IDIOMA DE LA LICITACIÓN |
Todo el proceso de licitación será en idioma Español. Esto significa que no se aceptarán ofertas en otros idiomas.
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
La Subsecretaría podrá modificar las presentes Bases de licitación, por acto administrativo totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada por algún proveedor, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando -de ser necesario- el plazo de cierre de recepción de ofertas hasta en cuatro (4) días hábiles, para que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos. Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas oportunamente en el Sistema de Información y formarán parte integral de la licitación.
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REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN |
Podrán participar en la presente Licitación, las personas naturales y jurídicas, nacionales o extranjeras, que no se encuentren afectas a las inhabilidades establecidas en el artículo 4°, inciso primero y sexto, de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios.
Las personas jurídicas y/o naturales, podrán presentar ofertas individualmente o como Unión Temporal de Proveedores.
Se entenderá como Unión Temporal de Proveedores toda asociación de personas naturales y/o jurídicas, para la presentación de una oferta.
En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad, deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, el instrumento público o privado, firmado por todos sus integrantes, en el que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente, y en el que deberán establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen con esta Subsecretaría, así como el nombramiento de un apoderado o representante común con facultades suficientes para representar a todos y cada uno de ellos en la presentación de la oferta y de todos los documentos adjuntos a ella, durante todo el proceso licitatorio, para la formalización del contrato y el cumplimiento de todas y cada una de sus obligaciones. La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la señalada en el capítulo XV letra b) de las presentes Bases Administrativas.
Las personas jurídicas y/o naturales que integren la Unión Temporal de Proveedores, deberán cumplir, individualmente, con todos y cada uno de los requisitos y formalidades legales exigidas en las presentes Bases. Asimismo, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la licitación afectarán de igual forma a todos sus miembros, considerados individualmente.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA CONTRATAR |
1) La adjudicataria, deberá estar inscrita en ChileProveedores y tener digitalizados los documentos legales para contratar . En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de quince (15) días hábiles contados desde la notificación de la adjudicación y será su responsabilidad verificar que los documentos señalados en el párrafo anterior se encuentren digitalizados en el Sistema de Información. De no realizarse la inscripción en la forma y plazo aludido, se tendrá a éste por desistido de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la misma, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, declare desierta la licitación o la adjudique al proponente cuya oferta le suceda en la calificación y así sucesivamente.
2) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en forma electrónica, y si ello no fuere posible mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría, una declaración jurada simple, que dé cuenta si registra o no saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, contados desde la fecha de notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información. Lo anterior a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 22 Nº 9, del D.S. Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley N° 19.886. En cuanto a la declaración jurada requerida, para estos efectos, se anexan a las presentes Bases de licitación los formatos respectivos (Anexos N°2 o N°3, según corresponda).
3) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en forma electrónica o, si ello no fuere posible, mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría, una declaración jurada simple, que dé cuenta que no se encuentra condenada por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado y que, asimismo, no se encuentra condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia a la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Lo anterior, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica y al artículo 26, inciso segundo, letra d), en relación con el artículo 3º, letra a), del Decreto Ley Nº 211, de 1973, respectivamente. En cuanto a la declaración jurada requerida, para estos efectos, se anexan a las presentes Bases de licitación los formatos respectivos (Anexo N°4) .
Si la adjudicataria corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, los requisitos y antecedentes señalados en los numerales 1, 2, 3 del presente capítulo serán exigibles respecto de cada uno de los proveedores que la integran.
De no entregar la adjudicataria los documentos requeridos en los numerales precedentes, dentro del plazo aludido de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, se le tendrá por desistida de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la misma, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, declare desierta la licitación o la adjudique al proponente cuya oferta le suceda en la calificación y así sucesivamente.
