de terceros o repuestos comprados por el contratista si lo estimara necesario.
V.- Devolución de repuestos usados.-
La Empresa deberá devolver los repuestos cambiados en la Mantención y Reparación de las maquinarias, los cuales serán almacenados en la bodega de rezago de la Dirección de Vialidad o desechados por ésta.
Tanto los repuestos cambiados como cualquier otro residuo peligroso deberán ser retirados de las instalaciones de la Dirección de Vialidad por parte del oferente, a requerimiento del Inspector Fiscal, y deberán seguir el procedimiento que corresponda al tipo de residuo, costos que se entienden considerados dentro de su oferta.
VI.- Cobertura de Servicios.-
Estarán considerados en el Contrato todo tipo de Servicios en que el parámetro a medir sea la Hora Hombre según se indica más adelante, no obstante la Dirección de Vialidad estimará si es necesario y en caso justificados por la inspección fiscal, recurrir a un proveedor distinto inscrito en el Portal Chilecompra o utilizar mecánicos propios de la Dirección Regional de Vialidad. Lo anterior no implicará un menoscabo para el Oferente Adjudicado.
Sin perjuicio de lo indicado, la Dirección de Vialidad podrá autorizar la realización de servicios complementarios por terceros proveedores, previa autorización del Inspector Fiscal, debido a que por la naturaleza del servicio principal solicitado, la Empresa podría no contar con la especialización de algunos sistemas o servicios, tales como:
- Servicio de desabolladura y pintura de los equipos, (previamente autorizados y ordenado por fiscal instructor de procedimiento disciplinario designado para investigar eventual responsabilidad sobre los daños que se presenten por accidentes u otra causa).
- Normalizaciones, modificaciones y reparaciones totales o parciales de los equipos.
- reparaciones estructurales.
- Vulcanización.
- Radio de comunicación.
- Recarga y mantenimiento del A/C.
- Trabajos de Maestranza, recuperación o confección de piezas o partes.
- Calibración y ajuste de componentes especiales de los equipos.
- Testeo eléctrico con herramientas computacional.
- Traslado de componentes y equipos.
En cuyo caso, la responsabilidades y calidad de los servicios será siempre del proveedor contratante con la Dirección Regional de Vialidad.
VII.- Servicios que quedan fuera del Contrato.-
No hay servicios, trabajos, insumos, accesorios, repuestos o descartables que queden fuera del presente contrato, siempre y cuando hayan sido solicitados como trabajos o servicios por el Inspector Fiscal al adjudicatario y además, en ellos se hayan empleado Horas-Hombre por parte de la Empresa.
VIII.- Forma de Operar del Contrato.-
a) La Dirección de Vialidad emitirá una Orden de Prestación de Servicios (Orden de Trabajo OT) firmada por el Inspector Fiscal designado para el presente Contrato. La orden de prestación de servicios podrá ser, según sea el caso: Orden de Trabajo, Orden de Reparación, Pauta, Tempario, o cualquier otro medio escrito que indique órdenes o instrucciones que el Inspector Fiscal haya suscrito formalmente. En esta etapa, la empresa dispondrá de un plazo de 03 días para entregar a la Dirección de Vialidad, el presupuesto estimativo de la Orden de trabajo con el plazo asociado al servicio correspondiente, y en el caso que en el presupuesto sea necesario la intervención de un tercer proveedor el plazo de entrega será de 05 días hábiles.
b) El presupuesto estimativo deberá ser aprobado por el Inspector Fiscal y podrá ser modificado, de acuerdo a los respaldos formales que entregue la Empresa y que el Inspector Fiscal considere pertinentes.
c) Sólo se considerará que se ha dado cumplimiento a la entrega del presupuesto estimativo dentro del plazo, si tal presupuesto señala el plazo asociado al servicio solicitado, en contrario corresponde la aplicación de las multas indicadas en numeral 9.26 “Multas y Sanciones”. El Inspector Fiscal deberá consignar formalmente la fecha de aprobación del presupuesto, para efectos del cumplimiento de plazos o sanciones.
