La Dirección Regional de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, solicita ofertas para la adquisición de 230.000 [kg] de Emulsión Asfáltica CRS-2, transportada y puesta en el Km. 0,5 de la ruta A-331 (Acceso a Esquiña), Arica, de la Provincia de Arica y en el Km. 137 de la ruta 11CH, de la Provincia de Parinacota. Este material será utilizado para las operaciones: Capa de Protección con Tratamiento Superficial y Doble Sobre Base Granular Existente a ejecutar por la Administración Directa en las rutas: A-331 y A-173 de la Provincia de Arica y A-245, A-153, A-201, A-23 y A-181 de la Provincia de Parinacota, Región de Arica y Parinacota y/o en rutas distintas que se pudieran definir dependiendo de modificaciones al programa de trabajo regional.
9.7. PARTICIPANTES
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, [en adelante UTP], y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas, quienes al momento de la contratación deberán acreditar su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el Reglamento.
9.8. ACLARACIONES
Se aceptarán solicitudes de aclaración a las Bases, solamente remitidas mediante la funcionalidad de Preguntas y Respuestas del Portal Mercado Público, de acuerdo a las condiciones y fechas establecidas en el punto 3 de las presentes Bases de Licitación.
La Dirección de Vialidad, si lo estima pertinente, y cumpliendo con el mismo plazo establecido para este, podrá emitir una o más Circulares Aclaratorias. La Circular que por este concepto se emita será igual para todos los Oferentes y, cumplido el plazo antes señalado, estará disponible en los archivos adjuntos de la respectiva Ficha de Licitación en el Portal Mercado Público.
Estas aclaraciones formarán parte de las presentes Bases y obligarán su cumplimiento a los Oferentes.
En caso de que dichas aclaraciones modifiquen las presentes bases de licitación, estas modificaciones serán aprobadas mediante Resolución fundada.
9.9. FORMA DE COTIZACIÓN
Las ofertas se recibirán bajo soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos y de acuerdo a lo que se indica en la cláusula Nº 4, previamente descrita. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta.
Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u Office versión 2007 o anterior, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y Plazos” de las presentes Bases de Licitación.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes.
9.10. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA.
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la Licitación en el portal www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las Ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente Licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los Oferentes podrán revalidar sus Ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.
9.11. PRECIOS MONEDAS
Los precios que presenten los oferentes se cotizarán en Pesos Chilenos, incluyendo en ellos todas las exigencias, especificaciones y todos los gastos inherentes a la naturaleza del producto o servicio solicitado, serán a firme y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación hasta finalizar el presente contrato.
9.12. INSPECCIÓN FISCAL
El Director Regional de Vialidad – Región de Arica y Parinacota designará a un Inspector Fiscal titular y a un subrogante, quienes representarán a la Dirección Regional en la ejecución del presente Contrato.
Las funciones de la Inspección Fiscal del Contrato que se desprenda de la presente licitación serán, en términos generales las siguientes:
a) Velar por el fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
b) Revisar y aprobar la documentación de pago, considerando las eventuales multas.
c) Evaluar el comportamiento del proveedor por cada factura emitida, según formato establecido por la Unidad de Adquisiciones.
d) Desarrollar todas las acciones tendientes al control y gestión que facilite la ejecución del contrato.
e) Realizar las recepciones en FEMN de aquellos productos y/o servicios que por su modalidad de entrega no sean de responsabilidad del Encargado de Bodegas y/o en caso contrario, hacer el seguimiento verificando que los productos y/o servicios sean recepcionados en la forma y plazos correspondientes.
f) Realizar recepción conforme por cada producto y/o servicio indicando el número, fecha de emisión y monto de la factura, periodo de entrega del producto y/o ejecución del servicio, servicio realizado, lugar o dependencia donde se realizó el servicio y N° de ID de la contratación de acuerdo al formulario dispuesto para ello.
g) Realizar cuadro control del gasto mensual y anual del contrato, conforme al pago correspondiente, donde detalle: el número, fecha de emisión y monto de la factura, periodo de entrega del producto y/o ejecución del servicio, servicio realizado, lugar o dependencia donde se realizó el servicio y N° de ID de la contratación, información requerida para la gestión de contratos.
h) Realizar evaluación al término del contrato, de acuerdo a formulario dispuesto en la gestión de contratos.
