Licitación ID: 591-19-LR21
LP-REST. HEMODIÁLISIS Y PERITONEO DIALISIS ADULTOS
Responsable de esta licitación: FONDO NACIONAL DE SALUD, FONASA, Nivel Central
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 3
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Productos o servicios
1
Servicios de nefrología 1 Unidad
Cod: 85121602
HEMODIÁLISIS CON BICARBONATO, CON INSUMOS, POR SESIÓN, ADULTO (CÓDIGO 1901028)  

2
Servicios de nefrología 1 Unidad
Cod: 85121602
PERITONEO DIÁLISIS CONTINUA EN PACIENTE CRÓNICO, CON INSUMOS, TRATAMIENTO, (CÓDIGO 1901025, 1901026)  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
LP-REST. HEMODIÁLISIS Y PERITONEO DIALISIS ADULTOS
Estado:
Adjudicada
Descripción:
La presente Licitación Pública tiene por objetivo la compra de servicios de Hemodiálisis y Peritoneodiálisis para adultos, para la resolución de los beneficiarios del FONASA con el problema de salud Enfermedad Renal Crónica Etapa 4 y 5 para cumplir con las garantías GES vigentes.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 5.000 UTM (LR)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
Sí requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
FONDO NACIONAL DE SALUD
Unidad de compra:
FONASA, Nivel Central
R.U.T.:
61.603.000-0
Dirección:
No hay información
Comuna:
No hay información
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 18-10-2021 17:00:00
Fecha de Publicación: 12-07-2021 20:38:00
Fecha inicio de preguntas: 13-07-2021 9:00:00
Fecha final de preguntas: 22-07-2021 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 16-08-2021 23:59:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-10-2021 17:01:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-10-2021 17:01:00
Fecha de Adjudicación: 09-12-2021 21:49:31
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 1. Tratándose de participantes, sean éstos personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores (UTP) reguladas en el artículo 67 bis del reglamento de la ley N°19.886, deberán presentar en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal www.mercadopublico.cl, el Anexo N° 3, denominado “Datos del Oferente”, que contenga los datos de identificación del oferente, este documento deberá contener su nombre o razón social, el número de RUT de la empresa o cédula nacional de identidad del oferente, según corresponda, el nombre y número de cédula nacional de identidad del representante legal, si se trata de una sociedad y el domicilio comercial, número de teléfono, y correo electrónico. 2. Todos los participantes, deberán presentar en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal www.mercadopublico.cl los siguientes documentos: a. Declaración Jurada Simple del participante, empresa o unión temporal de proveedores (UTP), que declare: (i)que no se encuentra en alguna de las situaciones contempladas en los incisos primero y sexto del artículo 4° de la ley Nº19.886, esto es, que al momento de la presentación de la oferta no han sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años; (ii)que ninguno de sus socios tenga la calidad de funcionario directivo del Fondo Nacional de Salud; ni que se encuentra unido a alguno de los mencionados funcionarios por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del decreto con fuerza de ley N°1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni es socio de una sociedad de personas en que aquellos o éstas formen parte, ni tenga participación en sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni es socio en una sociedad anónima abierta en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas; (iii) que no ha sido condenado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, por los delitos previstos en los artículos 136, 139, 139 bis y 139 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el artículo 27 de la ley Nº 19.913, en el artículo 8° de la ley Nº18.314 y en los artículos 240, 250, 251 bis, 287 bis, 287 ter, 456 bis A y 470, numerales 1° y 11, del Código Penal, conforme a lo dispuesto en el artículo 8º número 2) del artículo primero de la ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas; y (iv)que no ha sido condenado por las conductas previstas en la letra a) del artículo 3º del decreto ley Nº 211, con la pena de prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley Nº 211 (Anexo N° 2- A, Anexo N° 2 -B). En el caso de una UTP, esta declaración Jurada debe ser presentada por cada integrante y estar suscrita por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso. b. Declaración jurada simple acreditando la veracidad de la oferta (Anexo N° 2-C). c. Declaración Jurada simple según la cual declara conocer y aceptar las presentes bases de licitación (Anexo N° 2 -D). d. Adjuntar Iniciación de actividades actualizada, para el efecto de acreditar el domicilio tributario regional