Finalmente, cabe hacer presente que no podrán contratar con la Subsecretaría las personas jurídicas, que se encuentren condenadas por los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado. La Subsecretaría verificará esta información a través del registro que para tal efecto lleva la Dirección de Compras y Contratación Pública, de conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica. En caso que esta prohibición recaiga sobre el proveedor adjudicado, se tendrá a éste por desistido de su oferta, sin perjuicio que esta Subsecretaría, en forma paralela, adjudique al segundo proveedor con mayor puntaje o declare desierta la licitación.
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COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas técnica y económicamente, por una Comisión conformada por tres (3) funcionarios del Gabinete de la Sra. Subsecretaria de Telecomunicaciones, quienes a su vez no serán parte integrante de la Contraparte Técnica de la Subsecretaría consignada en el Capítulo XVI de las presentes Bases Administrativas, y se individualizan a continuación:
1. Enrique Lobos Cañete, Profesional, 4° E.U.S., Encargado Unidad Auditoria Interna.
2. Denis González Grandjean, Profesional, 4° E.U.S., Abogado Asesor Unidad Asuntos Internacionales.
3. Daniel Núñez Bustamante, Profesional, 7° E.U.S., Auditor Interno, Unidad de Auditoria Interna.
Si uno o más de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en la etapa de evaluación de propuestas, el o los integrantes(s) que se vean impedido(s) de participar, será reemplazado por la funcionaria Ana María Díaz Morales, Técnico, 11° E.U.S., Secretaria Departamento Control de Gestión, quien desempeñará las funciones de integrante de la Comisión Evaluadora de las ofertas, únicamente si uno de los integrantes antes individualizados se ausentare por uno o más días, y ello significare la imposibilidad del referido integrante de participar en la etapa de evaluación de propuestas.
La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas, en la cual consignará los puntajes obtenidos por cada proponente en los criterios a evaluar consignados en estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y publicada en el Sistema de Información, junto a la resolución fundada que dé cuenta del resultado de la licitación.
Corresponderá también a la Comisión Evaluadora en su labor de colaboración con la Jefa Superior del Servicio, dar respuesta a las consultas y reclamos que se formulen durante el proceso licitatorio y respecto de la adjudicación o de la declaración de desierta de la licitación, según sea el caso.
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
La presente licitación es en una sola etapa, esto es, que en el acto de apertura electrónica se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto de apertura electrónica se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la apertura electrónica, la Subsecretaría estará facultada para interrumpir la continuidad administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa certificación de indisponibilidad del portal Mercado Público.
Se aceptará o rechazará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto. La Comisión Evaluadora de la Subsecretaría procederá a revisar y evaluar los antecedentes exigidos en estas Bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo requerido. No obstante, la Comisión Evaluadora podrá requerir a cualquier proponente, a través del Sistema de Información, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones que sólo digan relación con aspectos formales, siempre que dicha solicitud no vulnere el principio de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las Bases.
Los proponentes deberán aclarar o subsanar su oferta dentro del término que media entre la fecha de publicación de dicha solicitud y el penúltimo día hábil del plazo establecido para la evaluación de las propuestas, a través del Sistema de Información o, de ser el caso, ingresando la información requerida a través de la Oficina de Partes Virtual de la Subsecretaría www.subtel.gob.cl/oficina-partes, indicando en el documento que se adjunte que éste va dirigido a la Jefa de la División Administración y Finanzas, y titulando el asunto: “Antecedentes Complementarios Licitación Pública denominada: Servicio de seguimiento y monitoreo diario de noticias e información digitalizada o clipping, para la Subsecretaría de Telecomunicaciones”, y con el nombre de la proponente. Solo en caso de que ello no sea posible podrán presentarse dichos documentos de manera presencial en la Oficina de Partes de la Subsecretaría.