9.13. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación determinada para este fin mediante Resolución fundada, la cual estará compuesta por tres funcionarios de la Dirección Regional de Vialidad - Región de Arica y Parinacota. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de ofertas que detalle todos los aspectos considerados en la misma.
La evaluación se realizará en base a los siguientes factores:
- Precio: 50% Según numeral 9.13.1.
- Plazo de Entrega: 40% Según numeral 9.13.2.
- Cumplimiento de Requisitos Formales: 10% Según numeral 9.13.3.
El puntaje final de cada oferta resultará al sumar el puntaje obtenido en cada uno de los factores anteriores, considerando una escala proporcional donde 100 puntos equivalen a 100%.
9.13.1 Precio ( Máximo 50 Puntos):
Se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje = Precio Mínimo Ofertado en el Proceso x 50
Precio de la Oferta en Análisis
9.13.2 Plazo de Entrega (máximo 40 puntos):
Para efectos de evaluación en el factor “plazo de entrega”, este se contabilizará en días corridos para la entrega de una carga de 20.000 [kg] y/ó 25.000 [kg] (correspondiente a la capacidad de transporte referencial de un camión con rampla y estanque) luego de realizada una solicitud por parte del Inspector Fiscal.
Plazo de entrega
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Puntaje
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Si el plazo para completar una entrega de 20.000 y/ó 25.000 [kg] luego de una solicitud del Inspector Fiscal es menor o igual a 5 días corridos.
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40 puntos
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Si el plazo para completar una entrega de 20.000 y/ó 25.000 [kg] luego de una solicitud del Inspector Fiscal es mayor a 5 días y menor o igual a 7 días corridos.
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20 puntos
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Si el plazo para completar una entrega de 20.000 y/ó 25.000 (kg) luego de una solicitud del Inspector Fiscal es mayor a 7 días corridos.
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0 puntos
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9.13.3 Cumplimiento Requisitos Formales (máximo 10 puntos) :
La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que la información requerida se haya producido, se haya generado u obtenido o sea consecuencia de hechos anteriores al vencimiento del plazo para presentar ofertas y/o se refieren o certifican situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público.
Cabe señalar, que esto No incluye la información solicitada en los Anexos Nº2 y N° 3 la cual si no es presentada antes del cierre de la licitación implicará que la oferta será declarada inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases de licitación.
Respecto del Anexo Nº1 si no es presentado antes del cierre de la licitación, podrá ser requerido por el foro del portal mercado público, con la rebaja en la evaluación respectiva, sin embargo, si no es presentado dentro del plazo que se otorga para tal efecto implicará que la oferta será declarada inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases de licitación.
Adicionalmente, los Participantes deberán presentar un Certificado de Antecedentes Laborales (F-30), vigente a la fecha de ingreso de las ofertas, el que debe ser adjuntado al Anexo N°1. En caso de no ser presentado podrá ser requerido por el foro del portal mercado público, sin embargo si no es presentado dentro del plazo que se fijó para tal efecto, implicará que se rebajará conforme al presente criterio asignando 0 puntos.
El puntaje por este criterio se asignará según el siguiente cuadro:
Especificaciones
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Ponderación
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Cumple con entregar antes del cierre de la licitación, Anexos, Formularios y documentos legales que correspondan a su oferta.
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10 Puntos
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Cumple con entregar después del cierre, según plazos establecidos, Anexos, formularios y documentos legales correspondientes a su oferta.
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5 Puntos
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Entrega parcial o nula de documentos solicitados.
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0 Puntos
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9.13.4. Ponderación de Criterios de Evaluación
La Adjudicación de la licitación será para aquel oferente que haya obtenido el mayor puntaje de evaluación proveniente de la sumatoria obtenida en cada criterio de evaluación del punto 9.13.
9.14. CONTACTO EN ETAPA DE EVALUACIÓN DE OFERTAS
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los Oferentes, la Dirección de Vialidad podrá solicitar a través del Portal Mercado Público, durante el proceso de evaluación, aclaraciones y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo la información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Las respuestas las deberá entregar el oferente a través del Portal Mercado Público, referidas solamente a los puntos solicitados, hasta 1 día hábil posterior al ingreso de la consulta en el Portal por parte de la Dirección de Vialidad.