Documentos Técnicos
1.- La Oferta Técnica deberá estar conformada por los siguientes documentos: c.1 Anexo N° 4 “Formulario de Oferta Técnica”. c.2 Anexo N° 4 “Formulario de oferta Técnica” sobre Presentación de Servicios de Apoyo Clínico Propio o en Convenio de Oferta Hemodiálisis”; sin perjuicio de que deben ser adjuntadas las copias respectivas: a. Convenio con Laboratorio Clínico con su Resolución Sanitaria vigente. b. Convenio de Servicio de traslado de pacientes en casos de complicaciones o situaciones de emergencia con su Resolución Sanitaria vigente. c. Convenio con otro prestador en caso de emergencia o catástrofe con su Resolución Sanitaria vigente y la Acreditación de la Superintendencia de Salud vigente o causal de excepción certificada. d. Convenio de retiro material cortopunzante y deshechos biológicos con su Resolución Sanitaria vigente. e. Convenio de mantención de Equipos Hemodiálisis. f. Convenio de mantención de Grupo Electrógeno. g. Convenio de Planta de tratamiento de aguas. c.3 Anexo N° 4 “Formulario de oferta Técnica” sobre Presentación de Servicios de Apoyo Clínico Propio o en Convenio de Oferta de Peritoneodiálisis”; sin perjuicio de que deben ser adjuntadas las copias respectivas: a. Convenio con Laboratorio Clínico con su Resolución Sanitaria Vigente. b. Convenio de Servicio de traslado de pacientes en casos de complicaciones o situaciones de emergencia con su Resolución Sanitaria Vigente. c. Convenio de retiro material cortopunzante y deshechos biológicos con su Resolución Sanitaria Vigente. d. Convenio de mantención de equipamiento de Peritoneodiálisis. c.4 Anexo N° 6 “Declaración Jurada Simple Calificación Técnica de la Infraestructura”. c.5 Anexo N° 4 “Formulario de oferta Técnica” en los Cupos HD con hepatitis B” (Solo aplica para la prestación de los servicios de Hemodiálisis). c.6 Anexo N° 5 “Declaración Jurada Simple Calificación técnica del RRHH”.
 
Documentos Económicos
1.- 1. Tratándose de participantes, sean éstos personas naturales, jurídicas o uniones temporales de proveedores (UTP) reguladas en el artículo 67 bis del reglamento de la ley N°19.886, deberán presentar en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal www.mercadopublico.cl, el Anexo N° 3, denominado “Datos del Oferente”, que contenga los datos de identificación del oferente, este documento deberá contener su nombre o razón social, el número de RUT de la empresa o cédula nacional de identidad del oferente, según corresponda, el nombre y número de cédula nacional de identidad del representante legal, si se trata de una sociedad y el domicilio comercial, número de teléfono, y correo electrónico. 2. Todos los participantes, deberán presentar en formato electrónico o digital, en la sección anexos administrativos del portal www.mercadopublico.cl los siguientes documentos: a. Declaración Jurada Simple del participante, empresa o unión temporal de proveedores (UTP), que declare: (i)que no se encuentra en alguna de las situaciones contempladas en los incisos primero y sexto del artículo 4° de la ley Nº19.886, esto es, que al momento de la presentación de la oferta no han sido condenados por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, dentro de los anteriores dos años; (ii)que ninguno de sus socios tenga la calidad de funcionario directivo del Fondo Nacional de Salud; ni que se encuentra unido a alguno de los mencionados funcionarios por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 del decreto con fuerza de ley N°1, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni es socio de una sociedad de personas en que aquellos o éstas formen parte, ni tenga participación en sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en que aquellos o éstas sean accionistas, ni es socio en una sociedad anónima abierta en que aquellos o éstas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni es gerente, administrador, representante