Licitación ID: 5905-11-L123
ADQ. FALTANTE CENABAST MAR-23 Y ARSENAL FARMACOLÓGICO
Responsable de esta licitación: ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE HUARA, ÁREA SALUD
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 17
Este número indica los reclamos recibidos por esta institución desde los últimos 12 meses hasta el día de ayer. Recuerde interpretar esta información considerando la cantidad de licitaciones y órdenes de compra que esta institución genera en el Mercado Público.
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Productos o servicios
1
Hidrocloruro de loperamida 2000 Comprimido
Cod: 51171702
loperamida 2 mg  

2
Sulfato de magnesio 100 Ampolla
Cod: 51171606
sulfato de magnesio 25% 5ml  

3
Amoxicilina 20 Frasco
Cod: 51101511
amoxicilina 400 mg + ácido clavulánico 57 mg polvo para suspensión oral  

4
Cloxacilina 500 Cápsula
Cod: 51101512
flucloxacilina 500mg  

5
Mupirocina 30 Unidad
Cod: 51101597
mupirocina 2% crema dermica  

6
Cefradina 100 Cápsula
Cod: 51101535
cefradina 500mg  

7
Combinación clorfeniramina-acetaminofeno 1000 Comprimido
Cod: 51161812
paracetamol 80mg o 160mg  

8
Carbón activado 2 Bolsa
Cod: 11101522
carbon activado polvo para suspension oral bolsa 1 kg  

9
Aciclovir 5 Frasco
Cod: 51102301
aciclovir 400mg/5ml jarabe  

10
Allopurinol 500 Comprimido
Cod: 51211501
Alopurinol 100mg  

11
Lamivudina 30 Comprimido
Cod: 51102310
lamivudina + zidovudina 150 mg + 300mg comprimido recubierto  

12
Clorhidrato de propanolol 300 Comprimido
Cod: 51151812
propranolol 10 mg  

13
Clorhidrato de labetalol 10 Frasco Ampolla
Cod: 51151823
labetalol solucion inyectable 100mg/2ml  

14
Suplementos vitamínicos 50 Frasco
Cod: 51191905
vitaminas ACD solucion para gotas orales 30 ml  

15
Trimetroprim 5 Frasco
Cod: 51101530
cotrimoxazol suspension oral 200mg+40mg/5ml  

16
Trimetroprim 300 Comprimido
Cod: 51101530
cotrimoxazol 800mg + 160mg  

17
Sulfamidas 300 Ovulo
Cod: 51101508
clotrimazol 500mg ovulos vaginales  

18
Melatonina 500 Comprimido
Cod: 12162207
melatonina 3 mg  

19
Sulfamidas 500 Ovulo
Cod: 51101508
clotrimazol 100mg ovulos vaginales  

20
Diclofenaco potásico 500 Comprimido
Cod: 51142103
clonixinato de lisina 125 mg  

21
Gluconato de clorhexidina 15 Frasco
Cod: 51102707
clorhexidina gluconato jabon 2% 340 ml  

22
Mebendazol 300 Comprimido
Cod: 51101702
mebendazol 100mg  

23
Albendazol 10 Frasco
Cod: 51101701
albendazol suspension oral 200mg/5ml  

24
Catéteres intravenosos periféricos para uso general 300 Unidad
Cod: 42221504
Branula 20G 1 1/4  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQ. FALTANTE CENABAST MAR-23 Y ARSENAL FARMACOLÓGICO
Estado:
Adjudicada
Descripción:
compra de productos farmacéuticos faltantes del pedido programado con CENABAST correspondiente al mes de marzo 2023 y medicamentos del nuevo arsenal farmacológico 2023-2025.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública inferior a 100 UTM (L1)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
ILUSTRE MUNICIPALIDAD DE HUARA
Unidad de compra:
ÁREA SALUD
R.U.T.:
69.010.200-5
Dirección:
AVDA. VICUÑA MACKENNA S/N
Comuna:
Huara
Región en que se genera la licitación:
Región de Tarapacá
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-05-2023 16:30:00
Fecha de Publicación: 04-05-2023 17:51:59
Fecha inicio de preguntas: 04-05-2023 18:01:00
Fecha final de preguntas: 08-05-2023 16:30:00
Fecha de publicación de respuestas: 10-05-2023 17:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 17-05-2023 16:35:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 17-05-2023 16:35:00
Fecha de Adjudicación: 05-06-2023 16:50:52
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- ANEXO 1 - 5905-11-L123 - ADQ. FALTANTE CENABAST MAR-23 Y ARSENAL FARMACOLÓGICO
