Licitación ID: 599-17-LE20
ADQUISICIÓN DE 15 NOTEBOOKS JUNJI
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 14
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Productos o servicios
1
Notebook, laptop o computador portátil excepto Tablet PC 15 Unidad
Cod: 43211503
ADQUISICIÓN DE 15 NOTEBOOKS JUNJI  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
ADQUISICIÓN DE 15 NOTEBOOKS JUNJI
Estado:
Adjudicada
Descripción:
Mediante Resolución Exenta SENADIS Nº 2601 del 29.SEP.2020, se aprueba el Convenio de Transferencia de Recursos suscrito con fecha 03 de septiembre de 2020 entre el Servicio Nacional de la Discapacidad y la Junta Nacional de Jardines Infantiles JUNJI, el que tiene como objetivo: Contribuir a la inclusión social y equiparación de oportunidades de niños y niñas con discapacidad y rezago del desarrollo psicomotor, procurando el acceso y participación en igualdad de condiciones a los sistemas de educación desde la educación parvularia, a salud y al bienestar social, a través de la asesoría, apoyo técnico y coordinación del territorio entre los servicios de las áreas relacionadas dentro de un contexto territorial, que formen parte de su trayectoria de vida, incluyendo sus familias, para permitir su máximo desarrollo y potencial, a partir de los establecimientos JUNJI y aquellos que a través de las acciones intersectoriales necesiten de apoyo, para lo cual SENADIS a través del componente: Formación y apoyo inclusivo a las comunidades educativas, financiará: Tres 3 profesionales para cinco 5 regiones, con formación en el área de la educación, salud y ciencias sociales, los cuales prestaran servicios profesionales en función de las siguientes líneas de trabajo y que comprende las acciones que en cada caso se indican: 1. Asesoría técnica para el fortalecimiento de prácticas inclusivas. 2. Apoyo para la transición educativa. 3. Coordinación y desarrollo de acciones intersectoriales. 4. Fortalecimiento y apoyo a las familias de niños y niñas con discapacidad. Por lo anterior la JUNJI mediante la Sección de Tecnologías de la Información, debe adquirir 15 equipos computacionales para entregar apoyo tecnológico a los profesionales que desarrollaran las funciones descritas en el Convenio de Transferencia de Recursos.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Unidad de compra:
JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
Marchant Pereira 726
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 04-12-2020 16:00:00
Fecha de Publicación: 24-11-2020 13:19:24
Fecha inicio de preguntas: 24-11-2020 14:00:00
Fecha final de preguntas: 27-11-2020 14:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 01-12-2020 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 07-12-2020 12:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 07-12-2020 12:00:00
Fecha de Adjudicación: 18-12-2020 17:02:55
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Documentos Administrativos
1.- 6. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Las presentes Bases Administrativas y las Bases Técnicas junto con los anexos de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su notificación en el Sistema de Información y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] , y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el Anexo N° 1, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, aceptarlas, y tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. 7. ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OFERTAR 7.1 Declaración jurada simple de habilidad para la adquisición con la Administración del Estado Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas que no estén afectas a las inhabilidades de los artículos 4° de la Ley N° 19.886 y 8° y 10° de la Ley Nº 20.393. Para ello, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia. Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N° 2 de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia, debidamente completada con los antecedentes del oferente, deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. 7.2 Identificación del oferente Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el registro Chileproveedores, que hayan ingresado la documentación al portal [http://www.chileproveedores.cl].
Documentos Técnicos
1.- 7.4 Oferta Técnica Los oferentes interesados, deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, un anexo en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio ofertado, la que como mínimo debe considerar lo requerido en las Especificaciones Técnicas descritas en el punto N°2 y ANEXO N°3 solicitadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles e incorporadas a la presente resolución. Estos antecedentes se deben ingresar al Portal Mercado Público junto a los antecedentes administrativos, con el nombre de “OFERTA TÉCNICA”. Será responsabilidad de los oferentes proporcionar todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas. Los oferentes que no presenten todos estos antecedentes no serán evaluados, y serán sus ofertas declaradas inadmisibles. Las ofertas presentadas tendrán un periodo de validez de sesenta (60) días hábiles, contados desde la fecha de cierre del plazo para la recepción de estas. Respecto de la Oferta Económica, esta constituirá el precio del contrato.
 
Documentos Económicos
1.- 7.3 Oferta Económica Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en dicho Sistema de Información y en el cronograma respectivo, según el formato del ANEXO N° 4. El valor que los interesados deben ingresar al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] corresponde al valor total neto del servicio ofrecido (sin incluir IVA), el cual debe ser concordante con el documento requerido en el párrafo anterior y no debe superar los $6.000.000. (seis millones de pesos) IVA incluido o exentos de IVA según corresponda. La oferta económica deberá tener un período de validez mínimo de 60 días hábiles desde el cierre del plazo para la recepción de estas, sin perjuicio que para el oferente adjudicatario constituirá el precio del contrato y se mantendrá sin variación durante toda su vigencia. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Según numeral 13 de las bases 20%
2 Cumplimiento de los requisitos Según numeral 13 de las bases 5%
3 Precio Según numeral 13 de las bases 75%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Presupuesto Disponible
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones El presupuesto por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles para la adquisición antes mencionada asciende a la suma de 6.000.000.- Seis millones de pesos IVA incluido, es decir, 400.000. por equipo IVA incluido. Este monto es el monto máximo.
