Licitación ID: 599-40-LP21
SERVICIO DE IMPRESIÓN DE LIBRETA DE COMUNICACIONES - Readjudicada en Id 599-40-R121
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 15
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Cod: 82121506
SERVICIO DE IMPRESIÓN DE LIBRETA DE COMUNICACIONES  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
SERVICIO DE IMPRESIÓN DE LIBRETA DE COMUNICACIONES - Readjudicada en Id 599-40-R121
Estado:
Readjudicada
Descripción:
La Junta Nacional de Jardines Infantiles JUNJI, requiere contratar el SERVICIO DE IMPRESIÓN DE LIBRETA DE COMUNICACIONES PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES. Se contempla que los servicios sean despachados a nivel nacional.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 1.000 UTM e inferior a 2.000 UTM (LP)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Unidad de compra:
JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
Marchant Pereira 726
Comuna:
Providencia
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-11-2021 15:30:00
Fecha de Publicación: 28-10-2021 12:28:59
Fecha inicio de preguntas: 28-10-2021 15:46:00
Fecha final de preguntas: 03-11-2021 16:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 09-11-2021 17:30:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-11-2021 15:34:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-11-2021 15:34:00
Fecha de Adjudicación: 15-12-2021 9:34:12
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas No hay información
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 6. ACEPTACIÓN DE LAS BASES (ANEXO N° 1) Las presentes Bases Administrativas y las Bases Técnicas junto con los anexos de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su notificación en el Sistema de Información y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] , y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el Anexo N°1, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, aceptarlas, y tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. 7. ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OFERTAR 7.1. Requisito Formal: Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del Estado (Anexo N°2) Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile. No obstante, y por aplicación de lo establecido en los artículos 4° de la Ley N° 19.886 y artículo 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos: a. Quienes al momento de la presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores. b. Quienes hayan sido condenados por delitos establecidos en la Ley N° 20.393 que “Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas”. c. Los funcionarios directivos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 15.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquello o éstas formen partes, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para dar cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el Anexo N° 2, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta. 7.2 Identificación del oferente (Anexo N° 3A) Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público, que hayan ingresado la documentación al portal [http://www.mercadopublico.cl]. 7.3 Unión Temporal de Proveedores (Anexo N° 3B). En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N° 1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N° 250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Compras Públicas. La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con los siguientes requisitos, acompañando los siguientes antecedentes: • Suscribir el Anexo N° 3B, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. • Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el anexo de aceptación de las bases (Anexo N°1), declaración jurada simple de persona natural y/o jurídica (Anexo N° 2), y la Identificación del oferente (Anexo N° 3A). • Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales: a. La Formalización de la Unión Temporal de proveedores, deberá realizase por escritura pública (en procesos iguales o mayores a 1000 UTM) o por instrumento público o privado (en procesos menores a 1000 UTM) la que deberá acompañarse para la firma del contrato. b. La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. c. Cada uno de los integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en el punto N° 21.1 de las presentes Bases, sobre requisitos para contratar. d. Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión temporal de Proveedores, deberán encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público en el plazo indicado en las presentes bases. e. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación.
Documentos Técnicos
1.- 7.5 Oferta Técnica Los oferentes interesados, deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, un anexo en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio ofertado, la que como mínimo debe considerar lo requerido en las Bases Técnicas solicitadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles e incorporadas a la presente resolución. Estos antecedentes se deben ingresar al Portal Mercado Público junto a los antecedentes administrativos, con el nombre de “OFERTA TÉCNICA”. Será responsabilidad de los oferentes proporcionar todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas. La oferta técnica deberá contener como mínimo lo señalado en el Anexo N°5 y N°6. Los oferentes que no presenten todos estos antecedentes no serán evaluados, y serán sus ofertas declaradas inadmisibles. Las ofertas presentadas tendrán un periodo de validez de sesenta (60) días hábiles, contados desde la fecha de cierre del plazo para la recepción de estas. Respecto de la Oferta Económica, esta constituirá el precio del contrato. 7.6 Declaración jurada simple relativa al Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI (Anexo N°8) Los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, en los términos del Anexo N°8, en la cual declaren conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, disponible en portal de transparencia activa(http://gobiernotransparente.junji.gob.cl/portal/transparencia/actos_resoluciones/regiones/institucional/2020/651.pdf), las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a la eventual vulneración de aquellas.
 
Documentos Económicos
1.- 7.4 Oferta Económica Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en dicho Sistema de Información y en el cronograma respectivo, según el formato del Anexo N°4. El valor que los interesados deben ingresar al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] corresponde al valor total neto del servicio ofrecido (sin incluir IVA), el cual debe ser concordante con el documento requerido en el párrafo anterior. La oferta económica deberá tener un período de validez mínimo de 60 días hábiles desde el cierre del plazo para la recepción de estas, sin perjuicio que para el oferente adjudicatario constituirá el precio del contrato y se mantendrá sin variación durante toda su vigencia. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Calidad Técnica de los Bienes o Servicios Según punto 13 de bases administrativas 35%
2 Cumplimiento de los requisitos Según punto 13 de bases administrativas 5%
3 Experiencia de los Oferentes Según punto 13 de bases administrativas 10%
4 Precio Según punto 13 de bases administrativas 50%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: Gestión Pago Proveedores
e-mail de responsable de pago: seguimiento.control@junji.cl
Nombre de responsable de contrato: Catalina Gonzalez Garbarini
e-mail de responsable de contrato: cgonzalezg@junji.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-02-26545000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
    Garantía fiel de Cumplimiento de Contrato
Beneficiario: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Fecha de vencimiento: 17-05-2022
Monto: 5 %
Descripción: Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de obligaciones laborales y sociales y eventuales multas o demás sanciones, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del valor total de la contratación, la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines, RUT Nº 70.072.600-2, pagadera a la vista, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de 60 días hábiles, posteriores a la fecha máxima de término del servicio. La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica, el certificado de fianza a la vista o cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva – siempre que tenga el carácter de irrevocable y pagadera a la vista –, serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y del pago de obligaciones laborales y sociales. El documento deberá ser entregado físicamente, o bien, enviado por correo certificado y recibido en la Oficina de Partes de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicada en calle Marchant Pereira 726, comuna de Providencia, dentro del plazo de cinco (03) días hábiles desde la notificación indicada en el punto Nº 17 de estas Bases Administrativas, en el siguiente horario: Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 horas. Día viernes : De 08:30 hasta las 16:30 horas.
Glosa: En garantía de fiel cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales, sociales y eventuales multas, para la contratación del “SERVICIO DE IMPRESIÓN DE LIBRETA DE COMUNICACIONES” para la Junta Nacional de Jardines Infantiles ID ______”. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N° 7.
Forma y oportunidad de restitución: La restitución de la respectiva garantía será realizada sesenta (60) días hábiles después de la fecha de término del contrato y su devolución la efectuará la Oficina de Tesorería ubicada en calle Darío Urzúa Nº1938 primer piso.