La calificación de las distintas propuestas y el correspondiente proceso de selección, se realizará en atención a los siguientes criterios:
CRITERIOS DE EVALUACIÓN
Factores Detalle de Factor Puntaje máximo de cada Factor Total Máximo del Factor Ponderación del Factor (%)
1. Oferta económica.
Se asignará 100 puntos a la oferta de menor precio y a las demás ofertas se les asignará puntaje mediante la siguiente fórmula (precio mín. / precio oferta)*100. 100 100 5%
2. Experiencia comprobable del Oferente en la prestación de servicios de seguimiento y monitoreo de noticias (*). 5 años o más 100 100 15%
Más de 3 y menos de 5 años. 60
Más de1 años y hasta 3 años. 40
1 año o menos / no informa. 0
3. Tiempo de almacenamiento de noticias en la base de datos histórica. Información con más de 2 años de antigüedad en línea. 100 100 15%
Información con más de 1 año y hasta 2 años de antigüedad en línea. 80
Información con 1 año de antigüedad en línea. 60
4. Disponibilidad del servicio de atención al cliente.
Servicio disponible durante las 24 horas del día, de lunes a domingo, incluyendo festivos. 100 100 10%
La disponibilidad diaria del servicio es de 24 horas, de lunes a viernes, e inferior a 24 hrs. en días sábado, domingo y festivos. 80
La disponibilidad diaria del servicio es inferior a 24 horas y mayor o igual a 12 horas, de lunes a domingo, incluyendo festivos. 60
La disponibilidad del servicio es inferior a 24 horas, de lunes a viernes, y menor a 12 horas en días sábado, domingo y festivos. 20
5. Cobertura de medios de comunicación (escritos, radio, tv, internet). Más de 300 medios nacionales e internacionales. 100 100 20%
Más de 200 y hasta 300 medios nacionales e internacionales. 60
Entre 100 y 200 medios nacionales e internacionales. 40
Menos de 100 medios nacionales e internacionales. 10
6. Servicio de alerta informativa. Cada vez que aparece una noticia (minuto a minuto). 100
100
25%
Entre 2 y 15 minutos 60
Entre 16 y 30 minutos. 40
Entre 31 y 59 minutos. 20
Cada una hora, o más. 10
7. Servicio de entrega mensual de notas de prensa categorizadas.
Cuenta con servicio de entrega mensual de notas de prensa categorizadas en positivas, neutras y negativas (o equivalente). 100
100 10%
No cuenta con servicio de entrega mensual de notas de prensa categorizadas en positivas, neutras y negativas. 0
(*)Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores, para efectos de la valoración del presente criterio de evaluación N°2 se contabilizará, única y exclusivamente, la experiencia del integrante de la Unión que la posea en mayor número de años de entre todos los integrantes de la unión que hayan presentado los antecedentes que al efecto se solicitan capítulo VIII de las presente Bases Administrativas, bajo el título “Contenido de la Oferta Técnica”, numeral 1 “Currículum de la persona natural y/o jurídica participante.”.
Aquella oferta que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de los criterios estipulados y sea conveniente a los intereses del Servicio, se adjudicará la presente licitación.
En el caso de un empate en el puntaje, se resolverá cotejando el puntaje obtenido por los proponentes en cada criterio de evaluación, en el siguiente orden de prioridad:
1° Criterio N° 6
2° Criterio N° 5
3° Criterio N° 3
4° Criterio N° 2
5° Criterio N° 7
6° Criterio N° 4
7° Criterio N° 1
Se logrará el desempate en uno de los criterios de evaluación, verificados en el orden establecido anteriormente, cuando exista en el mencionado criterio una diferencia en el puntaje de los proponentes, correspondiendo adjudicar la licitación a aquel proponente que haya obtenido el puntaje mayor en el respectivo criterio, no cotejando los siguientes criterios de evaluación.
No obstante, si luego de aplicar el sistema de desempate precedentemente indicado, éste no se produce, se definirá la licitación en atención al oferente que en su propuesta indique el mayor número de clientes a los que ha prestado el servicio. En caso que el oferente sea una Unión Temporal de Proveedores, únicamente se considerará la experiencia del integrante que indique el mayor número de clientes a los que ha prestado el servicio, respecto de los demás integrantes.
