Resolución de Empates |
En caso de presentarse un empate entre 2 o más ofertas, ello se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. Si aplicando la fórmula anterior aún persiste el empate entre oferentes, dicha situación se resolverá adjudicando al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”. De persistir el empate, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio "USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO” y, finalmente, de continuar aun así empatados los oferentes, se adjudicará al oferente que hubiese obtenido el mayor puntaje en el sub-criterio “USTED DEBE COMPLETAR ESTE CAMPO”.
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Cláusula de Readjudicación |
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Cláusula de Readjudicación |
La Institución podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
a) Si el Oferente adjudicado no suscribe el contrato, en el plazo estipulado, por causas atribuibles a él.
b) Si el oferente adjudicado no entrega la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de este en el plazo y en la forma debida entendiéndose que no tiene intereses en contratar con la institución.
c) En caso que el oferente adjudicado, se desista renunciar, abandone, o no cumpla íntegramente los tramites posteriores a la adjudicación.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4° de la ley N°19.886 o no proporciona los antecedentes que le sean requeridos para la verificación dicha condición.
e) Si el adjudicatario no se inscribe en el registro electrónico oficial de Proveedores del Estado dentro del Plazo establecido en estas bases.
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5.- INSTANCIAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS |
INSTANCIAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS
5.1 Si los interesados en participar en la presente licitación, estimaren que existen contradicciones u omisiones en los antecedentes de la licitación o requieren aclaraciones respecto de estos, deberán presentar sus preguntas y solicitudes de aclaraciones a través del sistema de información, esto es a través del portal mercado público (www.mercadopublico.cl) en los plazos estipulados en estas bases.
5.2 Las respuestas se pondrán a la disposición del público en la página web www.mercadopublico.cl propuesta pública ID 5905-10-L122, las cuales se entenderán informadas a los participantes por el solo hecho de ser publicadas en dicho portal, y desde entonces pasarán a formar parte integrante de las presentes bases.
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6.- MODIFICACIONES A LAS BASES |
MODIFICACIONES A LAS BASES
6.1 Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia de la IMH o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
6.2 Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través de la publicación del respetivo Decreto Modificatorio de Bases en el portal www.mercadopublico.cl, éstas formarán parte integral de las bases.
6.3 Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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7.- DE LOS PARTICIPANTES |
DE LOS PARTICIPANTES
7.1 Podrán participar en la presente licitación, personas naturales o jurídicas que estén inscritos y habilitados en el Sistema de Compra y Contrataciones Públicas, www.mercadopublico.cl, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley N°19.886 y su Reglamento.
7.2 Los proveedores no inscritos en el sitio www.chileproveedores.cl deberán adjuntar como anexo a su oferta, una declaración jurada ante notario que no se encuentran afectos a ninguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado (artículo 92 del reglamento de la ley 19.886 y art. 4 de la ley N°19.886).
7.3 Las personas naturales y/o jurídicas, que no se encuentren inscritas en el registro a que se hace referencia a continuación (chile proveedores), cuyas ofertas resulten adjudicadas, deberán dentro del plazo de 15 (quince) días, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, proceder a inscribirse en la categoría o rubro correspondiente al objeto de la misma, en el registro de contratista y proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación pública, y dicha inscripción deberá encontrarse habilitada. El transcurso del plazo señalado anteriormente, no se relaciona o superpone con los plazos comprometidos para la entrega del producto o servicio licitado.
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DOCUMENTOS SOLICITADOS
8.1 Todo oferente deberá presentar, a través del sistema de información, es decir, subir los documentos digitales a las carpetas habilitadas en el portal www.mercadopublico.cl de esta licitación pública, en el plazo indicado en el punto 4, los siguientes antecedentes:
ANEXOS ADMINISTRATIVOS:
- Formulario N° 1: Identificación del oferente, debidamente firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Formulario N° 2: Declaración Jurada Simple, debidamente firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Presentar declaración jurada que indique que no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores. Según formato adjunto en el Anexo N° 3.
