9. DISPOSICIONES GENERALES |
Aprueba las Bases Administrativas y
Especificaciones Técnicas de Licitación Pública ID
5750-8-LQ23, para generar un “Contrato de
servicio de arriendo de casetas de baños
químicos, lo que incluye instalación,
mantención, limpieza y traslado; para la
Dirección de Vialidad, Región de Arica y
Parinacota”
|
|
|
9.1. RESOLUCIÓN DE EMPATES |
En caso de haber una igualdad de puntajes, la comisión evaluadora analizará a los
oferentes con igualdad de puntaje y se basará en la siguiente tabla de prioridades:
Condición
|
Adjudicación
|
Igual puntaje
|
Se adjudica a la empresa que presente mayor puntaje en el criterio precio, de acuerdo al punto 9.13.1.
|
Igual puntaje e igual oferta económica
|
Se adjudica al oferente que presente mayor puntaje en el criterio Plazo de respuesta de la empresa, de acuerdo al punto 9.13.2.
|
En caso de persistir el empate, se adjudicará la licitación a la empresa que obtenga
mayor puntaje en el criterio Comportamiento contractual anterior, de acuerdo al punto
9.13.3.; y, si a pesar de lo realizado continúa habiendo empate, se seleccionará a la
propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl.
|
|
|
9.2. MECANISMO PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN |
Los oferentes tendrán un plazo de 2 días hábiles desde la notificación de la adjudicación a través del portal Mercado Público, para hacer consultas sobre la adjudicación a través del sistema, mecanismo implementado por el Portal Mercado Público.
La Dirección de Vialidad deberá pronunciarse respecto de las consultas recibidas, dentro
de los 5 días hábiles siguientes.
|
|
|
ACREDITACIÓN DE CUMPLIMIENTOS DE REMUNERACIONES Y COTIZACIONES DE SEGURIDAD SOCIAL. |
Será requisito obligatorio la presentación por parte del oferente de una declaración
firmada por el Representante Legal (Anexo Nº 1), donde acredite no tener saldos
insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales
trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años.
Además, deberá presentar un Certificado de Antecedentes Laborales y
Previsionales (F30) vigente a la fecha de ingreso de las ofertas.
En el caso de tratarse de una UTP el Certificado (F30) deberá ser adjuntado por cada
uno de los miembros que conformen la UTP. de no cumplir con la presentación del
Certificado anteriormente señalado, podrá ser solicitado en el foro inverso, con
la rebaja en la evaluación respectiva.
Posteriormente, el oferente que resulte adjudicado deberá presentar al momento de
facturar, un Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente emitido por
Página 11 de 38
la Dirección del Trabajo (F30-1), donde acredite no tener saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados. En el caso de tratarse de una UTP el Certificado (F30-1)
deberá ser adjuntado por cada uno de los miembros que conformen la UTP. Cabe
señalar que el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales deberá
venir con los datos actualizados del Representante Legal del MOP-Arica, de lo
contrario las facturas serán rechazadas. Para lo anterior, los datos a
considerar deben ser los siguientes:
Datos SEREMI MOP:
PRISCILLA AGUILERA CAIMANQUE
RUT 15.595.040-4
El órgano comprador podrá requerir al adjudicatario, en cualquier momento, los
antecedentes que estime necesarios para acreditar el cumplimiento de las obligaciones
laborales antes señaladas. En caso de que el adjudicatario registre saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con
trabajadores contratados en los últimos dos años, los primeros estados de pago
producto del contrato licitado deberán ser destinados al pago de dichas obligaciones,
debiendo el adjudicatario acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran
liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo
de seis meses.
|
|
|
9.4 PRESENTACIÓN DE ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
La Dirección de Vialidad podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes
que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que la información requerida se haya producido, se haya generado u obtenido o sea consecuencia de hechos anteriores al vencimiento del plazo para presentar ofertas y/o se refieren o certifican situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo total de entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público.
La Dirección de Vialidad solicitará estas aclaraciones a través del sistema electrónico y
los oferentes deberán dar respuesta a las consultas planteadas por ese mismo medio.
Esta situación está establecida como criterio de evaluación (Ver punto 9.13.5 de los
criterios de evaluación “Cumplimiento de los Requisitos Formales”).
Cabe señalar, que esto No incluye la información solicitada en los Anexos N°2 y N°3, la cual si no es presentada antes del cierre de la licitación implicará que la oferta será declarada inadmisible por no cumplir con los requisitos establecidos en las bases.
Respecto del Anexo Nº1 si no es presentado antes del cierre de la licitación, podrá ser requerido por el foro del portal mercado público, con la rebaja en la evaluación respectiva, sin embargo, si no es presentado dentro del plazo que se otorga para tal efecto implicará que la oferta sea declarada inadmisible por no cumplir con los
requisitos establecidos en las bases de licitación.
Adicionalmente, los Participantes deberán presentar un Certificado de Antecedentes Laborales (F-30), vigente a la fecha de ingreso de las ofertas, el que debe ser adjuntado al Anexo N°1. En caso de no ser presentado podrá ser requerido por el foro del portal mercado público, sin embargo si no es presentado dentro del plazo que se fijó para tal
efecto, implicará que se rebajará el puntaje conforme al criterio Cumplimiento de los
Requisitos Formales de las presentes bases de licitación.
|
|
|
9.5. PACTO DE INTEGRIDAD |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta
expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea
considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en
conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones
Unidas.
2. El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva,
en cualquier de sus tipos o formas.
4. El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad,
consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5. El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad,
ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7. El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8. El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las
personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos los trabajos realizados por terceros (que hubiesen sido autorizados por el IF), haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades
individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
|
|
|
9.6. OBJETIVOS DEL SERVICIO |
La Dirección Regional de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, requiere contratar el servicio de arriendo de casetas de baños químicos, lo que incluye su instalación, mantención, limpieza y traslado, para ser utilizados por los funcionarios de la Administración Directa de las Oficinas Provinciales de Arica y Parinacota que laboran en
terreno, la cantidad de casetas de baños químicos a requerir será variable, dependiendo de los trabajos que se estén ejecutando y de las emergencias que pudieran presentarse (se requerirá un máximo de 18 casetas simultáneamente).
|
|
|
9.7. PARTICIPANTES |
Podrán participar en esta licitación, las personas naturales o jurídicas chilenas o extranjeras constituidas en Chile que, actuando individualmente o a través de una Unión Temporal de Proveedores, [en adelante UTP], y al momento de la presentación de la oferta, NO hayan sido condenadas por prácticas antisindicales o infracción a los
derechos fundamentales del trabajador o por los delitos concursales establecidos en el Código Penal, en los últimos dos años, a contar de la fecha de presentación de ofertas, quienes al momento de la contratación deberán acreditar su situación financiera e idoneidad técnica conforme lo disponga el Reglamento.
|
|
|
9.8. ACLARACIONES |
Se aceptarán solicitudes de aclaración a las Bases, solamente remitidas mediante la funcionalidad de Preguntas y Respuestas del Portal Mercado Público, de acuerdo a las condiciones y fechas establecidas en el punto 3 de las presentes Bases de Licitación.