De no resolverse la licitación de conformidad a las normas precedentes, esta será adjudicada mediante sorteo público.
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ADJUDICACIÓN |
La Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través del Sistema de Información, notificará a los postulantes los resultados de la presente licitación.
Conforme a lo estipulado en la Ley N° 19.886, artículo 9º, la Subsecretaría declarará inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumplan con los requisitos establecidos en las Bases de licitación y declarará desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o bien, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes a los intereses del Servicio.
La Subsecretaría adjudicará la licitación mediante resolución fundada. La notificación de la resolución de Adjudicación se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas desde su publicación en el Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado en el capítulo V, de Etapas y Plazos de la Licitación, apartado “Adjudicación”, la Subsecretaría informará en el Sistema de Información las razones que justifican el incumplimiento del referido plazo, e indicará un nuevo plazo para ello.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de ninguna especie o naturaleza.
En caso que la adjudicataria se desistiese de su oferta, la Subsecretaría podrá readjudicar la licitación al proponente cuya oferta le suceda en la calificación o podrá declararla desierta. En este caso, tal como se señala en el capítulo X, se hará efectiva la Garantía de Seriedad de la oferta entregada por la adjudicataria.
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CONTRATO |
La Subsecretaría y la adjudicataria, suscribirán un contrato dentro del plazo de veintiún (21) días corridos contados desde la notificación de la adjudicación. En caso que el contrato haya de formalizarse con una Unión Temporal de Proveedores, el contrato se suscribirá con el representante que sus integrantes hayan designado en el instrumento que formalizó la Unión y que se adjuntó a la oferta respectiva. Si, por cualquier motivo, la Unión procediere a designar un nuevo representante por acto posterior, dicha modificación deberá ser inmediatamente comunicada a esta Subsecretaría, adjuntando copia del acto respectivo, debiendo ser el nuevo mandatario quien comparezca en representación de la Unión, sea para la suscripción del contrato o durante su ejecución, según el caso.
Firmado el contrato por la adjudicataria, corresponderá a la Sra. Subsecretaria firmar el contrato en representación de la Subsecretaría.
Una vez firmado el respectivo contrato por las partes, se procederá a dictar el acto administrativo que lo apruebe formalmente.
Cabe advertir que en caso que la adjudicataria no suscriba el contrato dentro del plazo citado, se tendrá a ésta como desistida de su oferta, debiendo hacerse efectiva la Garantía de Seriedad de la misma.
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MONTOS Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
a) Presupuesto máximo disponible:
El presupuesto máximo disponible para la presente contratación asciende a la suma de $24.000.000 (veinticuatro millones de pesos) impuestos incluidos, pagaderos en 24 cuotas mensuales.
b) Vigencia del Contrato:
El contrato comenzará a regir una vez que se encuentre totalmente tramitado el acto administrativo que lo apruebe y su vigencia se extenderá hasta el 7 de marzo de 2023.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, en caso que el 8 de marzo de 2021 el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato no se encuentre totalmente tramitado, las prestaciones deberán iniciarse en dicha fecha, quedando su pago sujeto a la total tramitación del acto administrativo que apruebe el referido contrato.
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CONTRAPARTE TÉCNICA |
La Contraparte Técnica de la Subsecretaría en la prestación del servicio estará integrada por dos (2) funcionarios de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
Esta Contraparte Técnica deberá evaluar los servicios prestados durante la ejecución del contrato; aclarar, coordinar y/u orientar respecto del desarrollo de las actividades, en los casos que se requiera; recibir conforme los servicios contratados; realizar toda otra labor que estas Bases de licitación le encomienden; y, en caso de atrasos en la entrega de los servicios o productos contratados, pronunciarse respecto a la pertinencia del hecho invocado como eximente de responsabilidad, si se alegase.