9.15. DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Informe de Evaluación de las ofertas correspondiente. En tales casos, los Oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de La Dirección de Vialidad.
9.16. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del servicio, mediante Informe que indique las razones que justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado “Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de la licitación en el Sistema de Información Portal Mercado Público.
La adjudicación de la licitación se materializará mediante Resolución fundada de la Dirección de Vialidad. Formarán parte integrante de esta Resolución dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, las ofertas presentadas por los Oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
9.16.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación, haciéndose efectiva la garantía de seriedad de la oferta respectiva:
- En caso que el proveedor se desiste de firmar el contrato.
- En caso de que el proveedor adjudicado rechace la orden de compra.
- En caso de que el proveedor adjudicado no efectuase la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en los términos exigidos en las presentes Bases Administrativas.
- Si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
- Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan su inscripción en el Registro señalado.
Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores no inhábiles, no obstante lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución, en el plazo máximo de 07 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
- Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases;
- Si el oferente se desiste de la oferta, antes del plazo señalado en el numeral 9.10 de las presentes bases.
- Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error;
- Que se compruebe que no es efectivo lo señalado por el oferente, en la Declaración Jurada Online de Requisitos para Ofertar (Declaración jurada ausencia conflictos de interés e inhabilidades por condenas).
La Dirección podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, el que recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el punto 9.1, de estas Bases Administrativas.
9.17. DERECHO A VARIACIÓN DE CANTIDADES
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho a disminuir o aumentar las cantidades originalmente solicitadas, hasta en un 30% del total de la oferta, cualquiera sean sus montos, precios y condiciones ya sea en la adjudicación o durante la vigencia del contrato. Si al aplicar el porcentaje indicado, resulta una cifra con decimales, se asumirá la unidad superior correspondiente.
Tal variación no podrá significar una alteración del precio unitario. En el caso de aumentarse la cantidad, el plazo de entrega de los adicionales deberá ser señalado por el proponente, mediante carta de respuesta o correo electrónico a la solicitud de precisión que podrá realizar la Dirección de Vialidad durante el estudio de las ofertas o durante la vigencia del contrato. El plazo de entrega de esta parcialidad será proporcional en relación a la cantidad solicitada originalmente y el plazo de entrega ofertado por el proveedor.
9.18. NOTIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE ORDEN DE COMPRA
La Dirección de Vialidad publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al Art. 6 del Reglamento de la Ley 19.886, se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado Público, la Resolución objeto de la notificación.
Asimismo, el adjudicatario deberá aceptar en un plazo máximo de 1 día hábil posterior a la fecha de emisión de la respectiva orden de compra remitida a través del Portal Mercado Público, en caso contrario esta se entenderá por aceptada.
9.19. READJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN
La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y si se estima conveniente para los intereses fiscales, se procederá a readjudicar según la precedencia de las ofertas definida por la aplicación de los criterios de evaluación.
En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a inhabilidad, la UTP deberá informar por escrito a Dirección de Vialidad – Región de Arica y Parinacota, dentro del plazo de 02 días hábiles, la decisión de desistir o ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de los miembros (siempre que la conforme al menos 2 integrantes), en el evento de no informar en el plazo señalado anteriormente o de desistir, como también si el integrante que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
9.20. CESIÓN DEL CONTRATO
La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
9.21. MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Dirección de Vialidad, podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, antes del vencimiento del plazo para presentarse ofertas, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl, y formarán parte integral de las bases y obligarán su cumplimiento a todos los proponentes.
9.22. GESTIÓN DEL CONTRATO
Firma del Contrato
De acuerdo a cláusula 3.7 de las presentes bases.
Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores de Mercado Público, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante el periodo del Contrato el Oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar su situación en Registro de Proveedores de Mercado Público en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario deberá presentar documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales para el pago de los productos o servicios.
Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad, a través del Inspector Fiscal, evaluará por intermedio del formulario establecido por la Unidad de Abastecimiento, el comportamiento que tuvo la empresa.
Los factores a considerar, son:
- Oportunidad de entrega de los productos y/o servicios.
