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2.- LA PROPUESTA |
2.1. Las presentes bases administrativas y técnicas tienen por objetivo la celebración de un Contrato de Suministros, con vigencia a contar del 01 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2029, por la adquisición de exámenes de imagenología los cuales están considerados dentro del Convenio Imágenes Diagnósticas celebrado de manera continua y retroactivo entre este Municipio y el Servicio de Salud Tarapacá (SST), conforme a los requerimientos solicitados en el Anexo N°1.
2.2. EL DETALLE DEL REQUERIMIENTO SE ENCUENTRA INDIVIDUALIZADO EN EL ANEXO N° 1. Dicho detalle se subirá a la ID 5908-13-LE26 y cada proveedor deberá ofertar directamente en el portal, asegurándose de poder dar cumplimiento a la entrega de los exámenes y los resultados dentro de los plazos señalados en su oferta. Cabe mencionar que las cantidades por cada examen dependerán de la demanda que exista por parte de los usuarios pudiendo eventualmente no llegar a facturar el monto total presupuestado para el presente contrato de suministros.
2.3 El proveedor adjudicado además toma el compromiso de no atender a usuarios que no fueron derivados formalmente por el CESFAM Huara, siendo su responsabilidad si esto ocurriera, asumiendo el costo correspondiente.
2.4 El valor ofertado se cotizará en pesos chilenos y deberá considerar todos los costos asociados a la entrega de los exámenes de imagenología con su correspondiente informe. El proveedor adjudicado deberá entregar los resultados de los exámenes de forma física durante los días de bajada de estafeta, siempre que tenga domicilio dentro de la Región de Tarapacá. Paralelamente, se deberá habilitar la entrega de dichos resultados dentro de los plazos señalados en su oferta en formato virtual a través de la página web de la empresa.
2.5 Los plazos de días establecidos en estas bases, corresponden a días corridos salvo que expresamente se establezca que el plazo es de días hábiles, en cuyo caso se entiende que son inhábiles los días sábados, domingos y los festivos.
2.6 OBLIGACIÓN DE OFERTAR POR TOTAL DE LAS LINEAS OFERTAS: los oferentes interesados en participar en la presente propuesta pública, deberán participar por el TOTAL DE LAS LINEAS CONFORME AL ANEXO N° 1. Las ofertas que no cumplan con este requisito serán rechazadas en el respectivo acto de apertura electrónica sin derecho indemnización o reclamo, puesto que el presente proceso licitatorio contempla una adjudicación global y no por ítem.
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5.- INSTANCIAS PREGUNTAS Y RESPUESTAS |
5.1 Si los interesados en participar en la presente licitación, estimaren que existen contradicciones u omisiones en los antecedentes de la licitación o requieren aclaraciones respecto de estos, deberán presentar sus preguntas y solicitudes de aclaraciones a través del sistema de información, esto es a través del portal mercado público (www.mercadopublico.cl) en los plazos estipulados en estas bases.
5.2 Las respuestas se pondrán a la disposición del público en la página web www.mercadopublico.cl propuesta pública ID 5908-13-LE26, las cuales se entenderán informadas a los participantes por el sólo hecho de ser publicadas en dicho portal, y desde entonces pasarán a formar parte integrante de las presentes bases.
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6.- MODIFICACIONES A LAS BASES |
6.1 Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos, ya sea por iniciativa propia de la IMH o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta hasta antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas.
6.2 Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas a través de la publicación del respetivo Decreto Modificatorio de Bases en el portal www.mercadopublico.cl, éstas formarán parte integral de las bases.
6.3 Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas.
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7.- DE LOS PARTICIPANTES |
7.1 Podrán participar en la presente licitación, personas naturales o jurídicas que estén inscritos y habilitados en el Sistema de Compra y Contrataciones Públicas, www.mercadopublico.cl, que realicen sus propuestas a través de los medios establecidos por la Ley N°19.886 y su Reglamento.
7.2 Los proveedores que participan del presente proceso licitatorio, por el sólo hecho de hacerlo, declaran que cuentan con todos los permisos sanitarios, municipales y otros para realizar las prestaciones que se indican en el Anexo N°1.
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8.- DOCUMENTOS SOLICITADOS |
8.1 Todo oferente deberá presentar, a través del sistema de información, es decir, subir los documentos digitales a las carpetas habilitadas en el portal www.mercadopublico.cl de esta licitación pública, en el plazo indicado en el punto 4, los siguientes antecedentes:
ANEXOS ADMINISTRATIVOS:
- Anexo N°1, debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal para conciencia de los detalles en los requerimientos, individualizados mediante tabla.
