Licitación ID: 585893-33-LE23
Servicios de aseo oficinas DR y APA Indap Tarapacá
Responsable de esta licitación: INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO, INDAP - Region de Tarapaca
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
Dejar un reclamo sobre esta licitación Dejar un reclamo sobre esta licitación
Productos o servicios
1
Servicios de saneamiento de aseos 1 Unidad
Cod: 76101501
Contratación de la prestación de los servicios de “Aseo e Higienización de las dependencias de INDAP – Dirección Regional de Iquique y Agencia de Área Pozo Almonte.”  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
Servicios de aseo oficinas DR y APA Indap Tarapacá
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
El objetivo de la Licitación es la contratación de servicios de Aseo e Higienización de las dependencias de INDAP región de Tarapacá, de nuestras 02 oficinas ubicadas en: - Dirección Regional de Iquique, ubicado en calle Patricio Lynch N° 660, ciudad de Iquique. - Agencia de Área Pozo Almonte, ubicado en calle 21 de mayo N° 418, comuna de Pozo Almonte.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
Se requerirá suscripción de contrato
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
INSTITUTO DE DESARROLLO AGROPECUARIO
Unidad de compra:
INDAP - Region de Tarapaca
R.U.T.:
61.307.000-1
Dirección:
AGUSTINAS 1465
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 20-12-2023 15:30:00
Fecha de Publicación: 11-12-2023 16:01:00
Fecha inicio de preguntas: 11-12-2023 17:00:00
Fecha final de preguntas: 15-12-2023 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 18-12-2023 16:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 20-12-2023 15:31:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 20-12-2023 15:31:00
Fecha de Adjudicación: 28-12-2023 17:40:19
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
VISITA A TERRENO (carácter obligatorio) direccion: calle Patricio Lynch N 660, ciudad de Iquique 14-12-2023 10:30:00
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- • Anexo 1: Antecedentes y trayectoria de la empresa en “Servicios de Aseo”
2.- Oferentes deberán indicar: - Antecedentes de la empresa, tales como: Nombre y RUT de la empresa y representante, dirección, contacto, correo electrónico u otros. - 1.1 Trayectoria de la empresa en los “Servicios de aseo”, indicando listado de instituciones públicas y/o empresas privadas a los que ha entregado servicios en la materia; debe ACREDITAR INFORMACIÓN mediante el adjunto de: certificados, contratos, facturas, órdenes de compra u otros que permitan validar trayectoria del oferente
Documentos Técnicos
1.- • Anexo 2 Propuesta Técnica del Oferente: Oficinas Dirección regional de Iquique y Oficinas Agencia de Área Pozo Almonte.
 
2.- • 1.1. Equipos, implementos y materiales para ejecución (Anexo 2). • 1.2. Descripción Contenidos Técnicos de servicios. (Anexo Nº 2). • 1.3. Protocolo de higienización y de instrucción de las medidas y metodología de trabajo bajo la contingencia sanitaria. (Anexo 2) • 1.4. Otros servicios adicionales (Anexo Nº 2).
 
3.- La presentación de ofertas que no utilice los Anexos, la alteración de dichos formatos, será considerada incumplimiento de los requisitos. Originará la exclusión del proceso al oferente participante, la cual se verá reflejada en la NO admisibilidad en el proceso de apertura de ofertas del proceso de Licitación. Otros antecedentes que el oferente estimase oportuno señalar y que amplíen la descripción de los servicios de capacitación requeridos por la Institución.
 
Documentos Económicos
1.- Anexo 3 Oferta Económica
2.- Las propuestas deberán indicar el MONTO NETO de los servicios requeridos por la Institución, el cual deberá ser presentado con los antecedentes requeridos en las Bases de Licitación. Los montos referenciales de la propuesta deberán estar expresada en moneda nacional. Cabe señalar que en el Sistema de Compras y Contrataciones Públicas (Portal Mercado Público), se deberá ingresar el MONTO NETO, excluyéndose los impuestos que se encuentren involucrados.
3.- En caso que el oferente no pague impuestos por los servicios contratados deberá indicarlo expresamente en su propuesta, liberando a INDAP de toda responsabilidad en caso de error. En caso de que la oferta económica ingresada por el proveedor en la ficha electrónica de la Plataforma Mercado Público, presente diferencias con el valor expresado en el Anexo N° 3, solo se considerará el valor indicado en el Anexo N° 3, para todos los efectos legales.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 1.2. Descripción Contenidos Técnicos de servicios. Según criterios de evaluación indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitacion. 25%
2 1.1. Equipos, implementos y materiales para ejecuc Según criterios de evaluación indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitacion. 15%
3 1.3. Protocolo de higienización y de instrucción d Según criterios de evaluación indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitacion. 5%
4 1.4. Otros servicios adicionales (Anexo Nº 2). Según criterios de evaluación indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitacion. 5%
5 2.1. Oferta económica Según criterios de evaluación indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitacion. 20%
6 3.2. Cumplimiento de requisitos formales Según criterios de evaluación indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitacion. 5%
7 3.1. Trayectoria en la Materia Demostrable. en “S Según criterios de evaluación indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitacion. 20%
8 3.3. Cumplimiento de contratación inclusiva Según criterios de evaluación indicados en numeral 9. Procedimiento de evaluación, de las Bases de licitacion. 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Monto Total Estimado: 20400000
Justificación del monto estimado 12 cuotas de un monto máximo mensual de 1.700.000.- un millón setecientos mil pesos impuesto incluido.
Contrato con Renovación: SI
Justificación Renovación: Podrá renovarseprorrogarse con acuerdo de ambas partes por un periodo máximo igual al contrato original, siempre que se den razones fundadas y por escrito. La renovaciónprórroga que pueda producirse será sancionada mediante el correspondiente acto admi
Observaciones La cuota mensual considera para la ejecución y pago de los servicios de “Aseo e Higienización de las dependencias de INDAP – Dirección Regional de Iquique ubicado en calle Patricio Lynch N° 660, ciudad de Iquique y Agencia de Área Pozo Almonte ubicado en
Tiempo del Contrato 12 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Daisy Leon Condori
e-mail de responsable de pago: dleon@indap.cl
Nombre de responsable de contrato: Paola Pedrero Carte
e-mail de responsable de contrato: ppedrero@indap.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2521913-
Prohibición de subcontratación: No permite subcontratación
El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los que se establecerán en el contrato definitivo.
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato yo aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.
Resolución de Empates

Se entenderá por empate cuando hay igualdad de puntaje entre dos o más propuestas que hayan sido presentadas válidamente y se encuentren en empate al final de la etapa de evaluación. Los criterios de desempate son los siguientes:

  • En primer lugar, se seleccionará aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio Descripción Contenidos Técnicos de servicios.
  • En segundo lugar, a igualdad entre dos o más propuestas bajo el criterio anterior, se escogerá aquella propuesta que presente el mayor puntaje en el criterio Equipos, implementos y materiales para ejecución.
  • En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios de los dos párrafos precedentes, se escogerá aquella propuesta que presente el mayor puntaje en el criterio Trayectoria en la Materia Demostrable.  en “Servicios de Aseo”.
  • En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios de los tres párrafos precedentes, se escogerá aquella propuesta que presente el mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”.
  • En quinto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios de los cuatro párrafos precedentes, se escogerá aquella propuesta que presente el mayor puntaje en el criterio “Otros servicios adicionales”.
  • En sexto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios de los cinco párrafos precedentes, se escogerá a aquella empresa que haya ingresado en primer lugar su propuesta a la plataforma mercado Público.

Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, proponiendo al Director Regional de INDAP la recomendación de adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas Bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos en las Bases de Licitación; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución Fundada.

Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación

En caso que los oferentes no adjudicados en el proceso licitatorio deseen efectuar consultas respecto al resultado del proceso de adjudicación y de sus antecedentes anexos, éstas deberán ser dirigidas mediante correo electrónico a dchamaca@indap.cl, el cual entregará la respuesta y/o aclaración respectiva en un plazo máximo de cinco (05) días hábiles posteriores al día de efectuada la consulta.

4. INSTANCIA DE PREGUNTAS Y MODIFICACIONES A LAS BASES

Preguntas y Respuestas

Los interesados en participar en la presente licitación, podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en el numeral 3 “Etapas y plazos” de las presentes bases. Las preguntas deberán efectuarse a través del Sistema Mercado Público www.mercadopublico.cl. INDAP pondrá las respuestas en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación, dentro del plazo señalado en el referido numeral 3.

En caso de que el Portal Mercado Público no se encuentre disponible a la fecha de inicio de preguntas y/o fecha de publicación de respuestas, el plazo se podrá ampliar en los días que demore en estar disponible o se recibirán y se responderán mediante el correo electrónico abastecimiento.iquique@indap.cl

Modificación a las Bases

INDAP podrá modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por uno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta antes del cierre de recepción de ofertas, considerando un plazo prudencial para que los oferentes adecúen sus ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán aprobadas mediante el acto administrativo correspondiente, sometidas a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación y serán informadas a través del sitio www.mercadopublico.cl . Estas modificaciones formarán parte integrante de las bases y será responsabilidad de los oferentes estar al tanto de las modificaciones que sean publicadas en la plataforma de Mercado Público.

En caso de que el Portal Mercado Público no se encuentre disponible al momento de publicar el acto administrativo que aprueba la modificación de las bases de licitación, ésta será publicada a través de Transparencia Activa.

5. CONDICIONES Y ACLARACIONES DE LA LICITACIÓN

El oferente participante deberá examinar todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que figuran en estas bases de licitación, las cuales constituyen la única fuente de información para la preparación de la propuesta. Si el oferente omite suministrar toda la información requerida en los documentos de licitación, o presenta una propuesta que no se ajuste en todos los aspectos a estos documentos, el riesgo será de su cargo.

Cualquier oferente puede solicitar aclaraciones sobre estas bases de licitación, tanto de carácter técnico como de índole administrativo, mediante comunicación escrita a INDAP, vía Sistema Mercado Público, en el plazo de preguntas indicado en el numeral 3 de las presentes bases administrativas de licitación. INDAP dará respuesta en forma general, sin identificar su origen, dentro de los plazos indicados, a través de su publicación en el Sistema Mercado Público.

