Licitación ID: 585893-15-LE23
Cont. serv. asesoria predios agroecologicos SIPAN
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, INDAP - Region de Tarapaca
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Asesorías en gestión estratégica 1 Unidad
Cod: 80101505
Contratación de los “Servicios de asesoría para la AFCI participantes de la red SIPAN que están en proceso de transición agroecológica para mejorar su productividad y son parte del plan de sustentabilidad de INDAP Tarapaca”.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Cont. serv. asesoria predios agroecologicos SIPAN
Estado:
Adjudicada
Descripción:
El Instituto de desarrollo Agropecuario INDAP, requiere de la contratación de un oferente para dar continuidad y consolidar los predios pilotos agroecológicos descritos en el proyecto “Red SIPAN Alto Andino Precordillera Norte, ubicados en la provincia del Tamarugal, región de Tarapacá, año 2023”
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Unidad de compra:
INDAP - Region de Tarapaca
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
AGUSTINAS 1465
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 14-06-2023 15:30:00
Fecha de Publicación: 30-05-2023 12:40:48
Fecha inicio de preguntas: 30-05-2023 14:15:00
Fecha final de preguntas: 05-06-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 08-06-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 14-06-2023 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 14-06-2023 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 22-06-2023 11:57:23
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 10 Días
Extensión automática del plazo de ofertas:

Se estableció para esta licitación que: "Si a la fecha de recepción de ofertas, se han recibido 2 o menos propuestas, el plazo de cierre se ampliará automáticamente en 2 días hábiles, por una sola vez, bajo las condiciones establecidas en el artículo 25, inciso octavo, del Reglamento de la ley 19.886."
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- Anexo N° 1 Antecedentes Administrativos
Documentos Técnicos
1.- Anexo N° 2 Oferta técnica Los participantes deberán ingresar su oferta técnica según el formato del anexo N° 2 de estas bases de licitación, adjuntando los documentos de respaldo que correspondan
 
Documentos Económicos
1.- Anexo N° 3 Oferta económica Las propuestas deberán indicar el valor total ofertado (impuestos incluidos (IVA)) expresado en moneda nacional. Sin perjuicio de lo anterior, en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el monto total neto, excluyéndose el impuesto (IVA) que se encuentren involucrados.
2.- En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error. En caso que la oferta económica ingresada por el proveedor en la ficha electrónica de la Plataforma Mercado Público, presente diferencias con el valor expresado en el Anexo N° 3, solo se considerará el valor indicado en el Anexo N° 3, para todos los efectos legales
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- a. Fotocopia de su cédula de identidad.
- b. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- I18n entry not found: a. Certificado de vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente,
- I18n entry not found: b. Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, manteniendo la misma vige
- I18n entry not found: c. Copia de la escritura pública de constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
- I18n entry not found: d. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.
- I18n entry not found: Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:
- I18n entry not found: - Certificado de vigencia - Certificado de estatutos actualizados - Certificado de anotaciones, en su caso Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 3.- Perfil profesional y experiencia del personal Según criterios de evaluacion indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitación. 30%
2 1.- Precio Según criterios de evaluacion indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitación. 10%
3 1.-Cumplimiento de requisitos formales Según criterios de evaluacion indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitación. 5%
4 2.-Cumplimiento de contratación inclusiva Según criterios de evaluacion indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitación. 5%
5 1.- Antecedentes y trayectoria de la empresa o per Según criterios de evaluacion indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitación. 10%
6 2.- Propuesta Técnica, metodología y plan de traba Según criterios de evaluacion indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitación. 40%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 14300000
Justificación del monto estimado 6 meses, a contar de la total tramitación administrativa respectiva.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Podrá renovarseprorrogarse con acuerdo de ambas partes por un periodo máximo igual al contrato original, siempre que se den razones fundadas y por escrito y siempre que exista disponibilidad presupuestaria para financiar un nuevo periodo, en el caso de
Observaciones Los Servicios contratados, asociados al requerimiento de asesoría técnica especializada, se pagarán en 3 cuotas
Tiempo del Contrato 6 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Daisy Leon Condori
e-mail de responsable de pago: dleon@indap.cl
Nombre de responsable de contrato: Luis Pizarro Arce
e-mail de responsable de contrato: lpizarro@indap.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2521906-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los que se establecerán en el contrato definitivo.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato yo aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
Resolución de Empates

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:

  • En primer lugar, se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio: PERFIL PROFESIONAL Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL CALIFICADO.
  • En tercer segundo, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio PROPUESTA TÉCNICA, METODOLOGÍA Y PLAN DE TRABAJO.
  • En tercer lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio ANTECEDENTES Y TRAYECTORIA DE LA EMPRESA O PERSONAS, EN LA MATERIA.
  • Como cuarto criterio de desempate, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas, luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en la plataforma Mercado Público.

Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución fundada.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a dchamaca@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

4. INSTANCIA DE PREGUNTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES

Preguntas y respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación, podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3 “Etapas y plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán efectuarse a través del Sistema Mercado Público www.mercadopublico.cl. INDAP pondrá las respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.

Modificación a las bases

INDAP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por uno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, considerando un plazo prudencial para que los oferentes adecúen sus ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán aprobadas mediante el acto administrativo correspondiente, sometidas a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación y serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl. Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases y será responsabilidad de los oferentes estar al tanto de las modificaciones que sean publicadas en la plataforma de Mercado Público.

5. CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN

El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas bases de licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo.

Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas bases de licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público, en el plazo de preguntas indicado en el numeral 3 de las presentes bases administrativas de licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, dentro de los plazos indicados, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.

Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.

INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases de licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes bases de licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación.

Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuyen a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.

Observaciones

- Para participar en la presente licitación, los oferentes no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:

-       Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 6°.

-       Decreto N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 22°, número 9.

-       Ley N° 19.728, que establece seguro de desempleo.

-       Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que se indican, artículos 8° y 10°.

-       Decreto Ley N° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, artículo 26°, letra d.

Lo anterior se acreditará mediante la confirmación y firma electrónica de la “Declaración Jurada de requisitos para ofertar” disponible en la plataforma de Mercado Público, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.

Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 60 días corridos.

Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP no será responsable en caso alguno de ellos.

Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las bases de licitación. Para ello, deberán verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, por lo que no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

INSTRUCCIONES ADICIONALES PARA LA PRESENTACIÓN DE OFERTAS DE UTP

Para la presentación de ofertas por parte de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), éstas deberán cumplir con las siguientes reglas especiales y acompañar los siguientes antecedentes:

a.- Presentar un Anexo en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos.

b.- Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el Anexo N° 1 Antecedentes administrativos.

c.- Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán los antecedentes que presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar u omitir información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de ésta.

d.- En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación.

e.- Todos los socios serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar.

f.- Las Uniones Temporales de Proveedores deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.

g.- Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados.

8. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

Para que las ofertas presentadas puedan pasar a la etapa de evaluación, primeramente, deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:

  • Presentar el anexo N°2 Oferta Técnica.
  • Presentar el anexo N°3 Oferta económica.
    • El monto de la oferta debe ser igual o menor al presupuesto disponible indicado en el numeral 2 de estas bases de licitación.

En el caso que no se dé cumplimiento a una o más de las exigencias señaladas anteriormente, la oferta presentada será declarada inadmisible, debido a que se trata de requisitos de carácter obligatorio. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes, así como el principio de eficiencia procedimental y económica.

9. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

El puntaje mínimo para ser seleccionado debe ser igual o mayor a 70 puntos, por lo que las propuestas que obtenga menos de 70 puntos ponderados, no podrán ser adjudicadas por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, lo que será debidamente consignado en el informe final de la comisión evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proceso deba declararse desierto debido a que ninguna de las ofertas presentadas haya alcanzado el puntaje mínimo, éstas serán consideradas inadmisibles para los efectos del artículo 10, numeral 7, letra l del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas bases de licitación. Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente por un equipo interno, en calidad de comisión evaluadora, en base a los siguientes criterios:

Clasificación Criterio

Criterio de evaluación

Ponderación

1. Técnico

1.- Antecedentes y trayectoria de la empresa o personas, en la materia.

10%

1.1.- Antecedentes y trayectoria de la empresa o personas, en la materia.

100%

2.- Propuesta Técnica, metodología y plan de trabajo

40%

2.1.- Descripción de los contenidos técnicos de cada uno de los servicios ofertados.

55%

2.2.- Descripción de la metodología y forma de desarrollo de los contenidos, indicados en las bases técnicas.

15%

2.3.- Descripción del Plan de Trabajo a realizar según su metodología, actividades y tiempo requerido para alcanzar los productos requeridos de esta licitación (carta Gantt).

30%

3.- Perfil profesional y experiencia del personal calificado

30%

3.1.- Años de experiencia laboral del equipo técnico y/o profesional en el área de desarrollo rural.

30%

3.2.- Experiencia en la prestación de asesoría técnica referida a la agroecología en diferentes territorios rurales.

30%

3.3.- Formación técnico-profesional en el ámbito de la sustentabilidad y agroecología.

40%

2. Económico

1.- Precio

10%

1.1.- Precio

100%

3. Administrativo

1.-Cumplimiento de requisitos formales

5%

1.1.- Cumplimiento de requisitos formales

100%

2.-Cumplimiento de contratación inclusiva

5%

2.1.- Cumplimiento de contratación inclusiva

100%

La pauta de evaluación de los criterios indicados anteriormente es la siguiente:

CRITERIO TÉCNICO – 80%

1.- ANTECEDENTES Y TRAYECTORIA DE LA EMPRESA O PERSONAS, EN LA MATERIA – 10%

Puntaje

El Oferente indica, según lo solicitado en las Bases Técnicas de Licitación, que ha prestado sus servicios en la materia durante 3 años o más con comunidades o sus representantes de AFCI, Instituciones públicas y/o privadas, ACREDITANDO la información mediante el adjunto de: certificados, facturas, órdenes de compra, contratos u otros que permitan validar trayectoria del oferente.

100

El Oferente indica, según lo solicitado en las Bases Técnicas de Licitación, que ha prestado sus servicios en la materia durante 2 años, con comunidades o sus representantes de AFCI, con Instituciones públicas y/o privadas. ACREDITANDO información mediante el adjunto de: certificados, facturas, órdenes de compra, contratos u otros que permitan validar trayectoria del oferente.

70

El Oferente indica, según lo solicitado en las Bases Técnicas de Licitación, que ha prestado sus servicios en la materia durante menos de 1 años con comunidades o sus representantes de AFCI, Instituciones públicas y/o privadas. ACREDITANDO información mediante el adjunto de: certificados, facturas, órdenes de compra, contratos u otros que permitan validar trayectoria del oferente

35

No presenta información

0

2.- PROPUESTA TÉCNICA, METODOLOGÍA Y PLAN DE TRABAJO – 40%

Puntaje

2.1.- Descripción de los contenidos técnicos de cada uno de los servicios ofertados – 55%

La oferta enumera y detalle claramente las temáticas y contenidos que forman parte de los Servicios de asesoría para los agricultores y agricultoras participantes de la red SIPAN que están en proceso de transición agroecológica para mejorar rendimientos productivos y conforman el plan de sustentabilidad de INDAP”, indicando objetivos y productos esperados

100

La oferta entrega antecedentes generales de las temáticas y contenidos pretendidos dentro de los servicios de asesoría técnica requerida para asesoría especializada en Servicios de asesoría para los agricultores y agricultoras participantes de la red SIPAN que están en proceso de transición agroecológica para mejorar rendimientos productivos y conforman el plan de sustentabilidad de INDAP”,

70

La oferta cumple con la entrega mínima de antecedentes, relacionados a las temáticas y contenidos de los servicios de asesoría técnica requeridos para asesoría especializada en Servicios de asesoría para los agricultores y agricultoras participantes de la red SIPAN que están en proceso de transición agroecológica para mejorar rendimientos productivos y conforman el plan de sustentabilidad de INDAP”,

35

La oferta no entrega mayores antecedentes y lo hace de manera insuficiente

0

2.2.- Descripción de la metodología y forma de desarrollo de los contenidos, indicados en las bases técnicas 15%.