- Formulario N° 1: Identificación del oferente: Debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Formulario N° 2: Declaración Jurada Simple(obligatorio): Debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- Formulario N°3: Plazo de Entrega Exámenes e Informes Médicos y lugar de prestación del servicio (obligatorio): Deberá estar debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
- El plazo de entrega de los Exámenes e Informes Médicos deberá ser indicado en días corridos, los que se contarán desde el momento en que el usuario derivado por el CESFAM de Huara se haya realizado el examen.
- El oferente deberá indicar en dicho formulario el lugar de prestación en donde se entregarán los servicios a los usuarios derivados desde el CESFAM Huara.
- El oferente deberá adjuntar documento que certifique que posee “Acreditación de Calidad en Salud para prestadores institucionales”, en caso que no adjunte dicha acreditación, queda automáticamente fuera del proceso de apertura electrónica.
- Formulario N°6: Declaración Jurada Programa de Integridad y Ética Empresarial (obligatorio): Deberá estar debidamente llenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02.
ANEXO TÉCNICO:
- Formulario Nº5: Experiencia con organismos públicos o privados (obligatorio): Deberá estar debidamente firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato adjunto en el Anexo N°02. Además, sólo se aceptarán registros debidamente indicados en el mismo formulario respecto a las órdenes de compra, además en el caso que exista factura, contrato y certificados deberá acreditar dichos documentos
ANEXO OFERTA ECONÓMICA:
- Formulario N°4: Oferta económica (obligatorio): Deberá estar debidamente rellenado y firmado por el proponente o el representante legal (caso de ser persona jurídica) según formato según formato adjunto en el anexo N°02.
- La oferta económica debe ser pura y simple. No se aceptan aquellas sujetas a condición o a las que se refieren a una modalidad de pago distinta a la requerida en las presentes bases administrativas.
- Dado que la presente licitación es la adquisición de diversos exámenes de imagenología, la oferta económica corresponderá a la sumatoria de todos los precios exentos unitarios que el oferente asignó a los ítems solicitados, por lo que es necesario que el proveedor oferte por la totalidad de los exámenes solicitados en el Anexo N° 1.
- Si el proveedor no cumple con ofertar la totalidad de los servicios establecidas para el presente proceso, quedará automáticamente descartado al momento de hacer la apertura electrónica, no pudiendo realizar ningún reclamo al respecto.
- El Comprobante de Oferta ingresado por el proveedor en el portal www.mercadopublico.cl asociado a la ID 5908-13-LE26, será el que se considere para realizar la evaluación económica y deberá indicar el valor total exento del respectivo formulario N°4.
- Es indispensable que el proveedor tome en cuenta que todo valor ingresado deberá ser NETO, que en este caso coincidirá con el valor exento a ofertar.
8.2 Los oferentes que NO adjunten los anexos con sus respectivos formularios solicitados según los formatos ingresados en el portal de mercado público correspondiente a las Bases Administrativas y Técnicas de la propuesta pública ID 5908-13-LE26 o lo adjunten sin la firma del proponente y que son calificados como obligatorios en estas bases, serán descartados en la apertura electrónica, rechazando la oferta del oferente incumplidor. Cabe mencionar que los oferentes que adjunten los formularios N°3, 4, 5 y 6 no rellenados quedará automáticamente descartado al momento de hacer la apertura electrónica.
8.3 Los oferentes deben constatar que el envío de sus ofertas técnicas y económicas a través del portal www.mercadopublico.cl hayan sido realizadas con éxito, incluyendo el previo ingreso de todos los archivos anexos requeridos para ello se debe verificar el posterior despliegue automático del “comprobante de envío de oferta” que entrega el sistema, el cual puede ser impreso por el proponente para su resguardo.
8.4 Las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del portal www.mercadopublico.cl. No se aceptarán ofertas que se presente por un medio distinto al establecido en estas bases.
8.5 Será de responsabilidad de los oferentes adoptar las precauciones necesarias para ingresar oportuna y adecuadamente sus ofertas.
8.6 Se entenderá que por la presentación de una propuesta, el proponente conoce y acepta irrevocablemente el contenido de estas bases y sus anexos.