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Oficina de Gestión y Administración de Contratos
e-mail de responsable de pago: administraciondecontratosdirnac@junji.cl
Nombre de responsable de contrato: Marco Ibacache
e-mail de responsable de contrato: administraciondecontratosdirnac@junji.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-26545000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
De conformidad al artículo 41 inciso final del Reglamento de la Ley N°19.886, si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el artículo 63 del Reglamento, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Resolución de Empates
De producirse una igualdad en el resultado final de la evaluación se privilegiará en primer término la oferta que haya obtenido el puntaje más alto en el criterio de evaluación "Oferta Económica", de mantenerse dicha igualdad, se continuará con la oferta que haya obtenido el puntaje más alto en el criterio de evaluación “Oferta Técnica”. De proseguir la igualdad, se privilegiará el criterio denominado “Requisitos Formales”.
Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes

Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de 48 horas contadas desde el requerimiento informado a través del sistema.

En estos casos, se procederá en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº19.886, asignándose menor puntaje en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”.

Bases Administrativas y Técnicas
1. ANTECEDENTES: Mediante Resolución Exenta SENADIS Nº 2601 del 29.SEP.2020, se aprueba el Convenio de Transferencia de Recursos suscrito con fecha 03 de septiembre de 2020 entre el Servicio Nacional de la Discapacidad y la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), el que tiene como objetivo: Contribuir a la inclusión social y equiparación de oportunidades de niños y niñas con discapacidad y rezago del desarrollo psicomotor, procurando el acceso y participación en igualdad de condiciones a los sistemas de educación desde la educación parvularia, a salud y al bienestar social, a través de la asesoría, apoyo técnico y coordinación del territorio entre los servicios de las áreas relacionadas dentro de un contexto territorial, que formen parte de su trayectoria de vida, incluyendo sus familias, para permitir su máximo desarrollo y potencial, a partir de los establecimientos JUNJI y aquellos que a través de las acciones intersectoriales necesiten de apoyo, para lo cual SENADIS a través del componente: Formación y apoyo inclusivo a las comunidades educativas, financiará: Tres (3) profesionales para cinco (5) regiones, con formación en el área de la educación, salud y ciencias sociales, los cuales prestaran servicios profesionales en función de las siguientes líneas de trabajo y que comprende las acciones que en cada caso se indican: 1. Asesoría técnica para el fortalecimiento de prácticas inclusivas. 2. Apoyo para la transición educativa. 3. Coordinación y desarrollo de acciones intersectoriales. 4. Fortalecimiento y apoyo a las familias de niños y niñas con discapacidad. Por lo anterior la JUNJI mediante la Sección de Tecnologías de la Información, debe adquirir 15 equipos computacionales para entregar apoyo tecnológico a los profesionales que desarrollaran las funciones descritas en el Convenio de Transferencia de Recursos. 2. ESPECIFICACIONES DEL PRODUCTO 2.1. Especificaciones Técnicas: A continuación, se detallan las especificaciones técnicas que, como mínimo deben contar los equipos ofertados: SISTEMA OPERATIVO CON SISTEMA OPERATIVO MARCA HP (Referencial) MODELO PROBOOK 440 G7 INTEL CORE I3-10110U 4GB 256GB 14´´ (PART NUMBER 2B307LA COLOR PRODUCTO SILVER (Referencial) PROCESADOR INTEL CORE I3-10110U VELOCIDAD DEL PROCESADOR 2,1 GHz NUMERO DE NUCLEOS 2 MEMORIA RAM 4GB MEMORIA MAXIMA SOPORTADA 32GB VELOCIDAD MEMORIA DESDE 2666 MHz ALMACENAMIENTO 256GB SSD TAMAÑO PANTALLA 14´´ TIPO DE PANEL LCD TOUCH NO TARJETA VIDEO INTEGRADA MODELO TARJETA DE VIDEO INTEL UHD AUDIO SI LAN SI WI FI SI BLUETOOTH SI WEBCAM SI USB 2.0 1XUSB 2.0 USB 3.0 NO USB 3.1 2XUSB 3.1 + 1XUSB TYPE-C RJ45 SI VGA NO HDMI SI DISPLAY PORT NO LECTOR DE HUELLAS DIGITALES NO UNIDAD OPTICA NO HEADPHONE SI LECTOR DE TARJETAS SI BATERIA CAPACIDAD 45WH ADAPTADOR 45 VATIOS IMPORTANTE: La marca y modelo especificados son de carácter referencial, siendo posible ofertar un equipo de iguales o superiores características, teniendo presente el presupuesto total disponible por parte de JUNJI ($6.000.000.- IVA incluido). Los proponentes que oferten un equipo inferior o cuyo valor total superen el presupuesto señalado, será declarado inadmisible. 2.2. Plazo De Entrega: La entrega de los “15 Notebooks para Convenio SENADIS” deberá realizarse en un plazo no superior a los a los 10 días hábiles, una vez aceptada la Orden de Compra en el Portal www.mercadopublico.cl. Los proponentes deberán consignar el plazo de entrega en su cotización u oferta técnico-económica, de igual manera, los oferentes que propongan un plazo superior a este, su oferta no será evaluada y declarad inadmisible. 3. NATURALEZA Y MONTO DE LA LICITACIÓN La presente licitación es de carácter público. Las propuestas deben estar expresadas en la ficha electrónica en moneda nacional, sin incluir impuestos, considerando la operatividad del portal [https://www.mercadopublico.cl]. No obstante, los oferentes deberán tener presente que, al momento que la Junta Nacional de Jardines Infantiles realice la evaluación comparativa de las ofertas económicas, exigirá en el anexo respectivo la consideración el IVA a las ofertas, si es que la adquisición en cuestión estuviere gravada con tal tributo. El presupuesto por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles para la adquisición antes mencionada asciende a la suma de $6.000.000.- (Seis millones de pesos) IVA incluido, es decir, $400.000. por equipo IVA incluido. Este monto es el monto máximo disponible por JUNJI para la adquisición de los 15 notebooks, por lo que toda oferta económica que supere este monto será declarada inadmisible. 