- Calidad de los productos y/o servicios.
- Cumplimiento especificaciones técnicas.
- Desempeño en general.
9.23. VIGENCIA DEL CONTRATO
El plazo de vigencia del contrato será por un periodo de 12 meses a contar de la notificación de la respectiva orden de compra. Lo anterior, sin perjuicio del periodo de garantía.
9.24. PLAZO DE ENTREGA DEL PRODUCTO
Los oferentes deberán indicar dentro del Anexo Nº 2 el plazo de entrega expresado en días corridos. Si el oferente no indica este plazo dentro de su oferta, tendrá como consecuencia que su propuesta será considerada inadmisible, por incumplimiento de las bases de licitación.
9.25. LUGAR DE ENTREGA
La emulsión asfáltica CRS-2 deberá ser transportada y puesta en los siguientes puntos de acopio:
Puntos de Acopio
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Cantidad
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Km 0,5 de la ruta A-331 (Acceso a Esquiña), Arica, de la Provincia de Arica, Km 137 de la ruta 11CH, de la Provincia de Parinacota.
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230.000 kg
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A solicitud del Inspector Fiscal y por requerimiento por parte de las Unidades técnicas y operativas de la Dirección Regional, los puntos de acopio podrían variar de ubicación dentro de la misma Región.
9.26. FORMA DE PAGO
El pago al proveedor se realizará dentro los 30 días posteriores a la presentación de la factura, previa recepción conforme por parte de la Inspección Fiscal.
Las facturas electrónicas al momento de su emisión deben ser enviadas al correo electrónico mop_dte@paperless.cl, indicando en las “Referencias” el código y la unidad de pago
1950 REG_15_DIRECCION_DE_VIALIDAD
En cuanto a la recepción conforme, se establece que la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme de los productos o servicios, contados desde la fecha de recepción del documento tributario. En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo a lo que establece la ley.
Para el pago de los productos, la empresa deberá enviar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1), de acuerdo a lo señalado en el numeral 9.3 de las bases de licitación, el que deberá ser enviado a la Inspección Fiscal previo de emitir la factura respectiva, para su recepción de conformidad.
El documento tributario debe ser extendido con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCION GRAL DE OO PP DCYF
Dirección: Morandé 71, Primer Piso
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir el documento tributario respectivo para cursar los pagos que genere la ejecución contractual.
Con el propósito de mejorar la disponibilidad y cobertura de atención a contratistas y proveedores, la Dirección de Contabilidad y Finanzas ha habilitado la versión digital del trámite “Autorización de Pagos a través de Bancos”, que permitirá a personas naturales o jurídicas, autorizar de forma remota a la Dirección de Contabilidad y Finanzas, para abonar en la cuenta bancaria que indiquen, los valores presentados a cobro en cualquiera de los Servicios o Direcciones que conforman el Ministerio de Obras Públicas a Nivel Nacional.
Para acceder al trámite, los usuarios/as “Contratistas, Consultores y Proveedores”, deberán dirigirse al banner de trámites digitales disponible en el sitio web DCYF (https://dcyf.mop.gob.cl/Paginas/default.aspx) o bien, ingresar al siguiente enlace: https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio identificarse mediante clave única y completar el formulario web desplegado a continuación. El mecanismo específico de uso de la herramienta, se detalla en el documento Manual de Usuario Trámite Digital: Autorización de Pagos a través de Bancos para Usuario Contratista, Consultor o Proveedor, adjunto a la Ficha de licitación.
El pago del producto podrá hacerse a través de estados de pago parciales dependiendo de la cantidad de producto recibido a la fecha de cada pago.
9.27. MULTAS Y SANCIONES
DE LAS MULTAS POR INCUMPLIMIENTO
La Dirección de Vialidad, podrá aplicar sanciones por incumplimientos de contrato, según lo siguiente:
- Incumplimientos operativos.
- Incumplimientos administrativos en la ejecución del contrato, y que provoquen retardos y/o paralización en la ejecución del contrato por cada día de atraso en la entrega de los servicios o productos adquiridos.
- Si mediante la fiscalización de la ejecución de los servicios contratados, se verifica que estos no han sido ejecutados.
- Si mediante fiscalización de la entrega de productos adquiridos, se verifica que estos no han sido entregados en su totalidad.