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9.- PRESENTACIÓN DE LOS ANTECEDENTES OMITIDOS POR LOS OFERENTES |
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9.1 Se aceptarán documentos o antecedentes calificados como no obligatorios que hayan sido omitidos por el oferente en el momento de la oferta. La documentación faltante deberá ser adjuntada por el proveedor dentro de plazo indicado en portal al momento de haber hecho la aclaración al municipio de Huara a través del foro inverso de aclaración de la oferta en el portal www.mercadopublico.cl, previamente solicitado por la entidad edilicia. Si los documentos solicitados no llegaran en el plazo señalado, se procederá a evaluar al proveedor conforme a los documentos efectivamente publicados en el portal.
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10.- APERTURA |
10.1 Se entiende como “Apertura de la Propuesta” el acto en el cual se procede a verificar y aceptar o rechazar electrónicamente las ofertas a través del portal, constatando respecto de cada una de ellas que se haya constituido y entregado oportunamente en el municipio, la respectiva garantía, si procediera.
10.2 La IMH se reserva el derecho de rechazar todas o cada una de las ofertas, cuando estas no se ajusten a los requisitos solicitados en las presentes bases y ni al presupuesto disponible, sin que ello otorgue derecho a los proponentes a indemnización alguna por los gastos incurridos en la presentación de la propuesta.
10.3 En tal sentido, la oferta se declarará inadmisible, si de acuerdo al estudio de los antecedentes presentados se estimara que las propuestas no reúnen los requisitos exigidos en las bases, o desierta, cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la municipalidad.
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13.- LA ADJUDICACIÓN |
13.1 El oferente deberá ofertar por el total del requerimiento solicitado, conforme al Anexo N°01, de ser lo contrario quedará automáticamente afuera del proceso de evaluación según Propuesta Publica ID 5908-13-LE26.
13.2 La decisión de la adjudicación corresponderá en conformidad a lo previsto en el art.65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones el cual indica "Suscribir los convenios de programación a que se refieren los artículos 8º bis y 8º ter y celebrar los convenios y contratos que involucren montos iguales o superiores al equivalente a 500 unidades tributarias mensuales, y que requerirán el acuerdo de la mayoría absoluta del concejo, no obstante, aquellos que comprometan al municipio por un plazo que exceda el período alcaldicio, requerirán el acuerdo de los dos tercios de dicho concejo. Asimismo, suscribir los convenios sobre aportes urbanos reembolsables que regula la Ley General de Urbanismo y Construcciones". En el caso que el Honorable Concejo Municipal no apruebe lo indicado en el art. 65, letra j), de la Ley 18.695 Orgánica de Municipalidades y sus modificaciones no podrá ser adjudicada la presente licitación pública.
13.3 La oferta que logre el mayor puntaje en la evaluación, será considerada como la más conveniente al interés fiscal, pudiendo no corresponder al menor precio ofertado.
13.4 Las condiciones y requisitos administrativos y/o técnicos de las presentes Bases se consideran condiciones mínimas, no obstante lo cual, será materia de la Oferta presentada por el proponente, descripción de otro tipo de garantías, servicios y adicionales no mencionados en estas Bases y sus documentos relacionados, los que serán evaluados favorablemente de ser ventajosos para la IMH.
13.5 Si no es posible efectuar la adjudicación dentro del plazo señalado, el municipio informará oportunamente de esta circunstancia a través del portal de compras públicas, indicando las razones que justifican el retraso mediante resolución fundada y señalará, un nuevo plazo para llevar a cabo dicha actuación.
13.6 Una vez que se encuentre totalmente tramitada la resolución de adjudicación, se procederá a notificar dicha decisión a los adjudicatarios, mediante su publicación en el sistema www.mercadopublico.cl.
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14.- LA READJUDICACIÓN |
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14.1 La Institución podrá readjudicar la licitación al oferente que siga en orden de prelación, de acuerdo con el puntaje obtenido, dejando sin efecto la adjudicación previa, en los siguientes casos:
a) Si el Oferente adjudicado no suscribe el contrato, en el plazo estipulado, por causas atribuibles a él.
b) Si el oferente adjudicado no entrega la boleta de garantía de fiel y oportuno cumplimiento de este en el plazo y en la forma debida entendiéndose que no tiene intereses en contratar con la institución.
c) En caso que el oferente adjudicado, se desista renunciar, abandone, o no cumpla íntegramente los tramites posteriores a la adjudicación.
d) Otras razones debidamente fundadas.
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15.- CONTRATO |
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15.1 Se generará un contrato entre el proveedor adjudicado y la Ilustre Municipalidad de Huara, que deberá ser firmado dentro de los 20 días siguientes a la adjudicación. La vigencia del documento será contabilizada a partir del 01 de julio de 2026 hasta el 30 de junio de 2029.
