IDIOMA DE LA LICITACIÓN |
Todo el proceso de licitación será en idioma español. Esto significa que no se aceptarán
ofertas en otros idiomas.
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MODIFICACIÓN A LAS BASES |
La Subsecretaría podrá modificar las presentes Bases de licitación, por acto administrativo
totalmente tramitado, ya sea por iniciativa propia o en atención a una aclaración solicitada
por algún proveedor, hasta antes del cierre de recepción de las ofertas, prorrogando -de ser
necesario- el plazo de cierre de recepción de ofertas hasta en diez (10) días hábiles, para
que los proveedores puedan conocer y adecuar sus ofertas a los nuevos requerimientos.
Las modificaciones que se lleven a cabo, serán informadas oportunamente en el Sistema
de Información y formarán parte integral de la licitación.
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REQUISITOS PARA PARTICIPAR EN LA LICITACIÓN |
Podrán participar en la presente licitación, las personas naturales y jurídicas, nacionales o
extranjeras, que no se encuentren afectas a las inhabilidades establecidas en el artículo 4°,
inciso primero y sexto, de la Ley Nº 19.886, de Bases sobre Contratos Administrativos de
Suministro y Prestación de Servicios. Las personas jurídicas y/o naturales, podrán presentar ofertas individualmente o como Unión Temporal de Proveedores.
Se entenderá como Unión Temporal de Proveedores toda asociación de personas naturales
y/o jurídicas, para la presentación de una oferta.
En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad,
deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo, el
instrumento público o privado, firmado por todos sus integrantes, en el que hayan formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente, y en el que deberán establecer, a lo menos, la solidaridad entre las partes respecto de todas y cada una de las obligaciones que se generen con esta Subsecretaría, así como el nombramiento de un apoderado o representante común con facultades suficientes para representar a todos y cada uno de
ellos en la presentación de la oferta y de todos los documentos adjuntos a ella, durante
todo el proceso licitatorio, para la formalización del contrato y el cumplimiento de todas y
cada una de sus obligaciones. La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a la señalada en el capítulo XIII, letra b), de las presentes Bases Administrativas.
Las personas jurídicas y/o naturales que integren la Unión Temporal de Proveedores, deberán cumplir, individualmente, con todos y cada uno de los requisitos y formalidades legales exigidas en las presentes Bases. Asimismo, las actuaciones, los hechos y las omisiones que se presenten en el desarrollo de la licitación afectarán de igual forma a todos sus miembros, considerados individualmente.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones establecidos
en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales que emanaren de la
adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y cada uno de los integrantes de
la Unión Temporal de Proveedores.
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PRESENTACIÓN Y CONTENIDO DE LAS PROPUESTAS |
La oferta está compuesta por una parte técnica, otra económica y por los antecedentes
administrativos, los que deberán presentarse obligatoriamente a través del Sistema de
Información -sitio www.mercadopublico.cl. El proponente deberá realizar su oferta
exclusivamente en el portal www.mercadopublico.cl , ambiente privado del proveedor, su
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oferta económica, su oferta técnica y anexar los antecedentes administrativos solicitados,
que sean pertinentes. Sin perjuicio de lo anterior, en los casos en que deba realizarse
entrega física de documentos de conformidad con lo dispuesto con el artículo 62 del
Decreto Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de la
Ley Nº 19.886 de Bases sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de
Servicios, estos deberán ingresarse a través de la Oficina de Partes de la Subsecretaría
de Telecomunicaciones, pudiendo realizarse a través de la Oficina de Partes Virtual
www.subtel.gob.cl/oficina-partes, o bien de manera presencial en la Oficina de Partes
de la Subsecretaría cuyo horario de funcionamiento es de 9:00 a 14:00 horas de lunes a
viernes, excepto feriados.
Se advierte, que las únicas ofertas válidas serán las presentadas a través del Sistema de
Información- sitio www.mercadopublico.cl- y no se aceptarán ofertas que se presenten
por un medio distinto al establecido. El plazo de validez de las ofertas se extenderá
hasta el 30 de noviembre de 2022.
Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos
electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos, Técnicos o Económicos,
según corresponda. Los antecedentes que se deberán adjuntar en cada Anexo serán los
siguientes:
Contenido de la Oferta Técnica:
La descripción del contenido de cada uno de los antecedentes que a continuación se
individualizan, se encuentra detallado en las Bases Técnicas, capítulo I.
a) Características de los equipos requeridos.
b) Plazo de entrega de los equipos instalados.
c) Currículum del oferente.
d) Mantención sin costo de los equipos.
* Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos
electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Técnicos. Es obligatoria su remisión vía
Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
** Se deja establecido que la sola circunstancia de presentar una propuesta para esta
licitación implica que los proponentes han analizado las respectivas Bases
Administrativas y Técnicas, aclaraciones y respuestas formuladas con anterioridad a la
presentación de su oferta, y que manifiesta su conformidad y aceptación sin ningún tipo
de reserva ni condiciones a toda la documentación referida, no pudiendo modificar las
Bases con sus ofertas.