Las respuestas señaladas serán parte integrante de las presentes bases de licitación, siendo responsabilidad de cada interesado tomar el debido conocimiento de las mismas. Con todo, INDAP se reserva el derecho de no contestar aquellas consultas que a su juicio sean inconducentes o no correspondan directamente al proceso licitatorio.

INDAP podrá efectuar a iniciativa propia, aclaraciones a las bases de licitación, para precisar el alcance, complementar o interpretar algún elemento de su contenido que, a su juicio, no haya quedado suficientemente claro y dificulte la obtención de buenas propuestas. Estas aclaraciones se harán llegar en la misma forma y oportunidad que las respuestas a las consultas. En el caso que estas aclaraciones impliquen modificar las presentes bases de licitación, dicha modificación deberá ser aprobada mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado las bases de licitación.

Se entenderá que cualquier aclaración, así como las respuestas a las preguntas formuladas por los oferentes, contribuye a determinar el alcance y sentido de las bases de licitación y, en tal condición, deberán ser consideradas por los oferentes en la preparación de sus propuestas.

Observaciones

- Para participar en la presente licitación, los oferentes no deben encontrarse dentro de los casos de impedimentos e inhabilidades establecidos en la Ley, específicamente:

-       Ley N° 19.886, artículo 4°, incisos 1° y 6°.

-       Decreto N° 250 de 2004, Reglamento de la Ley N° 19.886, artículo 22°, número 9.

-       Ley N° 19.728, que establece seguro de desempleo.

-       Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos que se indican, artículos 8° y 10°.

-       Decreto Ley N° 211 de 1973, que fija normas para la defensa de la libre competencia, artículo 26°, letra d.

Lo anterior se acreditará mediante la confirmación y firma electrónica de la “Declaración Jurada de requisitos para ofertar” disponible en la plataforma de Mercado Público, sin perjuicio de las facultades de INDAP de verificar esta información, en cualquier momento, en los registros pertinentes.

Las ofertas deben tener una vigencia mínima de 60 días corridos.

Los oferentes deberán financiar todos los costos relacionados con la preparación y presentación de su oferta, por lo que INDAP no será responsable en caso alguno de ellos.

Los oferentes deberán constatar que el envío de su oferta a través del portal electrónico de compras públicas haya sido realizado con éxito, incluyendo todos los anexos y documentos solicitados en las bases de licitación. Para ello, deberán verificar el posterior despliegue automático del “Comprobante de envío de Oferta” que se entrega en dicho sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal electrónico de compras públicas, por lo que no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto. Será responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.

8. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD

Para que las ofertas presentadas puedan pasar a la etapa de evaluación, primeramente, deberán cumplir con los siguientes requisitos de admisibilidad:

  • Anexo 1 Antecedentes y Experiencia de la empresa en la materia.
  • Anexo 2 Propuesta Técnica
  • Anexo 3 Oferta Económica.
  • El monto de la oferta debe ser igual o menor al presupuesto disponible indicado en el numeral 2 de estas bases de licitación.
    • Visita en terreno de carácter obligatorio Los oferentes que NO participen del registro del acta “VISITA EN TERRENO” quedarán INADMISIBLES, lo que significará la imposibilidad de continuar el proceso de evaluación de la oferta

En el caso que no se dé cumplimiento a una o más de las exigencias señaladas anteriormente, la oferta presentada será declarada inadmisible, debido a que se trata de requisitos de carácter obligatorio. Lo anterior, tiene por objeto salvaguardar el principio de igualdad entre los oferentes, así como el principio de eficiencia procedimental y económica.

9. PROCEDIMIENTO DE EVALUACIÓN

El puntaje ponderación mínimo para ser seleccionado debe ser igual o mayor a 70 puntos, por lo que la propuesta que obtenga menos de 70 puntos ponderados, no podrá ser adjudicada por no cumplir con los requisitos mínimos establecidos en las presentes bases, lo que será debidamente consignado en el informe final de la comisión evaluadora. Sin perjuicio de lo anterior, en caso que el proceso deba declararse desierto debido a que ninguna de las ofertas presentadas haya alcanzado el puntaje mínimo, éstas serán consideradas inadmisibles para los efectos del artículo 10, numeral 7, letra l del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Para la evaluación se utilizarán los antecedentes que los oferentes participantes entreguen a INDAP y que se especifican en los distintos puntos de estas bases de licitación. Las propuestas serán evaluadas técnica y económicamente por un equipo interno, en calidad de comisión evaluadora, en base a los siguientes criterios:

Clasificación Criterio

Criterio de evaluación

Ponderación

1.Técnico

1.1. Equipos, implementos y materiales para ejecución (Anexo 2).

15%

1.2. Descripción Contenidos Técnicos de servicios. (Anexo Nº 2).

25%

1.3. Protocolo de higienización y de instrucción de las medidas y metodología de trabajo bajo la contingencia sanitaria.(Anexo N°2)

5%

1.4. Otros servicios adicionales (Anexo Nº 2).

5%

2. Económico

2.1. Oferta económica

20%

3. Administrativo

3.1. Trayectoria en la Materia Demostrable.  en “Servicios de Aseo” (Anexo Nº 1).

20%

3.2. Cumplimiento de requisitos formales

5%

3.3. Cumplimiento de contratación inclusiva

5%

Criterio Técnico 1.1. Equipos, implementos y materiales para ejecución (Anexo 2). Ponderación 15%:

 

Descripción

Puntaje

Según lo informado en Anexo 2 de Indap, sección Equipos, implementos y materiales para ejecución. Oferente debe detallar lo ofrecido (Especificaciones Técnicas);

- Descripción de equipos, implementos y materiales; Equipos, implementos y materiales de aseo y limpieza de costos exclusivos del oferente). Oferente ofrece más de la totalidad de lo requerido, entregando descripción detallada equipos, implementos y materiales, con imágenes y otros.

100 puntos

Según lo informado en Anexo 2 de Indap, sección Equipos, implementos y materiales para ejecución. Oferente debe detallar lo ofrecido (Especificaciones Técnicas);

- Descripción de equipos, implementos y materiales; Equipos, implementos y materiales de aseo y limpieza de costos exclusivos del oferente). Oferente ofrece la totalidad de lo requerido

90 puntos

Según lo informado en Anexo 2 de Indap, sección Equipos, implementos y materiales para ejecución. Oferente debe detallar lo ofrecido (Especificaciones Técnicas);

- Descripción de equipos, implementos y materiales; Equipos, implementos y materiales de aseo y limpieza de costos exclusivos del oferente). Oferente ofrece el 75% de lo requerido

60 puntos

Según lo informado en Anexo 2 de Indap, sección Equipos, implementos y materiales para ejecución. Oferente debe detallar lo ofrecido (Especificaciones Técnicas);

  - Descripción de equipos, implementos y materiales; Equipos, implementos y materiales de aseo y limpieza de costos exclusivos del oferente). Oferente ofrece el 50% de lo requerido

40 puntos

No presenta información.

0 punto

 

 

Criterio Técnico 1.2. Descripción Contenidos Técnicos de servicios. (Anexo Nº 2). Ponderación 25%:

 

Descripción

Puntaje

Según lo informado en Anexo 2 de INDAP, sección “Servicios de Aseo”, Descripción Contenidos Técnicos de los servicios. (Especificaciones Técnicas, Descripción de los servicios de aseo e higienización (diario, mensual (aseo profundo) y de vehículos).

-                 Oferente entrega una excelente propuesta, superior al 100% de lo solicitado, presenta descripción detallada de los servicios.

100 puntos

Según lo informado en Anexo 2 de INDAP, sección “Servicios de Aseo”, Descripción Contenidos Técnicos de los servicios. (Especificaciones Técnicas, Descripción de los servicios de aseo e higienización (diario, mensual (aseo profundo) y de vehículos).

-        Oferente entrega una propuesta del 100% y/o mayor al 90%, presenta descripción de los servicios.

90 puntos

Según lo informado en Anexo 2 de INDAP, sección “Servicios de Aseo”, Descripción Contenidos Técnicos de los servicios. (Especificaciones Técnicas, Descripción de los servicios de aseo e higienización (diario, mensual (aseo profundo) y de vehículos)

-        Oferente entrega una propuesta, igual al 70% y hasta el 90%, presenta descripción de los servicios.

    70 puntos

Según lo informado en Anexo 2 de INDAP, sección “Servicios de Aseo”, Descripción Contenidos Técnicos de los servicios. (Especificaciones Técnicas, Descripción de los servicios de aseo e higienización (diario, mensual (aseo profundo) y de vehículos)

-        Oferente entrega una regular propuesta, igual al 50% y menos del 70%, presenta incompleta indicación de los servicios y/o solo indica que cumple con lo indicado en las bases.

50 puntos

Según lo informado en Anexo 2 de INDAP, sección “Servicios de Aseo”, Descripción Contenidos Técnicos de los servicios. (Especificaciones Técnicas, Descripción de los servicios de aseo e higienización (diario, mensual (aseo profundo) y de vehículos)

-        Oferente entrega una deficiente propuesta, igual al 40% y menos del 60%.

30 puntos

No presenta información.

0 punto

 

 

Criterio Técnico 1.3 Protocolo de higienización y de instrucción. (Anexo 2) Ponderación 5%:

 

Descripción

Puntaje

Descripción Contenidos Técnicos de los servicios.

(Especificaciones Técnicas), Protocolo de higienización y de instrucción.

-          Oferente acompaña protocolo detallado

100 puntos

Descripción Contenidos Técnicos de los servicios.

(Especificaciones Técnicas), Protocolo de higienización y de instrucción.

-          Oferente acompaña protocolo incompleto.

60 puntos

No presenta información.

0 punto

 

 

Criterio Técnico 1.4. Otros servicios (Anexo Nº 2). Ponderación 5%:

Descripción

Puntaje

Según lo informado en Anexo 2 de INDAP, Otros servicios adicionales: Se refiere a otros servicios indicados por el oferente, sin costo adicional.

         - Presenta 3 o más servicios adicionales.

100 puntos

Según lo informado en Anexo 2 de INDAP, Otros servicios adicionales: Se refiere a otros servicios indicados por el oferente, sin costo adicional.

         - Presenta 2 servicios adicionales.

80 puntos

Según lo informado en Anexo 2 de INDAP, Otros servicios adicionales: Se refiere a otros servicios indicados por el oferente, sin costo adicional.

         - Presenta 1 servicio adicional.