o director de cualquiera de las sociedades antedichas; (iii) que no ha sido condenado a la pena de prohibición temporal o perpetua de celebrar actos y contratos con los organismos del Estado, por los delitos previstos en los artículos 136, 139, 139 bis y 139 ter de la Ley General de Pesca y Acuicultura, en el artículo 27 de la ley Nº 19.913, en el artículo 8° de la ley Nº18.314 y en los artículos 240, 250, 251 bis, 287 bis, 287 ter, 456 bis A y 470, numerales 1° y 11, del Código Penal, conforme a lo dispuesto en el artículo 8º número 2) del artículo primero de la ley N°20.393 sobre Responsabilidad Penal de las Personas Jurídicas; y (iv)que no ha sido condenado por las conductas previstas en la letra a) del artículo 3º del decreto ley Nº 211, con la pena de prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada; de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 26, letra d), del decreto ley Nº 211 (Anexo N° 2- A, Anexo N° 2 -B). En el caso de una UTP, esta declaración Jurada debe ser presentada por cada integrante y estar suscrita por el representante legal del respectivo integrante, según sea el caso. b. Declaración jurada simple acreditando la veracidad de la oferta (Anexo N° 2-C). c. Declaración Jurada simple según la cual declara conocer y aceptar las presentes bases de licitación (Anexo N° 2 -D). d. Adjuntar Iniciación de actividades actualizada, para el efecto de acreditar el domicilio tributario regional B) Requisitos de Admisibilidad b.1 Presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta conforme al numeral 8. b.2 Anexo N° 4 “Formulario de oferta Técnica” sobre la Presentación de Resolución Sanitaria de funcionamiento y de Director Técnico”; sin perjuicio de que deben ser adjuntadas las copias respectivas. b.3 Anexo N° 4 “Formulario de oferta Técnica” sobre la Presentación de Certificado de Acreditación Institucional o Eximente”; sin perjuicio de que deben ser adjuntadas las copias respectivas. c) Propuesta Técnica: La Oferta Técnica deberá estar conformada por los siguientes documentos: c.1 Anexo N° 4 “Formulario de Oferta Técnica”. c.2 Anexo N° 4 “Formulario de oferta Técnica” sobre Presentación de Servicios de Apoyo Clínico Propio o en Convenio de Oferta Hemodiálisis”; sin perjuicio de que deben ser adjuntadas las copias respectivas: a. Convenio con Laboratorio Clínico con su Resolución Sanitaria vigente. b. Convenio de Servicio de traslado de pacientes en casos de complicaciones o situaciones de emergencia con su Resolución Sanitaria vigente. c. Convenio con otro prestador en caso de emergencia o catástrofe con su Resolución Sanitaria vigente y la Acreditación de la Superintendencia de Salud vigente o causal de excepción certificada. d. Convenio de retiro material cortopunzante y deshechos biológicos con su Resolución Sanitaria vigente. e. Convenio de mantención de Equipos Hemodiálisis. f. Convenio de mantención de Grupo Electrógeno. g. Convenio de Planta de tratamiento de aguas. c.3 Anexo N° 4 “Formulario de oferta Técnica” sobre Presentación de Servicios de Apoyo Clínico Propio o en Convenio de Oferta de Peritoneodiálisis”; sin perjuicio de que deben ser adjuntadas las copias respectivas: a. Convenio con Laboratorio Clínico con su Resolución Sanitaria Vigente. b. Convenio de Servicio de traslado de pacientes en casos de complicaciones o situaciones de emergencia con su Resolución Sanitaria Vigente. c. Convenio de retiro material cortopunzante y deshechos biológicos con su Resolución Sanitaria Vigente. d. Convenio de mantención de equipamiento de Peritoneodiálisis. c.4 Anexo N° 6 “Declaración Jurada Simple Calificación Técnica de la Infraestructura”. c.5 Anexo N° 4 “Formulario de oferta Técnica” en los Cupos HD con hepatitis B” (Solo aplica para la prestación de los servicios de Hemodiálisis). c.6 Anexo N° 5 “Declaración Jurada Simple Calificación técnica del RRHH”.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 OFERTA TÉCNICA De acuerdo Criterios de Evaluación 13.3 Bases Administrativas 33%
2 OFERTA ECONÓMICA De acuerdo Criterios de Evaluación 13.3 Bases Administrativas 39%
3 DOMICILIO TRIBUTARIO REGIONAL De acuerdo Criterios de Evaluación 13.3 Bases Administrativas. Este criterio para la Prestación Peritoneo Diálisis, es de un 11%. 7%
4 TAMAÑO DE EMPRESA De acuerdo Criterios de Evaluación 13.3 Bases Administrativas. Este criterio para la Prestación Peritoneo Diálisis, es de un 13%. 10%