d) Si al proceder a la reparación de un equipo de acuerdo a lo indicado precedentemente en a), la empresa estimara que se omitieron o se consideraron ítem innecesarios para la reparación, o bien que durante el desarme o inspección del equipo se encuentra que son necesarias mayores reparaciones, la empresa estará obligada a emitir un informe con el objeto de generar un complemento fundado a la Orden de Prestación de servicios, siempre y cuando el Inspector Fiscal lo estimare conveniente. La empresa asumirá los costos que se generen por cualquier trabajo realizado antes de complementar la orden de prestación de servicios, o cuando dichos trabajos no estén debidamente autorizados por el Inspector Fiscal. La cuantificación y valorización del tiempo involucrado en el servicio entregado, para el caso de las mantenciones rutinarias o preventivas, se hará de acuerdo al Tempario, para el caso de las reparaciones la cuantificación y valorización del tiempo estará vinculada al tempario complementario o a una estimación responsable de los trabajos a realizar, consensuada por el oferente y el Inspector Fiscal, la cual podrá ser modificada posteriormente por el Inspector Fiscal, de acuerdo a la hoja de ruta del técnico u otro antecedente plausible del cual se disponga.
e) Una vez terminado el trabajo, la Empresa tendrá un plazo de cinco 07 días hábiles, para enviar al Inspector Fiscal, físicamente el Presupuesto final valorizado de la Orden de Trabajo realizada para su revisión final, la que deberá ser respaldada por la hoja de ruta del técnico o informe de taller que realizó la reparación y que deberá estar firmada por quien supervisó el trabajo, ya sea personal del Sub-departamento de Maquinarias o el operador, además debe adjuntar un informe técnico a color con fotografía de los trabajos realizados. Para la emisión de factura es necesario que se dé cumplimiento a las condiciones y procedimientos indicados en el literal i) de esta sección.
f) Por otro lado, de ser requerido, la Empresa deberá adecuar o complementar los formatos físicos y/o digitales de sus presupuestos para incluir en ellos la información que el Inspector Fiscal considere pertinente. En caso que resulte complejo o poco práctico el cumplimiento de este requerimiento, se le exigirá a la Empresa que utilice complementariamente el formato que para estos efectos disponga la Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, para la presentación de presupuestos en lo que concierne a trabajos aplicables a este contrato.
g) El Inspector Fiscal dispondrá de un plazo hasta de 10 días hábiles para revisar el Presupuesto Final respectivo.
h) El Inspector Fiscal informará a la empresa de la aprobación del presupuesto mediante V° B° en una copia del mismo, o señalará las correcciones que sean pertinentes, en tal caso en un plazo de 02 días la Empresa deberá enviar en original el presupuesto corregido y debidamente suscrito, para V°B° definitivo por parte del Inspector Fiscal, bajo las condiciones indicadas en letra a). El Inspector Fiscal, deberá señalar la fecha de la aprobación del presupuesto en el mismo documento, el plazo de reparación o mantención comenzará regir una vez aprobado el presupuesto y puesto el equipo a disposición del proveedor del servicio.
i) Si el presupuesto final se encuentra aprobado y ejecutada la prestación del o los servicios a entera conformidad del Inspector Fiscal, este hará un corte el uno de cada mes, en donde incluirá todas las cotizaciones aprobadas, para incluirlas en la caja del mismo mes, las cotizaciones que lleguen posterior al uno de cada mes quedaran para pago del siguiente mes, una vez hecho el corte se ingresan al módulo de gestión FEMN para que sean aprobadas por el Jefe de Conservación Regional, posterior a esto se genera la Orden de Compra, previo envío de una orden de compra por parte de la unidad de gestión presupuestaria. Las facturas electrónicas al momento de su emisión deben ser enviadas al correo electrónico mop_dte@paperless.cl, indicando en las “Referencias” el código y la unidad de pago para inicio del procedimiento de pago, luego de lo cual el Inspector Fiscal deberá anexar los documentos de respaldo (el presupuesto firmado, copia de la orden de trabajo que dio origen al servicio o cualquier otro documento que se haya generado durante la prestación de los servicios).
j) Para efecto de la aplicación de los alcances de esta sección (VIII), los plazos serán en días hábiles y serán días completos.
k) Para efectos de la entrega de los presupuestos, el Proveedor deberá llevar un control en un libro de correspondencia la entrega de los presupuestos a la Unidad de Maquinaria, este libro servirá para un mejor control para el Inspector Fiscal, en la aplicación de las multas registradas en el libro de comunicaciones.
