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La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá presentarse, física o electrónicamente a más tardar el día del cierre de la propuesta en el Sistema. Para garantía física, deberá presentarse de lunes a viernes, en OFICINA DE PARTES de 08:00 a 16:00 horas, en las dependencias ubicadas en el HOSPITAL SAN CAMILO cuyo domicilio es Avenida Miraflores #2085, San Felipe. Para garantía electrónica, deberá, remitirse a los correos electrónicos: mical.anjari@redsalud.gob.cl y oficinadepartes@hospitalsancamilo.cl
En los casos en que la garantía de seriedad de la oferta se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma.
10.1 GARANTÍA DE SERIEDAD DE LA OFERTA.
Los oferentes deberán entregar una garantía de seriedad de la oferta, que deberá tener las siguientes características:
TIPO DE DOCUMENTO Podrán ser entre otros, Boleta de Garantía, Vale Vista o Depósito a la Vista, Certificado de Fianza, siempre que sea emitido por una entidad bancaria o institución de garantía recíproca a nombre del Hospital San Camilo, no devengará intereses, ni reajustes y tendrá el carácter de irrevocable de conformidad a lo dispuesto en el artículo 31 del D.S. Nº250/2004 Reglamento de Compras Públicas.
BENEFICIARIO Hospital San Camilo RUT 61.602.038-2.
PAGADERA A primer requerimiento, a la vista e irrevocable.
VIGENCIA 30 días siguientes al cierre de la oferta.
EXPRESADA EN Pesos Chilenos.
MONTO $ 500.000
GLOSA “Garantiza seriedad de la oferta en la Licitación “CONVENIO SERVICIO DE TRANSPORTE PARA PACIENTES C.R.I DEL HOSPITAL SAN CAMILO”, ID 619133-115-LQ24
FORMA Y OPORTUNIDAD
DE SU RESTITUCIÓN
La garantía de seriedad de la oferta entregada por el oferente cuya oferta haya sido aceptada, se le devolverá una vez que suscriba el contrato correspondiente y contra la recepción conforme de la garantía de fiel cumplimiento del contrato.
A los participantes cuyas ofertas hayan sido declaradas inadmisibles o desestimadas, se les devolverá la garantía dentro del plazo de 10 días contados desde la notificación de la Resolución que dé cuenta de la inadmisibilidad o de la adjudicación, según corresponda.
VALIDACIÓN DE GARANTÍA Este documento será validado únicamente por el Departamento de Contabilidad y Finanzas del Hospital San Camilo.
NO PRESENTACIÓN DE GARANTÍA La no presentación de la Garantía de Seriedad de la Oferta será causal de inadmisibilidad del oferente en forma inmediata.
EN CASO QUE EL OFERENTE INGRESE MÁS DE UNA OFERTA AL PORTAL WWW.MERCADOPUBICO.CL, DEBE PRESENTAR UN INSTRUMENTO DE GARANTÍA POR CADA OFERTA.
10.1.1 CAUSAL DE COBRO.
La entidad licitante hará efectiva esta garantía en cualquiera de los siguientes casos:
- Si el oferente adjudicado no realiza la inscripción en el Registro de Proveedores dentro del plazo establecido en las bases.
- Si el oferente desiste de su oferta en el período de validez de la misma o la retira unilateralmente.
- Si se comprobare, por los organismos pertinentes, falsedad o falsificación en la oferta del proponente o en alguno de los antecedentes solicitados en las Bases.
- Si el adjudicatario no hace entrega de la documentación exigida para la firma del contrato, no se presenta a firmar el contrato o no presenta la garantía de fiel cumplimiento del contrato, dentro del plazo estipulado en las presentes bases.
10.1.2 DEL PROCEDIMIENTO
En caso de que concurra una causal de cobro de la garantía de seriedad de la oferta, el Director del Hospital, notificará al oferente mediante carta certificada dirigida al domicilio signado en el formulario 1, con el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, indicando el incumplimiento en que ha incurrido el proveedor. La notificación se entenderá practicada a contar del tercer día hábil siguiente a la recepción de la carta certificada en la oficina de Correos del domicilio del proveedor.
El proveedor dispondrá de 5 días hábiles a contar de la notificación, para evacuar sus descargos. Con los descargos o sin ellos, mediante resolución fundada, se dispondrá el cobro de la garantía de seriedad de la oferta, la que se notificará al infractor mediante carta certificada dirigida a su domicilio, efectuando igualmente la publicación de ésta a través del portal Sistema, pudiendo el contratista objetar tal decisión conforme a lo dispuesto en la Ley 19.880.
Producida la causal, si es imputable al oferente, el Hospital hará efectiva la garantía de seriedad de la oferta.
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