La Dirección de Vialidad, si lo estima pertinente, y cumpliendo con el mismo plazo establecido para este, podrá emitir una o más Circulares Aclaratorias. La Circular que por este concepto se emita será igual para todos los Oferentes y, cumplido el plazo antes señalado, estará disponible en los archivos adjuntos de la respectiva Ficha de
Licitación en el Portal Mercado Público.
Estas aclaraciones formarán parte de las presentes Bases y obligarán su cumplimiento a los Oferentes.
En caso de que dichas aclaraciones modifiquen las presentes bases de licitación, estas modificaciones serán aprobadas mediante Resolución fundada.
|
|
|
9.9. FORMA DE COTIZACIÓN |
Las ofertas se recibirán bajo soporte electrónico y bajo la funcionalidad de anexos y de acuerdo a lo que se indica en la cláusula Nº 4, previamente descrita. Para tales efectos el oferente deberá escanear los documentos solicitados y proceder a adjuntarlos con su oferta.
Las ofertas y sus antecedentes se deberán subir al portal www.mercadopublico.cl, en idioma español, formato PDF u Office versión 2007 o anterior, en las fechas que se identifican en el numeral 3 “Etapas y Plazos” de las presentes Bases de Licitación.
El oferente deberá tener presente el tiempo suficiente para subir los antecedentes.
|
|
|
9.10. PLAZO DE VALIDEZ DE LA OFERTA. |
Las ofertas deberán tener una validez mínima de 60 días corridos, contados desde la fecha de cierre de recepción de ofertas de la Licitación en el portal
www.mercadopublico.cl.
Durante el período de vigencia de las Ofertas, la Dirección de Vialidad deberá resolver acerca de la adjudicación de la presente Licitación. Si este hecho no ocurre dentro del plazo señalado, los Oferentes podrán revalidar sus Ofertas por el plazo que para el efecto establezca la Dirección de Vialidad.
|
|
|
9.11. PRECIOS MONEDAS |
Los precios que presenten los oferentes se cotizarán en Pesos Chilenos, incluyendo en
ellos todas las exigencias, especificaciones y todos los gastos inherentes a la naturaleza del servicio solicitado, serán a firme y no tendrán ningún tipo de reajuste ni variación hasta finalizar el presente contrato.
|
|
|
9.12. INSPECCIÓN FISCAL Y CONTRAPARTE OPERATIVA |
El Director Regional de Vialidad – Región de Arica y Parinacota designará a un Inspector Fiscal titular, a un subrogante y a las Contrapartes Operativas de la Provincia de Arica y Parinacota, quienes representarán a la Dirección Regional en la ejecución del presente Contrato.
|
|
|
9.13. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES |
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación determinada para este fin mediante Resolución fundada, la cual estará compuesta por tres funcionarios de la Dirección Regional de Vialidad - Región de Arica y Parinacota. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de ofertas que detalle todos los aspectos considerados en la misma.
Los factores para la evaluación respectiva serán los siguientes:
1. Precio: 40% Según numeral 9.13.1.
2. Plazo de respuesta de la empresa: 35% Según numeral 9.13.2.
3. Comportamiento contractual anterior: 15% Según numeral 9.13.3.
4. Condiciones de Empleo y Remuneración: 5% Según numeral 9.13.4.
5. Cumplimiento de Requisitos Formales: 5% Según numeral 9.13.5.
El puntaje final de cada oferta resultará al sumar el puntaje obtenido en cada uno de los factores anteriores, considerando una escala proporcional donde 100 puntos equivalen a 100%.
9.13.1 PRECIO (Máximo 40 Puntos).
Se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje oferta : Precio mínimo ofertado en el proceso X 40
Precio de la oferta en análisis
|
|
|
9.13. EVALUACIÓN DE ANTECEDENTES |
Las ofertas serán evaluadas por una Comisión de Evaluación determinada para este fin mediante Resolución fundada, la cual estará compuesta por tres funcionarios de la Dirección Regional de Vialidad - Región de Arica y Parinacota. La evaluación deberá ser oficializada mediante un Acta de Evaluación de ofertas que detalle todos los aspectos considerados en la misma.
Los factores para la evaluación respectiva serán los siguientes:
1. Precio: 40% Según numeral 9.13.1.
2. Plazo de respuesta de la empresa: 35% Según numeral 9.13.2.
3. Comportamiento contractual anterior: 15% Según numeral 9.13.3.
4. Condiciones de Empleo y Remuneración: 5% Según numeral 9.13.4.
5. Cumplimiento de Requisitos Formales: 5% Según numeral 9.13.5.
El puntaje final de cada oferta resultará al sumar el puntaje obtenido en cada uno de los factores anteriores, considerando una escala proporcional donde 100 puntos equivalen a 100%.
9.13.1 PRECIO (Máximo 40 Puntos).
Se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Se evaluará de acuerdo a la siguiente fórmula:
Puntaje oferta
|
:
|
Precio mínimo ofertado en el proceso
|
X 40
|
Precio de la oferta en análisis
|
9.13.2 Plazo de
respuesta de la empresa (máximo 35 puntos):
Las empresas deberán señalar en su oferta el plazo máximo de respuesta
a la ejecución del servicio en días
hábiles, desde que se realiza la solicitud formal de trabajo por parte de
la Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota.
El plazo máximo de respuesta permitido será de 5 días hábiles.
Las ofertas cuyos plazos de respuesta sean
superiores a 5 días hábiles no serán consideradas en el proceso de evaluación
por considerarse fuera de bases, quedando su oferta inadmisible.
Criterios
|
Puntaje
|
Si el tiempo de respuesta es de 1 día hábil.
|
35 Puntos
|
Si el tiempo de respuesta es de 2 día hábil.
|
30 puntos
|
Si el tiempo de respuesta es de 3 día hábil.
|
20 Puntos
|
Si el tiempo de respuesta es de 4 día hábil.
|
10 Puntos
|
Si el tiempo de respuesta es de 5 día hábil.
|
5 Puntos
|
9.13.2 Comportamiento
Contractual Anterior (máximo 15 Puntos):
Para este criterio, la acreditación
será SOLO para aquellos participantes que hayan ejecutado contratos con la Dirección de
vialidad en los últimos 4 años, quienes, deberán solicitar un certificado al Inspector Fiscal titular o subrogante de
la Dirección de Vialidad del contrato en el cual el oferente participó, que indique número de ID del contrato ejecutado, la existencia o no de
alguna situación de conflicto, mal comportamiento, incumplimiento de contrato o
aplicación de multas, entre otros.