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
BASES ADMINISTRATIVAS
“SERVICIO DE IMPRESIÓN DE LIBRETA DE COMUNICACIONES PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES”. 1. OBJETO DE LA LICITACIÓN: La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), requiere contratar el SERVICIO DE IMPRESIÓN DE LIBRETA DE COMUNICACIONES PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES. Se contempla que los servicios sean despachados a nivel nacional. El mandante de esta licitación es la Junta Nacional de Jardines Infantiles, cuyo domicilio para todos los efectos legales de esta convocatoria es calle Marchant Pereira N°726, comuna de Providencia, Región Metropolitana, representada por su Vicepresidenta Ejecutiva de la JUNJI. Este proceso de Licitación se realizará a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas [http://www.mercadopublico.cl], de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 19.886, sobre la materia y su Reglamento, según condiciones, normas y políticas del uso del portal. 2. DETALLE DEL SERVICIO El detalle del servicio requerido se encuentra descrito en las Bases Técnicas para el SERVICIO DE IMPRESIÓN DE LIBRETA DE COMUNICACIONES PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES. 3. NATURALEZA Y MONTO DE LA LICITACIÓN La presente licitación es de carácter público. Las propuestas deben estar expresadas en la ficha electrónica en moneda nacional, sin incluir impuestos, considerando la operatividad del portal [https://www.mercadopublico.cl]. No obstante, los oferentes deberán tener presente que, al momento que la Junta Nacional de Jardines Infantiles realice la evaluación comparativa de las ofertas económicas, exigirá en el anexo respectivo la consideración del IVA en las ofertas, si es que la contratación en cuestión estuviere gravada con tal tributo. El presupuesto por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles para la contratación antes mencionada asciende a la suma de $ 58.971.080 (cincuenta y ocho millones novecientos setenta y un mil ochenta pesos), monto de carácter estimado, toda vez que el valor definitivo será declarado en el acto administrativo de Adjudicación, el cual será en función del Monto Adjudicado. La Junta Nacional de Jardines Infantiles, aceptará la propuesta más ventajosa, publicada en portal www.mercadopublico.cl, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes, establecidos en las presentes Bases Administrativas 4. CRONOGRAMA Y PLAZOS DE ESTA LICITACIÓN Las etapas y fechas de la licitación son las que se detallan a continuación y que además serán publicadas en el sistema de [http://www.mercadopublico.cl]. ETAPAS PLAZOS (*) Publicación en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl Dentro de los dos (2) días hábiles siguientes, a la recepción por parte de la Oficina de Compras de la Institución, de la resolución totalmente tramitada que aprueba las presentes bases, rigiendo la notificación a los interesados conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Consultas de los Proveedores Dentro de los seis (06) días siguientes a la publicación en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] de la resolución que llama a licitación. Respuesta a Consultas y/o Aclaraciones A los cuatro (04) días hábiles siguientes al cierre del período de las consultas de los Proveedores. Cierre Recepción de Ofertas En el horario señalado en la ficha electrónica del Portal de mercado público, al vigésimo día (20) corrido contado desde la publicación de las Bases Administrativas y Técnicas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Apertura Electrónica de ofertas El día hábil siguiente de la fecha de cierre, en el horario señalado en la ficha electrónica del Portal de mercado público www.mercadopublico.cl. Evaluación de Ofertas Dentro de diez (10) días corridos contados desde la apertura electrónica de las ofertas. Decisión de la Licitación Dentro de los ocho (8) días siguientes al Informe de Evaluación de la respectiva Comisión. En caso de que la JUNJI no informe la decisión de la licitación dentro de este plazo, se estará conforme a lo establecido en el artículo 41 inciso 2° del Reglamento de la Ley N°19.886. Suscripción del Contrato En el plazo de doce (12) días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo adjudicatario, conforme a lo establecido en el artículo 6° del Reglamento de la ley 19.886. Notificación a los Oferentes Según lo establecido en el artículo 6° del Reglamento de la Ley N° 19.886, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. (*) Dentro del plazo de suscripción del contrato, se comprende la gestión previa de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato. Importante: Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles, ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas. 5. NOTIFICACIONES DEL PROCEDIMIENTO Salvo estipulación en contrario en la normativa vigente o en las presentes bases administrativas, los actos relativos a este proceso licitatorio, así como su correspondiente documentación, serán publicados en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, en la fecha indicada en el cronograma en el punto 4 de estas bases y se entenderán notificados desde las 24 horas siguientes a su publicación en el mencionado portal. 6. ACEPTACIÓN DE LAS BASES (ANEXO N° 1) Las presentes Bases Administrativas y las Bases Técnicas junto con los anexos de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su notificación en el Sistema de Información y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] , y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el Anexo N°1, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, aceptarlas, y tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. 7. ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OFERTAR 7.1. Requisito Formal: Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del Estado (Anexo N°2) Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile. No obstante, y por aplicación de lo establecido en los artículos 4° de la Ley N° 19.886 y artículo 8 y 10 de la Ley Nº 20.393, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos: a. Quienes al momento de la presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores. b. Quienes hayan sido condenados por delitos establecidos en la Ley N° 20.393 que “Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas”. c. Los funcionarios directivos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 15.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquello o éstas formen partes, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o directores de cualquiera de las sociedades antedichas. Para dar cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el Anexo N° 2, la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta. 7.2 Identificación del oferente (Anexo N° 3A) Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] al momento de ingresar su oferta. Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público, que hayan ingresado la documentación al portal [http://www.mercadopublico.cl]. 7.3 Unión Temporal de Proveedores (Anexo N° 3B). En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N° 1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N° 250, de 2004, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Compras Públicas. La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con los siguientes requisitos, acompañando los siguientes antecedentes: • Suscribir el Anexo N° 3B, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. • Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el anexo de aceptación de las bases (Anexo N°1), declaración jurada simple de persona natural y/o jurídica (Anexo N° 2), y la Identificación del oferente (Anexo N° 3A). • Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la misma. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales: a. La Formalización de la Unión Temporal de proveedores, deberá realizase por escritura pública (en procesos iguales o mayores a 1000 UTM) o por instrumento público o privado (en procesos menores a 1000 UTM) la que deberá acompañarse para la firma del contrato. b. La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. c. Cada uno de los integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en el punto N° 21.1 de las presentes Bases, sobre requisitos para contratar. d. Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión temporal de Proveedores, deberán encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público en el plazo indicado en las presentes bases. e. La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores, deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación. 7.4 Oferta Económica Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en dicho Sistema de Información y en el cronograma respectivo, según el formato del Anexo N°4. El valor que los interesados deben ingresar al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl] corresponde al valor total neto del servicio ofrecido (sin incluir IVA), el cual debe ser concordante con el documento requerido en el párrafo anterior. La oferta económica deberá tener un período de validez mínimo de 60 días hábiles desde el cierre del plazo para la recepción de estas, sin perjuicio que para el oferente adjudicatario constituirá el precio del contrato y se mantendrá sin variación durante toda su vigencia. Los oferentes deberán considerar en su oferta económica todos los gastos, incluidos los de personal, materiales, servicios, equipos, permisos, derechos, otros impuestos y, en general, todo cuanto implique un gasto para el cumplimiento del contrato, sea éste directo, indirecto o a causa de él. Los precios ofertados serán invariables y fijos hasta el total cumplimiento del contrato; no se aceptarán cláusulas relacionadas con futuros reajustes, variaciones, reconsideraciones o alza del precio cotizado, con posterioridad a la propuesta o durante su cumplimiento. 