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Bases Administrativas |
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BASES ADMINISTRATIVAS
I. INTRODUCCIÓN
La Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), entidad de la Organización de los Estados Americanos (OEA) realiza, dos veces al año, el encuentro llamado Comité Consultivo Permanente I (CCP. I) que reúne a entidades reguladoras de telecomunicaciones de sus Estados miembros, entre otros actores relevantes, con la finalidad de promover el debate, la cooperación y la coordinación regional en diversos aspectos relevantes del sector telecomunicaciones.
El evento se conforma por diversos grupos de trabajo en torno a temas de políticas regulatorias, despliegue de tecnologías, servicios de telecomunicaciones, entre otros, respecto a los cuales se elaboran informes y documentos relacionados con estos, con el objetivo de mejorar el desarrollo social, económico, cultural y ambiental en las Américas, y contribuir con la implementación de la agenda de desarrollo sostenible.
Chile será el país anfitrión de la 47 Reunión del Comité Consultivo Permanente I (CCP. I), de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), que se realizará en Santiago desde el 18 al 22 de agosto de 2025, según el acuerdo de los Estados miembros de la CITEL que consta en la Resolución CCP. I/RES. 349 de 2024, del mismo organismo.
En ella participarán delegados de los 34 países miembros, más representantes de organismos asociados, aproximadamente 120 personas durante la semana que dure este evento, en reuniones plenarias y también de menos personas. Los idiomas de la reunión son inglés y español.
Al ser un evento compartido con CITEL, pero cuya organización primordial corresponde a esta última, dicha institución informó a SUBTEL que seleccionó como lugar para realizar este evento el Hotel Le Meridien, ubicado en Av. Libertador Bernardo O´Higgins 136, comuna de Santiago, en donde contrataron directamente los servicios de salones, iluminación, amplificación y otros, no contenidos en esta licitación, por lo tanto no serán responsabilidad del oferente.
La reunión plenaria se realizará en el Salón Pacífico del mencionado hotel, y las que cuenten con menos asistentes podrán realizarse en el Salón Antártica.
El evento se transmitirá a través del programa Zoom a los delegados que se conecten fuera del país (a través de la cuenta Zoom de CITEL), y será sólo unidireccional, esto es, no se recibirán opiniones.
Las sesiones se realizarán de lunes a viernes desde las 9:00 a 18:00 horas, pero la acreditación de delegados debe comenzar a las 8:00 horas cada día.
II. OBJETIVO GENERAL
Contar con una empresa para que provea los insumos y servicios necesarios para la producción de la 47 Reunión del Comité Consultivo Permanente I (CCP. I), de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL), a realizarse en la ciudad de Santiago, en el Hotel Le Meridien, desde el 18 al 22 de agosto de 2025.
III. IDIOMA DE LA LICITACIÓN
Todo el proceso de licitación será en idioma español. Esto significa que no se aceptarán ofertas en otros idiomas.
IV. ETAPAS Y PLAZOS DE LA LICITACIÓN
- Consultas y aclaraciones: Las consultas que los oferentes deseen formular con relación a la materia de esta propuesta, se deberán realizar a través del sitio www.mercadopublico.cl, en el ID asignado por dicho Sistema, en la sección “Preguntas y Respuestas”, desde el día de la publicación hasta los siguientes tres (3) días corridos.
Las respuestas, igualmente, serán publicadas en la citada sección “Preguntas y Respuestas”, a más tardar al segundo día hábil desde culminado el plazo para efectuar las consultas, a través de un archivo adjunto. Dichas respuestas se considerarán parte integrante de las normas que rigen esta licitación.
- Cierre de recepción de ofertas: El plazo máximo de recepción de ofertas será de diez (10) días corridos contados desde el día siguiente a la publicación de las presentes bases en el Sistema de Información, hasta las 14:00 horas. Se hace presente que hasta la fecha y hora precedentemente señalada como cierre de la licitación, se podrá hacer entrega de los antecedentes en soporte físico, en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, conforme en cada caso se estipula y faculte en estas Bases.
- Acto de apertura: La apertura técnica y económica de las ofertas se efectuará el mismo día del cierre de recepción de ofertas, a las 16:00 horas.
- Evaluación de ofertas: El plazo máximo de evaluación de las ofertas será de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente a la apertura.
- Adjudicación: La adjudicación de la licitación se realizará dentro de un plazo máximo de tres (3) días hábiles siguientes al término de la evaluación de las ofertas y su publicación, en el sitio www.mercadopublico.cl, se realizará el día hábil siguiente.
Se hace presente que, en caso que un plazo expire en días sábados, domingo o festivo se entenderá prorrogado al día hábil siguiente.
V. MODIFICACIÓN A LAS BASES
La Subsecretaría podrá modificar las presentes Bases de licitación, por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún proveedor, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando -de ser necesario- el plazo de cierre de recepción de ofertas hasta en cinco (5) días hábiles, para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la licitación.
VI. REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN
Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales o jurídicas, chilenas o extranjeras, que acrediten su situación financiera e idoneidad técnica, conforme lo disponga el Reglamento de la Ley 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios y se encuentren inscritas, con su información actualizada, en el Registro de Proveedores establecido en el artículo 16 y que no se encuentren afectas a las inhabilidades establecidas en la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las personas jurídicas y/o naturales, podrán presentar ofertas individualmente o como Unión Temporal de Proveedores.
