Garantía Seriedad de la Oferta |
La Garantía de Seriedad de la Oferta deberá presentarse, física o electrónicamente a más tardar el día del cierre de la propuesta en el Sistema. Para garantía física, deberá presentarse de lunes a viernes, en OFICINA DE PARTES de 08:00 a 16:00 horas, en las dependencias ubicadas en el HOSPITAL SAN CAMILO cuyo domicilio es Avenida Miraflores #2085, San Felipe. Para garantía electrónica, deberá, remitirse a los correos electrónicos: mariaa.fernandez@redsalud.gov.cl y edison.staforellid@redsalud.gob.cl. En los casos en que la garantía de seriedad de la oferta se otorgue de manera electrónica, deberá ajustarse a la Ley N° 19.799 sobre Documentos Electrónicos, Firma Electrónica y Servicios de Certificación de dicha firma. Se recuerda que es requisito obligatorio para efectos de la admisibilidad de las ofertas. En caso que el Oferente ingrese más de una oferta al portal www.mercadopublico.cl, debe presentar un instrumento de garantía por cada oferta.
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Garantía Fiel Cumplimiento del Contrato: Plazo y Procedimiento Devolución |
• Al termino del contrato y cumpla su vigencia.
• El retiro de éstas será de responsabilidad exclusiva del proveedor contratado.
• La devolución de garantía de fiel cumplimiento de Contrato, presentadas en este proceso serán devueltas por el Hospital San Camilo de San Felipe, sin reajustes ni intereses, una vez cumplida su fecha de vencimiento.
• Esta Garantía, será custodiada por el Hospital San Camilo de San Felipe y será liberada una vez finalizado el contrato.
• La entrega final de la garantía la realizará la Unidad de Contabilidad del Hospital San Camilo de San Felipe, ubicada en Avenida Miraflores N° 2085, San Felipe.
El retiro de este instrumento será de responsabilidad exclusiva del proveedor. Para hacer efectiva esta entrega, si el contratante es persona natural, debe presentar su cedula de identidad. En caso de persona jurídica deberá acreditar la personería mediante un extracto de escritura pública. Si concurriere un tercero, deberá presentar su cédula de identidad y poder simple del representante legal del proveedor.
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Adjudicación |
El Hospital San Camilo de San Felipe se reserva el derecho de aceptar cualquiera de las ofertas presentadas, rechazarlas todas cuando estime que ninguna de ellas satisfaga el propósito de la licitación, sin que los oferentes tengan derecho de solicitar indemnización alguna en ninguno de los casos señalados.
La Entidad licitante declarará inadmisible cualquiera de las ofertas presentadas que no cumplan los requisitos o condiciones establecidos en las presentes bases de licitación, sin perjuicio de la facultad para solicitar a los oferentes que salven errores u omisiones formales de acuerdo con lo establecido en la normativa de compras públicas y en las presentes bases.
La Entidad licitante podrá, además, declarar desierta la licitación cuando no se presenten ofertas o cuando éstas no resulten convenientes a sus intereses.
Se adjudicará al oferente que obtenga el mayor puntaje en la evaluación de las propuestas, en los términos descritos en las presentes bases, y teniendo en consideración lo dispuesto en la cláusula N°8 “Criterio de desempate” en caso de que dos o más oferentes se encuentren en condiciones de adjudicar.
Se deja constancia que en virtud de lo indicado en la cláusula N°2 “Condiciones para presentar ofertas” el proveedor adjudicado deberá abastecer la demanda total. En virtud de lo anterior, el oferente se obliga a suscribir el respectivo contrato de compra, en los casos que aplique, y aceptar las órdenes de compra emanadas por organismos contratantes de acuerdo con lo indicado en la cláusula N°10 “Suscripción del contrato”.
La presente licitación se adjudicará a través de una resolución dictada por la autoridad competente del Hospital San Camilo de San Felipe, la que será publicada en www.mercadopublico.cl, una vez que se encuentre totalmente tramitada.