- Si el proveedor o empresa adjudicada realiza modificaciones no autorizadas en la ejecución de los servicios contratados.
- Si el proveedor o empresa adjudicada realiza modificaciones no autorizadas en la entrega de los productos adquiridos.
- No mantener documentación al día, o no entregar la documentación exigida, o documentación no fidedigna.
- Todo lo anterior, sin perjuicio de la aplicación del TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO.
Procedimiento para Aplicación de Multas
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la Dirección de Vialidad, será el Inspector Fiscal de la adquisición o contratación del servicio, quien notifique al adjudicatario, ya sea mediante vía correo electrónico o por carta certificada según lo estime pertinente, indicando lo siguiente:
- La multa aplicada.
- La infracción cometida.
- Los hechos que la constituyen.
- El monto de la multa.
A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para solicitar una reconsideración a la medida al Director Regional de Vialidad, con copia al Inspector Fiscal de la adquisición o contratación del servicio, según corresponda y efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Si el adjudicatario hubiera presentado solicitud de reconsideración en tiempo y forma, la Dirección de Vialidad analizará si rechaza o acoge, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, el cual deberá ser notificado al adjudicatario, personalmente, por carta certificada o por correo electrónico.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
Las notificaciones también podrán realizarse a través de correo electrónico, las cuales se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción. Lo anterior, en cumplimiento del principio de contradictoriedad, recogido por el artículo 79 Ter del Reglamento de la Ley N° 19.886 y el Art.1, Nº17 de la Ley 21.180 “Transformación Digital del Estado”. Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá mantener una casilla de correo electrónico vigente (Indicado en el Anexo N°2). Conforme lo señala la Ley 21.180 que establece correo electrónico como medio de notificación por regla general.
Contra la resolución final que aplique la multa respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880, Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Procedimiento de Cobro de Multas
La multa producirá sus efectos una vez resuelto los recursos pertinentes, o haya vencido el plazo de su interposición sin que se hayan presentado. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.
De las multas, será responsable directo y en forma indelegable el proveedor adjudicado del fiel cumplimiento de todos los aspectos que involucra la buena ejecución del contrato, en el caso de servicios, incluido los relativos a las materias laborales y previsionales de quienes intervengan en la ejecución del contrato adjudicado.
Los detalles de las Multas para todo el contrato serán aplicados en U.T.M.
El valor a considerar de la UTM, será el valor de la UTM del mes en que se presentó el incumplimiento.
Será responsabilidad del Inspector Fiscal del servicio, según corresponda, efectuar un control sobre la sumatoria de las multas aplicadas durante el desarrollo de la entrega de lo adjudicado o de la ejecución de los servicios contratados.
En caso de que el monto asociado a multas llegue al 10% de la totalidad del monto adjudicado contratado, el Inspector Fiscal podrá notificar mediante carta certificada o correo electrónico a la empresa adjudicada el término anticipado del contrato por incumplimiento de las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
Las multas podrán ser imputadas y descontadas del valor total de la factura en el caso de adquisición de productos, o de las facturas pendientes de pago en el caso de los servicios, sin perjuicio del cobro del documento de garantía de fiel cumplimiento.
El Inspector Fiscal, deberá informar por escrito en el acta de recepción conforme a la Unidad de gestión y ejecución presupuestaria y con copia al área de Adquisiciones de la Dirección de Vialidad, la aplicación de multa o multas, acompañando la Resolución fundada que sancione la aplicación de dicha multa, con el detalle de los valores asociados. Estos documentos serán derivados a la Dirección de Contabilidad y Finanzas con los demás documentos que respalden el pago de la adquisición o del servicio contratado, para que sea la Dirección de Contabilidad y Finanzas, quien realice el procedimiento de cobro de la multa, en caso de que existan.
Tipos de Multas
La Dirección de Vialidad, estará facultada para aplicar sanciones y multas por incumplimientos de contrato, definiéndose en dos tipos de multas, según se detalla y según corresponda según se tratare de adquisición de productos o contratación de servicios:
Incumplimientos Administrativos
INCUMPLIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
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MULTAS
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Adulteración o Falsificación de documentación exigida en virtud de las presentes bases y especificaciones técnicas u omisión de la documentación técnica requerida, la que será aplicada por cada día de atraso, contados desde el plazo comprometido en su oferta.