Se entenderá como Unión Temporal de Proveedores (UTP) un conjunto de empresas de menor tamaño, sea que se trate de personas naturales o jurídicas, que se unen para la presentación de una oferta en caso de licitaciones o convenio marco, o para la suscripción de un contrato, en caso de contratación directa, sin que sea necesario constituir una sociedad.
Esta UTP se constituye exclusivamente para un este proceso de compra en particular. Su vigencia no podrá ser inferior a la del contrato adjudicado, incluyendo su renovación o prórroga.
En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, el instrumento público o privado, firmado por todos sus integrantes, en el que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente, donde deberá constar que los referidos proveedores son empresas de menor tamaño y en el que deberán establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen con esta Subsecretaría, así como el nombramiento de un apoderado o representante común con facultades suficientes para representar a todos y cada uno de ellos en la presentación de la oferta y de todos los documentos adjuntos a ella, durante todo el proceso licitatorio, para la formalización del contrato y el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones.
Las personas jurídicas y/o naturales que integren la Unión Temporal de Proveedores, deberán cumplir, individualmente, con todos y cada uno de los requisitos y formalidades legales exigidas en las presentes Bases. Asimismo, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la licitación afectarán de igual forma a todos sus miembros, considerados individualmente.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores
VII. PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS
La oferta está compuesta por una parte técnica, otra económica y por los antecedentes administrativos, los que deberán presentarse obligatoriamente a través del Sistema de Información -sitio www.mercadopublico.cl-. Sin perjuicio de lo anterior, en los casos en que deba realizarse entrega física de documentos de conformidad con lo dispuesto con el artículo 49 del Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios, estos deberán ingresarse a través de la Oficina de Partes Virtual de la Subsecretaría www.subtel.gob.cl/oficina-partes, solo en caso que ello no sea posible podrán presentarse dichos documentos de manera presencial en la Oficina de Partes de la Subsecretaría ubicada en Amunategui 139, comuna de Santiago, entre las 9:00 y las 14:00 horas.
Se advierte, que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de Información- sitio www.mercadopublico.cl- y no se aceptarán ofertas que se presenten por un medio distinto al establecido. El plazo de validez de las ofertas se extenderá hasta el 15 de agosto de 2025.
El proponente no podrá formar parte del mismo grupo empresarial ni encontrarse relacionado con otras empresas que participan en esta licitación. En caso que se presenten ofertas simultáneas respecto de un mismo bien o servicio por parte de empresas pertenecientes al mismo grupo empresarial o relacionadas entre sí, se considerará únicamente una de las ofertas, la que resulte más conveniente según los criterios de evaluación establecidos en las Bases de licitación y se declararán inadmisibles las demás. Será considerada como oferta más ventajosa, la de menor valor, siempre que no se encuentre en el supuesto del artículo 61 del Decreto del Visto 6).
Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos, Técnicos o Económicos, según corresponda. Los antecedentes que se deberán adjuntar en cada Anexo serán los siguientes:
Contenido de la Oferta Técnica:
La descripción del contenido de cada uno de los antecedentes que a continuación se individualizan, se encuentra detallado en las Bases Técnicas, capítulo I.
1. Currículum y certificado de la persona natural o jurídica participante.
2. Descripción técnica de los bienes y servicios requeridos.
3. Plan de trabajo
(*) Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Técnicos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
(**) Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta licitación implica que los proponentes han analizado las respectivas Bases Administrativas y Técnicas, aclaraciones y respuestas formuladas con anterioridad a la presentación de su oferta, y que manifiestan su conformidad y aceptación sin ningún tipo de reserva ni condiciones a toda la documentación referida, no pudiendo modificar las Bases con sus ofertas.
Contenido de la Oferta Económica:
El proponente deberá presentar una oferta económica que indique claramente el valor total por los servicios ofertados, SIN INCLUIR IMPUESTOS, detallados de acuerdo a tabla de requerimientos indicados en Anexo Técnico. El precio deberá expresarse en moneda nacional y no podrá ser superior al presupuesto disponible para esta contratación, el cual se encuentra determinado en el capítulo XIV, letra a) de estas Bases.
En caso que la proponente no se encuentre afecta al pago de impuestos por la actividad, deberá indicarlo expresamente.
* Los proponentes deberán enviar la oferta económica digitándola en el sistema de información en el apartado destinado a dicho efecto. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación:
1. Declaración jurada simple del proponente, acreditando que no se encuentra afecto a ninguna de las inhabilidades que se describen a continuación:
1.- El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o el contrato) (art. 4° ley 19.886).
2.- Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo o delitos de la Ley General de Pesca (art. 10 ley 20.393).
3.- El proveedor no debe haber sido condenado por los delitos concursales establecidos en el código penal (art. 4° ley 19.886).
4.- El proveedor no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (art. 26, letra d., de DL 211).
5.- El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad compradora (art. 4° ley 19.886).
Las señaladas inhabilidades están definidas en el artículo 4 de la Ley de Compras N° 19.886 y otros cuerpos legales.
*La referida declaración será visualizada al momento de realizar la oferta en el Sistema, como parte de los “Antecedentes para incluir en la oferta”. Su completitud y envío es obligatorio para que su oferta sea admisible.