Contenido de la Oferta Económica:
El proponente deberá presentar una oferta económica que indique claramente el valor total
por los equipos ofertados, SIN INCLUIR IMPUESTOS. Asimismo, deberá completar la
tabla acompañada en el Anexo N° 5 de las presentes Bases de licitación, indicando
claramente el valor neto para la adquisición e instalación de cada una de las categorías de
equipos ofertados. El precio deberá expresarse en moneda nacional y no podrá ser superior
al presupuesto máximo disponible para esta contratación, el cual se encuentra determinado
en el capítulo XIII, letra a) de estas Bases.
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* Los proponentes deberán enviar la oferta económica adjuntándola electrónicamente
en el Anexo de Antecedentes Económicos. Es obligatoria su remisión vía Sistema de
Información, para que su oferta sea admisible.
Documentos Anexos para participar en la Licitación:
1. Declaración jurada simple del proponente, acreditando que no se encuentra
afecto a ninguna de las inhabilidades que se describen a continuación:
1.- El proveedor no debe haber sido condenado por prácticas antisindicales o infracción
a los derechos fundamentales del trabajador (en los 2 años previos a la oferta o el
contrato) (art. 4° ley 19.886).
2.- Como persona jurídica, el proveedor no debe haber sido condenado a la prohibición
de contratar con el Estado, por cohecho, lavado de activos, financiamiento al terrorismo
o delitos de la Ley General de Pesca (art. 10 ley 20.393).
3.- El proveedor no debe haber sido condenado por los delitos concursales establecidos
en el código penal (art. 4° ley 19.886).
4.- El proveedor no debe haber sido condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia a la prohibición de contratar por el Estado (art. 26, letra d., de DL 211).
5.- El proveedor no debe tener vínculos con los funcionarios directivos de la entidad
compradora (art. 4° ley 19.886).
Las señaladas inhabilidades están definidas en el artículo 4 de la Ley de Compras N°
19.886 y otros cuerpos legales.
*La referida declaración será visualizada al momento de realizar la oferta en el Sistema,
como parte de los “Antecedentes para incluir en la oferta”. Su completitud y envío es
obligatorio para que su oferta sea admisible, sin perjuicio de las excepciones que al
efecto establece el artículo 62, del Decreto Supremo N°250, de 2004, del Ministerio de
Hacienda.
** En el caso de las Uniones Temporales de Proveedores, en cambio, deberá enviarse
una declaración por cada uno de sus integrantes, remitiéndolo firmado a través del
Sistema de Información, Anexo Antecedentes Administrativos. Para tales efectos
deberá considerarse el mismo formato proporcionado por la Dirección de Compras,
debe considerarse también que en este caso la remisión no se realiza de manera
automática.
Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de
Proveedores:
1. En caso que los proponentes hayan acordado presentar su oferta bajo esta modalidad,
deberán indicarlo expresamente así en su propuesta, adjuntando, al mismo tiempo,
una escritura pública o privada firmada por todos sus integrantes, en la que hayan
formalizado su acuerdo de actuar conjuntamente.
En caso que el acuerdo presentado al momento de ofertar conste en instrumento
privado, deberá presentarse el mismo por escritura pública previo a la suscripción del
contrato.
En dicho acuerdo, se deberá dejar claramente establecido, que la responsabilidad de
cada uno de los integrantes de la Unión será solidaria, y cumplir las demás exigencias
establecidas en el capítulo VI de las presentes Bases Administrativas.
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La vigencia acordada para la Unión Temporal de Proveedores no podrá ser inferior a
la señalada en el capítulo XIII letra b) de las presentes Bases Administrativas.
La responsabilidad, por el cumplimiento cabal de los requisitos y condiciones
establecidos en las presentes Bases de licitación, y de las obligaciones contractuales
que emanaren de la adjudicación de la misma, recaerá solidariamente en todos y
cada uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores.
Finalmente, en el referido acuerdo, todas y cada una de las personas naturales y/o
jurídicas integrantes de la Unión Temporal de Proveedores deberán designar un
mandatario común, con facultades suficientes para actuar en representación de todos
ellos, individualizando dichas facultades. Asimismo deberán indicar la persona natural
o jurídica (integrante o representante) facultada para recibir el pago.
* Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos
electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su
remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
2. Cada una de las personas naturales y/o jurídicas integrantes de la Unión Temporal de
Proveedores deberá presentar la declaración jurada de requisitos para ofertar firmada
por sí o por su representante legal, de acuerdo a lo consignado en el acápite
“Antecedentes Administrativos para participar en la Licitación”.
