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2.- LA PROPUESTA |
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2.1 Las
presentes bases administrativas y técnicas tienen por objetivo la celebración de un Contrato de Suministros,
con vigencia de 3 años desde la fecha de adjudicación, por el Servicio de realización
de prótesis dental acrílica superior e inferior y metálica superior e inferior,
parcial o total, el cual debe incluir la realización de cubetas individuales,
rodetes de cera, enfilados, retenedores labrados y prótesis con acrílico
termocurado. Los dientes deben ser acrílicos marca Marché o equivalente. Es
indispensable que la empresa adjudicada se encuentre con las autorizaciones
correspondiente por parte del organismo pertinente.
2.2. EL DETALLE DEL REQUERIMIENTO SE ENCUENTRA INDIVIDUALIZADO EN EL ANEXO N° 1. Dicho detalle se subirá a la ID 5905-6-LE23 y cada proveedor deberá ofertar directamente en el portal. Cabe mencionar que la cantidad de los servicios indicados en la cartilla de compra es un aproximado anual y podría aumentar o disminuir de acuerdo a la cantidad de prótesis derivados por la odontóloga del CESFAM Huara.
2.3 La cantidad de prótesis indicadas en el anexo N°1 corresponden a una proyección realizada, por tanto, la cantidad real dependerá de la demanda que deriva la atención odontológica de nuestros usuarios, pudiendo ser menor a esos valores, por tanto, ambas parten comprenden que no es exigible por parte del adjudicatario facturar la totalidad de prestaciones.
2.4 El valor ofertado en el portal se cotizará en pesos chilenos indicando el valor total neto conforme lo estipulado en el Formulario N°04 parte 1 o 2 según corresponda. El servicio debe considerar los traslados correspondientes en caso si correspondiera.
2.5 Los plazos de días establecidos en estas bases, corresponden a días corridos, conforme a lo estipulado en el Formulario N°3 del Anexo N°2.
2.6 Los oferentes podrán ofertar directamente en el portal por el total de las líneas que le interesan o se encuentre en condiciones de dar cumplimiento a la entrega. Cabe mencionar que para todos los efectos siempre deberá ofertar por todas las prótesis requeridas en cada línea del servicio a ofertar.
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7.- DE LOS PARTICIPANTES |
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7.1 7.1 Podrán participar en la presente licitación, personas naturales o jurídicas que estén inscritos y habilitados en el Sistema de Compra y Contrataciones Públicas, www.mercadopublico.cl, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley N°19.886 y su Reglamento.
7.2 7.2 Los proveedores no inscritos en el sitio www.chileproveedores.cl deberán adjuntar como anexo a su oferta, una declaración jurada ante notario que no se encuentran afectos a ninguna causal de inhabilidad para contratar con el Estado (artículo 92 del reglamento de la ley 19.886 y art. 4 de la ley N°19.886).
7.3 7.3 Las personas naturales y/o jurídicas, que no se encuentren inscritas en el registro a que se hace referencia a continuación (chileproveedores), cuyas ofertas resulten adjudicadas, deberán dentro del plazo de 15 (quince) días, contados desde la notificación de la resolución de adjudicación, proceder a inscribirse en la categoría o rubro correspondiente al objeto de la misma, en el registro de contratista y proveedores a cargo de la Dirección de Compras y Contratación pública, y dicha inscripción deberá encontrarse habilitada. El transcurso del plazo señalado anteriormente, no se relaciona o superpone con los plazos comprometidos para la entrega del producto o servicio licitado.
7.4 Los oferentes por el sólo hecho de participar en el presente proceso licitatorio, comprenden y se ven en la obligación de contar en todo momento con la respectiva Autorización Sanitaria del funcionamiento del laboratorio que ejecutará los respectivos trabajos, por tanto, SÓLO podrán participar quienes anexen la correspondiente Resolución que deberá ser adjuntada a la propuesta de manera obligatoria. Si en algún momento durante la vigencia del contrato perdieran la autorización, deben poner en antecedente a la Municipalidad a través del Departamento de Salud en un plazo de 5 días hábiles, para que éste tome las medidas correspondientes.