** En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, en cambio, deberá enviarse una declaración por cada uno de sus integrantes, remitiéndolo firmado a través del Sistema de Información, Anexo Antecedentes Administrativos. Para tales efectos deberá considerarse el mismo formato proporcionado por la Dirección de Compras, debe considerarse también que en este caso la remisión no se realiza de manera automática.
2. Garantía de Seriedad de la Oferta Esta garantía se incorpora en razón de la naturaleza de este evento, en donde al ser de carácter internacional, exige no sólo una correcta e impecable ejecución, sino que tiene también es de interés público al tener como uno de sus objetivos posicionar a la Subsecretaría de Telecomunicaciones, como un organismo que lidera las discusiones regionales sobre Regulación en Telecomunicaciones y disminución de la Brecha Digital. Por lo tanto, no puede arriesgarse el prestigio de este servicio como el ente regulador, frente a la comunidad internacional, y a las diversas empresas del rubro de las telecomunicaciones.
Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de Proveedores:
En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, un instrumento público o privado firmado por todos sus integrantes, en la que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente. Todos los integrantes de esta UTP deberán ser empresas de menor tamaño.
En caso que el acuerdo presentado al momento de ofertar conste en instrumento privado, deberá presentarse el mismo por escritura pública previo a la suscripción del contrato, cuando se trate de adquisiciones superiores a 1000 UTM.
En dicho acuerdo, se deberá dejar claramente establecido, que la responsabilidad de cada uno de los integrantes de la Unión será solidaria, y cumplir las demás exigencias establecidas en el capítulo VI de las presentes Bases Administrativas.
La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la señalada en el capítulo XIV, letra b), de las presentes Bases Administrativas.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
Finalmente en el referido acuerdo, todas y cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán designar un mandatario común, con facultades suficientes para actuar en representación de todos ellos, individualizando dichas facultades. Asimismo, deberán indicar la persona natural o jurídica (integrante o representante) facultada para recibir el pago.
* Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
1. Cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberá presentar la declaración jurada de requisitos para ofertar firmada por sí o por su representante legal, de acuerdo a lo consignado en el numeral 1 del acápite “Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación”.
* Los proponentes deberán enviar la declaración jurada simple adjuntándola electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
2. En caso que algún integrante de la Unión Temporal de Proveedores se vea afectado por una causal de inhabilidad para la presentación de la oferta, la formulación de propuestas o la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente, ésta deberá manifestar por escrito si continúa con el respectivo procedimiento de contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o se desiste de su participación en el respectivo proceso, dentro del plazo de tres (3) días hábiles contados desde que la Subsecretaría lo requiera al efecto.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría se reservará la facultad de analizar previamente si la propuesta que resultare de mantener la Unión Temporal de Proveedores con los integrantes hábiles es apta para el cumplimiento de los objetivos establecidos para la contratación, ello sin perjuicio, además, de la posibilidad de reevaluar dicha oferta de acuerdo a los requisitos y criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de licitación.
La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes a que se refiere este capítulo, o el envío de éstos por un medio distinto del expresamente señalado, excluirá de la licitación al proponente, declarándose por resolución fundada, inadmisible su oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases, conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la Ley Nº 19.886.
No obstante lo anterior, la Subsecretaría podrá, en la etapa de evaluación de las ofertas, solicitar a través del Sistema de Información a cualquier proponente que aclare su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases, lo que será evaluado y resuelto por la Subsecretaría. En este caso, se procederá conforme a lo dispuesto en el capítulo XI, de las presentes Bases Administrativas (Apertura y Evaluación de las Ofertas).
Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los proponentes con motivo del estudio y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en favor de éstos por ningún concepto.
VIII. ANTECEDENTES LEGALES PARA CONTRATAR
1) La adjudicataria, deberá estar inscrita en ChileProveedores y tener digitalizados los documentos legales para contratar.
Si el proveedor es persona natural:
1. Fotocopia autorizada de la cédula de identidad;
2. Fotocopia de su iniciación de actividades en el SII.
Si el proveedor es persona jurídica:
En caso de sociedades, incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada:
1. Copia legalizada de la escritura pública de Constitución de la Sociedad o Certificado de Estatuto Actualizado, emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley N°20.659.
2. Copia del extracto de constitución de la sociedad (no es un requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley N°20.659).
3. Copia de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad (no es un requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley N°20.659).
4. Copia de la publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución de la sociedad (no es un requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley N°20.659).
5. En el caso de las modificaciones efectuadas a la sociedad, copia legalizada de la o las escrituras públicas de modificación con sus respectivos extractos debidamente inscritos en el Registro de Comercio respectivo y publicados en el Diario oficial, en el orden en que se efectuaron, si las hubiere (no es un requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley N°20.659).
6. Copia del Certificado de vigencia de la sociedad y anotaciones marginales, con una vigencia de 90 días, emitido por el Registro de Comercio correspondiente, o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de las sociedades acogidas a la Ley N°20.659, con una vigencia de 90 días.
7. Certificado de anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en el caso de las sociedades acogidas a la Ley N°20.659.
8. Copia autorizada del RUT.
9. Instrumento autorizado que acredite la personería del representante legal, que comparezca a nombre y en representación de la proponente, y que certifique su vigencia.