En caso de que el certificado deba ser emitido por el inspector fiscal de
ésta Dirección, deberá solicitarlo mediante correo electrónico a la Sr. Julio
Saavedra González, julio.saavedra.g@mop.gov.cl
o a su subrogante Sr. Adolfo Cisternas Baltolu, adolfo.cisternas@mop.gov.cl, con una antelación de 5 días hábiles antes del término del cierre de
la licitación.
Los oferentes que no hayan ejecutado contratos con la
Dirección de vialidad los últimos 4 años, deberán presentar una declaración jurada simple indicando no
tener comportamiento contractual anterior con la Dirección de Vialidad (lo que
será considerado con 15 Puntos).
Lo anterior, se
evaluará de acuerdo a la siguiente tabla:
Criterios
|
Puntaje
|
Acredita NO registrar situación de conflicto, mal comportamiento, incumplimiento de contrato o aplicación de multas.
|
15 Puntos
|
Acredita registrar situación de conflicto sólo por aplicación de multas por entrega de trabajos fuera del plazo establecido.
|
5 Puntos
|
Acredita registrar situación de conflicto, mal comportamiento, incumplimiento de contrato o aplicación de multas (que no hayan sido sólo por entrega de trabajos fuera del plazo establecido).
|
0 puntos
|
En caso de no
adjuntar certificado que acredite el registro de comportamiento contractual
anterior, no se otorgará puntaje en este criterio.
En caso de que el oferente participante presente antecedentes de No
registrar situación de conflicto, mal comportamiento, incumplimiento de
contrato o aplicación de multas, pero luego se detecte por parte de la
Dirección de Vialidad que sí ha efectuado trabajos para esta Institución y en
los cuales hubo alguna situación de las antes mencionadas y haya omitido esta
información, se le asignará puntaje 0 (cero) en este criterio.
9.13.2 Condiciones de
Empleo y Remuneración (máximo
5 puntos):
El oferente debe adjuntar como antecedente anexo el Certificado de antecedentes laborales y
previsionales de la Dirección del Trabajo (F-30), vigente a la fecha de ingreso
de las ofertas y se le asignará puntaje de acuerdo a la siguiente tabla:
Criterios
|
Puntaje
|
Presenta certificado y no registra deuda previsional
|
5 Puntos
|
Presenta certificado y registra deuda previsional
|
1 Puntos
|
Nota: El certificado de antecedentes laborales y
previsionales de la Dirección del Trabajo podrá ser solicitado a
través del foro del portal www.mercadopublico.cl. Si a pesar de
esta solicitud, el oferente no entrega el documento dentro del plazo que se
fijó para tal efecto, implicará que se rebajará el puntaje conforme al criterio
9.13.5. de las presentes bases de licitación.
9.13.2 Cumplimiento
de Requisitos Formales (máximo 5 puntos):
La Dirección de Vialidad
podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los
oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que la información requerida se
haya producido, se haya generado u obtenido o sea consecuencia de hechos
anteriores al vencimiento del plazo para presentar ofertas y/o se refieren o
certifican situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para
presentar ofertas y el periodo de evaluación. Los oferentes tendrán como plazo
total de entrega un día hábil para adjuntarlas a través del Sistema, desde que
se realice la consulta en el Foro disponible en el Portal Mercado Público.
La Dirección de Vialidad
solicitará estas aclaraciones a través del sistema electrónico y los oferentes
deberán dar respuesta a las consultas planteadas por ese mismo medio.
Cabe señalar, que esto NO incluye la información solicitada en los
Anexos N°2 y N°3, la cual si no es presentada antes del cierre de la licitación
implicará que la oferta será declarada inadmisible por no cumplir con los
requisitos establecidos en las bases.
Respecto del Anexo Nº1 si no es
presentado antes del cierre de la licitación, podrá ser requeridos por el foro
del portal mercado público, con la rebaja en la evaluación respectiva, sin
embargo, si no es presentado dentro del plazo que se otorga para tal efecto
implicará que la oferta será declarada inadmisible por no cumplir con los
requisitos establecidos en las bases de licitación.
Adicionalmente, los
Participantes deberán presentar un Certificado de Antecedentes Laborales
(F-30), vigente a la fecha de ingreso de las ofertas, el que debe ser adjuntado al Anexo N°1. En
caso de no ser presentado podrá ser requerido por el foro del portal mercado
público, sin embargo si no es presentado dentro del plazo que se fijó para tal
efecto, implicará que se rebajará el puntaje conforme al presente criterio de
evaluación.
Criterios
|
Puntaje
|
Cumple con entregar antes del cierre de la licitación, Anexos, Formularios y documentos legales que correspondan a su oferta.
|
5 Puntos
|
Cumple con entregar después del cierre, según plazos establecidos, Anexos, formularios y documentos legales correspondientes a su oferta.
|
2 Puntos
|
Entrega parcial o nula de documentos solicitados.
|
0 Puntos
|
9.13.2 Ponderación
de criterios de evaluación:
La Adjudicación de la licitación será para aquel oferente
que haya obtenido el mayor puntaje de evaluación proveniente de la sumatoria
obtenida en cada criterio de evaluación del punto 9.13.
|
|
|
9.14. CONTACTO EN LA ETAPA DE EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
Para la debida comprensión del contenido de las ofertas formuladas por los Oferentes, la Dirección de Vialidad podrá solicitar a través del Portal Mercado Público, durante el proceso de evaluación, aclaraciones y entrega de antecedentes complementarios, como asimismo la información necesaria para salvar errores de hecho u omisiones evidentes, observando siempre los términos de las presentes Bases y el principio de igualdad entre los oferentes.
Las respuestas las deberá entregar el oferente a través del Portal Mercado Público, referidas solamente a los puntos solicitados, hasta 1 día hábil posterior al ingreso de la consulta en el Portal por parte de la Dirección de Vialidad.
|
|
|
9.15. DERECHO A DESESTIMAR LAS OFERTAS |
La Dirección de Vialidad se reserva el derecho de desestimar o desechar cualquiera de las ofertas, independientemente de sus montos, precios y condiciones, si así conviniera al interés fiscal. Los fundamentos de esta decisión se incluirán en el Informe de Evaluación de las ofertas correspondiente. En tales casos, los Oferentes no podrán reclamar indemnización alguna en contra de la Dirección de Vialidad.
|
|
|
9.16. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
El plazo de evaluación de ofertas podrá ser ampliado según las necesidades del servicio, mediante Informe que indique las razones que justifican dicha necesidad, el que será publicado en el apartado “Fechas” de los archivos adjuntos de la ID de la licitación en el Sistema de Información Portal Mercado Público.
La adjudicación de la licitación se materializará mediante Resolución fundada de la Dirección de Vialidad. Formarán parte integrante de esta Resolución dado que son antecedentes que sirven de fundamento a las bases: las presentes Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas, las ofertas presentadas por los Oferentes y sus aclaraciones, si las hubiere.
