Licitación ID: 591-15-LE24
LP-PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
Responsable de esta licitación: FONDO NACIONAL DE SALUD
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 2
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Productos o servicios
1
Capacitación a empleados 1 Unidad
Cod: 86111604
Contratar a un Organismo Técnico de Capacitación - OTEC para que diseñe e implemente “PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO” contenido en el Plan Anual de Capacitación 2024 del Fondo Nacional de Salud.  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
LP-PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO
Estado:
Revocada
Descripción:
Fonasa busca potenciar y fortalecer las competencias o habilidades individuales, colectivas, técnicas y de relaciones interpersonales que entreguen a los participantes herramientas y metodologías que permitan desarrollar competencias de comunicación efectiva, cohesión en los equipos, manejo de conflictos entre otras, orientadas a mejorar el desempeño laboral para el óptimo funcionamiento de la Institución. Para ello, se requiere contratar a un Organismo Técnico de Capacitación - OTEC para que diseñe e implemente “PLANIFICACIÓN Y ORGANIZACIÓN DEL TRABAJO” contenido en el Plan Anual de Capacitación 2024 del Fondo Nacional de Salud.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
Unidad de compra:
FONASA, Nivel Central
R.U.T.:
61.603.000-0
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 05-09-2024 16:00:00
Fecha de Publicación: 26-08-2024 15:59:20
Fecha inicio de preguntas: 26-08-2024 19:18:00
Fecha final de preguntas: 29-08-2024 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 02-09-2024 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 05-09-2024 16:05:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 05-09-2024 16:05:00
Fecha de Adjudicación: 13-09-2024 23:59:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- a) Antecedentes administrativos: 1. Tratándose de participantes, sean éstos personas jurídicas o uniones temporales de proveedores (UTP) reguladas en el artículo 67 bis del Reglamento de la Ley N°19.886, deberán presentar en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal www.mercadopublico.cl, el Anexo N°3, denominado “Datos del Oferente”, que contenga los datos de identificación del oferente, este documento deberá contener su nombre o razón social, el número de RUT de la empresa o cédula nacional de identidad del oferente, según corresponda, el nombre y número de cédula nacional de identidad del representante legal, si se trata de una sociedad y el domicilio comercial, número de teléfono, y correo electrónico. 2. Todos los participantes deberán presentar, en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal www.mercadopublico.cl los siguientes documentos: a) Declaración Jurada Simple de la empresa o unión temporal de proveedores (UTP), que declare: (i) que no se encuentra en alguna de las situaciones contempladas en los incisos primero y sexto del artículo 4° de la ley Nº19.886, esto es, que al momento de la presentación de la oferta no han sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años y que, dentro de los dos años anteriores al momento de la presentación de la oferta, no han sido condenados por delitos concursales establecidos en el Código Penal; (ii) que ninguno de sus socios tenga la calidad de funcionario directivo del Fondo Nacional de Salud; ni que se encuentra unido a alguno de los mencionados funcionarios por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del decreto con fuerza de ley N°1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni es socio de una sociedad de personas en que aquellos o éstas formen parte, ni tenga participación en sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni es socio en una sociedad anónima abierta en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas; (iii) que no ha sido condenado por delitos concursales, según la nueva ley de quiebras (art. 401, ley 20.720), dentro de los dos años anteriores al momento de presentar la oferta o suscribir el contrato; (iv) que no ha sido condenado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, por los delitos previstos en los artículos 136, 139, 139 bis y 139 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el artículo 27 de la ley Nº 19.913, en el artículo 8° de la ley Nº18.314 y en los artículos 240, 250, 251 bis, 287 bis, 287 ter, 456 bis A y 470, numerales 1° y 11, del Código Penal, conforme a lo dispuesto en los artículos 8º número 2 y 10 del artículo primero de la ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas; y (v) que no ha sido condenado por las conductas previstas en la letra a) del artículo 3º del decreto ley Nº 211, con la pena de prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley Nº 211 y quienes se encuentren inhabilitados para contratar con el Estado algún socio, accionista miembro o participe con poder de influir en la administración de la persona jurídica que represento, en conformidad a lo dispuesto en el artículo 33 de la ley N°21.595, ley de delitos económicos. (Anexo N°2-A- Anexo N°2-B). b) En el caso de UTP, esta Declaración Jurada debe ser presentada por cada integrante y estar suscrita por el representante legal respectivo integrante, según sea el caso. Declaración jurada simple acreditando la veracidad de la oferta (Anexo N°2-C). Declaración Jurada simple según la cual declara conocer y aceptar las presentes bases de licitación (Anexo N°2-D). Certificado de vigencia de la sociedad o personalidad jurídica del oferente, en el caso de personas jurídicas. Copia simple de la escritura pública o instrumento legal donde conste la representación de la o las personas naturales que presenten la oferta en representación del oferente, en los casos que se actúe bajo dicha modalidad.