- Formulario N°3: Plazo de Entrega y Monto Mínimo de Envío (obligatorio): Deberá estar debidamente firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- El plazo de entrega deberá ser indicado en días corridos, los que se contarán desde el momento en que el oferente acepte la orden de compra.
- El monto mínimo de envío deberá indicar el monto bruto (IVA Incluido) por el cual el proveedor está en condiciones de hacer el despacho con entrega en el Consultorio General Rural del pueblo de Huara. (ver formulario N°3)
OFERTA ECONÓMICA:
- El Comprobante de Oferta ingresado por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl asociado a la ID 5905-10-L122, será el que se considere para realizar la evaluación económica.
- Es indispensable que el proveedor tome en cuenta que todo valor ingresado deberá ser NETO (sin IVA Incluido).
8.2 Los oferentes que no presenten documentos solicitados precedentemente y que son calificados como obligatorios en estas bases, serán descartados en la apertura electrónica, rechazando la oferta del oferente incumplidor.
8.3 Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl hayan sido realizadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “comprobante de envió de oferta” que entrega el sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
8.4 Las únicas ofertas validas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presente por un medio distinto al establecido en estas bases.
8.5 Será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
8.6 Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas bases y sus anexos.
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9.- PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
9.1 Se aceptarán documentos o antecedentes calificados como no obligatorios que hayan sido omitidos por el oferente en el momento de la oferta. La documentación faltante deberá ser adjuntada por el proveedor dentro de plazo indicado en portal al momento de haber hecho la aclaración al municipio de Huara a través del foro inverso de aclaración de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, previamente solicitado por la entidad edilicia. Si los documentos solicitados no llegaran en el plazo señalado, se procederá a evaluar al proveedor conforme a los documentos efectivamente publicados en el portal.
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10.- APERTURA |
APERTURA
10.1 Se entiende como “Apertura de la Propuesta” el acto en el cual se procede a verificar y aceptar o rechazar electrónicamente las ofertas a través del portal, constatando respecto de cada una de ellas que se haya constituido y entregado oportunamente en el municipio, la respectiva garantía, si procediera.
10.2 La IMH se reserva el derecho de rechazar todas o cada una de las ofertas, cuando estas no se ajusten a los requisitos solicitados en las presentes bases y ni al presupuesto disponible, sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta.
10.3 En tal sentido, la oferta se declarará inadmisible, si de acuerdo al estudio de los antecedentes presentados se estimara que las propuestas no reúnen los requisitos exigidos en las bases, o desierta, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la municipalidad.
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11.- COMISIÓN EVALUADORA |
COMISION EVALUADORA
11.1 Solo se considerarán para los efectos de la evaluación, las ofertas que cumplan con el 100% de los requisitos y especificaciones técnicas del bien y/o servicio licitado, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases y sus anexos. Aquellas ofertas que no cumplan con lo requerido, serán declaradas inadmisibles y no serán consideradas en la etapa de evaluación.
11.2 Las ofertas aceptadas serán sometidas a un proceso de análisis comparativo a cargo de una comisión evaluadora integrada por 03 personas, que corresponden a:
a) El Encargado de la Unidad de Adquisiciones o quien lo subrogue.
b) El Director del Departamento de Administración y Finanzas o quien lo subrogue.
c) El Director del Departamento de Salud Municipal o quien lo subrogue.
11.3 Recepcionadas las ofertas a través del portal, la comisión deberá evaluar y estudiar los antecedentes de cada una de ellas, emitiendo una decisión fundada que se propondrá en el respectivo Informe de evaluación al Sr. Alcalde de la IMH.
11.4 La comisión, para los efectos de la selección y evaluación de las propuestas deberá basarse en los criterios que al respecto se han establecido en las presentes Bases. Sin perjuicio de ello, la comisión quedará facultada para consultar con expertos en temas relacionados con la propuesta.
11.5 En caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre estas, la oferta que haya obtenido el mayor puntaje entre los criterios que se señalan a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente:
1º Precio.