9.16.1. Situaciones en que la adjudicación queda sin efecto
En las siguientes situaciones, se dejará sin efecto la adjudicación, haciéndose efectiva la garantía de seriedad de la oferta respectiva:
- En caso que el proveedor se desiste de firmar el contrato.
- En caso de que el proveedor adjudicado rechace la orden de compra.
- En caso de que el proveedor adjudicado no efectuase la entrega de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento en los términos exigidos en las presentes Bases Administrativas.
- Si el oferente adjudicado no acredita su inscripción en el Registro Electrónico Oficial de Contratistas de la Administración.
- Si el oferente adjudicado corresponde a una UTP y uno o más de sus integrantes, en forma individual, no acreditan su inscripción en el Registro señalado. Lo anterior, no se aplicará en el caso de que la UTP decida excluir al integrante proveedor no inscrito del presente proceso de Licitación Pública, y desee continuar con los restantes proveedores no inhábiles, no obstante lo anterior, la oferta presentada deberá mantenerse en los mismos términos. Esta comunicación deberá materializarse a través de las mismas formalidades necesarias para su constitución, en el plazo máximo de 07 días hábiles, contados desde la notificación de la adjudicación.
- Por la no entrega de los antecedentes requeridos para la elaboración del contrato, de acuerdo con las presentes bases;
- Si el oferente se desiste de la oferta, antes del plazo señalado en el numeral 9.10 de las presentes bases.
- Por la presentación de una oferta no fidedigna, manifiestamente errónea o conducente a error;
- Que se compruebe que no es efectivo lo señalado por el oferente, en la Declaración Jurada Online de Requisitos para Ofertar (Declaración jurada ausencia conflictos de interés e inhabilidades por condenas).
La Dirección podrá efectuar una nueva adjudicación, dentro del plazo de 60 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, mediante acto administrativo totalmente tramitado, el que recaerá en el proponente que haya obtenido el segundo más alto puntaje y así sucesivamente y teniendo presente lo señalado en el punto 9.1, de estas Bases Administrativas.
|
|
|
9.17. NOTIFICACIÓN Y ACEPTACIÓN DE ORDEN DE COMPRA |
La Dirección de Vialidad
publicará el resultado de la licitación en el Portal Mercado Público, una vez tramitada
la Resolución de Adjudicación. De acuerdo al Art. 6 del Reglamento de la Ley 19.886,
se entenderá por notificado el proveedor adjudicado luego de las 24 horas
transcurridas desde que la Dirección de Vialidad publique en Mercado Público,
la Resolución objeto de la notificación.
Asimismo, el adjudicatario
deberá aceptar en plazo máximo de 2 días hábiles posteriores a la fecha de
emisión de la respectiva orden de compra
remitida a través del Portal Mercado Público.
|
|
|
9.18. READJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN |
La Dirección de Vialidad podrá, en caso que el proveedor adjudicado se rehúse a suscribir el contrato, no cumpla con los requisitos para contratar establecidos en las presentes bases, se desista de su oferta o sea inhábil para contratar de acuerdo con los términos de la Ley 19.886 y su Reglamento; adjudicar al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas y así sucesivamente.
En tal caso, se dejará sin efecto la primera adjudicación y si se estima conveniente para los intereses fiscales, se procederá a readjudicar según la precedencia de las ofertas definida por la aplicación de los criterios de evaluación.
En el caso de que el adjudicatario sea una UTP y alguno de sus integrantes estuviese afecto a inhabilidad, la UTP deberá informar por escrito a Dirección de Vialidad – Región de Arica y Parinacota, dentro del plazo de 02 días hábiles, la decisión de desistir o ejecutar el contrato adjudicado, con la integración del resto de los miembros (siempre que la conforme al menos 2 integrantes), en el evento de no informar en el plazo señalado anteriormente o de desistir, como también si el integrante que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la licitación será readjudicada al siguiente oferente mejor evaluado.
|
|
|
9.19. CESIÓN DEL CONTRATO |
La empresa adjudicataria NO podrá ceder a terceros el contrato que se celebre.
|
|
|
9.20. MODIFICACIÓN A LAS BASES |
La Dirección de Vialidad, podrá modificar o aclarar algunos puntos de las Bases de la Licitación, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, antes del vencimiento del plazo para presentarse ofertas, otorgando un plazo prudencial para que los oferentes puedan adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través del sitio Web www.mercadopublico.cl, y formarán parte integral de las bases y obligarán su cumplimiento a todos los proponentes.
|
|
|
9.21. GESTIÓN DEL CONTRATO |
Firma del Contrato
De acuerdo a cláusula 3.7 de las presentes bases.
Habilidad de proveedores
La Dirección de Vialidad, verificará la habilidad del proveedor adjudicado en el Registro de Proveedores de Mercado Público, debiendo encontrarse en calidad de Hábil.
Si durante el periodo del Contrato el Oferente adjudicado perdiera la habilidad para contratar con el Estado, deberá regularizar su situación en Registro de Proveedores de Mercado Público en un plazo máximo de 15 días hábiles, de lo contrario deberá presentar documentación que acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y previsionales para el pago de los servicios.
Evaluación de proveedores
La Dirección de Vialidad, a través del Inspector Fiscal, evaluará por intermedio del formulario establecido por la Unidad de Abastecimiento, el comportamiento que tuvo la empresa.
Los factores a considerar, son:
- Oportunidad de entrega de los productos y/o servicios.
- Calidad de los productos y/o servicios.
- Cumplimiento especificaciones técnicas.
- Desempeño en general.
|
|
|
9.22. VIGENCIA DEL CONTRATO |
El plazo de vigencia del Contrato que se desprenda de la presente licitación será por un periodo de 30 meses y/o cuando se alcanzare el monto de 4.000 UTM correspondiente a las atribuciones delegadas de contratación del Director Regional de Vialidad, en cuyo caso podrá ser renovado por 30 meses más, plazo que se iniciará a contar de la notificación de la Resolución que aprueba el contrato. Al respecto, la Dirección de Vialidad tendrá como antecedente, para determinar o no su renovación, el informe del inspector fiscal y las necesidades del servicio, circunstancia que deberá ser manifestada por ambas partes con a lo menos 30 días de anticipación a la fecha de término convenida.
Se acuerda la posibilidad de proceder a la renovación del contrato, lo que será supeditado a la evaluación positiva y necesaria que se efectúe por la autoridad respectiva y el beneplácito de la Empresa por este acto contratada. La posibilidad de la renovación se establece en consideración a la escasa oferta de proveedores existente en la Región de Arica y Parinacota, lo que genera la contratación de las mismas empresas ya reconocidas en el mercado, generando que en cada contratación se produzca un aumento en los presupuestos cobrados por estas, por lo cual la renovación genera un costo/precio más conveniente para el interés fiscal, ya que esto permitiría mantener los mismos costos y/o tarifas, por el tiempo que medie su renovación. Sumado a lo anterior, el principio de economía procedimental administrativa (art. 9 de la ley 19.880), y finalmente por la necesidad de la continuidad operativa de los servicios de Arriendo, Mantención y Limpieza de Baños Químicos en las dependencias de la Dirección de Vialidad.