Documentos Técnicos
1.- Propuesta Técnica Para efectuar la propuesta técnica se deberá considerar todos los puntos señalados en las bases técnicas de esta licitación, los que se deben incorporar en el Anexo Nº6 Si la propuesta no incorpora o no desarrolla los elementos de forma íntegra, la oferta quedará inadmisible. d) Experiencia del relator El oferente deberá incorporar la experiencia del relator a cargo de los talleres objeto de esta licitación. Para tales efectos, se deberá adjuntar: Anexo N°7, señalando los cursos, talleres, capacitaciones, que ha realizado en los últimos 5 años en la materia de esta licitación y en el sector público. Curriculum Vitae del relator incluyendo su trayectoria y con los cursos señalados en el Anexo N°7. e) Experiencia del Oferente El oferente deberá incorporar su experiencia, debiendo adjuntar: Anexo N°8, señalando los cursos, talleres, capacitaciones, que ha realizado en los últimos 5 años en la materia de esta licitación y cuya duración sean superiores a 16 horas. Por cada experiencia el oferente debe acreditar la información detallada en el anexo, mediante copia del contrato, orden de compra o certificado del mandante. 
 
Documentos Económicos
1.- Oferta Económica La Oferta Económica debe ser presentada en el portal www.mercadopublico.cl conforme a las condiciones especificadas en las presentes bases: El precio debe ser ingresado en la página del portal de mercado público. El precio debe indicarse en el anexo económico, adjuntándose al portal de mercado público. La propuesta económica a ingresar en el portal corresponderá al Precio Total. En el caso que el oferente no indique precios en Oferta Económica (Anexo Nº5), su oferta será declarada inadmisible.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Cumplimiento de presentación de requisitos formale SEGUN PUNTO 10.3 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 3%
2 Experiencia del oferente SEGUN PUNTO 10.3 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 15%
3 Propuesta Técnica SEGUN PUNTO 10.3 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 50%
4 Experiencia del relator SEGUN PUNTO 10.3 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 20%
5 Programa de Integridad SEGUN PUNTO 10.3 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 2%
6 Precio SEGUN PUNTO 10.3 DE LAS BASES ADMINISTRATIVAS 10%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: Presupuesto Disponible
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Duración de Contrato Contrato de Ejecución en el Tiempo
Tiempo del Contrato 2 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Georgina Galaz Peñaloza
e-mail de responsable de pago: ggalaz@fonasa.cl
Nombre de responsable de contrato: Tamara Gutierrez Cornejo
e-mail de responsable de contrato: tamara.gutierrez@fonasa.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25753339-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
SUBCONTRATACION.
Durante la ejecución del servicio el adjudicatario sólo podrá efectuar las subcontrataciones que sean estimadas como indispensables para la realización de tareas específicas y previa autorización por parte de Fonasa. Corresponderá al administrador del servicio de FONASA, calificar y resolver respecto de la subcontratación solicitada, emitiendo el respectivo informe sobre el particular; sin perjuicio de lo anterior, se prohíbe la subcontratación de la Administración e implementación del proyecto, el Proceso de Rendición y Cuadraturas, el Pago o Abono de los valores recaudados y del Proceso de Estados de pago y Facturación de los servicios. En todo caso, la subcontratación no podrá superar el 30% del valor total del servicio. El prestador podrá subcontratar uno o más servicios de apoyo necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la licitación; de tal manera que queda expresamente prohibida la subcontratación de los servicios adjudicados que de acuerdo con estas bases deben ser propios. Debe someterse a análisis y autorización del Fondo Nacional de Salud toda subcontratación propuesta por el prestador, tanto al presentar su Propuesta como posteriormente durante la vigencia del servicio. Para estos efectos se deberá informar previamente al Administrador del servicio indicando expresamente servicio a subcontratar, prestador al cual subcontrata el servicio, duración o período por el cual realizará la subcontratación. El Subcontratista deberá estar inscrito en el registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, para que el Fondo Nacional de Salud pueda autorizar su subcontratación. La autorización que otorgue el Fondo Nacional de Salud el prestador para subcontratar se efectuará mediante carta remitida el prestador suscrito por el Administrador del servicio del Fondo Nacional de Salud, o por quién este delegue. En todo caso, será el prestador quien tendrá la responsabilidad ante el Fondo Nacional de Salud, por la calidad, contenido y oportunidad de los productos exigidos. El Fondo Nacional de Salud, así como puede rechazar la solicitud del prestador, en cuanto a contratar a algún subcontratista, también puede exigir fundadamente su reemplazo, en caso de servicio deficientemente otorgado. En el caso de que el prestador utilice los servicios de terceros –como por ejemplo, arriendo de computadores u otros equipos, o de especialistas de cualquier índole– será el único y total responsable por dichos servicios, del cumplimiento de los plazos y de la correcta y oportuna coordinación de los mismos con los trabajos que efectúa directamente y del pago de las sumas de dinero que puedan adeudarse o anticiparse a los subcontratistas por tales servicios, como igualmente de los impuestos de cualquier naturaleza que los pudieran gravar, y responsabilidades laborales, así como de los daños que ellos ocasionasen a las instalaciones o intereses del Fondo Nacional de Salud. Todo lo anterior sin perjuicio de la aplicación de la ley de subcontratación.