10. Copia autorizada de la CNI del representante legal.
En caso de fundaciones o corporaciones:
1. Copia legalizada de acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a escritura pública.
2. Copia legalizada del Decreto que otorga la personalidad jurídica.
3. Copia de la publicación en el Diario Oficial del Decreto que otorga la personalidad jurídica.
4. Copia legalizada del Decreto que aprueba reformas a los estatutos, en caso que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial.
5. Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de antigüedad a la fecha de solicitud.
6. Instrumento autorizado que acredite la personería del representante legal, que comparezca a nombre y en representación de la proponente, y que certifique su vigencia.
7. Copia autorizada de la CNI del representante legal.
2) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en forma electrónica o mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría, una declaración jurada simple, que dé cuenta si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, contados desde la fecha de notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información. Lo anterior a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 41 Nº 10, del Decreto Nº 661, de 2024, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886. En cuanto a la declaración jurada requerida, para estos efectos, se anexan a las presentes Bases de licitación los formatos respectivos (Anexo N°1 o N°2, según corresponda).
3) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en forma electrónica o mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría, una declaración jurada simple, que dé cuenta que no se encuentra condenada por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado y que, asimismo, no se encuentra condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado hasta por el plazo de cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica1 y al artículo 26, inciso segundo, letra d), en relación con el artículo 3º, letra a), del decreto ley Nº 211, de 1973, respectivamente. Asimismo deberá declarar que no se encuentra condenada a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado conforme a lo dispuesto en el artículo 33 de la Ley 21.595, ni se encuentra afecto a las inhabilidades establecidas en el artículo 35 quáter, de la Ley 19.886. En cuanto a la declaración jurada requerida, para estos efectos, se anexa a las presentes Bases de licitación el formato respectivo (Anexo N°3).
Si la adjudicataria corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, las condiciones dispuestas en los numerales 1, 2 y 3 del presente capítulo serán exigibles respecto de cada uno de los proveedores que la integran.
De no entregar la adjudicataria los documentos requeridos en los numerales precedentes, dentro del plazo aludido de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, se le tendrá por desistida de su oferta, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, declare desierta la licitación o la adjudique al proponente cuya oferta le suceda en la calificación y así sucesivamente.
Finalmente, cabe hacer presente que no podrán contratar con la Subsecretaría las personas jurídicas, que se encuentren condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado. La Subsecretaría verificará esta información a través del registro que para tal efecto lleva la Dirección de Compras y Contratación Pública, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. En caso que esta prohibición recaiga sobre el proveedor adjudicado, se tendrá a éste por desistido de su oferta, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, adjudique al segundo proveedor con mayor puntaje o declare desierta la licitación.
IX. GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA
Los proponentes deberán acompañar a su oferta, en forma física, o electrónica en los términos establecidos en la Ley N°19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación en dicha firma, una Garantía de Seriedad de la Oferta, otorgada por un instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, tal como una Boleta de Garantía, Certificado de Fianza, Depósito a la Vista o Vale Vista. La Garantía debe ser pagadera a la vista e irrevocable, extendida a nombre de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, RUT N° 60.513.000-3, por la suma de $1.500.000.- (un millón quinientos mil pesos), y con una vigencia igual o superior al 15 de agosto de 2025.
El documento de Garantía de Seriedad se otorgará como caución de la oferta presentada, pudiendo ser ejecutada unilateralmente, por la vía administrativa, por la Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través de la emisión de la correspondiente resolución fundada, en los casos que a continuación se señalan:
a) Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada, retira su oferta o se desiste de ella en el período de validez de este documento.
b) Si el proponente cuya oferta ha sido aceptada, no hace entrega de la Garantía de fiel cumplimiento del contrato o de alguno de los antecedentes requeridos para contratar, en la oportunidad estipulada en estas Bases, cuando sea procedente.
c) Si la oferta fuere falsa.
d) En caso de verificarse cualquiera de los supuestos establecidos en las presentes Bases de licitación, respecto del cobro de la referida caución.
Cuando esta garantía sea presentada en formato físico deberá entregarse en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, ubicada en calle Amunátegui N°139, comuna y ciudad de Santiago, hasta la fecha de cierre de la licitación, a las 14:00 horas, bajo sanción de ser excluido de la propuesta.
La devolución de la Garantía de Seriedad de la Oferta a aquellos oferentes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se efectuará dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad, o de la adjudicación. La referida garantía será restituida en el Departamento Finanzas de la Subsecretaría, ubicado en calle Amunátegui Nº139, 4º piso, comuna y ciudad de Santiago.
No obstante lo anterior, al oferente que haya obtenido el segundo mejor puntaje en la evaluación de las ofertas, se le devolverá su documento de garantía en el Departamento de Finanzas de la Subsecretaría, luego que el acto administrativo que apruebe el contrato se encuentre totalmente tramitado (acontecimiento que se le informará vía correo electrónico). Finalmente, al adjudicatario de la licitación le será devuelta su garantía de Seriedad de la Oferta, una vez que efectúe en tiempo y forma, la entrega de la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, en caso que la Subsecretaría readjudicare la presente licitación en dos o más oportunidades, ésta se encontrará facultada para exigir al respectivo proveedor readjudicado, la entrega de una nueva garantía de seriedad de la oferta dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la notificación de la resolución de readjudicación correspondiente, a través del Sistema de Información –sitio Web www.mercadopublico.cl-, la que deberá cumplir con las exigencias y formalidades establecidas en el presente capítulo.
X. COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS
Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas técnica y económicamente, por una Comisión conformada por los siguientes funcionarios de la Subsecretaría, quienes a su vez no serán parte integrante de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría consignada en el capítulo XVII de las presentes Bases Administrativas:
1. Liliana Barriga Cueto, Directivo, 6° E.U.S, Jefa de la División de Política Regulatoria y Estudios.
2. Andrea Pinto Rojas, Profesional, 8° E.U.S., Encargada de Gestión Territorial y Participación Ciudadana
3. Eduardo Sánchez, Profesional, 9° EUS, Diseñador Gráfico del Área de Comunicaciones
Si uno o más de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en la etapa de evaluación de propuestas, el o los integrantes(s) que se vean impedido(s) de participar, será reemplazado por los siguientes funcionarios:
1. Fernanda Valenzuela Lorca, Profesional, 4°, Asesora de Gestión, División Jurídica.
2. María José Salas Sanzana, Profesional 12° EUS, profesional asesora de Gabinete
La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada proponente en los criterios a evaluar consignados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y publicada en el Sistema de Información, junto a la resolución fundada que dé cuenta del resultado de la licitación.
Corresponderá también a la Comisión Evaluadora en su labor de colaboración con el Jefe Superior del Servicio, dar respuesta a las consultas y reclamos que se formulen durante el proceso licitatorio y respecto de la adjudicación o de la declaración de desierta de la licitación, según sea el caso.
XI. APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS
La presente licitación se realizará en una sola etapa, por tanto, en el acto de apertura electrónica se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura electrónica se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Subsecretaría estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del portal Mercado Público.
Se aceptará o rechazará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de la Subsecretaría procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido. No obstante, la Comisión Evaluadora podrá requerir a cualquier proponente, a través del Sistema de Información, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones que sólo digan relación con aspectos formales, siempre que dicha solicitud no vulnere el principio de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases.
Los proponentes deberán aclarar o subsanar su oferta dentro del término que media entre la fecha de publicación de dicha solicitud y el penúltimo día hábil del plazo establecido para la evaluación de las propuestas, a través del Sistema de Información o, de ser el caso, ingresando la información requerida en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en un sobre cerrado dirigido al Jefe de la División Administración y Finanzas, rotulado: “Antecedentes Complementarios Licitación Pública denominada: Servicio de producción, acreditación y registro de asistentes, de alimentación, insumos y otros para la 47 Reunión del Comité Consultivo Permanente I (CCP. I), de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL) a realizarse en Santiago de Chile”, y con el nombre de la proponente.
La calificación de las distintas propuestas y el correspondiente proceso de selección, se realizará en atención a los siguientes criterios:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN:
Factores Sub-Factor Detalle de Sub-Factor Puntaje máximo de cada Sub-Factor Total Máximo del Factor Subponderación del factor Grado de Ponderación del Factor
1. Oferta económica (*)
Se asignará 100 puntos a la oferta de menor precio y a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula (precio mín. / precio oferta)*100 100 100 _ 8%
2. Años de experiencia comprobable del oferente, en la producción de eventos para más de 100 personas (**) Entre 20 y 15 años de experiencia 100 100 15%
Entre 14 y 10 años 60
Entre 9 y 5 años 40
Menos de 5 años 20
3. Experiencia comprobable del Oferente en la producción de eventos similares al solicitado, con asistentes extranjeros, para el sector telecomunicaciones o tecnología, para más de 100 personas, en los últimos 10 años (**) Más de 10 eventos o actividades 100 100 _ 15%
Más de 5 y hasta 10 eventos o actividades 80
Más de 1 y hasta 5 eventos o actividades 40
Un evento o actividad 10
Ningún evento o no informa 0
4. Seguro de responsabilidad civil eventos
Cuenta con seguro de responsabilidad civil eventos Lo incluye 100 100 25%
20%
No lo incluye 0
5. Utilización de planilla Anexo Técnico. (***) Utiliza planilla y contiene el 100% y más de la información solicitada 100 100 _
20%
Utiliza planilla pero contiene entre el 70 y 100% de información solicitada. 60
Utiliza planilla pero contiene menos del 70% de la información solicitada. 20
No utiliza planilla 0
6. Presentación de Plan de trabajo Propuesta de oferente con detalle e información de las actividades a realizar desde el día de adjudicación hasta la realización del evento. Indica principales hitos. Planilla o carta Gantt.
Incluye diseño de montaje para todos los espacios
Nivel alto de detalle de información 100 100 - 20%
Nivel medio 50
Nivel bajo 0
Lo incluye y está completo 100
La incluye pero no cumple con lo requerido 60
No la incluye 0
7. Integridad (****) El oferente cuenta con programas de integridad que sean conocidos por su personal y lo acredita
Cuenta con programa y lo acredita 100 100 _ 2%
No cuenta con programa o no lo acredita 0
(*) Para estos efectos se considerará sumatoria simple de los valores ofertados en la tabla que deberá completar el proponente, la que se encuentra contenida en el Anexo N°7 de las presentes Bases de licitación)
(**) La Subsecretaría se reserva la facultad de corroboración que pueda hacer respecto de la información indicada en los Anexos N°4 y 5 y en el documento para acreditar la misma, no siendo considerada la experiencia que no sea reconocida por el mandante/contacto indicado en dichos Anexos.