Determinada la renovación, esta se formalizará bajo las mismas condiciones establecidas en las Bases y demás antecedentes de la licitación:
a) La empresa adjudicataria procederá a la entrega de una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, de igual monto y con vigencia igual al nuevo periodo que dure el contrato aumentado en 90 días corridos.
b) La renovación deberá ser aprobada mediante resolución fundada emitida por la Dirección Regional de Vialidad con anterioridad al vencimiento del convenio original, sin perjuicio de las modificaciones que se pudieran realizar al convenio de común acuerdo entre las partes, en tanto no modifiquen sustancialmente las presentes Bases de Licitación.
Por razones de buen servicio, la prestación de los servicios, podrá iniciarse a contar de la firma del contrato, no obstante, su pago estará condicionado a la total tramitación de la Resolución que aprueba el Contrato suscrito entre las partes.
|
|
|
9.23. FORMA DE PAGO |
El pago se efectuará en el plazo de 30 días desde la presentación de la factura, para lo cual es necesario que los trabajos y/o servicios solicitados se hayan ejecutado y recepcionado formalmente por la Inspección Fiscal. Las facturas electrónicas al momento de su emisión deben ser enviadas al correo electrónico mop_dte@paperless.cl, indicando en las “Referencias” el código y la unidad de pago
1950 REG_15_DIRECCION_DE_VIALIDAD
Para el pago de los servicios, la empresa deberá enviar el Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales vigente emitido por la Dirección del Trabajo (F30-1), de acuerdo a lo señalado en el numeral 9.3 de las bases de licitación, el que deberá ser enviado a la Inspección Fiscal previo de emitir la factura respectiva, para su recepción de conformidad.
En cuanto a la recepción conforme, se establece que la Dirección de Vialidad tendrá un plazo máximo de 8 días corridos para efectuar la recepción conforme de los productos/servicios, contados desde la fecha de recepción del documento tributario. En caso de no concretarse la recepción conforme, el documento será reclamado de acuerdo a lo que establece la ley.
El documento tributario debe ser extendido con los siguientes antecedentes:
Razón Social: MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS DIRECCION GRAL DE OO PP DCYF
Dirección: Morandé 71, Primer Piso
RUT: 61.202.000-0
Giro: Gobierno Central
En el caso de una UTP, será el representante de la misma, indicado en el documento de su constitución, quien deberá emitir el documento tributario respectivo para cursar los pagos que genere la ejecución contractual.
Con el propósito de mejorar la disponibilidad y cobertura de atención a contratistas y proveedores, la Dirección de Contabilidad y Finanzas ha habilitado la versión digital del trámite “Autorización de Pagos a través de Bancos”, que permitirá a personas naturales o jurídicas, autorizar de forma remota a la Dirección de Contabilidad y Finanzas, para abonar en la cuenta bancaria que indiquen, los valores presentados a cobro en cualquiera de los Servicios o Direcciones que conforman el Ministerio de Obras Públicas a Nivel Nacional.
Para acceder al trámite, los usuarios/as “Contratistas, Consultores y Proveedores”, deberán dirigirse al banner de trámites digitales disponible en el sitio web DCYF (https://dcyf.mop.gob.cl/Paginas/default.aspx) o bien, ingresar al siguiente enlace: https://aplicaciones.mop.gob.cl/TramitesDCyF/inicio identificarse mediante clave única y completar el formulario web desplegado a continuación. El mecanismo específico de uso de la herramienta, se detalla en el documento Manual de Usuario Trámite Digital: Autorización de Pagos a través de Bancos para Usuario Contratista, Consultor o Proveedor, adjunto a la ficha de licitación.
|
|
|
9.24. INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO. |
Se entenderá por incumplimiento del contrato si la Empresa no da cabal cumplimiento a lo estipulado en las Bases Administrativas, las Bases Técnicas y/o contrato, salvo en casos que sean considerados como de fuerza mayor por la Dirección de Vialidad, quedando facultada la Dirección de Vialidad para poner término anticipado al convenio.
La falta de prestación de los servicios, la detección de daños severos y/o irreparables a la propiedad fiscal, facultará a la Dirección de Vialidad a poner término al Contrato, haciéndose efectiva la Garantía de Fiel Cumplimiento.
Asimismo, por motivos fundados la Dirección de Vialidad podrá poner término anticipado al correspondiente contrato mediante notificación por escrito a la empresa, con una anticipación no inferior a 30 días, en cuyo caso la empresa prestadora de servicios no tendrá derecho a ningún tipo de indemnización.
|
|
|
9.25. MODIFICACIÓN Y TERMINO DEL CONTRATO |
El Contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el artículo 77 del Reglamento de la Ley de Compras, contenido en el Decreto Supremo del Ministerio de Hacienda N° 250 del año 2004, y sus modificaciones y las demás establecidas en las presentes bases de licitación sin derecho a indemnización y/o compensación alguna para el adjudicatario:
a) Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes (en el caso de tratarse de una UTP este deberá ser suscrito por todos los integrantes).
b) Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
c) Estado de notoria insolvencia del Contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del Contrato.
d) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
e) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos 2 años, a la mitad del periodo de ejecución del Contrato, con un máximo de 6 meses.
f) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
g) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal del organismo comprador, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y el organismo comprador.
- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones del organismo comprador.
h) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
i) El incurrir por segunda vez en los incumplimientos administrativos señalados en el punto 9.26, podrá ser causal de término anticipado del contrato.
j) En el caso que el adjudicatario sea una Unión Temporal de Proveedores (UTP) y concurra alguna de las siguientes circunstancias:
- Inhabilidad sobreviniente de uno de los integrantes de la UTP en el Registro de Proveedores, que signifique que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros en los mismos términos adjudicados. En el caso de que uno de los miembros de la UTP se retire este no podrá ser reemplazado por otro miembro.
- De constatarse que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. En este caso, deberán remitirse los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
- Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros,
- Retiro de algún integrante de la UTP que hubiere reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
- Cuando el número de integrantes de una UTP sea inferior a dos y dicha circunstancia ocurre durante la ejecución del contrato.
En la eventualidad de que el término anticipado se desprenda de algunas de las circunstancias establecidas en las letras a), b), c), d), ó e) de la presente cláusula y una de las partes requiera dar término anticipado al contrato, deberá notificar por escrito con a lo menos treinta días de antelación al término de su vigencia. En caso de que el término anticipado sea consecuencia de las letras f), g), h) ó i) el contrato podrá terminarse anticipadamente de forma inmediata.
|
|
|
9.26. MULTAS Y SANCIONES |
9.26.1 De las Multas y sanciones por Incumplimiento:
La Dirección de Vialidad, podrá aplicar sanciones por incumplimientos de contrato, según lo siguiente:
Incumplimientos operativos.