Cabe recordar que, de acuerdo con el artículo 6 del reglamento de la ley N° 19.886, el acto administrativo de adjudicación se entenderá notificado transcurridas 24 horas contadas desde su publicación en el portal. www.mercadopublico.cl
El Hospital San Camilo de San Felipe podrá adjudicar por un monto que supere en más del 30% al monto estimado, de acuerdo a lo estipulado en el Art.11 del decreto 250 que aprueba el reglamento de la ley Nº19.886
9.7. Resolución de consultas respecto de la Adjudicación.
Las consultas sobre la adjudicación deberán realizarse al Hospital San Camilo de San Felipe dentro del plazo fatal de 5 días hábiles contados desde la publicación de la resolución en el Sistema de Información www.mercadopublico.cl, a través del siguiente enlace:
https://www.mercadopublico.cl/Portal/Modules/Site/Reclamos/IngresoReclamo.aspx
El Hospital San Camilo de San Felipe dispondrá de 2 días hábiles para responder, contados desde el vencimiento del plazo
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Readjudicación |
Si el adjudicatario se desistiere de firmar el contrato o de aceptar la orden de compra, o no cumpliese con las demás condiciones y requisitos establecidos en las presentes bases para la suscripción o aceptación de los referidos documentos, la entidad licitante podrá, junto con dejar sin efecto la adjudicación original, adjudicar la licitación al oferente que le seguía en puntaje, o a los que le sigan sucesivamente, dentro del plazo de 40 días corridos contados desde la publicación de la adjudicación original, a menos que, de acuerdo a los intereses del servicio, se estime conveniente declarar desierta la licitación.
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Suscripción de Contrato |
En caso de ser el adjudicatario persona jurídica deberá firmar un contrato que será redactado por el Administrador de Contrato del Hospital San Camilo de San Felipe, siempre y cuando el monto adjudicado sea mayor a 1000 U.T.M, en caso contrario se formalizará a través de la emisión de la orden de compra y la posterior aceptación por parte del proveedor, reservándose el derecho al Hospital San Camilo de San Felipe, en virtud de la naturaleza del bien adquirido a confeccionar contrato para una adjudicación menor a 1000 U.T.M.
La firma del contrato deberá efectuarse dentro de los 45 días hábiles contados desde la notificación de adjudicación en el portal mercado Público. Para suscribir el contrato el proveedor deberá acompañar la garantía de fiel cumplimiento del contrato respectivo.
El contrato estará vigente desde la firma de la Resolución Exenta que Aprueba dicho contrato, elaborada por el Administrador de Contrato del Hospital San Camilo de San Felipe.
Si por cualquier causa que no sea imputable a la entidad licitante, el contrato no se suscribe dentro de dicho plazo, se entenderá desistimiento de la oferta, pudiendo adjudicar al siguiente proveedor mejor evaluado. También se entenderá como desistimiento si no se acompaña la Garantía de Fiel Cumplimiento de contrato respectiva en los plazos establecidos para ello.
Para suscribir el contrato el adjudicado debe estar inscrito y hábil en el Registro de Proveedores.
Tratándose de una Unión Temporal de Proveedores (UTP), cada proveedor de dicha UTP adjudicada deberá inscribirse y estar hábil en el Registro de Proveedores en los mismos plazos señalados precedentemente.
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Termino Anticipado de Contrato |
La entidad licitante está facultada para declarar administrativamente el término anticipado del contrato, en cualquier momento, sin derecho a indemnización alguna para el adjudicado, si concurre alguna de las causales que se señalan a continuación:
1) El incumplimiento grave de las obligaciones contraídas por el contratante. Se entenderá por incumplimiento grave la no ejecución o la ejecución parcial por parte del adjudicatario de las obligaciones contractuales, descritas en las presentes Bases, sin que exista alguna causal que le exima de responsabilidad, y cuando dicho incumplimiento le genere a la entidad licitante perjuicio en el cumplimiento de sus funciones.
2) El estado de notoria insolvencia del contratante, a menos que se mejoren las cauciones entregadas o las existentes sean suficientes para garantizar el cumplimiento del contrato.