7.5 Oferta Técnica Los oferentes interesados, deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, un anexo en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio ofertado, la que como mínimo debe considerar lo requerido en las Bases Técnicas solicitadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles e incorporadas a la presente resolución. Estos antecedentes se deben ingresar al Portal Mercado Público junto a los antecedentes administrativos, con el nombre de “OFERTA TÉCNICA”. Será responsabilidad de los oferentes proporcionar todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas. La oferta técnica deberá contener como mínimo lo señalado en el Anexo N°5 y N°6. Los oferentes que no presenten todos estos antecedentes no serán evaluados, y serán sus ofertas declaradas inadmisibles. Las ofertas presentadas tendrán un periodo de validez de sesenta (60) días hábiles, contados desde la fecha de cierre del plazo para la recepción de estas. Respecto de la Oferta Económica, esta constituirá el precio del contrato. 7.6 Declaración jurada simple relativa al Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI (Anexo N°8) Los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, en los términos del Anexo N°8, en la cual declaren conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, disponible en portal de transparencia activa(http://gobiernotransparente.junji.gob.cl/portal/transparencia/actos_resoluciones/regiones/institucional/2020/651.pdf), las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a la eventual vulneración de aquellas. 8. PREGUNTAS Y RESPUESTAS Los interesados en participar en la presente licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sitio web antes mencionado, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados. Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones se entenderán que formarán parte integrante de las bases administrativas y bases técnicas de esta propuesta. 9. MODIFICACIONES A LAS BASES Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos por iniciativa propia de esta entidad licitante, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta el día antes del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. Estas modificaciones formarán parte integral de las bases. Las modificaciones de bases estarán vigentes desde la total tramitación del acto administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuar sus ofertas. 10. ANTECEDENTES OMITIDOS EN LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Se podrá permitir la presentación de certificaciones o antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, referidos a los puntos 6 (Anexo Nº1); 7.1 (Anexo Nº2); 7.2 (Anexo Nº 3A); 7.3 (Anexo N° 3B); y 7.6 (Anexo N°8) siempre que dichas certificaciones o antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de 48 horas contadas desde el requerimiento informado a través del sistema. En estos casos, se procederá en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº19.886, asignándose menor puntaje en el criterio “cumplimiento de requisitos formales”, contenido en el punto N°13 de las presentes bases. 11. DE LA APERTURA Y ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS La apertura de las ofertas de esta licitación, ingresadas al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, se hará en el día señalado en el cronograma y plazos de licitación contenidos en el punto N°4 de estas bases. Sólo serán evaluadas las ofertas de aquellos proveedores que hayan dado cumplimiento a lo requerido en los puntos 6 y 7 de estas bases, sin perjuicio de lo establecido en el punto 10 de las mismas. La Junta Nacional de Jardines Infantiles aceptará el máximo de una (01) propuesta por oferente. En caso de que un proponente presente más de una propuesta, la Junta Nacional de Jardines Infantiles aceptará sólo la primera en orden cronológico, conforme al registro del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. A raíz de lo anteriormente expuesto, SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES aquellas ofertas que omitan los antecedentes o datos, de forma total o parcial, o habiéndose requeridos en el proceso de aclaración de ofertas no se hubieren presentado para ofertar, según lo siguiente: • Puntos 6, 7.1, 7.2, 7.3 y 7.6: No presentar antecedentes formales o presentarlos fuera del plazo, y que correspondan a los siguientes: Aceptación de Bases de Licitación (Anexo Nº1), Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del Estado (Anexo Nº2), Identificación del Oferente (Anexo Nº3A) y Unión Temporal de Proveedores (Anexo N° 3B, de corresponder); Declaración jurada simple relativa al Manual de Prevención al delito de Lavado de Activos, Delitos Funcionarios y Financiamiento del Terrorismo de JUNJI (Anexo N°8) • Punto 7.4: No presentar Oferta Económica (Anexo N°4). • Punto 7.5: No presentar Oferta Técnica (Anexos N°5 y N°6). 12. COMISIÓN EVALUADORA La evaluación de las ofertas la realizará una comisión evaluadora conformada por funcionarios del Departamento de Comunicaciones y Ciudadanía, en presencia de un miembro del equipo de la Unidad de Compras, quien actuará como Secretario de Actas, todos/as funcionarios/as de la Junta Nacional de Jardines Infantiles. INTEGRANTES DE LA COMISIÓN EVALUADORA CARGO SUPLENTES COMISIÓN EVALUADORA CARGO Catalina González Garbarini Jefa Unidad de Comunicaciones Claudia Walker Roa Periodista Rosario Ferrer Prieto Periodista Cristián Cerda Perez Periodista Katherine Olguín Espinoza Diseñadora José Miguel Soto Periodista Sergio Cárcamo M Profesional de Gestión (Secretario de Actas) Miguel Martínez M. Profesional de Gestión (Secretario de Actas) Ellos serán los encargados de estudiar, analizar, ponderar y evaluar las ofertas que se presenten. La comisión evaluadora tendrá un plazo máximo de diez (10) días corridos para evaluar y remitir a la Vicepresidenta Ejecutiva, con copia a la Oficina de Compras el Acta de Evaluación y Adjudicación completa y firmada por los integrantes de esta comisión. Esta comisión será la encargada de estudiar, analizar, ponderar y evaluar, las propuestas recibidas, emitiendo la respectiva acta e informe de evaluación que cumpla con las exigencias del artículo 40 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y, de esta manera, determinar la admisibilidad y proceder a la evaluación de las ofertas presentadas. Dicho instrumento será el antecedente necesario para efectos de fundar el acto administrativo conclusivo del procedimiento concursal iniciado por este llamado a licitación, sea a través de la declaración de adjudicación, inadmisibilidad o deserción, según corresponda. La Comisión Evaluadora emitirá un Informe de Evaluación que debe contener las menciones del artículo 40 bis del Reglamento de la Ley N°19.886, el cual será dirigido a la Vicepresidenta Ejecutiva de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, en el que se contendrá lo siguiente: A. Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. B. Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes bases, especificando cuáles son los requisitos que se están incumplimiento. C. La proposición de declarar la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Institución, dejando expresamente constancia de los motivos que se tienen a la vista para considerar las ofertas como no convenientes. D. La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. E. La proposición de adjudicación, dirigida a la Vicepresidenta Ejecutiva del Servicio. Los miembros de la Comisión de Evaluación no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. La comisión evaluadora o el Encargado del proceso de compras, a requerimiento de esta última, durante el proceso de evaluación de las ofertas, podrá solicitar aclaraciones a los proponentes a través del foro dispuesto al efecto en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y de Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], siempre y cuando éstas no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Se prohíbe que los funcionarios que integren las Comisiones evaluadoras concedan reuniones a terceros- oferentes o no- sobre materias vinculadas a la evaluación del actual proceso licitatorio. De manera excepcional, el contacto que podrán mantener los oferentes, tanto con la entidad licitante en su totalidad (JUNJI), como la comisión evaluadora, en particular, sólo podrá referirse a los aspectos indicados en el artículo 39 del Reglamento de la Ley N°19.886. En virtud de lo dispuesto por el Artículo 62, N°5, de la Ley N°18.575, los miembros de la comisión evaluadora deberán abstenerse de recibir donativos mientras integren la referida comisión, salvo aquellos oficiales y protocolares, y los considerados por la costumbre como manifestaciones de cortesía y buena educación. 13. EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS Los criterios de evaluación de las ofertas, los puntajes y las ponderaciones que se asignarán a cada uno de ellos, serán los que a continuación se indican, prorrateando su ponderación, es decir, repartiendo proporcionalmente el porcentaje obtenido en relación con la ponderación que le sea asignada. FACTORES PARA EVALUAR CRITERIOS PONDERACIÓN (%) Precio del servicio ajustado al requerimiento 50 Propuesta con especificaciones técnicas requeridas 35 Experiencia del oferente 10 Requisitos Formales 5 TOTAL 100% El detalle de los criterios de evaluación de las ofertas, sus puntajes y ponderaciones asignados a cada uno de ellos, serán los siguientes: A. PRECIO (50%) (Anexo N°4) Los oferentes deberán presentar sus propuestas económicas de acuerdo con el formato del ANEXO Nº4, “Formato para Presentación de Oferta Económica” de las presentes bases. Estas propuestas serán evaluadas a través de la aplicación de la siguiente fórmula: Puntaje Económico Ponderado = OPM * 100 *0,50 OE Dónde: OPM: Es el precio menor de todas las ofertas evaluadas. OE: Es el precio de la oferta evaluada. 100: Es el puntaje mayor. B. PROPUESTA TÉCNICA (35%) (Anexo N° 5) CUMPLIMIENTO DE LAS ESPECIFICACIONES TÉCNICAS Notas El oferente cumple con todas las especificaciones técnicas requeridas 100 El ofertante No cumple con todas las especificaciones técnicas requeridas 0 C.EXPERIENCIA (10%) (Anexo N° 6) Servicio de Impresión similares los últimos 5 años Notas Más de 20 Servicios 100 Entre 10 a 19 servicios 50 Entre 1 a 9 servicios 10 No informa o no se puede demostrar 0 D. REQUISITOS FORMALES (5%). En este criterio se evaluará que el proveedor presente en su oferta toda la documentación requerida, dentro de los plazos determinados en el cronograma y de acuerdo con el punto 10 y 11 de las presentes bases. CUMPLIMIENTO DE LOS REQUISITOS FORMALES EN LA PRESENTACIÓN DE LAS OFERTAS Notas El oferente cumple con todos los requisitos de presentación de la oferta dentro del plazo establecido 100 El ofertante cumple con todos los requisitos de presentación de la oferta en el plazo adicional otorgado por la JUNJI, de acuerdo con el punto N° 10 de las bases administrativas. 