Licitación ID: 599-73-LE22
CURSO“DISEÑO Y ARQUITECTURA DE AULAS VERDES”
Responsable de esta licitación: JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES, JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Reclamos recibidos por incumplir plazo de pago: 16
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Productos o servicios
1
Capacitación a empleados 1 Unidad
Cod: 86111604
La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), llama a Licitación Pública para la contratación del curso “Diseño y Arquitectura de Aulas Verdes” en Modalidad E-learning, el que tiene como objetivo dotar de conocimientos y herramientas sobre eficiencia  

1. Características de la licitación
Nombre de la licitación:
CURSO“DISEÑO Y ARQUITECTURA DE AULAS VERDES”
Estado:
Desierta (o art. 3 ó 9 Ley 19.886)
Descripción:
La Junta Nacional de Jardines Infantiles JUNJI, llama a Licitación Pública para la contratación del curso “Diseño y Arquitectura de Aulas Verdes” en Modalidad E-learning, el que tiene como objetivo dotar de conocimientos y herramientas sobre eficiencia energética, nuevas tecnologías, paisajismo, espacios de aprendizaje y juego al aire libre, aplicado al diseño y ejecución de proyectos de establecimientos educacionales para la primera infancia JUNJI. El mandante de esta Licitación es la Junta Nacional de Jardines Infantiles, cuyo domicilio para todos los efectos legales de esta convocatoria es calle Morandé N°226, comuna de Santiago, Región Metropolitana, representada por su Vicepresidenta Ejecutiva de la JUNJI. Este proceso de Licitación se realizará a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 19.886, sobre la materia y su Reglamento, según condiciones, normas y políticas del uso del portal de Mercado Público.
Tipo de licitación:
Pública-Licitación Pública igual o superior a 100 UTM e inferior a 1.000 UTM (LE)
Tipo de convocatoria:
ABIERTO
Moneda:
Peso Chileno
Etapas del proceso de apertura:
Una Etapa
Contrato
El contrato se formalizará con la orden de compra
Toma de razón por Contraloría:
No requiere Toma de Razón por Contraloría
Publicidad de ofertas técnicas:
Las ofertas técnicas serán de público conocimiento una vez realizada la apertura técnica de las ofertas.
2. Organismo demandante
Razón social:
JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
Unidad de compra:
JUNTA NACIONAL DE JARDINES INFANTILES
R.U.T.:
70.072.600-2
Dirección:
Morandé 226
Comuna:
Santiago
Región en que se genera la licitación:
Región Metropolitana de Santiago
3. Etapas y plazos
Fecha de cierre de recepción de la oferta: 17-10-2022 20:00:00
Fecha de Publicación: 05-10-2022 17:51:17
Fecha inicio de preguntas: 05-10-2022 19:00:00
Fecha final de preguntas: 11-10-2022 17:00:00
Fecha de publicación de respuestas: 13-10-2022 20:00:00
Fecha de acto de apertura técnica: 18-10-2022 10:00:00
Fecha de acto de apertura económica (referencial): 18-10-2022 10:00:00
Fecha de Adjudicación: 04-11-2022 18:00:00
Fecha de entrega en soporte fisico No hay información
Fecha estimada de firma de contrato No hay información
Tiempo estimado de evaluación de ofertas 5 Días
4. Antecedentes para incluir en la oferta
Adicionalmente, todos los proveedores para ofertar en esta licitación, deberán obligatoriamente confirmar y firmar electrónicamente la Declaración Jurada de Requisitos para Ofertar.
Documentos Administrativos
1.- 6. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Las presentes Bases Administrativas y las Bases Técnicas, junto con los anexos de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su notificación en el Sistema de Información y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl], y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el ANEXO N° 1 la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, aceptarlas, y tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. 7. ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OFERTAR 7.1. Requisito Formal: Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del Estado (Anexo N°2) Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile. No obstante, por aplicación de lo establecido en los artículos 4° de la Ley N° 19.886 y artículo 8 y 10° de la Ley Nº 20.393, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos: a) Quienes al momento de la presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores. b) Quienes hayan sido condenados por delitos establecidos en la Ley 20.393 que “Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas”. c) No haber sido condenado por el Tribunal de defensa de la libre competencia a la prohibición de contratar por el estado (artículo 26, letra d, del DL 211). d) El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (artículo 4° de la ley N°19.886). Los plazos indicados en el cronograma precedente son de días corridos, salvo aquellos en que expresamente se indique como hábiles, entendiéndose como inhábiles los sábados, domingos y festivos. En el evento que el último día del plazo recayera en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente. 4 e) Los funcionarios directivos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquello o éstas formen partes, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o Director(a)es de cualquiera de las sociedades antedichas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, de forma anticipada, y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y condiciones laborales y sociales, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el adjudicatario infractor no podrá participar. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia. Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo Nº2 de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. 7.2. Identificación del oferente (Anexo N°3) Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, según Anexo N°3, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, al momento de ingresar su oferta. Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público, que hayan ingresado la documentación al portal www.mercadopublico.cl. 7.3. Unión Temporal de Proveedores (Anexo N°4) La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan sobre el servicio a contratar. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales, acompañando los siguientes antecedentes: a) Suscribir el Anexo N°4, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. b) Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el anexo de aceptación de las bases (Anexo N°1) y declaración jurada simple de persona natural y/o jurídica (Anexo N°2). c) Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales: a) La Formalización de la Unión Temporal de proveedores, deberá realizarse por escritura pública en procesos iguales o mayores a 1000 UTM, y en procesos menores a 1000 UTM, por instrumento público o privado, la que deberá acompañarse para la firma del contrato. b) La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. 5 c) Cada uno de los ofertes integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en el punto N°22 sobre requisitos para contratar. d) Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión temporal de Proveedores deberán encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público en el plazo indicado en las presentes bases. e) La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación. En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N° 1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N° 250, de 2004, todos del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Compras Públicas. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia. Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N°4 de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl.
Documentos Técnicos
1.- 7.5. Oferta Técnica (Anexos N°6, N°7 y N°8) Los oferentes interesados, deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, un anexo en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio ofertado, la que como mínimo debe considerar lo requerido en las Bases Técnicas solicitadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles e incorporadas a la presente resolución. Los antecedentes referidos a la oferta técnica se deben ingresar al Portal Mercado Público junto a los antecedentes administrativos, con el nombre de “PROPUESTA TÉCNICA” (Anexos N°6, N°7 y N°8). Será responsabilidad de los oferentes proporcionar todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas. Los oferentes que no presenten todos los antecedentes requeridos en las bases administrativas y técnicas no serán evaluados, y serán sus ofertas declaradas inadmisibles.
 
Documentos Económicos
1.- 7.4. Oferta Económica (Anexo N°5) Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en dicho Sistema de Información y en el cronograma respectivo. Para la oferta económica los oferentes deberán llenar el ANEXO N° 5, en el cual se solicita el desglose de la propuesta económica, asociados a las líneas de servicios solicitados, pero además deberá constar con un precio total del contrato, el cual deberá expresarse en pesos. Se entenderá por Precio Total, el valor declarado en el ANEXO N° 5 y que se consignará en el portal de Mercado Público. Dicho valor declarado, deberá cubrir todo el periodo de ejecución del contrato, incorporando todas las acciones necesarias para la entrega del correcto servicio. Para su estimación deben considerar los antecedentes entregados en las presentes bases y sus anexos.
5. Requisitos para contratar al proveedor adjudicado
Persona natural
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.
 
2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.
 
3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.
 
4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.
 
5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.
 
6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.
 
7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.
 
8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).
 
Documentos persona natural
- Fotocopia Legalizada de Cédula de Identidad
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
Persona jurídica
Encontrarse hábil en el Registro de Proveedores, registro que verificará NO haber incurrido en las siguientes causales de inhabilidad:

1 .- Haber sido condenado por cualquiera de los delitos de cohecho contemplados en el título V del Libro Segundo del Código Penal.

2 .- Registrar una o más deudas tributarias por un monto total superior a 500 UTM por más de un año, o superior a 200 UTM e inferior a 500 UTM por un período superior a 2 años, sin que exista un convenio de pago vigente. En caso de encontrarse pendiente juicio sobre la efectividad de la deuda, esta inhabilidad regirá una vez que se encuentre firme o ejecutoriada la respectiva resolución.

3 .- Registrar deudas previsionales o de salud por más de 12 meses por sus trabajadores dependientes, lo que se acreditará mediante certificado de la autoridad competente.

4 .- La presentación al Registro Nacional de Proveedores de uno o más documentos falsos, declarado así por sentencia judicial ejecutoriada.

5 .- Haber sido declarado en quiebra por resolución judicial ejecutoriada.

6 .- Haber sido eliminado o encontrarse suspendido del Registro Nacional de Proveedores por resolución fundada de la Dirección de Compras.

7 .- Haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador.

8 .- Registrar condenas asociadas a responsabilidad penal jurídica (incumplimiento artículo 10, Ley 20.393).

Documentos persona jurídica
- Fotocopia Legalizada del Rut de la Empresa
- Declaración jurada acreditando que no se encuentra afecto al art. 4 inciso 6 de la ley 19.886, en el cual se establece que "ningún órgano de la administración del Estado podrá suscribir contratos administrativos de provisión de bienes y servicios con los funcionarios directivos del mismo órgano o empresa, ni con personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco."
- Certificado de Vigencia de la Sociedad
- (1) Certificado de Boletín de Informes Comerciales
- (1) Certificado de Quiebras/Convenio Judicial
6. Criterios de evaluación
ÍtemObservacionesPonderación
1 Precio Según numeral 13 de las bases 10%
2 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN DICTACIÓN EN FORMACIÓN Según numeral 13 de las bases 20%
3 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN LA TEMÁTICA Según numeral 13 de las bases 25%
4 CALIDAD DE LA PROPUESTA TÉCNICA Según numeral 13 de las bases 40%
5 CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES Según numeral 13 de las bases 5%