Incumplimientos administrativos en la ejecución del contrato, y que provoquen retardos y/o paralización en la ejecución del contrato por cada día de atraso en la entrega de los servicios o productos adquiridos.
Si mediante la fiscalización de la ejecución de los servicios contratados, se verifica que estos no han sido ejecutados.
Si el proveedor o empresa adjudicada realiza modificaciones no autorizadas en la ejecución de los servicios contratados.
No mantener documentación al día, o no entregar la documentación exigida, o documentación no fidedigna, en el caso de la ejecución de un servicio.
Todo lo anterior, sin perjuicio de la aplicación del TERMINO ANTICIPADO DE CONTRATO.
9.26.2. Procedimiento para Aplicación de Multas
Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte de la Dirección de Vialidad, será el Inspector Fiscal del servicio, quien notifique al adjudicatario, ya sea mediante vía correo electrónico o por carta certificada según lo estime pertinente, indicando lo siguiente:
1. La multa aplicada.
2. La infracción cometida.
3. Los hechos que la constituyen.
4. El monto de la multa.
A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de 5 días hábiles para solicitar una reconsideración a la medida al Director Regional de Vialidad, con copia al Inspector Fiscal y efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes.
Si el adjudicatario hubiera presentado solicitud de reconsideración en tiempo y forma, la Dirección de Vialidad analizará si rechaza o acoge, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, el cual deberá ser notificado al adjudicatario, personalmente o por carta certificada o por correo electrónico.
Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción en la oficina de Correos que corresponda.
Las notificaciones también podrán realizarse a través de correo electrónico, las cuales se entenderán practicadas a contar del tercer día siguiente a su recepción. Lo anterior, en cumplimiento del principio de contradictoriedad, recogido por el artículo 79 Ter del Reglamento de la Ley N° 19.886 y el Art.1, Nº17 de la Ley 21.180 “Transformación Digital del Estado”. Cabe señalar que el proveedor adjudicado deberá mantener una casilla de correo electrónico vigente (Indicado en el Anexo N°2). Conforme lo señala la Ley 21.180 que establece correo electrónico como medio de notificación por regla general.
Contra la resolución final que aplique la multa respectiva procederán los recursos establecidos en la Ley 19.880, Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado.
9.26.3. Procedimiento de Cobro de Multas
La multa producirá sus efectos una vez resuelto los recursos pertinentes, o haya vencido el plazo de su interposición sin que se hayan presentado. Desde ese momento el adjudicatario se encontrará obligado al pago de la multa, si es que procediera.
De las multas, será responsable directo y en forma indelegable el proveedor adjudicado del fiel cumplimiento de todos los aspectos que involucra la buena ejecución del contrato, en el caso de servicios, incluido los relativos a las materias laborales y previsionales de quienes intervengan en la ejecución del contrato adjudicado.
Los detalles de las Multas para todo el contrato serán aplicados en U.T.M.
El valor a considerar de la UTM, será el valor de la UTM del mes en que se presentó el incumplimiento.
Será responsabilidad del Inspector Fiscal, efectuar un control sobre el total de las multas aplicadas durante la ejecución de los servicios contratados.
En caso de que el monto asociado a multas llegue al 10% de la totalidad del monto adjudicado contratado, el Inspector Fiscal podrá notificar mediante carta certificada a la empresa adjudicada el término anticipado del contrato por incumplimiento de las Bases Administrativas y Especificaciones Técnicas.
Las multas podrán ser imputadas y descontadas del valor total de la factura de los servicios, sin perjuicio del cobro del documento de garantía de fiel cumplimiento.
El Inspector Fiscal, deberá informar por escrito en el acta de recepción conforme a la Unidad de gestión y ejecución presupuestaria y con copia al área de Adquisiciones de la Dirección de Vialidad, la aplicación de multa o multas, acompañando la Resolución fundada que sancione la aplicación de dicha multa, con el detalle de los valores asociados. Estos documentos serán derivados a la Dirección de Contabilidad y Finanzas con los demás documentos que respalden el pago del servicio contratado, para que sea la Dirección de Contabilidad y Finanzas, quien realice el procedimiento de cobro de la multa, en caso de que existan.
9.26.4. TIPOS DE MULTAS
La Dirección de Vialidad, estará facultada para aplicar sanciones y multas por incumplimientos de contrato, definiéndose en dos tipos de multas, según se detalla:
9.26.4.1. Incumplimientos administrativos
INCUMPLIMIENTOS ADMINISTRATIVOS
|
MULTAS
|
Adulteración o Falsificación de documentación exigida en virtud de las presentes bases y especificaciones técnicas.
|
2 UTM
|
No permitir u obstaculizar el libre acceso a la información o trabajos de ejecución por parte de la Inspección Fiscal y en general a todos los antecedentes que sean necesarios para su labor de supervisión del cumplimiento de las obligaciones emanadas del Contrato adjudicado.
|
3 UTM
|
Maltrato físico o verbal hacia el público en general, supervisores de la Dirección, por parte de contratista o del personal a su cargo, debidamente acreditado, ya sea por constancia o denuncia en Carabineros, o constancia expresa en la ficha de fiscalización.
|
2 UTM
|
Incumplimiento de la corrección de las observaciones que surjan de los controles indicados en las Bases, dentro de los plazos dispuestos por el Inspector Fiscal.
|
3 UTM
|
Incumplimiento de obligaciones que afecten la vida, salud y seguridad de las personas, o bien pongan en grave riesgo tanto al personal del adjudicatario, personal de la Dirección de Vialidad o particulares que se encuentren en el lugar de ejecución del servicio.
|
4 UTM
|
En caso de existir, la no renovación o reposición de las garantías de fiel cumplimiento del contrato, en caso de ser necesario.
|
3 UTM
|
La presentación, debidamente comprobada, de antecedentes inexactos.
|
2 UTM
|
En caso de corresponder, Incumplimiento de la legislación laboral y previsional aplicable al personal a cargo de la empresa o proveedor adjudicado, por el cual se encuentre a firme el cobro de la multa correspondiente por la inspección del trabajo.
|
3 UTM
|
El no cumplimiento de lo establecido en estas Bases y especificaciones técnicas, en cuanto a los dispositivos de control, si se estableciera la obligatoriedad de utilizar los mismos.
|
3 UTM
|
El no cumplimiento de lo establecido en estas Bases, en cuanto a los dispositivos de control, si se estableciera la obligatoriedad de utilizar los mismos.
|
3 UTM
|
No hacer entrega de la factura según lo establecido en el punto CONDICIONES DE PAGO estas Bases.
|
2 UTM
|
Que el personal a cargo de la empresa adjudicada se encuentre en estado de ebriedad, según parte de Carabineros durante la ejecución de los servicios habituales adjudicados.