40 puntos

No presenta información

0 punto

Criterio Económico 2.1 Oferta Económica (Anexo Nº 3). Ponderación 20%:

Descripción

Puntaje

Para la evaluación de este criterio, se considerarán las ofertas económicas declaradas por los oferentes correspondientes al valor total ofertado por la prestación de sus servicios o por la adquisición de los productos adjudicados, no procediendo cobro adicional bajo ningún concepto.

INDAP declarará inadmisible cualquier oferta económica que supere el presupuesto máximo de la adquisición establecido en el punto 2 de estas bases de licitación.

Para la evaluación de este criterio, se considerará y comparará el precio de la oferta, con el menor precio ofertado en la presente licitación, mediante la siguiente formula:

PUNTAJE PRECIO = (Precio Mínimo Ofertado / Precio Oferta) x 100

20%

Criterio Administrativo 3.1– Trayectoria en la Materia Demostrable.  en “Servicios de Aseo” (Anexo 1) Ponderación 20%:

 

Descripción

Puntaje

Según lo informado en Anexo 1 de INDAP,

Trayectoria en la Materia Demostrable (del Oferente): Se refiere a los años de experiencia en los “Servicios de Aseo”. 4 años o más en instituciones públicas y/o empresas privadas, ACREDITA información mediante el adjunto de: certificados, contratos, facturas pagadas, órdenes de compra aceptadas u otros que permitan validar trayectoria del oferente

 

100 puntos

Según lo informado en Anexo 1 de INDAP,

Trayectoria en la Materia Demostrable (del Oferente): Se refiere a los años de experiencia en los “Servicios de Aseo”. De 1 a 3 años en instituciones públicas y/o empresas privadas, ACREDITA información mediante el adjunto de: certificados, contratos, facturas pagadas, órdenes de compra aceptadas u otros que permitan validar trayectoria del oferente

80 puntos

Según lo informado en Anexo 1 de INDAP,

Trayectoria en la Materia Demostrable (del Oferente): Se refiere a los años de experiencia en los “Servicios de Aseo”. 1 año en instituciones públicas y/o empresas privadas, ACREDITA información mediante el adjunto de: certificados, contratos, facturas pagadas, órdenes de compra aceptadas u otros que permitan validar trayectoria del oferente

50 puntos

No presenta información.

0 puntos

Criterio Administrativo 3.2. Cumplimiento de requisitos formales (ANEXO 1) Ponderación 5%:

3.1. Cumplimiento de requisitos formales – 5%

Puntaje

Según lo informado en Anexo 1 El oferente cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la propuesta, dentro del periodo de recepción de ofertas y antes de la fecha de cierre.

100

Según lo informado en Anexo 1 El oferente no cumple con todos los requisitos formales requeridos para la presentación de la propuesta, dentro del periodo de recepción de ofertas y antes de la fecha de cierre.

0

Criterio Administrativo 3.3. Administrativo Cumplimiento de contratación inclusiva (ANEXO 1) Ponderación 5%:

3.1. Cumplimiento de contratación inclusiva – 5%

Puntaje

Según lo informado en Anexo 1 El oferente fomenta la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad (debe adjuntar contrato de trabajo del/de los trabajadores en situación de discapacidad e inscripción en Registro Nacional de Discapacidad o certificación del COMPIN).

100

Según lo informado en Anexo 1 El oferente no fomenta la inclusión laboral de personas en situación de discapacidad.

0

MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES

Se entenderá por empate cuando hay igualdad de puntaje entre dos o más propuestas que hayan sido presentadas válidamente y se encuentren en empate al final de la etapa de evaluación. Los criterios de desempate son los siguientes:

  • En primer lugar, se seleccionará aquel oferente que presente el mayor puntaje en el criterio Descripción Contenidos Técnicos de servicios.
  • En segundo lugar, a igualdad entre dos o más propuestas bajo el criterio anterior, se escogerá aquella propuesta que presente el mayor puntaje en el criterio Equipos, implementos y materiales para ejecución.
  • En tercer lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios de los dos párrafos precedentes, se escogerá aquella propuesta que presente el mayor puntaje en el criterio Trayectoria en la Materia Demostrable.  en “Servicios de Aseo”.
  • En cuarto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios de los tres párrafos precedentes, se escogerá aquella propuesta que presente el mayor puntaje en el criterio “Propuesta económica”.
  • En quinto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios de los cuatro párrafos precedentes, se escogerá aquella propuesta que presente el mayor puntaje en el criterio “Otros servicios adicionales”.
  • En sexto lugar, en caso de persistir igualdad entre dos o más propuestas luego de haber aplicado los criterios de los cinco párrafos precedentes, se escogerá a aquella empresa que haya ingresado en primer lugar su propuesta a la plataforma mercado Público.

Como resultado de su evaluación, la Comisión Evaluadora emitirá un informe técnico y económico, proponiendo al Director Regional de INDAP la recomendación de adjudicación al oferente que haya presentado la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes y ponderaciones, establecidos en estas Bases y en el Reglamento de la Ley N° 19.886; y/o la sugerencia de declarar inadmisibles las propuestas que no hayan cumplido los requisitos establecidos en las Bases de Licitación; o la proposición de declarar desierto el proceso licitatorio, en el caso que no se presenten propuestas o éstas no fuesen convenientes a los intereses de INDAP. En cualquier caso, tanto la adjudicación como la declaración de inadmisibilidad y la declaración de licitación desierta, deben ser aprobadas por Resolución Fundada.

ERRORES U OMISIONES DETECTADOS DURANTE LA EVALUACIÓN

En virtud del Artículo 40 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a esos oferentes una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, y se informe de dicha solicitud al resto de los oferentes a través del Sistema de Información.

De la misma forma, INDAP podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que no se trate de los documentos exigidos como requisito de admisibilidad en el numeral precedente y que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación.

Para estos efectos, INDAP informará a través del Sistema de Información de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 48 horas para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo Sistema.

Esta situación será considerada en la pauta de evaluación establecida en las presentes bases de licitación, asignando puntaje 0 (cero) en el criterio administrativo.

En caso de que el Portal Mercado Público no se encuentre disponible al momento de que INDAP requiera informar de la omisión de los respectivos antecedentes o certificaciones, lo realizará a través del correo electrónico abastecimiento.iquique@indap.cl en cuyo momento comenzará a correr el plazo máximo de 2 días hábiles para que el oferente proceda a hacer la corrección de estas omisiones, presentando lo que corresponda a través del mismo medio.

10. ADJUDICACIÓN DE LA LICITACIÓN

INDAP adjudicará la presente licitación al oferente que obtenga el mayor puntaje de la aplicación de los criterios de evaluación, y que cumpla con todos los requisitos exigidos en estas bases de licitación. Determinado el oferente seleccionado, INDAP notificará vía Sistema Mercado Público a dicho oferente que su propuesta ha sido aceptada. El oferente seleccionado quedará sometido al estricto cumplimiento de las obligaciones que se derivan de estas bases de licitación y de la presentación de su oferta.

La adjudicación de esta licitación se realizará por Resolución fundada de la autoridad competente de INDAP, en la que se especificarán los criterios de evaluación y puntajes que permitieron la adjudicación del oferente seleccionado y los antecedentes anexos del proceso de evaluación y selección de las propuestas. Dicha Resolución se dictará en el plazo señalado en el Calendario de actividades del proceso licitatorio.

Esta Resolución, junto a los anexos mencionados en el párrafo anterior, se publicarán oportunamente en el Sistema Mercado Público, a fin de que los oferentes participantes tomen conocimiento de los criterios de evaluación que hayan permitido al adjudicatario obtener la calificación de oferta más conveniente. Asimismo, se publicará la resolución fundada que declare la inadmisibilidad y/o la declaración de desierto del proceso.

En caso de que no sea posible realizar la adjudicación dentro del plazo señalado en estas bases de licitación, INDAP informará en el Sistema Mercado Público las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicará un nuevo plazo para la adjudicación.

INDAP no podrá adjudicar la licitación a oferentes que se encuentren inhabilitados para contratar con las Entidades Públicas u ofertas que no emanen de quien tiene poder suficiente para efectuarlas representando al respectivo oferente, sin perjuicio de la ratificación posterior que se realice en conformidad a la ley.

En caso de que el Portal Mercado Público no se encuentre disponible al momento de realizar la adjudicación del proceso, se publicará el acto administrativo a través de Transparencia Activa.

 

RE-ADJUDICACIÓN

 

En caso que el oferente originalmente seleccionado se rehúse a suscribir el contrato y/o aceptar la orden de compra a que se refiere el inciso primero del artículo 63 del Reglamento de la Ley N° 19.886; o no entregue la garantía de fiel cumplimiento de contrato; o se desista de su oferta; o sea inhábil para contratar con el Estado de acuerdo a los términos de la Ley N° 19.886 y su Reglamento; o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en estas bases para la suscripción de contrato, INDAP podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le siga en puntaje de acuerdo a la evaluación de las propuestas, quien deberá cumplir con las exigencias establecidas en las bases de licitación, y así sucesivamente entre los oferentes evaluados por orden de puntaje obtenido, hasta llegar al tercer lugar si fuese necesario, o declararla desierta.

11. ANTECEDENTES LEGALES PARA LA SUSCRIPCIÓN DE CONTRATO

Si el oferente es persona natural

a.  Fotocopia de su cédula de identidad.

b.  Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Acreditar en Registro de Proveedores

Si el oferente es una persona jurídica

a.  Certificado de vigencia de poder del representante legal, con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, otorgado por el Conservador correspondiente o, en los casos que resulte procedente, cualquier otro documento que acredite la vigencia del poder del representante legal del oferente, según los plazos de vigencia indicados.

b.  Certificado de vigencia de la Sociedad con una antigüedad no superior a 60 días corridos, contados desde la fecha de notificación de la adjudicación, o cualquier otro documento que acredite la existencia jurídica del oferente, manteniendo la misma vigencia anteriormente señalada.

  1. Copia de la escritura pública de constitución de la Sociedad y de sus modificaciones, si las hubiere.

d.  Certificado de Antecedentes Laborales y Previsionales, emitido por la Dirección del Trabajo con fecha posterior a la adjudicación.