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5 UTM
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No permitir u obstaculizar el libre acceso a la información o trabajos de ejecución por parte de la Inspección Fiscal y en general a todos los antecedentes que sean necesarios para su labor de supervisión del cumplimiento de las obligaciones emanadas del Contrato de adjudicación.
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3 UTM
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Maltrato físico o verbal hacia el público en general, encargados de la Dirección, por parte de contratista o del personal a su cargo, debidamente acreditado, ya sea por constancia o denuncia en Carabineros, o constancia expresa en la ficha de fiscalización.
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2 UTM
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Incumplimiento de la corrección de las observaciones que surjan de los controles indicados en las Bases, dentro de los plazos estipulados por el Inspector Fiscal, según corresponda.
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3 UTM
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Incumplimiento de obligaciones que afecten la vida, salud y seguridad de las personas, o bien pongan en grave riesgo tanto al personal del proveedor adjudicado, personal de la Dirección de Vialidad o particulares que se encuentren en el lugar de entrega de los productos adquiridos o en el lugar de ejecución del servicio.
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4 UTM
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En caso de existir, la no renovación o reposición de las garantías de fiel cumplimiento del contrato, en caso de ser necesario.
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3 UTM
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La presentación, debidamente comprobada, de antecedentes inexactos.
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2 UTM
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En caso de corresponder, Incumplimiento de la legislación laboral y previsional aplicable al personal a cargo de la empresa o proveedor adjudicado, por el cual se encuentre a firme el cobro de la multa correspondiente por la inspección del trabajo.
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3 UTM
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El no cumplimiento de lo establecido en estas Bases y especificaciones técnicas, en cuanto a los dispositivos de control, si se estableciera la obligatoriedad de utilizar los mismos.
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3 UTM
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El no cumplimiento de lo establecido en estas Bases, en cuanto a los dispositivos de control, si se estableciera la obligatoriedad de utilizar los mismos.
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3 UTM
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No hacer entrega de la factura según lo establecido en el punto CONDICIONES DE PAGO estas Bases.
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2 UTM
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Que el personal a cargo de la empresa adjudicada se encuentre en estado de ebriedad, según parte de Carabineros durante la ejecución de los servicios adjudicados.
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5 UTM
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El incurrir por segunda vez en los incumplimientos señalados, podrá ser causal de término anticipado del contrato.
Durante el periodo que transcurra entre la notificación y la aplicación de la multa respectiva, el proveedor estará obligado a continuar con el desarrollo normal de la entrega de los servicios habituales adjudicados contratados, a no ser que el Inspector Fiscal o el Jefe de Área que solicitó la adquisición o contratación del servicio, según corresponda, cambie la instrucción.
Incumplimientos Operativos
Se entenderá especialmente por incumplimiento Operativo, el haber incurrido en alguna de las siguientes infracciones:
INCUMPLIMIENTOS OPERATIVOS
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MULTAS
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No contar con la maquinaria adecuada para la ejecución de los trabajos, dentro del plazo indicado por el Inspector Fiscal.
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2 UTM por día de atraso
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Incumplimiento del plazo ofertado por parte del proveedor para la entrega. (Sin justificación autorizada por el IF).
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5 UTM por día de atraso
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Daños en el lugar de ejecución del servicio adjudicado contratado.
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3 UTM por día de atraso, contabilizados a contar desde el día hábil siguiente de la notificación (la notificación debe indicar el plazo para que la empresa adjudicada arregle los daños ocasionados), enviada por el IF, sin perjuicio del cobro del documento de Garantía por Fiel Cumplimiento en caso de existir.
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Daños en el lugar de entrega de los productos o insumos adjudicados. (Solo para compras).
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5 UTM por día de atraso, contabilizados a contar desde el día hábil siguiente de la notificación (la notificación debe indicar el plazo para que la empresa adjudicada arregle los daños ocasionados) enviada por el IF, sin perjuicio del cobro del documento de Garantía por Fiel Cumplimiento en caso de existir.