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16.- DE LA GENERACIÓN DE LA ORDEN DE COMPRA |
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16.1 El proveedor que resulte adjudicado, deberá entregar el servicio de Imágenes Diagnósticas según el requerimiento que haga el CESFAM Huara y de acuerdo al protocolo de derivación de paciente que fijen ambas partes. La empresa estará obligada a realizar cortes los días 25 de cada mes, debiendo enviar un informe mensual (según formato que será enviado) en donde se detallen las cantidades de exámenes realizados (por cada línea) entre el día 26 del mes anterior al día 25 del mes en curso. Dicho informe, deberá ser enviado por parte del proveedor a más tardar el día 27 de cada mes (o día hábil siguiente). Una vez recepcionado el informe, deberá ser visado por el profesional del CESFAM de Huara a cargo de cada línea de examen, con esta visación, el Director del Departamento de Salud autorizará y solicitará de forma directa la emisión de orden de compra. Es importante señalar que, cada orden de compra emitida se generará de acuerdo a la demanda que tenga el CESFAM, no garantizando que vaya a existir un pedido todos los meses, pues los requerimientos los dará la contingencia y servicios regulares entregados a los usuarios de la Comuna de Huara. Toda vez publicada la orden de compra a través del portal del sitio de internet www.mercadopublico.cl, el proveedor adjudicado procederá a la emisión de la respectiva factura.
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17.- FORMA DE PAGO |
17.1 Para los efectos del pago, el adjudicatario extenderá la factura señalada precedentemente a nombre de “Ilustre Municipalidad de HUARA”, RUT Nº69.010.200-5, con domicilio en Av. Vicuña Mackenna s/n, HUARA.
17.2 La modalidad de pago de todas facturas presentadas será dentro de los 30 días corridos, contados desde la fecha de entrega de la factura en la oficina de parte de la IMH o se envíe por vía correo electrónico adquisiciones2.depsa.imh@gmail.com, siempre y cuando exista recepción conforme del profesional a cargo de cada examen de imagenología; la respectiva factura deberá ser acompañada de la Orden de Compra correspondiente.
17.3 El Municipio cumplirá con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por el adjudicatario, siempre y cuando se le notifique oportunamente de dicho contrato y no existan obligaciones o multas pendientes de acuerdo con lo señalado y dispuesto en el artículo 75 del Reglamento de la Ley Nº19.886, sin perjuicio de que el oferente se mantendrá sujeto siempre a las obligaciones contraídas para con el municipio y que emanen de la presente licitación.
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19.- PROGRAMA DE INTEGRIDAD Y ÉTICA EMPRESARIAL |
19.1 Por programa de integridad se entenderá un conjunto de políticas, procedimientos y herramientas diseñados para prevenir, detectar y responder a conductas irregulares, fraudes, corrupción y otros riesgos que puedan afectar la transparencia, legalidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos. Este tipo de programas es fundamental para garantizar que las contrataciones y operaciones en el sector público se realicen de manera ética, conforme a la normativa vigente y en beneficio del interés general. El artículo 17 del reglamento N°661/24, establece que los proveedores que contraten con Entidades deben demostrar tener programas de integridad y ética empresarial, conocidos y aplicados por su personal. Esta acreditación será un criterio de evaluación en licitaciones. En Tratos Directos, esta exigencia se incluirá en cláusulas específicas del contrato. Sobre la forma de acreditar los programas de integridad, para las personas naturales o jurídicas, se deberá a estar a lo que indique la entidad licitante. Además, debe demostrar que el programa es conocido por sus trabajadores.
19.2 En caso de haber declarado en el Formulario N°6 del Anexo N°2 que cuenta con programa de integridad y ética empresarial, deberá adjuntar a la oferta dicha información. Además, como medio de verificación de conocimiento y difusión se aceptará al menos 1 (uno) de los siguientes:
• Copia de mail de difusión a sus trabajadores o acta de entrega debidamente firmado por el personal.
• Comunicado interno de difusión.
• Publicación del programa de integridad en página web.
• Lista de asistencia a inducción o seminario relacionado con el programa de integridad.
19.3 .En caso de no contar con dicho programa deberá indicar el plazo de días hábiles de implementación de forma obligatoria, el cual no deberá ser superior a los 10 días hábiles. Cabe mencionar que, en caso de NO informar el plazo de implementación, la oferta quedará automáticamente fuera del proceso de evaluación al momento de realizar la apertura electrónica.
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