Las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659 que simplifica la constitución, modificación y disolución de las sociedades comerciales deberán acreditar su constitución con indicación de su(s) representante(s) legal(es) con los siguientes certificados:

-     Certificado de vigencia

-     Certificado de estatutos actualizados

-     Certificado de anotaciones, en su caso

Los certificados correspondientes pueden ser obtenidos desde el portal www.tuempresaenundia.cl

Acreditar en Registro de Proveedores

OBSERVACIONES

El plazo para la suscripción del contrato es de 10 días hábiles contados desde la fecha de la Resolución que aprueba la adjudicación.

Los antecedentes legales para poder ser contratado, sólo se requerirán respecto del adjudicatario y deberán estar disponibles en el Registro de Proveedores. No se aceptará la entrega de dichos antecedentes mediante la modalidad de soporte papel u otro medio magnético de almacenamiento.

Lo señalado en el párrafo precedente, no resultará aplicable a la garantía de fiel cumplimiento de contrato, la cual podrá ser entregada físicamente según lo regulado en estas bases de licitación.

Si el respectivo proveedor no entrega la totalidad de los antecedentes requeridos para ser contratado dentro del plazo fatal de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, o no suscribe el contrato en los plazos establecidos en estas bases, INDAP podrá proceder a la re-adjudicación, de acuerdo a lo establecido en las presentes bases.

En caso de que el adjudicatario no se encuentre inscrito en el Registro de Proveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Tratándose de los adjudicatarios de una Unión Temporal de Proveedores, cada proveedor integrante de la unión temporal deberá inscribirse en el Registro de Proveedores, dentro del plazo de 15 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación.

Cabe señalar que, a través del Registro de Proveedores de Mercado Público, se realizará un control permanente de la habilidad que mantiene el oferente seleccionado durante la vigencia del contrato, en relación al cumplimiento de las causales definidas en el artículo 92 de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en el Reglamento de la Ley N° 19.886.

Emisión de Orden de compra.

En caso de que el Portal Mercado Público no se encuentre disponible al momento de enviar la orden de compra, se enviará una orden de compra manual y se solicitará su aceptación vía correo electrónico.

13. CARACTERÍSTICAS DEL CONTRATO

Vigencia del contrato

12 MESES de duración  a contar del 02 de enero de 2024 hasta el 31 de diciembre del 2024, previa tramitación del acto administrativo que lo apruebe

Renovación / Prórroga

Podrá renovarse/prorrogarse con acuerdo de ambas partes por un periodo máximo igual al contrato original, siempre que se den razones fundadas y por escrito. La renovación/prórroga que pueda producirse será sancionada mediante el correspondiente acto administrativo y, una vez transcurrido en su totalidad el plazo establecido para esta, el contrato terminará automáticamente, sin necesidad de aviso previo.

Modificación del contrato

Las partes podrá modificar de común acuerdo el contrato que se suscribirá como resultado del presente proceso licitatorio.

Las modificaciones al contrato podrán efectuarse con la finalidad de lograr un mejor cumplimiento de los objetivos del contrato o de hacerse cargo de situaciones imprevistas, ocurridas durante la ejecución del contrato y que incidan en su normal desarrollo. Las modificaciones deberán ser requeridas y aprobadas por la contraparte técnica de INDAP y podrán afectar el precio del contrato en hasta un 30% de su valor total.

En todo caso, las modificaciones del contrato siempre deberán constar en un instrumento suscrito por ambas partes, el que deberá ser aprobado mediante la correspondiente Resolución fundada, sometida a la misma tramitación administrativa que la Resolución que haya aprobado el contrato.

Término de contrato

El contrato podrá terminarse por la llegada del plazo estipulado para su ejecución, o por la total utilización del presupuesto asignado para esta contratación, o bien podrá terminarse anticipadamente por las causales establecidas en el numeral 16 de las presentes bases de licitación.

14. CESIÓN Y SUBCONTRATACIÓN

El oferente adjudicado no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente, los derechos y obligaciones que nacen del desarrollo de la presente licitación, y en especial los que se establecerán en el contrato definitivo.

  

El oferente adjudicado no podrá concertar con terceros la subcontratación, total o parcial, de los servicios contratados. En concordancia, el oferente adjudicado deberá ser quien efectivamente preste los servicios, no pudiendo ceder a un tercero la ejecución de estos.

El personal de la empresa que ejecute los servicios que se adjudicarán, dependerá única y exclusivamente del oferente adjudicado y, por lo tanto, no tendrá relación laboral directa o indirecta con el Instituto de Desarrollo Agropecuario, ni con ninguna de sus dependencias. Asimismo, INDAP no se responsabilizará de ningún accidente, enfermedad, pérdida o daño que pueda presentarse en el personal de la empresa que puedan concurrir a las dependencias de INDAP durante la ejecución de los servicios, ya que el oferente adjudicado se obliga a cumplir, en relación con sus trabajadores, con todas las normas de higiene y seguridad en el trabajo a que se refiere la Ley N° 16.744 sobre Accidentes del Trabajo y Enfermedades Profesionales.

Sin perjuicio de lo anterior y en virtud del artículo 77 numeral 5 del Reglamento de la Ley N° 19.886, INDAP podrá solicitar al oferente adjudicado informar sobre el estado de cumplimiento del pago de las remuneraciones y cotizaciones de seguridad social en favor de sus actuales trabajadores o trabajadores contratados en los últimos dos años. El monto y estado de cumplimiento de dichas obligaciones laborales y previsionales deberá ser acreditado mediante certificados emitidos por la respectiva Inspección del Trabajo, o bien por medios idóneos que garanticen la veracidad de dicho monto y estado de cumplimiento, de acuerdo a lo establecido por el Ministerio del Trabajo y Previsión Social.

15. PRESUPUESTO Y FORMA DE PAGO

Monto total presupuesto disponible (impuestos incluidos)

El presupuesto TOTAL MÁXIMO DISPONIBLE es de $20.400.000.- (veinte millones cuatrocientos mil pesos) impuesto incluido. Dicho monto total será distribuido mensualmente de la siguiente forma:

12 cuotas de un monto máximo mensual de $1.700.000.- (un millón setecientos mil pesos) impuesto incluido.

La cuota mensual considera para la ejecución y pago de los servicios de “Aseo e Higienización de las dependencias de INDAP – Dirección Regional de Iquique ubicado en calle Patricio Lynch N° 660, ciudad de Iquique y Agencia de Área Pozo Almonte ubicado en calle 21 de mayo N° 418, comuna de Pozo Almonte.”

Forma de pago

INDAP Región de Tarapacá pagará la ejecución de cada uno de la prestación de los servicios mensuales de “Aseo e Higienización de las dependencias de INDAP – Dirección Regional de Iquique y Área Pozo Almonte, con la revisión y aprobación por parte de la Jefa de Administración y Finanzas, o quien este delegue, contra la orden de compra emitida en el sistema Mercado Público, que respaldará cada uno de los pagos que se generen con motivo del contrato de prestación de servicios durante su vigencia

INDAP pagará el valor “Máximo” mensual de los servicios, por mes vencido, conforme el siguiente detalle:

Cuota

Monto$

Monto en palabras

1

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

2

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

3

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

4

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

5

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

6

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

7

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

8

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

9

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

10

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

11

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

12

$1.700.000.-

Un millón setecientos mil pesos, impuesto incluido.

$20.400.000

Veinte millones cuatrocientos mil pesos, impuestos incluidos.

Los pagos de los servicios ejecutados y aprobados por Indap, previa “validación” de factura emitida por el proveedor por sistema de gestión DTE, estos documentos serán “tomados” y pagados dentro de los 30 días por la Tesorería General de la República (TGR).

Aprobación de pago

La Jefa de Administración y Finanzas Regional, aprobará los pagos contra la Orden de Compra emitida en el Sistema Mercado Público, sujeto a la revisión y recepción conforme de los servicios realizados mediante la firma del “Formulario de Recepción conforme”, que respaldará cada uno de los pagos que se generen.

Facturación

Una vez autorizado el pago por la contraparte técnica de INDAP, ésta procederá a señalar al Departamento de Gestión de Abastecimiento que se puede hacer la recepción conforme de los servicios, para posteriormente indicar al oferente seleccionado que puede emitir y enviar el documento electrónico de cobro correspondiente, de manera de proceder al pago respectivo.

La empresa deberá remitir la factura junto a su archivo xml a la casilla de correo dipresrecepcion@custodium.com.

El pago será efectuado por parte de la Tesorería General de la República, y se realizará preferentemente a través de transferencia electrónica, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla dchamaca@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia. En caso de que no se envíen los antecedentes bancarios, el pago se realizará con cheque, el que se enviará por carta certificada a la dirección inscrita en servicios de impuestos internos.

En caso de que el oferente seleccionado emita boletas de honorarios, deberá remitir dicho documento junto a su archivo xml a la casilla de correo opartes@indap.cl.

En este caso, el pago será efectuado por parte de la Institución, dentro de un plazo máximo de 30 días corridos desde la fecha de recepción conforme de los servicios, para lo cual el oferente deberá enviar por única vez, un correo electrónico a la casilla dchamaca@indap.cl, señalando los antecedentes para efectuar la operación, tales como: número de cuenta corriente, Banco, RUT, razón social, mail y número telefónico de la persona encargada de recibir el comprobante de transferencia.

16. TÉRMINO ANTICIPADO DE CONTRATO

El contrato podrá terminarse anticipadamente, de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 19.886 y el artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, por las siguientes causas:

  1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
  2. Incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante.
  3. Estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
  4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
  5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
  6. Las demás que se establezcan en las respectivas bases de la licitación o en el contrato; estableciéndose en el presente las siguientes causas que pudieran ocurrir o revelarse durante toda la vigencia del contrato:

F.1. Si el contratante perdiere las certificaciones y autorizaciones necesarias para funcionar en el giro de su actividad, decretada por autoridad competente.

F.2. Si el contratante falleciera o se disolviera la entidad contratada. En ambos casos se procederá a efectuar la liquidación del contrato.

F.3. Haber sido condenado el contratante por crimen o simple delito.

F.4. Haber sido condenado el contratante, como consecuencia de incumplimiento de un contrato celebrado con alguna entidad regida por la Ley N° 19.886, y siempre que no hayan transcurrido dos años a contar desde la fecha de la sentencia.

F.5. Haber sido suspendido el contratante o haber sido eliminado del Registro de Proveedores, a través de una resolución fundada de la Dirección de Compras Públicas.