7. Montos y duración del contrato
Estimación en base a: Precio Referencial
Fuente de financiamiento: No hay información
Contrato con Renovación: NO
Observaciones Sin observaciones
Plazos de pago: 30 días contra la recepción conforme de la factura
Opciones de pago: Transferencia Electrónica
Nombre de responsable de pago: seguimiento y control
e-mail de responsable de pago: seguimiento.control@junji.cl
Nombre de responsable de contrato: seguimiento y control
e-mail de responsable de contrato: seguimiento.control@junji.cl
Teléfono de responsable del contrato: 56-22-6545000-
Prohibición de subcontratación: Se permite subcontratación
8. Garantías requeridas
No hay información de Garantías
9. Requerimientos técnicos y otras cláusulas
Cláusula de Readjudicación
Si el respectivo adjudicatario se desiste de su oferta, no entrega los antecedentes legales para contratar y/o la garantía de fiel cumplimiento, no firma el contrato o no se inscribe en Chileproveedores en los plazos que se establecen en las presentes bases, la entidad licitante podrá dejar sin efecto la adjudicación y seleccionar al oferente que, de acuerdo al resultado de la evaluación le siga en puntaje, y así sucesivamente, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
Cláusula de Readjudicación
De conformidad al artículo 41 inciso final del Reglamento de la Ley N°19.886, si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el artículo 63 del Reglamento, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original.
Bases Administrativas
OBJETIVO La Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI), llama a Licitación Pública para la contratación del curso “Diseño y Arquitectura de Aulas Verdes” en Modalidad E-learning, el que tiene como objetivo dotar de conocimientos y herramientas sobre eficiencia energética, nuevas tecnologías, paisajismo, espacios de aprendizaje y juego al aire libre, aplicado al diseño y ejecución de proyectos de establecimientos educacionales para la primera infancia JUNJI. El mandante de esta Licitación es la Junta Nacional de Jardines Infantiles, cuyo domicilio para todos los efectos legales de esta convocatoria es calle Morandé N°226, comuna de Santiago, Región Metropolitana, representada por su Vicepresidenta Ejecutiva de la JUNJI. Este proceso de Licitación se realizará a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contrataciones Públicas www.mercadopublico.cl, de acuerdo con lo establecido en la Ley Nº 19.886, sobre la materia y su Reglamento, según condiciones, normas y políticas del uso del portal de Mercado Público. 2. DETALLE DEL SERVICIO Y ESPECIFICACIONES TÉCNICAS El detalle del servicio requerido se encuentra descrito en las Bases Técnicas para la contratación del curso “Diseño y Arquitectura de Aulas Verdes” en Modalidad E-learning que se aprueban por esta Resolución. Esta Licitación se adjudicará a un sólo oferente, por el periodo de tiempo detallado en estas bases, desde la total tramitación de la Resolución Aprobatoria del contrato, una vez emitida y aceptada la orden de compra respectiva a través del portal www.mercadopublico.cl. 3. NATURALEZA Y MONTO DE LA PROPUESTA La presente licitación es de carácter público. Las propuestas deben estar expresadas en la ficha electrónica en pesos, de acuerdo al ANEXO N° 5 de las presentes Bases. En todo caso, las ofertas serán evaluadas en pesos. El monto de la propuesta no deberá incluir impuestos, considerando la operatividad del portal [https://www.mercadopublico.cl]. No obstante, los oferentes deberán tener presente que, al momento que la Junta Nacional de Jardines Infantiles realice la evaluación comparativa de las ofertas económicas, exigirá en el anexo respectivo la consideración del IVA a las ofertas, si es que la contratación en cuestión estuviere gravada con tal tributo que deberá señalarse en cada oferta. El presupuesto estimado por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles para la contratación antes mencionada alcanza la suma de $6.650.000.- (seis millones, seiscientos cincuenta mil pesos) IVA incluido, no obstante que, el valor definitivo será declarado en la Resolución Exenta de Adjudicación, la cual será en función del presupuesto efectivamente asignado. 4. CRONOGRAMA DE LA LICITACIÓN Las etapas y fechas de la Licitación son las que se detallan a continuación y que además serán publicadas en el sistema de www.mercadopublico.cl: ETAPAS PLAZOS* Publicación en el Sistema de Mercado Público Dentro de los dos (02) días hábiles, desde la recepción por parte de la Oficina de Gestión de Compras, de la Resolución totalmente tramitada que autorice las presentes bases, rigiendo la notificación a los interesados conforme a lo dispuesto en el artículo 6 del Reglamento de la Ley N° 19.886. Consultas de los Proveedores Dentro de los tres (03) días siguientes a la publicación en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl de la resolución que llama a licitación. Respuesta a Consultas y/o Aclaraciones Al segundo (02) día hábil siguiente al cierre de las consultas de los Proveedores. Cierre Recepción de Ofertas En el horario señalado en la ficha electrónica del Portal de mercado público, al décimo (10) días corridos contado desde la publicación de las Bases Administrativas y Técnicas en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Apertura Electrónica de Ofertas El día hábil siguiente de la fecha de cierre, en el horario señalado en la ficha electrónica del Portal de mercado público www.mercadopublico.cl. Evaluación de Ofertas Dentro de los cinco (05) días hábiles contados desde la Apertura Electrónica de las ofertas. Este término podrá prorrogarse, por 3 ETAPAS PLAZOS* razones fundadas, informando de ello en el sistema de Información de Compras y Contratación Pública. Adjudicación de la Licitación Dentro de los diez (10) días siguientes corridos al Informe de Evaluación de la respectiva Comisión. En caso de que la JUNJI no informe la decisión de la licitación dentro de este plazo, se estará conforme lo establecido en el artículo 41 inciso 2º del Reglamento de la Ley 19.886. Notificación a los Oferentes Según lo establecido en el artículo 6° del Reglamento de la Ley N° 19.886, luego de la total tramitación de la resolución decisoria de la licitación, a través del Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Importante: Con todo, el plazo de cierre para la recepción de ofertas no podrá vencer en días inhábiles, ni en un lunes o en un día siguiente a un día inhábil, antes de las 15:00 horas. 5. NOTIFICACIÓN DEL PROCEDIMIENTO Salvo estipulación de lo contrario en la normativa vigente o en las presentes bases administrativas, los actos relativos a este proceso licitatorio, así como su correspondiente documentación, serán publicados en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, en la fecha indicada en el cronograma indicado en el punto 4 de estas bases y se entenderán notificados desde las 24 horas siguientes a su publicación en el mencionado portal. 6. ACEPTACIÓN DE LAS BASES Las presentes Bases Administrativas y las Bases Técnicas, junto con los anexos de la licitación, como asimismo, cualquier documento que las interprete o complemente, en la medida que no alteren el espíritu y el objeto de la presente licitación, se entenderán conocidas y obligatorias para todos los interesados desde el momento de su notificación en el Sistema de Información y Contratación Pública [https://www.mercadopublico.cl], y para todos los efectos legales serán parte integrante de la relación contractual que se establezca con la Junta Nacional de Jardines Infantiles. Para cumplimiento de este punto los oferentes deberán realizar una declaración jurada simple, según el ANEXO N° 1 la cual se deberá adjuntar al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl al momento de ingresar su oferta. Todos los participantes deberán haber analizado las presentes bases administrativas, técnicas y anexos, aceptarlas, y tomar el debido y oportuno conocimiento de las aclaraciones efectuadas durante el proceso licitatorio a fin de que sean consideradas al momento de presentar la oferta. Los costos derivados de la elaboración y presentación de las ofertas serán de cargo exclusivo del oferente, no existiendo para la Junta Nacional de Jardines Infantiles responsabilidad alguna en dicha materia, cualquiera sea el resultado de la licitación. 7. ANTECEDENTES REQUERIDOS PARA OFERTAR 7.1. Requisito Formal: Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del Estado (Anexo N°2) Podrán contratar, con la Administración del Estado, todas las personas naturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, incluidas las uniones temporales de proveedores, que cumplan los requisitos establecidos en las presentes Bases de Licitación, sin embargo, y en el evento que resulten adjudicadas, se exigirá para contratar a las personas jurídicas extranjeras tener domicilio en Chile. No obstante, por aplicación de lo establecido en los artículos 4° de la Ley N° 19.886 y artículo 8 y 10° de la Ley Nº 20.393, no podrán participar en esta licitación y quedarán excluidos: a) Quienes al momento de la presentación de la oferta hayan sido condenados por prácticas antisindicales, o infracción a los derechos fundamentales del trabajador, o por delitos concursales establecidos en el Código Penal, dentro de los dos años anteriores. b) Quienes hayan sido condenados por delitos establecidos en la Ley 20.393 que “Establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas”. c) No haber sido condenado por el Tribunal de defensa de la libre competencia a la prohibición de contratar por el estado (artículo 26, letra d, del DL 211). d) El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (artículo 4° de la ley N°19.886). Los plazos indicados en el cronograma precedente son de días corridos, salvo aquellos en que expresamente se indique como hábiles, entendiéndose como inhábiles los sábados, domingos y festivos. En el evento que el último día del plazo recayera en un día inhábil, se entenderá prorrogado automáticamente al día hábil siguiente. 4 e) Los funcionarios directivos de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, ni personas unidas a ellos por los vínculos de parentesco descritos en la letra b) del artículo 54 de la Ley N° 18.575, Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, ni sociedades de personas de las que aquello o éstas formen partes, ni sociedades comanditas por acciones o anónimas cerradas en aquellos o estas sean accionistas, ni sociedades anónimas abiertas en que aquellos o estas sean dueños de acciones que representen el 10% o más del capital, ni gerentes, administradores, representantes o Director(a)es de cualquiera de las sociedades antedichas. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del adjudicatario, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, de forma anticipada, y hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato y condiciones laborales y sociales, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el adjudicatario infractor no podrá participar. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia. Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo Nº2 de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. 