50 El ofertante no presenta antecedentes o certificaciones que se solicitaren para acreditar un criterio de evaluación no mutable entre el periodo de vencimiento del plazo para presentar ofertas y el periodo de evaluación, o presenta una certificación o antecedente evaluable producido con posterioridad al vencimiento del plazo inicial de la presentación de las ofertas. 0 14. MECANISMO DE RESOLUCIÓN DE EMPATES De producirse una igualdad en el resultado final de la evaluación entre los puntajes finales de dos o más oferentes, se considerará como criterio de desempate el puntaje obtenido en el criterio “Precio” (mayor puntaje). De ser necesaria la aplicación de un siguiente criterio, se considerará el puntaje obtenido en “Propuesta Técnica” (mayor puntaje). Y de ser necesario, se continuará en función de los puntajes de “Experiencia” y “Mayor puntaje en formalidad”. 15. DECISIÓN DE LA LICITACIÓN La entidad licitante declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando estas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. La Junta Nacional de Jardines Infantiles, aceptará la propuesta más ventajosa, adjudicando la totalidad del servicio al proveedor que presente la propuesta más ventajosa, publicada en portal www.mercadopublico.cl, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes, establecidos en las presentes Bases Administrativas. La Junta Nacional de Jardines Infantiles no estará obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor, asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas, cuando no reúnan los requisitos establecidos en estas Bases Administrativas y/o Técnicas, y declarar desierta la licitación si no se presentaren oferentes o si las ofertas presentadas no fueren convenientes a los intereses de la Institución. En caso de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles no realice la adjudicación dentro del plazo señalado en el cronograma contenido en el punto 4 de estas bases, se estará conforme a lo señalado en el inciso 2° del artículo 41, del Decreto N°250, del 2004, del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba el Reglamento de la Ley N°19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicio”, que establece que “cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases de licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta posibilidad”. La Institución no podrá adjudicar la licitación a una oferta que no cumpla con lo requerido en las bases técnicas de la presente licitación, entendiéndose que lo señalado en ellas constituye lo mínimo requerido por la JUNJI. En caso de que el adjudicado en primer lugar no de cumplimiento a los requerimientos para contratar, se podrá adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado, declarar desierta la licitación si no se presentaren oferentes o si las ofertas presentadas no fueren convenientes a los intereses de la institución. La adjudicación se materializará a través de una Resolución Exenta de la Vicepresidenta Ejecutiva, basado en el informe de la comisión de evaluación de la propuesta. La Sección de Compras a través de la Oficina de Compras emitirá la respectiva Orden de Compra por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, a través del sitio www.mercadopublico.cl y su aceptación por parte del oferente adjudicado, a través del mismo sitio, en un plazo no superior a 24 horas, esto una vez emitida resolución exenta que apruebe el respectivo contrato. 16. READJUDICACIÓN De conformidad al artículo 41 inciso final del Reglamento de la Ley N°19.886, si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el artículo 63 del Reglamento, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. 17. NOTIFICACIONES El acto administrativo decisorio referente al presente procedimiento concursal será publicado en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl], en la fecha indicada en el cronograma de esta licitación y se entenderá notificado desde las 24 horas siguientes a su publicación. 18. GARANTÍA DE FIEL Y OPORTUNO CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO Y CONDICIONES LABORALES Para garantizar el fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el pago de obligaciones laborales y sociales y eventuales multas o demás sanciones, el proveedor contratado deberá presentar una garantía por un valor equivalente al 5% del valor total de la contratación, la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines, RUT Nº 70.072.600-2, pagadera a la vista, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de 60 días hábiles, posteriores a la fecha máxima de término del servicio. La boleta de garantía, el vale vista o depósito a la vista, la póliza de seguro electrónica, el certificado de fianza a la vista o cualquier instrumento que asegure el cobro de la garantía de manera rápida y efectiva – siempre que tenga el carácter de irrevocable y pagadera a la vista –, serán aceptados como instrumentos válidos de garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y del pago de obligaciones laborales y sociales. En caso de tratarse de una Póliza de Seguro, deberá además ser de ejecución inmediata, sin liquidador, ni cláusula de arbitraje, emitida por una compañía aseguradora inscrita en la Comisión de Mercado Financiero (ex Superintendencia de Valores y Seguros de Chile), extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles y que deberá cubrir, ya sea a través de endoso o cláusula, el importe por las multas derivadas de incumplimientos a estas Bases de Licitación, o en su defecto, no deberá considerar en sus cláusulas la exclusión de dichos importes. En este caso, previo a su entrega, el Prestador del Servicio deberá acreditar haber pagado la totalidad de la prima correspondiente al período de vigencia de la Póliza respectiva. El documento deberá ser entregado físicamente, o bien, enviado por correo certificado y recibido en la Oficina de Partes de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ubicada en calle Marchant Pereira 726, comuna de Providencia, dentro del plazo de cinco (03) días hábiles desde la notificación indicada en el punto Nº 17 de estas Bases Administrativas, en el siguiente horario: Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 horas. Día viernes : De 08:30 hasta las 16:30 horas. La regla precedente no rige respecto a las garantías emitidas electrónicamente, tales como, póliza de seguro electrónica, certificado de fianza electrónico o similares, las que deberán remitirse directamente a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas (www.mercadopublico.cl) o, en su defecto, enviar a través de correo electrónico (garantias_partes@junji.cl) dentro del plazo antes indicado. En caso que se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley 19.799, sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación. La garantía deberá indicar en su texto lo siguiente: “En garantía de fiel cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales, sociales y eventuales multas, para la contratación del “SERVICIO DE IMPRESIÓN DE LIBRETA DE COMUNICACIONES” para la Junta Nacional de Jardines Infantiles ID ______”. Respecto del vale vista, dicha glosa deberá consignarse en una declaración jurada simple acompañada a tal instrumento, según formato tipo en el Anexo N° 7. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de solicitar la subsanación de cualquier error u omisión formal que se presente en el instrumento de garantía presentado, dentro del plazo previsto para su presentación. Si esta se requiere el último día de ese término, se concederán tres (03) días hábiles para la corrección del documento de garantía. En caso de cobro de la garantía, el proveedor deberá reponer la caución por igual monto y por el mismo plazo de vigencia que la que reemplaza, dentro de los cinco (05) días hábiles siguientes, contados desde el cobro de la primera, so pena del término anticipado del contrato sin derecho a indemnización alguna. La resolución que disponga el cobro de la mencionada garantía deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. Será responsabilidad del contratado mantener vigente la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de pago de obligaciones laborales y previsionales en los términos señalados en la presente licitación. En caso de renovación del contrato, y cuando la boleta tenga una fecha de vencimiento anterior al término de dicha renovación, el contratado deberá reemplazarla, dentro de los últimos cinco (05) días de vigencia de esta, por otra de iguales características, que cumpla con el plazo de vigencia referido, so pena del término anticipado del contrato, sin derecho a indemnización alguna. Mientras se encuentre vigente el contrato, las renovaciones de esta garantía serán de exclusiva responsabilidad del proveedor. El plazo de reemplazo indicado en el párrafo anterior también aplicará para los casos de aumentos, modificaciones, indicados en el punto N° 21.3 de las presentes bases administrativas. La restitución de la respectiva garantía será realizada sesenta (60) días hábiles después de la fecha de término del contrato y su devolución la efectuará la Oficina de Tesorería ubicada en calle Darío Urzúa Nº1938 primer piso, previo visto bueno de la Oficina de Capacitación del Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas. 19. ACREDITACIÓN DEL CUMPLIMIENTO DE OBLIGACIONES LABORALES Y SOCIALES En cada liquidación de pago, el contratista deberá presentar un certificado en que se acredite el cumplimiento de las obligaciones laborales y cotizaciones previsionales por parte de la Empresa adjudicada para con sus trabajadores. Este deberá ser emitido por la Inspección del Trabajo o por empresas autorizadas para extender este tipo de certificados. En caso de que el certificado arroje deudas o saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones previsionales, los primeros estados de pago producto del contrato licitado deberán ser destinadas al pago de dichas obligaciones, debiendo el oferente adjudicado acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del periodo de ejecución del contrato. El incumplimiento de esta obligación, como asimismo la falta de presentación de dicho certificado, habilitará a la Junta Nacional de Jardines Infantiles para poner término al contrato en forma anticipada, hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y obligaciones laborales y sociales y se podrá llamar a una nueva licitación, sin que el oferente adjudicado pueda participar en este nuevo proceso. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Junta Nacional de Jardines Infantiles pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios. El incumplimiento comprende también el cumplimiento tardío o imperfecto de las obligaciones del contratista. 20. REQUISITO DE INSCRIPCIÓN La Junta Nacional de Jardines Infantiles exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado, Registro de Proveedores de Mercado Público (Registro Avanzado o Contratación). En caso de que el oferente seleccionado no se encuentre inscrito y no se inscriba en el Registro establecido en el párrafo anterior a la fecha de suscripción del contrato, se procederá conforme a lo indicado en el punto readjudicación de estas bases, o bien, se declarará desierta la licitación, de acuerdo con los intereses del Servicio. 21. DEL CONTRATO Se suscribirá un contrato de prestación de servicios entre la Junta Nacional de Jardines Infantiles y el adjudicatario, que comenzará a regir desde la total tramitación del acto administrativo aprobatorio de la convención en rigor. El contrato que se suscriba entre las partes se mantendrá vigente desde la total tramitación de las Resolución que apruebe el contrato hasta el total cumplimiento de las obligaciones que contraiga el adjudicatario. El contrato y su vigencia comenzarán a regir a partir de la emisión de la orden de compra respectiva y la aceptación por parte del proveedor en el portal www.mercadopublico.cl. El plazo de ejecución del servicio que propongan los oferentes en su oferta técnica no podrá superar los 30 días hábiles a partir de la aceptación de la Orden de Compra. Sin perjuicio de lo anterior, el plazo efectivo de ejecución del servicio será a partir del V°B° de la maqueta, según lo establecido en punto 3 de las presentes bases técnicas. El plazo de ejecución del servicio podrá ser extendido, por necesidades del servicio y otras razones fundadas. Para estos efectos, la solicitud de prórroga deberá efectuarse por escrito, a lo menos con 30 días corridos de anticipación respecto de la fecha de término inicialmente prevista y estipulada. Será facultad privativa de la Administración acceder a la prórroga del referido plazo. Su firma se realizará en dependencias del Departamento Jurídico, ubicada en calle Marchant Pereira Nº 726, comuna de Providencia, ciudad de Santiago, en el siguiente horario: Lunes a jueves : De 08:30 hasta las 17:30 horas. Día viernes : De 08:30 hasta las 16:30 horas. Y en caso de continuar la situación de emergencia sanitaria, se podrá firmar digitalmente. El plazo para firmar el contrato será el indicado en el punto Nº 4 de las presentes Bases Administrativas, esto es, en el plazo de doce (12) días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo decisorio. 21.1 ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA CONTRATAR El adjudicatario deberá presentar los siguientes antecedentes: a) Fotocopia de la escritura pública o documento legal en la cual constare la personería de él o de los representantes legales del contratante, si procediere. b) Fotocopia del Rol Único Tributario (R.U.T.) vigente del adjudicatario y de la cédula de identidad de su representante legal o persona natural. c) Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, número y año), o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días contados desde la publicación de la resolución que dispone la contratación en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública [http://www.mercadopublico.cl]. d) Suscribir y entregar el Acuerdo de Confidencialidad, según lo estipulado en el numeral 27 de estas Bases Administrativas. e) Garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y de pago de obligaciones laborales, sociales y eventuales multas, según lo establecido en el punto Nº18 de estas Bases Administrativas. Los antecedentes requeridos en los literales a), b) y c) precedentemente indicados no serán exigidos al adjudicatario que se encontrare registrado oficialmente en Registro de Proveedores de Mercado Público [http://www.mercadopublico.cl] (Registro Avanzado o Contratación), y cuya documentación publicada en dicho registro sea la correspondiente y suficiente para la suscripción del contrato respectivo. 21.2 CONSECUENCIA DE LA OMISIÓN DE LOS ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA CONTRATAR. La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá dejar sin efecto el acto administrativo adjudicatorio y disponer la readjudicación de esta licitación al siguiente proponente mejor calificado, o declarar desierta la licitación, si las ofertas presentadas no son convenientes a los intereses de este Órgano de la Administración del Estado, si concurre alguna de las siguientes circunstancias: a) Si el adjudicatario omitiere los antecedentes contemplados en el punto anterior. b) Si el adjudicatario no suscribiere el contrato, por causas que le sean imputables, dentro del plazo contemplado en el punto Nº4 de estas Bases Administrativas. c) Si el adjudicatario no se inscribiere en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado Registro de Proveedores de Mercado Público (Registro Avanzado o Contratación), previo al plazo de suscripción del contrato. 21.3 MODIFICACIONES La JUNJI se reserva el derecho de ordenar al contratista, en cualquier momento durante la vigencia del contrato respectivo, a través de requerimiento escrito emanado del Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas de la Institución, modificaciones del servicio requerido en la presente licitación, lo que deberá sancionarse mediante una resolución fundada. Conforme a lo establecido en el inciso final del artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la posibilidad de modificar el contrato no podrá alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de oferentes, así como tampoco podría aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado. En el caso que se produzca un aumento del contrato, el contratista deberá presentar una nueva garantía de fiel y oportuno cumplimiento de la modificación del contrato, el pago de las obligaciones laborales y sociales y eventuales multas en los términos del artículo 68 del Reglamento de Compras Públicas, con la siguiente glosa: En garantía de fiel cumplimiento del contrato, de las obligaciones laborales, sociales y eventuales multas, para la contratación del “SERVICIO DE IMPRESIÓN DE LIBRETA DE COMUNICACIONES” para la Junta Nacional de Jardines Infantiles ID ______”. Esta garantía adicional debe cumplir los mismos requisitos de la garantía regulada en el numeral 18 de las presentes Bases, es decir, por un valor equivalente al 5% del valor total del respectivo contrato, la cual deberá ser extendida a nombre de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, RUT Nº 70.072.600-2, pagadera a la vista, nominativo, no endosable, irrevocable, expresarse en pesos chilenos, con una vigencia mínima de 60 días hábiles, posteriores a la fecha máxima del término del servicio. Todas las modificaciones acordadas durante el periodo de vigencia del acuerdo respectivo, se incorporarán en nuevos anexos, las que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante del mismo, y comenzarán a regir una vez que el acto administrativo que las sanciona se encuentre totalmente tramitado; lo anterior, sin perjuicio de que en la respectiva convención se consigne, por razones de buen servicio, que las prestaciones que derivan de ella se iniciarán con anterioridad, no obstante que el aumento en el pago derivado de éstas, únicamente podrá efectuarse una vez verificada la total tramitación de dicho acto aprobatorio. 21.4 TÉRMINO ANTICIPADO La Junta Nacional de Jardines Infantiles está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna, respecto del proveedor, si concurriere alguna de las causales que se señalan a continuación: a. El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. b. Si se disuelve la empresa contratista. c. Por incumplimiento de la obligación de confidencialidad establecida en las presentes bases. d. Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. e. Cuando de común acuerdo, la entidad licitante y el respectivo proveedor resuelvan poner término al contrato. f. Si en el ejercicio presupuestario siguiente no existen recursos disponibles para contratar el servicio. g. No existiendo una garantía de fiel cumplimiento de respaldo en cualquier momento. h. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos (02) años, de acuerdo con lo indicado en el punto 20 de esta licitación. i. Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 20% del valor total original del contrato. Se considerará incumplimiento grave cuando el proveedor adjudicado incurra en las siguientes conductas: i. Incumplimiento de los estándares técnicos ofrecidos por el contratista en su oferta; ii. En caso de que el contratista trasgreda la prohibición de ceder, transferir o traspasar en forma alguna parcial o totalmente, a cualquier título, el contrato que suscriba con JUNJI o los derechos y obligaciones emanados de él; iii. No contar con una garantía de fiel y oportuno cumplimiento por el monto y plazo consignado en las Bases durante la vigencia del Contrato, sin perjuicio del término previsto en el punto Nº18 de las presentes Bases Administrativas, para reponer la caución; iv. el incumplimiento de las limitaciones establecidas para la subcontratación.; v. Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 20% del valor total original del contrato. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Junta Nacional de Jardines Infantiles, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El término anticipado del contrato se realizará mediante Resolución fundada, que se publicará en el sistema de información mercado público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada. Procedimiento y Normas aplicables al término contractual anticipado y al cobro de garantías de fiel y oportuno cumplimiento: El procedimiento y normas aplicables al término contractual anticipado y/o ejecución del documento que garantiza el fiel cumplimiento del contrato, corresponde al descrito en el presente numeral. Las notificaciones que deriven de la aplicación de este procedimiento se efectuarán por dos vías: a) Correo electrónico: mediante el cual se le notificará al adjudicatario la hipótesis de término anticipado y/o cobro de garantía de fiel cumplimiento del contrato, con el objeto de que tome conocimiento y realice su defensa por este mismo medio. Lo anterior, en virtud que se trata de un proceso desformalizado, previo a dictar el acto administrativo resolutorio. No obstante, lo anterior, la casilla electrónica también será utilizada como una doble notificación, para remitir a través de ella resoluciones administrativas, ya que, en virtud de la emergencia sanitaria, el funcionamiento de la oficina de partes y correos no ha sido regular, detectándose una demora excesiva en el tránsito de la correspondencia desde la oficina a domicilio determinado. Sin embargo, para efectos de la contabilización del plazo para la defensa del proveedor, se tomará en cuenta desde la notificación de la carta certificada. b) Carta certificada: a través de la cual se le notificará al adjudicatario de los actos administrativos que se dicten durante la ejecución del contrato, como el término anticipado del contrato, y /o cobro de garantía de fiel cumplimiento del contrato, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su ingreso para despacho en oficina de Correos que corresponda. Los antecedentes que pudieran justificar la aplicación de una (o ambas) de estas medidas, serán remitidas en un informe, por el Supervisor técnico del contrato de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, al contratista adjudicado. Dicho informe contendrá el detalle del incumplimiento que dan origen al procedimiento, precisando la normativa de las bases de licitación y contrato que se trasgrede. El informe y los antecedentes serán notificados por correo electrónico y mediante carta certificada al domicilio indicado en el contrato. El proveedor dispondrá de un plazo fatal de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la carta certificada, para presentar sus descargos, respondiendo al mismo correo institucional recibido, o bien, por escrito a través de la oficina de partes, dirigido al Supervisor Técnico del Contrato de la Junta Nacional de Jardines Infantiles domiciliado para estos efectos en las dependencias de la Dirección Nacional ubicada en Marchant Pereira N°726, Providencia. Trascurrido este plazo, y con los antecedentes que la JUNJI disponga y lo que el proveedor haya aportado, la autoridad competente resolverá sobre los hechos, definiendo en su caso la procedencia de estas. La Resolución Fundada que se emita al efecto será notificada al proveedor en virtud del artículo 46 de la Ley 19.880 y por correo electrónico. La Resolución será impugnable mediante los recursos establecidos en el artículo 59 de la Ley 19.880, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de aquélla. Puesto término anticipado a un contrato por cualquiera de las causales señaladas en el N° 21.4, salvo las estipuladas en las letras e) y f) del mismo acápite, se ejecutará la garantía de fiel cumplimiento del contrato, sin derecho a indemnización o devolución de los saldos respectivos. Adicionalmente, el proveedor deberá responder de las multas que corresponda por el atraso que se produzca o cualquier otro perjuicio que resultare para la JUNJI con motivo de esta terminación, que se pudiere hacer valer en Tribunales. Todo, sin perjuicio de las acciones que la JUNJI pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El término anticipado del contrato no dará lugar al pago de indemnización en favor del contratista. La resolución que disponga el término anticipado del contrato deberá, en todo caso, estar debidamente fundada. 21.5 DE LA SUPERVISIÓN DEL CONTRATO La supervisión administrativa de la relación contractual estará a cargo de la Oficina de Compras, y la supervisión técnica estará a cargo del Departamento de Comunicaciones y Ciudadanía de la Dirección Nacional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles. El responsable de la Supervisión Técnica deberá: - Supervisar y controlar el desarrollo de la prestación de los servicios, velando por el cumplimiento de sus objetivos y plazos acordados. - Proporcionar la información necesaria a la empresa adjudicada para la correcta prestación. - Revisar y aprobar los trabajos finales, y certificación de estos según corresponda. - Solicitar a la autoridad competente, el término anticipado del contrato en caso de requerirlo la institución ya sea por incumplimiento o por motivos presupuestarios. - Solicitar a la autoridad competente la aplicación de multas por incumplimiento. - Solicitar ampliación, disminución o modificación del servicio en caso de así requerirlo la institución. - Otorgar su conformidad previa al pago. El responsable de la Supervisión Administrativa deberá: - Supervisar y poner a disposición de la contraparte técnica el mecanismo para evaluar el servicio contratado. - Brindar las herramientas administrativas para apoyar la toma de decisión de la contraparte técnica - Mantener disponible los antecedentes de la licitación tanto para la JUNJI, como para el proveedor. - Realizar los actos administrativos que se deriven de la toma de decisión por parte de la contraparte técnica. 22. DEL PAGO La JUNJI, por los servicios requeridos, pagará al contratista la suma bruta única y total que se determinará de acuerdo con lo indicado por el contratista en su oferta económica. Se pagará la totalidad del valor de la Orden de Compra previa recepción conforme de los productos en las respectivas bodegas regionales. El pago se realizará, contra presentación del documento tributario a cobro, dentro del plazo de treinta (30) días corridos siguientes a contar de la recepción conforme de los servicios contratados. El monto de la contratación dependerá de lo indicado en la oferta económica del oferente. La factura electrónica que deberá llevar consignado el Nº de orden de compra asociado al proceso de compras, solo podrá ser emitida después que se haya dado la visación por parte de la Sección de Logística del Departamento de Recursos Financieros, y deberá ser remitida en formato XML al correo electrónico junjirecepcion@custodium.com o el que se indique en su reemplazo, conforme a las indicaciones del Servicio de Impuestos Internos. La recepción conforme y aceptación de facturas o documentos electrónicos tributarios (DTE) de cobro, se realizarán dentro del plazo de 8 días corridos desde su recepción en el Servicio de Impuestos, a través del Registro de Aceptación y Reclamo dispuesto por el Servicio, conforme lo establecido en el artículo 3°de la Ley 19.983. Serán requisitos excluyentes para la aceptación de documentos tributarios electrónicos (DTE) los siguientes: • La orden de compra respectiva debe encontrarse en estado” ACEPTADA” en el portal www.mercadopublico.cl. • Debe existir Recepción Conforme de la Institución de los bienes y/o servicios, para lo cual el proveedor sólo podrá emitir un DTE previa aprobación de la Unidad responsable según lo establecido en las condiciones de contratación. • El DTE debe incluir en su contenido el número de orden de compra, en formato idéntico al generado por Mercado Público, respetando estrictamente la separación por guiones. • El número de orden de compra debe señalarse en el “Campo o TAG” . • El archivo XML deben ser enviados al correo electrónico junjirecepcion@custodium.com, casilla exclusiva para la recepción de DTE. Todo documento tributario que no cumpla con las condiciones señaladas previamente será RECLAMADO automáticamente en el Servicio de Impuestos Internos, perdiendo así su título ejecutivo, y quedará bajo responsabilidad del proveedor su regularización mediante la emisión de una Nota de Crédito que anule el documento RECLAMADO y emitiendo uno nuevo que cumpla con las condiciones señaladas. El proveedor podrá emitir el documento tributario electrónico al tercer día, posterior a la recepción conforme del producto y/o servicio entregado por nuestra Institución. La Junta Nacional de Jardines Infantiles no entregará anticipos de ninguna especie. Dado que el pago se está realizando de forma centralizada por la Tesorería General de la República, todos los pagos deben ser consultados en su página principal https://www.tgr.cl, opción “Institución y Proveedores”, posteriormente seleccionar “Proveedores”. La Tesorería General de la República efectuará el pago vía transferencia cuenta corriente, para lo cual el proveedor deberá indicar el número de cuenta corriente, el banco, razón social, RUT y el correo electrónico. Si el oferente quisiese utilizar la alternativa de factorizar su factura, podrá hacerlo una vez que haya sido prestado el servicio y aceptada la factura electrónica en el Registro de Aceptación y Reclamo del SII. La Junta Nacional de Jardines Infantiles validará la cesión de créditos a través del Registro Electrónico de Cesión de Créditos del SII y la descarga del respectivo certificado. Si el oferente quisiese utilizar la alternativa de factorizar su factura, de acuerdo con lo indicado en el artículo 4° inciso primero letra b) de la ley 19.983, podrá hacerlo una vez que la Contraparte Técnica de la JUNJI haya recepcionado conforme el producto o servicio final, informando oportunamente a la Junta Nacional de Jardines Infantiles de los contratos de factoring que haya suscrito. En aquellos pagos acordados a treinta (30) días, se entenderá por oportuna aquella información realizada a lo menos con quince (15) días de anticipación a la fecha de pago. No obstante, lo señalado precedentemente, y en virtud de lo prescrito por el artículo 75 del Reglamento de la Ley de Compras Públicas, mediante el cual se obliga a las entidades licitantes a cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus contratistas, la Institución debe verificar la notificación oportuna de dicho contrato y que no existan obligaciones o multas pendientes. El documento tributario electrónico que se utilicen como guía de despacho, deberán ser emitidos el mismo día se efectúe la entrega real o simbólica de las especies, y en el caso que la entrega sea posterior a la emisión de este, el proveedor deberá anular la factura y reemitir una nueva. El pago de los documentos tributarios electrónico se está realizando de forma centralizada por la Tesorería General de la Republica 30 días corridos posterior a la recepción del documento electrónico ante el SII. 23. DE LAS MULTAS En caso de no cumplir con la entrega del servicio, el proveedor se hará acreedor a una multa equivalente al 0,5% del valor neto del servicio por cada día hábil de atraso en la entrega del servicio, lo que se cargará administrativamente a la facturación. 