(***) Cabe consignar que, de no utilizar la planilla referida en este criterio o de utilizarla parcialmente, y sin perjuicio del puntaje que se otorgará en dicho ítem, la información referente a los requerimientos a ser provistos por el oferente debe ser acompañada íntegramente.
(****) De acuerdo a lo ordenado en el Dictamen E370752 de 2023, de la Contraloría General de la República, el oferente deberá indicar si cuenta con programas de integridad conocidos por su personal. Dicho programa deberá demostrar que el oferente ha tenido un comportamiento íntegro, lo que se traduce en que las personas que trabajen para el oferente y participen en las actuaciones que deben llevarse a cabo durante la licitación y en la ejecución del contrato, procedan con la debida integridad.
El Puntaje Global de la Oferta, corresponde a la suma de los puntajes parciales ponderados.
Aquella oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios anteriormente estipulados y resulte conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación.
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los proponentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio 6
2° Criterio 5
3° Criterio 4
4° Criterio 3
5° Criterio 2
6° Criterio 1
7° Criterio 7
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los proponentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel proponente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
No obstante, si luego de aplicar el sistema de desempate precedentemente indicado, éste no se produce, se definirá la licitación adjudicando la licitación al proponente que oferte servicios adicionales que la comisión evaluadora considere de mayor relevancia, relacionados con la prestación licitada, los cuales debe detallar en el Anexo 6.
De no resolverse la licitación de conformidad a las normas precedentes, esta será adjudicada mediante sorteo público.
XII. ADJUDICACIÓN
La Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través del Sistema de Información, notificará a los postulantes los resultados de la presente licitación.
Conforme a lo estipulado en la Ley N°19.886, artículo N°9º, la Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en las Bases de Licitación y declarará desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
La Subsecretaría adjudicará la licitación mediante resolución fundada. La notificación de la Resolución de adjudicación se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado en el capítulo IV, de Etapas y Plazos de la Licitación, apartado “Adjudicación”, de las presentes Bases Administrativas, la Subsecretaría informará en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del referido plazo e indicará un nuevo plazo para ello.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
En caso que la adjudicataria se desistiese de su oferta, la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación al proponente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta. En este caso, tal como se señala en el capítulo IX de las presentes Bases Administrativas, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la Oferta entregada por la adjudicataria.
XIII. CONTRATO
La Subsecretaría y la adjudicataria suscribirán un contrato dentro del plazo de diez (10) días corridos contados desde la notificación de la adjudicación. En caso que el contrato haya de formalizarse con una Unión Temporal de Proveedores, el contrato se suscribirá con el representante que sus integrantes hayan designado en el instrumento que formalizó la Unión y que se adjuntó a la oferta respectiva o se acompañó con posterioridad si el primero no constaba en escritura pública. Si, por cualquier motivo, la Unión procediere a designar un nuevo representante por acto posterior, dicha modificación deberá ser inmediatamente comunicada a esta Subsecretaría, adjuntando copia del acto respectivo, debiendo ser el nuevo mandatario quien comparezca en representación de la Unión, sea para la suscripción del contrato o durante su ejecución, según el caso.
Firmado el contrato por la adjudicataria, corresponderá al Sr. Subsecretario firmar el contrato en representación de la Subsecretaría.
Una vez firmado el respectivo contrato por las partes, se procederá a dictar el acto administrativo que lo apruebe formalmente.
Cabe advertir que en caso que la adjudicataria no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a ésta como desistida de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la misma.
XIV. MONTOS Y VIGENCIA DEL CONTRATO
a) Presupuesto de la contratación:
El presupuesto máximo disponible para la presente contratación asciende a la suma de $50.000.000.- (cincuenta millones de pesos), impuestos incluidos.
b) Vigencia del Contrato:
El contrato comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe y su vigencia se extenderá hasta el término de la 47 Reunión de CCP. 1 de CITEL.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, las prestaciones podrán iniciarse previo a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el referido contrato, quedando su pago supeditado a su total tramitación.
XV. GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
Al momento de la suscripción del contrato, la adjudicataria deberá entregar a la Subsecretaría, en forma física o electrónica -en los términos establecidos en la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación en dicha firma-, una garantía por concepto de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento de éste, pagadera a la vista e irrevocable y otorgada por un instrumento que asegure el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, tal como una Boleta de Garantía Bancaria o un Certificado de Fianza pagaderos a la vista, un Depósito a la Vista o un Vale Vista, a nombre de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, RUT N° 60.513.000-3, por la suma equivalente al 5% del valor neto ofertado -debiendo expresarse su monto en pesos chilenos- y con una vigencia igual o superior al 22 de noviembre de 2025. La garantía debe indicar en su texto lo siguiente: “Servicio de producción, acreditación y registro de asistentes, de alimentación, insumos y otros para la 47 Reunión del Comité Consultivo Permanente I (CCP. I), de la Comisión Interamericana de Telecomunicaciones (CITEL) a realizarse en Santiago de Chile”.