7.2. Identificación del oferente (Anexo N°3) Los oferentes deberán acompañar una carta de identificación, según Anexo N°3, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga el nombre o razón social, RUT del oferente, teléfono, dirección, correo electrónico, nombre completo y RUN vigente del representante legal. Dicho documento deberá adjuntarse al Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, al momento de ingresar su oferta. Este requisito no será exigido a los oferentes inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público, que hayan ingresado la documentación al portal www.mercadopublico.cl. 7.3. Unión Temporal de Proveedores (Anexo N°4) La Unión Temporal de Proveedores, estará conformada por personas naturales y/o jurídicas. Para tal efecto, los integrantes deberán autorizar a un representante legal común para que ejerza a su nombre todos los derechos y cumplan todas las obligaciones de la Unión Temporal de Proveedores frente a la JUNJI respecto al servicio a contratar que refieren las presentes bases de licitación. No obstante, todos los socios serán responsables solidariamente en el cumplimiento de las obligaciones que surjan sobre el servicio a contratar. Las causales de inhabilidad contempladas en las presentes bases y en la legislación vigente, para la presentación de las ofertas, formulación de propuestas o para la suscripción del contrato, afectarán a cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, individualmente considerados. Para la presentación de las Ofertas la Unión Temporal de Proveedores deberá cumplir con las siguientes reglas especiales, acompañando los siguientes antecedentes: a) Suscribir el Anexo N°4, en que todos y cada uno de los oferentes integrantes de la Unión Temporal de Proveedores, deberá designar entre sus miembros, a un representante común, con facultades suficientes para actuar en el proceso licitatorio en representación de todos ellos. b) Cada uno de los participantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán presentar el anexo de aceptación de las bases (Anexo N°1) y declaración jurada simple de persona natural y/o jurídica (Anexo N°2). c) Al momento de la presentación de ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de esta. En el caso que uno de los miembros de la Unión sea inhábil y ésta decidiera excluirlo del presente proceso, y continuar con su propuesta, se excluirán asimismo los antecedentes que el participante inhábil hubiese presentado para la evaluación. En caso de serles adjudicada la presente licitación a una Unión Temporal de proveedores, deberá cumplir y acompañar los siguientes antecedentes con las siguientes reglas especiales: a) La Formalización de la Unión Temporal de proveedores, deberá realizarse por escritura pública en procesos iguales o mayores a 1000 UTM, y en procesos menores a 1000 UTM, por instrumento público o privado, la que deberá acompañarse para la firma del contrato. b) La Unión Temporal de Proveedores comprometerá de manera solidaria a sus integrantes, como consecuencia de lo cual, la Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá exigir a cualquiera de sus miembros, indistintamente, el cumplimiento total de las obligaciones contratadas, cualquiera sea su naturaleza. 5 c) Cada uno de los ofertes integrantes de la Unión deberá presentar todos los antecedentes solicitados en el punto N°22 sobre requisitos para contratar. d) Al momento de contratar, todos los miembros de la Unión temporal de Proveedores deberán encontrarse inscritos en el Registro de Proveedores de Mercado Público en el plazo indicado en las presentes bases. e) La vigencia de la Unión Temporal de Proveedores deberá ser, a lo menos equivalente a la vigencia del contrato derivado de la presente licitación. En relación con las uniones temporales de proveedores, estas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 67 bis del Decreto N° 250, el que fue agregado conforme a lo establecido en el Decreto N° 1410, de 2015, que modifica el Decreto Supremo N° 250, de 2004, todos del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley N° 19.886, de Bases sobre Compras Públicas. Para dar cumplimiento a lo anterior, bastará que suscriban una declaración jurada simple firmada por el oferente o su respectivo representante legal que indique tal circunstancia. Esta declaración se encuentra en formato tipo en el Anexo N°4 de las presentes Bases Administrativas y Técnicas cuya copia deberá ser adjuntada en anexo en el Sistema de Información de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. 7.4. Oferta Económica (Anexo N°5) Las Ofertas Económicas deberán ser ingresadas por los oferentes en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, antes de la fecha y hora de cierre de las ofertas, indicada en dicho Sistema de Información y en el cronograma respectivo. Para la oferta económica los oferentes deberán llenar el ANEXO N° 5, en el cual se solicita el desglose de la propuesta económica, asociados a las líneas de servicios solicitados, pero además deberá constar con un precio total del contrato, el cual deberá expresarse en pesos. Se entenderá por Precio Total, el valor declarado en el ANEXO N° 5 y que se consignará en el portal de Mercado Público. Dicho valor declarado, deberá cubrir todo el periodo de ejecución del contrato, incorporando todas las acciones necesarias para la entrega del correcto servicio. Para su estimación deben considerar los antecedentes entregados en las presentes bases y sus anexos. 7.5. Oferta Técnica (Anexos N°6, N°7 y N°8) Los oferentes interesados, deberán adjuntar, antes del cierre de las ofertas, un anexo en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl, en formato de documento portátil [.pdf], Word [.doc], Excel [.xls] u otro archivo compatible, que contenga la oferta técnica con la descripción detallada del servicio ofertado, la que como mínimo debe considerar lo requerido en las Bases Técnicas solicitadas por la Junta Nacional de Jardines Infantiles e incorporadas a la presente resolución. Los antecedentes referidos a la oferta técnica se deben ingresar al Portal Mercado Público junto a los antecedentes administrativos, con el nombre de “PROPUESTA TÉCNICA” (Anexos N°6, N°7 y N°8). Será responsabilidad de los oferentes proporcionar todos los antecedentes relevantes para que en la evaluación técnica se puedan analizar y ponderar adecuadamente todos los elementos y componentes que integren las respectivas ofertas. Los oferentes que no presenten todos los antecedentes requeridos en las bases administrativas y técnicas no serán evaluados, y serán sus ofertas declaradas inadmisibles. 8. PREGUNTAS Y RESPUESTAS Los interesados en participar en la presente Licitación podrán formular consultas y solicitar aclaraciones dentro de los plazos señalados en las presentes Bases. Las preguntas deberán formularse a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Estas preguntas y sus respuestas se pondrán en conocimiento de todos los interesados, a través de su publicación en el sitio web antes mencionado, sin indicar el autor de las preguntas, dentro de los plazos señalados. Para todos los efectos legales, las respuestas y aclaraciones se entenderán que formarán parte integrante de las Bases administrativas y bases técnicas de esta propuesta. 6 9. MODIFICACIONES A LAS BASES. Se podrán modificar las presentes bases y sus anexos por iniciativa propia de esta entidad Licitante, o en atención a una aclaración solicitada por alguno de los oferentes, durante el proceso de la propuesta, hasta el día del vencimiento del plazo para presentar ofertas. Las modificaciones que se lleven a cabo serán informadas a través del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. Estas formarán parte integrante de las Bases y estarán vigentes desde la total tramitación del Acto Administrativo que las apruebe. Junto con aprobar la modificación, se podrá establecer un nuevo plazo prudencial para el cierre o recepción de las propuestas, a fin de que los potenciales oferentes puedan adecuarlas. 10. ANTECEDENTES OMITIDOS EN LA PRESENTACIÓN DE LA OFERTA Se podrá permitir la presentación de antecedentes administrativos que los oferentes hayan omitido presentar al momento de efectuar la oferta, referidos a los puntos 6 y 7 de las Bases, siempre que dichos antecedentes se hayan producido u obtenido con anterioridad al vencimiento del plazo para presentar ofertas o se refieran a situaciones no mutables, entre el vencimiento del plazo para presentar ofertas y el período de evaluación. Esta omisión deberá ser corregida en el plazo de 48 horas contadas desde el requerimiento informado a través del sistema. En estos casos, se procederá en conformidad a lo dispuesto en el inciso segundo del artículo 40 del Reglamento de la Ley Nº19.886, asignándose el menor puntaje en el criterio “Cumplimiento de requisitos formales”, contenido en el punto N°13 de las presentes bases. 11. DE LA APERTURA Y ADMISIBILIDAD DE LAS OFERTAS La apertura de las ofertas de esta licitación, ingresadas al Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl se hará a partir de los días señalados en el cronograma y plazos de licitación indicados en el punto N°4 de las Bases Administrativas. Sólo serán evaluadas las ofertas de aquellos proveedores que hayan dado total cumplimiento a lo requerido en el punto N°6 y Nº7 de las Bases Administrativas, sin perjuicio de lo establecido en el punto N°10 de las mismas. La Junta Nacional de Jardines Infantiles aceptará el máximo de una (01) propuesta por oferente. En caso de que un proponente presente más de una propuesta, la Junta Nacional de Jardines Infantiles aceptará sólo la primera en orden cronológico, conforme al registro del Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. A raíz de lo anteriormente expuesto, SERÁN DECLARADAS INADMISIBLES aquellas ofertas que omitan los antecedentes o datos, de forma total o parcial, o habiéndose requeridos en el proceso de aclaración de ofertas no se hubieren presentado para ofertar, según lo siguiente: • Punto 6, 7.1, 7.2 y 7.3: No presentar antecedentes formales o presentarlos fuera del plazo, y que correspondan a los siguientes: Aceptación de Bases de Licitación (Anexo Nº1), Declaración jurada simple de habilidad para contratar con la Administración del Estado (Anexo Nº2) e Identificación del Oferente (Anexo Nº3), Unión Temporal de Proveedores (Anexo Nº 4) si procede. • Punto N° 7.4: No presentar Oferta Económica (Anexo N° 5). • Punto N° 7.5: No presenta Oferta Técnica (Anexo N° 6 ,7 y 8). • No cumplir total o parcialmente con los requerimientos técnicos mínimos establecidos en las bases técnicas. La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada y no darán derecho a indemnización alguna a los oferentes. NOTA: En caso de que el oferente no pueda subir los antecedentes a través del portal, deberá presentar certificado de indisponibilidad de presentación de ofertas emitido por ChileCompra, de acuerdo con lo establecido en el artículo 62 del reglamento. Por lo tanto, la entrega de la oferta en soporte papel junto con el certificado de indisponibilidad deberá realizarse en la Oficina de Partes de la JUNJI, ubicada en calle Morandé 226, piso 5, comuna de Santiago. 7 12. COMISIÓN DE EVALUCIÓN La evaluación de las ofertas la realizará una comisión evaluadora conformada por una funcionaria de la Sección de Desarrollo de Personas, un/a miembro de la Oficina de Capacitación, un/a funcionario/a de la Sección de Diseño, Construcción y Habilitación de Espacios Educativos y un miembro del equipo de la Oficina de Compras, quien actuará como secretario de Actas. En el caso eventual que alguno de los funcionarios individualizados no pudiera asumir sus funciones como miembros de la respectiva comisión, serán reemplazados de la siguiente manera: Área Titular Suplente Desarrollo de Personas María Trinidad Moreno Sullivan Isabel Banda Montenegro Capacitación y Formación Belén Vega Asencio Doris Fagett Farías Diseño, Construcción y Habilitación de Espacios Educativos Carlos Bornand Arriagada Gabriel Rivera Lagos Oficina de Compras Camila Acuña Jorquera Jaime Allende Cea Ellos serán los encargados de estudiar, analizar, ponderar y evaluar las ofertas que se presenten. La comisión evaluadora tendrá que cumplir con el plazo mencionado en el cronograma para evaluar y remitir al Director(a) de Administración y Finanzas con copia a la Oficina de Gestión de Compras el Acta e Informe de Evaluación y Adjudicación completa y firmada por los integrantes de esta comisión. Esta comisión será la encargada de estudiar, analizar, ponderar y evaluar, las propuestas recibidas, emitiendo la respectiva acta e informe de evaluación que cumpla con las exigencias del artículo 40 bis del Reglamento de la Ley N°19.886 y, de esta manera, determinar la admisibilidad y proceder a la evaluación de las ofertas presentadas. Dicho instrumento será el antecedente necesario para efectos de fundar el acto administrativo conclusivo del procedimiento concursal iniciado por este llamado a licitación, sea a través de la declaración de adjudicación, inadmisibilidad o deserción, según corresponda. La comisión evaluadora emitirá un informe de evaluación que debe contener las menciones del artículo 40 bis del Reglamento de la Ley N°19.886, el cual será dirigido al Director(a) del Departamento de Administración y Finanzas con copia a la Oficina de Gestión de Compras, en el que se contendrá lo siguiente: a) Los criterios y ponderaciones utilizados en la evaluación de las ofertas. b) Las ofertas que deben declararse inadmisibles por no cumplir con los requisitos establecidos en las presentes bases, especificando cuáles son los requisitos que se están incumplimiento. c) La proposición de declarar la licitación como desierta, cuando no se presentaren ofertas, o bien, cuando la comisión evaluadora juzgare que las ofertas presentadas no resultan convenientes a los intereses de la Institución, dejando expresamente constancia de los motivos que se tienen a la vista para considerar las ofertas como no convenientes. d) La asignación de puntajes para cada criterio y las fórmulas de cálculo aplicadas para la asignación de dichos puntajes, así como cualquier observación relativa a la forma de aplicar los criterios de evaluación. e) La proposición de adjudicación, dirigida al Director(a) del Departamento de Administración y Finanzas del Servicio. Los miembros de la comisión de evaluación no podrán tener conflictos de intereses con los oferentes, de conformidad con la normativa vigente al momento de la evaluación. La comisión evaluadora o el Encargado del proceso de compras, a requerimiento de esta última, durante el proceso de evaluación de las ofertas, podrá solicitar aclaraciones a los proponentes a través del foro dispuesto al efecto en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y de Contratación Pública www.mercadopublico.cl, siempre y cuando éstas no les confieran una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad de los oferentes. Se prohíbe que los funcionarios que integren las comisiones evaluadoras concedan reuniones a terceros – oferentes o no – sobre materias vinculadas a la evaluación del actual proceso licitatorio. De manera excepcional, el contacto que podrán mantener los oferentes, tanto con la entidad licitante en su totalidad (JUNJI), como la comisión evaluadora, en particular, sólo podrá referirse a los aspectos indicados en el artículo 39 del Reglamento de la Ley N°19.886. En virtud de lo dispuesto en el artículo N°62 N°5, de la Ley 18.575, los miembros de la comisión Evaluadora deberán abstenerse de recibir donaciones, salvo aquellas oficiales y protocolares y los considerados por la costumbre como manifestaciones de cortesía y buena educación. 