23.1 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN DE MULTAS El proceso de aplicación de multas se ceñirá al procedimiento de Descargos establecido en el artículo 79 ter del Reglamento de la Ley de Compras, el cual se efectuará por vía administrativa y podrá iniciarse en cualquier tiempo mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción de la acción para ello. Estas multas no serán aplicadas en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, las cuales el proveedor adjudicado deberá reportar mediante correo electrónico, una vez tomado conocimiento del hecho y hasta 5 días corridos contabilizados desde su ocurrencia, dirigido al Supervisor Técnico del Contrato con copia a la Oficina de Gestión y Administración de Contratos (ofadmincontratos@junji.cl), informando del incidente y las medidas que se tomaran para restablecer la ejecución del servicio, las cuales deben comprender tiempo de demora y fecha de entrega. Recibida dicha comunicación, el Supervisor Técnico elaborará un informe que respalde la aprobación o rechazo de la causal alegada por el proveedor adjudicado, remitiendo todos los antecedentes a Vicepresidencia Ejecutiva, quien a su juicio podrá aceptarla o rechazarla, total o parcialmente, dictando una resolución fundada que así lo disponga. Se entenderá por caso fortuito o de fuerza mayor: - Que el hecho sea imprevisto, inesperado, sorpresivo e insuperable. - Que el hecho sea atribuible a un tercero, no dependiente del contratista. En el caso que correspondiera otorgar aumento de plazo por caso fortuito o fuerza mayor, no habrá derecho a indemnización ni compensación económica de ninguna especie para el proveedor de cargo de la JUNJI. Notificaciones del procedimiento de aplicación de multas Las notificaciones que deriven de la aplicación de este procedimiento se efectuarán por dos vías: a) Correo electrónico: mediante el cual se le notificará al adjudicatario la hipótesis de incumplimiento, con el objeto de que tome conocimiento y realice su defensa por este mismo medio. Lo anterior, en virtud que se trata de un proceso desformalizado, previo a dictar la resolución que cursa la multa. No obstante, lo anterior, la casilla electrónica también será utilizada como una doble notificación, para remitir a través de ella resoluciones administrativas, ya que, en virtud de la emergencia sanitaria, el funcionamiento de la oficina de partes y correos no ha sido regular, detectándose una demora excesiva en el tránsito de la correspondencia desde la oficina a domicilio determinado. Sin embargo, para efectos de la contabilización del plazo para la defensa del proveedor, se tomará en cuenta desde la notificación de la carta certificada. b) Carta certificada: a través de la cual se le notificará al adjudicatario del acto administrativos que aplica multa dictado durante la ejecución del contrato, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su ingreso para despacho en oficina de Correos que corresponda. Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte del área a cargo de la supervisión técnica del contrato o del funcionario responsable, se le comunicará al Departamento de Recursos Financieros, para que proceda a notificar al adjudicatario lo siguiente: i. infracción detectada; ii. los hechos que la constituyen; y iii. el monto de la multa a aplicar mediante correo electrónico a la casilla que el proveedor registre en la plataforma www.mercadopublico.cl o bien a aquella de la cual la institución tenga conocimiento, y paralelamente notificará a través de carta certificada a la dirección consignada en el contrato respectivo, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su ingreso para despacho en oficina de Correos que corresponda, haciendo presente que la contabilización del plazo para la defensa del proveedor será a partir de norma citada precedentemente, relativa a la carta certificada. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles completos, para efectuar sus descargos ante el Departamento de Recursos Financieros de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, para lo cual puede responder al mismo correo institucional recibido, y acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes, o bien remitir los antecedentes físicos mediante carta certificada, o en sobre cerrado entregado en la oficina de partes de la Institución, ubicada en Marchant Pereira N° 726, comuna de Providencia. Vencido el plazo sin presentar descargos, la JUNJI dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la JUNJI tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante Resolución o Acto Administrativo fundado, lo que se notificará al adjudicatario, por correo electrónico y carta certificada. En caso de que los descargos no sean admitidos, se cursará la multa correspondiente a través de una Resolución, la cual, en todo evento, deberá estar debidamente fundada. Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor podrá disponer del mecanismo de impugnación contemplado en el artículo 59 de la Ley 18.880. La multa aplicada se deducirá preferentemente del pago más próximo; luego de la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, sin forma de juicio; y finalmente, se cobrarán judicialmente, en su caso. La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá aplicar multas hasta por un total del 20% del monto neto del contrato. Sin perjuicio de lo anterior, una vez alcanzado el límite establecido, tendrá la facultad de poner término anticipado al contrato y hacer efectiva la Garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato. La garantía de Fiel y Oportuno cumplimiento del Contrato podrá hacerse inmediatamente efectiva sin necesidad de requerimiento, ni acción judicial, ni arbitral alguna, en los siguientes casos: i) Cuando incurra en alguna de las causales de término anticipado de contrato imputables al adjudicatario; ii) Cuando el proveedor incurra en alguna de las causales de incumplimiento grave, en los términos definidos en el punto 21.4 de las presentes Bases sobre término anticipado de contrato; y iii) Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 20% del valor total del contrato; en ambos casos implica además el término anticipado del contrato. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, la JUNJI podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal. 24. EVALUACIÓN DE PROVEEDORES Al término de la entrega del servicio, el Departamento de Comunicaciones y Ciudadanía de la Dirección Nacional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, calificará el comportamiento que haya tenido el oferente adjudicado a través del sistema denominado “Evaluación de Proveedores”. La información obtenida servirá de base para: - Respaldo de término anticipado de contrato si procediere. - Futuras evaluaciones que sea objeto el proveedor. Para el caso que el proveedor seleccionado, incurriesen incumplimientos y/o sanciones contractuales, formalizadas mediante acto administrativo, producto de la presente contratación. La Junta Nacional de Jardines Infantiles, a través de la Sección de Abastecimiento, deberá registrar dicho incumplimiento (adjuntar acto administrativo), en el campo “Comportamiento Contractual” de la ficha del proveedor, en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Dicha gestión tendrá como finalidad la de mantener un puntaje actualizado en la ficha electrónica, respecto de los contratos que registra el proveedor en el último período y así, poder utilizar dicho puntaje en próximas contrataciones, en caso de requerir, siempre y cuando las Bases Administrativas y Técnicas del proceso las permitan. 25. SUBCONTRATACIÓN En caso de que, para el cumplimiento de la presente licitación, el oferente requiera subcontratar a otra empresa, junto con indicarlo claramente en su oferta, deberá proporcionar los antecedentes que la identifique, incluyendo aquellos que acreditan que no se encuentran afectados por ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 92, en relación con lo indicado en numeral 2 del inciso segundo, del artículo 76, ambos del Reglamento de la Ley N° 19.886, (presentando Anexo N°2). Asimismo, deberá indicar qué parte del trabajo será realizada por la empresa subcontratada. El monto total de los servicios subcontratados en su conjunto no debe exceder del 30% del monto total del contrato celebrado con el contratista. En todo caso, el contratista no podrá pretender modificaciones de especificaciones, de precios, o de plazos. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho de objetar fundadamente a un subcontratista. Si durante la vigencia del contrato, fuere necesario efectuar subcontrataciones, el contratista deberá informar previamente a la JUNJI, a través del Supervisor del Contrato, quien deberá autorizar la subcontratación, y se deberá dar cumplimiento con los mismos requisitos y limitaciones señalados en los párrafos 1 y 2 del presente punto. El contratista será el único responsable ante la Junta Nacional de Jardines Infantiles del cumplimiento de los servicios de la presente licitación. 26. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y TRANSFERENCIAS El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nazcan del desarrollo de la presente licitación y en especial los establecidos en el contrato definitivo. 27. INFORMACIÓN CONFIDENCIAL A fin de resguardar la información que estará en conocimiento del proveedor adjudicado para la ejecución de todas las actividades necesarias para llevar a cabo el objeto de esta licitación estarán sujetos a guardar confidencialidad de los referidos antecedentes, de manera que ni el contratista, ni las personas que se desempeñen en su nombre con ocasión a la presente licitación, podrán difundir ni comentar los contenidos y resultados con personas ajenas a él. Para estos efectos el/la representante legal de los oferentes manifestarán mediante declaración jurada contenida en el Anexo N°1, su conformidad con estas obligaciones de confidencialidad y el proveedor adjudicado deberá suscribir el Acuerdo de confidencialidad del Anexo N°9. 28. DOMICILIO Para los efectos de la presente licitación y suscripción del contrato respectivo, las partes fijan domicilio en la ciudad de Santiago de Chile.