Esta garantía se incorpora en razón al riesgo que conlleva una ejecución deficiente del contrato toda vez que el servicio se requiere para la organización de un evento de carácter internacional, cuyas fechas están fijadas de antemano y que implica que cada país asistente realice considerables esfuerzos de logística y coordinación e incurra en diversos gastos para efectos de la asistencia al evento. Asimismo, una contratación defectuosa pondría en jaque el prestigio del Ente Regulador frente a la comunidad internacional y a las diversas empresas del rubro de las telecomunicaciones.
Esta garantía caucionará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones que se imponen al contratista en el contrato y además asegurará el pago de las obligaciones laborales y sociales con los trabajadores de éste, pudiendo ser ejecutado, en caso de incumplimiento, unilateralmente, por la vía administrativa y sin necesidad de requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, a través de la dictación de la correspondiente resolución fundada.
Se hace presente que el incumplimiento comprenderá también el cumplimiento imperfecto o tardío de las obligaciones del contratista.
Lo anterior, es sin perjuicio de las acciones que la Subsecretaría pueda ejercer para exigir el cumplimiento forzado de lo pactado o la disolución del contrato, en ambos casos con la correspondiente indemnización de perjuicios.
En caso que el cobro de esta Garantía no implique el término del contrato, el contratista deberá reemplazarla por una de igual monto y vigencia, dentro del plazo de diez (10) días corridos contados desde la fecha de cobro de la caución, bajo sanción de término del contrato.
La Garantía de Fiel Cumplimiento entregada por la contratada le será devuelta en el Departamento de Finanzas de la Subsecretaría, ubicado en calle Amunátegui 139, 4° piso, comuna de Santiago, a partir del vencimiento de su vigencia. En caso que la garantía consista en un Vale Vista, le será devuelta a partir del día 23 de noviembre de 2025.
Será responsabilidad del contratista realizar los trámites pertinentes para entregar en tiempo y forma la Garantía de Fiel Cumplimiento del contrato descrita en este capítulo.
XVI. CONTRAPARTE TÉCNICA
La Contraparte Técnica de la Subsecretaría en la prestación del servicio estará integrada por los siguientes funcionarios:
1. Denis González Grandjean, Profesional, 4° E.U.S., profesional asesor de la Unidad de Asuntos Internacionales.
2. Francisco González González, Profesional, 8° EUS, Encargado de Comunicaciones.
Esta Contraparte Técnica deberá evaluar los servicios prestados durante la ejecución del contrato; aclarar, coordinar y/u orientar respecto del desarrollo de las actividades, en los casos que se requiera; recibir conforme los servicios contratados; realizar toda otra labor que estas Bases de licitación le encomienden; y, en caso de atrasos en la entrega de los servicios o productos contratados, pronunciarse respecto a la pertinencia del hecho invocado como eximente de responsabilidad, si se alegase.
XVII. FORMA DE PAGO
a) Forma de pago
El pago se efectuará una vez que finalice el evento y previo cumplimiento de los siguientes requisitos:
i) Que el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato se encuentre totalmente tramitado.
ii) Que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informe respecto recepción conforme del servicio prestado por la contratada y de los productos.
iii) Que el contratista al momento de emitir el documento electrónico remita el archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com indicando número de orden de compra, fechas y condiciones de pago.
iv) Que el contratista presente junto con cada boleta o factura el correspondiente “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo que dé cuenta que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social impagas, durante los dos últimos años, contados desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudicó la licitación pública a través del Sistema de Información, si procede.
En caso que al momento de contratar, el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, éste deberá destinar el primer estado de pago producto del contrato al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse la mitad del período de ejecución del contrato.
Será deber del contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, correspondiendo a esta Subsecretaría verificar la realización de los respectivos pagos y exigir al contratista la entrega de los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el referido proveedor no podrá participar.
Si el contratista no acredita el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la Subsecretaría podrá retener el monto de que es responsable de conformidad a lo dispuesto en el artículo N°183-C del Código del Trabajo. Lo anterior, sin perjuicio de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el capítulo XV de las presentes Bases Administrativas.
Cabe señalar que no se contempla el pago de anticipos por parte de la Subsecretaria de Telecomunicaciones.
b) Multas o sanciones
Si por razones no imputables a la Subsecretaría se produjesen atrasos en la entrega de los servicios o productos contratados, ésta podrá aplicar a título de multa, la cantidad de $ 500.000.- (quinientos mil pesos) por cada hora de atraso en el inicio del servicio solicitado, durante toda la semana que se realice el evento, con un tope de 4 horas diarias. La multa se aplicará vía administrativa, descontándola de la cuota que corresponda pagar.
En caso de verificarse atrasos en la entrega de los servicios referidos en el párrafo anterior, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el capítulo XIX de las presentes Bases Administrativas y, notificada al contratista la Resolución que impone la multa, la Subsecretaría cobrará su importe por la vía administrativa, deduciéndola del valor facturado por el contratista en el período correspondiente.
XVIII. MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. La muerte o la incapacidad sobreviniente de la persona natural, o la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad contratista.
2. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
3. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones esenciales contraídas por la contratada, entendiéndose por tal, el atraso en más de 4 horas diarias, durante la semana que se realice el evento, en la entrega de los servicios o productos contratados detallados en el Capítulo II de las Bases Técnicas.
Sin perjuicio de lo anterior, las presentes Bases de licitación podrán establecer otras circunstancias que constituyan incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista.