F.6. Si el contratante se encontrara en Estado Inhábil para suscribir contratos con Organismos Públicos del Estado, de acuerdo al reporte entregado por el Registro de Proveedores de Mercado Público.

F.7. Si los resultados obtenidos de la prestación de los servicios no son los esperados, por lo que continuar con su desarrollo perjudica a INDAP.

El término anticipado de contrato por cualquiera de las causales aquí establecidas deberá ser formalizado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, el que deberá establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.

Lo establecido en este numeral es sin perjuicio de las acciones que INDAP pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios.

Procedimiento para término anticipado de contrato (letra A)

Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por la causal prevista en la letra A, cualquiera de las partes enviará a la otra, mediante correo electrónico, el documento que da cuenta de las razones de la resciliación, firmado por el representante legal respectivo. La parte receptora del documento de resciliación podrá suscribirlo sin más trámite, o bien hacer las modificaciones que estime pertinentes, en cuyo caso deberá remitirlo a la parte que inició el procedimiento, para su suscripción.

El documento de resciliación que en definitiva se suscriba por ambas partes, se adjuntará al acto administrativo que formalice el término anticipado y servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.

Procedimiento para término anticipado de contrato (letra D)

Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por exigirlo el interés público o la seguridad nacional, INDAP enviará al contratante, vía correo electrónico, la carta de comunicación respectiva. Posteriormente, mediante acto administrativo debidamente tramitado, INDAP formalizará el término de contrato, adjuntado el documento oficial que dé cuenta de las razones que exigen dicho término, el que servirá de fundamento suficiente, debiendo además establecer, si correspondiere, el monto que INDAP deba pagar al contratante por los servicios efectivamente prestados hasta antes de la causal que le pone término al contrato, así como los productos o documentos que el contratante deba entregar a INDAP.

Procedimiento para término anticipado de contrato (letras B, C, E y F)

 

  1. INDAP notificará al contratante el eventual término anticipado de contrato mediante correo electrónico, indicando la causal de que se trata y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
  2. El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección abastecimiento@indap.cl, la que deberá ser fundada.
  3. INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y dando por terminado el contrato, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
  4. Se hace presente que contra la resolución que aprueba el término anticipado de contrato, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.

Cuando se ponga término anticipado al contrato por las causales indicadas en las letras B, C, E y F:

- El contratante no tendrá derecho a indemnización alguna y se podrá proceder al cobro de la garantía de fiel cumplimiento de contrato, sin previa notificación ni cumplimiento de ningún otro requisito, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas.

- INDAP podrá dar cuenta de tales hechos a la Dirección de Compras y Contratación Pública, para los efectos de que el contratante sea suspendido o eliminado, según corresponda, del Registro Electrónico Oficial de Proveedores de la Administración, de conformidad a los artículos 92°, 93°, 95° y 96° del Reglamento de la Ley N° 19.886.

Se entenderá como incumplimiento grave de las obligaciones contraídas (letra B), entre otras, las siguientes acciones:

          La negativa, sin causa justificada, de prestar cualquiera de los servicios a los que se hubiere comprometido en su oferta.

          Aplicación de multas por un total acumulado equivalente al 20% del valor del contrato.

          Aplicación de multas superando los topes establecidos para cada una de ellas, esto es exceder los 07 días hábiles de atraso o incumplir 2 obligaciones durante la vigencia del contrato.

          No pago de las multas debidamente cursadas en el plazo establecido.

          No renovar la garantía de fiel cumplimiento en caso de renovación o prórroga del contrato.

          No reponer la garantía de fiel cumplimiento en caso de cobro de esta.

          Transgredir la prohibición de subcontratar, ceder, traspasar y/o transferir, total o parcialmente, a cualquier título, los derechos y obligaciones que se establezcan en el contrato.

Fuerza mayor y caso fortuito

          Las partes no serán responsables en caso de incumplimiento tardío de las obligaciones contractuales debido a hechos independientes de su voluntad, considerados como fuerza mayor o caso fortuito, en los términos señalados en el artículo 45 del Código Civil de Chile.

          Si el oferente seleccionado se ve impedido de cumplir con sus obligaciones contractuales por un evento considerado caso fortuito o fuerza mayor, deberá notificar de ese hecho a INDAP por escrito y en un plazo no superior a cinco (5) días hábiles desde iniciado u ocurrido el hecho que lo ocasiona, y solicitar prórroga para el cumplimiento de la obligación afectada.

          La notificación de solicitud de prórroga deberá presentarse acompañada de un informe en el que consten los hechos considerados caso fortuito o fuerza mayor, los cuales deberán estar debidamente fundados, indicando la incidencia que dicha situación tendría en el cumplimiento de los plazos establecidos.

          La calificación de la fuerza mayor o caso fortuito, será resuelta por INDAP, mediante resolución fundada sobre la base de los antecedentes que, oportunamente, le proporcione el oferente seleccionado y/o aquellos otros que obtenga de terceros, o sean de conocimiento público.

          En cualquier caso, si el oferente seleccionado no pudiere cumplir con sus obligaciones, procurará atenuar los daños y cumplirá con ellas tan pronto como finalicen los hechos que dieron lugar al caso fortuito o a la causa de fuerza mayor.

          Si la causa de caso fortuito o fuerza mayor impidiera al oferente seleccionado cumplir con las obligaciones asumidas por más de treinta (30) días, el contrato se resolverá de pleno derecho.

          Para efectos de terminar anticipadamente el contrato por fuerza mayor o caso fortuito, se aplicará previamente el Procedimiento para término anticipado de contrato establecido para las causales de las letras B, C, E y F, con el fin de dar cumplimiento al principio de contradictoriedad establecido en el artículo 10 de la Ley N° 19.880.

17. SANCIONES Y MULTAS

INDAP podrá cobrar multas al contratante, administrativamente, cuando éste no cumpla con lo estipulado en el contrato que se celebre una vez adjudicada la presente licitación, siempre que se deba a causa imputable al contratante, en los siguientes términos:

A. El incumplimiento de los plazos y/o fechas que se fijen para la ejecución de las actividades y procesos asociados a los servicios, será sancionado con el valor de UF 1 por cada tres días hábiles de atraso, con un tope de hasta 9 días hábiles.

B. El incumplimiento de las obligaciones establecidas en el contrato, no asociadas a plazos, tales como: inasistencia del personal sin previo aviso y reemplazo, no cumplimiento de los servicios de aseo diario y/o profundo mensual. Será sancionado con el valor de UF 1 por cada obligación incumplida.

Si excediese los 10 días hábiles de atraso o incumpliera 2 obligaciones durante la vigencia del contrato, INDAP quedará facultado para poner término anticipado al contrato, sin perjuicio del cobro de las multas adeudadas, de acuerdo al Procedimiento para la aplicación de multas que se establece a continuación.

En cualquier caso, las multas no podrán superar el 20% del monto total del contrato.

Procedimiento para la aplicación de multas

  1. INDAP notificará al contratante la eventual aplicación de multas mediante correo electrónico, indicando la(s) causa(s), el monto de la multa a que daría origen el incumplimiento y que tiene un plazo de 5 días para deducir su reclamo, si procediere.
  2. El contratante podrá reclamar a INDAP, dentro del quinto (5°) día hábil contado desde la notificación anteriormente indicada, para que deje sin efecto la multa o la rebaje, mediante solicitud escrita enviada a través de correo electrónico a la dirección abastecimiento@indap.cl, la que deberá ser fundada.
  3. INDAP resolverá la reclamación presentada por el contratante dentro del decimoquinto (15°) día hábil, acogiendo los fundamentos presentados, o bien rechazándolos y cursando la multa respectiva, lo que deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado, debidamente tramitado, y posteriormente notificado al contratante mediante correo electrónico, adjuntando la resolución fundada correspondiente.
  4. El pago de las multas que correspondan deberá ser efectuado dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que aplica la multa, mediante un vale a la vista nominativo, transferencia electrónica o algún otro medio de pago que se determine.
  5. En caso de que el contratante no pague la multa dentro del plazo establecido, facultará a INDAP para descontar el monto adeudado del estado de pago pendiente y/o para terminar anticipadamente el contrato, a elección de INDAP.
  6. Se hace presente que contra la resolución que aplica la multa, proceden los recursos consagrados en la Ley N° 19.880, los que deberán interponerse dentro de los plazos legales, ante el Director Nacional de INDAP, sin perjuicio de que el contratante pueda ejercitar cualquier otro recurso que estime oportuno.
18. CONTRAPARTE TÉCNICA Y COORDINACIÓN CON INDAP

INDAP se relacionará con el oferente seleccionado, en los aspectos técnicos, operacionales y administrativos, a través de la Jefa de la Unidad de Administración y Finanzas de INDAP Región de Tarapacá, o quien éste designe para tales efectos, para efectuar las siguientes tareas y funciones:

  • Supervisar y controlar el desarrollo de los servicios contratados, velando por el estricto cumplimiento de sus objetivos y de los plazos acordados para su ejecución.
  • Colaborar con el contratante en el ámbito de sus competencias, poniendo a su disposición lo necesario para la buena ejecución del contrato.
  • Analizar el avance y resultados de las diferentes actividades, supervisando los servicios, planteando al contratante las observaciones y/o recomendaciones que se estime pertinentes.
  • Resolver cualquier problema o situación no prevista de acuerdo a los criterios y determinaciones estipuladas por INDAP.
  • Autorizar los pagos programados, debiendo corroborar el cumplimiento tanto de lo especificado en las bases técnicas de licitación, como de las obligaciones laborales y previsionales que correspondan respecto de los trabajadores del contratante.
19. SEGURIDAD DE LA INFORMACIÓN

ACCESO A LA INFORMACIÓN: “El oferente seleccionado” solo tendrá acceso a la información institucional relevante que sea necesaria para prestar el servicio para el que ha sido contratado, lo que será determinado y documentado por el Encargado de Seguridad de la Información Institucional.