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El no uso de los diferentes implementos solicitados por bases y especificaciones técnicas, por parte del personal de la empresa adjudicada, en el caso de la contratación de servicios. Según los plazos indicados en las Especificaciones Técnicas.
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1 UTM por día de atraso, contabilizados a contar desde el día hábil siguiente de la notificación enviada por el IF.
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El No efectuar por parte de la empresa adjudicada cualquier modificación o corrección, solicitada por el Inspector Fiscal.
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1 UTM por día de atraso, contabilizados a contar desde el día hábil siguiente de la notificación (la notificación debe indicar el plazo asignado para la modificación o corrección), para que la empresa adjudicada enviada por el IF.
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Incumplimiento de las especificaciones técnicas de los productos
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5 UTM por cada día de atraso en la entrega de los productos conforme a las especificaciones técnicas, contados desde el plazo comprometido en su oferta.
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Durante el periodo que transcurra entre la notificación y la aplicación de la multa respectiva, el proveedor o empresa adjudicada, estará obligada a continuar con la ejecución normal del servicio adjudicado o con la entrega de los productos adjudicados, a no ser que el Inspector Fiscal cambie la instrucción.
Las multas serán descontadas del pago de la factura por la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas.
No procederá el cobro de multas si el incumplimiento se debe a un caso fortuito, de fuerza mayor u otro motivo no imputable al adjudicatario. El caso fortuito o de fuerza mayor será calificado como tal por la Dirección Regional de Vialidad Arica y Parinacota, sobre la base del estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
DE LAS SANCIONES
Verificado el plazo total de incumplimiento, cuya circunstancia será certificada por la Inspección Fiscal, la Dirección Regional de Vialidad de Arica y Parinacota, evaluará la conveniencia para el interés fiscal de continuar con el Contrato o dejarlo sin efecto, considerándolo un incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, con el consiguiente cobro de las boletas de garantía involucradas.
Las sanciones aplicadas durante la vigencia del contrato, como son: la aplicación de multas, el cobro de garantías y término anticipado de contrato se informarán en el comportamiento contractual del proveedor.
9.28. MODIFICACIÓN Y TERMINO DEL CONTRATO
El Contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda N° 250 del año 2004, y sus modificaciones y las demás establecidas en las presentes bases de licitación sin derecho a indemnización y/o compensación alguna para el adjudicatario:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes (en el caso de tratarse de una UTP este deberá ser suscrito por todos los integrantes).
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) Estado de notoria insolvencia del Contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del periodo de ejecución del Contrato, con un máximo de 6 meses.
f) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
g) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal del organismo comprador, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y el organismo comprador.
- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del organismo comprador.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
i) El incurrir por segunda vez en los incumplimientos administrativos señalados en el punto 9.27, podrá ser causal de término anticipado del contrato.
j) En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. En el caso de que uno de los miembros de la UTP se retire este no podrá ser reemplazado por otro miembro.
- De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros,
- Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
En la eventualidad de que el término anticipado se desprenda de algunas de las circunstancias establecidas en las letras a), b), c), d), ó e) de la presente cláusula y una de las partes requiera dar término anticipado al contrato, deberá notificar por escrito con a lo menos treinta días de antelación al término de su vigencia. En caso de que el término anticipado sea consecuencia de las letras f), g), h) ó i) el contrato podrá terminarse anticipadamente de forma inmediata.
9.29. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN.
a) LA EMPRESA y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su finalización.
b) LA EMPRESA, durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que LA EMPRESA pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en la Dirección de Vialidad y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por LA EMPRESA como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio que se contrata, la Dirección de Vialidad dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.
9.30. SOLUCION DE CONTROVERSIAS
Toda dificultad o controversia que se suscite entre las partes con motivo de la aplicación, cumplimiento o término del presente Contrato, deberá ser derivada al Jefe del Departamento de Conservación y Administración Directa de la Región para dirimir al efecto, quien lo enviará si fuere necesario a la Fiscal del MOP, sin perjuicio de las atribuciones legales, que le correspondan al Director Nacional de Vialidad, al Director General de Obras Públicas, al Sr. Ministro de Obras Públicas y al Contralor General de la República.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley 19.880.
9.31. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
1. OBJETIVOS Y DESCRIPCIÓN DEL SUMINISTRO DE MATERIALES.
La Dirección de Vialidad de la Región de Arica y Parinacota, solicita ofertas para la adquisición del siguiente suministro:
ITEM
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CANT.