4. En caso de ser el contratista una Unión Temporal de Proveedores:
a. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la oferta.
c. Si se constata que la Unión Temporal de Proveedores ocultó información relevante para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
d. Inhabilidad sobreviniente de alguno de sus integrantes, en la medida que la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados;
5. La notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
6. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
En caso de término anticipado, el contratista deberá satisfacer íntegramente los servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término anticipado.
En todos los casos señalados anteriormente, no procederá indemnización alguna para el contratista.
XIX. PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
En caso que el contratista incurra en alguna de las conductas que de acuerdo con las presentes Bases de licitación conlleven la aplicación de una o más medidas, tales como multa, cobro de garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato o término anticipado del mismo, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría notificará por escrito de la conducta infractora al contratista indicando la causa y medida que resulta aplicable. La notificación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, vía correo electrónico, a la dirección que el contratista informe a la fecha de suscripción del contrato.
El contratista podrá manifestar sus descargos por escrito, en relación con el eventual incumplimiento, dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la referida notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes necesarios a su presentación. Transcurrido dicho plazo, la Subsecretaría se pronunciará sobre la aplicación de la medida propuesta por la Contraparte Técnica, mediante Resolución fundada. En caso que se hubieren formulado descargos, dicha resolución deberá pronunciarse sobre ellos, acogiendo o rechazando los fundamentos dados por el contratista. La Resolución que se pronuncie sobre la aplicación de la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Si durante la ejecución del contrato, se produjesen eventos de fuerza mayor o casos fortuitos que entorpecieran u ocasionaran atrasos en la entrega de los servicios contratados, el contratista deberá comunicar esta circunstancia, por escrito, a la Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se pronunciará respecto a la pertinencia del hecho alegado como eximente de responsabilidad, en un plazo de cinco (5) días hábiles, y en caso de serlo, no será aplicable al contratista la medida que en cada caso corresponda. Si se desestima la alegación formulada por el contratista, la Contraparte Técnica emitirá un acta dando cuenta de las razones tenidas a la vista para la negativa y propondrá al Jefe Superior del Servicio la aplicación de la medida correspondiente, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases de licitación. La Resolución fundada que aplique la medida será notificada al contratista a través de su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha Resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
XX. LEGISLACIÓN APLICABLE
El contrato suscrito entre el contratista y la Subsecretaría será ejecutado e interpretado de conformidad con las Leyes de la República de Chile.
Por lo tanto, cualquier disposición que pueda resultar contraria al ordenamiento jurídico chileno, no será oponible a las partes.
XXI. NORMAS DE TRABAJO
Las actividades deberán ser ejecutadas por el contratista en conformidad a las siguientes normas:
a) Confidencialidad de la Información:
La adjudicataria deberá garantizar la confidencialidad en el manejo de la información relacionada con la organización y producción de la 47 Reunión de la CCP.1 de CITEL, y los datos personales de los participantes. Los informes generados, registros audiovisuales y datos recabados durante el desarrollo del trabajo encomendado, así como los resultados de éstos, serán de propiedad de la Subsecretaría y la adjudicataria no podrá hacerlos públicos ni utilizarlos para otros fines sin la autorización expresa de parte de esta Subsecretaría.
En caso que el contratista contravenga la obligación de confidencialidad descrita en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XVIII, numeral 2, de las presentes Bases Administrativas, sin perjuicio de las demás acciones judiciales que tenga derecho a entablar.
b) Subcontratación:
Se prohíbe la subcontratación.
En caso que el contratista contravenga la prohibición indicada en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye un incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XVIII, numeral 2, de las presentes Bases Administrativas.
c) Cambios en las actividades definidas:
La Subsecretaría, durante la vigencia del contrato, podrá modificar o eliminar actividades o productos, cuando esto sea estrictamente necesario para el desarrollo adecuado del servicio y el alcance de los resultados esperados.
d) Entrega de Información:
Cada servicio entregado por la contratada, será revisado por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, pudiendo ésta hacer los reparos y observaciones que estime pertinente, las que deben ser resueltas de manera de no afectar el desarrollo del evento ni el cumplimiento de las especificaciones detalladas en el Capítulo II de las Bases Técnicas.
Durante la ejecución del trabajo se requerirá la entrega de reportes de estado de avance, en los que se detallen las actividades realizadas, grado de desarrollo de los productos y resultados respecto del cronograma presentado originalmente por la adjudicataria, así como las consideraciones, problemas o contingencias encontradas durante el desarrollo de los mismos.
Estos reportes serán revisados en conjunto con la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, y el equipo a cargo de la organización de este evento, pudiendo estos hacer todos los reparos y observaciones que estime pertinente, dentro de un plazo máximo de 5 días de recepcionados. La adjudicataria tendrá un plazo de 3 días, contados desde la fecha de recepción de las observaciones, para hacer las modificaciones procedentes e informar a la Subsecretaría.
Deberá también dentro de este plazo, informar a la adjudicataria si es necesario realizar nuevas modificaciones o si éste ha sido aceptado sin ningún reparo.
En caso de existir reparos, la adjudicataria tendrá un plazo de 3 días para hacer las modificaciones pertinentes y reingresar el nuevo informe a la Subsecretaría.
Los plazos contenidos en este párrafo son de días hábiles.
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