5 CONDICIONES DE EMPLEO Y REMUNERACIÓN De acuerdo Criterios de Evaluación 13.3 Bases Administrativas. 1%
6 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES De acuerdo Criterios de Evaluación 13.3 Bases Administrativas. Este criterio para la Prestación Peritoneo Diálisis, es de un 3%. 2%
7 TRASLADO DE PACIENTES De acuerdo Criterios de Evaluación 13.3 Bases Administrativas. Este criterio sólo se aplica a Prestación Hemodiálisis. 8%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: Precio Referencial
Monto Total Estimado: 618228692000
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Tiempo del Contrato 36 Meses
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: OSCAR AYALA VASQUEZ
e-mail de responsable de pago: oayala@fonasa.cl
Nombre de responsable de contrato: Rolando Leyton
e-mail de responsable de contrato: rleyton@fonasa.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-25753254-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantías de Seriedad de Ofertas
Beneficiario: FONDO NACIONAL DE SALUD
Fecha de vencimiento: 31-01-2022
Monto: 500000 Peso Chileno
Descripción: Garantía asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, que sea pagadera a la vista y de carácter irrevocable
Glosa: “PARA GARANTIZAR A FONASA LA SERIEDAD DE LA OFERTA PRESENTADA EN LA LICITACIÓN PÚBLICA PARA SERVICIOS DE PRESTACIONES SALUD DE HEMODIÁLISIS, PERITONEODIÁLISIS ADULTOS CON ENFERMEDAD RENAL CRÓNICA ETAPA 4 Y 5”
Forma y oportunidad de restitución: Dicha garantía será devuelta a los adjudicatarios una vez suscrito el contrato correspondiente, y entregada la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Del mismo modo, al resto de los participantes que no resulten adjudicados en la licitación, la garantía será devuelta dentro de los 10 días hábiles siguientes a la notificación de la resolución que adjudica la licitación, declara desierta la licitación, o declara inadmisible las ofertas, según sea el caso.
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: FONDO NACIONAL DE SALUD
Fecha de vencimiento: 30-04-2024
Monto: 5 %
Descripción: Garantía de Fiel Cumplimiento del Contrato, pagadera a la vista al solo requerimiento del FONASA, de carácter irrevocable, y que asegure el pago de manera rápida y efectiva, tomada a favor del Fondo Nacional de Salud
Glosa: “PARA GARANTIZAR EL FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE PRESTACIONES SALUD DE HEMODIÁLISIS, PERITONEODIÁLISIS ADULTOS CON ENFERMEDAD RENAL CRÓNICA ETAPA 4 Y 5”.
Forma y oportunidad de restitución: Esta garantía será custodiada por su Subdepartamento de Tesorería, por el período de su vigencia, y se devolverá a su vencimiento, si no hubiese situaciones pendientes que ameriten hacer efectiva la misma.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
ADJUDICACIÓN
El Fondo Nacional de Salud evaluará y adjudicará la licitación por zona. Es decir, habrá una adjudicación por cada una de las zonas que se muestran en la tabla contenida en el Anexo N° 9 “DISTRIBUCIÓN DE ZONAS Y COMUNAS” tanto para Hemodiálisis como para Peritoneodiálisis. En cada zona licitada se adjudicará el proceso de licitación a uno o más oferentes hasta completar la cantidad de cupos a adjudicar de acuerdo con el procedimiento establecido en el numeral 14.1 siguiente. 14.1 Orden de adjudicación por zona. La adjudicación de los oferentes y cupos por cada zona licitada se realizará de la siguiente manera: 1. Se establecerá un ranking de ofertas por cada zona licitada ordenadas de mayor a menor considerando el puntaje obtenido en la evaluación. 3. En cada zona licitada se adjudicará en base al ranking señalado en el punto anterior a tantos oferentes como se requiera para satisfacer los cupos a adjudicar establecidos por FONASA en cada zona. 4. Cada participante podrá adjudicarse un número máximo de cupos por cada zona, según se muestra en la tabla contenida en el Anexo N° 10 “DISTRIBUCIÓN DE ZONAS Y COMUNAS” Habrá un ranking para Hemodiálisis y otro ranking para Peritoneodiálisis. La adjudicación se efectuará mediante la respectiva resolución de FONASA, en el plazo establecido en el Calendario General, notificándose dicho acto mediante su publicación en el Sistema de Información. Este plazo podrá extenderse hasta por un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, debiendo informarse dicha ampliación en el Sistema de Información, como asimismo, las razones que la justifican. Modificado este plazo, los plazos sucesivos se entenderán ampliados en los mismos términos que para lo dispuesto en aquel. Dicho acto administrativo deberá especificar los criterios de evaluación que, previamente establecidos en las bases, hayan permitido a los adjudicatarios obtener la calificación de oferta más conveniente, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 41 del Reglamento de la ley N° 19.886, aprobado por decreto supremo N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