8 13. CRITERIOS DE EVALUACIÓN De acuerdo con lo indicado en el punto N° 11 de estas Bases Administrativas, se realizará la apertura de las propuestas y su examen de admisibilidad, de manera que se evaluarán las ofertas que hayan sido declaradas admisibles, de la siguiente manera: CRITERIOS DE EVALUACIÓN PONDERACIÓN 1. PRECIO 10% 2. EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN DICTACIÓN EN FORMACIÓN E-LEARNING 20% 3. EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN LA TEMÁTICA 25% 4. CALIDAD DE LA PROPUESTA TÉCNICA 40% 5. CUMPLIMIENTO DE REQUISITOS FORMALES 5% TOTAL 100% El detalle de los criterios de evaluación de las ofertas, sus puntajes y ponderaciones asignados a cada uno de ellos, se presentan a continuación: CRITERIO 1 PRECIO 10% Criterios y ponderación Factores a evaluar Puntaje Medios de verificación PRECIO 10% Se evaluará el precio ofrecido a través de la siguiente fórmula: Puntaje específico; será asignado según calificación de fórmula a la propuesta económica más baja. Anexo Nº5 debidamente completado y archivo único adjunto con antecedentes que acreditan. Precio Oferta Menor x 10 ________________________ Precio Oferta Nota 1: En caso de que el resultado de la fórmula sea decimal, se aproximará hacia el punto que le sigue si el decimal es de 0,5 a 0,9; de lo contrario se considera como número entero, sin considerar decimales del 0,1 al 0,4. CRITERIO 2 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN DICTACIÓN EN FORMACIÓN E-LEARNING 20% Criterios y ponderación Factores a evaluar Puntaje Medios de verificación EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN CURSOS E-LEARNING 20% El oferente deberá presentar la cantidad de cursos e-learning que ha realizado durante el periodo entre 2017 y 2022. N° cursos e-learning Puntaje Obtenido 16 o más 7 14 y 15 6 12 y 13 5 10 y 11 4 7 a 9 3 4 a 6 2 1 a 3 1 0 0 Puntaje mínimo de 0 punto y máximo de 7 puntos. Anexo Nº6 debidamente completado y adjuntar documentos que acreditan que la ejecución del curso haya sido en modalidad e-learning. 9 Nota: Para evaluar este criterio los oferentes deberán completar el formato Anexo Nº6 y adjuntar documentos que acreditan que la ejecución del curso haya sido en modalidad e-learning, tales como Órdenes de Compra aceptadas, Certificados de correcta ejecución y/o Recepción Conforme, cartas de recomendación o certificados de experiencia. Los verificadores deben ser presentados según el orden en que aparezcan en el Anexo N°6 y en un solo archivo. Cada curso se contabilizará como una experiencia y no los eventos desagregados del mismo. Se considera como experiencia tanto el desarrollo e-learning como la dictación del curso. Importante: La experiencia señalada que no sea certificada y debidamente acreditada NO SERÁ CONSIDERADA. No obstante, la documentación presentada por los oferentes, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de verificar su idoneidad. En el caso de que sean falsos, NO SERÁN CONSIDERADOS EN EL PROCESO LICITATORIO. Puntaje específico será asignado según calificación de esta tabla. CRITERIO 3 EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN LA TEMÁTICA 25% Criterios Factores a evaluar Puntaje Medios de verificación EXPERIENCIA DEL OFERENTE EN LA TEMÁTICA 25% El oferente deberá presentar los cursos, realizados en el periodo entre 2017 y 2022, que contengan la temática requerida en las presentes bases técnicas, es decir: Diseño, arquitectura y construcción. Número de cursos anteriores que contienen las temáticas requeridas Puntaje Obtenido 10 o más 7 7 a 9 5 4 a 6 3 1 a 3 1 0 0 Puntaje mínimo de 0 punto y máximo de 7 puntos. Anexo Nº7 debidamente completado y adjuntar los programas de dichos cursos, los que deben dar cuenta de que corresponden a la temática solicitada y en los años señalados. Nota: Para evaluar este criterio los oferentes deberán completar el formato Anexo Nº7 y adjuntar los programas de dichos cursos, los que deben dar cuenta de que corresponden a la temática solicitada y en los años señalados. Esta información debe ser acreditada y/o certificada mediante documento como: Ordenes de compras aceptadas, Certificados de Correcta Ejecución y/o Recepción conforme, cartas de recomendación o Puntaje específico será asignado según calificación propuesta de esta tabla. 10 certificados de experiencia de dichos cursos como verificadores. Los verificadores deben ser presentados según el orden en que aparezcan en el Anexo N°7 y en un solo archivo. Cada curso se contabilizará como una experiencia y no los eventos desagregados del mismo. Se considera como experiencia tanto el desarrollo e-learning como la dictación del curso. Importante: La experiencia señalada que no sea certificada y debidamente acreditada NO SERÁ CONSIDERADA. No obstante, la documentación presentada por los oferentes, la Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva la facultad de verificar su idoneidad. En el caso de que sean falsos, NO SERÁN CONSIDERADOS EN EL PROCESO LICITATORIO. CRITERIO 4 PROPUESTA TÉCNICA 40% Criterios y ponderación Factores a evaluar Puntaje Medios de verificación CALIDAD DE LA PROPUESTA TÉCNICA 40% La propuesta técnica será evaluada con una rúbrica que contiene 4 criterios a evaluar con 4 categorías y los descriptores de cada una de ellas. Cada categoría tendrá asignado un valor, tal como se detalla a continuación: NO CUMPLE (0) Se asignará este valor cuando la propuesta no refleje lo solicitado dentro de las bases técnicas o bien cuando el oferente replique en su totalidad el contenido planteado en las mismas. CUMPLE PARCIALMENTE (1) Este valor se asignará cuando en la propuesta se describan parcialmente los elementos exigibles. CUMPLE CASI COMPLETAMENTE (2) Este valor se asignará cuando en la propuesta se describan los elementos exigibles, sin ser explícito su valor agregado. CUMPLE COMPLETAMENTE (3) Se asignará este valor cuando la propuesta refleje todo lo planteado en el descriptor, visualizándose claramente que cumple con todo lo solicitado e incorpora valor agregado en la propuesta. Por cada subcriterio se obtendrá un puntaje, los cuales se sumarán y darán una puntación final, consignados de acuerdo con la siguiente tabla: Puntaje obtenido en la rúbrica Puntuación final 12 7 11 6 9 a 10 5 6 a 8 4 4 a 5 3 2 a 3 2 Puntaje mínimo de 0 punto y máximo de 7 puntos. Propuesta técnica, Anexo N°8. 11 1 1 0 0 La rúbrica de evaluación se encuentra a continuación en el presente punto y en el Anexo N°9. Nota: Se recomienda que la propuesta técnica que presente el oferente, en el anexo N°8, no exceda el total de 15 páginas. Ésta deberá permitir a la contraparte técnica conocer la plataforma y los recursos que se utilizarán. Dentro de la propuesta técnica no se deberán incluir descripciones bibliográficas extensas. En caso de ser necesario, sólo incluir citas que colaboren con la comprensión total del paradigma desde donde se presenta la propuesta. Sin perjuicio del puntaje obtenido por el proveedor, la comisión evaluadora podrá etiquetar como “fuera de bases” aquellas propuestas técnicas que no cumplan a cabalidad con lo solicitado en las presentes bases. Puntaje específico, será asignado según calificación propuesta en esta tabla. RÚBRICA DE EVALUACIÓN Criterio No cumple 0 Cumple parcialmente 1 Cumple casi completamente 2 Cumple completamente 3 Abordaje de objetivos La propuesta que se presenta replica los elementos contenidos en las Bases Técnicas de Licitación, según corresponda, sin describir los elementos mínimos exigibles de las mismas. Es decir, no se presenta la definición de módulos, horas asignadas, resultados de aprendizaje, contenidos y/o evaluación para el aprendizaje. Los elementos que se describen en la propuesta técnica son poco coherentes entre cada uno, es decir, sus objetivos no se relacionan con los módulos, no se explicita con claridad la pertinencia de los contenidos y metodologías considerando los resultados de aprendizaje o bien, no existe un equilibrio entre los módulos, de acuerdo con, sus resultados de aprendizaje, cantidad de contenidos, y cantidad de horas propuestas. Lo anterior, no permite observar la relación de la formación con el objetivo general planteado en las bases técnicas de licitación, según corresponda. Los elementos que se describen en la propuesta técnica son coherentes entre cada uno, es decir, sus objetivos se relacionan suficientemente con los módulos, sus contenidos y, metodologías son pertinentes entre la mayoría de sus elementos, y los resultados de aprendizaje representando equilibrio entre los módulos, de acuerdo con sus resultados de aprendizaje, cantidad de contenidos, y cantidad de horas propuestas. Lo anterior, permite observar la relación de la formación con el objetivo general planteado en las bases técnicas de licitación, según corresponda, sin embargo, requiere ajustes. Los elementos que se describen en la propuesta técnica son totalmente coherentes entre cada uno, es decir, sus objetivos se relacionan con los módulos, sus contenidos y metodologías son pertinentes haciendo una referencia técnica entre todos sus elementos y los resultados de aprendizaje representando equilibrio entre los módulos, de acuerdo con sus, resultados de aprendizaje, cantidad de contenidos, y cantidad de horas propuestas. Lo anterior, permite observar la relación de lo propuesto con el objetivo general planteado en las bases técnicas de licitación, según corresponda. Metodología de enseñanza La propuesta técnica no La metodología no siempre está La metodología responde a los La metodología presentada permite a 12 y aprendizaje describe la metodología de enseñanza y aprendizaje, sólo se menciona. centrada en el logro de los objetivos de aprendizaje planteados, siendo poco pertinentes para el abordaje de las temáticas exigidas. Además, las estrategias de enseñanza no se relacionan con las funciones de los participantes y no permiten proyectar su aplicación al quehacer de los participantes. objetivos de aprendizaje planteados y permite a las/os participantes la posibilidad de buscar soluciones prácticas a las tareas propias de su función. Sin embargo, la promoción de una participación activa en la formación no es clara. Se observan distintas estrategias de enseñanza, pero la proyección de su aplicación al quehacer de los participantes se considera débil. las/os participantes la posibilidad de buscar soluciones prácticas a situaciones reales, motivando una participación activa durante el proceso de formación. La metodología considera distintas estrategias de enseñanza, propendiendo a que todos/as puedan desplegar su máximo potencial de aprendizaje, como así también, proyectar su aplicación en el quehacer de los participantes, lo que queda plasmado en un producto específico que servirá para