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PAGOS Y MULTAS |
a) Forma de pago
La forma de pago por la prestación de servicio, será en veinticuatro (24) mensualidades bajo la modalidad de mes vencido, es decir, una vez cumplido un mes de servicio, el contratista deberá emitir la factura o boleta del cobro respectivo, documento que será pagado por la Subsecretaría dentro de los 30 días corridos siguientes a la fecha de su recepción.
En caso que el mes de inicio y término del servicio, este se preste en una cantidad inferior a 30 días, el pago que se efectúe corresponderá a la proporción de los días en que el servicio se haya prestado.
Sin perjuicio de lo anterior, cabe advertir -atendido que los pagos se deben imputar al presupuesto vigente al año correspondiente en que se presten los servicios- que la ejecución de éstos y su correspondiente pago para los años 2022 y 2023, se encuentran bajo condición de tener disponibilidad presupuestaria.
El pago se efectuará previo cumplimiento de los siguientes requisitos:
i) Que el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato se encuentre totalmente tramitado;
ii) Que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informe respecto a la recepción conforme de cada uno de los productos entregados por el contratista;
iii) Que el contratista al momento de emitir el documento electrónico remita el archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com indicando número de orden de compra, fechas y condiciones de pago.
iv) Que el contratista presente trimestralmente, junto a su factura o boleta correspondiente, “Certificado de Cumplimiento de Obligaciones Laborales y Previsionales” (F30-1), emitido por la Dirección del Trabajo que dé cuenta que no registra saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social impagas, durante los dos últimos años, contados desde la fecha de notificación de la Resolución que adjudicó la licitación pública a través del Sistema de Información.
En caso que al momento de contratar, el contratista registre saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social, éste deberá destinar el primer estado de pago producto del contrato al pago de dichas obligaciones, debiendo el contratista acreditar que la totalidad de las obligaciones se encuentran liquidadas al cumplirse seis (6) meses de vigencia del contrato.
Será deber del contratista dar cumplimiento a lo dispuesto en el párrafo precedente, correspondiendo a esta Subsecretaría verificar la realización de los respectivos pagos y exigir al contratista la entrega de los comprobantes y planillas que demuestren el total cumplimiento de la obligación. El incumplimiento de estas obligaciones por parte del contratista, dará derecho a dar por terminado el respectivo contrato, pudiendo llamarse a una nueva licitación en la que el referido proveedor no podrá participar.
Si el contratista no acredita el cumplimiento íntegro de sus obligaciones laborales y previsionales en la forma señalada, la Subsecretaría podrá retener el monto de que es responsable de conformidad a lo dispuesto en el artículo 183-C del Código del Trabajo. Lo anterior, sin perjuicio de hacer efectivo el cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, de conformidad a lo establecido en el capítulo XVI de las presentes Bases Administrativas.
b) Multas o sanciones
Si por razones no imputables a la Subsecretaría se produjesen atrasos en el envío del primer reporte diario de noticias, ésta aplicará al contratista a título de multa, la cantidad de $20.000 (veinte mil pesos) por evento, asimismo, en el caso de producirse atrasos en el servicio de alertas o resúmenes informativos durante el día, de acuerdo a los plazos ofrecidos en su oferta, se aplicará al contratista a título de multa, la cantidad de $5.000 (cinco mil pesos) por evento.
Si por razones no imputables a la Subsecretaría se produjese indisponibilidad del servicio de acceso online a noticias almacenadas por un periodo superior a una hora, se aplicará al contratista, a título de multa, la cantidad de $10.000 (diez mil pesos) por cada hora adicional a dicho periodo.
Por último, si por razones no imputables a esta Subsecretaría se omitieren más de 5 notas de prensa del reporte diario de noticias dentro de un mes calendario, se aplicará una multa de $20.000 (veinte mil pesos) al mes.
Las multas referidas no podrán exceder de un 20% del monto total durante la vigencia del contrato.
En el caso descrito en el párrafo anterior, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el capítulo XX de las presentes Bases Administrativas.