* Los proponentes deberán enviar la declaración jurada simple adjuntándola
electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Administrativos. Es obligatoria su
remisión vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible, sin perjuicio
de las excepciones que al efecto establece el artículo 62, del Decreto Supremo
N°250, de 2004, del Ministerio de Hacienda.
3. En cuanto a los antecedentes que integran la Oferta Técnica, los que se consignan en
el presente capítulo en su acápite “Contenido de la Oferta Técnica”, al momento de
la presentación de las ofertas, los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores
determinarán qué antecedentes presentarán para ser considerados en la evaluación
respectiva, siempre y cuando lo anterior no signifique ocultar información relevante
para la ejecución del respectivo contrato que afecte a alguno de los integrantes de la
misma. Entre los antecedentes presentados, para efectos de la valoración del criterio
N° 3 del capítulo I de las Bases Técnicas, denominado “Currículum del oferente”, se
considerará únicamente la del integrante de la Unión Temporal de Proveedores que
acredite mayor tiempo de experiencia, respecto de los demás integrantes de la misma
que hubieren presentado antecedentes.
* Los proponentes deberán enviar los antecedentes requeridos adjuntándolos
electrónicamente en el Anexo de Antecedentes Técnicos. Es obligatoria su remisión
vía Sistema de Información, para que su oferta sea admisible.
4. En caso que algún integrante de la Unión Temporal de Proveedores se vea afectado
por una causal de inhabilidad para la presentación de la oferta, la formulación de
propuestas o la suscripción de la convención, establecidas en la legislación vigente,
éste deberá manifestar por escrito si continúa con el respectivo procedimiento de
contratación con los restantes integrantes no inhábiles de la misma, o se desiste de su
participación en el respectivo proceso, dentro del plazo de tres (3) días hábiles
contados desde que la Subsecretaría la requiera al efecto.
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No obstante lo anterior, la Subsecretaría se reservará la facultad de analizar previamente
si la propuesta que resultare de mantener la Unión Temporal de Proveedores con los
integrantes hábiles es apta para el cumplimiento de los objetivos establecidos para la
contratación, ello sin perjuicio, además, de la posibilidad de reevaluar dicha oferta de
acuerdo a los requisitos y criterios de evaluación establecidos en las presentes Bases de
licitación.
La omisión o falta de integridad de cualquiera de los antecedentes a que se refiere este
capítulo, o el envío de éstos por un medio distinto del expresamente señalado, excluirá
de la licitación al proponente, declarándose por resolución fundada, inadmisible su
oferta, por no haber dado cumplimiento a los requisitos establecidos en las Bases,
conforme a lo dispuesto en el artículo 9º de la ley Nº 19.886.
Sin perjuicio de lo anterior, la Subsecretaría podrá, en la etapa de evaluación de las
ofertas, solicitar a través del Sistema de Información a cualquier proponente que aclare
su oferta o subsane errores u omisiones formales, siempre y cuando dicha solicitud no
suponga, en caso alguno, la vulneración de los principios de igualdad de los
proponentes y el de estricta sujeción a las bases, lo que será evaluado y resuelto por la
Subsecretaría. En este caso, se procederá conforme a lo dispuesto en el capítulo X, de
las presentes Bases Administrativas (Apertura y Evaluación de las Ofertas).
Los gastos y costos de cualquier naturaleza en que incurran los proponentes con motivo
de la adquisición y presentación de sus ofertas serán de su exclusivo cargo y
responsabilidad, no procediendo indemnización, reembolso ni compensación alguna en
favor de éstos por ningún concepto.
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ANTECEDENTES LEGALES PARA CONTRATAR |
1) La adjudicataria, deberá estar inscrita en ChileProveedores y tener digitalizados
los documentos legales para contratar.
Si el proveedor es persona natural:
1. Fotocopia autorizada de la cédula de identidad;
2. Fotocopia de su iniciación de actividades en el SII.
Si el proveedor es persona jurídica:
En caso de sociedades, incluidas las Empresas Individuales de Responsabilidad
Limitada:
1. Copia legalizada de la escritura pública de Constitución de la Sociedad o
Certificado de Estatuto Actualizado emitido por el Registro de Empresas y
Sociedades en el caso de sociedades acogidas a la Ley N° 20.659.
2. Copia del extracto de constitución de la sociedad (no es un requisito para el
caso de las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659).
3. Copia de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad (no es un
requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659).
4. Copia de la publicación en el Diario Oficial del extracto de constitución de la
sociedad (no es un requisito para el caso de las sociedades acogidas a la Ley N°
20.659).
5. En el caso de las modificaciones efectuadas a la sociedad, copia legalizada de
la o las escrituras públicas de modificación con sus respectivos extractos
debidamente inscritos en el Registro de Comercio respectivo y publicados en el
Diario oficial, en el orden en que se efectuaron, si las hubiere (no es un requisito
para el caso de las sociedades acogidas a la Ley N° 20.659).