3) Por exigirlo el interés público o la seguridad nacional.
4) Registrar saldos insolutos de remuneraciones o cotizaciones de seguridad social con sus actuales trabajadores o con trabajadores contratados en los últimos dos años, a la mitad del período de ejecución del contrato, con un máximo de seis meses.
5) Si el adjudicado se encuentra en un procedimiento concursal de liquidación en calidad de deudor.
6) Si se disuelve la sociedad o la unión temporal de proveedores adjudicada.
7) Si el adjudicatario, sus representantes o el personal dependiente de aquél, no actuaren éticamente durante la ejecución del respectivo contrato, o propiciaren prácticas corruptas, tales como:
a.- Dar u ofrecer obsequios, regalías u ofertas especiales al personal de la entidad licitante, que pudiere implicar un conflicto de intereses, presente o futuro, entre el respectivo adjudicatario y la entidad licitante.
b.- Dar u ofrecer cualquier cosa de valor con el fin de influenciar la actuación de un funcionario público durante la relación contractual objeto de la presente licitación.
c.- Tergiversar hechos, con el fin de influenciar decisiones de la entidad licitante.
8) En caso de que el incumplimiento por atraso en la entrega, entrega parcial o por rechazo por no cumplimiento de especificaciones supere los 20 días corridos.
9) En caso de que las multas cursadas, en total, sobrepasen el 20 % del valor total contratado o se apliquen más de 6 multas totalmente tramitadas en un periodo de 6 meses consecutivos.
10) Por incumplimiento de obligaciones de confidencialidad establecidas en las presentes Bases.
11) Al obtener 3 Evaluaciones inferiores a nota 4, en el transcurso del contrato.
En todos los casos señalados, además del término anticipado, se procederá al cobro de la garantía de fiel cumplimiento del contrato, si se hubiere exigido dicha caución en las Bases.
El término anticipado por incumplimientos se aplicará siguiendo el procedimiento establecido en la cláusula 10.7.
Resuelto el término anticipado, no operará indemnización alguna para el adjudicatario, debiendo la entidad licitante concurrir al pago de las obligaciones ya cumplidas que se encontraren insolutas a la fecha.
Resciliación o término de mutuo acuerdo
Sin perjuicio de lo anterior, la entidad licitante y el respectivo adjudicatario podrán poner término al contrato en cualquier momento, de común acuerdo, sin constituir una medida por incumplimiento.
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Renovación del Contrato |
El respectivo contrato, en caso de ser requerido y dependiendo de la calidad, eficiencia y efectividad del proveedor, durante la vigencia del contrato de suministro, el Establecimiento podrá renovar por única vez y por la misma vigencia dicho contrato de suministro, siempre y cuando no supere las 5.000 UTM, considerando los siguientes motivos fundados:
a) Informe de evaluación del contrato que acredite el buen desempeño y cumplimiento del servicio adjudicado, realizado por el Administrador del Contrato del organismo comprador.
b) Acreditación de condiciones favorables del contrato respeto de las condiciones vigentes en el mercado, para lo cual deberá considerar al menos 3 cotizaciones de los productos considerados en el contrato.
c) Requerimiento de las áreas y/o divisiones que señale la necesidad de continuidad del servicio. La renovación del contrato podrá ser por una o más líneas de producto, de acuerdo con las necesidades de abastecimiento del organismo comprador.
d) En caso de ser requerida la cláusula de renovación, no involucrará reajustes económicos.
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Del Pago y Facturación |
El precio final a pagar por informe, será el valor sin IVA incluido informado en el Anexo N°7, “Presupuesto detallado”. Será en pesos chilenos, moneda nacional, no reajustable, e incluirá todos los gastos generados de la presente contratación.
Los documentos tributarios electrónicos se deben emitir a nombre de:
Institución Rut Dirección
Hospital San Camilo de San Felipe 61.602.038-2 Avenida Miraflores N° 2085, San Felipe
Para realizar el cobro de los servicios y/o productos, el proveedor deberá realizar lo siguiente:
• El proveedor adjudicado deberá enviar planilla con las prestaciones realizadas, las cuales serán validadas por el referente técnico del Hospital San Camilo para la elaboración de la Orden de Compra por la Unidad de Abastecimiento.