desarrollar en su unidad. Quedan claras las diferentes estrategias que se usarán para abordar los diferentes niveles del proceso de aprendizaje. Evaluación para el aprendizaje La propuesta de evaluación no es desafiante ni coherente con los objetivos y contenidos. La propuesta de evaluación muestra debilidades en la coherencia con los objetivos y contenidos de los módulos. La propuesta de evaluación para el aprendizaje presenta coherencia con los objetivos de cada módulo. Sin embargo, no es lo suficientemente desafiante en función del rol de los participantes. La propuesta de evaluación, tanto formativa como sumativa, es coherente con los objetivos de aprendizaje, desafiando a los participantes de manera de poder transferir lo aprendido a su propio rol. Plataforma y soporte No se describen las características técnicas ni de soporte de la plataforma. Se describen superficialmente las propiedades y características técnicas de la plataforma, sin abordar los puntos especificados en las bases técnicas. Se describen en profundidad las características y propiedades de la plataforma en cuestión, quedando algunos de los puntos solicitados descritos de manera parcial o insuficiente. La propuesta describe ampliamente todos los puntos abordados en la propuesta, sobre las atribuciones y características técnicas de la plataforma. CRITERIO 5 CUMPLIMIENTO DE LOS ASPECTOS FORMALES 5% El oferente que presente su oferta cumpliendo todos los requisitos formales de presentación de ésta y acompañando todos los antecedentes requeridos, sin errores u omisiones formales, obtendrá 100 (cien) puntos. El oferente que no haya cumplido todos los requisitos formales habiendo omitido antecedentes o certificaciones al momento de presentar su oferta, aun cuando los haya acompañado con posterioridad, en virtud del artículo 40, inciso 2°, del reglamento de la ley N° 19.886 y la facultad establecida en estas bases a este respecto, o se le haya solicitado salvar errores u omisiones formales en conformidad al artículo 40, inciso 1°, del mismo cuerpo reglamentario, obtendrá 0 (cero) puntos en este criterio. CRITERIO ESCALA DE CALIFICACION DETALLE DE EVALUACION Cumplimiento del formato de presentación de antecedentes 100 puntos Cumple con todos los requisitos formales y la presentación completa de antecedentes 0 puntos No cumple o los acompaña con posterioridad conforme al artículo 40, inc. 2°, del Reglamento de la ley N°19.886, o se le solicitó salvar errores u omisiones 13 CRITERIO ESCALA DE CALIFICACION DETALLE DE EVALUACION formales, conforme al artículo 40, inc. 1° de dicho reglamento. 14. CLÁUSULA DE DESEMPATE En el evento que, una vez culminado el proceso de evaluación de ofertas, hubiese dos o más proponentes que hayan obtenido el mayor puntaje, quedando más de uno en condiciones de resultar adjudicados, se optará por aquella oferta que cuente con un mayor puntaje en los siguientes criterios de evaluación en orden de prelación hasta que se logre el desempate: 1. Calidad de la Propuesta Técnica 2. Experiencia del Oferente en cursos en las temáticas 3. Experiencia del oferente en dictación de cursos e-learning 4. Oferta Económica 5. Cumplimiento de requisitos formales Finalmente, si aún persiste el empate, se seleccionará a la propuesta que se ingresó primero en el portal www.mercadopublico.cl de acuerdo con lo indicado en el comprobante de oferta de los oferentes. En el caso que las postulaciones no se ajusten a lo solicitado o se omita, no se considerarán en la evaluación. 15. DECISIÓN DE LA LICITACIÓN La presente Licitación Pública será adjudicada a un solo Oferente, de acuerdo con los requisitos de admisibilidad y la combinación más ventajosa determinada por los criterios de evaluación dispuestos en el presente proceso concursal. La entidad licitante declarará inadmisibles cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases. La entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a los intereses de la Institución. Dichas declaraciones deberán materializarse a través de la dictación de una resolución fundada. La Junta Nacional de Jardines Infantiles, aceptará la propuesta más ventajosa, considerando los criterios de evaluación con sus correspondientes puntajes, establecidos en las Bases Administrativas y Bases Técnicas de esta licitación. La Junta Nacional de Jardines Infantiles no estará obligada a adjudicar al proponente cuya oferta económica sea la de menor valor. Asimismo, podrá declarar inadmisibles las ofertas cuando no reúnan los requisitos establecidos en las Bases Administrativas y Bases Técnicas, y declarar desierta la licitación si no se presentaren oferentes o si las ofertas presentadas no fueren convenientes a los intereses de la Institución. La adjudicación se materializará a través de una Resolución Exenta de la Encargada del Departamento de Administración y Finanzas de la Dirección Nacional, previo informe de la Comisión de Evaluación de las propuestas. La Oficina de Gestión de Compras emitirá la respectiva Orden de Compra por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, a través del sitio www.mercadopublico.cl y su aceptación por parte del oferente adjudicado, deberá ser a través del mismo sitio, en un plazo no superior a 24 horas. En caso de que la Junta Nacional de Jardines Infantiles no realice la adjudicación dentro del plazo señalado en el cronograma contenido en el punto N°4 de estas bases, se estará conforme a lo señalado en el inciso 2º del artículo 41, del Decreto Nº 250, del 2004, del Ministerio de Hacienda, que “Aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases Sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestaciones de Servicio”, que establece que “cuando la adjudicación no se realice dentro del plazo señalado en las bases licitación, la entidad deberá informar en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del plazo para adjudicar e indicar un nuevo plazo para la adjudicación, debiendo estar contemplada en las bases esta posibilidad”. 16. READJUDICACIÓN De conformidad al artículo 41 inciso final del Reglamento de la Ley N°19.886, si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato, o aceptar la orden de compra a que se refiere el artículo 63 del Reglamento, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las Bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la Entidad Licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al Oferente que le seguía en puntaje, dentro del plazo de 30 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original. 14 17. REQUISITO DE INSCRIPCIÓN La Junta Nacional de Jardines Infantiles exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar, encontrarse inscrito en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado de Chile Proveedores. (Registro Avanzado o Contratación). En caso de que el oferente seleccionado no se encuentre inscrito y no se inscriba en el Registro establecido en el párrafo anterior a la fecha de suscripción del contrato, se procederá conforme a lo indicado en el punto 15 de estas bases, o bien se declarara desierta la licitación, de acuerdo a los intereses del servicio. 18. REQUISITOS PARA CONTRATAR La Junta Nacional de Jardines Infantiles exigirá al oferente adjudicado, al momento de contratar: Para la firma y tramitación del contrato, el adjudicatario si es persona jurídica deberá presentar los siguientes antecedentes: a) Fotocopia de la escritura pública o documento legal en la cual constare la personería de él o de los representantes legales del contratante, si procediere. b) Fotocopia del Rol Único Tributario (R.U.T.) vigente del adjudicatario y de la cédula de identidad de su representante legal o persona natural. c) Certificado de vigencia de la sociedad o empresa en la cual conste la inscripción (fojas, número y año), o fotocopia del certificado de vigencia de la persona jurídica, según corresponda, ambas con una antigüedad no superior a 60 días contados desde la publicación de la resolución que dispone la contratación en el Sistema de Información de la Dirección de Compras y Contratación Pública www.mercadopublico.cl. d) Escritura en que conste la personería legal del oferente con vigencia. e) Certificado de antecedentes laborales y previsionales. f) No encontrarse afecto a la prohibición prevista en los artículos 8º y 10º de la Ley Nº 20.393 y 4º de la Ley Nº 19.886, lo cual se verificará con la Dirección de Compras y Contratación Pública, al tenor de lo establecido por el inciso final del artículo 10º de la referida ley. g) Deberá encontrarse inscrito y habilitado en el Registro Electrónico Oficial de Proveedores del Estado (Registro de Proveedores). Los antecedentes requeridos en los literales a), b) y c) precedentemente indicados no serán exigidos al adjudicatario que se encontrare registrado oficialmente en Chile Proveedores www.mercadopublico.cl (Registro Avanzado o Contratación), y cuya documentación publicada en dicho registro sea la correspondiente y suficiente para la suscripción del contrato respectivo. Tratándose de personas naturales, deberán proporcionar los siguientes antecedentes, en copia legalizada u original: a) Cédula de Identidad. b) Certificado de antecedentes laborales y previsionales. 19. MODIFICACIÓN Y/O AMPLIACIÓN DE LA CONTRATACIÓN La JUNJI se reserva el derecho de ordenar al contratista, en cualquier momento durante la vigencia del contrato respectivo, a través de requerimiento escrito emanado del Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas de la Institución, modificaciones del servicio requerido en la presente licitación, lo que deberá sancionarse mediante una resolución fundada. Conforme a lo establecido en el inciso final del artículo 77 del Reglamento de la Ley N° 19.886, la posibilidad de modificar el contrato no podrá alterar el principio de estricta sujeción a las bases y de igualdad de oferentes, así como tampoco podría aumentarse el monto del contrato más allá de un 30% del monto originalmente pactado. Todas las modificaciones acordadas durante el periodo de vigencia del acuerdo respectivo, se incorporarán en nuevos anexos, las que, para todos los efectos legales, formarán parte integrante del mismo, y comenzarán a regir una vez que el acto administrativo que las sanciona se encuentre totalmente tramitado; lo anterior, sin perjuicio de que en la respectiva convención se consigne, por razones de buen servicio, que las prestaciones que derivan de ella se iniciarán con anterioridad, no obstante que el aumento en el pago derivado de éstas, únicamente podrá efectuarse una vez verificada la total tramitación de dicho acto aprobatorio. 20. PLAZOS PARA LA EJECUCIÓN DEL SERVICIO Se espera que el plazo de ejecución del servicio no supere los dos (2) meses consecutivos desde su fecha de inicio. Dicha fecha será acordada entre las partes en la reunión de inicio que se realizará una vez emitida y aceptada la orden de compra. Con todo, la ejecución de esta capacitación no podrá exceder el 15 de diciembre de 2022. 15 21. RELACIÓN CONTRACTUAL La relación contractual estará dada por la Resolución Exenta que aprueba las presentes bases, la Resolución Exenta de adjudicación, la oferta técnica y económica del adjudicatario, y la emisión de la respectiva Orden de Compra por el monto total contrato por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, a través del sitio www.mercadopublico.cl, y su aceptación por parte del oferente adjudicado, a través del mismo sitio, en un plazo no superior a 24 horas. Si el adjudicatario no acepta la Orden de Compra dentro del plazo estipulado, la Junta Nacional de Jardines Infantiles, podrá dejar sin efecto la adjudicación realizada, y adjudicar la licitación al siguiente proponente mejor calificado o declarar desierta la licitación si las ofertas no son convenientes a los intereses de la institución. 22. DEL PAGO La JUNJI, por los servicios requeridos, pagará al contratista la suma bruta única y total que se determinará de acuerdo con lo indicado por el contratista en su oferta económica. A continuación, se detallan las etapas de pago con los medios de verificación que se considerarán para hacer efectivas cada una de ellas: ETAPAS MONTO (%) MEDIO DE VERIFICACIÓN PARA PAGO 1er Pago 50% Documento de/la Director/a del Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas, que dé cuenta de la recepción conforme del servicio, adjuntando: ▪ Guía de Recepción Conforme ▪ Reporte intermedio que dé cuenta de la inscripción y/o habilitación de los participantes en plataforma, y porcentaje de asistencia y evaluaciones al finalizar el módulo 1. 