2.- ANEXO 2 (FORMULARIO 1) - 5905-11-L123 - ADQ. FALTANTE CENABAST MAR-23 Y ARSENAL FARMACOLÓGICO
3.- ANEXO 2 (FORMULARIO 2) - 5905-11-L123 - ADQ. FALTANTE CENABAST MAR-23 Y ARSENAL FARMACOLÓGICO
4.- ANEXO 2 (FORMULARIO 3) - 5905-11-L123 - ADQ. FALTANTE CENABAST MAR-23 Y ARSENAL FARMACOLÓGICO
5.- ANEXO 3 - 5905-11-L123 - ADQ. FALTANTE CENABAST MAR-23 Y ARSENAL FARMACOLÓGICO
6.- BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS - 5905-11-L123 - ADQ. FALTANTE CENABAST MAR-23 Y ARSENAL FARMACOLÓGICO
No hay información de Antecedentes Técnicos
No hay información de Antecedentes Económicos
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 PLAZO DE ENTREGA SEGÚN LO INDICADO EN LAS PRESENTAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN EL PUNTO 12.3 25%
2 LUGAR DE ENTREGA SEGÚN LO INDICADO EN LAS PRESENTAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN EL PUNTO 12.4 20%
3 PRECIO SEGÚN LO INDICADO EN LAS PRESENTAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN EL PUNTO 12.1 30%
4 CALIDAD SEGÚN LO INDICADO EN LAS PRESENTAS BASES ADMINISTRATIVAS Y TÉCNICAS EN EL PUNTO 12.2 25%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: 215-22-04-004-002 - 215-22-04-005-002
Monto Total Estimado: 5285980
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: DENIS SEGURA VALENZUELA
e-mail de responsable de pago: DESEVAL1@GMAIL.COM
Nombre de responsable de contrato: GERALDINE CRUZ CARRILLO
e-mail de responsable de contrato: ADQUISICIONES2.DEPSA.IMH@GMAIL.COM
Teléfono de responsable del contrato: 56-57-2267942-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
2.- LA PROPUESTA
2.1. Las presentes bases administrativas y técnicas tienen por objetivo la compra de productos farmacéuticos faltantes del pedido programado con CENABAST correspondiente al mes de marzo 2023 y medicamentos del nuevo arsenal farmacológico 2023-2025, necesarios para el buen funcionamiento de los quehaceres diarios del Departamento de Salud, conforme a los requerimientos solicitados en el Anexo N°1.

2.2.  EL DETALLE DEL REQUERIMIENTO SE ENCUENTRA INDIVIDUALIZADO EN EL ANEXO N°1. Dicho detalle se subirá a la ID 5905-11-L123 y cada proveedor deberá ofertar directamente en el portal por el total de las cantidades ahí indicadas, asegurándose de poder dar cumplimiento a la entrega.  Cabe mencionar que para todos los efectos siempre deberá ofertar por el total de las cantidades requeridas en cada línea de producto.  En cualquier caso, la municipalidad podrá reducir las cantidades para no sobrepasar el presupuesto, así como también podrá aumentar o disminuir las cantidades (cuando el presupuesto lo permita) para redondear cantidades según formato de presentación de los productos (medicamentos principalmente), con el fin de no recibir productos a granel que pudieran no estar rotulados con la fecha de expiración u otros datos relevantes.

2.3    El valor ofertado se cotizará en pesos chilenos y deberá considerar todos los costos asociados a la entrega de los medicamentos en el Consultorio General Rural de Huara, ubicado en calle Francisco Saavedra s/n o en el lugar que indique el oferente (ver formulario N°3); dichos costos son de cargo exclusivo del adjudicatario.

2.4 Los plazos de días establecidos en estas bases, corresponden a días hábiles. 

2.5    MONTOS MÍNIMOS DE ENVÍO: cada oferente deberá indicar los montos mínimos de envío que tiene para poder remitir los ítems que resulten adjudicados a su favor; si al momento de determinarse los ítems adjudicados, el total de la sumatoria de éstos es inferior al monto de envío mínimo, se procederá de manera inmediata a adjudicar dicho ítem al siguiente mejor puntaje, aludiendo en la evaluación este motivo.  El monto mínimo de envío, así como el plazo de entrega, y lugar de entrega se deben indicar en el Formulario N°3 del Anexo 2.  