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6. Copia del Certificado de vigencia de la sociedad y anotaciones marginales, con
una vigencia de 90 días, emitido por el Registro de Comercio correspondiente,
o Certificado de Vigencia emitido por el Registro de Empresas y Sociedades en
el caso de las sociedades acogidas a la ley N° 20.659, con una vigencia de 90 días.
7. Certificado de anotaciones emitido por el Registro de Empresas y Sociedades
en el caso de las sociedades acogidas a la ley N° 20.659.
8. Copia autorizada del RUT.
9. Instrumento autorizado que acredite la personería del representante legal,
que comparezca a nombre y en representación de la proponente, y que
certifique su vigencia.
10. Copia autorizada de la CNI del representante legal.
En caso de fundaciones o corporaciones:
1. Copia legalizada de acta de asamblea constituyente y estatutos, reducidos a
escritura pública.
2. Copia legalizada del Decreto que otorga la personalidad jurídica.
3. Copia de la publicación en el Diario Oficial del decreto que otorga la
personalidad jurídica.
4. Copia legalizada del decreto que aprueba reformas a los estatutos, en caso
que existiere y sus pertinentes publicaciones en el Diario Oficial.
5. Certificado de vigencia con nómina de directorio con no más de 60 días de
antigüedad a la fecha de solicitud.
6. Instrumento autorizado que acredite la personería del representante legal,
que comparezca a nombre y en representación de la proponente, y que
certifique su vigencia.
7. Copia autorizada de la CNI del representante legal.
En caso que el proveedor adjudicado no esté inscrito en el portal
ChileProveedores, deberá inscribirse dentro del plazo de quince (15) días
hábiles contados desde la notificación de la adjudicación al adjudicatario y será
su responsabilidad verificar que los documentos señalados en el párrafo anterior
se encuentren digitalizados en el Sistema de Información. De no realizarse la
inscripción en la forma y plazo aludido, se tendrá a éste por desistido de su
oferta.
Si no tuviese digitalizados los citados documentos deberá acompañarlos dentro
de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto administrativo
de adjudicación en el Sistema de Información, sea en forma electrónica o
mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría, en este último caso
deberá adjuntarlos en un sobre cerrado indicando el N° de ID de la licitación y
el nombre del proveedor.
2) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación
del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en
forma electrónica o mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría,
una declaración jurada simple, que dé cuenta si registra o no saldos insolutos de
remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o
con trabajadores contratados en los últimos dos años, contados desde la fecha de
notificación del acto de adjudicación a través del Sistema de Información. Lo
anterior a fin de dar cumplimiento a lo señalado en el artículo 22 Nº 9, del Decreto
Nº 250, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la Ley
N° 19.886. En cuanto a la declaración jurada requerida, para estos efectos, se
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anexan a las presentes Bases de licitación los formatos respectivos (Anexo N°1 o
N°2, según corresponda).
3) La adjudicataria, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la notificación
del acto de adjudicación a través del Sistema de Información, deberá acompañar en
forma electrónica o mediante ingreso en Oficina de Partes de la Subsecretaría,
una declaración jurada simple, que dé cuenta que no se encuentra condenada por
los delitos previstos en el artículo 27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la
ley N°18.314 y en los artículos 250 y 251 bis del Código Penal, a la pena de
prohibición de celebrar actos y contratos con Organismos del Estado y que,
asimismo, no se encuentra condenado por el Tribunal de Defensa de la Libre
Competencia a la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la
administración centralizada o descentralizada del Estado hasta por el plazo de
cinco años contados desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada. Lo
anterior, de conformidad a lo dispuesto en la Ley N° 20.393, que establece la
responsabilidad penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos,
financiamiento del terrorismo y delitos de cohecho que indica y al artículo 26,
inciso segundo, letra d), en relación con el artículo 3º, letra a), del decreto ley Nº
211, de 1973, respectivamente. En cuanto a la declaración jurada requerida, para
estos efectos, se anexa a las presentes Bases de licitación el formato respectivo
(Anexo N°3).
Si la adjudicataria corresponde a una Unión Temporal de Proveedores, los requisitos y
antecedentes señalados en los numerales 1, 2, 3 del presente capítulo serán exigibles
respecto de cada uno de los proveedores que la integran.
De no entregar la adjudicataria los documentos requeridos en los numerales precedentes,
dentro del plazo aludido de diez (10) días hábiles siguientes a la notificación del acto de
adjudicación a través del Sistema de Información, se le tendrá por desistida de su oferta.