2º Calidad
3º Plazo de entrega
4° Lugar de entrega
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13.- LA ADJUDICACIÓN |
LA ADJUDICACIÓN
13.1 Los oferentes podrán ofertar la totalidad de las líneas de productos, en caso contrario los oferentes podrán ofertar por líneas separadas, teniendo en consideración el presupuesto asignado para éstos, cumpliendo con los bienes que se encuentran indicados en el Anexo N°1, siempre y cuando las ofertas sean convenientes para la Ilustre Municipalidad de Huara.
13.2 La decisión de la adjudicación corresponderá en conformidad a lo previsto en el art.65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones el cual indica "Suscribir los convenios de programación a que se refieren los artículos 8º bis y 8º ter y celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo no obstante, aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo. Asimismo, suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables que regula la Ley General de Urbanismo y Construcciones". En el caso que el Honorable Concejo Municipal no apruebe lo indicado en el art. 65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones no podrá ser adjudicada la presente licitación pública.
13.3 La oferta que logre el mayor puntaje en la evaluación, será considerada como la más conveniente al interés fiscal, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado.
13.4 Las condiciones y requisitos administrativos y/o técnicos de las presentes Bases se consideran condiciones mínimas, no obstante, lo cual, será materia de la Oferta presentada por el proponente, descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en estas Bases y sus documentos relacionados, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para la IMH.
13.5 Si no es posible efectuar la adjudicación dentro del plazo señalado, el municipio informará oportunamente de esta circunstancia a través del portal de compras públicas, indicando las razones que justifican el retraso mediante resolución fundada y señalará, un nuevo plazo para llevar a cabo dicha actuación.
13.6 Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
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14.- LA READJUDICACIÓN |
LA READJUDICACIÓN
La Institución podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
a) Si el Oferente adjudicado no suscribe el contrato, en el plazo estipulado, por causas atribuibles a él.
b) Si el oferente adjudicado no entrega la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de este en el plazo y en la forma debida entendiéndose que no tiene intereses en contratar con la institución.
c) En caso que el oferente adjudicado, se desista renunciar, abandone, o no cumpla íntegramente los tramites posteriores a la adjudicación.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4° de la ley N°19.886 o no proporciona los antecedentes que le sean requeridos para la verificación dicha condición.
e) Si el adjudicatario no se inscribe en el registro electrónico oficial de Proveedores del Estado dentro del Plazo establecido en estas bases.
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15.- CONTRATO |
CONTRATO
15.1 El contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y aceptación por parte del proveedor, de conformidad con lo establecido en el art. 63 del reglamento de la ley 19.886. Al respecto y al estar involucrados varios centros de costo, se emitirá una orden de compra por cada uno de éstos, lo que involucra que un proveedor pudiera adjudicarse varios ítems que serán reflejados, eventualmente, en más de una orden, no afectando con esto el mínimo de envío pues se entiende que deberá enviar todos los productos simultáneamente, pero emitiendo una factura por cada documento.
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16.- ENTREGA DE LOS BIENES ADJUDICADOS |
ENTREGA DE LOS BIENES ADJUDICADOS
16.1 Una vez enviada la orden de compra proveniente de la licitación adjudicada a través del portal del sitio de internet www.mercadopublico.cl, el proveedor adjudicado procederá a la entrega de los bienes adjudicados en dependencias del Consultorio General Rural de Huara, ubicado en Av. Eleuterio Ramírez S/N, Comuna de Huara o en el lugar que indique el oferente (Ver formulario N°3), en el plazo indicado por el oferente en su oferta en el formulario N°3 del Anexo 2.
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17.- FORMA DE PAGO |
FORMA DE PAGO
17.1 Para los efectos del pago, el adjudicatario emitirá una factura extendiéndola a nombre de “Ilustre Municipalidad de HUARA”, RUT Nº69.010.200-5, con domicilio en Av. Vicuña Mackenna s/n, HUARA.
17.2 La modalidad de pago de todas facturas presentadas será dentro de los 30 días corridos, contados desde la fecha de entrega de la factura en la oficina de parte de la IMH, siempre y cuando exista recepción conforme en bodega de todos los productos solicitados; la respectiva factura deberá ser acompañada de la Orden de Compra correspondiente.
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