2do Pago 50% Documento de/la Director/a del Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas, que dé cuenta de la recepción conforme del servicio, adjuntando: ▪ Guía de Recepción Conforme ▪ Informe final de resultados de las evaluaciones ▪ Certificación alumnos aprobados ▪ Lista de asistencia TOTAL 100% Todos los productos definidos requeridos para cada Etapa y como Medio de Verificación para el Pago, deberán contar con la dirección y visación de contenidos por parte de JUNJI. Se determinará una Carta Gantt, acordada mutuamente entre JUNJI y proveedor adjudicado, la cual contemple correcciones en conjunto antes de la entrega final. Cada cuota será considerada como abonos parciales que la JUNJI efectúa durante el curso de los servicios contratados, y tendrán sólo el carácter de un adelanto concedido al adjudicatario a cuenta del valor total del servicio. En ningún caso se considerará este adelanto como la aceptación por parte de la JUNJI de la totalidad del servicio encargado al contratista y a la cual corresponde dicho abono. Para la facturación se deberá tener en cuenta lo siguiente: La factura o boleta electrónica podrá ser emitida una vez entregado los bienes o prestado el servicio y deberá ser remitida en formato XML al correo electrónico junjirecepcion@custodium.com conforme las indicaciones del Servicio de Impuestos Internos. La recepción conforme y aceptación de facturas o documentos electrónicos tributarios (DTE) de cobro, se realizarán dentro del plazo de 8 días corridos desde su recepción en el Servicio de Impuestos, a través del Registro de Aceptación y Reclamo dispuesto por el Servicio, conforme lo establecido en el artículo 3°de la Ley 19.983. Serán requisitos excluyentes para la aceptación de documentos tributarios electrónicos (DTE) los siguientes: • La orden de compra respectiva debe encontrarse en estado” ACEPTADA” en el portal www.mercadopublico.cl. • Debe existir Recepción Conforme de la Institución de los bienes, para lo cual el proveedor sólo podrá emitir un DTE previa aprobación de la Unidad responsable según lo establecido en las condiciones de contratación. • El DTE debe incluir en su contenido el número de orden de compra, en formato idéntico al generado por Mercado Público, respetando estrictamente la separación por guiones. • El número de orden de compra debe señalarse en el “Campo o TAG” . • El archivo XML deben ser enviados al correo electrónico junjirecepcion@custodium.com, casilla exclusiva para la recepción de DTE. 16 Todo documento tributario que no cumpla con las condiciones señaladas previamente será RECLAMADO automáticamente en el Servicio de Impuestos Internos, perdiendo así su título ejecutivo, y quedará bajo responsabilidad del proveedor su regularización mediante la emisión de una Nota de Crédito que anule el documento RECLAMADO y emitiendo uno nuevo que cumpla con las condiciones señaladas. El proveedor podrá emitir el documento tributario electrónico al tercer día, posterior a la recepción conforme del producto y/o servicio entregado por nuestra Institución. Sin perjuicio de lo anterior, de acuerdo al artículo 3° la ley N°19.983, la JUNJI podrá: a) Devolver la factura y la guía o guías de despacho, en su caso, al momento de la entrega, o b) Reclamar en contra de su contenido o de la falta total o parcial de la entrega de las mercaderías o de la prestación del servicio, dentro de los ocho días corridos siguientes a su recepción devolviendo la factura y la guía o guías de despacho, o bien junto con la solicitud de emisión de la nota de crédito correspondiente. El reclamo se entenderá practicado en la fecha de envío de la comunicación. La Junta Nacional de Jardines Infantiles no entregará anticipos de ninguna especie. Dado que el pago se está realizando de forma centralizada por la Tesorería General de la República, todos los pagos deben ser consultados en su página principal https://www.tgr.cl, opción “Institución y Proveedores”, posteriormente seleccionar “Proveedores”. La Tesorería General de la República efectuará el pago vía transferencia cuenta corriente, para lo cual el proveedor deberá indicar el número de cuenta corriente, el banco, razón social, RUT y el correo electrónico. Si el oferente quisiese utilizar la alternativa de factorizar su factura, podrá hacerlo una vez que haya sido prestado el servicio y aceptada la factura electrónica en el Registro de Aceptación y Reclamo del SII. La Junta Nacional de Jardines Infantiles validará la cesión de créditos a través del Registro Electrónico de Cesión de Créditos del SII y la descarga del respectivo certificado. Si el oferente quisiese utilizar la alternativa de factorizar su factura, de acuerdo con lo indicado en el artículo 4° inciso primero letra b) de la ley 19.983, podrá hacerlo una vez que la Contraparte Técnica de la JUNJI haya recepcionado conforme el producto o servicio final, informando oportunamente a la Junta Nacional de Jardines Infantiles de los contratos de factoring que haya suscrito. En aquellos pagos acordados a treinta (30) días, se entenderá por oportuna aquella información realizada a lo menos con quince (15) días de anticipación a la fecha de pago. No obstante, lo señalado precedentemente, y en virtud de lo prescrito por el artículo 75 del Reglamento de la Ley N°19.886, mediante el cual se obliga a las entidades licitantes a cumplir con lo establecido en los contratos de factoring suscritos por sus contratistas, la Institución debe verificar la notificación oportuna de dicho contrato y que no existan obligaciones o multas pendientes. El documento tributario electrónico que se utilice como guía de despacho, deberá ser emitido el mismo día que se efectúe la entrega real o simbólica de las especies, y en el caso que la entrega sea posterior a la emisión de este, el proveedor deberá anular la factura y reemitir una nueva. El pago de los documentos tributarios electrónicos se está realizando de forma centralizada por la Tesorería General de la República 30 días corridos posterior a la recepción del documento electrónico ante el SII. 23. DE LAS MULTAS Si el adjudicatario no presta el servicio en los términos indicados en el presente documento, por razones no atribuibles a la Junta Nacional de Jardines Infantiles, se procederá a la aplicación de multas de acuerdo con lo siguiente: Orden de prelación Descriptor Multa 1 Incumplimiento del programa de la capacitación (considerando como muy importante el contenido de los módulos presentados). 2% del monto total neto del contrato por cada incumplimiento. 2 Día de atraso en la ejecución de la capacitación, según plazos definidos en la reunión inicial. 1,5% del monto total neto del contrato por día de atraso. 3 Hora sincrónica no realizada. 1,5% del monto total neto del contrato por cada hora de incumplimiento. 4 Cambio en la integración o modificación del equipo docente sin la autorización de la JUNJI. 1% del monto total del contrato por cada modificación no autorizada. 5 Cambios en la calendarización definida en la reunión inicial no aprobados por JUNJI. 1% del monto total neto del contrato por cada cambio realizado sin autorización. 17 Las referidas multas, en total, no podrán sobrepasar el 20% del valor total neto del contrato; superado ese límite, se configurará una causal de término anticipado del contrato. Las multas se aplicarán sin perjuicio del derecho de la entidad licitante de recurrir ante los Tribunales Ordinarios de Justicia, a fin de hacer efectiva la responsabilidad del contratante incumplidor. Procedimiento de Aplicación de Multas: El proceso de aplicación de multas se ceñirá al procedimiento de Descargos establecido en el artículo 79 ter del Reglamento de la Ley de Compras, el cual se efectuará por vía administrativa y podrá iniciarse en cualquier tiempo mientras no haya transcurrido el plazo de prescripción de la acción para ello. Estas multas no serán aplicadas en situaciones de caso fortuito o fuerza mayor, las cuales el proveedor adjudicado deberá reportar mediante correo electrónico, una vez tomado conocimiento del hecho y hasta 5 días corridos contabilizados desde su ocurrencia, dirigido al Supervisor Técnico del Contrato, informando del incidente y las medidas que se tomaran para restablecer la ejecución del servicio, las cuales deben comprender tiempo de demora y fecha de entrega. Recibida dicha comunicación, el Supervisor Técnico elaborará un informe que respalde la aprobación o rechazo de la causal alegada por el proveedor adjudicado, remitiendo todos los antecedentes a la Encargada del Departamento de Administración y Finanzas, quien a su juicio podrá aceptarla o rechazarla, total o parcialmente, dictando una resolución fundada que así lo disponga. Se entenderá por caso fortuito o de fuerza mayor: - Que el hecho sea imprevisto, inesperado, sorpresivo e insuperable. - Que el hecho sea atribuible a un tercero, no dependiente del contratista. En el caso que correspondiera otorgar aumento de plazo por caso fortuito o fuerza mayor, no habrá derecho a indemnización ni compensación económica de ninguna especie para el proveedor de cargo de la JUNJI. Notificaciones del procedimiento de aplicación de multas Las notificaciones que deriven de la aplicación de este procedimiento se efectuarán por dos vías: a) Correo electrónico: mediante el cual se le notificará al adjudicatario la hipótesis de incumplimiento, con el objeto de que tome conocimiento y realice su defensa por este mismo medio. Lo anterior, en virtud que se trata de un proceso desformalizado, previo a dictar la resolución que cursa la multa. No obstante, lo anterior, la casilla electrónica también será utilizada como una doble notificación, para remitir a través de ella resoluciones administrativas, ya que, en virtud de la emergencia sanitaria, el funcionamiento de la oficina de partes y correos no ha sido regular, detectándose una demora excesiva en el tránsito de la correspondencia desde la oficina a domicilio determinado. Sin embargo, para efectos de la contabilización del plazo para la defensa del proveedor, se tomará en cuenta desde la notificación de la carta certificada. b) Carta certificada: a través de la cual se le notificará al adjudicatario del acto administrativos que aplica multa dictado durante la ejecución del contrato, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su ingreso para despacho en oficina de Correos que corresponda. Detectada una situación que amerite la aplicación de multas por parte del área a cargo de la supervisión técnica del contrato o del funcionario responsable, se le comunicará al Departamento de Administración y Finanzas, para que proceda a notificar al adjudicatario lo siguiente: i. infracción detectada; ii. los hechos que la constituyen; y iii. el monto de la multa a aplicar mediante correo electrónico a la casilla que el proveedor registre en la plataforma www.mercadopublico.cl o bien a aquella de la cual la institución tenga conocimiento, y paralelamente notificará a través de carta certificada a la dirección consignada en el contrato respectivo, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su ingreso para despacho en oficina de Correos que corresponda, haciendo presente que la contabilización del plazo para la defensa del proveedor será a partir de norma citada precedentemente, relativa a la carta certificada. A contar de la notificación de la comunicación precedente, el adjudicatario tendrá un plazo de cinco días hábiles completos, para efectuar sus descargos ante el Departamento de Administración y Finanzas de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, para lo cual puede responder al mismo correo institucional recibido, y acompañar todos los antecedentes que estime pertinentes, o bien remitir los antecedentes físicos mediante carta certificada, o en sobre cerrado entregado en la oficina de partes de la Institución, ubicada en Morandé N°226, piso 5, comuna de Santiago, región Metropolitana. Vencido el plazo sin presentar descargos, la JUNJI dictará la respectiva Resolución o Acto Administrativo aplicando la multa. Si el adjudicatario hubiera presentado descargos en tiempo y forma, la JUNJI tendrá un plazo de hasta treinta días hábiles a contar de la recepción de los mismos, para rechazarlos o acogerlos, total o parcialmente, lo que se determinará, mediante Resolución o Acto Administrativo fundado, lo que se notificará al adjudicatario, por correo electrónico y carta certificada. En caso de que los descargos no sean admitidos, se cursará la multa correspondiente a través de una Resolución, 18 la cual, en todo evento, deberá estar debidamente fundada. Sin perjuicio de lo anterior, el proveedor podrá disponer del mecanismo de impugnación contemplado en el artículo 59 de la Ley 18.880. La multa aplicada se deducirá preferentemente del pago más próximo y luego se cobrarán judicialmente, en su caso. No obstante lo anterior, previa autorización por parte de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, el proveedor/contratista podrá pagar directamente en la cuenta corriente de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, debiendo otorgársele recibo de tal efecto, el que será remitido vía correo electrónico por el área de Tesorería. La Junta Nacional de Jardines Infantiles podrá aplicar multas hasta por un total del 20% del monto neto de la contratación. Sin perjuicio de lo anterior, una vez alcanzado el límite establecido, tendrá la facultad de poner término anticipado a la contratación. Sin perjuicio de lo señalado precedentemente, la JUNJI podrá ejercer las acciones legales que correspondan para el debido resguardo del interés fiscal. 