IX.- Contacto de la Dirección de Vialidad con la Empresa Adjudicada.-
La Dirección Regional de Vialidad Región de Arica y Parinacota designará a un Inspector Fiscal titular y a un subrogante, quienes representarán a la Dirección Regional en la ejecución del presente Contrato, ellos serán responsables de supervisar el cumplimiento las mantenciones, reparaciones, suministro de repuestos e insumos solicitados y cuyos respectivos presupuestos hayan sido formalmente aprobados, de acuerdo a la aplicación de los conceptos y valores solicitados en el Anexo N°3 o en eventuales temparios complementarios, para lo cual deberán coordinarse con la empresa adjudicada para llevar al día las prestaciones del Convenio.
X.- Funciones del Inspector Fiscal
El Inspector Fiscal representará a la Dirección Regional de Vialidad en la ejecución del contrato y tendrá especialmente las siguientes funciones.
a) Confeccionar oportunamente las órdenes de trabajo y solicitar de confección de presupuestos
b) Llevar control administrativo de cada proceso generado en la aplicación del presente contrato y consignar en el libro de comunicaciones las observaciones y/o multas que se presenten en la ejecución del contrato.
c) Visitar e inspeccionar en terreno los procesos de reparación de los Equipos.
d) Analizar detalladamente los tiempos y costos de repuestos e insumos en cada proceso de reparación.
e) Inspeccionar físicamente los repuestos a cambiar.
f) Recibir conforme las reparaciones.
g) Evaluar el costo que signifique la reparación antes de emitir la orden de trabajo o solicitud de presupuesto en su oportunidad, al igual que la evaluación previa del presupuesto y su aprobación si se los estima convenientes para los intereses fiscales.
h) Controlar y hacer válidas las garantías de las reparaciones.
i) Verificar la concordancia entre la Orden de Trabajo, el Presupuesto Aprobado y los trabajos realizados, cuya conformidad deberá ser suscrita por él y por el chofer u operador de la maquinaria, camión o equipo atendido.
j) Llevar control en un libro de correspondencia la recepción de los presupuestos tanto la entrega personal o por correo electrónico.
k) Realizar las recepciones en FEMN de aquellos productos y/o servicios que por su modalidad de entrega no sean de responsabilidad del Encargado de Bodegas y/o en caso contrario, hacer el seguimiento verificando que los productos y/o servicios sean recepcionados en la forma y plazos correspondientes.
XI.-Disponibilidad de la Empresa.-
El inicio de la prestación de los servicios que otorgue la Empresa, deberá ser dentro del plazo máximo de 02 día hábil contado desde que la Empresa recibió la Orden de Trabajo, salvo casos de emergencia en que el inicio de los trabajos deberá ser a la brevedad posible, o que el inspector fiscal determine un plazo mayor de acuerdo a las circunstancias en que se encuentre el equipo, la ubicación de este y la disponibilidad de espacio que tenga el taller del proveedor.
XII.-Responsabilidad de la Empresa.-
La Empresa adjudicada se compromete a enviar las Órdenes de Trabajo valorizadas antes de acudir a realizarlas, y el presupuesto final a más tardar cinco 07 días después de ejecutados estos. Las facturas electrónicas al momento de su emisión deben ser enviadas al correo electrónico mop_dte@paperless.cl, indicando en las “Referencias” el código y la unidad de pago, una vez que el Inspector Fiscal haya recepcionado conforme los trabajos realizados y haya sido enviada la Orden de Compra, el presupuesto respectivo y hasta los primeros 5 días del mes siguiente a ejecutados los trabajos y visadas las Cotizaciones.
La Empresa adjudicada deberá entregar dentro de los primeros 20 días hábiles de la vigencia del convenio un TEMPARIO que complemente al presentado en la licitación, de modo que se indique el tiempo en HH estimativos o referenciales de las reparaciones indicados por el fabricante, si el adjudicado no es el representante o el concesionario de la marca este debe entregar el indicado por la marca. Este tempario complementario rige cuando las reparaciones se ejecuten en el taller propio o taller fiscal. La falta de entrega del tempario complementario se considerara una causal grave de incumplimiento y permitirá a la Dirección Regional de Vialidad poner término anticipado al contrato y al cobro de las garantías. El o los temparios complementarios que se soliciten serán referenciales, los trabajos solicitados que tengan relación con estos temparios, serán vinculantes una vez que se cumplan las condiciones o procedimientos indicados en las Bases Técnicas VIII, letra d).