MULTAS.
El Fondo Nacional de Salud, previa propuesta del Administrador del servicio estará facultado para aplicar multas por las infracciones y por los montos que se señalan a continuación: Item Actividad Nivel de servicio Multa 1 Acceso 24/7 por los días que dure la ejecución del curso. Se aplicará multa cuando el portal virtual de aprendizaje no esté operativo. 1 UF por día hábil no operativo. 2 Visualización de progreso del curso. Se aplicará multa cuando la visualización del progreso del curso no esté operativa por el portal virtual de aprendizaje. 1 UF por día hábil no operativo. 3 Acceso a Foro de preguntas respondidas directamente por la docente coordinadora Se aplicará multa cuando las preguntas no sean respondidas en un plazo de 24 horas. 1 UF por día hábil no operativo. 4 Acceso a mesa de ayuda y soporte en horario hábil de lunes a viernes de 8:00 a 18:00 horas, mediante teléfono, WhatsApp, E-mail, etc. Se aplicará multa cuando la mesa de ayuda no entregue respuesta en horario hábil dentro de 24 horas. 1 UF por día hábil no operativo. a) Tope de Multas El monto total de las multas no podrá exceder del 20% del valor total del servicio. De cumplirse este tope se podrá hacer efectiva la causal de término anticipado señalada, en la letra j) del numeral 13. b) Pago de multas El Fondo podrá descontar las multas directamente del pago de la facturación por el monto respectivo. En todos los casos anteriores, en que el valor de la multa esté expresado en UF, la transformación a moneda de curso legal para efectos de pago de éstas deberá ser de acuerdo con el valor de la UF correspondiente al día en que la resolución que aplicó la multa quede ejecutoriada. Las multas deberán ser enteradas por el infractor en Tesorería de FONASA, Nivel Central dentro del plazo de diez (10) días hábiles contado desde que la resolución que aplica la multa quede ejecutoriada. En caso de incumplimiento, el FONASA podrá descontar las multas directamente de la facturación más próxima siempre y cuando no representen más del 10% del valor total de dicha factura. En el caso, que la multa sea superior al 10% del valor total de la facturación más próxima, la diferencia que resulte sobre dicho 10% se descontará de las facturas que se emitan posteriormente hasta completar el pago de la multa. Con todo, el proveedor podrá siempre pagar el total de la multa mediante un vale vista a nombre del FONASA el cual debe ser ingresado en la Oficina de Gestión Documental de FONASA.
ADJUDICACIÓN
La adjudicación de esta licitación se hará por Resolución del Jefe del Departamento Compras y Contrataciones del Fondo Nacional de Salud, la que se dictará en el plazo señalado en el Calendario General. Esta Resolución se publicará en el portal www.mercadopublico.cl, sin perjuicio que, además pueda ser enviada por correo electrónico, a fin de que los participantes tomen conocimiento inmediato de la misma. Idéntico procedimiento se observará en caso de que la licitación se declare desierta. Dicho acto administrativo, deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las Bases, hayan permitido al adjudicatario ser seleccionado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de la Ley Nº19.886, aprobado por Decreto Supremo Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. 10.8 Facultad de dejar sin efecto la adjudicación. En el caso de que el proveedor originalmente adjudicado rehusase a aceptar la orden de compra, desista de su oferta, sea inhábil para contratar con el Estado, de acuerdo con los términos de la ley N°19.886 y su Reglamento, el FONASA podrá dejar sin efecto total o parcialmente la adjudicación. En el caso de que el adjudicatario fuese una UTP, y alguno de sus integrantes estuviese afecto a la inhabilidad del artículo 4°, inciso 6° de la ley N°19.886, la UTP deberá informar por escrito al FONASA, en un plazo de cinco (5) días hábiles, si se desiste o si decide igualmente ejecutar el servicio adjudicado, con la integración del resto de sus miembros, siempre que éstos fuesen hábiles. En el evento de no informar lo anterior se entenderá que su intención es desistirse. Luego del retiro de alguno de sus miembros, la UTP debe continuar funcionando con al menos 2 integrantes. Si la integración no cumple con el mínimo recién indicado o el integrante de la UTP que se retira es alguno de los que hubiese reunido una o más características objeto de la evaluación de la oferta, la adjudicación deberá ser dejada sin efecto.
10. Demandas ante el Tribunal de Contratación Pública
No cuenta con demandas ante el Tribunal de Contratación Pública.