4. CRONOGRAMA Y PLAZOS DE ESTA LICITACIÓN Las etapas y fechas de la licitación son las que se detallan a continuación y que además serán publicadas en el sistema de [http://www.mercadopublico.cl] ETAPAS PLAZOS (*) Publicación en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl A más tardar al segundo día hábil siguiente de la recepción en la Oficina de Compras de la institución, de la Resolución que autorice las presentes bases, rigiendo la notificación a los interesados conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del reglamento de la ley N°19.886. Consultas de los Proveedores Dentro de los tres (03) días siguientes a la publicación en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] de la resolución que llama a licitación. Respuesta a Consultas y/o Aclaraciones Dentro de los dos (02) días hábil siguientes al cierre del período de las consultas de los Proveedores. Cierre Recepción de Ofertas En el horario señalado en la ficha electrónica del Portal de mercado público, al décimo (10) día, contados desde la publicación de las Bases Administrativas y Técnicas en el Sistema de Información de la Dirección y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. Apertura Electrónica de ofertas El día hábil siguiente de la fecha de cierre, en el horario señalado en la ficha electrónica del Portal de mercado público www.mercadopublico.cl. Evaluación de Ofertas Dentro de diez (10) días hábiles contados desde la apertura electrónica de las ofertas. Decisión de la Licitación Dentro de los diez (10) días siguientes al Informe de Evaluación de la respectiva Comisión. En caso de que la JUNJI no informe la decisión de la licitación dentro de este plazo, se estará conforme a lo establecido en el artículo 6°, del reglamento de la Ley N°19.886. Notificación a los Oferentes Según lo establecido en el artículo 6° del reglamento de la Ley N° 19.886, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. (*) Los plazos indicados en el presente cronograma son de días corridos, salvo aquellos en que expresamente se indique como hábiles, entendiéndose como inhábiles los días sábado, domingo y festivos. En el evento que el último día del plazo recayera en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente. Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles, ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas. 5. NOTIFICACIONES DEL PROCEDIMIENTO Salvo estipulación en contrario en la normativa vigente o en las presentes bases administrativas, los actos relativos a este proceso licitatorio, así como su correspondiente documentación, serán publicados en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, en la fecha indicada en el cronograma en el punto 4 de estas bases y se entenderán notificados desde las 24 horas siguientes a su publicación en el mencionado portal. 6. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Las presentes Bases Administrativas y las Bases Técnicas junto con los anexos de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su notificación en el Sistema de Información y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] , y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el Anexo N° 1, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, aceptarlas, y tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. 7. ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OFERTAR 7.1 Declaración jurada simple de habilidad para la adquisición con la Administración del Estado Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas que no estén afectas a las inhabilidades de los artículos 4° de la Ley N° 19.886 y 8° y 10° de la Ley Nº 20.393. Para ello, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia. Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N° 2 de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia, debidamente completada con los antecedentes del oferente, deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. 7.2 Identificación del oferente Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el registro Chileproveedores, que hayan ingresado la documentación al portal [http://www.chileproveedores.cl]. 7.3 Oferta Económica Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en dicho Sistema de Información y en el cronograma respectivo, según el formato del ANEXO N° 4. El valor que los interesados deben ingresar al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] corresponde al valor total neto del servicio ofrecido (sin incluir IVA), el cual debe ser concordante con el documento requerido en el párrafo anterior y no debe superar los $6.000.000. (seis millones de pesos) IVA incluido o exentos de IVA según corresponda. La oferta económica deberá tener un período de validez mínimo de 60 días hábiles desde el cierre del plazo para la recepción de estas, sin perjuicio que para el oferente adjudicatario constituirá el precio del contrato y se mantendrá sin variación durante toda su vigencia. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento. 7.4 Oferta Técnica Los oferentes interesados, deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, un anexo en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio ofertado, la que como mínimo debe considerar lo requerido en las Especificaciones Técnicas descritas en el punto N°2 y ANEXO N°3 solicitadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles e incorporadas a la presente resolución. Estos antecedentes se deben ingresar al Portal Mercado Público junto a los antecedentes administrativos, con el nombre de “OFERTA TÉCNICA”. Será responsabilidad de los oferentes proporcionar todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas. Los oferentes que no presenten todos estos antecedentes no serán evaluados, y serán sus ofertas declaradas inadmisibles. Las ofertas presentadas tendrán un periodo de validez de sesenta (60) días hábiles, contados desde la fecha de cierre del plazo para la recepción de estas. Respecto de la Oferta Económica, esta constituirá el precio del contrato. 