5.- INSTANCIAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS
5.1 Si los interesados en participar en la presente licitación, estimaren que existen contradicciones u omisiones en los antecedentes de la licitación o requieren aclaraciones respecto de estos, deberán presentar sus preguntas y solicitudes de aclaraciones a través del sistema de información, esto es a través del portal mercado público (www.mercadopublico.cl) en los plazos estipulados en estas bases.    

5.2 Las respuestas se pondrán a la disposición del público en la página web www.mercadopublico.cl  propuesta pública ID 5905-11-L123, las cuales se entenderán informadas a los participantes por el solo hecho de ser publicadas en dicho portal, y desde entonces pasarán a formar parte integrante de las presentes bases.

6.- MODIFICACIONES A LAS BASES
6.1 Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia de la IMH o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.

6.2 Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través de la publicación del respetivo Decreto Modificatorio de Bases en el portal www.mercadopublico.cl, éstas formarán parte integral de las bases.

6.3 Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.

7.- DE LOS PARTICIPANTES
7.1 Podrán participar en la presente licitación, personas naturales o jurídicas que estén inscritos y habilitados en el Sistema de Compra y Contrataciones Públicas, www.mercadopublico.cl, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley N°19.886 y su Reglamento.

7.2 Los proveedores no inscritos en el sitio www.chileproveedores.cl deberán adjuntar como anexo a su oferta, una declaración jurada ante notario que no se encuentran afectos a ninguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado (artículo 92 del reglamento de la ley 19.886 y art. 4 de la ley N°19.886).

7.3 Las personas naturales y/o jurídicas, que no se encuentren inscritas en el registro a que se hace referencia a continuación (chile proveedores), cuyas ofertas resulten adjudicadas, deberán dentro del plazo de 15 (quince) días, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, proceder a inscribirse en la categoría o rubro correspondiente al objeto de la misma, en el registro de contratista y proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación pública, y dicha inscripción deberá encontrarse habilitada. El transcurso del plazo señalado anteriormente, no se relaciona o superpone con los plazos comprometidos para la entrega del producto o servicio licitado. 

8.- DOCUMENTOS SOLICITADOS
8.1 Todo oferente deberá presentar, a través del sistema de información, es decir, subir los documentos digitales a las carpetas habilitadas en el portal www.mercadopublico.cl de esta licitación pública, en el plazo indicado en el punto 4, los siguientes antecedentes: 

ANEXOS ADMINISTRATIVOS:
- Anexo N°1, debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal para conciencia de los detalles en los requerimientos, individualizados mediante tabla.
- Formulario N° 1: Identificación del oferente, debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Formulario N° 2: Declaración Jurada Simple, debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Formulario N°3: Plazo de Entrega y Monto Mínimo de Envío (obligatorio): Deberá estar debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Presentar declaración jurada que indique que no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores. Según formato adjunto en el Anexo N°3.
- El plazo de entrega deberá ser indicado en días hábiles, los que se contarán desde el momento en que el oferente acepte la orden de compra.
- El monto mínimo de envío deberá indicar el monto NETO (sin IVA Incluido) por el cual el proveedor está en condiciones de hacer el despacho con entrega en el CESFAM Huara. (ver formulario N°3).

OFERTA ECONÓMICA:
- El Comprobante de Oferta ingresado por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl asociado a la ID 5905-11-L123, será el que se considere para realizar la evaluación económica.
- Es indispensable que el proveedor tome en cuenta que todo valor ingresado deberá ser NETO (sin IVA Incluido).

8.2 Los oferentes que NO adjunten los anexos con sus respectivos formularios solicitados según los formatos ingresados en el portal de mercado público correspondiente a las Bases Administrativas y Técnicas de la propuesta pública ID 5905-11-L123, debidamente rellenados y firmados, que son calificados como obligatorios en estas bases, serán descartados en la apertura electrónica, rechazando la oferta del oferente incumplidor.

8.3 Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl hayan sido realizadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “comprobante de envío de oferta” que entrega el sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.

8.4 Las únicas ofertas validas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl.  No se aceptarán ofertas que se presente por un medio distinto al establecido en estas bases. 

8.5 Será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas. 


8.6 Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas bases y sus anexos.