MULTAS
El FONASA, a través del Administrador del Contrato, está facultado para aplicar multas, exclusivamente por cada vez que se comenta alguna de las infracciones y por los montos que se señalan a continuación: A. Incumplimientos calificados como MENOS GRAVES los cuales serán sancionados con multa desde 61 UF hasta 100 UF. 1 Cobros indebidos efectuados al beneficiario por prestaciones o acciones efectivamente realizadas en virtud de la presente licitación. La multa se aplicará por cada evento de cobro efectuado a un beneficiario. Lo anterior sin perjuicio de la devolución del monto cobrado al beneficiario, lo que debe ser acreditado ante FONASA, entregando copia del comprobante. 2 Incumplimiento imputable al prestador en plazo de atención para el otorgamiento de la primera atención, la que no debe sobrepasar los 2 días hábiles desde la fecha de derivación por parte del Hospital. 3 Usar medios ilícitos en el ejercicio de las funciones enunciados en los puntos 25.6 y 25.7 de las Bases Administrativas de esta licitación. Multa se aplicará cada vez que se detecte cada infracción. 4 Incumplimiento de la oferta presentada por parte del adjudicatario, en relación con todos los servicios, tales como recurso humano, turnos, equipamiento y otros ofrecidos. Multa se aplicará por cada evento detectado. 5 Dejar de prestar el servicio de todas o algunas de las intervenciones sanitarias adjudicadas, sin la autorización de FONASA. 6 En caso de detectar que el adjudicatario no se encuentra adscrito al sistema de Licencia Médica Electrónica en caso de haberlo declarado o no adscribirse en caso de que se haya comprometido a aquello en el plazo de 30 meses contados desde el inicio del plazo de duración del contrato. 7 Entrega de información clínica falsa y/o adulterada por parte del Centro adjudicado. La multa se aplicará por cada evento. 8 Incumplimiento de la Calificación Técnica de la Infraestructura o de la Calificación Técnica del RRHH de acuerdo a lo ofertado por el adjudicatario en los Anexos N°5 y N°6, según corresponda. Sin perjuicio de la aplicación de la multa por este incumplimiento, el FONASA recalculará el puntaje obtenido por adjudicatario de acuerdo a la situación constatada, modificando la ubicación en el ranking de derivación del prestador en la zona correspondiente, así como los cupos máximos de derivación. B. Incumplimientos calificados como LEVES los cuales serán sancionados con multa desde 21 UF hasta 60 UF. 1 Cobro indebido de prestaciones al Fonasa, donde la multa se aplicará por cada caso sin perjuicio de la devolución de los montos cobrados indebidamente. Se entenderá como cobro indebido: - Cobro solicitado por prestaciones por las cuales no ha sido derivado un paciente o prestaciones no autorizadas por FONASA. - Cobro por prestaciones no realizadas, lo que deberá estar ratificado en las fichas clínicas u otros formularios de registro que certifiquen que el servicio no se efectuó por el prestador. - Cobro de prestaciones de pacientes que ya han sido pagadas por FONASA o establecimientos de salud de la Red Pública. 2 En caso de reclamos de los beneficiarios atendidos por el adjudicatario, y que éstos hayan sido acogidos por el FONASA, referidos a la calidad del servicio u atenciones otorgadas, tales como trato digno y respetuoso a los beneficiarios respetando la confidencial, derecho a la información, atención profesional adecuada, y en general cualquier vulneración de la Ley 20.584 del Ministerio de Salud, conforme al procedimiento regulado en el numeral 16.8. Por cada reclamo acogido por el FONASA, se aplicará al adjudicatario una multa. 3 Realizar cambios no autorizados por el FONASA, respecto de los servicios licitados, equipamiento, infraestructura o profesionales informados en los antecedentes técnicos respectivos. 