La oferta hace una detallada descripción de la metodología mediante la cual se desarrollarán los procesos de asesoría técnica, orientados a los “Servicios de asesoría para los agricultores y agricultoras participantes de la red SIPAN que están en proceso de transición agroecológica para mejorar rendimientos productivos y conforman el plan de sustentabilidad de INDAP”,

100

La oferta entrega antecedentes generales de la metodología y forma de desarrollo de los contenidos pretendidos dentro de los servicios de asesoría técnica, orientado a la Servicios de asesoría para los agricultores y agricultoras participantes de la red SIPAN que están en proceso de transición agroecológica para mejorar rendimientos productivos y conforman el plan de sustentabilidad de INDAP”,

70

La oferta no desarrolla suficientemente la metodología mediante la cual se desarrollarán los procesos de asesoría técnica, orientado a la Servicios de asesoría para los agricultores y agricultoras participantes de la red SIPAN que están en proceso de transición agroecológica para mejorar rendimientos productivos y conforman el plan de sustentabilidad de INDAP”,

  

35

La oferta no hace entrega de mayores antecedentes o éstos son claramente insuficientes para comprender la labor de asesoría deseada.

0

2.3.- Descripción del Plan de Trabajo a realizar según su metodología, actividades y tiempo requerido para alcanzar los productos requeridos de esta licitación (carta Gantt) – 30%

La oferta entrega un completo Plan de Trabajo, con la desagregación de las actividades, la metodología mediante la cual se cumplirán y los plazos requeridos para ello, incorporando como complemento la confección de una carta Gantt.

100

La oferta entrega un completo Plan de Trabajo, con la desagregación de las actividades, la metodología mediante la cual se cumplirán y los plazos requeridos para ello, NO incorporando como complemento la confección de una carta Gantt.

70

La oferta, solo describe las actividades del plan de trabajo, sin mayores detalles metodológicos ni de plazos. 

35

La oferta, no entrega mayores antecedentes o éstos son claramente insuficientes para comprender la labor de asesoría deseada.

0

3.- PERFIL PROFESIONAL Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL CALIFICADO – 30%

Puntaje

3.1.- Años de experiencia laboral del equipo técnico y/o profesional en el área de desarrollo rural – 30%

El equipo de trabajo y/o profesional, en promedio, presenta más de 4 años de experiencia profesional acreditable en el área rural.

100

El equipo de trabajo y/o profesional, en promedio, presenta entre 3 y 4 años de experiencia profesional acreditable en el área rural.

70

El equipo de trabajo y/o profesional, en promedio, presenta entre 2 y menos de 3 años de experiencia profesional acreditable en el área rural.

35

El equipo de trabajo y/o profesional, en promedio, presenta menos de 2 años de experiencia profesional o no acredita experiencia profesional en el área rural.

0

3.2.- Experiencia en la prestación de asesoría técnica referida a la agroecología en diferentes territorios rurales. – 30%

El equipo de trabajo y/o profesional cuenta con 2 experiencia acreditable en la entrega de asesoría técnica especializada en agroecología en diferentes territorios rurales (Acreditar mediante certificado, contratos, facturas, otro que acredite dicha formación).

100

El equipo de trabajo y/o profesional cuenta con 1 experiencia acreditable en la entrega de asesoría técnica especializada en agroecología en diferentes territorios rurales (Acreditar mediante certificado, contratos, facturas, otro que acredite dicha formación).

50

El equipo de trabajo y/o profesional NO cuenta con experiencia acreditable en la entrega de asesoría técnica especializada en agroecología en diferentes territorios rurales (Acreditar mediante certificado, contratos, facturas, otro que acredite dicha formación).

0

3.3.- Formación técnico-profesional en el ámbito de la sustentabilidad y agroecología. – 40%

El equipo de trabajo o alguno de sus miembros, cuenta con formación complementaria a su grado profesional en temáticas relacionadas a la agroecología y sustentabilidad.  (Acreditar mediante certificado, diploma u otro que acredite dicha formación).

100

El equipo de trabajo o alguno de sus miembros, cuenta con formación complementaria a su grado profesional en temáticas relacionadas a la sustentabilidad.  (Acreditar mediante certificado, diploma u otro que acredite dicha formación).

50

Ningún miembro del equipo, cuenta con formación complementaria a su grado profesional en temáticas relacionadas a la agroecología y sustentabilidad.

0

CRITERIO ECONÓMICO – 10%

Para la evaluación de este criterio, se considerarán las ofertas económicas declaradas por los oferentes correspondientes al valor total ofertado por la prestación de sus servicios o por la adquisición de los productos adjudicados, no procediendo cobro adicional bajo ningún concepto.

INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas bases de licitación.

Para la evaluación de este criterio, se considerará y comparará el precio de la oferta, con el menor precio ofertado en la presente licitación, mediante la siguiente formula:

PUNTAJE PRECIO = (PRECIO MÍNIMO OFERTADO/PRECIO OFERTA) x 100

CRITERIO ADMINISTRATIVO – 10%

Cumplimiento de requisitos formales – 5%

Puntaje

El oferente cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la propuesta, dentro del período de recepción de ofertas y antes de la fecha de cierre.

100

El oferente no cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la propuesta, dentro del período de recepción de ofertas y antes de la fecha de cierre.

0

Cumplimiento de contratación inclusiva - 5%

Puntaje

El oferente cuenta con certificación de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme (debe adjuntar el/los certificado/s vigente/s respectivo/s).

100

El oferente no cuenta con certificación de sustentabilidad para proveedores, tales como HuellaChile, Acuerdos de Producción Limpia (APL), Sello Empresa Mujer, ProPyme.

0

ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN

En virtud del Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.

Esta situación será considerada en la pauta de evaluación establecida en las presentes bases de licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el criterio administrativo.

MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES

Se entenderá por empate cuando haya igualdad de puntaje entre dos o más propuestas una vez evaluadas técnica y económicamente todas aquellas que hayan sido presentadas válidamente. Los criterios de desempate son los siguientes:

  • En primer lugar, se seleccionará a aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio: PERFIL PROFESIONAL Y EXPERIENCIA DEL PERSONAL CALIFICADO.
  • En tercer segundo, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio PROPUESTA TÉCNICA, METODOLOGÍA Y PLAN DE TRABAJO.
  • En tercer lugar, se seleccionará aquella propuesta que presente mayor puntaje en el criterio ANTECEDENTES Y TRAYECTORIA DE LA EMPRESA O PERSONAS, EN LA MATERIA.
  • Como cuarto criterio de desempate, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas, luego de haber aplicado los criterios antes señalados, se escogerá a aquel oferente que haya ingresado primero su propuesta en la plataforma Mercado Público.

Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, recomendando la adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución fundada.

10. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN

INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas bases de licitación. Determinado el oferente seleccionado, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas bases de licitación y de la presentación de su oferta.

La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada de la autoridad competente de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de actividades del proceso licitatorio.

Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.

En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas bases de licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

INDAP no podrá adjudicar la licitación a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.

RE-ADJUDICACIÓN

En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato y/o aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.

MECANISMOS PARA SOLUCIÓN DE CONSULTAS RESPECTO A LA ADJUDICACIÓN

 

En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a dchamaca@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (5) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

11. ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO

Si el oferente es persona natural

  1. Fotocopia de su cédula de identidad.
  2. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Acreditar en Registro de Proveedores

Si el oferente es una persona jurídica

  1. Certificado de vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencia indicados.
  2. Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, manteniendo la misma vigencia anteriormente señalada.
  3. Copia de la escritura pública de constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.
    1. Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:

-     Certificado de vigencia

-     Certificado de estatutos actualizados

-     Certificado de anotaciones, en su caso

Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl

Acreditar en Registro de Proveedores

Si el oferente es una UTP

Las Uniones Temporales de Proveedores (UTP) deberán entregar los mismos documentos indicados precedentemente respecto de cada uno de sus integrantes y suscribir un documento que formalice la unión, el cual deberá formalizarse de acuerdo a lo establecido en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.

La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos, equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación, incluyendo la renovación que pudiera tener lugar, en virtud de lo dispuesto en el artículo 12 del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Asimismo, los integrantes de la UTP deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumpla todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a INDAP respecto al servicio a contratar. No obstante, todos los integrantes serán responsables solidariamente del cumplimiento de las obligaciones que surjan del servicio a contratar, por lo que INDAP podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza.

El apoderado de la UTP deberá tener poder suficiente, lo cual deberá constar en los documentos legales que se presenten y que respaldan la constitución de dicha figura, de acuerdo con el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886.

Todos los oferentes

Garantía de fiel cumplimiento de contrato.


OBSERVACIONES

El plazo para la suscripción del contrato es de 10 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento.

Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente según lo regulado en estas bases de licitación.

Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, INDAP podrá proceder a la re-adjudicación, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.

En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Cabe señalar que, a través del Registro de Proveedores de Mercado Público, se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 92 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley N° 19.886.

13. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

Vigencia del contrato

6 meses, a contar de la total tramitación del acto administrativo que aprueba el contrato.

Renovación / Prórroga

Podrá renovarse/prorrogarse con acuerdo de ambas partes por un periodo máximo igual al contrato original, siempre que se den razones fundadas y por escrito y siempre que exista disponibilidad presupuestaria para financiar un nuevo periodo, en el caso de una renovación.. La renovación/prórroga que pueda producirse será sancionada mediante el correspondiente acto administrativo y, una vez transcurrido en su totalidad el plazo establecido para esta, el contrato terminará automáticamente, sin necesidad de aviso previo.

Modificación del contrato

Las partes podrá modificar de común acuerdo el contrato que se suscribirá como resultado del presente proceso licitatorio.

Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones deberán ser requeridas y aprobadas por la contraparte técnica de INDAP y podrán afectar el precio del contrato en hasta un 30% de su valor total.

En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado el contrato.

Término de contrato

El contrato podrá terminarse por la llegada del plazo estipulado para su ejecución, o por la total utilización del presupuesto asignado para esta contratación, o bien podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el numeral 16 de las presentes bases de licitación.

14. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los que se establecerán en el contrato definitivo.

  

El oferente adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación, total o parcial, de los servicios contratados. En concordancia, el oferente adjudicado deberá ser quien efectivamente preste los servicios, no pudiendo ceder a un tercero la ejecución de estos.

El personal de la empresa que ejecute los servicios que se adjudicarán, dependerá única y exclusivamente del oferente adjudicado y, por lo tanto, no tendrá relación laboral directa o indirecta con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, ni con ninguna de sus dependencias. Asimismo, INDAP no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño que pueda presentarse en el personal de la empresa que puedan concurrir a las dependencias de INDAP durante la ejecución de los servicios, ya que el oferente adjudicado se obliga a cumplir, en relación con sus trabajadores, con todas las normas de higiene y seguridad en el trabajo a que se refiere la Ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Sin perjuicio de lo anterior y en virtud del artículo 77 numeral 5 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar al oferente adjudicado informar sobre el estado de cumplimiento del pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social en favor de sus actuales trabajadores o trabajadores contratados en los últimos dos años. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

15. PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO

Presupuesto disponible (impuestos incluidos, si corresponde)

El presupuesto TOTAL MÁXIMO DISPONIBLE considerado para la Contratación de los: Servicios de asesoría para la AFCI participantes de la red SIPAN que están en proceso de transición agroecológica para mejorar su productividad y son parte del plan de sustentabilidad de INDAP, es de $14.300.000 (catorce millones, trescientos mil pesos) Impuestos incluidos.

Forma de pago

Asesoría técnica especializada, orientada Servicios de asesoría para la AFCI participantes de la red SIPAN que están en proceso de transición agroecológica para mejorar su productividad y son parte del plan de sustentabilidad de INDAP Los Servicios contratados, asociados al requerimiento de asesoría técnica especializada, se pagarán en 3 cuotas, las que se detallan en el cuadro:

  

JUNIO  

  

SEPTIEMBRE  

  

DICIEMBRE  

1er Informe 

2do Informe  

3er Informe  

Entrega de Plan trabajo y metodología validada por INDAP y agricultores/as de los predios piloto.  

Este debe contener:
- los planes de manejo de los 4 predios piloto

- el diagnóstico de los predios piloto

- los avances en el plan de asesoría ejecutados hasta terminado el mes de septiembre. Los avances del plan deben alcanzar como mínimo los contenidos de conceptos básicos, diseño predial y manejo ecológico de suelos.

Este informe debe contener:

-Los resultados obtenidos por la entrega completa de la asesoría en agricultores, agricultoras y extensionistas.

-Los avances en cuanto al estado en que quedaron los 4 predios pilotos.

-Las recomendaciones a agricultores, agricultoras y extensionistas.

-El material de apoyo con el contenido del plan de asesoría para agricultores, agricultoras y extensionistas.