|
5 UTM
|
9.26.4.2. Incumplimientos Operativos
Se entenderá especialmente por incumplimiento Operativo, el haber incurrido en alguna de las siguientes infracciones:
INCUMPLIMIENTOS OPERATIVOS
|
MULTAS
|
No contar con la maquinaria, equipos o insumos adecuada para la ejecución de los trabajos, dentro del plazo indicado por el Inspector Fiscal.
|
1 UTM por día de atraso
|
Incumplimiento del plazo ofertado por parte del adjudicatario para el inicio de los trabajo. (Sin justificación autorizada por el IF).
|
5 UTM por día de atraso
|
Daños en el lugar de ejecución del servicio adjudicado contratado.
|
3 UTM por día de atraso, contabilizados a contar desde el día hábil siguiente de la notificación (la notificación debe indicar el plazo para que la empresa adjudicada arregle los daños ocasionados), enviada por el IF del servicio, sin perjuicio del cobro del documento de Garantía por Fiel Cumplimiento en caso de existir.
|
El no uso de los diferentes implementos solicitados por bases y especificaciones técnicas, por parte del personal de la empresa adjudicada. Según los plazos indicados en las E.T.
|
1 UTM por día de atraso, contabilizados a contar desde el día hábil siguiente de la notificación enviada por el IF del servicio.
|
El No efectuar por parte de la empresa adjudicada cualquier modificación o corrección, solicitada por el Inspector Fiscal o contraparte operativa.
|
1 UTM por día de atraso, contabilizados a contar desde el día hábil siguiente de la notificación (la notificación debe indicar el plazo asignado para la modificación o corrección), para que la empresa adjudicada dé cumplimiento, enviada por el IF del servicio.
|
Incumplimiento de las especificaciones técnicas del servicio.
|
5 UTM por cada día de atraso en la entrega de los productos conforme a las especificaciones técnicas, contados desde el plazo comprometido en su oferta.
|
Durante el periodo que transcurra entre la notificación y la aplicación de la multa respectiva, el proveedor o empresa adjudicada, estará obligada a continuar con la ejecución normal del servicio adjudicado o con la entrega de los productos adjudicados, a no ser que el Inspector Fiscal cambie la instrucción.
Las multas serán descontadas del pago de la factura por la Dirección de Contabilidad y Finanzas del Ministerio de Obras Públicas.
No procederá el cobro de multas si el incumplimiento se debe a un caso fortuito, de fuerza mayor u otro motivo no imputable al adjudicatario. El caso fortuito o de fuerza mayor será calificado como tal por la Dirección Regional de Vialidad Arica y Parinacota, sobre la base del estudio de los antecedentes por los cuales el adjudicatario acredite el hecho que le impide cumplir.
DE LAS SANCIONES
Verificado el plazo total de incumplimiento, cuya circunstancia será certificada por la Inspección Fiscal, la Dirección Regional de Vialidad de Arica y Parinacota, evaluará la conveniencia para el interés fiscal de continuar con el Contrato o dejarlo sin efecto, considerándolo un incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante, con el consiguiente cobro de las boletas de garantía involucradas.
Las sanciones aplicadas durante la vigencia del contrato, como son: la aplicación de multas, el cobro de garantías y término anticipado de contrato se informarán en el comportamiento contractual del proveedor.
El Adjudicatario deberá comunicar por escrito mediante correo electrónico al Inspector Fiscal, la ocurrencia del hecho considerado como caso fortuito o fuerza mayor, para lo cual dispondrá un máximo de 48 horas, contados a partir del día siguiente de producido el evento.
|
|
|
9.27. SOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS |
Toda dificultad o controversia que se suscite entre las partes con motivo de la aplicación, cumplimiento o término de la prestación de Servicios que se contraten, deberá ser derivada al Jefe del Departamento de Conservación y Administración Directa de Dirección de Vialidad, Región de Arica y Parinacota para dirimir al efecto, quien lo enviará si fuere necesario al Fiscal del MOP, sin perjuicio de las atribuciones legales, que le correspondan al Director Nacional de Vialidad, al Ministro de Obras Públicas y al Contralor General de la República.
La autoridad deberá constatar la exactitud o veracidad del reclamo presentado, para lo cual debe abrir un periodo probatorio —de oficio o a petición de parte—. Dicho periodo no podrá ser inferior a 10 días ni superior a 30 días corridos. Durante la tramitación del reclamo podrá solicitar informes de especialistas de acuerdo a la naturaleza del asunto debatido, los que podrán ser profesionales del Ministerio o externos.
Respecto del acto administrativo que se pronuncia acerca del conflicto suscitado se procederá en conformidad a lo dispuesto por la ley 19.880.
|
|
|
9.28. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN. |
a) LA EMPRESA y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su finalización.
b) LA EMPRESA, durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que LA EMPRESA pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en la Dirección de Vialidad y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por LA EMPRESA como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio que se contrata, la Dirección de Vialidad dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.
|
|
|
9.28. CONFIDENCIALIDAD Y SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN. |
a) LA EMPRESA y su personal, deberán guardar absoluta confidencialidad sobre los antecedentes (activos de información en general), reservados o no, a los que tengan acceso durante el desarrollo de la prestación del servicio o con ocasión de éste, tanto durante la vigencia del presente Contrato como con posterioridad a su finalización.
b) LA EMPRESA, durante su gestión y mientras dure el presente Contrato, debe cumplir las normas, procedimientos y las Políticas de Seguridad de la Información que se encuentren vigentes en el MOP, las cuales se encuentran publicadas en el portal WEB del MOP: http://www.mop.cl/acercadelmop/Paginas/pmgssi.aspx
c) Para estos efectos, la Información Confidencial comprende todo tipo de información y/o idea de cualquier especie, tangible o intangible a las que LA EMPRESA pueda tener acceso con motivo u ocasión de las labores que realicen en la Dirección de Vialidad y toda aquella información cuya divulgación o revelación no autorizada pueda causar daño a los intereses del MOP, o de terceros, aun cuando dicha información no haya sido definida expresamente como confidencial.
d) La Dirección de Vialidad, se reserva el derecho de ejercer las acciones legales que correspondan de acuerdo a las normas legales vigentes, en el caso de que no se cumplan las condiciones de confidencialidad y seguridad de la información señalada.
e) En caso de incumplimiento de la obligación de confidencialidad aquí establecida, tanto por LA EMPRESA como por sus trabajadores o por cualquiera de las personas con las cuales éste se relacione para la prestación del servicio que se contrata, la Dirección de Vialidad dará término anticipado al presente Contrato, sin perjuicio de ejercer además las acciones legales que correspondan.
|
|
|
9.29. ESPECIFICACIONES TÉCNICAS |
- OBJETIVO Y DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO
La Dirección Regional de Vialidad, Región de Arica y Parinacota, requiere contratar el servicio de arriendo de casetas de baños químicos, lo que incluye su instalación, mantención, limpieza y traslado, para ser utilizados por los funcionarios de la Administración Directa de las Oficinas Provinciales de Arica y Parinacota que laboran en terreno, la cantidad de casetas de baños químicos a requerir será variable, dependiendo de los trabajos que se estén ejecutando y de las emergencias que pudieran presentarse (se requerirá un máximo de 18 casetas simultáneamente).