8. PREGUNTAS Y RESPUESTAS Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sitio web antes mencionado, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados. Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones se entenderán que formarán parte integrante de las bases administrativas y bases técnicas de esta propuesta. 9. MODIFICACIONES A LAS BASES Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos por iniciativa propia de esta entidad licitante, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta el día antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 10. ANTECEDENTES OMITIDOS EN LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de 48 horas contadas desde el requerimiento informado a través del sistema. En estos casos, se procederá en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº19.886, asignándose menor puntaje en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”. 11. DE LA APERTURA Y ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS La apertura de las ofertas de esta licitación, ingresadas al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, se hará en el día señalado en el cronograma y plazos de licitación contenidos en el punto N°4 de estas bases. Sólo serán evaluadas las ofertas de aquellos proveedores que hayan dado cumplimiento a lo requerido en los puntos 2, 6 y 7 de estas bases, sin perjuicio de lo establecido en el punto 10 de las mismas. La Junta Nacional de Jardines Infantiles aceptará el máximo de una (01) propuesta por oferente. En caso de que un proponente presente más de una propuesta, la Junta Nacional de Jardines Infantiles aceptará sólo la primera en orden cronológico, conforme al registro del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. A raíz de lo anteriormente expuesto, serán declaradas inadmisibles aquellas ofertas que omitan los antecedentes o datos, de forma total o parcial, requeridos en los puntos 2, 6 y 7 de estas bases. 12. COMISIÓN EVALUADORA La evaluación de las ofertas se realizará por parte de una comisión evaluadora, conformada por profesionales de la institución, además del profesional de la Oficina de Compras, quien sólo actuará como Secretario de Actas, todos/as funcionarios/as de la Junta Nacional de Jardines Infantiles. En el caso eventual que alguno de los/as funcionarios/as individualizados/as no pudiera asumir sus funciones como miembro de la respectiva comisión, serán remplazados/as por cualesquiera de los siguientes suplentes: Área Titular Suplentes Sección de Tecnologías de la Información Marco Ibacache Olguin Patricio Reyes Martínez Cristián Viñaveya Monzón Claudia Rifo Tapia Miguel Martínez Mesina Sección de Tecnologías de la Información Claudio Henríquez Rebolledo Sección de Tecnologías de la Información Luis Gómez Díaz Secretario de Actas Enzo Marzán Oyarzun Ellos serán los encargados de estudiar, analizar, ponderar y evaluar las ofertas que se presenten. La comisión evaluadora tendrá un plazo máximo de diez (10) días hábiles para evaluar y remitir al Director del Departamento de Recursos Financieros, con copia a la Oficina de Compras el Acta de Evaluación y Adjudicación completa y firmada por los integrantes de esta comisión. Esta comisión será la encargada de estudiar, analizar, ponderar y evaluar, las propuestas recibidas, emitiendo la respectiva acta e informe de evaluación que cumpla con las exigencias del artículo 40 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y, de esta manera, determinar la admisibilidad y proceder a la evaluación de las ofertas presentadas. Dicho instrumento será el antecedente necesario para efectos de fundar el acto administrativo conclusivo del procedimiento concursal iniciado por este llamado a licitación, sea a través de la declaración de adjudicación, inadmisibilidad o deserción, según corresponda. La Comisión Evaluadora emitirá un Informe de Evaluación, el cual será dirigido al Director del Departamento de Recursos Financieros de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, en el que se contendrá lo siguiente: A. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. B. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes bases, especificando cuáles son los requisitos que se están incumplimiento. C. La proposición de declarar la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Institución, dejando expresamente constancia de los motivos que se tienen a la vista para considerar las ofertas como no convenientes. D. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. E. La proposición de adjudicación, dirigida a la Vicepresidenta Ejecutiva del Servicio. Los miembros de la Comisión de Evaluación no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. La comisión evaluadora o el Encargado del proceso de compras, a requerimiento de esta última, durante el proceso de evaluación de las ofertas, podrá solicitar aclaraciones a los proponentes a través del foro dispuesto al efecto en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y de Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], siempre y cuando éstas no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Se prohíbe que los funcionarios que integren las Comisiones evaluadoras concedan reuniones a terceros- oferentes o no- sobre materias vinculadas a la evaluación del actual proceso licitatorio. De manera excepcional, el contacto que podrán mantener los oferentes, tanto con la entidad licitante en su totalidad (JUNJI), como la comisión evaluadora, en particular, sólo podrá referirse a los aspectos indicados en el artículo 39 del Reglamento de la Ley N°19.886. En virtud de lo dispuesto por el Artículo 62, N° 5, de la Ley N° 18.575, los miembros de la comisión evaluadora deberán abstenerse de recibir donativos mientras integren la referida comisión, salvo aquellos oficiales y protocolares, y los considerados por la costumbre como manifestaciones de cortesía y buena educación. 13. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS La evaluación de la presente licitación se realizará en 3 aspectos, comenzando por la evaluación de los criterios técnicos (Plazo de Entrega) según Anexo N°3, luego se realizará la evaluación del aspecto económico según Anexo N°4 y requisitos formales. Las ofertas serán ponderadas con un 75% para los aspectos económicos, con un 20% para los aspectos técnicos y con un 5% para la evaluación de los requisitos formales, adjudicándose la licitación a la oferta que obtenga el mayor puntaje como consecuencia de la aplicación de los referidos criterios. Aquellas empresas que cumplan con el examen de admisibilidad , serán evaluadas de la forma que a continuación se indica: CRITERIO EVALUACIÓN PONDERACIÓN PUNTAJE MÁXIMO Oferta Económica (OE) 75% POT: 75 Oferta Técnica (OT) 20% POE: 20 Requisitos Formales (RF) 5% PRF: 05 Total 100% PFP: 100 El puntaje final de cada oferente se calculará conforme a la siguiente fórmula: PFP = POT + POE + PRF Dónde: PFP = Puntaje final obtenido por el oferente en la evaluación de la propuesta presentada. POT = Puntaje obtenido por el oferente en la evaluación de la oferta técnica. POE = Puntaje obtenido por el oferente en la evaluación de la oferta económica. PRF = Puntaje obtenido por el oferente en el cumplimiento de los requisitos formales. EVALUACIÓN DE OFERTA ECONÓMICA (75%): La evaluación de la oferta económica presentada por el oferente (ANEXO N°4), se realizará en base a la oferta económica que presente el menor precio, aplicando la siguiente fórmula: POE = (PMO / POF) x 75 Donde: POE = Puntaje Obtenido por el oferente en Evaluación de Oferta Económica PMO = Precio Mínimo Ofertado entre las Ofertas Económicas POF = Precio Ofertado por el oferente para Evaluación de Oferta Económica EVALUACIÓN DE OFERTA TÉCNICA (20%) La evaluación de la Oferta Técnica corresponderá al plazo de entrega que proponga la empresa en su propuesta (ANEXO N°3), la cual, no podrá ser superior a 10 días hábiles desde emitida y aceptada la Orden de Compra. Los puntajes para otorgar serán los siguientes: Días hábiles Puntaje otorgado Entre 1 y 5 100 Entre 6 y 10 50 Más de 10 Inadmisible CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES (5%): El criterio “Cumplimiento de Requisitos Formales” se evaluará de acuerdo con a lo estipulado en el Art. 40 del Decreto 250, Reglamento de Compra. Es decir: 1. Si el oferente cumple con los Requisitos Formales, en tiempo y forma, el puntaje a asignar será 100 puntos. 2. Si el oferente cumple dentro del plazo adicional de acuerdo con el punto 10, el puntaje a asignar será 50 puntos. Es decir: PRF = (50 ó 100) x 0,05 14. MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES De producirse una igualdad en el resultado final de la evaluación se privilegiará en primer término la oferta que haya obtenido el puntaje más alto en el criterio de evaluación "Oferta Económica", de mantenerse dicha igualdad, se continuará con la oferta que haya obtenido el puntaje más alto en el criterio de evaluación “Oferta Técnica”. De proseguir la igualdad, se privilegiará el criterio denominado “Requisitos Formales”. 15. DECISIÓN DE LA LICITACIÓN La entidad licitante declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. La Junta Nacional de Jardines Infantiles, aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes, establecidos en las presentes Bases Administrativas. La Junta Nacional de Jardines Infantiles no estará obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor. En caso de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles no realice la adjudicación dentro del plazo señalado en el cronograma contenido en el punto 3 de estas bases, se estará conforme a lo señalado en el inciso 2° del artículo 41, del Decreto N°250, del 2004, del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicio”, que establece que “cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta posibilidad”. La Institución no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con lo requerido en las bases técnicas de la presente licitación, entendiéndose que lo señalado en ellas constituye lo mínimo requerido por la JUNJI. En caso de que el adjudicado en primer lugar no de cumplimiento a los requerimientos para la adquisición, se podrá adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado, declarar desierta la licitación si no se presentaren oferentes o si las ofertas presentadas no fueren convenientes a los intereses de la institución. La adjudicación se materializará a través de una Resolución Exenta de la Vicepresidenta Ejecutiva, basado en el informe de la comisión de evaluación de la propuesta. El Departamento de Recursos Financieros a través de la Oficina de Compras emitirá la respectiva Orden de Compra por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, a través del sitio www.mercadopublico.cl y su aceptación por parte del oferente adjudicado, a través del mismo sitio, en un plazo no superior a 24 horas., esto una vez emitida resolución exenta que autorice el respectivo contrato. 16. READJUDICACIÓN De conformidad al artículo 41 inciso final del Reglamento de la Ley N°19.886, si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el artículo 63 del Reglamento, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. 17. NOTIFICACIONES El acto administrativo decisorio referente al presente procedimiento concursal será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], en la fecha indicada en el cronograma de esta licitación y se entenderá notificado desde las 24 horas siguientes a su publicación. 18. REQUISITO DE INSCRIPCIÓN La Junta Nacional de Jardines Infantiles exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, en este caso previo a la emisión de la orden de compra, encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile Proveedores. (Registro Avanzado o Contratación). En caso de que el oferente seleccionado no se encuentre inscrito y no se inscriba en el Registro establecido en el párrafo anterior a la fecha de suscripción del contrato, se procederá conforme a lo indicado en el punto readjudicación de estas bases, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo con los intereses del Servicio. 