Cuota N°1: correspondiente al 30% del valor total presupuestado $ 4.290.000.

Cuota N°2: correspondiente al 30% del valor total presupuestado $ 4.290.000

Cuota N°3: correspondiente al 40% del valor total presupuestado $ 5.720.000

Fechas de pago 1era cuota: 31/07/2023

Fecha de pago 2da cuota: 30/09/2023

Fecha de pago 3era cuota:15/12/2023

Aprobación de pago

Los pagos se realizarán previa autorización de la contraparte técnica de INDAP, que en este caso corresponde a la Jefatura del Departamento de Fomento, quien deberá corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.

Facturación

Una vez autorizado el pago por la contraparte técnica de INDAP, ésta procederá a señalar al Departamento de Gestión de Abastecimiento que se puede hacer la recepción conforme de los servicios, para posteriormente indicar al oferente seleccionado que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo. 

La empresa deberá remitir la factura junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.

El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla contabilidad@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia. En caso de que no se envíen los antecedentes bancarios, el pago se realizará con cheque, el que se enviará por carta certificada a la dirección inscrita en servicios de impuestos internos.

En caso de que el oferente seleccionado emita boletas de honorarios, deberá remitir dicho documento junto a su archivo xml a la casilla de correo opartes@indap.cl.

En este caso, el pago será efectuado por parte de la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla contabilidad@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.

En caso que se adjudique a una UTP, ésta deberá emitir el documento tributario, el cual, se señala claramente en la Orden de Compra.

16. TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO

El contrato podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:

  1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
  2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
  3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  6. Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:
    1. Si el contratante perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.
    2. Si el contratante falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato.
    3. Haber sido condenado el contratante por crimen o simple delito.
    4. Haber sido condenado el contratante, como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.
    5. Haber sido suspendido el contratante o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.
    6. Si el contratante se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.
    7. Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP.

El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.

Lo establecido en este numeral es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Procedimiento para término anticipado de contrato (letra A)

Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en la letra A, cualquiera de las partes enviará a la otra, mediante correo electrónico, el documento que da cuenta de las razones de la resciliación, firmado por el representante legal respectivo. La parte receptora del documento de resciliación podrá suscribirlo sin más trámite, o bien hacer las modificaciones que estime pertinentes, en cuyo caso deberá remitirlo a la parte que inició el procedimiento, para su suscripción.

El documento de resciliación que en definitiva se suscriba por ambas partes, se adjuntará al acto administrativo que formalice el término anticipado y servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.

Procedimiento para término anticipado de contrato (letra D)

Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, INDAP enviará al contratante, vía correo electrónico, la carta de comunicación respectiva. Posteriormente, mediante acto administrativo debidamente tramitado, INDAP formalizará el término de contrato, adjuntado el documento oficial que dé cuenta de las razones que exigen dicho término, el que servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.

Procedimiento para término anticipado de contrato (letras B, C, E y F)

 

  1. INDAP notificará al contratante el eventual término anticipado de contrato mediante correo electrónico, indicando la causal de que se trata y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
  2. El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección abastecimiento@indap.cl, la que deberá ser fundada.
  3. INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
  4. Se hace presente que contra la resolución que aprueba el término anticipado de contrato, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras B, C, E y F:

- El contratante no tendrá derecho a indemnización alguna y se podrá proceder al cobro de las multas adeudadas.

- INDAP podrá dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el contratante sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones contraídas (letra B), entre otras, las siguientes acciones:

          La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta.

          Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 15% del valor del contrato.

          Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los 5 días hábiles de atraso o incumplir 2 obligaciones durante la vigencia del contrato.

          No pago de las multas debidamente cursadas en el plazo establecido.

          No renovar la garantía de fiel cumplimiento en caso de renovación o prórroga del contrato.

          No reponer la garantía de fiel cumplimiento en caso de cobro de esta.

          Transgredir la prohibición de subcontratar, ceder, traspasar y/o transferir, total o parcialmente, a cualquier título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el contrato.

Para el caso de las UTP, adicionalmente a las acciones precedentes, configuran incumplimiento grave de las obligaciones contraídas las siguientes:

          La constatación de que los integrantes de la UTP constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.

          Si uno de los integrantes de la UTP se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de evaluación de la oferta.

          Ocultar información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros.

          Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la UTP no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.

          Disolución de la UTP.

Fuerza mayor y caso fortuito

          Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el artículo 45 del Código Civil de Chile.

          Si el oferente seleccionado se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.

          La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.

          La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el oferente seleccionado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.

          En cualquier caso, si el oferente seleccionado no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.

          Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al oferente seleccionado cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el contrato se resolverá de pleno derecho.

          Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por fuerza mayor o caso fortuito, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato establecido para las causales de las letras B, C, E y F, con el fin de dar cumplimiento al principio de contradictoriedad establecido en el artículo 10 de la Ley N° 19.880.

17. SANCIONES Y MULTAS

INDAP podrá cobrar multas al contratante, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente licitación, siempre que se deba a causa imputable al contratante, en los siguientes términos:

A. El incumplimiento de los plazos y/o fechas que se fijen para la ejecución de las actividades y procesos asociados a los servicios, será sancionado con el valor de UF 1 por cada tres día hábil de atraso, con un tope de hasta 9 días hábiles.

B. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, no asociadas a plazos, será sancionado con el valor de UF 3 por cada obligación incumplida.

En cualquier caso, las multas no podrán superar el 30% del monto total del contrato.

Si excediese los 6 días hábiles de atraso o incumpliera 2 obligaciones durante la vigencia del contrato, INDAP quedará facultado para poner término anticipado al contrato y/o hacer efectivo el instrumento financiero de garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo al Procedimiento para la aplicación de multas que se establece a continuación.

En cualquier caso, las multas no podrán superar el 30% del monto total del contrato.