BASES TÉCNICAS
BASES TÉCNICAS: “SERVICIO DE IMPRESIÓN DE LIBRETA DE COMUNICACIONES PARA LA JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES”. 1. DESCRIPCIÓN DEL REQUERIMIENTO Se solicita trabajo de impresión de 93.501 ejemplares de la Libreta de Comunicaciones 2022 de la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), además de su empaquetado según nómina a entregar y distribución nacional a un punto por región. 2. DETALLE DEL SERVICIO Cantidad: 93.501 ejemplares TAPAS Formato: 16 ancho x 22 cm cerrado (32x22cm extendida) Impresa a 4/4 color, en cartulina Dúplex reverso blanco de 350gr, más polipropileno mate en tiro y retiro. INTERIOR Formato: 16 ancho x 22 cm alto. 76 páginas interior en papel bond de 80 gr. Orden y detalle páginas interior: 76 páginas en total: - 10 páginas (5 hojas) impresa a 4/4 color CMYK= Hojas iniciales de la libreta. - 2 páginas impresa (1 hoja) a 1/1 Color Pantone y hoja con prepicado paralelo al lomo = ubicación en páginas 12 y 11 de la libreta. - 64 páginas impresa (32 hojas) a 2/2 color pantone= Resto de las hojas. *Se seleccionarán dos colores pantone para utilizar. + BOLSILLO formato 32 x 32 cm extendido. Papel hilado de 140 gr sin impresión en cartulina (ubicación en la parte final del interior de la libreta) Encuadernación: anillo doble cero a los 22 cm color blanco o transparente. * Inmediatamente emitida la OC, enviar pantonera en calidad de préstamo a la diseñadora, quien entregará la dirección de despacho en la comuna de Ñuñoa, Santiago. *Considerar envío de 2 pruebas de color para V°B° a 2 direcciones diferentes en Santiago, una en Ñuñoa y otra en La Reina. 3. DETALLE DE LA ENTREGA • El plazo para entrega en todas las regiones será de 30 días hábiles una vez dado el V°B° definitivo a la maqueta. • El despacho se realizará en todas las bodegas JUNJI regionales, a un punto por región. • Previo a la entrega, el proveedor deberá coordinarse con antelación con las bodegas regionales para realizar el despacho del producto. • Las libretas se entregarán empaquetas por región según nómina adjuntada. • El etiquetado deberá contener: nombre del material, cantidad, región, dirección y OC. 4. DISTRIBUCIÓN: REGIONES Distribución Libretas Comunicaciones 2022 Tarapacá 2.802 Antofagasta 3.735 Atacama 2.160 Coquimbo 6.894 Valparaíso 9.894 Lib.Bdo. O'Higgins 4.412 Del Maule 6.836 Bío Bío 7.356 Araucanía 6.195 Los Lagos 4.631 Aysén 1.534 Magallanes 2.796 Metropolitana 27.263 Los Ríos 2.101 Arica y Parinacota 3.082 Ñuble 1.710 Comunicaciones 50 CEDOC 50 Total general 93.501 5. DETALLE CONTACTOS Y DIRECCIONES: REGION ENCARGADO BODEGA / APOYO A CONTACTO TELEFONO CORREO DIRECCION TARAPACA/IQUIQUE OSCAR VILLA ALBORNOZ 572542013 ovilla@junji.cl BERNARDINO GUERRA 2129 ANTOFAGASTA HERVOJ GARAY GARAY 552571211 Hgaray@junji.cl SUCRE 500 ATACAMA/COPIAPO CARLOS CHINGA FERREIRA 522523019 cchinga@junji.cl PANAMERICANA SUR 425 LOCAL B-3 COQUIMBO/LA SERENA JORGE GALLOSO PIZARRO 512563415 jgalloso@junji.cl SECTOR PUERTO SECO, RUTA D-43 GALPON17, COQUIMBO VALPARAISO/VIÑA DEL MAR FRANCO IGNACIO GONZALEZ MORENO 56 9 4491 5117 figonzalez@junji.cl CAMINO INTERNACIONAL 5100 BODEGA A-11 RANCAGUA/LIB. B OHIGGINS BERNARDO ARAVENA VICENCIO 722958398 baaravena@junji.cl MANUEL MONTT 4060, KM 90 LONGITUDINAL SUR BODEGA N°34, RANCAGUA MAULE/TALCA FABIOLA PIGATTI SANCHEZ 712516041 fpigatti@junji.cl RUTA 5 SUR KM 253 LADO ORIENTE CONCEPCION/BIO-BIO LEOPOLDO ALBERTO ENRIQUEZ VILLALOBOS 4121256280 lenriquez@junji.cl CAMINO A CORONEL KM10, MEGACENTRO BODEGA 19-E, SAN PEDRO DE LA PAZ ARAUCANIA/TEMUCO CHRISTIAN MOISES BAIER CARRASCO 452991389 chbaier@junji.cl HUERFANOS 01871 LOS LAGOS/PUERTO MONTT JAIME COLIL YEFI 652387045 jcolil@junji.cl CAMINO ALERCE SECTOR LA VARA S/N, FRENTE COLEGIO INNOVASUR AYSEN/COYHAIQUE JOSE LUIS CHACANA ARREDONDO 672237330 jchacana@junji.cl RIQUELME 395 MAGALLANES/PUNTA ARENAS RENE CALISTO ACOSTA 612228222 rcalisto@junji.cl AVDA LOS FLAMENCOS 0901 METROPOLITANA * CRISTOFER DEL RIO cdelrio@junji.cl SALVADOR ALLENDE 105, SAN JOAQUIN LOS RIOS/VALDIVIA JUAN MARCELO TRIVIÑOS MORALES 632557549 jtrivinos@junji.cl AVENIDA BALMACEDA 6555 ARICA ADRIAN ANDRES PEREZ FLORES 582578765 aaperez@junji.cl AVENIDA SANTA MARIA N° 2163 ÑUBLE EMILIO VALENZUELA PEREZ 422436340 nrojas@junji.cl CALLE BULNES 1033, CHILLAN DIRECCIÓN NACIONAL * FRANCISCO MUÑOZ BECERRA, 226545901 fnmunoz@junji.cl SALVADOR ALLENDE 105, SAN JOAQUIN * El proveedor debe solicitar el agendamiento para entrega de los productos, al correo Recepción Logistica Dirnac "recepcioncd_dirnac@junji.cl"