19. DEL CONTRATO No se suscribirá un contrato de adquisición de bienes entre la Junta Nacional de Jardines Infantiles y el adjudicatario, ya que este producto es de simple objetiva especificación. La orden de compra, las bases de licitación y la oferta técnica y económica del proveedor adjudicado conformaran el contrato, el cual se formalizará a través de la emisión de la respectiva orden de compra. La Junta Nacional de Jardines Infantiles exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, encontrarse inscrito en el Registro de Chile proveedores. En caso de que el oferente seleccionado no se encuentre inscrito en el Registro de Chile Proveedores en el plazo de 5 días hábiles, se procederá a adjudicar la siguiente oferta mejor evaluada, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo a los intereses del Servicio. 20. ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA LA ADQUISICIÓN El adjudicatario deberá presentar los siguientes antecedentes: a) Fotocopia de la escritura pública o documento legal en la cual constare la personería de él o de los representantes legales del contratante, si procediere. b) Fotocopia del Rol Único Tributario (R.U.T.) vigente del adjudicatario y de la cédula de identidad de su representante legal o persona natural.Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, número y año), o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días contados desde la publicación de la resolución que dispone la adquisición en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. c) Suscripción del acuerdo de confidencialidad, contenido en el ANEXO N°5, de estas bases. d) Los oferentes extranjeros deberán acreditar la constitución de una sociedad de nacionalidad chilena o agencia de sociedad extranjera en Chile, o haber otorgado mandato con poder suficiente a favor de una sociedad nacional, con la cual se celebrará el contrato y quien será responsable de su ejecución, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 4º de la Ley Nº 19.886 y 67 del Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda. Los antecedentes requeridos en los literales a), b) y c) precedentemente indicados no serán exigidos al adjudicatario que se encontrare registrado oficialmente en ChileProveedores [http://www.chileproveedores.cl] (Registro Avanzado o Contratación), y cuya documentación publicada en dicho registro sea la correspondiente y suficiente para la suscripción del contrato respectivo. 21. MODIFICACIONES La JUNJI se reserva el derecho de ordenar al contratista, en cualquier momento durante la vigencia del contrato respectivo, a través de requerimiento escrito emanado del director del Departamento de Recursos Financieros, modificaciones del servicio requerido en la presente licitación. El requerimiento aludido en el párrafo anterior deberá contener, a lo menos, la descripción de la modificación en cuestión, la razón por la cual la Institución requiere lo mencionado y los ítems y/o servicios necesarios para la realización de dicha modificación, de acuerdo con la información entregada por el proveedor en su oferta económica. De conformidad al inciso final del artículo 77 del Reglamento de la Ley N°19.886, la modificación no podrá alterar la aplicación de los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes, así como tampoco podrá aumentarse el contrato más allá de un treinta (30%) del monto originalmente pactado. Serán consideradas modificaciones aquellas que tengan relación con – de acuerdo a lo indicado en las normas que regulan el derecho común – los elementos de la esencia y/o de la naturaleza del servicio que permitan una mejora en la provisión o en la calidad del servicio licitado, aquellos ajustes al servicio surgidos como producto de cambios en la normativa legal que rija para entidades públicas, aquellos que produzcan un aumento y/o disminución de los servicios contratados – por la incorporación de una nueva dependencia, por darse de baja alguna de ellas, por ejemplo –; y aquellos que permitan una actualización tecnológica de los servicios contratados cuando el desarrollo de nuevas tecnologías signifiquen una depreciación de más de un 20% del monto acordado para la prestación de los mismos. El plazo para la realización de lo indicado se contará desde la fecha de firma del acuerdo modificatorio – aunque su pago sólo se verificará una vez que la resolución aprobatoria del acuerdo se encuentre totalmente tramitada, y estará sujeto al plazo de implementación. Todas las modificaciones solicitadas durante el periodo de vigencia del acuerdo respectivo, se incorporarán en nuevos anexos, las que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante del mismo; lo anterior, sin perjuicio de que en la respectiva convención se consigne, por razones de buen servicio, que las prestaciones que derivan de ella se iniciarán con anterioridad, no obstante que el aumento en el pago derivado de éstas, únicamente podrá efectuarse una vez verificada la total tramitación de dicho acto aprobatorio. 22. TÉRMINO ANTICIPADO La Junta Nacional de Jardines Infantiles está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna, respecto del proveedor, si concurriere alguna de las causales que se señalan a continuación: a. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. b. Si se disuelve la empresa contratista. c. Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presentes bases. d. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. e. Cuando de común acuerdo, la entidad licitante y el respectivo proveedor resuelvan poner término al contrato. f. Si en el ejercicio presupuestario siguiente no existen recursos disponibles para la adquisición el servicio. g. Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, excedan del 20% del valor total original del contrato. Se entenderá por incumplimiento grave la inejecución o ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones correspondientes a la adquisición de los bienes según las respectivas Bases Administrativas y Técnicas, que importe una vulneración a los elementos esenciales del contrato, siempre y cuando no exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y siempre que dicho incumplimiento le genere a la Junta Nacional de Jardines Infantiles un perjuicio significativo en el cumplimiento de sus funciones. La resolución que disponga el término anticipado del contrato deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. En los casos señalados anteriormente, se pagará al oferente adjudicado los servicios efectivamente entregados y recibidos a satisfacción. Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Junta Nacional de Jardines Infantiles, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. 23. DE LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO La supervisión administrativa de la relación contractual estará a cargo de la Oficina de Administración de Contratos, y la supervisión técnica estará a cargo de la jefatura de la Sección de Tecnologías de la Información, del Departamento de Planificación de la Dirección Nacional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles. El responsable de la Supervisión Técnica deberá: - Supervisar y controlar el desarrollo de la prestación de los servicios, velando por el cumplimiento de sus objetivos y plazos acordados. - Proporcionar la información necesaria a la empresa adjudicada para la correcta prestación. - Revisar y aprobar los trabajos finales, y certificación de estos según corresponda. - Solicitar a la autoridad competente, el término anticipado del contrato en caso de requerirlo la institución ya sea por incumplimiento o por motivos presupuestarios. - Solicitar a la autoridad competente la aplicación de multas por incumplimiento. - Solicitar ampliación, disminución o modificación del servicio en caso de así requerirlo la institución. - Otorgar su conformidad previa al pago. El responsable de la Supervisión Administrativa deberá: - Supervisar y poner a disposición de la contraparte técnica el mecanismo para evaluar el servicio contratado. - Brindar las herramientas administrativas para apoyar la toma de decisión de la contraparte técnica - Mantener disponible los antecedentes de la licitación tanto para JUNJI, como para el proveedor. - Realizar los actos administrativos que se deriven de la toma de decisión por parte de la contraparte técnica, dentro del ámbito de sus competencias; o requerirlos a quien corresponda en su caso. 24. DEL PAGO El pago por la adquisición de los 15 notebooks se realizará contra Visto Bueno y Recepción Conforme por parte del jefe de la Sección de Tecnologías de la Información de los equipos que se adquieren, según se detalla a continuación: Cada pago se realizará, contra presentación del documento tributario a cobro, dentro del plazo de treinta (30) días corridos siguientes a contar de la recepción conforme de los bienes que se adquieren. El monto de la adquisición dependerá de lo indicado en la oferta económica del oferente, y los montos de pago asociados a cada hito del proyecto según el monto indicado. La factura electrónica que deberá llevar consignado el N.º de orden de compra asociado al proceso de compras, solo podrá ser emitida después que se haya dado la visación por parte de la Sección de Tecnologías de la Información del Departamento de Planificación, y deberá ser remitida en formato XML al correo electrónico junjirecepcion@custodium.com o el que se indique en su reemplazo, conforme a las indicaciones del Servicio de Impuestos Internos. La visación de cada cuota y aceptación de facturas o documentos electrónicos tributarios (DTE) de cobro, se realizarán dentro del plazo de 08 días corridos desde su recepción en el Servicio de Impuestos Internos, a través del Registro de Aceptación y Reclamo dispuesto por dicho Servicio, conforme a lo establecido en el artículo 3° de la Ley N°19.983. Todo documento tributario que no cumpla con las condiciones señaladas previamente será RECLAMADO en el Servicio de Impuestos Internos, perdiendo así su título ejecutivo, y quedará bajo responsabilidad del proveedor su regularización mediante la emisión de una Nota de Crédito que anule el documento RECLAMADO y emitiendo uno nuevo que cumpla con las condiciones señaladas. La Junta Nacional de Jardines Infantiles efectuará el pago vía transferencia de fondos en cuenta corriente, para lo cual el proveedor deberá indicar el número de cuenta corriente, el banco, razón social, RUT y el correo electrónico. Si el oferente adjudicado quisiese utilizar la alternativa de factorizar su factura, de acuerdo con lo indicado en el artículo 4° inciso primero letra b) de la ley 19.983, podrá hacerlo una vez que haya sido prestado el servicio y emitida la Recepción Conforme por parte del Departamento de Recursos Financieros, informando oportunamente a la Junta Nacional de Jardines Infantiles de los contratos de factoring que haya suscrito. En aquellos pagos acordados a treinta (30) días, se entenderá por oportuna aquella información realizada a lo menos con quince (15) días de anticipación a la fecha de pago. La Junta Nacional de Jardines Infantiles no entregará anticipos de ninguna especie. De conformidad al artículo 75 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la Junta Nacional de Jardines Infantiles deberá cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus contratistas, siempre y cuando no existan obligaciones o multas pendientes. 25. DE LAS MULTAS Por cada día corrido de atraso en la entrega de los notebooks, por razones no atribuibles a la Junta Nacional de Jardines Infantiles, se aplicará al proveedor una multa equivalente al 2% del monto total neto del bien, la que será descontada en el pago de la factura respectiva. Estas multas no serán aplicables en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, las cuales deberán fundamentarse por escrito a la director/a del Departamento de Recursos Financieros de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, quien, a su juicio exclusivo, podrá aceptarla total o parcialmente, o rechazar, mediante la dictación de una Resolución Exenta fundada que así lo disponga. 