24. TÉRMINO ANTICIPADO DE LA CONTRATACIÓN La Junta Nacional de Jardines Infantiles está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna, respecto del proveedor, si concurriere alguna de las causales que se señalan a continuación: a) Por estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato. Salvo lo dispuesto en el Artículo 57 N°1 letra c) de la Ley N°20.720. b) Si se disuelve la empresa contratista y no tuviese continuador legal. c) Por incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. d) Cuando de común acuerdo, la entidad licitante y el respectivo proveedor resuelvan poner término al contrato. e) Si en el ejercicio presupuestario siguiente no existen recursos disponibles para contratar el servicio. f) Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 20% del valor total original del contrato g) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional. h) Por incumplimiento de este, procediéndose a pagar al oferente adjudicado los Bienes efectivamente entregados y recibidos a satisfacción. Se considerará incumplimiento grave cuando el proveedor adjudicado incurra en las siguientes conductas: i. En caso de que el contratista trasgreda la prohibición de ceder, transferir o traspasar en forma alguna parcial o totalmente, a cualquier título, el contrato que suscriba con JUNJI o los derechos y obligaciones emanados de él; ii. Si el proveedor no cumple con los plazos establecidos de común acuerdo con JUNJI; iii. el incumplimiento de las limitaciones establecidas para la subcontratación.; iv. Cuando la multa cursada no pueda deducirse del estado de pago más próximo y deba proceder el cobro judicial de la multa; y v. Cuando la multa cursada, o la suma de ellas, alcancen el 20% del valor total original de la contratación. Lo anterior es sin perjuicio de las acciones que la Junta Nacional de Jardines Infantiles, pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El término anticipado del contrato se realizará mediante Resolución fundada, que se publicará en el sistema de información mercado público, a más tardar dentro de las 24 horas de dictada. Procedimiento y normas aplicables al término contractual anticipado: El procedimiento y normas aplicables al término contractual anticipado corresponde al descrito en el presente numeral. Las notificaciones que deriven de la aplicación de este procedimiento se efectuarán por dos vías: a) Correo electrónico: mediante el cual se le notificará al adjudicatario la hipótesis de término anticipado con el objeto de que tome conocimiento y realice su defensa por este mismo medio. Lo anterior, en virtud que se trata de un proceso desformalizado, previo a dictar el acto administrativo resolutorio. No obstante, lo anterior, la casilla electrónica también será utilizada como una doble notificación, para remitir a través de ella resoluciones administrativas, ya que en virtud de la emergencia sanitaria, el funcionamiento de la oficina de partes y correos no ha sido regular, detectándose una demora excesiva en el tránsito de la correspondencia desde la oficina a domicilio determinado. Sin embargo, para efectos de la contabilización del plazo para la defensa del proveedor, se tomará en cuenta desde la notificación de la carta certificada. b) Carta certificada: a través de la cual se le notificará al adjudicatario de los actos administrativos que se dicten durante la ejecución del contrato, como el término anticipado del contrato, la que se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a su ingreso para despacho en oficina de Correos que corresponda. Los antecedentes que pudieran justificar la aplicación de una (o ambas) de estas medidas, serán remitidas en un informe, por el Supervisor técnico del contrato de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, al contratista adjudicado. Dicho informe contendrá el detalle del incumplimiento que dan origen al procedimiento, precisando la normativa de las bases de licitación y contrato que se trasgrede. El informe y los antecedentes serán notificados 19 por correo electrónico y mediante carta certificada al domicilio indicado en el contrato. El proveedor dispondrá de un plazo fatal de 5 días hábiles, contados desde la notificación de la carta certificada, para presentar sus descargos, respondiendo al mismo correo institucional recibido, o bien, por escrito a través de la oficina de partes, dirigido al Supervisor Técnico del Contrato de la Junta Nacional de Jardines Infantiles domiciliado para estos efectos en las dependencias de la Dirección Nacional ubicada en Morandé 226, piso 5, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Trascurrido este plazo, y con los antecedentes que la JUNJI disponga y lo que el proveedor haya aportado, la autoridad competente resolverá sobre los hechos, definiendo en su caso la procedencia de estas. La Resolución Fundada que se emita al efecto será notificada al proveedor en virtud del artículo 46 de la Ley 19.880 y por correo electrónico. La Resolución será impugnable mediante los recursos establecidos en el artículo 59 de la Ley 19.880, dentro de los 5 días hábiles siguientes contados desde la fecha de notificación de aquélla. Adicionalmente, el proveedor deberá responder de las multas que corresponda por el atraso que se produzca o cualquier otro perjuicio que resultare para la JUNJI con motivo de esta terminación, que se pudiere hacer valer en Tribunales. Todo, sin perjuicio de las acciones que la JUNJI pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado la resolución del contrato, en ambos casos, con la correspondiente indemnización de perjuicios. El término anticipado del contrato no dará lugar al pago de indemnización en favor del contratista. La resolución que disponga el término anticipado del contrato deberá, en todo caso, estar debidamente fundado. 25. DE LA SUPERVISIÓN La supervisión técnica estará a cargo del Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, quien será responsable de: • El administrador del contrato designado por la JUNJI será el Encargado de Sección de Desarrollo de las Personas o quien lo subrogue. • Verificar el cumplimiento del contrato y/o servicio contratado. • Identificar y evaluar los riesgos de la ejecución del contrato. • Realizar seguimiento del contrato para analizar el grado de cumplimiento de lo comprometido por el proveedor, debiendo ejercer las acciones contempladas en él, como sancionar y/o terminar el contrato según clausulas establecidas. (informar oportunamente el incumplimiento) • Realizar las gestiones internas necesarias para la consecución de los objetivos planteados en el contrato. • Emitir las comunicaciones oficiales las cuales deberán establecerse por escrito y oportunamente, para la coordinación de la ejecución del contrato suscrito entre la JUNJI y el Contratista. Coordinar y mantener informado a la jefatura directa de las gestiones y estado de la ejecución del contrato, así como a otras áreas interesadas. (Depto. de Administración y Finanzas, Depto. de Fiscalía y Asesoría Jurídica, según corresponda) • Validar y aprobar las facturas para el pago del contrato, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 19.983, que regula la transferencia y otorga mérito ejecutivo a copia de factura, emitiendo el documento de recepción conforme. • Asegurar que el contrato se cumpla en los plazos, condiciones y precios estipulados. • Gestionar la suscripción de contratos modificatorios y/o complementarios a que hubiere lugar, en coordinación con la Oficina de Gestión de Compras. • Gestionar en forma oportuna las garantías para asegurar la vigencia durante toda la vigencia del contrato. El Departamento de Administración y Finanzas, a través de la Oficina de Gestión de Compras, deberá poner a disposición de la Sección de Desarrollo de las Personas, lo siguiente: • El mecanismo para evaluar el servicio contratado. • Las herramientas administrativas para apoyar la toma de decisión de la Sección de Desarrollo de las Personas. • Realizar los actos administrativos que deriven de la toma de decisión por parte de la Sección de Desarrollo de las Personas. 26. EVALUACIÓN DE PROVEEDORES Al término del servicio, el Departamento de Gestión y Desarrollo de Personas de la Dirección Nacional de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, calificará el comportamiento que haya tenido el oferente adjudicado a través del sistema denominado “Evaluación de Proveedores”. La información obtenida servirá de base para: - Respaldo de término anticipado de contrato si procediere. - Futuras evaluaciones que sea objeto el proveedor. Para el caso que el proveedor seleccionado, incurriesen incumplimientos y/o sanciones contractuales, formalizadas mediante acto administrativo, producto de la presente contratación. La Junta Nacional de Jardines Infantiles, a través de la Sección de Compras, deberá registrar dicho incumplimiento (adjuntar acto administrativo), en el campo “Comportamiento Contractual” de la ficha del proveedor, en el sistema de información www.mercadopublico.cl. Dicha gestión tendrá como finalidad la de mantener un puntaje actualizado en la ficha electrónica, respecto de 20 los contratos que registra el proveedor en el último período y así, poder utilizar dicho puntaje en próximas contrataciones, en caso de requerir, siempre y cuando las Bases Administrativas y Técnicas del proceso las permitan. 27. SUBCONTRATACIÓN (Anexo N°10) En caso de que, para el cumplimiento de la presente licitación, el oferente requiera subcontratar a otra empresa, junto con indicarlo claramente en su oferta, deberá proporcionar los antecedentes que la identifique, incluyendo aquellos que acreditan que no se encuentran afectados por ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en el artículo 92, en relación con lo indicado en numeral 2 del inciso segundo, del artículo 76, ambos del Reglamento de la Ley N°19.886, (presentando Anexo N°2). Asimismo, deberá indicar qué parte del trabajo será realizada por la empresa subcontratada, para lo cual deberán completar el Anexo N° 10 si procediera. El monto total de los servicios subcontratados en su conjunto no debe exceder del 30% del monto total del contrato celebrado con el contratista. En todo caso, el contratista no podrá pretender modificaciones de especificaciones, de precios, o de plazos. La Junta Nacional de Jardines Infantiles se reserva el derecho de objetar fundadamente a un subcontratista. Si durante la vigencia del contrato, fuere necesario efectuar subcontrataciones, el contratista deberá informar previamente a la JUNJI, a través del Supervisor del Contrato, quien deberá autorizar la subcontratación, y se deberá dar cumplimiento con los mismos requisitos y limitaciones señalados en los párrafos 1 y 2 del presente punto. El contratista será el único responsable ante la Junta Nacional de Jardines Infantiles del cumplimiento de los servicios de la presente licitación. 28. COMPROMISO DE CONFIDENCIALIDAD (Anexo N°11) El oferente adjudicado deberá completar y entregar posteriormente el Anexo N° 11, que corresponde a una Declaración Jurada Simple que certifique que todas las personas que participarán de las actividades del presente trabajo cumplirán estrictamente las normas sobre confidencialidad de la información 29. DERECHOS E IMPUESTOS Todos los gastos como los impuestos que se generen o produzcan por causa o con ocasión de este Contrato, tales como los gastos notariales de celebración de contratos y/o cualesquiera otros que se originen en el cumplimiento de obligaciones que, según las Bases, ha contraído el oferente adjudicado, serán de cargo exclusivo de éste. 30. PROHIBICIÓN DE CESIÓN DE DERECHOS Y TRANSFERENCIAS El contratista no podrá ceder ni transferir en forma alguna, total ni parcialmente los derechos y obligaciones que nazcan del desarrollo de la presente licitación, y en especial los establecidos en el contrato definitivo. 31. DECLARACIÓN JURADA SIMPLE RELATIVA AL MANUAL DE PREVENCIÓN DE DELITOS DE LAVADO DE ACTIVOS, DELITOS FUNCIONARIOS Y FINANCIAMIENTO AL TERRORISMO DE JUNJI (Anexo N°12) El oferente adjudicado deberá realizar una declaración jurada simple, en los términos del Anexo N° 12, en la cual declaren conocer los lineamientos y directrices contenidos en el Manual de Prevención de delitos de Lavado de Activos, Delitos funcionarios y Financiamiento al Terrorismo de JUNJI, disponible en portal de transparencia activa(http://gobiernotransparente.junji.gob.cl/portal/transparencia/actos_resoluciones/regiones/institucional/2020/651.pdf), las normas legales vigentes sobre la materia y las sanciones establecidas frente a la eventual vulneración de aquellas. A mayor abundamiento, se obliga el proveedor a no realizar alguna actividad o desarrollar conductas que puedan ser consideradas o constitutivas de delitos de Lavado de Activos, Financiamiento al Terrorismo u otras ilicitudes que puedan afectar a la Junta Nacional de Jardines Infantiles. 32. FIJACIÓN DE DOMICILIO Para los efectos de la presente licitación y su relación contractual, las partes fijan domicilio en la ciudad y comuna de Santiago de Chile.