NOTA: El oferente debe adjuntar de manera obligatoria “RESOLUCIÓN QUE AUTORIZA EL FUNCIONAMIENTO DEL LABORATORIO”, en caso de no adjuntar, la oferta será rechazada en la apertura electrónica.
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8.- DOCUMENTOS SOLICITADOS |
8.1 Todo oferente deberá presentar, a través del sistema de información, es decir, subir los documentos digitales a las carpetas habilitadas en el portal www.mercadopublico.cl de esta licitación pública, en el plazo indicado en el punto 4, los siguientes antecedentes:
ANEXOS ADMINISTRATIVOS:
- Anexo N°1 (obligatorio), debidamente firmado por el proponente o el representante legal para conciencia de los detalles en los requerimientos, individualizados mediante tabla.
- Formulario N° 1: Identificación del oferente, debidamente firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Formulario N° 2: Declaración Jurada Simple, debidamente firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Presentar declaración jurada que indique que no ha sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos de los trabajadores. Según formato adjunto en el Anexo N°03.
- Resolución Sanitaria que autoriza el funcionamiento del laboratorio.
OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA:
- Formulario N°3: Procesos de Elaboración y entrega de prótesis (obligatorio): Deberá estar debidamente firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Formulario N°4 (PARTE 1): Oferta económica (obligatorio): Deberá estar debidamente firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato según formato adjunto en el anexo N°02.
*Sólo rellenar este formulario si marcó con una “X” realizar prótesis acrílicas en el Anexo N°01.
- Formulario N°4 (PARTE 2): Oferta económica (obligatorio): Deberá estar debidamente firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato según formato adjunto en el anexo N°02.
*Sólo rellenar este formulario si marcó con una “X” realizar prótesis metálicas acrílicas en el Anexo N°01.
- La oferta económica debe ser pura y simple. No se aceptan aquellas sujetas a condición o a las que se refieren a una modalidad de pago distinta a la requerida en las presentes bases administrativas. Dado que la presente licitación es la confección de prótesis dentales, la oferta económica deberá indicar los precios totales netos que el oferente asigne al servicio ofertado.
- El Comprobante de Oferta ingresado por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl asociado a la ID 5905-6-LE23, será el que se considere para realizar la evaluación económica y deberá indicar en cada línea el valor total neto del respectivo formulario.
- Es indispensable que el proveedor tome en cuenta que todo valor ingresado deberá ser NETO (sin IVA o impuesto Incluido).
8.2 Los oferentes que no presenten documentos solicitados precedentemente y que son calificados como obligatorios en estas bases, serán descartados en la apertura electrónica, rechazando la oferta del oferente incumplidor.
8.3 Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl hayan sido realizadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “comprobante de envío de oferta” que entrega el sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
8.4 Las únicas ofertas validas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido en estas bases.
8.5 Será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
8.6 Se entenderá que, por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas bases y sus anexos.
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9.- SERVICIO POST VENTA |
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9.1 Los aparatos protésicos deben tener una garantía de 6 meses en los aspectos relacionados con fallas originales en laboratorio: desprendimiento de dientes desde el acrílico, quiebre de retenedores, fractura protésica por insuficiente espesor de acrílico, fatiga de material u otro asociado a la calidad del material. Esta garantía implica incluso la repetición del aparato si corresponde.
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10.- ÓRDENES DE TRABAJO Y ENTREGA |
10.1 Para la elaboración de los trabajos, los Odontólogos del CESFAM Huara, deberán emitir una orden de trabajo (OT) con las indicaciones del producto y/o servicio requerido. La entrega de los trabajos tanto el costo como la coordinación de medio de transporte del envío será de exclusiva responsabilidad del proveedor, respetando a cabalidad los plazos establecidos en la entrega conforme a lo estipulado en el formulario N°03 del Anexo N°02. Para constatar el cumplimiento de recepción y entrega de trabajos, se asignará un talonario o libro con hojas autocopiativas, el cual será uso exclusivo para este fin, y se llevará el control del retiro y entrega de trabajos, dicho talonario o libro debe ser entregado por el oferente adjudicado a esta licitación.