• Vale hacer presente, que las ordenes de compras serán mensuales, concordantes a las prestaciones efectivamente realizadas y validadas por la Unidad técnica, para lo cual, el compromiso presupuestario será por prestación mensual.
• Es imprescindible que antes de facturar el proveedor debe visualizar el cambio de estado de la orden de compra a “Aceptada”, la cual será informado en el portal www.mercadopublico.cl.
• Solo podrá facturar los servicios y/o productos efectivamente recepcionados conforme por el organismo comprador.
• Al emitir la factura (DTE), el proveedor deberá indicar el número de orden de compra en la casilla correspondiente. No sirve indicarla en la glosa, puesto que el sistema no la reconocerá y esta será reclamada. Tratándose de pagos por hito, debe indicarse el mes y la cuota a pagar.
• Además, en la factura (DTE), se debe indicar el número de prefactura o documento emitido previamente con detalle del valor a cobrar.
• Deberá enviar el archivo XML (del DTE facturado) a la casilla de correo electrónico dipresrecepcion@custodium.com, identificando el N° de la orden de compra.
El organismo comprador rechazará todas las facturas que hayan sido emitidas sin contar con la recepción conforme de los productos y /o servicios.
Nota: Se entiende por recepción conforme al hito en virtud del cual el comprador manifiesta su conformidad con los productos o servicios entregados por el proveedor, entendido que aquellos han cumplido con lo acordado en las respectivas bases de licitación o contrato.
Dicho hito se formaliza a través de un documento que contenga la firma, la fecha y el nombre del funcionario que realizo la recepción del respectivo producto y/o servicio.
En caso que la recepción sea un servicio, el funcionario requirente debe emitir un informe de recepción conforme del servicio prestado.
Se formalizara la recepción conforme de los productos o servicios en el módulo dispuesto en www.mercadopublico.cl.
El Hospital San Camilo de San Felipe podrá reclamar del contenido del DTE dentro de los ocho (8) días siguientes a su verificación en el Servicio de Impuestos Internos. De efectuarse el reclamo del documento, el proveedor deberá emitir un nuevo documento en un plazo máximo de cinco días desde la comunicación del rechazo.
Los documentos válidamente emitidos, con los productos y/o servicios recibidos serán devengada y quedará disponible para el pago por parte de la Tesorería General de la Republica, dentro de los 30 días siguientes de que la operación quede perfeccionada, salvo las excepciones indicadas en el artículo 79 bis del Reglamento de la Ley N° 19.886.
Cabe señalar que, no se podrá efectuar ningún pago al proveedor en tanto no haya terminado la tramitación del acto administrativo que apruebe el respectivo contrato.
El pago de los productos y/o servicios será en pesos chilenos mediante transferencia electrónica, de conformidad al artículo N°8 de la Ley N°21.192 u otro medio de pago que establezca la Ley.
Respecto a las boletas de honorarios deberá ser enviado a hsc.oficinadepartes@redsalud.gov.cl., o si es en formato de papel presentada en oficina de partes de la dirección del Hospital San Camilo de San Felipe, ubicado en Avenida Miraflores N° 2085, San Felipe.
Cabe señalar que, cuando el resultado del monto a facturar resulte un número con decimales, éste se redondeará al número entero siguiente en caso de que la primera cifra decimal sea igual o superior a 5, en caso contrario, el monto deberá ser redondeado al número entero anterior.
En caso de que el precio no esté en pesos chilenos, el monto a facturar será los precios, convertido a pesos chilenos según el valor (Banco central) de la conversión correspondiente a la fecha de emisión de la orden de compra, no procediendo ningún otro cobro adicional no convenido.
El proveedor no tendrá derecho a anticipos de ninguna especie, ni a pagos distintos a aquellos señalados en las presentes bases y conforme a lo establecido en el respectivo contrato asociado a este proceso de licitación.
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