OBLIGACIONES Y CONFIDENCIALIDAD: “El oferente seleccionado” estará obligado a cumplir con la normativa de seguridad de la información de INDAP, de acuerdo a las políticas y procedimientos establecidos, incluida la Resolución Exenta N° 000417, de la Dirección Nacional de 2012, que aprueba la Política de Seguridad de la Información Institucional y la Resolución Exenta N° 140417, de la Dirección Nacional de 2012, que Establece infracciones al Sistema de Seguridad de la Información. Asimismo, “El oferente seleccionado” deberá mantener la confidencialidad de la información personal que pueda llegar a conocer sobre los funcionarios o beneficiarios de INDAP, así como también de procedimientos, ideas, productos, servicios, procesos y nombres de personas, instituciones y empresas que utilizan los productos y servicios de INDAP. De esta forma, “El oferente seleccionado” no podrá, sin el consentimiento expreso manifestado por escrito por INDAP, usar para el beneficio propio o de cualquier otra persona, empresa o corporación, divulgar, publicar o comunicar cualquier secreto o información confidencial, que pudo haber adquirido o pueda adquirir o conocer en razón de este contrato.

NO DIVULGACIÓN: “El oferente seleccionado” estará obligado a mantener la información confidencial en estricta reserva y no revelar ningún dato de la información, relacionada o no, sin el consentimiento previo y escrito de INDAP. Para ello, “El oferente seleccionado” deberá instruir al personal que estará encargado de recibir la información confidencial de propiedad de INDAP, debiendo suscribir el correspondiente acuerdo de confidencialidad si fuere necesario, de su obligación de recibir, tratar y usar la información que reciban como confidencial y destinarla únicamente para los fines por lo cuales se contratará el servicio. Asimismo, “El oferente seleccionado” podrá divulgar la información confidencial únicamente a las personas autorizadas para su recepción dentro de la organización; a tratar confidencialmente toda la información recibida directa o indirectamente de INDAP, y no utilizar ningún dato a un objeto distinto del contrato; y no manejar, usar, explotar, o divulgar la información confidencial a ninguna persona o entidad por ningún motivo en contravención a lo dispuesto en este instrumento.

PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES: “El oferente seleccionado” de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 19.628, SOBRE PROTECCIÓN DE LA VIDA PRIVADA, deberá dar estricto cumplimiento a las leyes sobre protección de datos de carácter personal, asegurando su confidencialidad, Y a no transferirlos o cederlos, salvo en aquellos casos en que la legislación vigente así lo indique.

 

AUDITORÍA Y SUPERVISIÓN: INDAP, podrá auditar los procesos y servicios que el proveedor se obliga a realizar por este acto. La responsabilidad de administrar las relaciones con “El oferente seleccionado” se asigna al Encargado de Seguridad de la Información Institucional, quien debe monitorear y revisar regularmente los servicios definidos en el presente contrato. El monitoreo y revisión de los servicios debe garantizar que los términos y condiciones de seguridad de la información se respeten y que los incidentes y los problemas de seguridad de la información se gestionen correctamente. En caso de observarse deficiencias en la prestación de servicios, se deben tomar las medidas necesarias para corregir el problema. En caso de subsistir, será una causal de término anticipado del contrato.

GESTIÓN DE CAMBIOS: En caso de que las partes determinen realizar cambios a la provisión de servicios por parte del “El oferente seleccionado”, se deberán mantener o mejorar las políticas de seguridad de la información, así como los procedimientos y controles específicos, considerando la criticidad de la información del negocio, los sistemas y procesos involucrados y la reevaluación de los riesgos.

20. PROPIEDAD INTELECTUAL

Se entenderá por “Propiedad Intelectual” todos aquellos procedimientos o métodos de elaboración, inventos o descubrimientos, patentes, modelos, diseños y dibujos industriales, secretos industriales o comerciales, nombres de dominio, obras, programas computacionales, datos, bases de datos, conocimientos, know-how, marcas comerciales y signos distintivos y, en general, cualquier bien material o inmaterial y/o derechos e intereses relacionados con la creación intelectual, estén o no protegidos bajo las leyes de propiedad intelectual y/o industrial.

“El oferente seleccionado” no podrá publicar, reproducir, adaptar, ejecutar o comunicar públicamente, comercializar, descompilar, manipular, entregar a terceros y/o utilizar o explotar la Propiedad Intelectual de INDAP, sino en los términos y en las condiciones que al efecto se han establecido por este instrumento. Las partes acuerdan expresamente que la totalidad de los derechos de propiedad intelectual sobre toda recomendación, idea, técnica, know-how, diseño, metodología, software desarrollado por o para INDAP u otra información técnica, sobre el producto final o de alguna de sus etapas de desarrollo, corresponden a INDAP.

Asimismo, toda información que se genere como parte de la prestación de servicios de implantación, será propiedad de INDAP. Toda la documentación que se genere como parte de la prestación de servicios, ya sea en formato Microsoft Word, PowerPoint, Excel, Project, Adobe PDF, etc., deberá presentarse exclusivamente con la imagen corporativa de INDAP.

Finalmente, el oferente seleccionado se obliga a no inscribir a su nombre cualquier proceso, etapa, proyecto o producto originado con ocasión o a causa del servicio contratado en cualquier Registro del país.

BASES TÉCNICAS

                                                            BASES TECNICAS


1.- ANTECEDENTES GENERALES.

El Instituto de Desarrollo Agropecuario, INDAP, de acuerdo a lo dispuesto en la Ley Nª 18.910, y sus modificaciones, es un servicio funcionalmente descentralizado, de duración indefinida, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir, ejercer derechos y contraer obligaciones, sometido a la supervigilancia del Presidente de la República, a través del Ministerio de Agricultura. Su misión institucional es “apoyar el desarrollo de los pequeños productores y productoras agrícolas mediante acciones de fomento productivo, orientadas a la generación y fortalecimiento del capital humano, financiero y productivo, que contribuyan a la superación de la pobreza y a la sostenibilidad y competitividad de la agricultura nacional”.

Las presentes especificaciones técnicas establecen las funciones mínimas que los oferentes del rubro “Servicios de Aseo e Higienización de las dependencias de INDAP – Dirección Regional de Iquique y Agencia de Área Pozo Almonte”, en cumplimiento del contrato de prestación de servicios que se suscriba entre ambas partes. Sin embargo, las propuestas que presenten los oferentes deberán contener todos los ajustes y adecuaciones al listado de servicios incluidos en los documentos de la Licitación, de manera de asegurar a INDAP Tarapacá la entrega de un servicio conforme a las prácticas técnicas, garantizando la continuidad operacional de las instalaciones.

En tal sentido, será responsabilidad del oferente que se adjudique la presente Licitación, que los distintos servicios y actividades contenidos en su oferta, y por los cuales se extenderá el contrato respectivo, aseguren a INDAP Tarapacá y a ella misma que el servicio entregado sea el óptimo, y que cualquier necesidad de incrementar las actividades y/o el personal considerado en su oferta será a su costo.

2.- DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS SERVICIOS DE SUMINISTRO A ADQUIRIR.

Las presentes Bases Técnicas de Licitación se refieren a los Servicios de Aseo e Higienización de las dependencias de INDAP – Dirección Regional de Iquique y Agencia de Área Pozo Almonte, la forma en que éstas se llevarán a cabo, las condiciones técnicas y los requisitos que deberán ser cumplidos en la licitación respectiva

3.- ESPECIFICACIONES TÉCNICAS.

INDAP Región de Tarapacá requiere contratar los servicios de Aseo e Higienización, en las dependencias que se mencionan a continuación, para lo cual el oferente seleccionado deberá comprometerse a ejecutar dichos trabajos en la forma y condiciones que se formulan más adelante.

  • Dependencias Dirección Regional de Iquique, ubicadas en calle Patricio Lynch N° 660, Ciudad de Iquique, Región de Tarapacá.
  • Dependencias Agencia Área Pozo Almonte, ubicadas en calle 21 de mayo N° 418, Comuna de Pozo Almonte, Región de Tarapacá.

Antecedentes de nuestras oficinas:

Dependencias Dirección Regional de Iquique:

Nuestras dependencias cuentan con una superficie total de 470 mt2 aproximadamente, divididos en:

-     230 mt2 de oficinas distribuidas en: 1 sala de reuniones (piso flotante y cielo americano), 3 SSHH (pisos cerámicos), 2 bodegas medianas (piso radier y madera), 1 cocina-comedor (pisos cerámicos), 9 oficinas medianas/pequeñas (9 mt2) (pisos cerámicos).

-     240 mt2 de estacionamiento de vehículos institucionales, piso superficie de “adoquines” en todo el sector.

Imagen fachada principal de nuestras oficinas de INDAP Dirección regional de Iquique.

 

Dependencias Agencia Área Pozo Almonte:

Nuestras dependencias cuentan con una superficie total de 250 mt2 aproximadamente, divididos en:

250 mt2 de oficinas y patio interior distribuidas en: 1 sala de reuniones (piso flotante), 3 SSHH (pisos cerámicos), 1 bodega mediana (piso radier), 1 cocina (pisos cerámicos), 5 oficinas medianas (pisos cerámicos).

 

Nota: Se adjuntará archivos audiovisuales para mayor claridad y comprensión de nuestras instalaciones.

Imagen fachada principal de nuestras oficinas de INDAP Agencia de Área Pozo Almonte.

 

   

Se deja expresamente establecido que, si por alguna razón o circunstancia INDAP Tarapacá deba trasladar o incorporar alguna de sus oficinas dentro de la Ciudad de Iquique, Región de Tarapacá, el oferente seleccionado deberá continuar prestando los servicios en la misma forma y bajo las mismas condiciones estipuladas en la propuesta.

Se requiere que los servicios que se contraten se ejecuten con personal especializado directamente supervisado por el oferente seleccionado, bajo su exclusiva responsabilidad, trabajos que deberán corresponder a lo estipulado en la propuesta presentada por el oferente y de acuerdo a lo señalado a estas Bases de Licitación.

El oferente deberá proporcionar diariamente y en horarios que se acuerden entre las partes, el operario necesario para las dependencias Dirección Regional de Iquique y Agencia de Área Pozo Almonte. El servicio comprende a modo ejemplar el siguiente detalle

3.1. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASEO E HIGIENIZACIÓN

3.1.1. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASEO E HIGIENIZACIÓN:

DIRECCIÓN REGIONAL DE IQUIQUE.

El oferente deberá proporcionar diariamente y en horarios que se acuerden entre las partes, el operario “personal” necesario para las dependencias. Para la ejecución de los servicios de Aseo e higienización de limpieza diaria y mensual (aseo profundo), según el siguiente detalle:


Aseo Diario:

-       Limpieza y desinfección de SSHH; limpieza de espejos; vaciar y limpiar papeleros.