4 Incumplimiento por parte del adjudicatario de las restantes obligaciones de las presentes bases de licitación establecen. Esta multa se aplica por cada evento detectado. 5 En caso de detectar que el prestador no se encuentra adscrito al sistema de Licencia Médica Electrónica en caso de haberlo declarado o no adscribirse en caso de que se haya comprometido a aquello en el plazo de 24 meses contados desde el inicio del plazo de duración del contrato; sin perjuicio de apercibirlo a adscribirse antes del cumplimiento del plazo de 30 meses de vigencia del contrato. C. Incumplimientos calificados como LEVÍSIMOS los cuales serán sancionados con multa desde 1 UF hasta 20 UF. 1 No informar en el plazo de 5 días hábiles al FONASA en caso de cambio del Coordinador del contrato o de sus datos de contacto. 2 Incumplimiento en el envío de la documentación de respaldo y/o de los antecedentes clínicos de tratamiento de los pacientes en el caso de traslado, por parte del prestador de origen del beneficiario, según lo indicado en Numeral VII y VIII de las Bases Técnicas. 3 Ausencia u omisión total de registros en sistema informático que disponga FONASA, de las prestaciones efectivamente realizadas a los beneficiarios que hayan sido debidamente derivados al centro de atención, siempre y cuando la falta de registro sea de exclusiva responsabilidad del prestador, según lo indicado en el Numeral VII y VIII de las Bases Técnicas. 4 Ante perjuicio ocasionado al beneficiario porque el Centro le omitió información o se le entregó errónea o incompleta sobre los beneficios que este contrato tiene para ellos. Multa se aplica por cada caso detectado. 5 Incumplimiento en el registro de los antecedentes clínicos con la periodicidad que corresponda a lo especificado en las Bases Técnicas numeral VII y VIII. Multa se aplica cada vez que se detecte esta situación. 6 En caso de detectar que el prestador no se encuentra adscrito al sistema de Licencia Médica Electrónica en caso de haberlo declarado o no adscribirse en caso de que se haya comprometido a aquello en el plazo de 18 meses contados desde el inicio del plazo de duración del contrato; sin perjuicio de apercibirlo a adscribirse antes del cumplimiento del plazo de 24 meses de vigencia del contrato. 7 Ausencia u omisión total de registros que respalden controles nefrológicos mensuales a los pacientes que fueron derivados al centro. Multa se aplicará por cada evento detectado. En todos los casos anteriores, en que el valor de la multa esté expresado en Unidades de Fomento (UF), la transformación a moneda de curso legal para efectos del pago de éstas deberá ser de acuerdo con el valor de la UF correspondiente al día en que la resolución que aplicó la multa quede ejecutoriada. El monto total de las multas no podrá exceder del 30% del valor total estimado del contrato. De cumplirse este tope se podrá hacer efectiva la causal de término anticipado señalada, en la letra m) del numeral 17. Cobro y pago de multas. Las multas deberán ser enteradas por el infractor en Tesorería de FONASA, Nivel Central dentro del plazo de diez (10) días hábiles contado desde que la resolución que aplica la multa quede ejecutoriada. En caso de incumplimiento, el FONASA podrán descontar las multas directamente de la factura más próxima siempre y cuando no representen más del 10% del valor total de dicha factura. En el caso, que la multa sea superior al 10% del valor total de la factura más próxima, se descontará de las facturas que se emitan posteriormente hasta completar el pago de la multa o se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento del contrato. Con todo, el proveedor podrá siempre pagar el total de la multa mediante un vale vista a nombre del FONASA el cual debe ser ingresado en la Oficina de Partes de FONASA. De no ser pagada la multa en los plazos y condiciones establecidas en las presentes bases de licitación, se hará efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato, por el monto respectivo. En caso de hacer efectiva la garantía de fiel cumplimiento de contrato respectiva producto de la situación anteriormente descrita, el prestador deberá reponer la garantía por la totalidad del monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes contados desde que el FONASA le comunique que hará efectivo el cobro de la misma, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna.