La Empresa adjudicada, deberá realizar un inventario donde indique cualquier anomalía (abolladuras, rayados de pintura, falta de antena de radio, rotura o piquetes del parabrisas, etc.) que se detecte en los Equipos que ingresen a mantención, reparación e instalación de equipos, insumos y accesorios.
La Empresa será responsable de todo daño de cualquier naturaleza que pudiera producirse como consecuencia de la prestación de los servicios. Cuando un trabajo resultare mal ejecutado deberá rehacerse sin costo alguno. También será responsable por daños o pérdidas de cualquier elemento que los Equipos posean o sean entregados a su cargo.
La Empresa deberá mantener a disposición del Sub-departamento de Maquinarias Regional toda la información histórica y actualizada de los trabajos que se ejecutan o que se hayan ejecutado.
Las especificaciones Técnicas se entenderán como mínimas, la Empresa tiene la obligación de planificar y ejecutar el trabajo de acuerdo a los procedimientos y normas establecidos para éstos, garantizando siempre la calidad de los trabajos.
La Empresa se compromete a llevar los registros de las mantenciones, reparaciones e instalaciones de los equipos, insumos y accesorios en las carpetas u hoja de vida de las Vehículos, incluyendo la OT, odómetro de los Equipos y la firma de toma de conocimiento del chofer. Asimismo, deberá realizar las gestiones de coordinación para las inspecciones a los equipos en terreno, de manera tal que el Inspector Fiscal genere las comunicaciones y coordinaciones respectivas con los Jefes de Terreno, especialmente para las mantenciones preventivas.
La Empresa deberá entregar capacitación a los choferes, personal mecánico y personal administrativo de la Dirección Regional de Vialidad. En el caso de que la capacitación implique algún costo adicional para el proveedor, este deberá presentar un presupuesto, para su aprobación, indicando cantidad de HH y gastos asociados a esta.
XIII.- Garantía de las Reparaciones.-
Las garantías de las reparaciones correctivas a la Maquinaria serán de 500 hrs. y de 250 hrs. en las mantenciones preventivas. Pero en los trabajos que se cataloguen como de envergadura serán de acuerdo a lo estipulado por el fabricante o por el acuerdo escrito entre la Empresa y el Inspector Fiscal.
XIV.-Aportes de la Empresa.-
La Empresa deberá disponer de una solidez económica capaz de responder a las exigencias que demande las Mantención y Reparación de los Equipos de la Dirección de Vialidad de Arica y Parinacota. Asimismo, deberá contar con equipos computacionales que permitan una comunicación expedita vía E-mail con la Dirección de Vialidad.
Para el correcto cumplimiento de los trabajos que la empresa adjudicada debe realizar en los Equipos, cuando estos se encuentren en terreno, debe contar con teléfonos celulares y vehículos que trasladen a los mecánicos y técnicos de la empresa al lugar donde se encuentran, además el vehículo debe contar con un handy o radio de comunicación programado a la frecuencia del MOP, para comunicarse y coordinar ubicación en terreno con nuestros equipos, una vez terminado el contrato la empresa entregara el handy o la radio de comunicación a la Dirección de Vialidad para la desprogramación del Equipo.
XV.-Horario Posible de trabajo de la Empresa.-
De lunes a viernes, en taller fiscal o taller de la empresa, entre las 08:30 a 13:00 Horas y de las 14:00 a 17:30 horas. Incluyendo en ello la posibilidad de trabajar fuera del horario normal de trabajo, días festivos, sábado y/o domingo si así lo requiriese el Inspector Fiscal por urgencia justificada.
Y de lunes a viernes, en terreno, entre las 08:30 a 17:30 horas, el horario de colación quedara sujeto a decisión de la empresa de tomarlo o no. Incluyendo en ello la posibilidad de trabajar fuera del horario normal de trabajo, días festivos, sábado y/o domingo si así lo requiriese el Inspector Fiscal por urgencia justificada.