-       Limpieza de Mobiliarios (escritorios, estanterías bibliotecas, sillas, y afines) con paños y/o lustra muebles.

-       Limpieza de manchas; barrer pisos, aplicar líquido limpiador de piso, extraer la basura de baños y oficinas en bolsas plásticas.

-       Limpieza general de Bodega de archivos; barrer pisos diariamente, limpiar con paños estanterías, archivadores y afines.

-       Limpieza de estacionamiento de vehículos; barrer diariamente pisos y limpiar portón eléctrico con paños húmedos si fuese necesario.

-       Limpieza de muro frontis principal, barrer sector vereda exterior.

-       Limpieza general de SSHH (tasas, estanque, lavamanos, espejos y afines) con aplicación de productos de limpieza como: amonio cuaternario, cloro gel, desodorantes y afines.

-       Limpieza general de equipos computadores (PC, Pantallas, mouse, teclados, Impresoras, teléfonos y otros afines), con paños de limpieza y/o escobilla fina.

-       Lavado y secado de platos, tasas, vasos y otros similares, si correspondieran a Actividades realizada por INDAP Tarapacá.

-       Aplicación de producto a base de amonio cuaternario, para limpieza y desinfección de todas aquellas superficies que son manipuladas por los usuarios con alta frecuencia, como lo es: manillas, pasamanos, taza del inodoro, llaves de agua, superficies de las mesas, escritorios, superficies de apoyo, entre otras. (mientras exista emergencia sanitaria)

-       Mantención de cada baño con toallas de papel jumbo.

-       Sacar basura el día y en horario correspondiente al retiro que realiza camión recolector de basura y/o retiro y traslado del oferente a “contenedores” dispuestos por la Municipalidad.


Aseo Mensual (aseo profundo):

-       Limpieza de Mobiliarios (escritorios, estanterías, bibliotecas y otros) con Lustra muebles; desempolvar archivadores.

-       Limpieza de electrodomésticos (refrigerador, microonda y afines).

-       Limpieza de ventanas y ventanales (de oficinas interiores, exteriores, sala de reuniones y baños) con limpia vidrios.

-       Limpieza de equipos computacionales (PC, Pantallas, mouse, teclados, Impresoras, teléfonos y otros afines) con paños, escobillas finas y otros implementos.

-       Limpieza general de Bodega de archivos Regional; estanterías, archivadores y afines.


Aseo de vehículos:

-       Limpieza general interior (pisos, tablero) y exterior (parte frontal, laterales, pickup y afines) de vehículos Institucionales de INDAP Tarapacá.

  • Y, en general, todos aquellos servicios afines que demande INDAP Tarapacá, en razón que no se interrumpa el normal desenvolvimiento de las labores habituales.

 

Los servicios de aseo e higienización y afines son de carácter general, las que podrán ser complementadas por el oferente participante en su oferta proponiendo alternativas de acuerdo a sus expectativas, conocimiento y consideraciones, aportando con observaciones y antecedentes técnicos que avalen dicha propuesta.

3.1.2. DESCRIPCIÓN DE LOS SERVICIOS DE ASEO E HIGIENIZACIÓN:

AGENCIA DE ÁREA POZO ALMONTE.

El oferente deberá proporcionar diariamente y en horarios que se acuerden entre las partes, el operario “personal” necesario para las dependencias. Para la ejecución de los servicios de Aseo e higienización de limpieza diaria y mensual (aseo profundo), según el siguiente detalle:

Aseo Diario:

-       Limpieza y desinfección de SSHH; limpieza de espejos; vaciar y limpiar papeleros.

-       Limpieza de Mobiliarios (escritorios, estanterías bibliotecas, sillas, y afines) con paños y/o lustra muebles.

-       Limpieza de manchas; barrer pisos, aplicar líquido limpiador de piso, extraer la basura de baños y oficinas en bolsas plásticas.

-       Limpieza general de Bodega de archivos; barrer pisos diariamente, limpiar con paños estanterías, archivadores y afines.

-       Limpieza de estacionamiento de vehículos; barrer diariamente pisos y limpiar portón eléctrico con paños húmedos si fuese necesario.

-       Limpieza de muro frontis principal, barrer sector vereda exterior.

-       Limpieza general de SSHH (tasas, estanque, lavamanos, espejos y afines) con aplicación de productos de limpieza como: amonio cuaternario, cloro gel, desodorantes y afines.

-       Limpieza general de equipos computadores (PC, Pantallas, mouse, teclados, Impresoras, teléfonos y otros afines), con paños de limpieza y/o escobilla fina.

-       Lavado y secado de platos, tasas, vasos y otros similares, si correspondieran a Actividades realizada por INDAP Tarapacá.

-       Aplicación de producto a base de amonio cuaternario, para limpieza y desinfección de todas aquellas superficies que son manipuladas por los usuarios con alta frecuencia, como lo es: manillas, pasamanos, taza del inodoro, llaves de agua, superficies de las mesas, escritorios, superficies de apoyo, entre otras. (mientras exista emergencia sanitaria)

-       Mantención de cada baño con toallas de papel jumbo.

-       Sacar basura el día y en horario correspondiente al retiro que realiza camión recolector de basura y/o retiro y traslado del oferente a “contenedores” dispuestos por la Municipalidad.


Aseo Mensual (aseo profundo):

-       Limpieza de Mobiliarios (escritorios, estanterías, bibliotecas y otros) con Lustra muebles; desempolvar archivadores.

-       Limpieza de electrodomésticos (refrigerador, microonda y afines).

-       Limpieza de ventanas y ventanales (de oficinas interiores, exteriores, sala de reuniones y baños) con limpia vidrios.

-       Limpieza de equipos computacionales (PC, Pantallas, mouse, teclados, Impresoras, teléfonos y otros afines) con paños, escobillas finas y otros implementos.

-       Limpieza general de Bodega de archivos Regional; estanterías, archivadores y afines.

Aseo de vehículos:

-       Limpieza general interior (pisos, tablero) y exterior (parte frontal, laterales, pickup y afines) de vehículos Institucionales de INDAP Tarapacá.

  • Y, en general, todos aquellos servicios afines que demande INDAP Tarapacá, en razón que no se interrumpa el normal desenvolvimiento de las labores habituales.

 

Los servicios de aseo e higienización y afines son de carácter general, las que podrán ser complementadas por el oferente participante en su oferta proponiendo alternativas de acuerdo a sus expectativas, conocimiento y consideraciones, aportando con observaciones y antecedentes técnicos que avalen dicha propuesta.


PROTOCOLO DE HIGIENIZACIÓN Y DE INSTRUCCIÓN.

Sobre el cumplimiento del deber de información a los trabajadores de las medidas y metodología de trabajo bajo la contingencia sanitaria.

Será obligación del oferente “acreditar” ante INDAP, el cumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 184 del Código del Trabajo respecto, en especial, el deber de información del procedimiento de trabajo y sobre las medidas de higiene individual impartidas por la autoridad sanitaria, que deberán adoptarse durante la jornada de trabajo, entre ellas:


a. Cubrir la boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser o estornudar, no reutilizar este último.
b. Evitar todo tipo de contacto físico al saludar.
c. No compartir artículos de higiene personal y artículos de alimentación con otras personas del lugar de trabajo.
d. Lavado frecuente de las manos con agua y jabón.
e. No compartir elementos de protección personal, lo que incluye la protección personal que utilizan los buzos para el desempeño de sus funciones.
f. Informar a la jefatura directa si tiene síntomas de COVID-19, gripe, enfermedades respiratorias (fiebre sobre 37,8° C, dificultad respiratoria, dolor de garganta, dolor muscular dolor de cabeza) 
g. Uso de mascarillas, pecheras (desechables o reutilizables) y guantes durante las labores dentro de INDAP si fuere necesario en casos indicados en el punto anterior.



DESCRIPCIÓN DE EQUIPOS, IMPLEMENTOS Y MATERIALES (para las oficinas de Dirección regional y Área Pozo Almonte).

 

  • EQUIPOS, IMPLEMENTOS Y MATERIALES DE ASEO Y LIMPIEZA DE COSTOS EXCLUSIVOS DEL OFERENTE

Deberá proporcionar equipos, implementos y materiales de aseo, de costos exclusivos del oferente. Para la ejecución de los servicios de Aseo e higienización de limpieza diaria y/o mensual (aseo profundo), para uso en nuestras 02 dependencias indicadas (oficinas Dirección regional y Área Pozo Almonte), según el siguiente detalle referencial:

a)   Equipos para limpieza: Aspiradora, enceradora, abrillantadora y otros necesarios para los servicios requeridos.

b)   Implementos de aseo: Traperos para pisos, palas de basura, escobillones, hisopos WC, mopas, baldes medianos y otros necesarios para los servicios requeridos.

c)   Materiales de aseo: esponjas Bonobrill abrasivas y absorbentes, paños de franela, paños para equipos (PC, impresoras y afines), paños para pisos, bolsas de basura de diferentes medidas, plumeros de limpieza, guantes de goma, mascarillas (mientras dure la emergencia sanitaria) y otros necesarios para los servicios requeridos.

d)   Toalla de papel (jumbo): para reponer a todos los SSHH de oficinas de la Dirección regional de Iquique y Agencia Área Pozo Almonte.

Los equipos, implementos y materiales de aseo requeridos por INDAP, podrán ser complementadas por el oferente participante en su oferta proponiendo alternativas de acuerdo a sus expectativas, conocimiento y consideraciones.

  • INSUMOS Y MATERIALES DE ASEO Y LIMPIEZA DE COSTOS EXCLUSIVOS DE INDAP región Tarapacá.

INDAP proporcionará implementos y materiales de aseo necesarios para uso en los servicios, según el siguiente detalle:

-          Papel higiénico (jumbo)

-          Cloro gel.

-          Cloro líquido.

-          Limpiador de pisos liquido

-          Lustra muebles.

-          Limpiavidrios.

-          Jabón líquido.

-          Alcohol gel.

-          Desodorante ambiental en spray.

-          Desinfectante ambiental en spray.

-          Insecticidas en spray.

-          Silicona en spray para vehículos.

-          Renovador de goma para neumáticos.