Finalmente, cabe hacer presente que no podrán contratar con la Subsecretaría las
personas jurídicas, que se encuentren condenadas por los delitos previstos en el artículo
27 de la ley N° 19.913, en el artículo 8° de la ley N° 18.314 y en los artículos 250 y 251
bis del Código Penal a la pena de prohibición de celebrar actos y contratos con
Organismos del Estado. La Subsecretaría verificará esta información a través del
registro que para tal efecto lleva la Dirección de Compras y Contratación Pública, de
conformidad con lo dispuesto en la ley N° 20.393, que establece la responsabilidad
penal de las personas jurídicas en los delitos de lavado de activos, financiamiento del
terrorismo y delitos de cohecho que indica. En caso que esta prohibición recaiga sobre
el proveedor adjudicado, se tendrá a éste por desistido de su oferta, sin perjuicio que esta
Subsecretaría, en forma paralela, adjudique al segundo proveedor con mayor puntaje o
declare desierta la licitación.
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COMISIÓN EVALUADORA DE LAS OFERTAS |
Las ofertas presentadas serán revisadas y evaluadas técnica y económicamente, por una
Comisión conformada por los siguientes funcionarios de esta Subsecretaría, quienes a
su vez no serán parte integrante de la Contraparte Técnica consignada en el Capítulo
XVII de las presentes Bases Administrativas:
1. Sr. Eduardo Gálvez López, 4° E.U.S., Asesor de Gestión, División Fiscalización.
2. Sra. Brunilda Vergara Gálvez, Directivo, 7° E.U.S., Jefa Departamento
Adquisiciones e Inventario de la División Administración y Finanzas.
3. Srta. Millaray Tralma Gallardo, Profesional, 4° E.U.S., Funcionaria de Gabinete.
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Si uno o más de los integrantes antes indicados se ausentare por uno o más días, y ello
significare la imposibilidad del respectivo integrante de participar en la etapa de
evaluación de propuestas, el o los integrantes(s) que se vean impedido(s) de participar,
será(n) reemplazado(s) por los siguientes funcionarios, en el orden en que a
continuación se individualiza:
1. Sr. Juan Carlos Hormazábal Riquelme, Directivo, 5° E.U.S., Jefe Departamento
Control de Gestión.
2. Sr. Pablo Reveco Araneda, Técnico, 11° E.U.S., funcionario del Departamento
Adquisiciones e Inventarios de la División Administración y Finanzas.
La Comisión levantará un acta con la evaluación de las ofertas, en la cual consignará
los puntajes obtenidos por cada proponente en los criterios a evaluar consignados en
estas Bases. Dicha acta será suscrita por la referida Comisión y publicada en el Sistema
de Información, junto a la resolución fundada que dé cuenta del resultado de la
licitación.
Corresponderá también a la Comisión Evaluadora en su labor de colaboración con el
Jefe Superior del Servicio, dar respuesta a las consultas y reclamos que se formulen
durante el proceso licitatorio y respecto de la adjudicación o de la declaración de
desierta de la licitación, según sea el caso.
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APERTURA Y EVALUACIÓN DE LAS OFERTAS |
La presente licitación se realizará en una sola etapa, por tanto, en el acto de apertura
electrónica se procederá a abrir tanto la oferta técnica como la oferta económica. El acto
de apertura electrónica se efectuará a través del Sistema de Información.
Se deja expresamente establecido que frente a situaciones técnicas que afecten la
plataforma electrónica del Sistema de Información, impidiendo el desarrollo de la
apertura electrónica, la Subsecretaría estará facultada para interrumpir la continuidad
administrativa de tal proceso y disponer su prosecución el día hábil siguiente, previa
certificación de indisponibilidad del portal Mercado Público.
Se aceptará o rechazará la recepción de los antecedentes, sin que dicha comunicación
implique la aceptación del contenido de éstos, ni que el archivo sea válido o correcto.
La Comisión Evaluadora de la Subsecretaría procederá a revisar y evaluar los
antecedentes exigidos en estas bases, descalificando a quienes no den cumplimiento a lo
requerido. No obstante, la Comisión Evaluadora podrá requerir a cualquier proponente,
a través del Sistema de Información, que aclare su oferta o subsane errores u omisiones
que sólo digan relación con aspectos formales, siempre que dicha solicitud no vulnere
el principio de igualdad de los proponentes y el de estricta sujeción a las bases.
Los proponentes deberán aclarar o subsanar su oferta dentro del término que media
entre la fecha de publicación de dicha solicitud y el penúltimo día hábil del plazo
establecido para la evaluación de las propuestas, a través del Sistema de Información o,
de ser el caso, ingresando la información requerida en la Oficina de Partes de la
Subsecretaría de Telecomunicaciones, en un sobre cerrado dirigido al Jefe de la
División Administración y Finanzas, rotulado: “Adquisición e Instalación de treinta y
cuatro (34) equipos de aire acondicionado con tecnología “Inverter” para las
dependencias de la Subsecretaría de Telecomunicaciones”, y con el nombre de la
proponente.
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ADJUDICACIÓN |
La Subsecretaría de Telecomunicaciones, a través del Sistema de Información,
notificará a los postulantes los resultados de la presente licitación.