10.2 Si en el momento de la recepción del producto terminado, el odontólogo comprobare, que éstos no cumplen con las características de calidad, se procederá a devolver el producto, siendo de responsabilidad del proveedor la reposición dentro de los plazos máximo estipulados en el Formulario N°03 del Anexo N°02, debiendo asumir el proveedor todos los costos asociados a la misma. Cabe señalar, que los trabajos deben ser retirados por el oferente adjudicado, junto a la OT, ya que él debe hacerse responsable del traslado de los mismos. Es por ello que los trabajos terminados, deben ser entregados o remitidos al mismo departamento, ubicado en Francisco Saavedra s/n, comuna de Huara (CESFAM Huara).
10.3 En caso que algún producto confeccionado este defectuoso, no cumpla con los requerimientos solicitados o haya sufrido algún desperfecto o merma, antes o durante el traslado de los productos y suministros será de responsabilidad exclusiva del proveedor, tanto su traslado como reposición, sin costo para el Departamento de Salud. El pago de los servicios será mensual y se cancelarán los trabajos terminados y visados por el encargado de programa a la fecha.
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15.- LA ADJUDICACIÓN |
15.1 El oferente deberá ofertar por el total del requerimiento indicado, estipulado en el Anexo N°01, de ser lo contrario quedará automáticamente afuera del proceso de evaluación según Propuesta Publica ID 5905-6-LE23.
15.2 La decisión de la adjudicación corresponderá en conformidad a lo previsto en el art.65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones el cual indica "Suscribir los convenios de programación a que se refieren los artículos 8º bis y 8º ter y celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo no obstante, aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo. Asimismo, suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables que regula la Ley General de Urbanismo y Construcciones". En el caso que el Honorable Concejo Municipal no apruebe lo indicado en el art. 65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones no podrá ser adjudicada la presente licitación pública.
15.3 El proveedor adjudicado deberá suministrar todos los insumos necesarios para asegurar la correcta prestación del servicio en calidad y cantidad.
15.4 La oferta que logre el mayor puntaje en la evaluación, será considerada como la más conveniente al interés fiscal, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado.
15.5 Las condiciones y requisitos administrativos y/o técnicos de las presentes Bases se consideran condiciones mínimas, no obstante, lo cual, será materia de la Oferta presentada por el proponente, descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en estas Bases y sus documentos relacionados, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para la IMH.
15.6 Si no es posible efectuar la adjudicación dentro del plazo señalado, el municipio informará oportunamente de esta circunstancia a través del portal de compras públicas, indicando las razones que justifican el retraso mediante resolución fundada y señalará, un nuevo plazo para llevar a cabo dicha actuación.
15.7 Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
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17.- CONTRATO |
17.1 Se generará un contrato entre el proveedor adjudicado y la Ilustre Municipalidad de Huara, que deberá ser firmado dentro de los 20 días siguientes a la adjudicación. La vigencia del documento será contabilizada a partir de la fecha de adjudicación del presente proceso licitatorio.
17.2 Al término de cada mes el oferente adjudicado deberá emitir al Departamento de salud de Huara, un listado sólo de los trabajos que llegaron a la etapa de terminación protésica recibido conforme. Dicho listado será revisado por el/la profesional encargado/a, quien deberá revisar los antecedentes emitidos por el Laboratorio Dental Adjudicado, en caso de diferencias pedir la corrección al Oferente, para posteriormente certificar los antecedentes emitidos con la visación conforme de la documentación antes señalada, para luego efectuar la emisión de la Orden de compra correspondiente en el Portal del mercado público. Luego de aceptada la orden de compra por el oferente, y recepcionada la factura correspondiente a la OC, el Departamento de Salud tendrá un plazo de 30 días para proceder a cancelar al oferente adjudicado.