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MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones esenciales contraídas por el contratista, entendiéndose por tal si las multas impuestas al contratista de conformidad a lo establecido en el capítulo XIX, letra b), superan el 20% del monto total del contrato.
Sin perjuicio de lo anterior, las presentes Bases de licitación podrán establecer las circunstancias que constituyan incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista.
3. El estado de notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
4. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
5. Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis (6) meses.
En caso de término anticipado, el contratista deberá satisfacer íntegramente los servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término anticipado, la que deberá realizarse por carta certificada.
En todos los casos señalados anteriormente, no procederá indemnización alguna para el contratista.
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PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
En caso que el contratista incurra en alguna de las conductas que de acuerdo con las presentes Bases de licitación conlleven la aplicación de una o más medidas, tales como multa, cobro de la garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato y/o término anticipado del mismo, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría notificará por escrito de la conducta infractora al contratista indicando la causa y medida que resulta aplicable. La notificación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, vía correo electrónico, a la dirección que el contratista informe a la fecha de suscripción del contrato.
El contratista, por escrito, podrá reclamar de la aplicación de la medida correspondiente a la Subsecretaría dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la notificación, debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes necesarios a su presentación. La Subsecretaría resolverá la reclamación presentada, acogiendo o rechazando los fundamentos dados por el contratista. La resolución que se pronuncie sobre la aplicación de la medida será notificada al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Si durante la ejecución del contrato, se produjesen eventos de fuerza mayor o casos fortuitos que entorpecieran u ocasionaran atrasos en la entrega de los trabajos o servicios, el contratista deberá comunicar esta circunstancia, por escrito, a la Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se pronunciará respecto a la pertinencia del hecho alegado como eximente de responsabilidad, en un plazo de 5 días hábiles, y en caso de serlo, no será aplicable al contratista la medida que en cada caso corresponda. Si se desestima la alegación formulada por el contratista, la Contraparte Técnica emitirá un acta dando cuenta de las razones tenidas a la vista para la negativa y propondrá a la Jefa Superior de Servicio la aplicación de la medida correspondiente, de acuerdo a lo establecido en las presentes Bases de licitación. La resolución fundada que aplique la medida será notificada al contratista mediante su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
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LEGISLACIÓN APLICABLE |
El contrato suscrito entre el contratista y la Subsecretaría será ejecutado e interpretado de conformidad con las leyes de la República de Chile.
Por lo tanto, cualquier disposición que pueda resultar contraria al ordenamiento jurídico chileno, no será oponible a las partes.
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NORMAS DE TRABAJO |
Las actividades deberán ser ejecutadas por el contratista en conformidad a las siguientes normas:
Las actividades deberán ser ejecutadas por el contratista en conformidad a las siguientes normas:
a) Confidencialidad de la Información:
El contratista deberá garantizar la confidencialidad en el manejo de la información relacionada con la Subsecretaría. En caso contrario, la Subsecretaría se reserva el derecho de entablar las acciones judiciales correspondientes.
En caso que el contratista contravenga la obligación de confidencialidad descrita en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye un incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XIX numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
b) Subcontratación:
Se prohíbe la subcontratación.
En caso que el contratista contravenga la prohibición indicada en el párrafo precedente, se entenderá que dicha situación constituye un incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud de lo dispuesto en el capítulo XIX numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
c) Cambios en las actividades definidas:
La Subsecretaría, durante la prestación del servicio y cuando sea estrictamente necesario para el alcance de los resultados esperados, podrá modificar o eliminar los productos señalados en el capítulo III de las Bases Técnicas, y/o cualquiera de las actividades indicadas en el capítulo II de las mismas, previo acuerdo con el contratista.
d) Transferencia y Entrega de Información:
El contratista deberá entregar cada mes en la Oficina de Partes de la Subsecretaría, previa coordinación con la Contraparte Técnica de la Subsecretaría, un respaldo mensual de los archivos de noticias en soporte digital (Cloud o similar).
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