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Resolución de Empates |
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En caso de existir empate entre dos o más propuestas, se adjudicará al proponente que tenga el mayor puntaje en el criterio de evaluación “Experiencia Técnica del Equipo Profesional”.
En caso de persistir el empate, la licitación se adjudicará al proponente que haya obtenido el mayor puntaje promediado entre los criterios de evaluación “Experiencia Técnica del Equipo Profesional” y “Experiencia Técnica del Oferente.
De mantenerse el empate, la licitación se adjudicará al mayor puntaje promediado entre “Experiencia Técnica del Equipo Profesional y del Oferente” y “Oferta Económica”.
Entre aquellos oferentes que continúen empatados luego de aplicar todos los criterios anteriores, se preferirá a la oferta económica menor.
Si no es posible aplicar ninguno de los criterios de desempate anteriores, se adjudicará la propuesta al oferente que primero hubiera presentado su oferta el en portal.
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Mecanismo para solución de consultas respecto a la adjudicación |
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Las consultas deberán formularse ingresándolas al Foro de la ficha de licitación en www.mercadopublico.cl. Sólo se aceptarán las consultas hechas por esa vía y dentro de los plazos fijados.
Las respuestas se realizarán mediante el foro, no obstante, serán aprobadas en forma posterior por el Director a través de la emisión de una aclaración, la que será publicada como documento adjunto a la ficha de licitación y aprobadas junto con la resolución que adjudica la propuesta.
SERVIU se reserva el derecho de no dar respuesta a aquellas consultas que considere improcedentes, que impliquen confidencialidad en materias propias del Servicio o que pongan en riesgo la transparencia del proceso de licitación, lo que así se indicará en el foro de consultas de la licitación.
El SERVIU Región de Tarapacá, de manera unilateral y por iniciativa propia, podrá realizar las Aclaraciones que estime necesarias, las que también se informarán a través de la Ficha de licitación en el portal www.mercadopublico.cl, por lo que los proponentes no podrán alegar desconocimiento de ellas para efecto alguno, siendo de su responsabilidad mantenerse actualizados del proceso de licitación.
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Acreditación de cumplimiento de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social |
- Será obligación del Consultor, mantener bajo su cargo y responsabilidad el personal adecuado para la ejecución de la Fiscalización Técnica de Obras que por este acto se licitan. Se deja expresamente establecido que dichos trabajadores no tendrán vínculo ni relación laboral alguna con SERVIU y deberá dar cumplimiento al pago oportuno de todas las obligaciones laborales y previsionales de sus trabajadores (profesionales, técnico y empleados) que presten servicios en el desarrollo de la FTO, todo lo cual es de su exclusiva responsabilidad, si es que las hubiera.
- El incumplimiento de las obligaciones laborales y sociales de sus trabajadores por parte de los contratantes, en los términos previstos en la Ley N° 20.238, dará derecho a hacer efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato.
- El Consultor, en su calidad de empleador, será responsable exclusivo del cumplimiento íntegro y oportuno de las normas del Código del Trabajo y leyes complementarias, leyes sociales, de previsión, de seguros, de enfermedades profesionales, de accidentes del trabajo y demás pertinentes, respecto de todos los integrantes de su Equipo de Trabajo. En consecuencia, el Consultor será responsable en forma exclusiva del pago oportuno de las remuneraciones, honorarios, indemnizaciones, desahucios, beneficios y en general, de toda suma de dinero que por cualquier concepto deba pagarse a los integrantes de su Equipo de Trabajo.
- Adicionalmente, se compromete a proporcionar a SERVIU, todos los documentos y/o antecedentes que este pueda requerir en sus funciones de supervisión y control del cumplimiento del contrato y de los servicios prestados, quien para estos efectos podrá ejercer los derechos de información y retención que confiere la ley, e incluso, podrá efectuar los pagos de estas obligaciones, según corresponda, con cargo a la garantía de fiel y oportuno cumplimiento de contrato.
- Para cada estado de pago, el Consultor deberá hacer llegar el certificado de antecedentes laborales y previsionales a objeto de revisar que no existan saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años. En el caso que sus trabajadores estén contratados bajo la modalidad de honorarios, el consultor deberá presentar las copias de las boletas de honorario del personal contratado.