Procedimiento para la aplicación de multas

  1. INDAP notificará al contratante la eventual aplicación de multas mediante correo electrónico, indicando la(s) causa(s), el monto de la multa a que daría origen el incumplimiento y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
  2. El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, para que deje sin efecto la multa o la rebaje, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección dchamaca@indap.cl, la que deberá ser fundada.
  3. INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y cursando la multa respectiva, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
  4. El pago de las multas que correspondan deberá ser efectuado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que aplica la multa, mediante un vale a la vista nominativo, transferencia electrónica o algún otro medio de pago que se determine.
  5. En caso que el contratante no pague la multa dentro del plazo establecido, facultará a INDAP para descontar el monto adeudado del estado de pago pendiente y/o para proceder al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato y/o para terminar anticipadamente el contrato, a elección de INDAP.
  6. Se hace presente que contra la resolución que aplica la multa, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
18. CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP

INDAP se relacionará con el contratante, tanto en los aspectos técnicos como operacionales y administrativos, a través de la Jefatura del Departamento de Fomento, o quien ésta designe para tales efectos, para efectuar las siguientes tareas y funciones:

  • Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
  • Colaborar con el contratante en el ámbito de sus competencias, poniendo a su disposición lo necesario para la buena ejecución del contrato.
  • Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, supervisando los servicios, planteando al contratante las observaciones y/o recomendaciones que se estime pertinentes.
  • Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
  • Autorizar los pagos programados, debiendo corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
19. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.

OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.

NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por lo cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.

 

AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.

GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.

20. PROPIEDAD INTELECTUAL

Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.

“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.

Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.

Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.

II. BASES TÉCNICAS

La misión institucional del INDAP para el año 2023 consiste en promover el desarrollo productivo, social, cultural y ambiental de los y las pequeños(as) productores(as), campesinos(as), así como también de sus organizaciones y comunidades, situándolos como pilar fundamental de la seguridad y soberanía alimentaria del país, mediante la entrega de una oferta programática integral que les permita transitar hacia procesos productivos y comerciales sostenibles, resilientes al cambio climático e inclusivos con mujeres, jóvenes y pueblos originarios. En este sentido, uno de los lineamientos estratégicos de la institución es fomentar el desarrollo de nuevas capacidades en la AFCI, con enfoque agroecológico, que permita su integración efectiva en el sistema agroalimentario del país.  
Como acciones concretas en esta línea, es que, a partir del año 2022, se ha comenzado a consolidad la Red de Sustentabilidad y Agroecología a nivel nacional en las diferentes regiones. Particularmente, en la región de Tarapacá se ha avanzado en la caracterización diagnóstica en torno a qué tan integrado están los conceptos de sustentabilidad y agroecología en usuarios(as) y equipos de extensión. Como resultado de este diagnóstico es que se observa que una de las brechas más significativas es la falta de conocimiento en torno a la producción sustentable y principios agroecológicos que sostienen procesos sostenibles, resilientes y biodiversos que se quieren fomentar en la estrategia de INDAP.  

  
Por otra parte, CONADI, creada mediante la ley N° 19.253, tiene la misión institucional de Promover, coordinar y ejecutar la acción del Estado a favor del desarrollo integral de las personas y comunidades indígenas, especialmente en lo económico, social y cultural e impulsar la participación en la vida nacional, está a través de iniciativas de inversión y prestación de servicios a usuarios y usuarias.   

  

El Programa Fomento a la economía indígena, tiene como finalidad contribuir al desarrollo integral de los pueblos indígenas mediante el fomento de la economía en las áreas urbanas y rurales del país. En este mismo sentido su propósito consiste en aumentar la sostenibilidad de los emprendimientos de personas indígenas que deciden iniciar o consolidar una actividad económica y/o productiva con identidad cultural.

Durante el año 2023, se ha establecido un convenio de colaboración entre ambas instituciones, que ha implicado una transferencia de recursos desde La corporación Nacional de Desarrollo Indígena (CONADI) al Instituto Nacional de Desarrollo Agropecuario (INDAP) para la ejecución del proyecto “Red SIPAN Alto Andino Precordillera Norte, ubicados en la provincia del Tamarugal, región de Tarapacá, año 2023” 

1.- OBJETIVO Y DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS REQUERIDOS.

Objetivo General:  

  
Propiciar y promover espacios de educación e intercambio de conocimiento en la AFCI en torno a prácticas agroecológicas que promueven y resguardan el patrimonio biocultural de la región de Tarapacá  

  

Objetivos específicos:  

  

  • Capacitar y empoderar a usuarios PDTI en la revalorización de sus prácticas ancestrales como en la integración de nuevas prácticas agroecológicas para sus sistemas agroproductivos.   
  • Fortalecer conocimientos técnicos, capacidades y habilidades en los equipos técnicos PDTI, de manera de sostener en el tiempo el proceso de transición agroecológica en los sistemas productivos de los y las usuarias del PDTI.   
  • Entregar nuevas metodologías y herramientas a equipos técnicos PDTI que permitan facilitar y guiar de una manera más participativa y sensibilizadora los procesos de transición agroecológica a sus grupos de usuarios PDTI.   
  • Implementar y consolidar los predios pilotos tomados por SIPAN, con el fin de ser espacios de demostración, reflexión, aprendizaje e investigación acción participativa, para cada una de las comunas rurales de la Provincia del Tamarugal.

1.2.- ACTIVIDADES A DESARROLLAR

Beneficiarios  

La asesoría está dirigida a los usuarios PDTI interesados en realizar el proceso de transición agroecológica, el cual cuenta con 110 agricultores previamente identificados y repartidos entre las comunas de Camiña, Huara, Pozo Almonte y Pica. Sin embargo, no se podrá excluir a usuarios PDTI que se interesen posteriormente en participar.

También está dirigida a los extensionistas que realizarán el proceso de acompañamiento y diseño de los planes de manejo de los usuarios correspondientes a sus programas.  

  
Fechas y lugar de la ejecución de los productos  

La asesoría se deberá realizar entre los meses de junio y diciembre del año 2023, quedando sujeta a continuar el año 2024 si quedan temas pendientes o problemas a abordar que se vayan descubriendo en el proceso.   

Las sesiones de asesoría se deben realizar de manera presencial para agricultores y agricultoras. En el caso de los y las extensionistas, su participación podrá ser de manera virtual y presencial. Los lugares en donde se llevarán a cabo las actividades presenciales de la asesoría serán cuatro predios pilotos iniciados con SIPAN, correspondiente a parcelas de usuarios ubicadas en la comuna de Camiña, Huara, Pozo Almonte y Pica. Estos predios piloto, forman parte del proceso de transición agroecológica que continuará con el Plan de Sustentabilidad y Agroecología regional, por lo que es indispensable que las actividades demostrativas y de intercambio de experiencias se desarrollen de manera continua en cada uno de los predios pilotos. Cabe mencionar que el oferente debe considerar los costos de alimentación y alojamiento de su personal y equipos de apoyo. Con respecto a los materiales, estos deben atender el principio agroecológico en que los insumos necesarios para la producción agroecológica sean de fácil acceso para los y las productoras, por lo que debiesen encontrarse en los alrededores y/o en comercios locales

Servicios a contratar a través de esta licitación.  