25.1. PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS El proceso de aplicación de multas se ceñirá al procedimiento que se contiene en este numeral, se efectuará por vía administrativa y podrá iniciarse en cualquier tiempo mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción de la acción para ello. Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte del área a cargo de la supervisión técnica del contrato o funcionario responsable, se le comunicará al Departamento de Recursos Financieros, para que proceda a notificar al adjudicatario la infracción detectada, los hechos que la constituyen y el monto de la multa a aplicar mediante carta certificada a la dirección consignada en el contrato respectivo, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su ingreso para despacho en oficina de correos que corresponda. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles, para efectuar sus descargos, acompañando todos los antecedentes que estime pertinentes. Vencido el plazo sin presentar descargos, la Entidad dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la Entidad tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de estos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante resolución o acto administrativo, lo que se notificará al adjudicatario, por carta certificada. Las notificaciones por carta certificada se entenderán practicadas a contar del tercer día hábil siguiente a su recepción, en la oficina de Correos que corresponda. Las multas se cursarán a través de una resolución, la cual, en todo evento, deberá estar debidamente fundada. Sin perjuicio de lo anterior, el contratista podrá disponer del mecanismo contemplado en el artículo 59 de la Ley 19.880, en contra de dicho acto administrativo, adjuntando los debidos antecedentes que le permitan sustentar su posición. Las multas no serán aplicables en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, circunstancias que deberán ser acreditadas por el contratista en la forma establecida en el párrafo anterior. La multa aplicada se deducirá preferentemente del estado de pago más próximo; de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin forma de juicio; o se cobrarán judicialmente, en su caso. La Junta Nacional de Jardines Infantiles no podrá aplicar multas que exceda del 20% del monto total neto del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, una vez alcanzado el límite establecido, se procederá a poner término anticipado al contrato. 26. EVALUACIÓN DE PROVEEDORES Al término de la entrega del servicio, la Sección de Tecnologías de la Información de la Dirección Nacional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, calificará el comportamiento que haya tenido el oferente adjudicado a través del sistema denominado “Evaluación de Proveedores” en los siguientes puntos: - Oportunidad en la entrega de los productos y/o servicios. - Cumplimiento de las especificaciones y oferta técnica. La información obtenida servirá de base para: - Respaldo de término anticipado de contrato si procediere. - Futuras evaluaciones que sea objeto el proveedor. 27. SUBCONTRATACIÓN Y PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS En caso de que para el cumplimiento de la prestación licitación, el oferente requiera subcontratar a otra empresa, junto con indicarlo claramente en su oferta, deberá proporcionar los antecedentes que la identifique, incluyendo aquellos que acreditan que no se encuentran afectados por ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 92, en relación con lo indicado en numeral 2 del inciso segundo, del artículo 76, ambos del Reglamento de la Ley 19.886. Así mismo, deberá indicar que parte del trabajo será realizada por la empresa subcontratada. 28. UNIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES (ANEXO N°6) La Unión Temporal de Proveedores estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan sobre el servicio a contratar. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales, acompañando los siguientes antecedentes: a. Presentar el Anexo N° 6, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. b. Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el anexo de aceptación de las bases (Anexo N°1) y declaración jurada simple de persona natural y/o jurídica (Anexo N° 2). c. Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales: a. La Formalización de la Unión Temporal de proveedores, deberá realizase por escritura pública (en procesos iguales o mayores a 1000 UTM) o por instrumento público o privado (en procesos menores a 1000 UTM) la que deberá acompañarse para la firma del contrato. b. La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. c. Cada uno de los ofertes integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en el punto N°20.1 sobre requisitos para la adquisición. d. Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión temporal de Proveedores deberán encontrarse inscritos en el Portal de Chile Proveedores en el plazo indicado en las presentes bases. e. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación. En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N°250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N°1.410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N°250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886, de Bases sobre Compras Públicas. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia. Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N°2 de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. 29. DOMICILIO Para los efectos de la presente licitación y suscripción del contrato respectivo, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago de Chile.