9.- PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES
9.1 Se aceptarán documentos o antecedentes calificados como no obligatorios que hayan sido omitidos por el oferente en el momento de la oferta.  La documentación faltante deberá ser adjuntada por el proveedor dentro de plazo indicado en portal al momento de haber hecho la aclaración al municipio de Huara a través del foro inverso de aclaración de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, previamente solicitado por la entidad edilicia. Si los documentos solicitados no llegaran en el plazo señalado, se procederá a evaluar al proveedor conforme a los documentos efectivamente publicados en el portal.
10.- APERTURA
10.1 Se entiende como “Apertura de la Propuesta” el acto en el cual se procede a verificar y aceptar o rechazar electrónicamente las ofertas a través del portal, constatando respecto de cada una de ellas que se haya constituido y entregado oportunamente en el municipio, la respectiva garantía, si procediera.

10.2 La IMH se reserva el derecho de rechazar todas o cada una de las ofertas, cuando estas no se ajusten a los requisitos solicitados en las presentes bases y ni al presupuesto disponible, sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta.  

10.3 En tal sentido, la oferta se declarará inadmisible, si de acuerdo al estudio de los antecedentes presentados se estimara que las propuestas no reúnen los requisitos exigidos en las bases, o desierta, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la municipalidad. 

11.- COMISION EVALUADORA
11.1 Solo se considerarán para los efectos de la evaluación, las ofertas que cumplan con el 100% de los requisitos y especificaciones técnicas del bien y/o servicio licitado, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases y sus anexos. Aquellas ofertas que no cumplan con lo requerido, serán declaradas inadmisibles y no serán consideradas en la etapa de evaluación.

11.2 Las ofertas aceptadas serán sometidas a un proceso de análisis comparativo a cargo de una comisión evaluadora integrada por 03 personas, que corresponden a:
a) El Encargado de la Unidad de Adquisiciones o quien lo subrogue.
b) El Director del Departamento de Administración y Finanzas o quien lo subrogue.
c) El Director del Departamento de Salud Municipal o quien lo subrogue.


11.3 Recepcionadas las ofertas a través del portal, la comisión deberá evaluar y estudiar los antecedentes de cada una de ellas, emitiendo una decisión fundada que se propondrá en el respectivo Informe de evaluación al Sr. Alcalde de la IMH.


11.4 La comisión, para los efectos de la selección y evaluación de las propuestas deberá basarse en los criterios que al respecto se han establecido en las presentes Bases.  Sin perjuicio de ello, la comisión quedará facultada para consultar con expertos en temas relacionados con la propuesta.  


11.5 En caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre estas, la oferta que haya obtenido el mayor puntaje entre los criterios que se señalan a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente:
1º Precio.
2º Calidad
3º Plazo de entrega 
4° Lugar de entrega

13.- LA ADJUDICACIÓN
13.1 Los oferentes podrán ofertar la totalidad de las líneas de productos, en caso contrario los oferentes podrán ofertar por líneas separadas, teniendo en consideración el presupuesto asignado para éstos, cumpliendo con los bienes que se encuentran indicados en el Anexo N°1, siempre y cuando las ofertas sean convenientes para la Ilustre Municipalidad de Huara.  






  
13.2 La decisión de la adjudicación corresponderá en conformidad a lo previsto en el art.65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones el cual indica "Suscribir los convenios de programación a que se refieren los artículos 8º bis y 8º ter y celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo no obstante, aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo. Asimismo, suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables que regula la Ley General de Urbanismo y Construcciones". En el caso que el Honorable Concejo Municipal no apruebe lo indicado en el art. 65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones no podrá ser adjudicada la presente licitación pública.  


13.3 La oferta que logre el mayor puntaje en la evaluación, será considerada como la más conveniente al interés fiscal, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado.


13.4 Las condiciones y requisitos administrativos y/o técnicos de las presentes Bases se consideran condiciones mínimas, no obstante, lo cual, será materia de la Oferta presentada por el proponente, descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en estas Bases y sus documentos relacionados, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para la IMH.


13.5 Si no es posible efectuar la adjudicación dentro del plazo señalado, el municipio informará oportunamente de esta circunstancia a través del portal de compras públicas, indicando las razones que justifican el retraso mediante resolución fundada y señalará, un nuevo plazo para llevar a cabo dicha actuación.


13.6   Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl. 