El oferente deberá desarrollar como mínimo los contenidos indicados, de forma pormenorizada e incorporar aquellas temáticas que estime necesarias para un servicio integral que satisfaga los requerimientos de la entidad solicitante:  

A)     Asistencia técnica para agricultores y agricultoras en transición hacia la agroecología.

Resultados esperados

Agricultores y agricultoras con nuevas herramientas y conocimientos en torno a la importancia de transitar hacia la agroecología. Para ello, se requieren los planes de manejo de los 4 predios pilotos dispuestos para la demostración, experimentación y aprendizaje de las prácticas agroecológicas. En este sentido se espera:

   

  • Identificar los predios pilotos trabajados por SIPAN para diagnosticar su estado de avance y generar confianza entre el oferente y los agricultores de los predios pilotos, ya que estos lugares serán los espacios de asesoría y capacitación en terreno en torno al proceso de transición agroecológica para el resto de usuarios que integren el plan de sustentabilidad.   
  • Realizar un plan de asesoría técnica en producción agroecológica en espacios demostrativos piloto para usuarios del Programa de Sustentabilidad de INDAP Tarapacá que vienen del programa SIPAN. La asesoría debe ser presencial y práctica, para un total de 100 agricultores repartidos entre las comunas mencionadas.   
  • Los contenidos del plan de asesoría deberán incluir como mínimo: conceptos básicos de agroecología y sustentabilidad, manejo ecológico de suelos, agrobiodiversidad funcional, manejo ecológico de plagas, intercambio de experiencias y elaboración de planes de manejo predial.   
  • Realizar planes de manejo predial en los predios pilotos que se tomarán como espacios de aprendizaje.   
  • Entregar material físico con el contenido del plan de asesoría, en donde contenga todos los contenidos vistos de manera presencial práctica, con lenguaje que facilite la comprensión de los y las participantes.   

B)     Asistencia técnica para extensionistas que acompañarán el proceso de Transición agroecológica en agricultores y agricultoras del Plan de sustentabilidad.   

Resultados esperados  

Extensionistas con conocimientos en prácticas agroecológicas y capacidad para crear y realizar seguimiento a planes de manejo predial. Con el fin de empoderar a los equipos técnicos para estimular el cambio paulatino en el proceso de transición agroecológica en la AFCI de cada comuna del Tamarugal en donde se sitúan. Para lo cual se espera:   
    

  • Realizar un plan de asesoría técnica en producción agroecológica de forma virtual y presencial en espacios demostrativos piloto para usuarios del PDTI de las comunas de Camiña, Huara, Pozo Almonte y Pica.  
  • Los contenidos del plan de asesoría deberán incluir como mínimo: conceptos básicos, manejo ecológico de suelos, agrobiodiversidad funcional, manejo ecológico de plagas, intercambio de experiencias, elaboración de planes de manejo predial, metodologías participativas para acompañar el proceso de transición con agricultores y agricultoras.   
  • Entregar material físico con el contenido del plan de asesoría, en donde contenga todos los contenidos vistos de manera presencial y teórica.    

C)    Continuar con el desarrollo de los predios pilotos SIPAN para canalizarlos como futuros faros agroecológicos.

Resultados esperados  

Los predios pilotos dispuestos para la realización de la asesoría técnica, serán los futuros faros agroecológicos de la región de Tarapacá, con el fin de ser espacios de aprendizaje, muestra de resultados e intercambio de experiencias.  

Metodología de la asesoría.  

Para cada asesoría específica, el proponente debe describir con detalle los productos a ofertar, la metodología propuesta, descripción de las actividades conducentes al logro de los productos y la temporalidad para alcanzar los mismos.  

La metodología de trabajo deberá poseer los siguientes enfoques:  

  

  • Constructiva, participativa, abierta e inclusiva, tal que el proceso de entrega de información a INDAP dada por el oferente, sea nutrida y complementaria a las demandas ejercidas en las bases del concurso.  
  • Basada en las realidades locales de la región de Tarapacá, y en específico en la realidad de los sectores a ser intervenidos (Camiña, Huara, Pozo Almonte y Pica).  
  • Debe ser coherente con los objetivos de esta licitación; presentando en forma clara las etapas y plazos de cada una de las actividades a desarrollar en el plan de trabajo.  

1.3.- HITOS Y ENTREGABLES.

 

Los oferentes deben contar e indicar en sus propuestas un dominio acabado de los temas, que muestre experiencia en llevar procesos participativos con comunidades campesinas y/o indígenas. Lo cual deberá reflejarse durante la ejecución del programa de asesoría que será revisado junto a la entrega de tres informes que condicionan el pago de las cuotas por los servicios entregados:  

  • Cuota 1: Se entregará la primera cuota equivalente al 20% del total del presupuesto para la licitación, por la entrega del informe 1 correspondiente al detalle de plan de trabajo validado por INDAP y agricultores/as de los predios piloto en el mes de junio.
    • Cuota 2: La segunda cuota de pago equivalente al 40% del total del presupuesto para la presente licitación, contra entrega de informe 2 el cual contenga el diagnóstico de los predios piloto y los avances en el plan de asesoría ejecutados hasta terminado el mes de septiembre. Los avances del plan deben alcanzar como mínimo los contenidos de conceptos básicos, diseño predial y entregar los planes de manejo correspondiente a los 4 predios piloto.
    • Cuota 3: la tercera cuota de pago equivale al 40% del presupuesto de la presente licitación, se pagará contra entrega de informe final con todos los productos comprometidos realizados al mes de diciembre 2023, es decir, con el término de la asesoría y todos sus contenidos abordados para agricultores, agricultoras y extensionistas con el material de apoyo entregado a sus participantes.