- El Consultor deberá presentar las planillas de cotizaciones previsionales junto a cada Estado de Pago, adjuntando además el Certificado correspondiente de la Inspección Provincial del Trabajo del periodo que corresponda, esto en el caso de contratos mediante Formularios F30 y F30(1), este último (F30(1)) desde la ejecución del 2° Estado de Pago y hasta el último mes programado el servicio, en el caso que tenga personal contratado.
- En caso de no tener trabajadores sujetos a contrato de trabajo, junto con cada estado de pago, el consultor deberá entregar una declaración jurada que no tiene trabajadores de su dependencia vinculados con el estudio. En caso de falsedad, SERVIU se reserva el derecho para denunciar los delitos o faltas administrativas que se pudieran configurar, según corresponda.
- Si el Consultor registrare saldos insolutos de remuneraciones o de cotizaciones de acuerdo a lo señalado precedentemente, SERVIU procederá en la forma establecida en el artículo 4 inciso segundo de la Ley 19.886, esto es la retención de estados de pago en la forma allí establecida.
- Si por cualquier razón, SERVIU hiciere efectiva la garantía de fiel y oportuno cumplimiento del contrato, el Consultor deberá presentar una nueva garantía, tomada en idénticas condiciones, dentro de los 5 días hábiles siguientes a aquel en que el SERVIU hubiere presentado a cobro a la institución financiera respectiva. El incumplimiento de esta obligación faculta al SERVIU para poner término inmediato y anticipado al contrato sin derecho a indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo éste indemnizar los perjuicios causados.
- El Consultor no tendrá derecho a reajuste ni a indemnización por las cantidades que se le hubieren retenido o descontado por concepto de pago de remuneraciones imposiciones o impuestos que se compruebe adeudaba.
- Por otra parte, si del Certificado de la Inspección del Trabajo, se deduce que el Consultor presenta, multas, reclamos o deudas, con montos debidamente informados se procederá como sigue:
- - Deudas previsionales: En este caso se retendrá un 30% del monto total de la deuda informada, en cada Estado de Pago, en que esta aparezca en el Certificado respectivo.
- - Devolución de Retenciones: los montos retenidos sólo serán restituidos al Consultor una vez subsanados los reclamos, multas o deudas, acreditando debidamente dicha situación.
- Ante reiteradas situaciones de reclamos, multas o deudas laborales o previsionales, SERVIU se reserva el derecho a poner término anticipado al contrato, administrativamente, sin forma de juicio, mediante Resolución fundada del Director de SERVIU.
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Presentación de antecedentes omitidos por los oferentes |
- SERVIU podrá solicitar a través del portal, de conformidad a lo establecido en el inciso primero del artículo 40 del Reglamento de la Ley de Compras, que los oferentes salven errores u omisiones formales, siempre y cuando las rectificaciones de dichos vicios u omisiones no les confieran a éstos una situación de privilegio respecto de los demás competidores, esto es, en tanto no se afecten los principios de estricta sujeción a las bases y de igualdad entre los oferentes, lo que se informará al resto de los proponentes a través del portal.
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Pacto de integridad |
El oferente declara que, por el sólo hecho de participar en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a cumplir con todas y cada una de las estipulaciones que contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes. Especialmente, el oferente acepta el suministrar toda la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo a las presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1.- El oferente se compromete a respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1º, 4º, 5º, 6º, 12º, y 16º, en conformidad al artículo 485 del código del trabajo. Asimismo, el oferente se compromete a respetar los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos cuando se produzcan, de acuerdo a los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de Naciones Unidas.
2.-El oferente se obliga a no ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de él o los contratos que eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3.- El oferente se obliga a no intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o naturaleza colusiva, en cualquier de sus tipos o formas.
4.- El oferente se obliga a revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para efectos del presente proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar la veracidad, integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia de la misma.
5.- El oferente se obliga a ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, ética, moral, buenas costumbres y transparencia en el presente proceso licitatorio.
6.- El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos se derivase.
7.- El oferente se obliga y acepta asumir, las consecuencias y sanciones previstas en estas bases de licitación, así como en la legislación y normativa que sean aplicables a la misma.
8.- El oferente reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria, con información fidedigna y en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que aseguren la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
9.- El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados y/o dependientes y/o asesores y/o agentes y en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas, haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los organismos correspondientes.
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