14.- LA READJUDICACIÓN
            La Institución podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:             
a) Si el Oferente adjudicado no suscribe el contrato, en el plazo estipulado, por causas           atribuibles a él.
b) Si el oferente adjudicado no entrega la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de este en el plazo y en la forma debida entendiéndose que no tiene intereses en contratar con la institución.
c) En caso que el oferente adjudicado, se desista renunciar, abandone, o no cumpla   íntegramente los tramites posteriores a la adjudicación.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4° de la ley N°19.886 o no proporciona los antecedentes que le sean requeridos para la verificación dicha condición.
e) Si el adjudicatario no se inscribe en el registro electrónico oficial de Proveedores del Estado dentro del Plazo establecido en estas bases.

15.- CONTRATO
15.1    El contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra y aceptación por parte del proveedor, de conformidad con lo establecido en el art. 63 del reglamento de la ley 19.886.  Al respecto y al estar involucrados varios centros de costo, se emitirá una orden de compra por cada uno de éstos, lo que involucra que un proveedor pudiera adjudicarse varios ítems que serán reflejados, eventualmente, en más de una orden, no afectando con esto el mínimo de envío pues se entiende que deberá enviar todos los productos simultáneamente, pero emitiendo una factura por cada documento.
16.- ENTREGA DE LOS BIENES ADJUDICADOS
16.1    Una vez enviada la orden de compra proveniente de la licitación adjudicada a través del portal del sitio de internet www.mercadopublico.cl, el proveedor adjudicado procederá a la entrega de los bienes adjudicados en dependencias del Consultorio General Rural de Huara, ubicado en Av. Francisco Saavedra S/N, Comuna de Huara o en el lugar que indique el oferente (Ver formulario N°3),  en el plazo indicado por el oferente en su oferta en el formulario N°3 del Anexo 2.
17.- FORMA DE PAGO
17.1 Para los efectos del pago, el adjudicatario emitirá una factura extendiéndola a nombre de “Ilustre Municipalidad de HUARA”, RUT Nº69.010.200-5, con domicilio en Av. Vicuña Mackenna s/n, HUARA. 

17.2    La modalidad de pago de todas facturas presentadas será dentro de los 30 días corridos, contados desde la fecha de entrega de la factura en la oficina de parte de la IMH, siempre y cuando exista recepción conforme en bodega de todos los productos solicitados; la respectiva factura deberá ser acompañada de la Orden de Compra correspondiente.

17.3 El Municipio cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes de acuerdo con lo señalado y dispuesto en el artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, sin perjuicio de que el oferente se mantendrá sujeto siempre a las obligaciones contraídas para con el municipio y que emanen de la presente licitación.

18.- EFECTOS DERIVADOS DE INCUMPLIMIENTOS DEL PROVEEDOR
1.- Multas: El proveedor adjudicado deberá pagar multas por el o los atrasos en que incurra en la entrega de los bienes o la prestación de los servicios, objeto de la presente licitación. Las multas por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones, se aplicarán por cada día hábil de atraso y se calcularán como un 3% del valor neto de los bienes o servicios objeto de la entrega, con un tope de 5 días hábiles. Las multas no podrán sobrepasar el 15% del valor total del contrato. El monto de las multas será rebajado del pago que la entidad licitante deba efectuar al adjudicatario en los estados de pago más próximos y, de no ser suficiente este monto o en caso de no existir pagos pendientes, se le cobrará directamente, o bien, se hará efectivo a través del cobro de la garantía de fiel cumplimiento, si la hubiere. Cuando el cálculo del monto de la respectiva multa convertido a pesos chilenos, resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero más cercano. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor.

 2.- Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos: Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado. Procedimiento para la aplicación de medidas derivadas de incumplimientos Detectada una situación que amerite la aplicación de una multa u otra medida contemplada en las presentes bases, la entidad licitante notificará inmediatamente de ello al adjudicado, personalmente o por carta certificada, informándole sobre la medida a aplicar y sobre los hechos que la fundamentan. A contar de la notificación singularizada en el párrafo anterior, el proveedor tendrá un plazo de 5 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito, acompañando todos los antecedentes que lo fundamenten. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente medida por medio de una resolución fundada de la entidad licitante. Si el proveedor ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, la entidad licitante tendrá un plazo de 30 días hábiles, contados desde la recepción de los descargos del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente. Al respecto, el rechazo total o parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada de la entidad licitante, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la medida. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada. El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada singularizada en los párrafos anteriores, para impugnar dicho acto administrativo mediante los recursos contemplados en la Ley 19.880, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar o reemplazar la respectiva medida. La entidad licitante tendrá un plazo no superior a 30 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar o dejar sin efecto el acto impugnado.