Duración de la ejecución  

Para la ejecución de los productos solicitados él o los oferentes, deberán considerar como tiempo máximo de referencia siete meses para la entrega total de los productos terminados. Acorde con ello se espera poder recibir:  

    

JUNIO  

  

SEPTIEMBRE  

  

DICIEMBRE  

1er Informe 

2do Informe  

3er Informe  

Entrega de Plan trabajo y metodología validada por INDAP y agricultores/as de los predios piloto.  

Este debe contener:
- los planes de manejo de los 4 predios piloto

- el diagnóstico de los predios piloto

- los avances en el plan de asesoría ejecutados hasta terminado el mes de septiembre. Los avances del plan deben alcanzar como mínimo los contenidos de conceptos básicos, diseño predial y manejo ecológico de suelos.

Este informe debe contener:

-Los resultados obtenidos por la entrega completa de la asesoría en agricultores, agricultoras y extensionistas.

-Los avances en cuanto al estado en que quedaron los 4 predios pilotos.

-Las recomendaciones a agricultores, agricultoras y extensionistas.

-El material de apoyo con el contenido del plan de asesoría para agricultores, agricultoras y extensionistas.

Cuota N°1: correspondiente al 30% del valor total presupuestado $ 4.290.000.

Cuota N°2: correspondiente al 30% del valor total presupuestado $ 4.290.000

Cuota N°3: correspondiente al 40% del valor total presupuestado $ 5.720.000

Fechas de pago 1era cuota: 31/07/2023

Fecha de pago 2da cuota: 30/09/2023

Fecha de pago 3era cuota:15/12/2023

Cabe destacar que el oferente deberá considerar reuniones de planificación con el equipo de INDAP, las que pueden surgir por iniciativa del oferente o por parte del equipo de INDAP, con la finalidad de llevar a cabo la propuesta técnica de manera coordinada y poder prevenir, resolver o apoyar diferentes situaciones que ocurran durante el proceso de ejecución del plan de asesoría técnica.

1.4.- ACUERDO DE NIVELES DE SERVICIO (SLA)

El oferente debe asegurar, como mínimo, los siguientes niveles de servicio:

SERVICIO

SLA

Tiempo de respuesta en dar continuidad del servicio de asesoría técnica especializada, considerando 01 profesional.

70 %

Tiempo de respuesta en caso de dudas, consultas o requerimientos de parte de INDAP o de el/los usuarios beneficiados, (asesoría técnica)

30 %

La oferta que no cumpla con los SLA aquí señalados, no podrá ser adjudicada por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, lo que será debidamente consignado en el informe final de la comisión evaluadora.

El proveedor podrá ofrecer mejores SLA en su propuesta, lo que será debidamente valorado en la etapa de evaluación de ofertas.

En caso de incumplimiento de los SLA comprometidos por el proveedor adjudicado, INDAP quedará facultado para iniciar el procedimiento para la aplicación de multas establecido en las presentes bases de licitación.

1.5.- GESTIÓN DE LOS SERVICIOS

  • Los servicios requeridos, son de carácter presencial (en terreno) y virtual, considerándose para el seguimiento del cumplimiento de metas y objetivos, la entrega de informes de manera mensual, los cuales contengan los logros alcanzados según la carta Gantt. Cabe señalar que el pago de los servicios estará ligado a la entrega y aprobación del informe mensual.
  • El oferente deberá garantizar la provisión de equipos y medios tecnológicos necesarios para la prestación de los servicios (notebook, PC, Tablet, etc.).
  • El oferente debe garantizar que el servicio sea prestado en todo momento por los profesionales que presente en su propuesta, debiendo contar con personal de reemplazo en caso de ausencia por cualquier causa. Dicho personal de reemplazo debe cumplir con el mismo perfil y experiencia de la persona que está reemplazando.
  • Para ausencia temporal de más de 3 días hábiles, ya sea por licencia médica u otra razón fundada, el plazo para reemplazar al integrante del equipo será de 5 días hábiles.
  • Para ausencia permanente, ya sea por renuncia u otra razón imprevista, el plazo para reemplazar al integrante del equipo será de 10 días hábiles.
  • En caso de incumplimiento de los plazos indicados precedentemente, el oferente será sancionado por cada día de atraso con las multas establecidas en las presentes bases de licitación.

1.6.- EXPERIENCIA DEL OFERENTE

Los oferentes, deben contar con un equipo técnico que demuestre experiencia comprobada en la prestación de servicios de Asesoría Técnica vinculada con el ámbito de la sustentabilidad y agroecología. Así mismo, el oferente deberá comprobar experiencia en el área de la producción agroecológica y trabajo con comunidades AFC en diferentes territorios rurales.

Requisitos específicos para orientar la conformación del equipo técnico asesor:

  • Años de experiencia laboral del equipo técnico y/o profesional en el área de desarrollo rural.

Considera los años de experiencia profesional (desde la fecha de titulación) con que cuenta el equipo técnico. El análisis para realizar la cuantificación temporal de la experiencia se realizará sobre el promedio de años del equipo. (Ejemplo: años de experiencia del profesional n°1 = 5 años, años de experiencia del profesional n°2 = 3 años, años promedio de experiencia del equipo técnico = 4 años).

  • Experiencia en la prestación de asesoría técnica referida a la agroecología en diferentes territorios rurales.

Considera la experiencia profesional, específicamente asociada la agroecología en diferentes territorios rurales. El oferente debe acreditar experiencia a través de certificados, órdenes de compra, facturas, boletas de honorario, certificado laboral, contrato de trabajo.

  • Formación técnico-profesional en el ámbito de la sustentabilidad y agroecología

Considera la formación y actualización en los conocimientos relacionados a la sustentabilidad y agroecología. (Acreditar mediante certificado, diploma u otro que acredite dicho reconocimiento).

 

1.7.- FINANCIAMIENTO PROYECTADO.

Como se indica en el cuadro n°1, el presupuesto total disponible corresponde a $14.300.000 (catorce millones trescientos mil pesos) I.V.A incluido, recursos con los que se proyecta contratar los Servicios de Asesoría y Formación en Transición Agroecológica para agricultores y agricultoras del Plan de Sustentabilidad de la región de Tarapacá. conforme el siguiente detalle:

ITEM

DETALLE

COSTO TOTAL ($) IVA INCLUIDO

1

Costo por servicio de asesoría

 $14.300.000

 








Cuadro 1: Detalle del presupuesto asignado para el desarrollo dela presente licitación
.