Bases Técnicas
CURSO “DISEÑO Y ARQUITECTURA DE AULAS VERDES” EN MODALIDAD E-LEARNING 1. INTRODUCCIÓN La Junta Nacional de Jardines Infantiles requiere la adquisición de un servicio de capacitación e-learning de “Diseño y Arquitectura de Aulas Verdes” para 20 funcionarios de la Sección de Diseño, Construcción y Habilitación de Espacios Educativos de la JUNJI (Junta Nacional de Jardines Infantiles). El objetivo de este curso es dotar de conocimientos y herramientas sobre eficiencia energética, nuevas tecnologías, paisajismo como espacios de aprendizaje y juego al aire libre, aplicado al diseño y ejecución de proyectos de establecimientos educacionales para la primera infancia JUNJI. Estos proyectos deben desarrollar espacios diversos que favorezcan las actividades pedagógicas, desde las distintas formas de aprendizaje, centradas en niñas y niños, incorporando la innovación tecnológica y el diseño para el uso eficiente de energía y recursos, además de ser pertinentes a las zonas geográficas y climáticas donde se emplacen, considerando diseño y técnicas bioclimáticas pasivas. 2. OBJETIVOS DEL CURSO 2.1. OBJETIVO GENERAL: Identificar, comprender y desarrollar herramientas sobre eficiencia energética, nuevas tecnologías, paisajismo como espacios de aprendizaje y juego al aire libre, aplicado al diseño y ejecución de proyectos de establecimientos educacionales para la primera infancia JUNJI. 2.2. OBJETIVOS ESPECÍFICOS: Cada oferente deberá presentar los objetivos específicos de acuerdo con cada módulo, que apunten al cumplimiento del objetivo general expuesto en la presente base. 3. CONTENIDOS EXIGIBLES A CONSIDERAR EN LA PROPUESTA TÉCNICA 3.1. REQUISITOS DE ADMISIBILIDAD DE LA PROPUESTA TÉCNICA Para que la propuesta técnica presentada por el oferente sea declarada admisible, deberá cumplir con los siguientes requisitos: 1. Nombre: Indicar nombre de cada módulo con su respectivo objetivo específico. Deberá incluir un módulo 0 introductorio que informe sobre: contenidos, metodología de dictación, evaluación, navegabilidad en plataforma y método de contacto con el área de soporte o dudas de contenido. 2. Contenidos: El curso deberá incluir en la propuesta los contenidos necesarios para cumplir con el objetivo planteado en el presente documento. A continuación, se adjunta un marco referencial de contenidos, los que podrán ser ajustados por el proveedor a fin de asegurar el cumplimiento del propósito del curso. Por ello se espera una propuesta técnica que incluya detalle de la descripción de los contenidos del curso, considerando por cada módulo: nombre, objetivo de aprendizaje, contenidos, metodología, duración y modalidad de trabajo. Nombre del módulo Contenidos Módulo 1: Herramientas para el diseño Sostenible para establecimientos educacionales de primera infancia • Conceptos de arquitectura sostenible. • Zonificación climática regional. • Marcos normativos, estándares y certificaciones vigentes. • Nuevas tecnologías incorporadas al diseño y a la ejecución de obras. • Experiencia y referentes a nivel nacional e internacional. Módulo 2: Herramientas para el diseño de espacios para el juego, la recreación y el aprendizaje al aire libre. • Los beneficios del juego, el riesgo y el aprendizaje al aire libre y sus problemáticas actuales. • Diseño y desarrollo técnico de espacios de juego, aprendizaje y recreación al aire libre. • Paisajismo sustentable para favorecer actividades pedagógicas, el contacto con la naturaleza, la recreación y el juego en Chile. 22 • Revisión de proveedores de juegos y referentes de espacios educativos al aire libre a nivel nacional e internacional. 3. Modalidad: El curso debe ser dictado en modalidad e-learning, considerando el uso de la plataforma del proveedor, y en su mayoría, clases online en vivo. Las actividades y evaluaciones deben estar en línea con las posibilidades del aprendizaje e-learning y los objetivos del curso. En cuanto a la plataforma, esta debe garantizar responsividad, es decir, que sea adaptable a cualquiera de los dispositivos que el/la participante pudiera utilizar (notebook, computador de escritorio, celular, tablet). De existir requisitos de conectividad o usabilidad de la plataforma, estos deben ser especificados. 4. Metodología de enseñanza y aprendizaje: El curso deberá contemplar, dentro de su metodología, actividades didácticas diferentes además de las clases expositivas de acuerdo con los contenidos de cada módulo, que contribuyan al logro de los objetivos de aprendizaje y desarrollo de habilidades esperados. Se debe detallar en cada actividad la metodología y herramientas a utilizar, las cuales deben ser coherentes con los objetivos de aprendizaje. Por otra parte, se considera necesario trabajar con casos prácticos que estén vinculados a la realidad laboral de la institución, así como a las recomendaciones de instrumentos que se pueden utilizar. Estos casos pueden crearse juntamente con la contraparte técnica, previo inicio del curso, para que sean trabajados por los participantes en plataforma, y posteriormente retroalimentados en la clase en vivo. Respecto de las clases online, deberán realizarse dentro de los horarios de la jornada laboral de JUNJI por la plataforma que al proveedor le sea más cómoda (Teams, Zoom o Meet Google), con una dinámica teórica, reflexiva y práctica que sea diversa, que utilice distintos recursos y que favorezca los procesos de atención, concentración y aprendizaje. El curso debe considerar la posibilidad de hacer consultas a lo largo de su ejecución, manteniendo un tutor a disposición de los alumnos con un plazo de respuesta de 2 días hábiles a las consultas que se realicen. La plataforma deberá contener material adicional para revisión y profundización, siendo posible utilizar distintos recursos (documentos, videos, casos, etc.). Así mismo, la plataforma deberá contar con un foro interactivo para que los mismos participantes puedan interactuar. Las clases deberán quedar grabadas y ser cargadas en plataforma, para que puedan ser revisadas cuando el/la funcionario/a lo necesite durante toda la duración del curso. Además, se exigirá que el equipo a cargo de la actividad esté conformado por coordinador encargado de las gestiones logísticas-administrativas y al menos una persona de soporte técnico que esté a cargo de aceptar el ingreso de los/as participantes, resolver problemas técnicos y contactar a quien lo necesite para apoyar en su conexión, adicionales al equipo docente, esto para garantizar que el/la relator/a pueda enfocarse específicamente en el proceso pedagógico. 5. Evaluación de los aprendizajes: La actividad deberá contemplar evaluaciones de aprendizajes de carácter secuencial y sumativas que permita discriminar entre aprobados y reprobados, las cuales deberán considerar aspectos técnicos y prácticos. 6. Certificados de aprobación: Las certificaciones de los/as participantes aprobados deberán ser remitidas a cada participante y a la coordinadora o coordinador de la actividad desde JUNJI, en formato digital, con un plazo de 15 días hábiles una vez finalizada la capacitación. El formato será revisado y visado por la institución, y deberá contener al menos con: nombre de la actividad, fechas de ejecución, nombre y situación final del/la participante, número de horas cronológicas, timbre y firma de la entidad capacitadora. Junto a las certificaciones deberá remitirse en digital un informe final, en donde se indique al menos nombre de la actividad, fechas de impartición, asistencia de cada persona junto a sus resultados académicos parciales y totales, con una nómina de los/as funcionarios/as indicando nombre completo, rut y región de procedencia. 4. ORGANIZACIÓN DE LA CAPACITACIÓN 4.1. Reunión de inicio Posteriormente a la adjudicación de la oferta y previo a la ejecución de la capacitación, el proveedor adjudicado y JUNJI celebrarán una reunión de inicio donde se establecerán al menos los siguientes puntos: a. Presentación de ambas partes con sus respectivos roles b. Revisión del programa de contenidos y ajustes de ser necesario c. Definición del cuerpo docente que ejecutará el programa d. Fechas de ejecución del curso e. Calendario de clases y evaluación del curso f. Fechas críticas para la ejecución del curso 23 g. Formatos de listas de asistencia y resultados esperados 4.2. Número de participantes Esta capacitación contará con un total de 20 participantes, los cuales se desempeñan en la Junta Nacional de Jardines Infantiles. La nómina de participantes es de responsabilidad de la Junta Nacional de Jardines Infantiles, la cual será entregada al proveedor una vez se inicie la coordinación del curso. Sin embargo, se pedirá la flexibilidad de poder reemplazar participantes hasta las primeras 2 semana de ejecución del curso, ante eventuales situaciones de fuerza mayor que lo requieran, a modo de evitar la incidencia de pérdida de los cupos comprometidos. 4.3. Distribución horas de capacitación El curso debe tener una duración de 32 horas cronológicas totales, donde al menos 24 horas deben destinarse a clases a través de videoconferencia en modalidad sincrónica, las que deberán quedar grabadas y guardadas en la plataforma a disposición de las y los participantes del curso. El resto de la distribución que concierne al número de horas por módulo será de sugerencia del oferente en su propuesta, entendiendo que es quien cuenta con la experticia en la materia y en la mejor forma de dirigir la pedagogía de la actividad. Por ello se espera una propuesta técnica que incluya detalle de la descripción y distribución de horas de capacitación (recordar que estas siempre deben ser cronológicas), considerando por cada módulo: nombre, objetivo de aprendizaje, contenidos, metodología, duración y modalidad de trabajo. 4.4. Temporalidad de la ejecución del curso No se exigirá un cronograma de la ejecución del curso considerando previamente días y horas, ya que aquello será de mutuo acuerdo una vez se inicie la coordinación de la actividad, no obstante, es importante que el proveedor considere los siguientes aspectos: a. Se exigirá que las clases se realicen en horario laboral de Junji. b. El periodo de ejecución total de la actividad será máximo hasta el 31 de diciembre del 2022. c. Cada clase en vivo no podrá superar las 3 horas cronológicas de duración, y dependiendo del tiempo, deberá incluir al menos un break intermedio, que favorezca la concentración por el periodo total de la clase. d. No podrán realizarse más de dos clases en la semana, debiendo haber al menos un día intermedio entre ellas. 4.5. Productos asociados al curso El proveedor deberá hacer entrega de los siguientes productos, los cuales estarán vinculados a pago: 1. Estado de avance dictación del curso: celebración de al menos una reunión de inicio con su respectiva acta, nómina de participantes cargada en plataforma, informe de preparación y afinamiento de la ejecución. 2. Informe intermedio al finalizar la primera mitad del curso (Punto 22 de Bases Administrativas) 3. Informe final y certificación (Punto 22 de Bases Administrativas)