SUBCONTRATACIÓN
Sólo se podrán subcontratar los servicios de otro centro de diálisis, que se encuentre en convenio con FONASA, en caso de contingencia, siniestro o catástrofe natural, para cumplimiento de la continuidad del tratamiento de los pacientes. El oferente deberá indicar en su oferta técnica en el Anexo N° 4 “Formulario de Oferta Técnica” Presentación de Convenios de Oferta Hemodiálisis y/o Presentación de Convenios de Oferta de Peritoneodiálisis, según corresponda, el centro de diálisis con el cual tiene un convenio para estos efectos. Respecto de la modificación del convenio presentado por el adjudicado como parte de su oferta técnica destinado a los casos de contingencia, siniestro o catástrofe natural, para cumplimiento de la continuidad del tratamiento de los pacientes, el adjudicatario deberá someterla a la autorización del FONASA mediante carta dirigida al Administrador del Contrato, acompañando copia del nuevo convenio, las Resoluciones Sanitarias respectivas y el certificado de Acreditación Institucional ante la Superintendencia de Salud o certificado de causal de excepción vigente o que se encuentre en gestión de Acreditación, en los casos de ser un centro nuevo de menos de 2 años. La autorización que otorgue el Fondo Nacional de Salud el prestador para subcontratar se efectuará mediante Oficio Ordinario del Administrador del Contrato remitido al prestador. En todo caso, será la empresa adjudicataria o su continuadora legal, la única responsable ante FONASA del cabal y oportuno cumplimiento de los servicios contratados. Asimismo, será el prestador quien tendrá la responsabilidad ante el Fondo Nacional de Salud, por la calidad, contenido y oportunidad de los productos exigidos. Respecto de los servicios de apoyo, el prestador podrá subcontratar uno o más de los servicios de apoyo necesarios para el cumplimiento de los objetivos de la licitación. En ningún caso podrá subcontratarse el servicio adjudicado, sin perjuicio de lo señalado en los párrafos anteriores. Debe someterse a análisis y autorización del Fondo Nacional de Salud toda subcontratación propuesta por el prestador durante la vigencia del contrato, mediante carta dirigida al Administrador del Contrato. La autorización que otorgue el Fondo Nacional de Salud al prestador para subcontratar se efectuará mediante Oficio Ordinario del Administrador del contrato remitido al prestador. El Subcontratista deberá estar inscrito en el registro de proveedores de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas, para que el Fondo Nacional de Salud pueda autorizar su subcontratación. La contratación de terceros por parte del prestador en calidad de subcontratistas que trabajen con él en las materias de esta licitación, así mismo sólo puede referirse a servicios de apoyo y no libera el prestador de la responsabilidad ante el Fondo Nacional de Salud en relación con los plazos, contenido y calidad de los servicios, productos u otras materias subcontratadas. El Fondo Nacional de Salud, así como puede rechazar la solicitud del prestador, en cuanto a contratar a algún subcontratista, también puede exigir fundadamente su reemplazo, en caso de servicio deficientemente otorgado. En caso que el prestador utilice los servicios de terceros, arriendo de computadores u otros equipos, o de especialistas de cualquier índole, será la única y total responsable por dichos servicios, del cumplimiento de los plazos y de la correcta y oportuna coordinación de los mismos con los trabajos que efectúa directamente y del pago de las sumas de dinero que puedan adeudarse o anticiparse a los subcontratistas por tales servicios, como igualmente de los impuestos de cualquier naturaleza que los pudieran gravar, y responsabilidades laborales, así como de los daños que ellos ocasionasen a las instalaciones o intereses del Fondo Nacional de Salud. Todo lo anterior sin perjuicio de la aplicación de la ley 20.123 sobre subcontratación.
