Resolución de Empates |
Mecanismo de resolución de empates En el evento de que una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mismo puntaje máximo, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Plazo de entrega. En caso de mantenerse el empate, se seleccionará aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en el criterio Precio. De persistir el empate, se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Calidad técnica, si persiste aun así el empate se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Plazo de entrega y finalmente si persiste el empate se seleccionará a la oferta que presente un mayor puntaje en el criterio Lugar de entrega. Cabe mencionar que si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que ingresó primero en www.mercadopublico.cl
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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Presupuesto Disponible |
1- El presupuesto total disponible para la presente licitación asciende a la cantidad de $14.330.500.- (catorce millones trescientos treinta mil quinientos pesos) IVA incluido correspondiente a presupuesto municipal.
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Fecha de Adjudicación |
En caso de no cumplir con la fecha indicada de adjudicación de las presente bases de licitación, se publicara una nueva fecha en el porta www.mercadopublico.cl, información allí las razones del atraso.
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Entrega de los bienes adjudicados |
Una vez enviada la orden de compra proveniente de la licitación adjudicada a través del portal del sitio de internet www.mercadopublico.cl, el proveedor adjudicado procederá a la entrega de los bienes adjudicados en la localidad de Huara.
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DEVOLUCIÓN DEL PRODUCTO |
El proveedor tendrá la obligación de reponer el producto cuando este no corresponda a lo solicitado en la orden de compra, cuyo caso presente defectos de fabricación y/o lleguen dañados al establecimiento, no cumplan con la fecha de vencimiento establecido u otros, contando con un plazo de 3 días hábiles, desde la fecha de notificación por parte de la IMHUARA.
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Contrato |
El contrato se formalizará mediante la emisión de la orden de compra por el comprador y aceptación por parte del proveedor, de conformidad con lo establecido en el art. 63 del reglamento de la ley 19.886. En caso que una orden de compra no haya sido aceptada, la Municipalidad de Huara se cancelará la orden de compra una vez transcurridas 24 horas desde la fecha de emisión.
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LA REAJUDICACIÓN |
La Institución podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
a) Si el Oferente adjudicado no suscribe el contrato, en el plazo estipulado, por causas atribuibles a él.
b) Si el oferente adjudicado no entrega la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de este en el plazo y en la forma debida entendiéndose que no tiene intereses en contratar con la institución.
c) En caso que el oferente adjudicado, se desista renunciar, abandone, o no cumpla íntegramente los tramites posteriores a la adjudicación.
d) Si el adjudicatario es inhábil para contratar con el estado en los términos del artículo 4° de la ley N°19.886 o no proporciona los antecedentes que le sean requeridos para la verificación dicha condición.
e) Si el adjudicatario no se inscribe en el registro electrónico oficial de Proveedores del Estado dentro del Plazo establecido en estas bases.
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COMISION EVALUADORA |
Solo se considerarán para los efectos de la evaluación, las ofertas que cumplan con el 100% de los requisitos y especificaciones técnicas del bien y/o servicio licitado, de acuerdo con lo establecido en las presentes bases y sus anexos. Aquellas ofertas que no cumplan con lo requerido, serán declaradas inadmisibles y no serán consideradas en la etapa de evaluación.
11.2 Las ofertas aceptadas serán sometidas a un proceso de análisis comparativo a cargo de una comisión evaluadora integrada por 03 personas, que corresponden a:
a) El Encargado de la Unidad de Adquisiciones o quien lo subrogue.
b) El Director del Departamento de Administración y Finanzas o quien lo subrogue.
c) Profesional Área de Administración y Finanzas.
11.3 Recepcionadas las ofertas a través del portal, la comisión deberá evaluar y estudiar los antecedentes de cada una de ellas, emitiendo una decisión fundada que se propondrá en el respectivo Informe de evaluación al Sr. Alcalde de la IMH.
11.4 La comisión, para los efectos de la selección y evaluación de las propuestas deberá basarse en los criterios que al respecto se han establecido en las presentes Bases. Sin perjuicio de ello, la comisión quedará facultada para consultar con expertos en temas relacionados con la propuesta.
11.5 En caso de producirse un empate entre dos o más oferentes en el mayor puntaje obtenido en el resultado final de la evaluación, deberá preferirse entre estas, la oferta que haya obtenido el mayor puntaje entre los criterios que se señalan a continuación, bajo el orden de precedencia siguiente:
1º Precio.
2º Calidad Técnica.
3º Plazo de entrega.
4º Lugar de entrega.
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