Conforme a lo estipulado en la Ley 19.886, artículo 9º, la Subsecretaría declarará
inadmisibles las ofertas cuando éstas no cumpliesen con los requisitos establecidos en
las Bases de licitación y declarará desierta la licitación si no se presentaren ofertas, o
bien, si habiéndose presentado, éstas no resulten convenientes a los intereses del
Servicio.
La Subsecretaría adjudicará la licitación mediante resolución fundada. La notificación
de la resolución de Adjudicación se entenderá perfeccionada transcurridas 24 horas
desde su publicación en el Sistema de Información, sitio www.mercadopublico.cl.
En el caso que la adjudicación no se realice en el plazo señalado en el capítulo IV, de
Etapas y Plazos de la Licitación, apartado “Adjudicación”, la Subsecretaría informará
en el Sistema de Información las razones que justifiquen el incumplimiento del referido
plazo e indicará un nuevo plazo para ello.
Los proponentes que no resulten seleccionados no tendrán derecho a indemnización de
ninguna especie o naturaleza.
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CONTRATO |
Atendido que la contratación será por un monto inferior a 1.000 UTM y el objeto de la
prestación es de carácter estándar de simple y objetiva especificación, el contrato se
formalizará mediante la emisión de una Orden de Compra por la
Subsecretaría a través del Sistema de Información y la aceptación de ésta por parte de la
adjudicataria.
En caso de contratar con una Unión Temporal de Proveedores, la orden de compra se
emitirá a nombre del integrante a través del cual dicha Unión formuló la oferta en el
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Sistema de Información.
En caso que la Orden de Compra no sea aceptada, la Subsecretaría podrá solicitar su
rechazo, entendiéndose definitivamente rechazada una vez transcurridas 24 horas desde
dicha solicitud.
Cabe advertir que en caso que la orden de compra sea rechazada, se tendrá a la
adjudicataria como desistida de la oferta.
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MONTOS Y VIGENCIA DEL CONTRATO |
a) Presupuesto máximo disponible:
El presupuesto máximo disponible para la presente contratación asciende a la suma de
$30.000.000.- (treinta millones de pesos), impuestos incluidos.
b) Vigencia del Contrato:
El contrato comenzará a regir una vez que el Proponente adjudicado haya aceptado la
Orden de Compra emitida por la Subsecretaría a través del Sistema de Información y su
vigencia se extenderá hasta la recepción conforme de todos los equipos de aire
acondicionado licitados y de su instalación, la que no podrá extenderse más allá del
plazo ofertado de conformidad a lo establecido en el capítulo I, numeral 2 de las Bases
Técnicas de licitación.
Sin perjuicio de lo anterior, por razones de buen servicio, el plazo para la entrega e
instalación de los equipos se contará desde la notificación de la Resolución de
adjudicación de la presente licitación, a través del Sistema de Información, quedando su
pago sujeto a la total tramitación del acto administrativo que apruebe la contratación.
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GARANTÍA DE FIEL CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
La adjudicataria, con el objeto de garantizar el fiel, íntegro y oportuno cumplimiento
del contrato, deberá caucionar las obligaciones asumidas en forma física, o electrónica -
en los términos establecidos en la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos,
Firma Electrónica y Servicios de Certificación en dicha firma-, mediante la entrega de
documentos de garantía pagaderos a la vista e irrevocables, otorgados por instrumentos
que aseguren el cobro de la misma de manera rápida y efectiva, tal como Boletas de
Garantía Bancaria o Certificados de Fianza pagaderos a la vista, Depósitos a la Vista o
Vales Vista, emitidos a nombre de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, RUT N°
60.513.000-3. Su monto ascenderá a la suma equivalente al 5% del valor total
adjudicado -debiendo expresarse en pesos chilenos-, y su vigencia no podrá ser inferior
al plazo ofertado para la entrega e instalación de los equipos más sesenta (60) días
hábiles. En su texto deberá indicar lo siguiente: Para garantizar el fiel cumplimiento del
contrato de la licitación denominada: “Adquisición e instalación de treinta y cuatro (34)
equipos de aire acondicionado con tecnología “inverter” para las dependencias de la
Subsecretaría de Telecomunicaciones” o similar.
Esta garantía deberá entregarse por la adjudicataria a la Subsecretaría de
Telecomunicaciones, en un plazo máximo de 5 (cinco) días hábiles desde notificada la
adjudicación en el Sistema de Información, y le será devuelta al contratista, a partir del
vencimiento de su vigencia.
Este documento caucionará el cumplimiento de todas y cada una de las obligaciones
que se imponen al contratista en el contrato, respecto de la entrega e instalación de los
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equipos de aire acondicionado, pudiendo ejecutarse dicha garantía en caso de
incumplimiento, unilateralmente, por la vía administrativa y sin necesidad de
requerimiento ni acción judicial o arbitral alguna, a través de la dictación de la
correspondiente resolución fundada.