Los baños químicos deberán disponer como mínimo de: WC, tapa y asiento plástico, urinario, lavamanos pedestal, porta papel higiénico, papelero, dispensador de jabón líquido, celosía de ventilación y portacandado, además deberá tener una capacidad mínima de estanque de 150 Lts.
Los lugares de entrega de los servicios de arriendo, serán definidos por la Dirección de Vialidad y comunicados a la Empresa a través del Inspector Fiscal y/o Contraparte Operativa del Contrato; será de responsabilidad de La Empresa, la instalación, mantención, limpieza y traslado de los baños químicos.
Según el programa de trabajo de la Administración Directa, los sectores de ubicación de los baños químicos serán los que se indican en los siguientes cuadros, sin perjuicio de aquellas modificaciones al programa que pudieran originarse por eventos naturales o requerimientos externos, ajenos a la voluntad de la Dirección de Vialidad y que serán comunicados a la Empresa adjudicataria oportunamente:
PROVINCIA DE ARICA
|
RUTA O LUGAR
|
SECTOR
|
KILOMETRO (APP.)
|
Recinto Avda. Artesanos N° 970
|
URBANO (servicio permanente)
|
|
Campamento Sector Quiane el km 4,5 aproximadamente de la ruta A-212, camino a Cuevas de Anzota
|
URBANO (servicio permanente)
|
|
A-35
|
Codpa
|
46,300
|
A-105
|
Linderos
|
0,000 al 3,000
|
A-15
|
Molinos
|
0,000 al 20,000
|
A-302
|
Caleta Vitor
|
0,000 al 20,000
|
A-345
|
Huancarane – Pachica
|
48,000 al 82,000
|
A-331
|
Esquiña
|
0,000 al 30,000
|
A-323
|
Sahuara – Sucuna
|
0,000 al 18,000
|
A-353
|
Corralones
|
0,000 al 47,000
|
5
|
Acha
|
2.062
|
A-307
|
Cobija
|
0,000 al 10,000
|
75S10309
|
Cobija – Tulapalca
|
0,000 al 15,000
|
PROVINCIA DE PARINACOTA
|
RUTA
|
SECTOR
|
KILOMETRO (APP.)
|
11-CH
|
Zapahuira - Chucuyo
|
100,00 al 170,00
|
A-129
|
Cosapilla
|
13,000 al 30,000
|
A-13
|
Coronel Alcerreca
|
90,000
|
A-23
|
Visviri
|
98,000
|
A-159
|
Caquena
|
15,000
|
A-245
|
Chua
|
0,000 al 30,000
|
Cabe destacar que para aquellos lugares de difícil acceso por las condiciones propias del camino, que le impidan a la Empresa el traslado de los baños químicos hasta el Sector requerido, la Dirección de Vialidad a través del Inspector Fiscal y/o Contraparte Operativa designados para este contrato, coordinará con La Empresa para que los baños químicos sean dejados en un Sector específico y luego serán trasladados por personal de la Administración Directa desde el punto específico, hasta el lugar donde se desarrollan las faenas. Cuando se presente esta circunstancia, el valor del servicio será asimilado al valor del Sector más cercano definido en las tablas anteriores.
La mantención y limpieza de los baños químicos deberá realizarse a lo menos 2 veces por semana y/o cuando sea requerido por el Inspector Fiscal y/o Contraparte Operativa y deberá contemplar el recambio completo del líquido del estanque, lavado completo interior, retiro de desechos, limpieza de papelero, reposición de papel higiénico y jabón líquido, si corresponde.
Dado que la Dirección de Vialidad cuenta con equipamiento móvil que incluye baños químicos dispuestos en carromatos, se requerirá de la mantención de estos, la que deberá cobrarse, en términos de costo unitario, a la mantención de la caseta asociada al sector en donde estén ubicados los respectivos carromatos.
El retiro de los residuos de los baños químicos deberá realizarse en camiones acondicionados para la labor y que deben cumplir con toda la normativa legal vigente en cuanto al transporte y disposición final de residuos sanitarios.
El oferente deberá presentar junto con la Oferta Técnica:
- Certificado extendido por la Seremi de Salud o Resolución de dicha entidad, de autorización sanitaria vigente de la empresa, donde se certifique la Autorización para el traslado del Residuo y la disposición final (En el caso que la empresa no cuente con planta de tratamiento o disposición final, deberá presentar el certificado de la Empresa que le preste este servicio).
Si el oferente no presenta el Certificado o Resolución anteriormente indicado, la oferta no será evaluada por considerarse fuera de bases, quedando su oferta inadmisible.
El Inspector Fiscal y/o Contraparte Operativa serán los encargados de comunicar a la Empresa Adjudicataria, cuando se requiera el traslado de los baños químicos a un nuevo sector, debiendo la Empresa realizar el traslado en el plazo señalado en su oferta, el plazo será contado desde el día siguiente de la comunicación; el incumplimiento en el plazo ofertado por parte de la Empresa será considerado como incumplimiento a las presentes bases. Sólo en casos muy justificados, por condiciones propias del terreno o por significar un ahorro para la Dirección de Vialidad, el traslado de los baños químicos será efectuado por la Dirección de Vialidad, previa coordinación con la Empresa a través del Inspector Fiscal y/o Contraparte Operativa.
Para la ejecución de las mantenciones y limpieza de los baños químicos la empresa deberá considerar que para todos aquellos baños que se encuentren en el mismo sector (dentro de un radio de 15 KM), sólo podrá cobrar (01) un servicio adicional por concepto de traslado del personal que realiza la respectiva mantención.
A la Empresa adjudicataria le corresponderá realizar el retiro de la caseta sanitaria una vez finalizadas las faenas en el sector indicado en la Orden de Servicio respectiva, el Inspector Fiscal y/o Contraparte Operativa serán los encargados de comunicar la fecha del término de faenas.
NOTA:
1.- De acuerdo a lo dinámico de la producción que ejecuta la Dirección de Vialidad (emergencias relacionadas con sismos, crecida de los cauces de ríos, etc.), puede existir variaciones o cambios de las rutas y/o km que se han considerado en el programa de trabajo, no obstante estas modificaciones siempre corresponderán a sectores que están en la región de Arica y Parinacota. En caso de agregarse nuevas Rutas, los valores correspondientes a las mantenciones respectivas serán asociados a la Ruta más cercana al nuevo Sector definido y que fue considerada en el presente Convenio.
|
|
|