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UNIDAD
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DESCRIPCIÓN Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS
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1
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230.000
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kg
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Descripción: La Dirección de Vialidad Región de Arica y Parinacota requiere la adquisición de 230.000 [kg] de Emulsión Asfáltica CRS-2, transportados y puestos en los siguientes puntos de acopio:
Puntos de Acopio
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Cantidad
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Km 0,5 de la ruta A-331 (Acceso a Esquiña), Arica, de la Provincia de Arica, Km 137 de la ruta 11CH, de la Provincia de Parinacota.
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230.000 kg
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A solicitud del Inspector Fiscal y por requerimiento por parte de las Unidades técnicas y operativas de la Dirección Regional, los puntos de acopio podrían variar de ubicación dentro de la misma Región.
Este material será utilizado para las operaciones: Capa de Protección con Tratamiento Superficial y Doble Sobre Base Granular Existente a ejecutar por la Administración Directa en las rutas: A-331 y A-173 de la Provincia de Arica y A-245, A-153, A-201, A-23 y A-181 de la Provincia de Parinacota, Región de Arica y Parinacota y/o en rutas distintas que se pudieran definir dependiendo de modificaciones al programa de trabajo regional.
La Emulsión Asfáltica CRS-2 de quiebre rápido debe cumplir con todo lo indicado en la tabla 8.301.5A que se presenta a continuación (Manual de Carreteras Vol. 8, Edición 2022):
La solicitud comenzará a regir una vez se notifique al Proveedor, a través del Portal Mercado Público de la respectiva orden de compra y será efectuada vía mail por el Inspector Fiscal designado. Como referencia, se debe considerar que se estima que el insumo será solicitado a partir del mes de agosto de 2023 y hasta agosto de 2024, según la programación de obras, no obstante lo anterior, el período podría variar según requerimiento de la Dirección Regional de Vialidad.
Se debe considerar que la estadía en faena del camión transportador debe ser de un mínimo de 12 horas con el fin de tener el tiempo suficiente para su descarga según forma de trabajo en terreno.
El proveedor adjudicado deberá entregar un certificado de laboratorio donde se indique el cumplimiento de las especificaciones solicitadas por la Dirección de Vialidad al momento de comenzar la entrega del producto en cada punto de acopio. Este certificado será requisito para comenzar con la recepción y podrá llevar firma electrónica avanzada o firma en original del responsable del laboratorio que certifica sus características, y deberá corresponder al lote entregado. Asimismo, el Laboratorio Regional de Vialidad podrá realizar los ensayes correspondientes para verificar el cumplimiento de las especificaciones.
Se deben incluir en el precio unitario de la oferta los costos de producción, carguío, transporte y descarga en los distintos puntos, asimismo, considerar camiones de 20.000 kg y 25.000 kg de capacidad para el transporte desde la planta de producción hasta el lugar de acopio, según el requerimiento del Inspector Fiscal.
La entrega del producto debe hacerse en terreno, en los sectores indicados, y deberá ser descargado directamente en los estanques dispuestos por la Dirección de Vialidad para tales efectos y/o en los camiones distribuidores de asfalto que estarán en faena. Para efecto de descarga en los estanques, el oferente deberá considerar dentro de sus costos la provisión de una motobomba de 3”x3”, bencinera, junto con el combustible para su uso (la cantidad que corresponda a la capacidad del estanque propio del equipo). Se establece que será el Inspector Fiscal, quien notificará del lugar de acopio del insumo, no obstante el lugar será dentro de la Provincia de Arica y de la Provincia de Parinacota, por lo que no implicará un mayor cobro por este motivo.
Se deben tener en consideración las restricciones de horario de la recepción, la cual estará definida inicialmente a realizarse entre los días lunes y viernes, entre 9:00 y 17:00 hrs., a excepción del día viernes que sólo se hará hasta las 12:00 hrs. La recepción debe coordinarse previamente con el Inspector Fiscal designado. Cualquier otro horario dependerá de las solicitudes del adjudicatario y/o requerimiento de la Dirección de Vialidad, siempre en conformidad entre ambas partes.
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