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Pacto de integridad |
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El oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, declara que, por el sólo hecho de participar
en la presente licitación, acepta expresamente el presente pacto de integridad, obligándose a
cumplir con todas y cada una de las estipulaciones contenidas el mismo, sin perjuicio de las que se
señalen en el resto de las bases de licitación y demás documentos integrantes.
Especialmente, el oferente, y posteriormente, el proveedor adjudicado, acepta el suministrar toda
la información y documentación que sea considerada necesaria y exigida de acuerdo con las
presentes bases de licitación, asumiendo expresamente los siguientes compromisos:
1. Respetar los derechos fundamentales de sus trabajadores, entendiéndose por éstos los
consagrados en la Constitución Política de la República en su artículo 19, números 1°, 4°, 5°, 6°, 12°,
y 16°, en conformidad al artículo 485 del Código del Trabajo. Asimismo, se compromete a respetar
los derechos humanos, lo que significa que debe evitar dar lugar o contribuir a efectos adversos en los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos
cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con
su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas
que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o
en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente
proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad,
integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente
reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha
propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan
la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente
proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos
se derivase.
7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes,
asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,
haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los
organismos correspondientes.
8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición
contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre
los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o
participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que
participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido
directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y
Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en
la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los
oferentes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el
Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del
respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles.
Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de
Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a
que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue
adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en la cláusula N° 20 de
las presentes bases de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la entidad licitante
ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor. Finalmente,
si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya
incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en
conformidad con la cláusula N° 25.1, de estas bases de licitación.. los derechos humanos mediante sus actividades, productos o servicios, y subsanar esos efectos
cuando se produzcan, de acuerdo con los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas de
Naciones Unidas.
2. No ofrecer ni conceder, ni intentar ofrecer o conceder, sobornos, regalos, premios, dádivas o
pagos, cualquiera fuese su tipo, naturaleza y/o monto, a ningún funcionario público en relación con
su oferta, con el proceso de licitación pública, ni con la ejecución de el o los contratos que
eventualmente se deriven de la misma, ni tampoco a ofrecerlas o concederlas a terceras personas
que pudiesen influir directa o indirectamente en el proceso licitatorio, en su toma de decisiones o
en la posterior adjudicación y ejecución del o los contratos que de ello se deriven.
3. No intentar ni efectuar acuerdos o realizar negociaciones, actos o conductas que tengan por objeto
influir o afectar de cualquier forma la libre competencia, cualquiera fuese la conducta o acto
específico, y especialmente, aquellos acuerdos, negociaciones, actos o conductas de tipo o
naturaleza colusiva, en cualquiera de sus tipos o formas.
4. Revisar y verificar toda la información y documentación, que deba presentar para el presente
proceso licitatorio, tomando todas las medidas que sean necesarias para asegurar su veracidad,
integridad, legalidad, consistencia, precisión y vigencia. En virtud de lo anterior, el oferente
reconoce y declara que la oferta presentada en el proceso licitatorio es una propuesta seria,
debidamente analizada y estudiada en cuanto a su viabilidad e integridad, por lo que dicha
propuesta es presentada en términos técnicos y económicos ajustados a la realidad, que garantizan
la posibilidad de cumplir con la misma en las condiciones y oportunidad ofertadas.
5. Ajustar su actuar y cumplir con los principios de legalidad, probidad y transparencia en el presente
proceso licitatorio y en la ejecución del contrato.
6. El oferente manifiesta, garantiza y acepta que conoce y respetará las reglas y condiciones
establecidas en las bases de licitación, sus documentos integrantes y él o los contratos que de ellos
se derivase.
7. El oferente se obliga a tomar todas las medidas que fuesen necesarias para que las obligaciones
anteriormente señaladas sean asumidas y cabalmente cumplidas por sus empleados, dependientes,
asesores y/o agentes y, en general, todas las personas con que éste o éstos se relacionen directa o
indirectamente en virtud o como efecto de la presente licitación, incluidos sus subcontratistas,
haciéndose plenamente responsable de las consecuencias de su infracción, sin perjuicio de las
responsabilidades individuales que también procediesen y/o fuesen determinadas por los
organismos correspondientes.
8. Una vez iniciado el procedimiento de contratación, el oferente se obliga a cumplir la prohibición
contenida en el artículo 35 ter de la Ley N° 19.886, esto es, no podrá mantener comunicación entre
los participantes o interesados en el proceso de contratación, o entre eventuales interesados o
participantes en él y las personas que desempeñen funciones en el organismo licitante que
participen del proceso de adjudicación, independientemente de su calidad jurídica, en lo referido
directa o indirectamente a tal proceso, salvo que se realice a través del Sistema de Información y
Gestión de Compras Públicas administrado por la Dirección de Compras y Contratación Pública, y en
la forma establecida en las bases de licitación, que asegure la participación e igualdad de todos los
oferentes.
Se deja constancia que cualquier incumplimiento por parte de los oferentes a lo dispuesto en el
Pacto de Integridad indicado en esta cláusula, que sea observado durante el transcurso del
respectivo proceso licitatorio, dará lugar a que sus respectivas ofertas sean declaradas inadmisibles.
Asimismo, si se observare algún incumplimiento por parte del adjudicatario al presente Pacto de
Integridad con posterioridad a la adjudicación y anterior al momento de contratación, dará pie a
que la correspondiente adjudicación sea dejada sin efecto respecto del producto/servicio que le fue
adjudicado, pudiendo readjudicarse la licitación, en atención a lo dispuesto en la cláusula N° 20 de
las presentes bases de licitación. En los dos casos anteriormente señalados, la entidad licitante
ejecutará la garantía de seriedad de la oferta presentada por el proveedor incumplidor. Finalmente,
si durante la ejecución del contrato se detectan situaciones en donde el proveedor contratado haya
incumplido el presente Pacto de Integridad, se producirá el término anticipado del contrato en
conformidad con la cláusula N° 25.1, de estas bases de licitación.
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