En caso que el cobro de esta Garantía no implique el término del contrato, el contratista
deberá reemplazarla por una de igual monto y vigencia, dentro del plazo de diez (10)
días corridos contados desde la fecha de cobro de la caución, bajo sanción de término
del contrato.
Las Garantías de fiel cumplimiento entregadas por el contratista le serán devueltas en el
Departamento de Finanzas de la Subsecretaría, ubicado en calle Amunategui N° 139,
cuarto piso, comuna de Santiago.
Será responsabilidad del contratista realizar los trámites pertinentes para entregar en
tiempo y forma las Garantías de fiel cumplimiento del contrato descritas en este
capítulo.
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CONTRAPARTE TÉCNICA |
La Contraparte Técnica de la Subsecretaría en esta adquisición estará integrada por dos
(2) funcionarios de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
Esta Contraparte Técnica deberá recibir conforme los equipos de aire acondicionado -
con su correspondiente instalación - adquiridos en virtud de la presente licitación,
además de realizar toda otra labor que estas Bases de licitación le encomienden y, en
caso de atrasos en la entrega de los productos o servicios contratados, pronunciarse
respecto a la pertinencia del hecho invocado como eximente de responsabilidad, si se
alegase.
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PAGOS Y MULTAS |
a) Forma de Pago
Se pagará el valor total establecido por el contratista en su oferta económica en una sola
cuota, una vez recepcionados los equipos de aire acondicionados y su respectiva
instalación por la Contraparte Técnica de la Subsecretaría. Dicho valor será pagado
por la Subsecretaría dentro de los treinta (30) días corridos siguientes a la fecha de la
presentación en la Oficina de Partes de la Subsecretaría de la boleta o factura
correspondiente, siempre que se dé cumplimiento a los siguientes requisitos:
1. Que el acto administrativo que apruebe el respectivo contrato se encuentre
totalmente tramitado;
2. Que la Contraparte Técnica de la Subsecretaría informe respecto a la recepción
conforme de los equipos de aire acondicionado y su instalación.
Se entenderá por recepción conforme por parte de la Contraparte Técnica de la
Subsecretaría, la entrega de los equipos de aire acondicionado debidamente
instalados y funcionando.
3. Que el contratista al momento de emitir la factura o documento de cobro remita el
archivo XML a la casilla de intercambio dipresrecepcion@custodium.com
indicando número de orden de compra, fechas y condiciones de pago.
En caso de contratar con una Unión Temporal de Proveedores, el pago se realizará al
integrante o representante designado para ello en el documento de constitución, de
acuerdo a lo dispuesto en el capítulo VII de las presentes Bases Administrativas,
acápite “Condiciones especiales para presentar ofertas como Unión Temporal de
Proveedores”.
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b) Multas o sanciones
Si por razones no imputables a la Subsecretaría se produjesen atrasos en la entrega de
los productos objeto de esta contratación, debidamente instalados, ésta aplicará una
multa equivalente al 1% del monto de la adquisición, por cada día corrido de retraso
(considerándose como día completo, aquella fracción superior a seis horas) con un
tope máximo de 10 días corridos, luego de los cuales se hará efectiva la garantía de
fiel cumplimiento y se podrá poner término anticipado al contrato, de acuerdo a lo
señalado en el capítulo XVII, numeral 2, de las presentes Bases Administrativas.
En tal caso, se procederá de acuerdo a lo dispuesto en el capítulo XVIII,
“Procedimiento para aplicación de medidas en caso de incumplimiento del contrato”
y, notificada al contratista la resolución que impone la multa, la Subsecretaría
cobrará su importe por la vía administrativa, deduciéndola de los valores que
corresponda pagar a éste por los servicios que prestare durante la ejecución del
contrato.
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MODIFICACIÓN Y TÉRMINO ANTICIPADO DEL CONTRATO |
El contrato podrá modificarse o terminarse anticipadamente por las siguientes causales:
1. Resciliación o mutuo acuerdo entre los contratantes.
2. Incumplimiento grave o tardío de las obligaciones esenciales contraídas por el
contratista. Entendiéndose por tal, el atraso por más de diez (10) días corridos en la
entrega e instalación de los equipos de aire acondicionado.
Sin perjuicio de lo anterior, las presentes Bases de licitación podrán establecer otras
circunstancias que constituyan incumplimiento grave de las obligaciones esenciales
que impone el contrato al contratista.