-       Amonio cuaternario (para aplicación de desinfección de todas aquellas superficies que son manipuladas por los usuarios con alta frecuencia, como lo es: manillas, pasamanos, taza del inodoro, llaves de agua, superficies de las mesas, escritorios, superficies de apoyo, entre otras. (si existire emergencia sanitaria)

-          U otros necesarios para apoyo a servicios de limpieza e higienización.

v  El Instituto de Salud Pública dispone de un registro de los desinfectantes autorizados y sus principales propiedades y características, lo que se podrá consultar en http://www.ispch.cl/desinfectantes

HORARIOS DE TRABAJO:

El oferente seleccionado deberá proporcionar diariamente “personal” (días hábiles de lunes a viernes) para la ejecución de los servicios de Aseo y limpieza en nuestras 02 dependencias oficinas Dirección regional y Área Pozo Almonte, por un periodo de: 44 HORAS SEMANALES, distribuido de la siguiente forma:

-       08:30 horas de la mañana a las 17:30 horas, de lunes a jueves, con intermedio para colación de 01:00 hora.

-       08:30 horas de la mañana a las 16:30 horas, día viernes, con intermedio para colación de 01:00 hora.

Nota: La distribución horaria definitiva deberá acordarse entre el oferente seleccionado e INDAP Tarapacá, al momento de la emisión de contrato respectivo.


Condiciones y Requisitos Generales.

1.  “El proveedor” deberá considerar personal de reemplazo para suplir a la persona a cargo de las labores de Aseo, por inasistencia, oferente deberá presentar con anticipación datos de personal de reemplazo (nombre, Rut, lugar anterior donde presta los servicios u otros), de esta manera no interrumpir el funcionamiento diario de la Institución.


2.- Será obligación del empleador acreditar ante INDAP, el cumplimiento de las obligaciones impuestas en el artículo 184 del Código del Trabajo respecto, en especial, al deber de información de sus procedimientos de trabajo y sobre las medidas de higiene y seguridad individual impartidas por la autoridad sanitaria, que deberán adoptarse durante la jornada de trabajo, entre ellas:

a.- Cubrir la boca y nariz con el antebrazo o pañuelo desechable al toser o estornudar, no reutilizar este último.
b.- Evitar todo tipo de contacto físico al saludar.
c.- No compartir artículos de higiene personal y artículos de alimentación con otras personas del lugar de trabajo.
d.- Lavado frecuente de las manos con agua y jabón.
e.- No compartir elementos de protección personal, lo que incluye la protección personal que utilizan los buzos para el desempeño de sus funciones.
.- Informar a la jefatura directa si tiene síntomas de COVID-19 (fiebre sobre 37,8° C, dificultad respiratoria, dolor de garganta, dolor muscular dolor de cabeza.
g.- Uso obligatorio de mascarillas, pecheras (desechables o reutilizables) y guantes durante las labores dentro de INDAP.

ü  Dicha acreditación se reflejará a través de la correspondiente acta firmada por el (la) trabajador (a) asignado a INDAP, el que se deberá remitir antes de que dicho (a) Trabajador (a) comience a ejercer sus funciones.



3.- Será obligación del personal del oferente seleccionado presentarse al servicio correcta y oportunamente con su uniforme y/o vestimenta formal y equipos respectivos y en buen estado, así como, cuando corresponda, con la credencial.
4.- Dicho vestuario deberá considerar el logo o distintivo corporativo del oferente seleccionado, impreso en la tela y su costo será de cargo exclusivo del mismo.
5.- Las presentes especificaciones técnicas tienen como propósito establecer las disposiciones reglamentarias, medios, condiciones y obligaciones que deberá cumplir el oferente seleccionado para la desarrollar las distintas labores y funciones de los Servicios de Aseo e Higienización.
6.- INDAP Tarapacá estará exento de toda responsabilidad civil o penal eventual como consecuencia de los accidentes laborales, de tránsito, daños o desperfectos causados al personal y/o terceros por los trabajos definidos y materia del contrato, según los documentos integrantes de éste.
7.- INDAP Tarapacá, declara que los lugares donde se prestarán estos servicios son de su propiedad.
8.- El personal del oferente seleccionado en el cumplimiento de las funciones asignadas, deberán mantener un comportamiento y disposición acorde a las funciones de servicio público e imagen institucional de INDAP, esto es, presencia, diligencia, buen trato y seriedad en todas sus actuaciones.
9.- El oferente seleccionado para la prestación de los Servicios de Aseo e Higienización, deberá dar pleno cumplimiento a las disposiciones contenidas en la legislación laboral y específica que regule la materia, sin perjuicio que INDAP Tarapacá, en conformidad a la normativa vigente adopte medidas de control con el fin de verificar dicho cumplimiento.

10. La Jefa de Unidad de Administración y Finanzas Regional de la Institución, o a quién este designe, deberá fiscalizar la prestación oportuna y eficiente de los servicios por parte del oferente seleccionado, el cual deberá acatar las observaciones que efectúe dicho funcionario, como asimismo a corregir de inmediato las deficiencias que este haga notar.

11. El oferente seleccionado deberá mantener una supervisión permanente sobre la forma que estén funcionando los servicios requeridos por la Institución.

12. Será de exclusiva responsabilidad del oferente seleccionado la instrucción y capacitación necesaria del personal asignado a las distintas dependencias o instalaciones de INDAP.

13. El personal del oferente seleccionado no estará autorizado para manipular equipos que correspondan a otras áreas o especialidades.

14. INDAP Tarapacá podrá solicitar al oferente seleccionado servicios adicionales o extraordinarios, con previo aviso de 48 horas. El costo de dichos servicios se pactará directamente con el oferente seleccionado, tomando como referencia el valor de las prestaciones señaladas en la cláusula del contrato.

15. Se entenderá por servicios adicionales o extraordinarios de Servicios de Aseo e Higienización, todos aquellos que no estén contemplados dentro de las labores mencionadas en el numeral 3 de las Bases Técnicas de Licitación requeridas por INDAP, como por ejemplo trabajos especiales a los señalados por INDAP Tarapacá dentro de los recintos ya mencionados, entre otros servicios.

16. Todo requerimiento de servicios adicionales o extraordinarios deberá seguir como metodología de trabajo sólo y exclusivamente lo requerido por INDAP Tarapacá. Es decir, deberá existir una solicitud escrita, a través de la Jefa de Unidad de Administración y Finanzas Regional de la Institución que avale la ejecución de la solicitud.

17. El oferente seleccionado deberá disponer de equipamiento y herramientas propias y necesarias para la correcta ejecución de los servicios, esto implica maquinarias, ropa de trabajo, materiales e insumos, implementos de protección, etc.

18. El oferente seleccionado deberá hacer respetar a su personal las reglas, procedimientos y disposiciones especiales de orden interno dictadas por INDAP, tales como las áreas restringidas, condiciones de ingreso a los distintos lugares y oficinas, precauciones de seguridad y otras que indique INDAP Tarapacá.

19. En general, el personal del oferente seleccionado deberá cumplir con todas las normas de control y seguridad que se han establecidos para los trabajos que se realicen al interior de los recintos de INDAP.

20. El oferente seleccionado deberá exigir a sus dependientes reserva absoluta respecto a toda y cualquier información, procedimientos, técnicas o documentación cualquiera sea la forma en que se contenga, o cualquier otro antecedente de propiedad de INDAP Tarapacá, o de terceros que se relacionen con él. El oferente seleccionado para la prestación de estos servicios será responsable del cumplimiento de estas obligaciones.

21. Será de exclusiva responsabilidad del oferente seleccionado la selección y contratación del personal con que prestará el servicio, así como el pago de las remuneraciones, cotizaciones previsionales, seguros atención médica por accidente del trabajo, riesgo o cualquier otra obligación dispuesta por la legislación vigente o acordada con sus empleados.

El oferente deberá cancelar oportunamente las remuneraciones según lo establezca la ley vigente y previsiones del personal que prestará los servicios en las dependencias de INDAP. El incumplimiento de estas obligaciones facultará a INDAP Tarapacá, para poner fin al contrato de prestación de servicios respectivo. Para acreditar el cumplimiento el oferente seleccionado deberá enviar mensualmente a INDAP lo siguiente: las correspondientes liquidaciones de sueldo, recibidas en conformidad por las personas que integren el referido personal, planillas de imposiciones y otros documentos que se estimen pertinentes.

INDAP Tarapacá podrá exigir al oferente seleccionado un Certificado de la Dirección de Trabajo, en donde se conste que no tiene reclamos pendientes por pago de remuneraciones o incumplimientos de obligaciones previsionales formulados por los trabajadores que presten servicios en INDAP Tarapacá.

Para los efectos de lo indicado en el punto 2, se entenderá como protocolo de limpieza y desinfección, aquel que contemple como mínimo, las siguientes acciones contenidas en el Protocolo de Limpieza y Desinfección de Ambientes COVID-19, publicado por el Ministerio de Salud.

OTROS SERVICIOS ADICIONALES

Otros servicios adicionales: Se refiere a otros servicios adicionales indicados por el oferente en su propuesta, sin costos adicional para INDAP.

4.- ACUERDO DE NIVELES DE SERVICIO (SLA)

El oferente debe asegurar, como mínimo, los siguientes niveles de servicio:

SERVICIO

TIEMPO

Tiempo para informar reposición o reemplazo personal de aseo con identificación previa.

24 horas

Oferente adjudicado deber mantener en estado hábil en Chileproveedores, en plataforma www.mercadopublico.cl.

1 a 3 días para regularizar situación, previa a facturación

 

El proveedor podrá ofrecer mejores SLA en su propuesta, lo que será debidamente valorado en la etapa de evaluación de ofertas.

En caso de incumplimiento de los SLA indicados en las bases, INDAP quedará facultado para iniciar el procedimiento para la aplicación de multas establecido en las presentes bases de licitación.

5.- OFERENTES

Podrán participar en esta propuesta todas las personas naturales y jurídicas que cuenten con antecedentes que avalen su experiencia en los servicios solicitados por la Institución. Dicha acreditación podrá efectuarse por los medios que INDAP considere en sus requerimientos. La experiencia y los medios por los que éste se justifique serán analizados internamente por la Comisión Evaluadora de acuerdo a los criterios que se indican más adelante. 

6.- EVALUACIÓN DEL OFERENTE SELECCIONADO.

El oferente que resulte adjudicado, será evaluado por los servicios entregados de acuerdo al “Formulario de Evaluación de Proveedores” de INDAP Región de Tarapacá.