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18.- FORMA DE PAGO |
18.1 Para los efectos del pago, el adjudicatario emitirá una factura o boleta de honorarios extendiéndola a nombre de “Ilustre Municipalidad de HUARA”, RUT Nº69.010.200-5, con domicilio en Av. Vicuña Mackenna s/n, HUARA.
18.2 Las modalidades de pago de todas facturas o boletas de honorarios presentadas será dentro de los 30 días corridos, contados desde la fecha de entrega de la factura o boleta de honorarios en la oficina de parte de la IMH, siempre y cuando exista recepción conforme de los servicios prestados; cualquiera sea el documento deberá ser acompañado de la Orden de Compra correspondiente.
18.3 Cabe mencionar que el pago de la factura o boleta de honorarios se va a realizar contra el último proceso de Terminación protésica recibido conforme por la Odontóloga del CESFAM Huara.
18.4 El Municipio cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes de acuerdo con lo señalado y dispuesto en el artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº 19.886, sin perjuicio de que el oferente se mantendrá sujeto siempre a las obligaciones contraídas para con el municipio y que emanen de la presente licitación.
18.5 El proveedor remitirá dentro de los 5 días del mes siguiente nómina de pacientes atendidos separados por servicios (una lista por cada uno), la cual será revisada por el Consultorio y, toda vez visada y aprobada, emitirá una factura asociada a la correspondiente orden de compra, según los exámenes efectivamente realizados.
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19.- DE LAS MULTAS |
19.1 En el evento que existan retrasos en la entrega de servicio adjudicado, el Municipio aplicará una multa equivalente a 5% del valor de cada prótesis, valor que se descontará sin más trámite del pago que deba efectuarse.
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20.- PROCEDIMIENTO PARA LA APLICACIÓN DE SANCIONES Y MULTAS |
20.1 Detectada una situación que amerite la aplicación de multa se notificará inmediatamente de ello al proveedor, por vía correo electrónico informado en el Formulario N°01 del Anexo N°02, informándole sobre la sanción a aplicar y sobre los hechos en que aquélla se motiva. A contar de la notificación singularizada en el número anterior, el proveedor tiene un plazo de 3 días hábiles para efectuar sus descargos por escrito ante el Dpto. de Salud, acompañando todos los antecedentes que respalden su posición. Vencido el plazo indicado sin que se hayan presentado descargos, se aplicará la correspondiente sanción por medio de una resolución fundada. Si el proveedor adjudicado ha presentado descargos dentro del plazo establecido para estos efectos, el Departamento de Salud tendrá un plazo de 10 días hábiles, contados desde la recepción del descargo del proveedor, para rechazarlos o acogerlos, total a parcialmente. Al respecto, el rechazo total a parcial de los descargos del respectivo proveedor deberá formalizarse a través de la dictación de una resolución fundada, en la cual deberá detallarse el contenido y las características de la sanción a aplicar. La indicada resolución deberá notificarse al respectivo proveedor adjudicado personalmente o mediante carta certificada.
20.2 Recurso de reposición: El proveedor adjudicado dispondrá de un plazo de 3 días hábiles, contados desde la notificación de la resolución fundada, para impugnar dicho acto administrativo, debiendo acompañar todos los antecedentes que justifiquen eliminar, modificar a reemplazar la respectiva sanción. El Alcalde tendrá un plazo no superior a 10 días hábiles para resolver el citado recurso. La resolución que acoja el recurso podrá modificar, reemplazar a dejar sin efecto el acto impugnado. Ahora bien, en el evento de que la sanción sea finalmente cursada, sea total a parcialmente, ésta se hará efectiva mediante descuentos en los pagos más próximos que se deba efectuar al proveedor.
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