3. En caso de ser el contratista una Unión Temporal de Proveedores:
a. La constatación de que los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores
constituyeron dicha figura con el objeto de vulnerar la libre competencia. De
verificarse tal circunstancia, se remitirán los antecedentes pertinentes a la Fiscalía
Nacional Económica.
b. Si uno de los integrantes de la Unión Temporal de Proveedores se retira de ésta, y
dicho integrante reuniese una o más características objeto de la evaluación de la
oferta.
c. Si se constata que la Unión Temporal de Proveedores ocultó información relevante
para ejecutar el contrato, que afecte a cualquiera de sus miembros;
d. Inhabilidad sobreviniente o retiro de alguno de sus integrantes, en la medida que
la Unión Temporal de Proveedores no pueda continuar ejecutando el contrato
con los restantes miembros, en los mismos términos adjudicados.
4. La notoria insolvencia del contratista a menos que se mejoren las cauciones
entregadas, o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del
contrato;
5. Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
En caso de término anticipado, el contratista deberá satisfacer íntegramente los
servicios requeridos hasta antes de la notificación del referido término anticipado.
En todos los casos señalados anteriormente, no procederá indemnización alguna para el
contratista.
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PROCEDIMIENTO PARA APLICACIÓN DE MEDIDAS EN CASO DE INCUMPLIMIENTO DEL CONTRATO |
En caso que el contratista incurra en alguna de las conductas que de acuerdo con las
presentes Bases de licitación conlleven la aplicación de una o más medidas, tales como
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multa, cobro de la garantía de fiel, íntegro y oportuno cumplimiento del contrato y/o
término anticipado del mismo, la Contraparte Técnica de la Subsecretaría notificará por
escrito de la conducta infractora al contratista indicando la causa y medida que resulta
aplicable. La notificación se realizará dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes, vía
correo electrónico, a la dirección que el contratista informe a la fecha de suscripción del
contrato.
El contratista, por escrito, podrá reclamar de la aplicación de la medida correspondiente
a la Subsecretaría dentro de los cinco (5) días hábiles contados desde la notificación,
debiendo acompañar todos los antecedentes fundantes necesarios a su presentación. La
Subsecretaría resolverá la reclamación presentada, acogiendo o rechazando los
fundamentos dados por el contratista. La resolución que se pronuncie sobre la
aplicación de la medida será notificada al contratista mediante su publicación en el
Sistema de Información. En contra de dicha resolución procederán los recursos
dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos
Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado.
Si durante la ejecución del contrato, se produjesen eventos de fuerza mayor o casos
fortuitos que entorpecieran u ocasionaran atrasos en la entrega de los trabajos o
servicios, el contratista deberá comunicar esta circunstancia, por escrito, a la
Subsecretaría, en cuanto se tenga conocimiento de ello, acompañando todos los
antecedentes necesarios para acreditar las circunstancias alegadas, debiendo solicitar la
ampliación del plazo respectivo. La Contraparte Técnica de la Subsecretaría se
pronunciará respecto a la pertinencia del hecho alegado como eximente de
responsabilidad, en un plazo de 5 días hábiles, y en caso de serlo, no será aplicable al
contratista la medida que en cada caso corresponda. Si se desestima la alegación
formulada por el contratista, la Contraparte Técnica emitirá un acta dando cuenta de las
razones tenidas a la vista para la negativa y propondrá al Jefe Superior de Servicio la
aplicación de la medida correspondiente, de acuerdo a lo establecido en las presentes
Bases de licitación. La resolución fundada que aplique la medida será notificada al
contratista mediante su publicación en el Sistema de Información. En contra de dicha
resolución procederán los recursos dispuestos en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases
de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la
Administración del Estado.
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LEGISLACIÓN APLICABLE |
El contrato suscrito entre el contratista y la Subsecretaría será ejecutado e interpretado
de conformidad con las leyes de la República de Chile.
Por lo tanto, cualquier disposición que pueda resultar contraria al ordenamiento jurídico
chileno, no será oponible a las partes.
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CONFIDENCIALIDAD DE LA INFORMACIÓN |
Las actividades deberán ser ejecutadas por el contratista en conformidad a las siguientes
normas:
a) Subcontratación:
Se prohíbe la subcontratación.
En caso que el contratista contravenga esta obligación, se entenderá que dicha situación
constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al
contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud
de lo dispuesto en el capítulo XVII numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
b) Confidencialidad de la Información:
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El contratista deberá garantizar la confidencialidad en el manejo de la información
relacionada con esta contratación. Toda información que se origine producto del contrato
de la especie, será de propiedad de la Subsecretaría y el contratista no podrá hacerla
pública ni utilizarla para otros fines sin la autorización expresa de parte de esta
Subsecretaría. En caso contrario, la Subsecretaría se reserva el derecho de entablar las
acciones judiciales correspondientes.
En caso que el contratista contravenga esta obligación, se entenderá que dicha situación
constituye incumplimiento grave de las obligaciones esenciales que impone el contrato al
contratista, por lo que la Subsecretaría podrá poner término anticipado al mismo, en virtud
de lo dispuesto en el capítulo XVII numeral 2 de las presentes Bases Administrativas.
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