23. MODIFICACIÓN POR AUMENTO O DISMINUCIÓN DE LAS PRESTACIONES O POR LA CONTRATACIÓN DE PRESTACIONES COMPLEMENTARIAS.
El FONASA podrá requerir, dentro del ámbito de sus respectivos contratos, cupos adicionales a los originalmente contratados o disminuirlos, siempre que estén debidamente justificados y que existan las disponibilidades presupuestarias suficientes. Las modificaciones acordadas no podrán alterar el precio total de cada contrato en más de un 30%. El aumento o disminución de los cupos deberá formalizarse a través de la modificación del contrato y deberán ser aprobados mediante resolución fundada del FONASA. En el caso de que el aumento de cupos requiere que el prestador habilite nuevas sedes, deberá dejarse constancia de ello en el acuerdo modificatorio con indicación de la ubicación de la nueva sede y del cumplimiento de los requisitos legales y contractuales para su funcionamiento. El proveedor adjudicado deberá necesariamente presentar una caución que garantice el fiel cumplimiento de las obligaciones emanadas del aumento del contrato por un monto equivalente al 5% del valor total del aumento del contrato, impuestos incluidos, cuyo vencimiento debe exceder en ciento ochenta (180) días hábiles a la vigencia del contrato. Esta garantía deberá cumplir los mismos requisitos y estará sujeta a las mismas regulaciones establecidas en el numeral 16.4 de estas bases administrativas. Esta garantía deberá presentarse dentro del plazo de diez (10) días hábiles de formulado el requerimiento por el FONASA. En caso que se autorice el cierre de turnos y/o la reducción de cupos, será obligación del adjudicatario mantener los servicios por un plazo de 60 días hábiles, para que los pacientes que atiende sean reubicados en otros centros. 23.1 Cambios en el Servicio, Equipamiento e Infraestructura. El adjudicatario tendrá plena y exclusiva responsabilidad del cumplimiento de las obligaciones emanadas de las presentes bases y no podrá subcontratar, ceder, transferir ni encomendar en forma alguna a terceros ninguno de los derechos u obligaciones estipulados en la presente licitación, salvo las excepciones indicadas en el numeral “Subcontratación” de las bases de licitación. Posterior a la adjudicación, los cambios, modificaciones y/o actualizaciones que desee realizar el adjudicatario, que afecte la información proporcionada en relación con nuevo Director Técnicos equipamiento o infraestructura, modificación de turnos y/o cupos de funcionamiento de la Sede de atención, tendrá la obligación de informarlo por escrito a FONASA, según los plazos que a continuación se indican: - Actualizar la información de Director Técnico: hasta 5 días hábiles posterior al cambio, debiendo acreditarse la calidad del profesional correspondiente. - Modificaciones en turnos y/o cupos en forma permanente: 30 días corridos antes de efectuar el cambio (modificaciones programadas) - Equipamiento o Infraestructura: 30 días corridos antes de efectuado el cambio, previa autorización sanitaria correspondiente (modificaciones programadas) Todo lo anterior, dará origen a una evaluación. Si los documentos no cumplen con los requisitos establecidos se procederá a su devolución, por parte del FONASA para que sean corregidos y reingresados por el adjudicatario. En caso de que el FONASA haya autorizado los cambios propuestos, se deja expresa constancia que los cambios de Director Técnico, o en infraestructura o equipos deben cumplir con requisitos iguales o superiores a los exigidos en las presentes bases de licitación. El FONASA procederá a autorizar o rechazar estas solicitudes, mediante un informe dentro de los 30 días hábiles siguientes a la solicitud.
Renovación del contrato.
El FONASA podrá renovar por una sola vez los contratos, hasta por un período máximo de un (1) año, lo que procederá cuando sea estrictamente necesario por razones de continuidad del servicio o existan otros motivos fundados y por el tiempo de preparación de un nuevo proceso de licitación. En caso de acordarse la renovación del contrato, deberá suscribirse el acuerdo respectivo el cual deberá ser aprobado mediante acto administrativo fundado del FONASA totalmente tramitado. En cuanto al documento de garantía de fiel cumplimiento del contrato, éste deberá otorgarse proporcionalmente, siendo aplicable para este caso, la regla establecida en el numeral 16.4 de las presentes Bases y con vigencia por el mismo plazo de duración de la renovación del contrato más sesenta (60) días hábiles contados desde la nueva fecha de término del mismo. La extensión de la vigencia de la garantía de fiel cumplimiento de contrato deberá acreditarse ante el FONASA dentro del plazo de diez (10) días hábiles contado desde que el FONASA realice el requerimiento respectivo